Tag Archives: modelo

II. Tasa Turística – (La coartada de la incompetencia fiscal y la vía del valor)

Existe un síntoma inequívoco de impotencia y fracaso en la gestión pública:

Cuando una administración es incapaz de resolver un problema estructural, crea un nuevo impuesto.

La creciente presión de diversas corporaciones locales para implantar la llamada “tasa turística” en destinos como Córdoba o el conjunto de Andalucía no responde a una visión estratégica de futuro, sino a un atajo recaudatorio. Pretender amortiguar la saturación urbana o financiar servicios básicos castigando la estancia del visitante es un error estratégico de calado y un peaje al desarrollo económico.

El problema de fondo no reside en el turista ni en el volumen de llegadas, ya que, **la clave** está en la incapacidad institucional para capturar e internalizar el valor real que genera la actividad turística, prefiriendo el castigo fiscal antes que la gestión inteligente del territorio.

1.- El mito tributario – (Anatomía de una mala solución).

La narrativa oficial disfraza el canon municipal bajo el principio de «quien contamina, paga», prometiendo ingresos finalistas para limpiar calles o restaurar el patrimonio; sin embargo, el análisis jurídico y económico desmonta esta falacia en tres frentes:

*Erosión de la renta y desplazamiento del gasto: El presupuesto del viajero en destino es finito. La fricción impositiva en la recepción del hotel no desincentiva el viaje, pero sí cercena la capacidad de consumo local. El dinero pagado como tasa municipal es liquidez que se resta directamente del comercio de cercanía, las tabernas tradicionales, la artesanía y los guías oficiales.

*El sumidero del gasto corriente: La experiencia en fiscalidad municipal demuestra que los tributos teóricamente “finalistas” terminan diluyéndose en las tesorerías generales para cubrir agujeros de gasto corriente estructural. Sumar este gravamen al incremento desmedido en las tasas de basuras, agua y revisiones catastrales configura una asfixia fiscal injustificada para el sector y el ciudadano.

*Incentivo a la economía informal: La recaudación recae de forma exclusiva sobre el alojamiento reglado, hiperregulado y transparente, de forma, que esta asimetría penaliza al empresario comprometido y actúa como un subsidio indirecto para la vivienda turística no regulada y la economía sumergida, inmunes al control fiscal de los ayuntamientos.

2.- Matriz de impacto – (Enfoque recaudatorio vs. Estrategia de alto valor).

DimensiónEnfoque Recaudatorio Tradicional (Tasa)Estrategia de Alto Valor y Competitividad
Financiación PúblicaGravamen finalista que termina absorbido por el gasto corriente municipal.Reasignación participativa de tributos existentes (IVA/IAE) vinculada a KPIs de calidad.
Comportamiento del MercadoPérdida de competitividad frente a destinos exentos y penalización del turismo regional.Estímulo al consumo directo en la cadena de valor y aumento del gasto medio por estancia.
Estructura del SectorCastigo asimétrico al sector reglado (hoteles) y fomento de la oferta informal opaca.Incentivos fiscales al alojamiento de excelencia, empleo estable y proveedores locales.

3.- Sustituir el volumen por el criterio del valor añadido.

Medir el éxito turístico contando cabezas es un parámetro obsoleto. España, Andalucía y Córdoba no deben caer en la trampa del rancio discurso turismofóbico ni en la autocomplacencia de los récords cuantitativos, ya que, el verdadero reto exige transformar la gestión:

1.- Desconcentración y desestacionalización real: Conectar los flujos del núcleo urbano con la provincia y la oferta cultural, gastronómica y de naturaleza fuera de los meses punta.

2.- Medición del impacto retenido: Celebrar la subida de la tarifa media por habitación, la extensión de la estancia media y el crecimiento del gasto en destino por encima del mero número de llegadas.

3.- Seguridad jurídica y regulación eficaz: Quienes generan riqueza y empleo de calidad necesitan certidumbre y simplificación administrativa, no nuevos boletines oficiales cargados de voracidad fiscal.

4.- Propuesta innovadora – El “sello de circularidad y retorno turístico” (Mecanismo CRT).

