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Reforma Laboral III – Depredadores y Damnificados (consenso – empresarios con su pan y sus tortas)

Es una realidad, que la Reforma Laboral tiene menos depredadores, que perdedores, que son la gran mayoría de los componentes de la sociedad española.

Han participado en el festín oficial del consenso inducido grupos muy organizados (depredadores-consensuantes), que, sin duda, han conseguido sus beneficios particulares, haciéndolos prevalecer sobre los intereses generales; a la vez, que, por una parte, los empresarios de la CEOE  (auto consensuados a porrazos)se han quedado solo con sus tortas, y, por otra parte, lo cierto es, que el pan se lo han llevado dos sindicatos, unos grupúsculos empresariales dominantes y el Gobierno de la Ministra Díaz.

¿Quiénes pierden con la Reforma Laboral aprobada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre?

Los damnificados, -no partícipes del consenso atrabiliario- que salen escaldados, son muchos, que han sido consensuados a su pesar y sin que nadie les consulte, a señalar algunos, así:

* La sociedad civil en su conjunto. La inmensa mayoría de los españoles sufrirán sus efectos perversos y más pronto que tarde.

* Los parados y el resto de inactivosque seguirán siendo tan vergonzosamente numerosos como siempre y en aumento, pues los consensuantes (Gobierno, CEOE, Sindicatos) van a lo suyo: “a sus intereses específicos”.

* Las empresas pequeñas y medianas (con sus empresarios y trabajadores) confrontadas a la fuerza con las condiciones de trabajo impuestas por las empresas dominantes y los sindicatos, que acordarán a sus espaldas convenios colectivos sectoriales inasumibles para ellas.

* La Seguridad Social  y los pensionistas, que verán disminuir los recursos del sistema de cotizaciones, a pesar del aumento de las mismas previsto, de manera, que la economía financiera de la S. S. solo se mantendrá por aumentos de las aportaciones del Estado, aunque realmente es lo mismo, pues el dinero siempre es el mismo y procede de los ciudadanos.

Lo único cierto es, que a menos cotizantes (a menos empleo) y salarios más bajos los ingresos por cotizaciones decrecerán, a la vez, que se incrementan las pensiones indexadas al IPC, aunque la Reforma y el Ministro Escrivá parecen olvidar el principio de solidaridad intergeracional.

* El sector privado que se castiga frente al sector público, al salir este último claramente beneficiado con la Reforma frente al primero.  

* La recuperación y el crecimiento económico paralizados por el mismo modelo productivo y por un marco laboral empeorado, al impulso de una normativa más rígida y excluyente.

En resumen, el empleo de calidad y productivo decrecerá o no nacerá, aumentando la desigualdad social, de forma, que el problema de España es triple: Por una parte, el paro aumentará, por otra, el empleo se resistirá a nacer en estas condiciones laborales y, finalmente, la desigualdad crecerá entre los españoles.

N.B. La Reforma Laboral aprobada, por ahora, por R. D. L., que deberá ser convalidado, tiene depredadores y damnificados, aunque el consenso impuesto y aceptado -con indisimulada complacencia- por ciertos consensuantes pueda indicar lo contrario:

Primero, porque los intereses de los consensuantes (Gobierno, Sindicatos, CEOE) no son los de los consensuados a su pesar (sociedad civil, empresarios y trabajadores mayoritarios, parados e inactivos, jóvenes, mujeres, mayores de 50 años y sectores económicos tan fundamentales, como el agrícola, el automóvil, la construcción, etc. etc.).

Segundo, porque la Reforma Laboral aprobada, no es la que España estaba necesitando, pues, la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo han ocupado una posición dominante en nuestro mercado de trabajo, siguiendo,  a pesar de todo, el mismo modelo productivo, que desde hace muchos años garantiza un paro estructural inamovible y unas condiciones de trabajo injustas.

Tercero, porque el gasto público sigue aumentando sin control, lo que, unido a la inflación creciente, harán que la Reforma entre en un bucle sin fin, que conllevará una implicación muy negativa para la creación de empleo, deteriorando la débil igualdad existente en España.

