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PRESIÓN TRIBUTARIA Y DEL GASTO PÚBLICO EN EL AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA – (ANÁLISIS CRÍTICO)

<<Relato oficial – La verdad y la mentira>>

“Leo con sorpresa, que el **Ayuntamiento de Córdoba mantiene congelados los impuestos en 2027 con una variación real del -0,12%**.

La junta de gobierno local ha dado luz verde al proyecto de las ordenanzas municipal que regularán la fiscalidad del próximo año, que en su conjunto registran una bajada del 0,12% en los impuestos municipales, según ha anunciado la edil de Hacienda, Blanca Torrent”.

1.- Consideraciones previas – Una falacia aritmética del -0,12 %.

Desde una perspectiva jurídico-tributaria estricta, el anuncio de una reducción ponderada del -0,12 % en las ordenanzas fiscales carece de impacto material en la capacidad económica del contribuyente, ya que,  *esta cifra opera como un mero espejismo estadístico que enmascara un incremento neto de la presión fiscal global en la ciudad*.

El análisis conjunto de los impuestos directos, la revisión de los valores bases y el alza sistemática de las tasas por prestación de servicios públicos esenciales evidencia un encarecimiento estructural, que recae directamente sobre los ciudadanos.

2.- Impuestos directos – (Subida velada en el IBI y la Plusvalía).

**Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Aunque el discurso institucional defiende una “congelación”, el tipo de gravamen del IBI urbano se mantiene en el 0,5081 %. En la mecánica tributaria, mantener el tipo de gravamen inalterado mientras los valores catastrales (la base imponible) se revisan al alza -o mientras el nuevo valor de referencia de Catastro empuja la valoración general del mercado inmobiliario- se traduce automáticamente en un aumento de la cuota íntegra y líquida exigible, **por lo que no hay congelación real de la carga tributaria, sino un aumento de la recaudación derivado de la inflación del valor del suelo**.

**Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía): De igual modo, este impuesto, que grava la transmisión de inmuebles, sigue actuando como un mecanismo de alta recaudación. Pese a las reformas impuestas por la jurisprudencia constitucional, la fijación de los coeficientes máximos locales sobre los periodos de generación del incremento de valor garantiza, que, salvo en transmisiones a pérdidas, el Ayuntamiento continúe maximizando el devengo impositivo en cada operación inmobiliaria.

3.- Tasas Municipales – (Encarecimiento de los servicios básicos -agua y basura-).

La verdadera dimensión de la subida de la presión fiscal se manifiesta en la contraprestación de servicios de recepción obligatoria, donde las entidades instrumentales del Ayuntamiento han aprobado alzas tarifarias significativas:

**Tasa de recogida de basuras (Sadeco): El Pleno ha aprobado un incremento del 2,2 % de la tasa de Sadeco para el ejercicio 2026. En términos reales, el recibo de la basura acumula sucesivos encarecimientos que elevan el coste del servicio de manera desproporcionada (alrededor de un 52 % de incremento acumulado).

**Tarifas de abastecimiento de agua (Emacsa): La empresa municipal de aguas ha consolidado una política de encarecimiento continuo. Para 2026 se ha aprobado una subida de la tarifa del 2,1 %. Además, ya está prevista y estipulada una nueva subida del 1,9 % para el año 2027. Resulta especialmente gravoso observar que este es el tercer incremento consecutivo aplicado por Emacsa, tras encadenar subidas previas del 5 % y del 10 %.

4.- Expansión del gasto corriente y blindaje retributivo.

<-Gasto estructural (Capítulo 2): Mientras se incrementa la tributación a través de las tasas y el IBI, la administración local adolece de una falta absoluta de contención presupuestaria. El aumento del gasto en bienes y servicios corrientes contradice el principio de austeridad y de eficiencia en la gestión del dinero público, ensanchando la estructura de costes fijos del Ayuntamiento.

<-Privilegios retributivos: A esta ineficiencia se le añade la paradoja de que los cargos públicos (alcalde y concejales) hayan consolidado subidas salariales del 2,5 %. Este incremento de la masa salarial política resulta aún más lesivo para la equidad fiscal, si se considera, que una parte sustancial de sus ingresos en concepto de dietas e indemnizaciones está exenta de tributación en el IRPF.

5.- Una mirada a la inflación – Deflactar la presión fiscal municipal.

La información disponible permite afirmar que Córdoba llega a septiembre en una posición especialmente vulnerable: “En agosto ya presentaba una inflación del 4,3%, superior a la media andaluza, con el transporte casi un 10% más caro que un año antes”.