En lugar de imponer un peaje punitivo que penaliza al viajero y alimenta la burocracia municipal, se propone sustituir la tasa turística por un Modelo de Circularidad y Retorno Turístico (CRT) articulado en tres ejes:

<-El bono de reversión en comercio local (Net Tax Zero): Si una corporación municipal exige una aportación al visitante, el 100% de ese importe debe ser devuelto al turista de forma digital en un documento o ticket de consumo local. Este bono solo podrá ser redimido en establecimientos adheridos de la ciudad (comercio tradicional, museos, artesanía y restauración). De este modo, la carga fiscal neta para el visitante comprometido es cero, y se garantiza que el recurso financiero vaya directamente al tejido productivo local, nunca a la caja única municipal.

<-Incentivo por calidad y empleo estable: Transfórmese el debate tributario en una exención para los alojamientos que acrediten convenios colectivos de calidad, contratos indefinidos y compras de cercanía superiores al 60%.

La fiscalidad debe utilizarse para premiar la excelencia, no para igualar por abajo.

<-Reclamación del IVA turístico municipal: Exigir a la administración autonómica y estatal la cesión de una fracción del IVA e IAE que la actividad turística ya genera en la ciudad.

Los ayuntamientos deben financiarse mediante la participación en los impuestos existentes que produce el sector, condicionado a objetivos de regeneración urbana, en lugar de duplicar la presión fiscal sobre el usuario final.

Penalizar al sector turístico con nuevas figuras impositivas es declarar la quiebra de la gestión pública. La auténtica ambición de un destino de primer nivel no consiste en cobrar un peaje por entrar, sino en desplegar la inteligencia estratégica necesaria para que cada visitante incremente el valor de lo que encuentra y multiplique el bienestar de la comunidad que lo acoge.

N. B.  Imagen. Tasa Turística- Otro impuesto más.

(Nota. La Tasa Turística es un gravamen contrario a la prosperidad, que solo imponen regímenes radicales de izquierda, de forma, que si el Ayuntamiento de Córdoba crea esa Tasa se estará pegando un tiro en el pie.).

Córdoba, 2 de septiembre de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba – Inspector de Trabajo y S. S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba – Exdiputado del Parlamento de Andalucía

En defensa del Rey y de la Corona – (El valor constitucional de la Jefatura del Estado frente a la refriega partidista)

La España actual atraviesa un tiempo político convulso, marcado por una polarización constante y por un desgaste institucional que, en numerosas ocasiones, traspasa las líneas de la prudencia democrática. En este escenario, quienes defendemos la monarquía parlamentaria consagrada en la Constitución de 1978 no podemos instalarnos en la pasividad.

Ha llegado el momento de alzar la voz con firmeza, sin complejos y desde el rigor jurídico, para reivindicar el papel capital que el Rey Felipe VI, la Corona y la Princesa de Asturias desempeñan como garantes de nuestra convivencia.

1.- La Corona – (Pilar de estabilidad y neutralidad).

El Título II de nuestra Carta Magna diseña con precisión quirúrgica el estatus de la Jefatura del Estado. Lejos de ostentar un poder ejecutivo propio -que corresponde enteramente al Gobierno de la Nación y cuyas decisiones quedan sujetas al refrendo preceptivo del artículo 64-, el Rey ejerce una función moderadora y arbitral.

*Símbolo de unidad: El artículo 56 define al monarca como símbolo de la unidad y permanencia de España.

*Neutralidad intachable: Felipe VI ha demostrado un compromiso férreo con la neutralidad política, desvinculándose de la refriega partidista y actuando estrictamente dentro de los márgenes que marca la Constitución.

*Mando Supremo Militar: Como Capitán General de los Ejércitos (artículo 62.h), el Rey encarna el vínculo histórico y la lealtad constitucional de unas Fuerzas Armadas que sirven con profesionalidad y apartidismo a la defensa de todos los españoles.

Frente a los intentos recurrentes de debilitar las instituciones desde sectores gubernamentales o aliados del Ejecutivo que buscan erosionar el modelo de Estado, la Corona se mantiene como el dique de contención más sólido frente a la disgregación territorial y la fractura social.

2.- La indispensable labor del Rey en el presente.

Se extiende a veces el bulo interesado -con un claro sesgo peyorativo- de que el Jefe del Estado “no hace nada” en los momentos críticos de la nación. Nada más lejos de la realidad.

