Monthly Archives: April 2022

Andalucía – Elecciones II (Ética y Legalidad)

*Andalucía es la CC. AA. con más personas desempleadas de  España, así, el número total de parados en Andalucía es de 821,6 miles de personas en el trimestre 4 de 2021 y su tasa de paro es del 20,18. (Ver la Encuesta de Población Activa que elabora el Instituto Nacional de Estadística -INE-). No hablo de inactivos, ni de Ertes, de ni empleo precario, ni de empleo por horas para no agigantar el problema y porque no es necesario por ahora, de forma, que con lo dicho sobra.

*De la renta per cápita de los andaluces más de lo mismo y, así, se podría seguir con otros indicadores.

*Por otro lado, en Andalucía estamos en elecciones

*Así mismo, leo en un artículo del digital Voz Populi de 23/04/22 (JOAQUÍN HERNÁNDEZ), “que la Junta de Andalucía ha firmado con el Presidente de la RFEF contratos por valor de  11,5 millones (trece contratos), poniéndose en primera línea el contrato de la Copa del Rey como ejemplo de los numerosos negocios que ha sellado el presidente de la RFEF con el Ejecutivo andaluz:  La Junta paga a la Federación 1,2 millones de euros (1,45 millones con IVA) por cada final de la Copa del Rey en concepto de diferentes formas de “patrocinio” en favor de la marca de Andalucía.”.

No me parece mal, que se promocione Andalucía a través del deporte, pero como ahora hay elecciones vendría bien informar de forma veraz (art. 20.1.d. C. E) sobre esos gastos, y, sobre cuanto se está invirtiendo, por ejemplo, en Andalucía en medidas estructurales contra el paro y para promocionar el empleo.

Aquí aparece una dicotomía entre Ética y Legalidad inexplicable, pues, a simple vista, parece que en Andalucía esos millones al Presidente RFEF son excesivos con la que esta cayendo sobre los andaluces y sobre el Sr. Rubiales por su forma de actuar, de manera, que una explicación pormenorizada en las elecciones de todos esos gastos sumamente oscuros y vidriosos, no sería exigir mucho a los políticos responsables de la Junta de Andalucía.

**A primera vista, esos gastos descritos pueden ser legales, y, lo serán, pero desde un punto de vista ético, con la situación andaluza como está, parecen poco presentables.

**Por otro lado, la legalidad tiene un componente ético insoslayable, para cualquiera quien sea el que se responsabilice de su implantación, que resulta irrenunciable en su aplicación.

Si nadie da una explicación clara, razonable y completa, como ahora hay elecciones andaluzas, que cada uno vote lo que quiera, pues ya todos los andaluces saben lo que hay.

N.B.  En Andalucía hay elecciones, pero sus asuntos sin explicación clara -como el descrito- son numerosos, así que, -una información veraz- al respectosería necesaria y conveniente por los políticos responsables por meras razones de sanidad pública.

Lo expuesto sobre los millones al Presidente de la RFEF es solo un ejemplo de gasto público perverso, donde la legalidad se antepone a la ética, sirviendo de parapeto excluyente de cualquier responsabilidad, pero, sin duda, los casos de despilfarro público, de gasto superfluo, en Andalucía son numerosos y desconocidos, y, no hablo solo de la Junta de Andalucía, sino también de Diputaciones, Ayuntamientos y de todas sus empresas (chiringuitos varios).

La ética, se considere más o menos importante, nunca puede ser algo ajeno a la legalidad, ya que, toda Ley en su aplicación tiene un contenido ético irrenunciable, de forma, que cuando la legalidad aplicada se aparta totalmente de la misma, se produce una aplicación de la ley contraria al Estado Social y Democrático de Derecho y a los principios esenciales que consagra la Constitución.

No existen los principios de legalidad ni de respeto a la Ley que no tengan un componente ético irrenunciable.

Hay elecciones y a votar en libertad, pero que nadie se llame a  engaño:  “Todos los andaluces sabemos lo que hay y lo que no hay”.

