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Valor de Referencia Catastral – (La coraza del Tribunal Constitucional)

El Tribunal Constitucional ha establecido con nitidez y rotundidad, que el Valor de Referencia Catastral (VRC) es constitucional, ya que, en una sentencia unánime, el T. C. avala este sistema como una <-adecuada medición de la riqueza->, poniendo una puerta blindada a posibles impugnaciones genéricas contra la norma.

El inicio de un camino nuevo en una defensa justa es necesario por el cambio en las reglas de juego, de forma, que ya que no podremos no cuestionar la Ley, lo que determina que la defensa, frente a un debilitamiento del valor justicia (C. E. art. 1.), se debe dirigir contra valor asignado a cada inmueble.

1.- Las bases del Tribunal Constitucional – (Una sentencia impositiva).

El Tribunal Constitucional ha fundamentado su decisión en tres bases que todo contribuyente debería conocer:

<-Capacidad Económica (art. 31.1 CE), ya que, la sentencia considera que el VRC no es arbitrario, porque nace de un análisis estadístico de precios reales de notarios y registradores.

<-El Factor de Minoración (0,9), porque la sentencia considera, que ese “margen de seguridad” del 10% es suficiente para absorber posibles desviaciones y garantizar que no se tribute por encima del valor real.

<-Presunción Iuris Tantum, porque para la sentencia el valor se presume cierto, aunque deja un resquisio legal al admitir prueba en contrario, quedando claro, que la carga de la prueba ahora recae una vez más y exclusivamente en el ciudadano impostado por el valor de referencia catastral.

2.- Los caminos de la defensa.

Ante una liquidación basada en un Valor de Referencia superior al precio real de compra, se abren dos vías de defensa y la elección dependerá del perfil de riesgo del ciudadano:

VíaProcedimientoVentajaRiesgo
ConservadoraAutoliquidar por el VRC y solicitar Rectificación.Evita intereses y sanciones.Desembolso inicial de liquidez.
CombativaAutoliquidar por valor de escritura.No se paga de más inicialmente.Intereses de demora y posible expediente sancionador.

(Nota. En la mayoría de los casos, la vía conservadora es la más adecuada y eficiente, pues permitirá impugnar con la tranquilidad de haber cumplido con la obligación tributaria, centrando el debate directamente en la valoración técnica del inmueble.

3.- El punto vulnerable del algoritmo catastral – (La prueba pericial).

El algoritmo del Catastro es ciego frente a la realidad física individualizada, de manera, que la defensa de una impugnación va a depender de que el perito arquitecto en su informe, ponga el foco en lo que el big data catastral no puede ver, así:

1.- Estado de conservación interno, porque el Catastro asume que el inmueble está en estado “normal”, de forma, que las humedades, instalaciones obsoletas o la necesidad de reforma integral son factores que el algoritmo del valor de referencia ignora.

2.-Deficiencias estructurales, ya que ITEs negativas o patologías no aparecen reflejadas en la ficha catastral.

3.- Distribución disfuncional del inmueble, pues pasillos excesivos, habitaciones ciegas o locales con poca fachada que penalizan el valor de mercado real, no se acogen por el valor de referencia catastral.

4.- Cargas y servidumbres y cualquier limitación urbanística que no aparecen reflejadas en el Mapa de Valores del valor de referencia y que por lo tanto no pondera.

4.- La impugnación del valor de referencia – (Los caminos).

Para poder impugnar el valor de referencia la ruta suele ser el siguiente:

<-Fase Administrativa con la presentación de la rectificación con informe pericial detallado. (Prepararse para el silencio o la desestimación sistemática).

<-Vía Económico-Administrativa (TEAR), que seguramente  es el momento clave para revisar cómo elaboró  el Catastro ese valor específico.

<-Vía Contencioso-Administrativa, que es la fase dónde la pericial de parte, ratificada judicialmente, adquiere su máxima importancia frente a la Administración.

<<Una propuesta>>

Si el valor de mercado real es sensiblemente inferior al VRC, es conveniente, no esperar a la liquidación oficial, de forma, que lo más eficaz, antes de firmar la escritura, es buscar un certificado de tasación de una entidad homologada por el Banco de España con fecha cercana al devengo.

(Nota. Tener esta prueba preconstituida hará que la balanza se incline a favor del contribuyente desde el principio del conflicto para poder destruir la presunción iuris tantum que opera en favor del valor de referencia.