La labor de arbitraje institucional de Felipe VI es constante, silenciosa pero efectiva. Garantiza la normalidad democrática en la propuesta de candidatos a la Presidencia del Gobierno, sanciona y promulga las leyes con puntualidad rigurosa y representa a España en la escena internacional con un prestigio indiscutible, cuidando especialmente los lazos con la comunidad histórica iberoamericana. Sostener la Jefatura del Estado en un Parlamento fragmentado y sometido a tensiones constantes exige una altura de miras, una ejemplaridad y una discreción que el Rey cumple de manera sobresaliente.

3.- El futuro garantizado – (La Princesa Leonor).

El relevo generacional que representa S.A.R. doña Leonor, Princesa de Asturias, aporta una bocanada de aire fresco y esperanza a la monarquía parlamentaria. Su rigurosa formación institucional, universitaria y castrense, unida a la cercanía y naturalidad con la que afronta sus responsabilidades públicas, ha conquistado a la inmensa mayoría de la sociedad española.

Los datos demoscópicos reflejan con claridad esta realidad: “La Princesa de Asturias cuenta con un respaldo ciudadano extraordinario, siendo valorada de forma transversal -incluso entre las generaciones más jóvenes- como una futura Reina preparada, solvente y profundamente comprometida con los valores constitucionales.

<<Conclusión>>

Defender al Rey y a la Corona en este momento no es un ejercicio de nostalgia, sino una necesidad democrática. La monarquía parlamentaria en España no es un obstáculo para el progreso, sino el cimiento sobre el que se sustenta nuestra democracia, nuestros derechos y nuestra convivencia pacífica.

N.B. En defensa del Rey y de la Corona.

Frente al sectarismo y el desgaste institucional interesado, los demócratas y monárquicos constitucionales tenemos el deber cívico de respaldar sin titubeos a nuestro Jefe del Estado.

Córdoba, 25 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba.

Inspector de trabajo y S.S.

Análisis de la Regularización Extraordinaria, Seguridad Social y la Brecha de Vulnerabilidad Femenina en España

La distancia entre la concesión administrativa de permisos de residencia y la integración real en el mercado de trabajo formal constituye una de las mayores distorsiones del modelo migratorio y laboral español. La cifra del 70% de personas no afiliadas tras procesos de regularización -difundida a mediados de 2026- responde a un desfase contable entre autorizaciones concedidas y altas efectivas en la Seguridad Social.

La resolución otorga el marco legal, pero no genera el alta automática, ya que, esta exige la formalización del contrato por el empleador, además de incluir en las resoluciones a menores, estudiantes o dependientes.

<<Brecha normativa y tipología contractual>>

La reforma laboral (RD-ley 32/2021) redujo la contratación temporal formal, pero desplazó la inestabilidad hacia la rotación efectiva y la contratación a tiempo parcial involuntario.

<-Pauta Contractual: Predominio del contrato fijo-discontinuo y contratos por circunstancias de la producción en agricultura, hostelería y construcción.

<-Rotación y Parcialidad: Elevada intermitencia de altas y bajas, con concentraciones de jornada parcial muy superiores a la media de la población de nacionalidad española.

<-Bases de Cotización: Altísima concentración en el tramo mínimo vinculado al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que limita el volumen global de recaudación por trabajador.

<-Sobrecualificación: La lentitud en la homologación de títulos extranjeros aboca a perfiles cualificados a sectores de baja productividad.

<<La Mujer Migrante – (Cuidados, Maternidad y Fricciones Abiertas).>>

Las mujeres extranjeras registran una tasa de actividad superior al 63%, representando cerca del 43% de los afiliados extranjeros. No obstante, afrontan una doble penalización estructural por género y origen.

┌────────────────────────────────────────────────────────────────────────────┐

│                    INDICADORES CLAVE: MUJERES MIGRANTES                    │

├───────────────────────────────┬────────────────────────────────────────────┤

│ Tasa de desempleo             │ 17,8% – 19,8% (Extracomunitarias)          │

│ Ocupación principal           │ Servicio doméstico, cuidados y hostelería  │

│ Fecundidad (Hijos por mujer)  │ 1,27 (frente a 1,07 en autóctonas – INE)   │

│ Edad media a la maternidad    │ 30,5 años (frente a 33,2 en autóctonas)    │

└───────────────────────────────┴────────────────────────────────────────────┘

<<Factor Demográfico y Permisos de Maternidad>>

Las mujeres migrantes constituyen un motor demográfico clave: representan el 25,6% de los nacimientos por nacionalidad y el 33,3% por país de origen. Sin embargo, su perfil joven y fértil choca con barreras de cotización:

1.- Requisito de Carencia: Para cobrar la prestación contributiva por nacimiento (16 semanas), la Ley General de la Seguridad Social exige un periodo mínimo de cotización previa (90 días entre 21 y 26 años; 180 días si es mayor de 26 años).

