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Semejanzas perversas – Polonia – la Comisión Europea – U. E. – España – P.P. (desigualdad – tiros en los pies – disenso)

Por un lado, la U. E., comandada por la Presidenta de la Comisión Europea, Úrsula von der Leyen, ha decido que Polonia y los polacos son fáciles de someter a sus dictados de desigualdad, tratando de imponer las normas de un estado de derecho donde sus leyes se imponen según quien, además, con una prepotencia insultante para Polonia. No existe la menor duda, que la C. E. de D.ª. Úrsula se ha metido un tiro en los dos pies, ya que, la U. E. es consenso e igualdad no desigualdad y disenso.

Por otro lado, en España el Presidente de un Partido, que quiere reinar, ha decidido para ello, pegarse dos tiros uno en cada pie, tratando de imponer por la fuerza (que, por cierto, no tiene) la desigualdad y la discrepancia entre las CC. AA. en las que gobierna, además, desde una postura misógina inaceptable; de forma, que todas las presidencias del partido en esas CC. AA. las ostentan sin discusión el Presidente del Gobierno de cada una de ellas, sin embargo, la única mujer que gobierna una Comunidad Autónoma, además, con gran acierto y apoyo unánime de sus votantes, se le impide con toda clase de tretas, zancadillas y maniobras obscenas de todo tipo y color ser la Presidenta del Partido en su C. C. A.A., que, a mayor inri, está, también, marcando el camino hacia la Presidencia del Gobierno de la Nación al Presidente del Partido, que quiere reinar.

Las semejanzas en los dos casos son evidentes por su ceguera, su maldad y su estulticia, ya que, en los dos supuestos descritos con holgura clarividente, los tiros en ambos pies de cada uno de ellos son idénticos y perversos para ellos mismos.

Seguramente, se puede ser más negado, pero, sin duda, es imposible ser más necio.

Desde una posición de poder inane y autodestructiva, se ha sustituido -la igualdad por la desigualdad-, -el acuerdo por el disenso- y -la unidad ganadora por la división y el desacuerdo inútiles y perversos-.

Finalmente, poner de manifiesto: “Que la responsabilidad siempre es de la persona que tiene el poder”; dicho de otra forma: Del que manda.

N.B. Las semejanzas, entre el caso de Polonia y la Comisión Europea – U. E., y, entre el caso de España -CC. AA. Madrid- y el Presidente del Partido, que quiere reinar, son perversas y dañinas, suponiendo desigualdad, disenso y un auto tiro en los dos pies por los propios mandamases del desaguisado.

La igualdad ante la ley y el respeto a la misma por todos son las bases del Estado de Derecho de la U. E. y de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho consagrado en la Constitución Española, de forma, que la desigualdad perversa puesta de relieve en ambos casos, supera cualquier comparación y comentario, que se quiera hacer, entrando en el disparate de la autodestrucción.

En los dos casos expuestos es posible, sin mucho esfuerzo, llegar a un acuerdo, aunque ello exige menos prepotencia del que cree que tiene el poder, concediendo un atisbo de confianza a la parte que se considera más débil, ya que, un acuerdo siempre supone rebajar un poco las posiciones, partiendo de la base, que destruir a la otra parte nunca es una solución beneficiosa para nadie y, además, nunca da resultado.

Córdoba, a 31 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S. 

Prevaricación administrativa (el filósofo y el capitán)

Según cuenta Platón en su diálogo de la Apología de Sócrates, este se defendió de una acusación falsa ente el Tribunal de los 500 de Atenas y fue condenado a beber la cicuta por defender la verdad.

En España, muchos vamos a tener que beber la cicuta, ante la mentira y una prevaricación administrativa de libro de nuestro filósofo catalán independentista al que apoya sin fisuras su Gobierno, si los españoles no toman cartas en el asunto, unidos en defensa de nuestros derechos y libertades y del Estado de Derecho Constitucional.

Desde el punto de vista legal, conviene citar;

1º.- El artículo 404 del Código Penal tipifica el delito de prevaricación administrativa, en relación con la autoridad y/o funcionario público que dictare una resolución injusta a sabiendas, así dice: “A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años”.

[La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de la que puede ser exponente la STS 606/2017, de 7 de julio, para que aflore el delito de prevaricación será preciso:

a).    Que se dicte una resolución arbitraria por autoridad o funcionario en asunto administrativo;

b).   Que ocasione un resultado materialmente injusto;

c).    Que la resolución se dicte con la finalidad de hacer efectiva la voluntad particular de la autoridad o funcionario, consciente de que actúa contra el derecho; y

d).   Que la actuación sea intencionada, “a sabiendas”, en la terminología del precepto penal, es decir, que se adopte la resolución con pleno conocimiento de su injusticia. En relación con este último presupuesto, la STS 766/1999, de 18 mayo, afirma que este elemento subjetivo exige, que la autoridad o funcionario, teniendo plena conciencia de que resuelve al margen del ordenamiento jurídico y de que ocasiona un resultado materialmente injusto, actúe de tal modo porque quiere ese resultado y antepone el contenido de su voluntad a cualquier otro razonamiento o consideración, esto es, con intención deliberada y plena conciencia de la ilegalidad del acto realizado, ( STS. 443/2008 de 1.7), lo que permite excluir aquellos supuestos en los que el funcionario tenga “dudas razonables” sobre la injusticia de su resolución. Estima la doctrina que en esta última hipótesis nos hallaríamos en el ámbito del derecho administrativo-sancionador.]