N.B. La coraza tejida por el T. C. en favor del Valor de Referencia Catastral en su sentencia obliga a la defensa del contribuyente a demostrar el valor de mercado real, pues el TC ha puesto una puerta blindada a cualquier otra hipótesis de defensa.

Otra vez más al contribuyente se le sitúa en una posición de debilidad frente a la Administración Tributaria-Catastro, imponiéndole la carga de la prueba, cuando debería ser al contrario, ya que, la Administración es la parte más fuerte y la que cuenta con mayores medios de defensa de su posición contributiva, porque sin duda los impuestos son una necesidad para el mantenimiento de los servicios públicos, pero creo sinceramente que los derechos y libertades individuales deben prevalecer, máxime cuando estamos soportando una presión impositiva desaforada, a la que se unen unas condiciones económicas desfavorables para el ciudadano como la inflación y el deterioro de unos servicios públicos en retroceso en cantidad y calidad.

Córdoba, 15 de febrero de 2026.

Enrique García Montoya.

Abogado e Inspector de Trabajo y S.S.

Presidente de Córdoba Abierta (ACOA)

INGRESO MÍNIMO VITAL – CÓRDOBA (Igualdad – CC. AA. – desigualdad)

En España 2,5 millones de personas y familias cobran el llamado ingreso mínimo vital, según ha declarado triunfalista la Ministra del Ramo, por lo sí lo unimos a las personas todas las que no trabajan, hacen un total de 6.300  millones, que unido a la cifra de 10.300 millones de pensionistas, es un hecho patente en nuestro País existen 16.600 millones de personas, que  cobran del Estado frente a 26.450 millones de personas ocupadas.

Mis lectores me piden un artículo breve y claro sobre el llamado Ingreso Mínimo Vital con su incidencia en Córdoba, así que vamos a ello, dejando claro, que tengo limitaciones de datos y tendré que hacer estimaciones proporcionales al resto de España, así:

***El Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España es una prestación no contributiva diseñada para garantizar un nivel mínimo de ingresos a personas y familias en situación de vulnerabilidad económica.

En 2025, las cuantías del IMV se han revalorizado un 9% con respecto a 2024, según la información oficial de la Seguridad Social y otras fuentes.

A continuación, detallo los importes del IMV a nivel nacional, por comunidades autónomas (CC. AA.), y, específicamente, en la provincia de Córdoba, basándome en datos disponibles.

<<Cuantías del Ingreso Mínimo Vital en 2025>>

Las cuantías del IMV dependen de la composición de la unidad de convivencia y de los ingresos previos de los beneficiarios.

El importe se calcula como la diferencia entre la renta garantizada (fijada por ley) y los ingresos existentes, hasta alcanzar el umbral establecido. Las cuantías son uniformes en toda España, por lo que no varían por comunidad autónoma o provincia, salvo en complementos autonómicos específicos o en la distribución de beneficiarios.

<<Los importes para 2025 son los siguientes (en 12 pagas mensuales)>>

*Renta garantizada por unidad de convivencia (no monoparental).

  • Un adulto: 7.905,72 € anuales (658,81 € mensuales).
  • Un adulto y un menor: 10.277,52 € anuales (856,46 € mensuales).
  • Un adulto y dos menores: 12.649,20 € anuales (1.054,10 € mensuales).
  • Un adulto y tres menores: 15.021,00 € anuales (1.251,75 € mensuales).
  • Un adulto y más de tres menores: 17.392,68 € anuales (1.449,39 € mensuales).
  • Dos adultos: 10.277,52 € anuales (856,46 € mensuales).
  • Dos adultos y un menor: 12.649,20 € anuales (1.054,10 € mensuales).
  • Dos adultos y dos menores: 15.021,00 € anuales (1.251,75 € mensuales).
  • Dos adultos y más de dos menores: 17.392,68 € anuales (1.449,39 € mensuales).
  • Tres adultos: 12.649,20 € anuales (1.054,10 € mensuales).
  • Tres adultos y un menor: 15.021,00 € anuales (1.251,75 € mensuales).
  • Tres adultos y dos o más menores: 17.392,68 € anuales (1.449,39 € mensuales).
  • Cuatro adultos: 15.021,00 € anuales (1.251,75 € mensuales).
  • Cuatro adultos y un menor: 17.392,68 € anuales (1.449,39 € mensuales).
  • Cinco o más miembros: 17.392,68 € anuales (1.449,39 € mensuales, tope máximo).

