{"id":4365,"date":"2025-04-24T07:55:31","date_gmt":"2025-04-24T05:55:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/?p=4365"},"modified":"2025-04-24T08:20:42","modified_gmt":"2025-04-24T06:20:42","slug":"respeto-a-la-ley-espana-democracia-bajo-minimos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/?p=4365","title":{"rendered":"Respeto a la Ley &#8211; Espa\u00f1a (Democracia bajo m\u00ednimos)"},"content":{"rendered":"\n<p>La realidad al d\u00eda de hoy es, que parece que en Espa\u00f1a todos los poderes p\u00fablicos han perdido el respeto a la ley en cualquiera de sus niveles, de forma, que una carcoma perversa est\u00e1 devorando, sin pausa ni control, la aplicaci\u00f3n del valor justicia que la C. E. consagra en su art. 1.1., y, aqu\u00ed reside el verdadero problema de la falta del respeto a la Ley, que se est\u00e1 apoderando de todos los poderes p\u00fablicos (legislativo, ejecutivo y judicial) y a todos sus niveles.<\/p>\n\n\n\n<p>Basta por ahora observar la realidad diaria por comprender, que lo que digo es cierto, as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p>a).- Un poder legislativo que est\u00e1 al servicio de un Gobierno Central, que ha decidido pasar del Congreso y del Senado, aprob\u00e1ndolo todo por decretos leyes, o, como ahora, aprobado un gasto militar sorpresivo y superlativo al margen de cualquier control incluso de su propio Gobierno.<\/p>\n\n\n\n<p>b).- Un poder ejecutivo autocr\u00e1tico sometido a un l\u00edder pol\u00edtico que nadie sabe por d\u00f3nde va y ni a d\u00f3nde quiere ir, de manera, que vamos de sorpresa en sorpresa, de Catalu\u00f1a a Waterloo, de Europa a China, de la OTAN a sin la OTAN y con EE. UU. fuera de juego.<\/p>\n\n\n\n<p>c).- Un poder judicial dividido y diluido en la nada e incapaz de adoptar decisiones tan elementales como las presidencias de las salas del T. S., y, d\u00f3nde las ideolog\u00edas incapaces de llegar a acuerdos hacen inoperante el CGPJ.<\/p>\n\n\n\n<p>(Nota. Se puede discutir los que digo, pero lo \u00fanico cierto es que la falta del respeto a la ley se ha instalado en todos los niveles de los poderes p\u00fablicos (Estado, CC. AA., Provincias y Ayuntamientos). No se busca ya el inter\u00e9s general y\/o el bien com\u00fan, sino ocupar espacios de poder apartando como sea al adversario pol\u00edtico y apoder\u00e1ndose del empleo p\u00fablico sin dejar el m\u00ednimo espacio para la igualdad ante la ley.).<\/p>\n\n\n\n<p>La C. E. de 1978 parece que es de otro mundo, ya que, nadie hace lo que ella dice, aunque fue aprobada por una mayor\u00eda abrumadora de espa\u00f1oles:<\/p>\n\n\n\n<p>1\u00ba.- La C. E. dice en su art\u00edculo 10.1 (Dignidad, derechos y respeto a la ley), que <strong>\u201c<\/strong>la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los dem\u00e1s son fundamento del orden pol\u00edtico y de la paz social\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed lo ha consagrado, por ejemplo, &nbsp;nuestro T. C. en Sentencia de Pleno: \u201cProcedimiento: Recurso de inconstitucionalidad&nbsp;&nbsp;&nbsp; Decisi\u00f3n: Pleno. Sentencia N\u00ba de procedimiento: 1024-2004. Sentencia: 17\/2013&nbsp;&nbsp; [ECLI:ES:TC:2013:17]. Fecha: 31\/01\/2013. Fecha publicaci\u00f3n BOE: 26\/02\/2013.<\/p>\n\n\n\n<p>2\u00ba.- Digamos, que lo que dice la Constituci\u00f3n es la teor\u00eda, pues en la pr\u00e1ctica diaria en Espa\u00f1a el respeto a la Ley, especialmente, por los Poderes P\u00fablicos ha pasado a la glor\u00eda de su casi extinci\u00f3n, as\u00ed:<\/p>\n\n\n\n<p>** Principios constitucionales:<\/p>\n\n\n\n<p>La Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola de 1978 establece que Espa\u00f1a es un Estado social y democr\u00e1tico de derecho, donde los ciudadanos y los poderes p\u00fablicos est\u00e1n sujetos a la Constituci\u00f3n y al resto del ordenamiento jur\u00eddico (art\u00edculo 9.1). Este art\u00edculo tambi\u00e9n garantiza el principio de legalidad, la jerarqu\u00eda normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de disposiciones sancionadoras, la seguridad jur\u00eddica y la prohibici\u00f3n de arbitrariedad por parte de los poderes p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Los poderes p\u00fablicos (legislativo, ejecutivo y judicial) est\u00e1n obligados a respetar los derechos fundamentales y las libertades p\u00fablicas, que vinculan a todas las instituciones (art\u00edculo 53). Adem\u00e1s, la separaci\u00f3n de poderes, consagrada en la Constituci\u00f3n, busca evitar abusos y garantizar un equilibrio institucional.<\/p>\n\n\n\n<p>**Situaci\u00f3n actual del respeto a la ley.<\/p>\n\n\n\n<p>*Separaci\u00f3n de poderes: Existen realidades perversas sobre la influencia del poder ejecutivo en el judicial, particularmente en la designaci\u00f3n de miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), siendo la figura distorsionada de la Fiscal\u00eda General de Estado un ejemplo de lo que nunca deber ser una democracia regida por la ley de todos.