{"id":3715,"date":"2022-12-02T09:27:45","date_gmt":"2022-12-02T08:27:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/?p=3715"},"modified":"2023-01-23T15:20:45","modified_gmt":"2023-01-23T14:20:45","slug":"filoley-constitucion-estado-de-derecho","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/?p=3715","title":{"rendered":"FILOLEY &#8211; CONSTITUCI\u00d3N (Estado de Derecho)"},"content":{"rendered":"\n<p>La Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola en su art\u00edculo 9 establece:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>{<\/strong>1<strong>. <a>Los ciudadanos y los poderes p\u00fablicos est\u00e1n sujetos a la Constituci\u00f3n y al resto del ordenamiento jur\u00eddico<\/a><\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Respeto a la ley.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Corresponde a los poderes p\u00fablicos promover las condiciones igualdad para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obst\u00e1culos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participaci\u00f3n de todos los ciudadanos en la vida pol\u00edtica, econ\u00f3mica, cultural y social.<\/p>\n\n\n\n<p>Libertad e igualdad.<\/p>\n\n\n\n<p>3.&nbsp; La Constituci\u00f3n garantiza el principio de legalidad, la jerarqu\u00eda normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jur\u00eddica, la responsabilidad y la interdicci\u00f3n de la arbitrariedad de los poderes p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Garant\u00eda jur\u00eddicas. <strong>}<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Puedo decir, que soy FILOILEY &#8211; (Constituci\u00f3n), paro ocurre que ahora en Espa\u00f1a el respeto a la Ley ha desaparecido, ni el Gobierno, ni las Comunidades Aut\u00f3nomas, ni las Corporaciones Locales, ni lo jueces, ni la Fiscal\u00eda del Estado, etc. etc. cumplen la ley, o mejor, solo la cumplen cuando quieren. Que un Juez decida aplicar la ley bas\u00e1ndose solo \u201cen su voluntad su sin reglas\u201d, es decir, haciendo solo lo que le pide el cuerpo, se llama prevaricar, de manera, que el principio de legalidad que aprobamos con la Constituci\u00f3n de 1978 una gran mayor\u00eda de espa\u00f1oles, creando nuestro Estado Social y Democr\u00e1tico de Derecho ha pasado a mejor, sobre todo, cuando desde el Gobierno de la Naci\u00f3n se les dice a los jueces, que su ley, si o si, no se debe aplicar.<\/p>\n\n\n\n<p>Ocurre, que cuando esto pasa, la democracia fundada en el estado de derecho desaparece, de forma, que todos nuestro derechos y libertades fundamentales quedan anulado\/as.<\/p>\n\n\n\n<p>Desgraciadamente, eso es lo que est\u00e1 pasando en Espa\u00f1a, No quiero decir, que los jueces no puedan interpretar la ley, sino que, toda aplicaci\u00f3n de la ley nunca pude sobrepasar la letra y el esp\u00edritu de la propia ley.<\/p>\n\n\n\n<p>El C\u00f3digo Civil, en relaci\u00f3n con a la *aplicaci\u00f3n de las normas jur\u00eddicas\u201d estable:<\/p>\n\n\n\n<p><strong>[<\/strong> Art\u00edculo 3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>1. Las normas se interpretar\u00e1n seg\u00fan el sentido propio de sus palabras, en relaci\u00f3n con el contexto, los antecedentes hist\u00f3ricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al esp\u00edritu y finalidad de aqu\u00e9llas.<\/p>\n\n\n\n<p>2. La equidad habr\u00e1 de ponderarse en la aplicaci\u00f3n de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales s\u00f3lo podr\u00e1n descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo 4&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>1. Proceder\u00e1 la aplicaci\u00f3n anal\u00f3gica de las normas cuando \u00e9stas no contemplen un supuesto espec\u00edfico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de raz\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>2. Las leyes penales, las excepcionales y las de \u00e1mbito temporal no se aplicar\u00e1n a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.<\/p>\n\n\n\n<p>3. Las disposiciones de este C\u00f3digo se aplicar\u00e1n como supletorias en las materias regidas por otras leyes. <strong>]<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los jueces y tribunales, como est\u00e1 ocurrido ahora, -si o si-, aplican la ley, aunque ocurre con demasiada frecuencia, que algunos jueces -quiz\u00e1s, demasiados- aplican la ley siguiendo \u201csu voluntad sin reglas\u201d, es decir, ningunean la ley y aplican su criterio absolutamente subjetivo, buscando su justicia no la -JUSTICIA-.<\/p>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n dice, que* los ciudadanos y los poderes p\u00fablicos est\u00e1n sujetos a la Constituci\u00f3n y al resto del ordenamiento jur\u00eddico*, de forma, que me declaro -FILOLEY-, aunque, no se lleve, manifestando con rotundidad que los que no respetan la ley, sean quienes sean, son FOBOCONSTITUCIONALES.<\/p>\n\n\n\n<p>Espa\u00f1a eso es lo que hay dicho alto y claro y ha llegado el momento, de poner pies en pared para defendernos todos, de manera, que como pronto habr\u00e1 elecciones, es la ocasi\u00f3n de decir basta ante tanto desafuero y tanta injusticia pre\u00f1ada de abuso de poder.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><em>Que cada uno haga lo que quiera, pero que no se llame a enga\u00f1o, lo que hay es lo que hay.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>N.B.<\/u><\/strong>\u00a0O se es FILOLEY o se es contrario al Estado de Derecho Constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-center\"><em><strong>El respeto a la Ley es la base de la democracia y sin ella no pueden existir derechos y libertades reales.<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>C\u00f3rdoba, a 2 de diciembre de 2022<\/p>\n\n\n\n<p>Fdo. Enrique Garc\u00eda Montoya<\/p>\n\n\n\n<p>Abogado ICA-C\u00f3rdoba. Inspector de Trabajo y S. S.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola en su art\u00edculo 9 establece: {1. Los ciudadanos y los poderes p\u00fablicos est\u00e1n sujetos a la Constituci\u00f3n y al resto del ordenamiento jur\u00eddico. Respeto a la ley. 2. 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