<<Renta garantizada para unidades monoparentales>>

  • Se añade un complemento del 22% sobre la renta garantizada de un adulto (1.738,26 € anuales adicionales, o 144,85 € mensuales). Ejemplo: Un adulto con un menor en una unidad monoparental: 10.277,52 € + 1.738,26 € = 12.015,78 € anuales (1.001,31 € mensuales).
  • Máximo para unidades monoparentales con discapacidad (≥65%) o situaciones específicas (gran invalidez, grado 3 de dependencia, víctima de violencia de género): hasta 20.871,24 € anuales (1.739,27 € mensuales).

*Complemento de ayuda a la infancia.

*Por cada menor en la unidad de convivencia: -Menores de 3 años: 115 € mensuales. -De 3 a 6 años: 80,50 € mensuales. – De 6 a 18 años: 57,50 € mensuales.

<<Ingreso Mínimo Vital en Córdoba>>

1.- En Córdoba, al igual que en el resto de España, las cuantías del IMV son las mismas que las indicadas anteriormente, ya que, se trata de una prestación gestionada a nivel nacional por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), salvo en País Vasco y Navarra, donde la gestión está transferida desde 2022.

2.- No hay variaciones específicas en los importes por provincia, pero sí en el número de beneficiarios y la cuantía media percibida, que depende de la composición de los hogares y sus ingresos.

3.- Cuantía media en Córdoba: Según datos de 2024, la cuantía media del IMV por hogar en Andalucía es de aproximadamente 470,7 € mensuales (352,1 millones de euros para 673.729 hogares a nivel nacional en diciembre).

En 2025, con la revalorización del 9%, esta cuantía media en Córdoba podría situarse en torno a 513 € mensuales por hogar, aunque varía según el tipo de unidad de convivencia.

4.- Número de beneficiarios en Córdoba: En 2023, Andalucía lideraba el número de beneficiarios del IMV, con 502.308 personas (5,9% de la población regional).

En Córdoba, aunque no hay datos exactos por provincia para 2025, se estima que aproximadamente el 6-7% de la población podría estar recibiendo el IMV, proporcional a la tasa regional, lo que supondría unas 50.000-60.000 personas en la provincia, considerando su población de 780.000 habitantes.

<<IMV por Comunidades Autónomas (CC. AA.)>>

Las cuantías del IMV son idénticas en todas las CC. AA., como se detalla arriba, de forma, que la igualdad en País Vaco y Navarra es una entelequía casi desconocida, y, además, en Cataluña y en los anteriores existen complementos no acumulables marcando de nuevo diferencias desconocidas, pero muy superiores. 

Por otro lado, el número de beneficiarios y la cuantía media varían según las características socioeconómicas de cada región.

A continuación, se presentan datos relevantes sobre beneficiarios y cuantías medias por CC. AA., basados en estadísticas de 2023-2024 ajustadas al contexto de 2025:

*Andalucía: Beneficiarios (2023): 545.033 personas (176.550 hogares). Cuantía media (2024): 470,7 €/mes por hogar; en 2025, ~513 €/mes. Tasa de beneficiarios: 5,9% de la población.

*Comunidad Valenciana: Beneficiarios (2023): 176.109 personas (59.075 hogares). Cuantía media: ~500 €/mes (2024); en 2025, ~545 €/mes. Tasa: 3,6%.

*Cataluña: Beneficiarios (2023): 172.539 personas (53.726 hogares). Cuantía media: ~526 €/mes (2024); en 2025, ~573 €/mes. Tasa: 1,7%.

*Madrid: Beneficiarios (2023): 134.134 personas (44.316 hogares). Cuantía media: 618,83 €/mes (2024); en 2025, ~674 €/mes (segunda más alta). Tasa: 2,3%.

*Murcia: Beneficiarios (2023): 83.812 personas. Cuantía media: 444,66 €/mes (2024); en 2025, ~485 €/mes (de las más bajas). Tasa: 4,1%.

*Canarias: Beneficiarios (2023): 64.053 personas (26.307 hogares). Cuantía media: 497,88 €/mes (2024); en 2025, ~543 €/mes. Tasa: 2,9%.