Córdoba, a 24 de abril de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

ANDALUCÍA -Elecciones (asuntos olvidados)

En unos meses habrá elecciones en Andalucía, de manera, que existen algunos asuntos de enorme trascendencia ignorados por los políticos y que, sin duda, parece que están fuera al día de hoy de la CC. AA. andaluza y del quehacer político diario; dicho de otra forma, los políticos no hablan de ellos, así:

** Gasto público.  Al día de la fecha conocer cuál es el verdadero gasto público en Andalucía es una quimera, pues siguen siendo tantos los chiriguitos (empresas públicas, sociedades, agencias, fundaciones, asociaciones, etc.) en la Junta de Andalucía, en las ocho Diputaciones provinciales y en los Ayuntamientos andaluces, que resulta imposible saber la verdad sobre el gasto público en nuestra tierra.

No se sabe a ciencia cierta:

– ¿Cuantos empleados públicos hay en Andalucía? ¿Cuál es su costo? ¿En que trabajan realmente? ¿Cuántos empleados públicos se necesitan realmente en Andalucía?, y, así, se podría seguir preguntando, aunque si se contestaran a estas preguntas algo quedaría más claro.

La información veraz sobre esos temas no es que escasee, sino que, simplemente, no existe ni ningún poder público andaluz quiere darla a conocer.

– Pero no es solo la cuestión de personal, sino que hay que aclarar el resto del gasto público andaluz, pero de verdad, como puede ser, por ejemplo, conocer:

< ¿Cuánto se invierte en el mercado de trabajo y en la lucha contra el desempleo?

< ¿Cuánto se dedica a combatir los desequilibrios territoriales?

<¿Cuánto de invierte para la reconstrucción del mercado productivo, de forma, que dejemos de estar en manos del turismo y del sector servicios?

<¿Cuánto del gasto público andaluz se dedica sectores e iniciativas productivas y cuanto se está dedicando a cosas, a empresas y finalidades improductivas?

< ¿Cuál es la verdadera capacidad de ahorro en el gasto público si se prescinde de todos los gastos superfluos e improductivos?

<¿Cuál sería el aumento de la inversión productiva si se eliminaran todos los gastos innecesarios?

Es cierto, que son muchas preguntas, pero no hay otra que intentar contestarlas, porque una cosa es clara, que sin información veraz no existen soluciones y, sin duda, esa obligación de transparencia es obligación de todos.

** Empleo y paro. En este desgraciado asunto los andaluces somos punteros, tenemos más paro y empleo precario que nadie y, además, carecemos de información fiable, ya que, si a las “cifras dopadas” oficiales de empleo y paro, le sumamos todos los inactivos forzosos y desesperanzados, junto con los incapacitados permanentes sociales, añadiendo los desequilibrios territoriales y sociales, el resultado es un desastre de magnitudes desconocidas y perversas.

** Seguridad Social. La CC. AA. – Andalucía es la que más pensionistas tiene de España, aunque las cantidades que perciben (sus cuantías) en su mayoría están por debajo de País Vasco, Madrid o Cataluña, razón por la que la Junta de Andalucía debería realizar un estudio a fondo de la realidad de sus pensionistas y completar su asistencia social en los casos que fuere necesario; a la vez, que se debe exigir al Gobierno Central una regularización de sus aportaciones equivalente a la diferencia del cómputo de pensionistas con otras autonomías, con especial incidencia en aquellos pensionistas de otras regiones instalados permanentemente en Andalucía.

Es un hecho indiscutible, que los pensionistas de otras autonomías no solo están y viven en Andalucía, también, usan todos los servicios públicos andaluces con todo el derecho que la libertad constitucional les permite, razón por la que ese gasto público elevado debe ser compartido e igualado con los fondos de equiparación autonómicos: “Algo así como el cupo vasco, pero fluyendo hacia Andalucía”.

** Desequilibrios territoriales. En Andalucía existen grandes desequilibrios estructurales en su territorio (-políticos-, -económicos- y -sociales-), que han sido olvidados o ignorados por los distintos gobiernos de la Junta de Andalucía. Por ejemplo, (1) el desempleo marca tremendas diferencias en las distintas provincias andaluzas y en sus municipios; (2) la estructura productiva presenta diferencias territoriales inasumibles con focos de riqueza y pobreza desequilibrados en su territorio; (3) etc.

** Población. La demografía andaluza precisa de una planificación a largo plazo, ya que, actualmente presenta una población muy envejecida, a la vez, que los nacimientos caen y caen, de forma, que no podemos seguir siendo un territorio solo de personas mayores, donde los jóvenes emigran buscando mejorar sus condiciones de vida y sus trabajos.

Actualmente, ¿se está haciendo algo?. Pues, ESO.