2.- Desprotección Económica: Quienes proceden de la economía informal o de empleos intermitentes quedan excluidas del subsidio contributivo, forzándolas a recurrir a prestaciones no contributivas o a retornar prematuramente al empleo sumergido.

3.- Fricción en la Contratación: La percepción de posibles bajas o reducciones de jornada por cuidados genera reticencias de contratación formal en microempresas, agravando la informalidad residual.

<<Fiscalidad Netas y el Nudo de la Productividad>>

***El impacto fiscal de la población regularizada no es una cifra estática ni un problema irresoluble en sí mismo:

<-Saldo Fiscal Inmediato: Al concentrarse en edad laboral (20–45 años), los flujos migratorios aportan inicialmente más en cotizaciones e impuestos indirectos de lo que consumen en pensiones o sanidad avanzada.

<-Límite del Modelo: El riesgo para la sostenibilidad del sistema de reparto reside en la calidad del empleo. Un modelo asentado en bases mínimas sobre el SMI no logra financiar las pensiones futuras sin un salto en la productividad general.

┌────────────────────────────────────────────────────────────────────────────┐

│              VECTORES PARA LA TRANSICIÓN A EMPLEO CUALIFICADO              │

├───────────────────────────────┬────────────────────────────────────────────┤

│ Transformación Productiva     │ PERTEs y fondos NextGen en industria/GREEN │

│ Homologación Expres           │ Re-skilling acelerado y validación técnica │

│ Crecimiento Empresarial       │ Suavización de umbrales regulatorios (>50) │

│ Modernización del SEPE        │ Perfilado digital activo en vez de subsidios│

└───────────────────────────────┴────────────────────────────────────────────┘

La capacidad del sistema presupuestario para rentabilizar las regularizaciones depende directamente de alterar la matriz productiva: “Transitar desde sectores intensivos en mano de obra precaria hacia puestos de alto valor añadido con bases de cotización medias y altas”.

N. B. Imagen. La regularización en España – la S. S. y, sus efectos.

Córdoba, 5 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Schengen en punto muerto – (La ficción de la libre circulación y el fin del Estado Social Europeo)

Durante décadas, la Unión Europea ha construido su narrativa sobre dos pilares que consideraba inamovibles: el Espacio Schengen -como símbolo máximo de la libre circulación- y el Estado del bienestar -como la cúspide de la protección social y los derechos individuales-.

Sin embargo, los episodios de presión migratoria masiva en la frontera sur, con Ceuta y Melilla como epicentros de un choque de realidades, han dejado al descubierto una verdad incómoda:

Schengen, en la práctica y sobre el terreno, se ha convertido en un cascarón vacío.

1.- La quiebra de la premisa fundamenta – (De la norma a la realidad).

La arquitectura jurídica de Schengen se concibió bajo una condición matemática indispensable: Una frontera exterior infranqueable a cambio de la abolición de las fronteras interiores. Cuando el perímetro exterior se ve desbordado por hechos consumados, el principio de autoridad se desploma y la brecha entre el texto legal y la operativa real se vuelve insalvable.

       [ Modelo Teórico de Schengen ]

Frontera Exterior Infranqueable  ──>  Libre Circulación Interior Plena

       [ Realidad Operativa Actual ]

Fronteras Exteriores Desbordadas ──>  Fragmentación y Controles Internos

<-La dispersión incontrolada: Una vez que la linde exterior es franqueada sin identificación biométrica ni documental inmediata, el control dentro del territorio comunitario se convierte en una quimera logística. La consecuencia directa es la dispersión de los flujos hacia el norte de Europa.

<-La reacción unilateral: Ante la falta de contención en el sur, Estados como Alemania, Francia o Austria no han dudado en resucitar los controles en sus fronteras interiores mediante prórrogas sistemáticas del Código de Fronteras Schengen (Arts. 25 a 28). La libre circulación ya no es un derecho pleno, sino que es una concesión condicionada.