*Extremadura: Beneficiarios (2023): 53.084 personas. Cuantía media: 426,27 €/mes (2024); en 2025, ~465 €/mes (la más baja). Tasa: 5%.

*País Vasco: Beneficiarios (2023): 47.656 personas. Cuantía media: 610,89 €/mes (2024); en 2025, ~666 €/mes. Tasa: 2,1%.

*Aragón: Beneficiarios (2023): 42.302 personas. Cuantía media: ~500 €/mes (2024); en 2025, ~545 €/mes. Tasa: 3,1%.

*Asturias: Beneficiarios (2023): 33.990 personas. Cuantía media: 611,47 €/mes (2024); en 2025, ~667 €/mes. Tasa: 3,3%.

*Castilla y León: Beneficiarios (2023): 73.504 personas. Cuantía media: ~500 €/mes (2024); en 2025, ~545 €/mes. Tasa: 3%.

*Galicia: Beneficiarios (2023): 71.635 personas. Cuantía media: 494,42 €/mes (2024); en 2025, ~539 €/mes. Tasa: 2,6%.

Castilla-La Mancha: Beneficiarios (2023): 63.810 personas. Cuantía media: 421,30 €/mes (2024); en 2025, ~459 €/mes (la más baja). Tasa: 3,1%.

*Cantabria: Beneficiarios (2023): 14.457 personas (5.399 hogares). Cuantía media: ~500 €/mes (2024); en 2025, ~545 €/mes. Tasa: 2,5%.

*Navarra: Beneficiarios (2023): 18.903 personas (6.225 hogares). Cuantía media: 702,49 €/mes (2024); en 2025, ~765 €/mes (la más alta). Tasa: 2,8%.

*La Rioja: Beneficiarios (2023): 11.726 personas (3.870 hogares). Cuantía media: ~500 €/mes (2024); en 2025, ~545 €/mes. Tasa: 3,4%.

*Illes Balears: Beneficiarios (2023): 20.186 personas. Cuantía media: ~500 €/mes (2024); en 2025, ~545 €/mes. Tasa: 1,7%.

*Ceuta: Beneficiarios (2023): 8.677 personas (2.140 hogares). Cuantía media: ~600 €/mes (2024); en 2025, ~654 €/mes. Tasa: 11,3%.

*Melilla: Beneficiarios (2023): 9.878 personas (2.486 hogares). Cuantía media: 602,85 €/mes (2024); en 2025, ~657 €/mes. Tasa: 13% (la más alta).  

<< Datos y observaciones a destacar>>

**Cuantías uniformes: Los importes del IMV no varían por CC. AA. o provincias, pero las cuantías medias percibidas reflejan diferencias en la composición de los hogares y los ingresos previos. -Por ejemplo, Navarra y Madrid tienen cuantías medias más altas debido a mayores complementos por monoparentalidad o discapacidad, mientras que Extremadura y Castilla-La Mancha tienen las más bajas por unidades de convivencia más pequeñas o menos complementos.

**Beneficiarios: *Andalucía lidera en número absoluto de beneficiarios (545.033 en 2023), pero Melilla (13%) y Ceuta (11,3%) tienen las tasas más altas en proporción a su población, debido a mayores índices de desempleo y pobreza. *Córdoba: No hay datos específicos de beneficiarios por provincia para 2025, pero se puede inferir que la cuantía media (513 €/mes) y el porcentaje de beneficiarios (6-7%) son similares a los de Andalucía. *Complementos autonómicos: Algunas CC. AA., como País Vasco (Renta de Garantía de Ingresos) o Cataluña (Renta Garantizada de Ciudadanía), ofrecen rentas mínimas autonómicas que complementan el IMV, pero no sustituyen las cuantías nacionales.

N. B.  El Ingreso Mínimo Vital en Córdoba  está regido por un binomio de igualdad y desigualdad, que nace en principio de que todas las CC, AA, son iguales, pero Cataluña, País Vasco y Navarra, como siempre, son superiores con índices de crecimiento complementarios.

Córdoba, a 18 de agosto de 2025

Enrique García Montoya.

Abogado ICA – Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Comentarios al Protocolo del Proyecto Formativo Singular BLET (I)

Protocolo para el Proyecto Formativo Singular BLET.

*Explicación.

El Protocolo para el Proyecto Formativo Singular BLET (Base Logística del Ejército de Tierra) representa una iniciativa colaborativa entre instituciones públicas y empresariales en Córdoba, destinada a alinear la formación profesional con las demandas laborales generadas por la implantación de la Base Logística del Ejército de Tierra (BLET).