El dato nacional de septiembre 4,9% de inflación general, 3,1% de subyacente y 5% deIPCA– confirma que el repunte se ha intensificado y que el principal detonante continúa siendo la energía.

La conclusión técnicamente correcta es que la inflación cordobesa previsiblemente seguirá elevada, pero su tasa exacta y el desglose por grupos de consumo deben quedar pendientes de la publicación definitiva del INE el 14 de octubre. En ese momento será posible determinar si Córdoba supera la tasa nacional, cuánto aumenta respecto del 4,3% de agosto y qué peso concreto tienen transporte, vivienda, alimentos, hostelería y servicios.

El ayuntamiento debería ajustar sus impuestos a la inflación para evitar que un contribuyente pague más impuestos si sus ingresos (retribuciones o sueldos) suben únicamente para compensar el aumento del coste de la vida, sin que haya ganado verdadero poder adquisitivo.

<<Conclusión>>

La rebaja del -0,12 % es irrelevante a efectos jurídicos y patrimoniales. La conjunción de un IBI inelástico frente a la revalorización de los inmuebles, una política de cobro agresiva en transmisiones patrimoniales (Plusvalía), y la sistemática subida de las tasas de agua (Emacsa) y basura (Sadeco), consolidan un escenario de severo aumento de la presión fiscal local. Todo ello sirve para financiar una estructura burocrática cada vez más costosa y unas retribuciones políticas al alza, configurando una política económica de marcado carácter expansivo y recaudatorio.

N.B. Imagen. (Relato oficial – La verdad y la mentira).

La imagen refleja de manera directa los puntos clave de nuestro análisis crítico:

  • La avalancha de papeles y bolsas de basura: Representa la verdadera presión fiscal que asfixia al ciudadano. Los documentos y recibos simbolizan el inelástico IBI y la agresiva recaudación de la Plusvalía, mientras que las bolsas de basura y el entorno aluden directamente a las constantes subidas de las tasas de Sadeco y Emacsa.
  • El ciudadano abrumado: Encarna a los contribuyentes cordobeses, quienes soportan el encarecimiento estructural de los servicios públicos esenciales en su día a día.
  • El político impoluto y sonriente: Representa ese “blindaje retributivo” y la expansión del gasto corriente del que hablamos. Mientras el ciudadano es aplastado por el coste de la ciudad, la clase política mantiene sus privilegios (como esa subida salarial del 2,5 % y dietas exentas).
  • El minúsculo cartel del “-0.12%”: Ilustra de forma irónica lo que en se describes en el artículo como la “falacia aritmética” y el “espejismo estadístico”. El político lo exhibe como un gran logro frente a la cámara (el relato oficial), mientras ignora por completo la montaña de impuestos reales que sepulta al ciudadano (la verdad de la calle).

Córdoba, 1 de octubre de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado. ICA-Córdoba. – Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

Exconcejal  Ayuntamiento y Exdiputado provincial de Córdoba. Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

FRACTURA SOCIAL EN ESPAÑA Y CÓRDOBA VS. (FRACTURA DE ÉLITES)

Algunos de los lectores del blog me preguntan, ¿si es cierto que existe en España una factura social?. Así que intentaremos explicar que fractura es la que se ha establecido en España y por qué.

1.- Consideraciones previas y objeto de análisis.

Se trata de analizar, con el máximo rigor procesal y sustantivo, la posible existencia de una “fractura social real” en España, así, que se efectuaremos un triple desglose de líneas de ataque (formales, de fondo y probatorias) evaluando sus riesgos intrínsecos y ponderando su probabilidad de éxito, a la vez, que formulamos una tesis  rompedora e innovadora.

***Tesis central:

“*Los ataques desde el Gobierno al Rey Felipe VI y a la Corona, *el incumplimiento del deber de lealtad constitucional por parte del Ejecutivo de Pedro Sánchez y *la superación de los límites formales mediante “caminos inconstitucionales” están produciendo una fractura social real e irreversible que la Constitución de 1978 logró evitar”.

2.- Estrategia – (Líneas de ataque, evaluación de riesgos y prevalencia).

***Se contrapone *la polarización política con *la articulación democrática, y, se formulan las líneas de ataque en un escenario de impugnación formal o recurso de inconstitucionalidad/amparo institucional.

A.- Categorización de líneas de ataque.

1.- Flanco formal – (ataque procesal y procedimental).

<-Sub-línea F1 – (Falta de legitimación / Indeterminación del acto impugnable): Atacar que la “fractura social” o el “discurso político” no constituyen actos jurídicos manifestados mediante disposiciones, resoluciones o actos definitivos susceptibles de recurso directo de inconstitucionalidad (Art. 27 LOTC).