Cuarto, porque la Reforma aprobada por R.D.L., de aplicación inmediata, por ahora y lo que caiga, supone ahondar aún más en la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que dará lugar a desequilibrios difíciles de aguantar por la sociedad española.

Por mucho que se quiera dulcificar la reforma de cara a los fondos europeos, lo cierto es, que se trata de un arreglo de mínimos, que nos llevará: *a un aumento del paro, *a un descenso de la productividad y competitividad de nuestras empresas, *a un empleo de baja calidad y bajo rendimiento, y, *a un mercado de trabajo ineficiente e injusto en todas sus condiciones laborales.

En este caso, la equivocación sería una bendición, pero visto lo que hay, quiénes son depredadores y quiénes son damnificados, una solución beneficiosa al interés general se antoja harto complicada, máxime, porque nadie está dispuesto a un consenso verdadero, donde todas las partes (consensuantes y consensuados) estén situadas al mismo nivel de equidad, de forma, que las cesiones necesarias de cada una de ellas para el acuerdo sean equivalentes al nacer de la igualdad y de los derechos y libertades de todos, que la Constitución garantiza y consagra.

Córdoba, a 3 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Plusvalía – III- Ayuntamiento Córdoba (más de lo mismo)

Leo en el Diario Córdoba de ayer en papel (07-11-21- Domingo – págs. 4 y 5) una entrevista a Salvador Fuentes -Teniente de alcalde de Hacienda y Urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba-, firmada por Irina Marzo, donde se dice, entre otras cosas:

<< ** “Yo no puedo prescindir en una semana de 15 millones”.

**  Tras la sentencia del Tribunal Constitucional ha cifrado en 15 millones lo que supondrá la eliminación del impuesto de plusvalías en Córdoba. ¿Cómo les afectará a los cordobeses?

De forma cautelar, a partir del 26 de octubre suspendimos la liquidación de este impuesto, lo que sí está obligado todo el mundo es a declarar

** Por lo que sabemos a través de la FEMP, el Ministerio de Hacienda se ha comprometido a buscar una solución. Tenemos la esperanza de que antes de que acabe el año el Gobierno de España o bien saque una nueva norma que permita restablecer el impuesto con justicia de recaudación vía real decreto, o si no tendrán que poner encima de la mesa una cuantía suficiente. En cualquier caso, exigimos al Gobierno que acabe con el limbo legal al que nos ha llevado por su inacción con las plusvalías. >>

Lo dicho por el Teniente Alcalde de Hacienda y Urbanismo del Ayuntamiento de Córdoba, Salvador Fuentes, es la expresión manifiesta del dislate, que repiten los políticos todos, cuando hablan del Impuesto de Plusvalía declarado inconstitucional y nulo por la Sentencia del Tribunal Constitucional -Pleno- de fecha 26-10-2021.

Está muy claro, que el problema-asunto del Impuesto de Plusvalía no es de ahora, sino que viene de muy lejos en el tiempo, porque para todos los políticos lo que sienten los ciudadanos ante un impuesto tan injusto y tan abusivo es lo de “menos”, lo esencial para ellos es exprimir al español de a pie a cualquier precio, aunque siempre ha existido un grupo de políticos que han manifestado su desacuerdo ante un impuesto tan falto de equidad.

El nefasto Presidente Sr. Rajoy con su mayoría absoluta no solo no bajó el rigor impositivo, sino que subió los impuestos en contra de lo que había prometido, y, además, por si alguien tenía duda de su actuación mendaz, aprobó una “ley de amnistía”, declarada inconstitucional después, para favorecer a la mayoría de los españoles defraudadores. Aquí solo decir, que la actual situación del impuesto de plusvalía es la historia de un disparate impositivo permitido y auspiciado por casi todos los políticos, enfrascados en el gasto público al precio que sea, dejando a los ciudadanos a los pies de los de los caballos. 