Este documento fue firmado el 8 de agosto de 2025 en el Palacio de la Merced (Diputación de Córdoba) y busca fomentar la empleabilidad, la innovación y la transformación económica de la provincia.

*Descripción del Protocolo.

Signatarios y Contexto de la Firma

El protocolo fue suscrito por representantes de varias entidades clave, reflejando un enfoque colaborativo para maximizar recursos y eficiencia.

Los firmantes principales incluyen:

EntidadRepresentanteRol
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (Junta de Andalucía)Rocío BlancoConsejera
Diputación de CórdobaSalvador FuentesPresidente
Ayuntamiento de CórdobaJosé-María BellidoAlcalde
Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO)Antonio DíazPresidente

La firma tuvo lugar el 8 de agosto de 2025 en Córdoba, en un acto que subrayó la importancia estratégica de la BLET para la región.

El Protocolo establece un marco de actuación para diseñar acciones formativas adaptadas a las necesidades del sector productivo vinculado a la base logística, con énfasis en la retención de talento y la atracción de inversiones.

*Objetivos Principales.

Los objetivos del protocolo se centran en la creación de un proyecto formativo singular que responda a las demandas laborales de la BLET y sus empresas auxiliares.

Específicamente:

-Alinear la formación profesional con perfiles altamente cualificados en áreas como digitalización, inteligencia artificial (IA), telecomunicaciones, logística y manufactura mecánica.

-Promover la empleabilidad de aproximadamente 7.000 estudiantes, priorizando a personas desempleadas, mediante itinerarios formativos personalizados y adaptables.

-Fomentar la transformación tecnológica y económica de Córdoba, posicionándola como referente nacional en logística moderna y empleo de calidad.

-Apoyar tres pilares fundamentales: análisis de la economía dual (empresas locales que respondan a oportunidades de la BLET), transferencia de innovación desde la investigación a las empresas, y potenciación de la Formación Profesional (FP) para satisfacer demandas empresariales.

-Profesionalizar el sector logístico y generar oportunidades en sectores emergentes, complementando industrias tradicionales como el turismo y la agroindustria.

*Contenido Clave.

El protocolo define un marco de colaboración continua, con acciones formativas que se ajustarán dinámicamente a las necesidades del sector.

Puntos destacados:

Especialidades Formativas: Se han identificado hasta 110 especialidades, con un enfoque inicial en 64. Estas incluyen cursos en digitalización logística, IA aplicada al marketing, Big Data, robótica y automatización automotriz, ciberseguridad, instalación y mantenimiento de redes 5G, carpintería de aluminio, soldadura, calderería industrial, diseño mecánico y fabricación mecánica.

Muchos cursos conducen a Certificados de Profesionalidad y serán presenciales, involucrando a unas 174 entidades colaboradoras.

Público Objetivo: Principalmente desempleados, aunque también accesible a ocupados para reconversión profesional.

Financiación: Presupuesto global de 9,1 millones de euros para el período 2025-2027, con 1,3 millones asignados para el año en curso. La financiación proviene de la Junta de Andalucía y la Diputación de Córdoba.

Cronograma: La convocatoria de acciones formativas se publicará en agosto de 2025, con los primeros cursos iniciando antes de fin de año. El horizonte del proyecto se extiende hasta 2027.

Estudio de Base: Se basa en un Estudio de Necesidades Formativas, que identifica perfiles requeridos en logística, electrónica, telecomunicaciones y manufactura mecánica.

La lista detallada de acciones para la primera edición está disponible en recursos oficiales de la Junta de Andalucía.

N.B.  En este primer comentario al Protocolo del Proyecto Formativo Singular BLET se plantea su contenido y se concretan las claves de su desarrollo, determinando las partes principales en su firma.

Protocolo para el Proyecto Formativo Singular BLET.

Córdoba, a 11 de agosto de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Aranceles 30% de Trump (sí o no) – Córdoba (Efectos y soluciones)

Un grupo de lectores pregunta,

¿Qué impacto tendrán los posibles aranceles del 30% anunciados por el Presidente Trump para la U. E. en Córdoba?