<-Sub-línea F2 – (Invasión de la reserva de reforma constitucional Art. 168 CE vía mutación constitucional de hecho): Impugnar formalmente el uso reiterado del Real Decreto-Ley y Proposiciones de Ley parlamentarias para eludir los informes preceptivos del Consejo de Estado y del CGPJ en leyes de calado estructural (ej. Amnistía).

2.- Flanco de fondo – (ataque sustantivo y dogmático).

<-Sub-línea S1 – (Vulneración del principio de lealtad institucional y neutralidad del Rey – Art. 56 CE): Sostener que la omisión de defensa del Monarca o el cuestionamiento de la Corona por Ministros del Gobierno vulnera el núcleo dogmático de la Monarquía Parlamentaria y la irresponsabilidad política del Rey.

<-Sub-línea S2 – (Inexistencia de democracia militante y exclusividad del filtro del TC): Argumentar que, bajo la jurisprudencia constitucional firme (STC 42/2014, STC 31/2010), el sistema español permite la crítica radical a cualquier institución si no hay quebrantamiento expreso del ordenamiento normativo sancionado por el TC.

3.- Flanco probatorio – (ataque fáctico).

<-Sub-línea P1 – (Ausencia de indicadores objetivos de quiebra de la paz social): Exhibir datos macroeconómicos, índices de criminalidad, cohesión laboral e integración para demostrar la inexistencia de un colapso del tejido civil.

<-Sub-línea P2 – (Inconsistencia probatoria del sesgo identitario y afección a Córdoba): Demostrar mediante encuestas socio-políticas que la tensión discursiva no se traduce en ruptura de la convivencia vecinal o gremial a nivel local.

B.- Evaluación de riesgos y ordenación de mayor a menor probabilidad de éxito.

*Orden – *Línea de ataque.

1º. Inadmisibilidad por falta de acto objeto de control (F1).

2º. Inexistencia de cláusula de intangibilidad / No democracia militante (S2).

3º. Insuficiencia probatoria de ruptura de paz civil (P1)

4ª. Fraude de ley procedimental / Elusión del art. 168 CE (F2).

5º. Quiebra del principio sustantivo de lealtad a la Corona (S1).

*Tipo.  1º. Formal. 2º. Fondo. 3º. Probatoria. 4º. Formal. 5º. Fondo.

*Viabilidad / éxito. 1º. MUY ALTA (90%). 2º. ALTA (80%). 3º. ALTA (75%). 4º. MEDIA (50%). 5º. BAJA (30%).

*Riesgo procesal / táctico.

1º. Bajo: Imposible fundamentar recurso directo contra meras dinámicas político discursivas o intenciones. 2º. Medio: Doctrina del TC consolidada que ampara debates sobre la forma de Estado si el cauce es parlamentario. 3º. Bajo: Los indicadores de paz social y normalidad operativa institucional contradicen la “ruptura”. 4º. Alto: El TC tiende a validar la libertad de configuración parlamentaria si se respetan las mayorías formales. 5º. Muy Alto: Entra en el terreno de la ‘ética institucional’, difícilmente exigible en sede de estricto ius positivismo.

3.- Tesis original, innovadora y crítica.

(Se fusiona el rigor dogmático, la sociología crítica y la réplica al planteamiento de la tesis)

<-La ilusión de la fractura civil frente al colapso de la ética constitucional.

 El debate sobre la coexistencia en la España contemporánea ha quedado atrapado en una falsa dicotomía: *La complacencia del procedimentalismo vacuo* o *el catastrofismo de la ruptura social.

**Un análisis crítico exige superar la falacia de que existe una lucha cainita en las calles y situar el diagnóstico en su verdadero epicentro:

“La mutación institucional por vaciamiento de la lealtad de las élites”.

Mientras que la sociedad civil opera en un régimen de pragmática normalidad socioeconómica -sostenida por redes de solidaridad familiar y cotorras de interacción cotidiana-, *la clase política dirigente ha inaugurado un modelo de “polarización extractiva”.

*No hay fractura social en el tejido ciudadano, ya que, lo que presenciamos es la ruptura deliberada del pacto no escrito de 1978 por parte del Poder Ejecutivo para garantizar la persistencia del poder formal.

Al desmantelar la función arbitral de la Jefatura del Estado mediante el silencio sistemático o la crítica instrumentalizada de socios de gobierno, no se está permitiendo la “expresión del pluralismo”, sino desgastando la autoritas de la única institución diseñada para amortiguar el choque entre bloques.