De lo que se trata ahora, no es de buscar recursos públicos con una figura impositiva justa, proporcional y equitativa, sino de imponer, sí o sí, otra trapisonda contra el criterio del T. C. en su sentencia sobre la plusvalía. Se quiera ver de una u otra forma, la plusvalía impositiva es un impuesto abusivo e injusto, ya que, entre otras cosas realiza una triple imposición, en origen gravando la adquisición, y, a continuación, con las plusvalías municipales y las que recaen sobre el IRPF, de manera, que es un hecho probado, que todos los políticos están de acuerdo en saquear al ciudadano, además, realizando una actuación que destierra la ética tributaria, ya que, deslegitima el sistema y anula la Constitución:

Todos los políticos corren, con la Ministra de Hacienda a la cabeza,  a ver quien hace renacer el impuesto de plusvalía con más rapidez e inquina impositiva.

Finalmente, es curioso y significativo, que todos los grupos y políticos que reclaman más y más recursos públicos a través de más impuestos, raramente se ocupan del gasto público, de explicar al ciudadano como se gastan sus impuestos y de eliminar gastos innecesarios, conllevando, dicha actitud generalizada entre la clase política, a destruir la responsabilidad social e impositiva de los contribuyentes, poniendo, se quiera reconocer o no, en peligro el sistema tributario, al desaparecer su legitimación y su fundamento ético.

N.B. Reitero una verdad absoluta: [Que todos los políticos en activo están de acuerdo en restituir, cuanto antes mejor, el impuesto de plusvalía, que llamaran como quieran , pero que en esencia es lo mismo: -injusticia-, -desproporción- y -falta de equidad-].

Que el Tribunal Constitucional haya declarado inconstitucional y nulo el Impuesto de Plusvalía es lo de menos, se le da la vuelta y se obvia al Tribunal, y, los ciudadanos de nuevo a pagar, pues ya se ha visto la reacción pública de todos los poderes elegidos por el pueblo, de manera, que nada de alegrías.

El principio de legalidad y el respeto a la Ley por todos los poderes públicos consagrados en la C. E. en sus artículos 9 y 10 al cajón del olvido, además, sin anestesia.

Los españoles contemplamos atónitos a las declaraciones del Gobierno, de los Partidos Políticos, de los representantes populares elegidos por el Pueblo soberano, que solo se plantean renacer el impuesto de plusvalía municipal de mil formas diferentes (incluso con efectos retroactivos), por descontado, sin reducción del gasto público innecesario.

Si los poderes públicos continúan su camino esquilmando a los ciudadanos en su patrimonio, los españoles seguiremos presos de la injusticia y de la inseguridad jurídica, derivadas del nulo respeto a la ley demostrado por esos poderes, consiguiendo deslegitimar el sistema tributario, al despojarlo de su base ética y de los principios de equidad que lo sostienen.

Córdoba, a 8 de noviembre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Plusvalía – buena noticia para los ciudadanos – II- (reclamaciones)

En unos días llueven las preguntas de los lectores sobre los efectos de la Sentencia sobre la Plusvalía del Tribunal Constitucional: ¿Qué se puede reclamar? ¿Hay que pagar la plusvalía municipal que han recibido? ¿En las liquidaciones pagadas se puede reclamar la devolución?,  ¿Hay que recurrir las liquidaciones recibidas? y, así, un larguísimo etc.

Como premisas básicas se debe señalar y destacar varias cosas:

A).- << El TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, en Pleno ha resuelto lo siguiente:

          PARTE DISPOSITIVA:

          “En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido: 

         Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4433-2020, promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6”.  

         La sentencia considera que son inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina, que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

         El fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia. >>

B).- El Código Civil en su artículo 6. 3. dispone: Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.

C).- Decía, entre otras cosas, en el anterior artículo:

1.- Esperaremos a leer la sentencia y sus votos particulares, que serán los que se aplicarán en una nueva Ley exprimidora, aunque ahora un poco de alegría para los ciudadanos de a pie, ya que, resulta perverso, que los poderes públicos hayan reaccionado todos a -la contra-, dejando claro, que tamaña injusticia debe ser reparada de inmediato, al quedar desamparados todos los Órganos Públicos, que han visto como el T. Constitucional  ha metido la mano en sus bolsillos, igual que ellos durante muchos años y, a veces, con crueldad han despojado a muchos ciudadanos de parte de sus bienes, siendo por su puesto las clases medias y bajas las más oprimidas por el ilegal impuesto de plusvalía.