A pesar de ser un asunto vidrioso y complicado en la Asociación Córdoba Abierta -ACOA- hemos puesto a trabajar a nuestros asociados y colaboradores, ya que, creemos que el asunto se merece un artículo lo más completo posible y que sirva de orientación a los lectores, pero siempre buscando la claridad dentro de la brevedad.

<<Impacto de los aranceles en Córdoba>>

En abril de 2025, el presidente Donald Trump anunció aranceles del 10% para todos los países, 20% para la Unión Europea y 25% para el sector automotriz, afectando las exportaciones españolas a EE. UU., que en 2024 alcanzaron 18.179 millones de euros (5% del total). En Córdoba, el sector agroalimentario, pilar económico, es el más vulnerable, especialmente el aceite de oliva, el vino de Montilla-Moriles y otros productos agrícolas, junto con ciertos segmentos industriales y automotrices.

**Sectores afectados.

*Agroalimentario:

-Aceite de oliva: España exportó 113.416 toneladas a EE. UU. en 2024 (1.000 millones de euros). Los aranceles del 20% podrían reducir las exportaciones entre un 10% y un 25%, afectando a cooperativas cordobesas como Dcoop. Esto podría generar excedentes en Europa, abaratando precios y reduciendo ingresos.

-Vino: Los vinos de Montilla-Moriles, con exportaciones de 335 millones de euros a EE. UU., enfrentan pérdidas por los aranceles del 20% y posibles incrementos al 200%.

-Otros productos agrícolas: Frutas, hortalizas y lácteos perderán competitividad.

*Industrial y automotriz:

-Maquinaria mecánica y componentes (2.510,9 millones de euros en exportaciones nacionales) y aceites industriales (1.004 millones) enfrentarán sobrecostes. En Córdoba, la fabricación de maquinaria agrícola y componentes automotrices podría reducir su actividad y empleo.

*Impacto económico.

-Pérdida de competitividad: Los productos cordobeses serán más caros en EE. UU., cediendo cuota de mercado a países con aranceles menores (Reino Unido, Brasil).

-Empleo: La caída de exportaciones podría reducir la actividad económica y generar pérdidas de empleo.

-Efectos indirectos: Menor demanda de bienes y servicios en la cadena productiva local.

*Medidas de disminución de efectos negativos.

-Gobierno español: Un plan de 14.100 millones de euros incluye 5.000 millones del ICO para créditos, apoyo a la diversificación de mercados (Asia, América Latina) y negociaciones con EE. UU. para reducir aranceles.

-Andalucía: Como región afectada, busca medidas recíprocas contra productos estadounidenses, aunque esto podría escalar tensiones.

*Conclusiones.

Los aranceles de Trump amenazan la economía cordobesa, especialmente el sector agroalimentario, con caídas en exportaciones, competitividad y empleo. Aunque el impacto en el PIB español es limitado (0,11%-0,3%), Córdoba debe diversificar mercados y aprovechar ayudas gubernamentales para mitigar efectos. La incertidumbre global exige una respuesta coordinada.

*Propuestas de Córdoba Abierta ACOA.

  • Diversificación: Explorar mercados alternativos para aceite y vino.
  • Ayudas: Acceder a fondos del gobierno español.
  • Innovación: Invertir en certificaciones ecológicas y marcas premium.
  • Colaboración: Coordinar con asociaciones como FIAB para estrategias conjuntas.

<<Respuesta a la pregunta de los lectores>>

¿Qué impacto tendrán los posibles aranceles del 30% de Trump para la UE en Córdoba?

*El impacto en Córdoba será significativo:

-Agroalimentario: El aceite de oliva y el vino, claves en la economía cordobesa, enfrentarán una caída de exportaciones (10%-25%) y pérdida de competitividad en EE. UU., afectando cooperativas y empleos.

-Industrial y automotriz: Maquinaria y componentes sufrirán sobrecostes, reduciendo ingresos y actividad.

-Efectos económicos: Menor demanda, excedentes en Europa y posible impacto en el empleo local.

-Soluciones: Diversificar mercados, aprovechar ayudas del gobierno (14.100 millones de euros) y negociar con EE. UU. para reducir aranceles.

Córdoba debe actuar rápido para mitigar estos efectos mediante innovación y apertura de nuevos mercados.

N.B. A pesar de ser un asunto con mucha incertidumbre en la Asociación Córdoba Abierta -ACOA- hemos puesto a trabajar a nuestros asociados y colaboradores, ya que, creemos que el asunto se merece un artículo lo más completo posible y que sirva de orientación a los lectores, que nos preguntan.