La trampa procedimental del presente régimen radica en asumir que todo lo que no esté explícitamente prohibido por una mayoría coyuntural es constitucionalmente legítimo. Esta visión hiperpositivista transforma la Carta Magna en un mero reglamento de juego sustituible, anulando su condición de norma rectora e identidad de concordia.

4.- La fractura social en España con especial consideración de Córdoba.

I. La naturaleza real de la crispación – (Fractura institucional vs. Cohesión social.)

Desde un análisis empírico e institucional se puede aseverar que en España no existe una “fractura social” en términos de secesión civil, segregación comunitaria o violencia política en el espacio público, ya que, lo que experimenta la Nación es una “Fractura de las Élites” – (Crispación de Superestructura).

*La brecha afectiva instrumental:La hostilidad entre bloques no brota espontáneamente de la ciudadanía, sino que es teledirigida desde las plataformas parlamentarias y mediáticas mediante la retórica del “muro”, convirtiendo la discrepancia ideológica en un conflicto moral irreconciliable.

*El vaciamiento de la concordia del 78: La degradación del espíritu constitucional no radica en la presencia de fuerzas independentistas o republicanas en las Cortes -rasgo propio del pluralismo-, sino en *la asunción por parte del Gobierno central de la agenda de impugnación de la Corona como peaje de gobernabilidad*.

II. Córdoba – (Una sociedad amortiguadora).

Quizás, si se analiza el problema de la polarización con la mirada puesta en Córdoba se puede ofrecer  una perspectiva imprescindible para *desmitificar la tesis de la fractura social generalizada y *comprender el verdadero impacto de la crisis de lealtad institucional:

1.- La inmunidad del tejido social y la cultura de concordia: Córdoba, por su poso histórico y estructura sociológica, actúa como un potente amortiguador de la crispación del debate madrileño. Las dinámicas de convivencia en la capital y en la provincia (Vega del Guadalquivir, Subbética, Valle de los Pedroches) muestran una cohesión comunitaria inalterada donde las discrepancias políticas no destruyen la articulación social, familiar ni la asociativa.

2.- Fractura socioeconómica vs. Fractura identitaria: El verdadero reto social en Córdoba no es la división dinástica o constitucional, sino la brecha de desigualdad estructural. La coexistencia de barrios entre los de menor renta de España (como las Zonas necesitadas de transformación social en el Distrito Sur o Las Palmeras) con áreas de alto desarrollo, representa una fractura de oportunidades real que el debate político de bloques invisibiliza.

3.- El ámbito laboral: En el fuero del Derecho del Trabajo y las relaciones laborales cordobesas, la concertación entre patronal y sindicatos ha demostrado una madurez superior a la del ámbito político nacional, porque  *no existe un conflicto de clase asimétrico o polarizado*, *sino una constante búsqueda de acuerdos que garantiza la paz social laboral a pesar de las presiones normativas del Ejecutivo*.

4.- Impacto municipal y lealtad institucional: A nivel municipal y capitular, la política cordobesa mantiene canales de diálogo y respeto institucional entre el Gobierno local y la oposición que contrastan frontalmente con la dialéctica de “muros” del Congreso de los Diputados. La figura del servidor público e inspector en la provincia atestigua que la Administración intenta  funcionar siempre con objetividad (art. 103 CE) al margen de las tormentas retóricas.

III. Conclusiones y propuesta.

1.-  Ilegalidad sustantiva de la tesis de ruptura en Sede Judicial: Cualquier intento procesal de declarar la inconstitucionalidad global de la actuación del Ejecutivo por “fractura social” colapsará por motivos formales (F1) y de ortodoxia garantista (S2).

2.- Ruptura de la ética constitucional: Es un hecho más que razonable y probado, que la denuncia de que *el Ejecutivo está forzando los límites formales*, sustituyendo la “ética del consenso” por un “utilitarismo procedimental” que carcome la Monarquía Parlamentaria, es una certeza.

3.- Análisis de  Córdoba: Córdoba es la prueba fehaciente de que la España real se niega a fracturarse bajo las pautas de la España oficial.

La solución a la crispación pasa por restituir el principio de lealtad constitucional en la cúspide del Estado sin descuidar las verdaderas brechas socioeconómicas del territorio.

N.B. Imagen. Fractura social en España y Córdoba – vs. -(Fractura de élites) – Análisis crítico.

Córdoba, a 30 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

 Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba

La Paradoja del Agua en Córdoba – (Coste de la ineficiencia interna vs. castigo fiscal del ciudadano).

Análisis crítico sobre la gestión de la Empresa Municipal de Aguas de Córdoba (Emacsa) y el blindaje de su estructura interna a costa de la presión tarifaria.