2.- El gasto público según la Ley realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

3.- Ahora a los ciudadanos beneficiados por la nulidad de una Ley inconstitucional solo les queda disfrutar mientras puedan, ya que, sin la menor duda, todos los salvadores públicos elegidos por ellos en listas cerradas, se podrán rápidamente de acuerdo para poner en vigor una nueva Ley, que con toda seguridad supondrá una nueva requisa de los patrimonios de los españoles, pues no se puede consentir, que la crueldad de unos Magistrados del T. C. (no todos, gracias a los dioses) haya esquilmado a unos organismos públicos destacados por realizar -siempre- un gasto público de forma equitativa con eficacia y economía.

*** A la luz de todo lo dicho, es evidente, que los actos nulos de pleno derecho no pueden surtir efecto alguno, ya que, simplemente, no han tenido existencia nunca, razón por la que todos los actos inconstitucionales y nulos nunca han tenido existencia legal y, por ello, todos pueden ser reclamados:

**Las liquidaciones de plusvalías de los Ayuntamientos, se diga lo que se diga, son actos nulos de pleno derecho, de manera, que según dice el T. C. en su sentencia no pueden tener efecto alguno, razón por la que todas ellas sin exclusión pueden ser reclamadas ante los Órganos judiciales, que, sin la menor duda, deberán declararlas nulas de pleno, ordenando los mismos, en consecuencia, la nulidad de las liquidaciones de plusvalías municipales practicas no ingresadas por los ciudadanos, que se encuentren recurridas, y, la devolución de las cantidades ingresadas por ese impuesto inconstitucional y nulo.

** Así mismo, los Ayuntamientos de oficio deberían retirar todas las liquidaciones emitidas no abonadas y dejar de practicar liquidaciones de plusvalía.

** De igual modo, la prudencia aconseja recurrir todas las liquidaciones de plusvalía recibidas, así como, en el supuesto de existir cualquier trasmisión recoger en la escritura pública el fallo de la sentencia del T. C. que declara inconstitucionales y nulos los artículos citados y remitir escrito al respectivo Ayuntamiento sobre ese extremo.

** Las plusvalías ingresadas voluntariamente, por el supuesto contribuyente, podrían y deberían ser reclamadas por los ciudadanos, si lo estiman conveniente a sus intereses, quedando claro, que un acto nulo de pleno derecho y, por tanto, inexistente, no pude estar sometido a plazo alguno de prescripción o caducidad para su reclamación

N.B. Reitero, que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo el Impuesto de Plusvalía, así que, ahora los ciudadanos a disfrutar de una buena noticia, mientras puedan, pues ya se ha visto la reacción pública de todos los poderes elegidos por el pueblo, de manera, que nada de alegrías.

El principio de legalidad y el respeto a la Ley por todos los poderes públicos están consagrados en la C. E. en sus artículos 9 y 10, sin ninguna exclusión.

Los españoles ahora asistimos atónitos a las declaraciones del Gobierno, de los Partidos Políticos, de los representantes populares elegidos por el Pueblo soberano, que solo se plantean renacer el impuesto de plusvalía municipal de mil formas diferentes, cosa que no se rechaza, pero que debería estar acompañado por una reducción del gasto público innecesario, aprovechando la ocasión para devolver al futuro impuesto, que sin la menor duda se impondrá, sí o sí, la equidad y la justicia social proclamadas en la Constitución.

Si los poderes públicos no actúan con prudencia, los españoles seguiremos presos de la injusticia y de la inseguridad jurídica, derivadas del nulo respeto a la ley por los poderes públicos, que, sin duda, son los que administran en perjuicio de sus ciudadanos, como es el caso de las plusvalías municipales, el Estado Social y Democrático de Derecho, que establece la Constitución de 1978.