2º.- Nuestra Constitución dice en su artículo 14, que “los españoles son iguales ante la ley”, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social;

Sin embargo, lo expuesto no es lo único, ya que el artículo 9. 3. de la C. E. garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

3º.- El Código Civil dice en su artículo 6. 4. que: “Los actos realizados al amparo del texto de una norma, que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir”.

** Por lo dicho, es algo muy claro, que el estado de alarma constitucional no está para aplicarlo en fraude de ley sin mesura y sin proporcionalidad, rompiendo, además, la igualdad entre los españoles que garantiza el art. 14 de la Constitución.

Por ello, muchos españoles sentimos miedo, peligro e incertidumbre, ya que si hay algo que destroce y elimine la seguridad jurídica y la confianza de los ciudadanos, eliminando sus libertades, es cuando, los poderes públicos desoyendo el art. 9 de la Constitución ignoran la aplicación justa de la Ley, adoptando medidas desproporcionadas y aprobando normas arbitrarias, desconociendo, a sabiendas, que nuestra Carta Magna consagra, que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”.

¿Alguien puede creer, que el Gobierno de España ha aprobado su R. D. L. de alarma de Madrid en base a la salud de los madrileños y de los españoles con arreglo a la Constitución, o, por el contrario, es más cierto que ha actuado movido por la soberbia y la prepotencia derivadas del rencor ideológico?

** Es un hecho cierto, que el filósofo, su capitán y su gobierno están fuera de la ley y contra la Ley, simplemente, están fuera del Estado de Derecho y contra la división de poderes, ya que ni aceptan la Ley ni las resoluciones del Poder judicial, imponiendo un estado de alarma en Madrid, que, sin duda, bordea el delito de prevaricación administrativa, afectando no solo a los madrileños, sino a todos los españoles, porque, sí o sí, ocasiona y ocasionará gravísimos daños sociales y económicos a todos ellos.  

El estado de alarma impuesto a la C. C. A. A. de Madrid, no ha hecho otra cosa, que imponer por la fuerza y en fraude de ley las medidas que el TSJM declaró inconstitucionales, pasado por encima del Poder judicial sin disimulos y con toda la prepotencia posible. Vamos un dislate jurídico, que vulnera cualquier mesura y proporcionalidad en la aplicación de la Ley.

N.B.  Los españoles estamos inmersos en la incertidumbre por la actuación del filósofo y su capitán, y, vemos, que estamos abocados al desastre, ya que, sin seguridad jurídica, sin libertades y sin principios éticos solo se vislumbran graves problemas, que llevarán a conflictos sociales derivados de la ruina económica y sanitaria.

Lo que el Gobierno ha hecho en Madrid, ¿lo haría en Cataluña o en el País vasco? (Derecho y principio de igualdad constitucional).

Repito, que así, no hay solución posible, pues sin consensos, sin acuerdos y sin generosidad de todos los españoles sin exclusión, y, siempre con respeto a nuestra Constitución y a sus derechos fundamentales consagrados y al resto de nuestras leyes, no puede haber solución legítima y pacífica.

Córdoba, a 11 de octubre de 2020

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Madrid y los leones del Congreso (Illa el comi-experto del cierre completo)

He leído y oído a tutiplén, que el vocinglero Ministro de Sanidad Sr. Illa, conocido por sus aciertos contra la pandemia del coronavirus, por sus grandes logros contra el covid-19, por su famoso comité de expertos fantasma y confesado falso, así como,  por otros muchos dislates casi inacabables, ha amenazado a Madrid, a sus Gobiernos Municipal y Regional autónomos legítimamente elegidos y, por tanto a todos los madrileños de la capital o de la región, con que la va a cerrar o confinar totalmente.

Creo, que el Sr. Illa, catalán converso al independentismo atrabiliario, no sabe lo que dice realmente, ni conoce la historia de Madrid, aunque le recuerdo, solo por decir algo,  el glorioso dos de mayo, las pinturas negras de Goya y los leones del Congreso llamados por el pueblo como sus héroes de la Guerra de la Independencia Daoiz y Velarde,  como un anticipo de lo que se le vendrá encima si “confina Madrid y a los madrileños”, pisoteando a sus gobiernos municipal y autonómico legítimamente elegidos en elecciones libres y democráticas.

Madrid, sin duda, en esa encrucijada será un Núñez de Balboa gigante, pues, ¿acaso cree, que las fuerzas del orden público van a poder contener (en el caso que quieran) a cinco millones de madrileños hartos de insidias y amenazas lanzadas por un epidemiólogo famoso como Ud. Ministro Illa?

Si se confina Madrid, tenga Ud. y a su Gobierno autoritario en cuenta, que todos Uds. serán responsables de todo lo que ocurra después, que sin la menor duda ocurrirá.

N.B. Sr. Ministro de Sanidad, si su Gobierno, con su recomendación, cierra Madrid, permítame decirle que es Ud. un irresponsable total y absoluto, porque en una Nación regida por una Constitución, que instauró un estado de derecho social y democrático, las cosas no se hacen con la porra en la mano, sino con acuerdos, consensos y colaboración de unos con otros. Le recuerdo a Ud. y a todo su Gobierno, que la transición española, ejemplo del mundo, se hizo pacíficamente a base de renuncias y acuerdos de todos los españoles.

Reitero, Sr. Ministro Illa, Ud. no conoce ni de lejos a los madrileños.

Córdoba, a 27 de septiembre de 2020

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.