<<Una realidad incómoda tras el escaparate de las cifras>>

El Ayuntamiento de Córdoba y la Empresa Municipal de Aguas (Emacsa) suelen presumir de cifras: *La capital cuenta con alrededor de 650 fuentes de agua potable en sus calles (616 bebederos públicos y 30 ornamentales), pero detrás de esta gran infraestructura de cercanía y de un servicio de excelente calidad, se esconde una realidad incómoda que afecta directamente al bolsillo del ciudadano, concretamente, “que el recibo del agua encadena cuatro años de subidas consecutivas en un escenario donde ahorrar cuesta más caro y se camufla sistemáticamente el impacto real de las facturas”.

1.- El sistema actual, sus grietas y el desvío de la atención técnica.

La Empresa Pública Municipal Emacsa gestiona el ciclo integral del agua apoyándose principalmente en los embalses de Guadalmellato y San Rafael de Navallana, con la ETAP de Villa Azul y la EDAR de La Golondrina como motores técnicos. Para modernizar la red, la empresa cuenta con un ambicioso Plan Director (2023-2033) valorado en más de 540 millones de euros.

<-A pesar de esta aparente solvencia proyectada, el sistema arrastra deficiencias críticas que evidencian la falta de optimización de los recursos:

*Redes obsoletas: Tramos antiguos de fibrocemento provocan fugas microscópicas y roturas en zonas históricas y periféricas.

*El olvido de las periferias: Numerosas parcelaciones y núcleos de autoconstrucción carecen de conexión legal a la red, cronificando problemas sanitarios esenciales.

<-Exigencias europeas y clima: La EDAR de La Golondrina urge inversión para adaptarse a las normativas de la UE en eliminación de nutrientes, mientras el estrés hídrico obliga a desarrollar un circuito terciario de aguas regeneradas que aún está a medio gas.

2.- La escalada de tarifas (2024 – 2027) y la paradoja del ahorro.

<-Tras incrementos muy intensos en años previos (del 10% y el 5%), el calendario fiscal se ha estabilizado con subidas continuas:

*Año 2026: Se ha aprobado un incremento general del 2,1% (unos 0,32 € más al mes para un usuario medio).

*Año 2027: Ya hay proyectado un nuevo incremento del 1,9% (unos 0,30 € mensuales más).

<-La paradoja del ahorro: “La justificación oficial de Emacsa es que, gracias a la concienciación ciudadana, el consumo anual bajó de 21 millones de m3 en 2021 a 19,4 millones de m3, de forma, que al facturarse menos volumen de agua, los costes fijos de mantenimiento por metro cúbico se elevan. Es decir, el ciudadano ahorra, pero el sistema le penaliza subiendo el precio unitario.

<-Para mitigar las críticas frente a lo que la oposición tacha de “atraco”, se destina un millón de euros al Bono Social, penalizando a su vez con recargos de entre el 25% y el 50% los bloques de consumo más altos.

3.- El núcleo de la crisis – (Coste interno de Emacsa intocable vs. el rescate tarifario.)

El verdadero nudo gordiano de la gestión actual reside en una transición financiera sumamente alarmante, concretamente, el paso de Emacsa de ser una empresa tradicionalmente saneada y con superávit a convertirse en una sociedad que coquetea con las pérdidas y el déficit.

Ante este desequilibrio, la dirección política de la empresa ha optado por la vía más cómoda para la estructura burocrática, pero más lesiva para el contribuyente:

“Un rescate encubierto a base de continuas subidas de tarifas”.

<-En lugar de acometer un plan riguroso de saneamiento interno que analice, racionalice y reduzca el coste de la propia estructura y del mantenimiento de infraestructuras, la entidad mantiene intactos sus gastos de funcionamiento interno,  descargando de manera sistemática toda la responsabilidad y el coste del desajuste sobre los cordobeses, utilizando como pretexto que estos consumen menos agua.

<-Este modelo resulta económicamente insostenible y éticamente cuestionable,  ya que,  se penaliza la eficiencia ambiental de los ciudadanos para evitar abordar la ineficiencia organizativa y los costes estructurales de la propia empresa municipal.

<-Indicador de Gestión: “Efecto sobre el Ciudadano Situación en la Estructura de Emacsa”.

-Consumo de Agua – (Tendencia a la baja).

-Ahorro ecológico y menor consumo real (de 21 a 19,4 millones m3).

-Se utiliza como excusa para encarecer el metro cúbico debido a los “costes fijos”.