** Sector Público y Sector Privado. En Andalucía las diferencias entre ambos sectores son cada vez mayores, de forma, que aumenta el empleo público y disminuye el empleo  privado, no solo en su número de trabajadores ocupados,  sino, también, en sus condiciones de trabajo, como pueden ser las salariales, las seguridad y salud laboral, etc. Es un hecho patente, que los empleados públicos andaluces están mejor pagados que los trabajadores del sector privado y cada vez son más, mientras disminuye la ocupación en las empresas privadas.

¿Se está haciendo algo al respecto?

Parece que no, pues, ESO.

Conclusión: Lo que se ha señalado es puramente la verdad, pero resultará imposible abordar una solución eficaz sin tener una información veraz, que al día de hoy es inexistente en Andalucía.

Por ejemplo: Es necesaria una información veraz sobre la situación real del paro en Andalucía y de las medidas que se están aplicando por la Junta de Andalucía. La información veraz, que garantiza como derecho la Constitución Española (art. 20. 1. d)., en este asunto del empleo y del paro es esencial, si se quiere encontrar solución a nuestro mercado de trabajo.

N.B.  En Andalucía hay elecciones, pero sus asuntos olvidados son numerosos y por lo que se ve, están fuera de la política al día de hoy en la CC. AA. andaluza. En otra expresión, los políticos ignoran esos asuntos y pasan de ellos como si no existieran.

Así mismo, la falta de -información veraz- al respecto es algo preocupante en extremo, de forma, que es imposible sin conocer realmente la realidad reformar y tomar medidas, que solucionen los temas enunciados y señalados.

La cifra de inactivos en crecimiento continuo en Andalucía es un indicador siniestro, que la Junta de Andalucía parece que ha olvidado, cuando se trata de un colectivo que precisa de toda clase de atenciones y políticas asistenciales.

La igualdad entre los andaluces, que garantiza el artículo 14 de la Constitución, no existe en Andalucía al día de hoy, así que algo habrán de hacer los políticos en activo, especialmente, los que están o estén en el poder en la CC. AA. andaluza.

Córdoba, a 19 de abril de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Respeto a la ley – Poderes Públicos (Letrados de la Administración de Justicia – Principio de exclusividad jurisdiccional)

(1) La Constitución garantiza los principios de legalidad y de respeto a la Ley por los poderes públicos, así:

[*Artículo 9. Respeto a la ley. 

1.  Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

*Artículo 10. Respeto a la Ley.

1.  La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son persona      inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

*Artículo 103. Respeto y sometimiento a la Ley.

1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

*Artículo 117. Respeto a la Ley y principio de exclusividad jurisdiccional.

1.  La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del de la justicia     Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

3.      El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.]

***Así mismo, el T. C. ha dicho: “Que el «respeto a la ley» es el  fundamento del orden político y de la paz social”.

{Ver. T.C. Pleno. Sentencia 17/2013, de 31 de enero. Recurso de inconstitucionalidad 1024-2004: El Tribunal Constitucional (FJ 5) se apoya en el «respeto a la ley», como fundamento del orden político y de la paz social (art. 10.1 CE), para avalar la obligación de respetar el ordenamiento jurídico (en este caso, la legislación de extranjería). Así, conforme al art. 10.1 CE, «el respeto a la ley, esto es, el mantenimiento y preservación de una situación preexistente creada por las normas mediante las cuales se regula una determinada actividad o ámbito, es uno de los fundamentos del orden político y de la paz social» (STC 160/1999, de 18 de julio, FJ 11), aunque tan «sólo permite restricciones limitadas, controladas y ciertas sobre otro bien constitucional» (STC 292/2000, FJ 11) de manera proporcional al fin legítimo perseguido y siempre que sea respetuoso con el contenido esencial del derecho fundamental restringido (SSTC 57/1994, de 28 de febrero, FJ 6; 18/1999, de 22 de febrero, FJ 2)”.}

(2)  Ocurre, sin embargo, con demasiada frecuencia, que los Poderes Públicos se saltan el “respeto a la Ley constitucional” con variados pretextos y justificaciones, que en muchos casos son inaceptables, aunque el español de a pie se encuentra indefenso y cuando puede reclamar, encima en la mayoría de las ocasiones tiene que pagar por recurrir, lo que ya deviene en una injusticia manifiesta, siendo abuso sobre abuso, quedando, además, los responsables impunes, pues parece que gozan de inmunidad en sus irresponsables decisiones.