2.- La ecuación fiscal e infraestructura – (El colapso de los servicios públicos).

Más allá del debate jurídico, el núcleo del problema reside en la sostenibilidad económica.

Los recursos de un Estado de bienestar no son infinitos; se basan en un delicado equilibrio entre contribuyentes netos y beneficiarios dentro de un marco regulado.

+———————————————————————–+

|                       EL DILEMA DE LA SOSTENIBILIDAD                  |

+———————————————————————–+

| Demanda ilimitada de prestaciones (Sanidad, Educación, Vivienda)      |

|                                  VS                                   |

| Capacidad fiscal finita de los contribuyentes netos                   |

+———————————————————————–+

1.- Saturación del sistema: La llegada masiva no planificada genera una tensión inmediata sobre las infraestructuras básicas (asistencia sanitaria, cobertura social, escolarización y mercado de la vivienda).

2.- Riesgo de nivelación hacia abajo: Si la carga sobre el erario público crece de forma exponencial sin la correspondiente aportación fiscal vía empleo regular, la consecuencia no es solo el endeudamiento público, sino el deterioro acelerado de los servicios universales para toda la ciudadanía.

3.- Cohesión social y la fractura del modelo de convivencia.

El análisis no puede obviar el impacto sociológico en el tejido comunitario. El modelo de “dejar hacer” ha mostrado grietas profundas en diversos puntos del continente.

<-Fractura de la cohesión: La concentración urbana descontrolada y la falta de asimilación e integración efectiva derivan en la creación de estructuras comunitarias paralelas que chocan con los valores fundacionales del ordenamiento jurídico europeo:

El imperio de la ley, la igualdad de género y la secularidad del Estado.

<-Tensión sobre el orden público: La ausencia de controles efectivos a la entrada no solo genera fricción económica, sino que socava la seguridad ciudadana y la confianza de la población en la capacidad de sus instituciones para mantener el orden constitucional.

<<Conclusión – (El fin de la ingenuidad comunitaria).

Europa se encuentra en una encrucijada existencial. La idea de que es posible mantener un espacio de libertades, derechos y bienestar de puertas hacia dentro, sin ejercer una soberanía firme y contundente de puertas hacia fuera, ha fracasado.

Sin fronteras exteriores seguras no hay Estado, y sin Estado no hay derechos ni servicios públicos que garantizar.

La solución ya no pasa por parches diplomáticos o discursos bienintencionados. Pasa por una redefinición drástica de la política de fronteras que priorice la seguridad nacional, el estricto cumplimiento de la ley y la protección de los recursos que sostienen a nuestras sociedades. Si la Unión Europea no es capaz de garantizar la autoridad en sus límites geográficos, el proyecto europeo no desaparecerá por un tratado abrogado, sino por la simple evaporación de su eficacia real.

N. B. Imagen. La crisis migratoria desatada por las entradas masivas a través de Ceuta resalta la vulnerabilidad de la frontera exterior de la Unión Europea y el complejo encaje de Ceuta dentro del Espacio Schengen.

Imagen 1. Zona de entrada en el Espigón del Tarajal. Fuente: Europa Press.

Zona de entrada en el Espigón del Tarajal, generada por IA

Imagen 2. Schengen – U.E. – Europa – España  – (Invasión de inmigrantes).

Córdoba, 31 de julio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Córdoba ante el calor extremo – (Reacción asistencial vs. obligación pública de adaptación)

El verano de 2026 ha vuelto a constatar una realidad incontestable: <-Córdoba y su provincia ya no afrontan un mero episodio estacional de altas temperaturas, sino un riesgo estructural, recurrente y objetivamente acreditado->.

Con avisos rojos (calor severo) recurrentes y previsiones que alcanzan los 44 °C en la Campiña, la gestión del calor extremo ha dejado de pertenecer al ámbito de la oportunidad política para situarse estrictamente en el terreno de la responsabilidad institucional y la buena administración.

Cuando un peligro es previsible, reiterado y lesivo para bienes jurídicos primarios -como la vida, la integridad física y la salud-, la respuesta pública no puede limitarse a la improvisación coyuntural ni al auxilio episódico.

Una administración que dispone de evidencia climática, instrumentos de alerta y geolocalización de la vulnerabilidad, no puede reaccionar cada verano como si se enfrentase a un hecho excepcional.