<-Estructura y Coste Interno Soporta tarifas un 2,1% (2026) y un 1,9% (2027) más caras.

*Intocable. No se acometen reformas estructurales ni optimización de gasto interno.

<-Resultado Financiero. Se financia el déficit mediante el encarecimiento del recibo básico.

*Paso del superávit histórico a pérdidas operativas compensadas con presión fiscal*.

4.- El «empaquetamiento político» o cómo ocultar la subida de tarifas.

<- La falta de transparencia real no radica en la ausencia de informes financieros, sino en el diseño del mensaje para minimizar el desgaste político utilizando cinco tácticas muy claras:

1.- La técnica de la «micro-cifra»: Presentar el sablazo millonario diluido en frases como “solo costará un café o 32 céntimos más al mes”, haciendo que la queja parezca una exageración.

2.- El «maquillaje plurianual»: “Aprobar las subidas de varios años de golpe”, de forma, que el Gobierno local concentra las protestas en un solo pleno y los años siguientes las tarifas suben de forma automática y silenciosa.

3.- Lenguaje tecnocrático: Usar conceptos como “actualización por equilibrio concesional” para hacer ver la subida como algo inevitable y ajeno a la voluntad del alcalde.

4.- Culpabilización positiva: El argumento de “como habéis ahorrado, hay que subir los precios” traslada la responsabilidad del encarecimiento al propio consumidor.

5.- El «escudo social»: Abrir los titulares anunciando la ampliación de bonificaciones a colectivos vulnerables, relegando el aumento general al final del comunicado para neutralizar la crítica.

5.- Una crítica fundada – (Los pilares de la opacidad y la anomalía legal).

<-Para armar una fiscalización rigurosa de esta gestión, no basta el descontento social, sino que hay que apelar a sólidos argumentos institucionales y legales:

*Vulneración de la transparencia: La Ley 19/2013 exige que los actos con impacto económico sean claros. Camuflar los recargos de hasta el 50% de los bloques altos tras un simplista “usuario medio” impide al ciudadano ejercer su derecho fundamental a saber.

*La anomalía de la “plurianualidad”: El ordenamiento presupuestario se rige por el principio de anualidad. Fijar subidas para 2027 desde ya desvirtúa la naturaleza de las tasas (que deben cubrir costes reales año a año, imposibles de predecir hoy con exactitud) y solo busca hurtar el debate plenario y vecinal de cada ejercicio, tal y como advirtió la propia Intervención Municipal.

*Quiebra de la equidad (Castigo al ahorro): Responder al éxito de una campaña de concienciación ambiental con una penalización económica rompe la lógica del servicio público y genera desconfianza institucional.

*Incoherencia fiscal: El equipo de gobierno vende un relato masivo de “bajada de impuestos” (como el IBI), mientras de forma soterrada incrementa las tasas de las empresas públicas esenciales (Emacsa y Sadeco).

No hay menos presión fiscal, sino que hay un desplazamiento de la carga hacia los recibos domésticos más básicos, perjudicando de igual manera a las rentas medias y bajas.

<<Conclusión>>

Nadie cuestiona que la infraestructura del agua en Córdoba necesite inversión de cara al futuro.

*Lo que es profundamente criticable es el método:

“Recurrir a la ingeniería de la comunicación y a subidas automáticas para eludir el control anual, maquillar el impacto real, proteger un coste de estructura interna intocable y, para colmo, penalizar el esfuerzo ecológico de los cordobeses”.

Una práctica que prioriza el control del daño político y el corporativismo interno por encima de la buena fe y el rigor que se le debe a la ciudadanía.

N. B. Imagen. Córdoba – Agua – Emacsa – Ciudadanos paganos y desinformados.

(Nota. Emacsa y como pasar de una empresa con superávit a una sociedad con pérdidas y déficit, rescatada a base se subidas de tarifas sin tocar para nada el coste interno de infraestructuras y, además, descargando las culpas en los cordobeses por consumir menos agua.).

Córdoba, 14 de julio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba.

Inspector de Trabajo y S. S.

Andalucía ante el espejo – (Inercia institucional y política de trinchera)

La situación política y administrativa de Andalucía revela una preocupante disonancia entre la magnitud de los problemas estructurales y la capacidad de respuesta de sus instituciones. Lejos de anticiparse o liderar soluciones, la Junta parece instalada en una lógica reactiva, mientras el Gobierno central adopta decisiones de alto impacto territorial sin un marco claro de cooperación efectiva.

En un mismo contexto temporal convergen dos cuestiones especialmente sensibles: *la gestión de los menores extranjeros no acompañados y *el déficit histórico en infraestructuras hidráulicas. Ambas evidencian no solo tensiones competenciales, sino también una insuficiente articulación institucional que termina trasladando el coste al ciudadano.