Los casos son innumerables, tanto del Gobierno Central como de las CC. AA. y del resto de las Administraciones Públicas, incluido el Poder Judicial, de forma, que enumerarlas todas resulta imposible, aunque nadie puede olvidar hechos del Gobierno como la llamada “amnistía fiscal” del Presidente Rajoy o el confinamiento del Presidente Sánchez, razón por la que en -todos casos se cuecen habas-, de manera, que este pequeño comentario va dirigido a los Letrados de la Administración de Justicia (antiguos Secretarios) que excediéndose en sus competencias con sus resoluciones invaden la función jurisdiccional (vulneran el principio de exclusividad jurisdiccional), queda lo dicho. Sus Diligencias de Ordenación y Decretos es cierto, que pueden ser recurridas en reposición y/o en revisión, pero lo cierto es, se estime la reclamación o no, que el recurrente particular se ve obligado a realizar el inevitable depósito previo en la cuenta del Juzgado para recurrir.

Dos puntos se cuestionan en este pequeño artículo:

1.- Cuando la resolución del Letrado/a de la Administración de Justicia vulnera el principio de legalidad y se salta el respeto a ley sobrepasando sus competencias e invadiendo la función jurisdiccional, siempre hay que acudir al recurso legal, de forma, que aquí existe una norma claramente mejorable, pues debería bastar, con que la parte interesada presentara un simple escrito denunciando ante el Juzgador el hecho y la mera sospecha de la infracción cometida, posibilitando que el Órgano Judicial competente decidiera según la Ley.

La falta de respeto a Ley constitucional en el caso señalado adolece del imperativo de la falta de igualdad, ya que, cuando el particular recurre, sobre todo si se trata de la Administración Pública, está entablando y luchando a sus expensas contra múltiples resoluciones públicas contrarias a sus intereses, lo que, implica privilegios para las administraciones afectadas (poder ejecutivo y poder judicial), pues no solo hay que recurrir, sino que también hay que pagar previamente.

2.- El pagar previamente por recurrir una resolución del Letrado/a de la Administración de Justicia debería ser eliminado, salvo casos extremos, de temeridad o mala fe, y, siempre, a posteriori, de la decisión judicial.

El actual sistema de recursos contra las resoluciones de los Letrado/as de la Administración de Justicia está ideado contra los ciudadanos de los que emanan los poderes del Estado, por la simple razón, de que, si el poder procede y nace del Pueblo, romper la igualdad y el principio de legalidad, exigiendo condiciones máximas al particular de a pie, mientras los Poderes Públicos quedan eximidos previamente del respeto a la Ley, destruye los principios que fundamentan nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

CONCLUSIÓN: En el respeto a la Ley no puede haber atajos, desigualdades ni privilegios, máxime, cuando se enfrenta el ciudadano de a pie por un poder público, sea el que sea, a la vez, que deben desaparecer las desigualdades y privilegios en favor de los poderes públicos.

N B. El respeto a la Ley por todos los Poderes Públicos es una de las bases de nuestra Democracia y de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, y, sin duda, los Letrado/as de la Administración de Justicia no pueden ser una excepción, de forma, que cuando sus resoluciones desconocen el principio de exclusividad jurisdiccional, aunque sea solo en mera apariencia, sus decisiones deben ser anuladas por un procedimiento judicial caracterizado por su simpleza y sin necesidad de coste previo para el ciudadano de a pie.

La resoluciones de lo/as Letrado/as de la Administración de Justicia que sobrepasen, aun en mera apariencia, sus atribuciones legales, fijadas en la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial (en adelante, Ley 13/2009), que distingue entre aquellas resoluciones procesales que deben dictarse necesariamente por Jueces o Magistrados, deben ser anuladas de raíz, ya que ello/as no forman parte del poder judicial.

Las resoluciones que deban dictarse por Letrado/as Judiciales, sin excepciones de tipo alguno, estarán en su esfera de competencia, de forma, que nunca sus decisiones procesales a adoptar, puedan afectar a la función estrictamente jurisdiccional (exclusivamente atribuida a los Jueces y Tribunales), invadiendo la función jurisdiccional que solo compete al Juzgador.