La inacción o la insuficiencia planificada ya no es neutralidad, sino que es una forma de desprotección institucional.

1.- El límite del modelo asistencial.

El marco normativo e institucional de 2026 ya está desplegado. El Plan Nacional de Actuaciones Preventivas, junto con los protocolos autonómicos y la red municipal de ocho refugios climáticos en Córdoba, constituyen un avance innegable. Sin embargo, los recursos de emergencia mitigan el daño, pero no adaptan la ciudad.

El error de fondo radica en perseverar en un asistencialismo fragmentario. Abrir equipamientos climatizados durante los picos de alerta es una medida útil, pero insuficiente si no se acompaña de una transformación estructural del entorno urbano. La adaptación real exige incorporar criterios bioclimáticos estables en cuatro ejes urgentes:

<El diseño y planeamiento urbanístico.

<La edificación y el código técnico local.

<La red pública de cuidados compartidos.

<La dimensión material de la desigualdad (pobreza energética y vulnerabilidad habitacional).

2.- Estructura de intervención – (Tres pilares).

Para articular una estrategia municipal de adaptación térmica con vocación de permanencia -sometida a indicadores verificables y blindada frente a la alternancia política- se propone una estructura de intervención en tres niveles:

I. Respuesta inmediata y accesibilidad real.

Consolidar y ampliar la red de refugios climáticos actuales, garantizando su apertura continuada, señalización intuitiva, horarios adaptados a las horas críticas de radiación y una búsqueda activa de la población aislada (especialmente mayores que viven solos).

II. Transición urbana y resiliencia cívica.

Intervención urgente en entornos vulnerables: patios escolares, centros cívicos, itinerarios peatonales y zonas de espera mediante sombreado artificial y vegetación funcional. El calor no solo se combate con climatización mecánica, sino con diseño urbano adaptativo y cultura de autoprotección.

III. Blindaje normativo y contratación pública.

Trasladar la prioridad climática al plano reglamentario. Esto implica imponer exigencias bioclimáticas estrictas en las nuevas licencias de edificación, revisar el espacio público expuesto e introducir cláusulas de adaptación térmica y salud laboral en los pliegos de condiciones de la contratación y obra pública.

3.- Propuesta de reasignación presupuestaria.

Para dotar de viabilidad económica a esta estrategia, se propone un fondo de 5.000.000 € (cofinanciable mediante recursos locales, autonómicos y fondos de resiliencia europeos) diseñado bajo un criterio de corresponsabilidad que equilibre la obra civil con la inversión en tejido social.

Línea de ActuaciónDetalle de la MedidaCoste Estimado (€)
Infraestructuras y RefugiosAmpliación de red de refugios, bioclimatización escolar, toldos estructurales y microclima urbano.3.000.000 €
Programa “Córdoba Protege”Material didáctico, monitorización con sensores en secundaria y adecuación de patios educativos.300.000 €
Talleres de AutoprotecciónClimatización pasiva, eficiencia en el hogar y prevención sanitaria en centros cívicos.300.000 €
Redes Vecinales y VoluntariadoPlataforma de coordinación comunitaria “Vecino Alerta” y asistencia activa en barrios.350.000 €
Presupuestos Participativos “Sombra”Proyectos locales de microrreverdecimiento propuestos y votados por los distritos.600.000 €
Asistencia y EmergenciasTeleasistencia reforzada, recursos para personas sin hogar y fondo de contingencia técnico.450.000 €
TOTAL PLAN CONJUNTOEstrategia integral distribuida en tres fases de inversión.5.000.000 €

<<Conclusión – (Del coste a la negligencia)>>

En una ciudad donde el rigor térmico ha dejado de ser una anomalía estacional para consolidarse como un factor estructural de vulnerabilidad, la omisión de reformas duraderas ya no puede justificarse bajo la narrativa de la “prudencia presupuestaria”.

Cuando la administración tiene el conocimiento científico, la competencia normativa y la capacidad económica delegada, mantener un modelo puramente reactivo roza los límites del incumplimiento de sus deberes de tutela.

Es hora de pasar de la beneficencia climática al derecho a la ciudad.

N.B. Imagen.Es hora de dejar atrás la resignación y pasar a la acción colectiva.

Córdoba, 20 de julio de 2026.

Enrique García Montoya.

 Abogado (ICA-Córdoba) e Inspector de Trabajo y S.S.