En materia migratoria, el reciente real decreto aprobado por el Consejo de Ministros fija un reparto de menores que sitúa a Andalucía en una posición destacada en términos cuantitativos. Más allá del debate político, la cuestión jurídica de fondo radica en determinar si el criterio de “capacidad ordinaria” se ha aplicado con parámetros objetivos, transparentes y verificables, o si, por el contrario, responde a una lógica de distribución que no pondera adecuadamente la presión ya existente sobre los servicios sociales autonómicos.

La reacción de la Junta, sin embargo, ha sido débil desde una perspectiva institucional. No se ha articulado, al menos públicamente, una estrategia jurídica consistente -ya sea mediante conflicto de competencias, requerimiento previo o impugnación- que permita cuestionar la decisión estatal en sede jurisdiccional. Esta ausencia de iniciativa refuerza la percepción de una Administración autonómica más preocupada por el relato político que por la defensa efectiva de sus competencias.

En paralelo, la dinámica parlamentaria autonómica refleja una preocupante banalización de los procedimientos. La fallida investidura no puede analizarse únicamente como un episodio político coyuntural, sino como un síntoma de una cultura institucional donde el cálculo estratégico prevalece sobre la responsabilidad de garantizar la gobernabilidad. La falta de acuerdos mínimos entre fuerzas ideológicamente próximas proyecta una imagen de fragmentación que debilita la posición de Andalucía en el conjunto del Estado.

El caso de las infraestructuras hidráulicas en la provincia de Córdoba añade una dimensión material especialmente grave. La negativa de la Confederación Hidrográfica del Guadiana al proyecto de conexión entre La Colada y Sierra Boyera no solo cuestiona la planificación autonómica, sino que pone de relieve la persistencia de problemas estructurales en la gestión del agua, particularmente en lo relativo a la depuración y calidad de los recursos.

Aquí la cuestión trasciende el enfrentamiento político: estamos ante un posible incumplimiento de obligaciones básicas en materia de saneamiento y salubridad pública. La contaminación por cianobacterias en el embalse de La Colada no es un episodio aislado, sino la manifestación de una planificación deficiente y de una ejecución insuficiente de competencias claramente atribuidas a la Comunidad Autónoma.

El cruce de reproches entre administraciones -Estado y Junta- no hace sino agravar la percepción de descoordinación. Mientras una administración rechaza proyectos por considerarlos innecesarios, la otra no logra acreditar la eficacia de sus propias actuaciones ni garantizar soluciones estables. El resultado es una ciudadanía expuesta a restricciones, incertidumbre y deterioro de servicios esenciales.

En este contexto, el problema no es únicamente de signo político, sino de calidad institucional. Andalucía necesita reforzar su capacidad de defensa jurídica, mejorar la planificación técnica de sus políticas públicas y recuperar una cultura de cooperación interadministrativa que hoy parece erosionada.

La apelación a un “Gobierno fuerte” solo tendrá sentido si se traduce en algo más que estabilidad parlamentaria: “Debe implicar capacidad real de decisión, rigor en la gestión y voluntad de asumir responsabilidades”. Sin estos elementos, cualquier discurso sobre firmeza política corre el riesgo de convertirse en un mero recurso retórico.

Porque, en última instancia, lo que está en juego no es el equilibrio entre partidos, sino la eficacia del sistema institucional para dar respuesta a problemas que afectan directamente a la vida cotidiana de los ciudadanos.

Los andaluces pagan la factura.

El panorama es de una impotencia absoluta. El tacticismo y la política de escaparate dejan desprotegidos a los ciudadanos. Mientras en Madrid juegan al ajedrez con el mapa autonómico y en Sevilla se miden los complejos en las votaciones, la factura de las batallas de ego la pagan siempre los mismos.

Andalucía no puede permitirse el lujo de seguir perdiendo el tiempo en disputas estériles y rebajas de despachos de última hora. Necesitamos, de manera inmediata, un Gobierno fuerte, valiente y con plenas facultades para plantar cara en los tribunales, gestionar los recursos y defender los intereses de esta comunidad frente a las imposiciones externas.

Menos márketing de moderación y más gestión real.

Córdoba, a 2 de julio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba – Inspector de Trabajo y S. S.