<\/p>\n\n\n\n<p>*Corrupci\u00f3n y ejemplaridad: Informes recientes, como el de GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupci\u00f3n), se\u00f1alan que Espa\u00f1a no ha implementado completamente recomendaciones para prevenir la corrupci\u00f3n en altos cargos, jueces, fiscales y cuerpos de seguridad. Esto afecta la confianza ciudadana en los poderes p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p>*Neutralidad de los poderes p\u00fablicos: La exhibici\u00f3n de s\u00edmbolos pol\u00edticos no oficiales en espacios p\u00fablicos (como banderas republicanas o lazos amarillos) ha generado debates judiciales. Los tribunales, en vano, han reforzado el principio de neutralidad, exigiendo que los espacios p\u00fablicos se mantengan libres de s\u00edmbolos partidistas, seg\u00fan la Ley 39\/1981.<\/p>\n\n\n\n<p>*Cumplimiento de la ley en contextos pol\u00edticos sensibles: Episodios como el refer\u00e9ndum ilegal de Catalu\u00f1a en 2017 han puesto de manifiesto tensiones entre poderes p\u00fablicos auton\u00f3micos y el Estado central.<\/p>\n\n\n\n<p>*Legislaci\u00f3n y participaci\u00f3n ciudadana: Hay cr\u00edticas sobre la falta de debate y participaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n de leyes, lo que puede debilitar su legitimidad.<\/p>\n\n\n\n<p>**Percepci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p>La confianza de los espa\u00f1oles en las instituciones p\u00fablicas ha disminuido en los \u00faltimos a\u00f1os por m\u00faltiples causas, as\u00ed, casos de corrupci\u00f3n, politizaci\u00f3n de la justicia y una percepci\u00f3n de falta de ejemplaridad en los l\u00edderes pol\u00edticos.<\/p>\n\n\n\n<p>**Casos relevantes.<\/p>\n\n\n\n<p>*Bloqueo del CGPJ: La par\u00e1lisis en la renovaci\u00f3n del Consejo General del Poder Judicial y en su funcionamiento ha sido objeto de cr\u00edticas nacionales e internacionales, con el Tribunal Constitucional interviniendo para frenar ciertas reformas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>*Amnist\u00eda y procesos judiciales: La ley de amnist\u00eda para encausados del proc\u00e9s catal\u00e1n ha generado controversias sobre su compatibilidad con el principio de igualdad ante la ley y el respeto al ordenamiento jur\u00eddico.<\/p>\n\n\n\n<p>*Ciberseguridad y derechos fundamentales: El retraso en la aplicaci\u00f3n de la ley de ciberseguridad muestra un intento de equilibrar seguridad y derechos, pero tambi\u00e9n evidencia desaf\u00edos en la implementaci\u00f3n de normas.<\/p>\n\n\n\n<p>*En un d\u00eda el Gobierno ha decidido: (I). No someter al control parlamentario un tremendo gasto de defensa; y, (II) Apoyar el que el Fiscal General del Estado nombre una nueva fiscal\u00eda especial para que le investigue a \u00e9l.<\/p>\n\n\n\n<p>3\u00ba.- Conclusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>*El respeto a la ley por parte de los poderes p\u00fablicos en Espa\u00f1a est\u00e1 respaldado por un marco constitucional s\u00f3lido y un sistema democr\u00e1tico funcional, pero una cosa es la teor\u00eda y otra la pr\u00e1ctica diaria que se ve y se siente.<\/p>\n\n\n\n<p>*La politizaci\u00f3n de la mayor\u00eda de las instituciones, la percepci\u00f3n de corrupci\u00f3n y las tensiones entre poderes generan dudas sobre la plena efectividad del Estado de derecho, porque Espa\u00f1a cada d\u00eda parece m\u00e1s una autocracia. Aunque constitucionalmente Espa\u00f1a sigue siendo un pa\u00eds con un nivel elevado de garant\u00edas legales, la confianza ciudadana y la ejemplaridad de los poderes p\u00fablicos son \u00e1reas que requieren atenci\u00f3n para fortalecer el respeto a la ley.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><u>N.B.<\/u><\/strong>&nbsp; Lo que hay es lo que se ve y lo que se siente, concretamente, que el respeto a la Ley en Espa\u00f1a est\u00e1 bajo m\u00ednimos, de manera, que nuestro estado de derecho y nuestra democracia est\u00e1n en serio peligro.<\/p>\n\n\n\n<p>C\u00f3rdoba, a 24 de abril de 2025<\/p>\n\n\n\n<p>Fdo. Enrique Garc\u00eda Montoya<\/p>\n\n\n\n<p>Abogado ICA-C\u00f3rdoba. Inspector de Trabajo y S. S.<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La realidad al d\u00eda de hoy es, que parece que en Espa\u00f1a todos los poderes p\u00fablicos han perdido el respeto a la ley en cualquiera de sus niveles, de forma, que una carcoma perversa est\u00e1 devorando, sin pausa ni control, la aplicaci\u00f3n del valor justicia que la C. E. consagra en su art. 1.1., y, [&hellip;]<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on get_the_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on get_the_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1],"tags":[3304,675,765,1554,220,492,219,181,77,334,1496,222,717,2818,3303,217,317,2093,240,1846,3307,1183,631,3298,430,3308,3305,2149,802,3302,3306,257],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4365"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4365"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4365\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4367,"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4365\/revisions\/4367"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4365"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4365"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.andalucialegal.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4365"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}