La realidad diaria en los Juzgados y Tribunales, en demasiados casos, es que, las resoluciones de los Letrado/as de la Administración de Justicia adolecen de falta de respeto a Ley, ya que, sobrepasan sus competencias, siendo el coste de los recursos contra ellas, además, una injusticia, que consagra una desigualdad contraria a la Constitución Española de 1978.   

Córdoba, a 15 de abril de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Desempleo – la realidad y la mentira – III (Sector Público – gasto en aumento)

La realidad es que los datos oficiales del Gobierno sobre empleo y paro son engañosos porque están dopados, de manera, que la trampa y la mentira forman parte del mundo paralelo que nos dibujan día a día, así, por ejemplo:

**Todo lo que son retribuciones públicas, -pensionistas- suponen un gasto sobre 170.000 millones de euros y -empleados públicos- suponen un gasto de 148.000 millones en salarios, lo que hace un total de 318.000 millones de euros, que son lo que España está pagando de sueldos para sostener un gasto público de personal y pensiones, que crece y crece sin pausa día a día. 

Es un hecho patente e imposible de sostener, que un tercio de España -Sector Privado- sostenga a dos tercios, es decir, sobre 13 o 14 millones de personas, que, además, supone un gasto estructural enquistado en las Administraciones Públicas.

** El asunto del paro en España es algo inaudito dentro y fuera de España, con el agravante de que {la tasa de desempleo oculta el alcance de la demanda laboral de las personas que han abandonado desesperanzados la búsqueda activa del trabajo, de forma, que  de algunas personas desempleadas se puede decir, que no están disponibles para trabajar}.

Dicho de otra manera, quizás, más clara: En España el número de inactivos que no buscan trabajo y el número de los que llamo incapacitados permanentes sociales (como son los mayores parados de 50 años para arriba, que nunca encontrarán trabajo, sea cual sea la causa) sin la menor duda, se sitúa en los tres millones de personas.

Por otro lado, el desempleo juvenil, el paro de las mujeres y el desempleo de larga duración en España constituyen un desastre social, político y económico, que curiosamente los poderes públicos olvidan, tendiendo a ocultar el problema, aunque sea a través de contratos precarios “indefinidos” y por horas, aunque esa solución trolosa solo convierte la desgracia del paro en algo endémico, que se ha renunciado a solucionar.

** Se dice, que España sigue siendo el país con más paro de la OCDE doblando su media, cosa que se mantiene como algo indiscutible, pero se ignora conscientemente, que también España es la campeona del empleo precario, lo que, sin duda, justifica, en parte, que, teniendo un número de personas en desempleo tan elevado, las empresas de todo tipo tengan dificultades para encontrar trabajadores. (Sin duda, la baja cualificación profesional y las ayudas mal estructuradas y diseñadas para personas necesitadas agudizan el problema).

El Gobierno y algunas CC. AA. afirman, una y otra vez, que hay más y más empleo (aunque pongo en duda los datos oficiales por falta de información veraz), –que hay más personas trabajando y afiliadas a la seguridad social-, pero si el PIB se está reduciendo por debajo del empleo, la realidad es que está bajando la productividad, lo que significa, que se trabajan menos horas (aumenta el trabajo a tiempo parcial -el trabajo de jornada incompleta por horas-) o que, aunque se trabaje la mismas horas existe menor facturación.

En España aumentan las condiciones de trabajo precarias de todo tipo en el empleo que se está creando, incluidas las retribuciones salariales, que hará que baje la productividad y la cualificación profesional. Los poderes públicos (todos) no están apostando por el empleo indefinido de calidad, estable y duradero, de forma, que una cosa es la apariencia de creación de empleo y otra cosa la realidad de los puestos de trabajo que se están creando o transformando, que con toda evidencia no coinciden, ya que, no puede ser que se diga que crece el empleo y que baje el PIB.

El descuadre indica que el empleo creado es de baja productividad y de menos horas de trabajo efectivo.

Finalmente, fijaré otras conclusiones:

a).- Falta información veraz de todo tipo en materia de empleo y de paro.

b).-  En España se están pagando retribuciones para sostener un gasto público estructural de personal y pensiones, que crece y crece sin pausa día a día, que se cifra oficialmente en un total de 318.000 millones de euros, lo que, se mire como se mire, es algo insostenible, pues un tercio de trabajadores del sector privado no pueden mantener a dos tercios de salarios públicos -de 13 a 14 millones de personas con sueldos públicos-.

c).- La situación económica está paralizada (inflación descontrolada, imposición fiscal asfixiante, condiciones laborales irreales y sin flexibilidad, empresas pymes en quiebra en número desconocido pero muy preocupante, que no pueden pagar sus deudas, etc.), lo que llevará al crecimiento del paro y a un empobrecimiento del empleo.