Impuestos – Un mundo de misterio – (Un contrato roto – el retorno al ciudadano)

Vemos los datos de la recaudación de impuestos en aumento constante, las subidas desproporcionadas de las tasas de basura y agua, las subidas del valor de referencia de los inmuebles, de forma, que la plusvalía se multiplica y los recibos del IBI suben como la espuma, mientras crece a ritmo de galope el gastos público sin justificar, a la vez, que aparecen sin pausa ni tregua el número misterioso de los llamados entes públicos, la mayoría de ellos instrumentales, y,  a la vista del estado de todas las infraestructuras del Estado, de las C.AA., y de los cientos de ayuntamientos y diputaciones, la pregunta solo puede ser una, concretamente,

¿a dónde van nuestros impuestos?

Muchos ciudadanos ven el pago de impuestos como una detracción arbitraria de su riqueza, un “peaje” obligatorio que desaparece en las arcas del Estado (se incluyen todos los poderes públicos), aunque, en teoría la fiscalidad no es un fin en sí mismo, sino la base de un contrato social, de manera, que aquí reside el concepto del retorno al ciudadano, que no es otra cosa que “la transformación del dinero privado en bienestar público”. Sin embargo, hoy ese contrato de los ciudadanos con los poderes públicos se presenta destruido, porque el contribuyente siente que su esfuerzo no vuelve en la medida que debería con los servicios públicos que recibe.

1.- El Retorno – (teoría vs. realidad).

**El retorno se manifiesta de tres formas:

*Servicios Directos: Lo que vemos (educación, salud, seguridad e infraestructuras).

*Cohesión Social: La red de seguridad (pensiones y ayudas) que garantiza que nadie se quede atrás.

*Gestión eficiente: No basta con que el servicio exista, sino que debe ser de calidad, porque si el ciudadano paga por un servicio de “primera” y recibe uno de “tercera”, la moral fiscal social se resquebraja y se desploma.

2.- Una caja negra y un veneno.

El mayor enemigo de la obediencia fiscal es la opacidad, ya que, cuando el Estado (se incluyen todos los poderes públicos) se convierte en una <-caja negra-> donde es  – -imposible trazar el destino de cada euro, nace la percepción de injusticia – (ej. Hay más de 20.000 entes públicos y muchos de ellos instrumentales). No es solo una cuestión de cuánto se paga, sino de cómo se gasta, de forma, que el daño simbólico del despilfarro (gasto político superfluo o burocracia innecesaria) es inmenso, ya que, destruye la legitimidad moral del recaudador.

Una pregunta lógica: ¿por qué no se puede ver en tiempo real cómo se usan nuestros impuestos (por ejemplo -entre otros muchos-), para mejorar una calle?

3.- El origen del mal – (Listas cerradas y partitocracia).

Aquí llegamos al nudo del problema en España: “Nuestro diseño institucional”. El sistema de listas cerradas y bloqueadas ha secuestrado la representación. En este modelo, el político no debe su puesto al ciudadano, sino a la cúpula de su partido que lo puso en la lista. Esto genera un incentivo perverso: “El representante prefiere ser leal al jefe del partido que eficiente con el dinero del contribuyente”. Si critica el despilfarro de los suyos, “no sale en la foto” de la próxima legislatura.

Las listas abiertas serían el filtro necesario para que el político responda ante el elector y no ante el aparato.

4.- La paradoja legal – (Un mandato secuestrado).

Nuestra Constitución (Art. 67.2) prohíbe el mandato imperativo, buscando que el diputado vote en conciencia. pero la realidad nos ha dado el “peor de los mundos”:

1.- Hacia el ciudadano: No hay mandato imperativo (no rinde cuentas directas a sus votantes).

2.- Hacia el partido: Hay un mandato imperativo de facto (disciplina de voto férrea por miedo al castigo). El resultado es un sistema donde la responsabilidad por la mala gestión del gasto se diluye, de forma, que los que mandan son unos pocos y, gracias a este diseño, suelen salir impunes de su ineficiencia.

Conclusión – (voluntad vs. tecnología).

Podemos hablar de digitalización y control para fiscalizar las cuentas, pero sin una reforma electoral que devuelva el poder al ciudadano y penalice la mala gestión, la tecnología será solo un maquillaje, siendo el control real de las cuentas un imposible. La transparencia no es una opción ética, es una necesidad de supervivencia para nuestra democracia, ya que, mientras el ciudadano se sienta un <-investigador privado-> de sus propios impuestos en lugar de un beneficiario, la desafección y la fatiga fiscal seguirán creciendo.

N.B. La Imagen – Impuestos – Retorno al ciudadano y su laberinto.

(Un “contrato roto” – el retorno al ciudadano).

Una reforma de listas abiertas es ya una necesidad democrática.

Córdoba, 8 de abril de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.