Córdoba, a 2 de noviembre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Gasto público – deuda – tipos negativos – una mentira (hechizados por BCE)

El gasto público en España se viene pagando, en gran medida, acudiendo a la deuda, de forma, que a pesar de los Fondos de Recuperación de la U. E. (cuando lleguen), el peso de la deuda en la financiación del tremendo gasto público será muy importante e irrenunciable por ahora. No hay más que ver el gasto de la Seguridad Social (pensiones, etc.) y el resto del gasto público para comprender, que ni con los ingresos del Estado por impuestos, ni con los fondos europeos, será posible prescindir del dinero procedente de la deuda que seguirá aumentando, ya que, el Gobierno de España no está por la labor de realizar ajustes estructurales en el gasto público, no hay más que seguir la deriva de nuestro gasto en aumento constante e improductivo para comprender hacia donde irá nuestra deuda.

El BCE, además, ha ido asumiendo parte de esa deuda en claro aumento, de manera, que más pronto que tarde llegará a su tope, y, no quedará otra, que acudir a los mercados a colocar nuestra deuda, que mientras los tipos de interés sean negativos no habrá problemas, pero si los inversores pierden la confianza y los intereses suben la situación será muy complicada.

Parece oficialmente, que España ha terminado 2020 con una deuda pública del 120% del PIB o muy superior (ya que domina la opacidad casi absoluta), un déficit fiscal por encima del 11% y una desaceleración económica sobre el 12% del PIB, pero, curiosamente, se habla por los “mentideros” de la magia del BCE al dopar la deuda pública y diciendo, además, que es sostenible, aunque la verdad es que todo se mantiene por la falacia de los tipos negativos, de los que los ciudadanos de a pie están excluidos.

El Gobierno de España pueden emitir deuda pública hasta un cierto listón, de manera que, más allá de ese límite real, las consecuencias serán un incumplimiento total o un incumplimiento parcial en forma de inflación.

En España si la deuda sirve para generar crecimiento y productividad el camino sería aceptable, ya que, solo si los fondos recaudados a través de la deuda emitida se invierten en proyectos de infraestructura con rendimiento real la solución llegará, pero si el dinero se gasta solo en apoyo de políticas sociales subsidiadas sin productividad, el incumplimiento se alcanzará más pronto que tarde.

Desgraciadamente, el Gobierno de España no va a poner en marcha programas de ajustes y austeridad por su coste político, que no quiere asumir, (no hay más que examinar los Presupuestos del Estado aprobados), mientras que, tampoco, podrá aumentar la recaudación con más impuestos de manera suficiente, aunque siempre podrá no pagar la deuda, algo casi descartable por ahora, razón por la que, sin duda, dado el rumbo de nuestro gasto aparecerá la inflación, porque se habrán alcanzado los límites de la deuda que podemos pagar.

Que conste, que no tomo una postura pesimista, al contrario, creo, que se quieren tomas medidas de control del gasto público, como las anunciadas en relación con la S. S., sin embargo, temo que serán insuficientes, aunque por ahora aguantaremos con los fondos europeos de recuperación, pero si no restablecemos nuestro sistema productivo y reestructuramos el gasto hacia la inversión productiva y hacia la rentabilidad, el límite de nuestra deuda está más cerca que lejos.

N. B.  La deuda empujada por el gasto improductivo, aunque sigan por ahora los tipos negativos, llegará a un límite insoportable, y, la mentira dopada del BCE se romperá en un hechizo real de posibles impagos en cualquiera de sus formas.

Si continuamos el camino marcado en los Presupuestos aprobados, es una realidad, que vamos abocados a un terreno perverso, ya que, que los fondos de recuperación de la U. E. solo cubrirán un tercio de nuestras necesidades de gasto, los ingresos del Estado (aunque se suban impuestos, en estos momentos de ruina una política desacertada) serán insuficientes y la deuda llegará a su límite de no retorno.

La magia del BCE dopando la deuda pública no puede ser para siempre, digan lo que digan, máximo dos años, después vendrá la realidad si no cambiamos el rumbo, sin olvidar, que los ciudadanos no perciben en su día a día las ventajas de los tipos negativos de interés, que solo llega con claridad a los poderes públicos y sus allegados financieros.

Solo existe una solución aceptable, reestructurar el gasto público hacia la inversión y la productividad, realizando todos los ajustes que sean necesarios, pero siempre con respeto a nuestros derechos y libertades constituciones, con igualdad social y sin que exista discriminación en ningún colectivo y/o territorio.

Córdoba, a 4 de enero de 2021

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.