N.B.  Las diferencias entre sector público y sector privado que existen el España son inasumibles para cualquier economía y si a nuestro País le unimos una situación límite por su tasa de paro, sin que, además, se adopten medidas urgentes en vías de una solución, como puede y debe ser una bajada importante de impuestos y una reducción del gato público innecesario e improductivo, la situación es extremadamente delicada para el ciudadano de a pie, ya que, curiosamente, la recaudación del Estado está disparada, mientras la mayoría de los españoles se adentran en la pobreza sin remedio.

Agrava el problema la “falta de información veraz”, que impide conocer la realidad para reformar de raíz nuestromercado de trabajo, así que, la productividad seguirá en caída libre y será  imposible crear empleo estable, duradero y de calidad.

Córdoba, a 13 de abril de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Desempleo – la realidad y la mentira – II (+ empleo – PIB = menor productividad = bajada de horas de trabajo y facturación)

Siguiendo con el tema del paro, me dicen los mismos lectores, que los datos del Gobierno (M. Trabajo – SEPE) son ciertos y quieren que explique donde está la trampa.

Así que, primero diré, que puede ser que haya más empleo (aunque pongo en duda los datos oficiales por falta de información veraz), que haya más personas trabajando, pero si el PIB se reduce por debajo del empleo, la realidad es que se produce menos (es decir, está bajando la productividad), lo que significa, sí o sí, que es porque se trabajan menos horas (aumenta el trabajo a tiempo parcial -el trabajo de jornada incompleta por horas-) o porque aunque se trabaje la mismas horas existe menor facturación.

En segundo lugar, señalaré ciertas disfunciones en los datos oficiales:

1º.- Los contratos fijos o indefinidos aumentan, pero es un hecho patente, que un gran número de ellos son contratos por horas (a tiempo parcial) o contratos temporales hechos fijos discontinuos (lo que es una falacia en el empleo, pues cuando acabe el trabajo se acabará el puesto de trabajo fijo -si no al tiempo-).

2º.- Las condiciones de trabajo de todo tipo son precarias en el empleo que se está creando, incluidas las retribuciones salariales, que hará que baje la productividad y la cualificación profesional.

3º.- La realidad es, que el empleo indefinido de calidad, estable y duradero está disminuyendo con la aplicación de la reforma laboral, de forma, que una cosa es la apariencia de creación de empleo y otra cosa la realidad de los puestos de trabajo que se están creando o transformando, que con toda evidencia no coinciden, ya que, no puede ser que se diga que crece el empleo  y que baje el PIB.

El descuadre indica que el empleo creado es de baja productividad y de menos horas de trabajo efectivo.

En tercer lugar, fijaré unas conclusiones:

a).- Falta información veraz, de forma, que los datos oficiales de empleo encierran una trola, es decir, no son verdad, sino como mucho media verdad.

b).- La reforma laboral debe necesariamente ser modificada, buscando la productividad, la cualificación profesional y la creación de empleo de calidad estable y duradero.

c).- Los acuerdos entre empresa y trabajadores deben estar liberados de ataduras de convenios y de imposiciones legales.

d).- Sin flexibilidad en el mercado de trabajo será imposible aumentar la productividad de los trabajadores y la competitividad de las empresas, que son las bases de una creación de empleo estable y sostenida.

N.B.  Los datos oficiales sobre empleo y paro son una falacia, o si se quiere, una mentira disfrazada de verdad, porque + empleo y – PIB significa menor productividad, lo que sí o sí, implica bajada de horas de trabajo y facturación.

En resumen, aumenta la precariedad en el empleo, aunque este aumente oficialmente, cosa que, pongo en almoneda.

Así mismo, es imposible sin conocer la realidad reformar de raíz nuestro mercado de trabajo, adoptando medidas urgentes, que mejoren la productividad y sea posible crear empleo estable, duradero y de calidad, además, la reforma laboral aprobada lo impide.

La cifra de inactivos en crecimiento continuo es un indicador siniestro, que no se puede ignorar, dato aumentado por los incapacitados permanentes sociales.

Córdoba, a 6 de abril de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.