A destacar, que el Banco Central Europeo estimaba que un arancel del 25% reduciría el PIB comunitario en 0,3 puntos porcentuales. Con el arancel del 30%, el impacto podría ser ligeramente mayor, aunque para España, con un peso relativo menor en las exportaciones a EE. UU. (5%), el efecto directo en el PIB sería limitado, estimado entre 0,11% y 0,3%. Sin embargo, en Córdoba, la dependencia del sector agroalimentario amplifica el impacto local.

(Nota final: Como opinión personal para expresar mi disconformidad por esta forma de actuar en la incertidumbre permanente del Presidente Trump, solo se me ocurre decir: “Malhaya”.

Me explico: La política de aranceles de Trump genera inestabilidad e incertidumbre, produciendo a nivel global recesión y donde los costes superarán cualquier beneficio potencial, dañando tanto a la economía estadounidense como a la del resto del mundo y perjudicando directamente a la clases medias y bajas.

Los aranceles de Trump perjudican a las clases medias porque incrementan los precios de bienes esenciales, generan inflación, afectan el empleo en sectores clave, actúan como un impuesto regresivo y crean incertidumbre económica. ).

Córdoba, 15 de julio de 2025.

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Empleo y paro en Córdoba II (Mayores de 50 años)

Algunos lectores del blog me preguntan sobre empleo y paro de los mayores de 50 años, pues dicen que desconocen datos reales sobre su situación, pero que ellos conocen bastantes casos de mayores de esa edad parados desde hace mucho tiempo, así, que trataré de explicarles ¿por qué? su estimación es desgraciadamente acertada y ¿por qué? hay que cuidar especialmente este colectivo de trabajadores desempleados.

Citaré una serie de datos sobre el asunto y algunas afirmaciones sobre el mismo, que justifican lo que digo, así:

1º.- Los datos oficiales sobre estos trabajadores en desempleo son una incógnita, que se hunde en su profundo desconocimiento y donde falta, sin la menor duda, una información veraz.

2º.- Según he podido comprobar en mi trabajo y hablando con trabajadores, empresas, y, asociaciones sobre estos trabajadores mayores de 50 años, que cerca del 50% de los parados en España pertenecen a este colectivo (según informa CEOMA el 46,5% de los parados en España son mayores de 50 años).

3º.- A mayor afrenta y preocupación por el colectivo el paro de las mujeres en él es el doble del de los hombres. Traducido en porcentaje es una realidad, que aproximadamente el 61% de los parados mayores de 50 años son mujeres.

4º.- Además, es un hecho comprobado, que conforme aumenta la edad la situación de desempleo en este colectivo crece de forma exponencial, llegando a su peor dato los trabajadores ubicados en la franja de 59 a 65 años, donde la situación es dramática, porque no solo no encuentran jamás trabajo, sino que a mayor inri sus futuras pensiones de jubilación se verán deterioradas a la baja por falta de cotización o cotizaciones residuales.

5º.- He podido comprobar, también, que muchos de estos trabajadores desesperados se pasan al grupo de inactivos voluntarios, de manera que ya no cuentan como parados, saliendo de las listas oficiales del desempleo, razón por la que estimo, que el número de parados reales del colectivo se podría aumentar como mínimo en un 15%.

6º.- Así mismo, he comprobado que cuando estos trabajadores encuentran un trabajo sus condiciones en todos los aspectos suelen ser precarias, siendo, además, siempre contratados con carácter temporal y por horas o a tiempo parcial.

Podría seguir en mi relato preocupante sobre este colectivo de trabajadores, pero entiendo, que con lo que he señalado es más que suficiente.

Lo que digo, es la realidad del colectivo de trabajadores mayores de 50 años en relación con su empleo y paro, aunque para mí lo más desesperante, a mayor demérito, es ver como se desaprovechan unos conocimientos y una experiencia de valor incalculable en el vacío de la nada.

N.BEs una necesidad social y económica, que todas las Instituciones Públicas presten una mejor y mayor atención a este colectivo de trabajadores, que, además, ha sido durante muchos años el soporte vital de nuestro sector productivo y social.

Desaprovechar unas experiencias y unos conocimientos acumulados de este colectivo de trabajadores mayores es un descrédito para todos nosotros, que raya en la infamia.

Córdoba, a 11 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.