Tag Archives: conclusiones

Financiación pública y sostenibilidad financiera de las Empresas de la Diputación de Córdoba – (Epremasa y Emproacsa) – Análisis.

Análisis sobre la inyección de fondos públicos a Epremasa y Emproacsa en el marco presupuestario de la Diputación de Córdoba y su impacto estructural.

1.- Resumen.

La reciente asignación de recursos públicos  a fondo perdido a las empresas provinciales de la Diputación de Córdoba, Epremasa (Empresa Provincial de Residuos y Medio Ambiente, S.A.) y Emproacsa (Empresa Provincial de Aguas de Córdoba, S.A.), para equilibrar sus balances contables, pone de manifiesto una problemática recurrente en la administración local:

“La sostenibilidad económica de las sociedades instrumentales”.

Esta dotación económica, enmarcada en los acuerdos presupuestarios y pactos de gobierno provinciales – (I.U. – presupuestos), evidencia las pérdidas continuas y los errores operativos y de gestión de estas entidades mercantiles participadas íntegramente por la corporación provincial.

La controversia no radica únicamente en la transferencia de fondos públicos, *sino en la conveniencia e idoneidad de mantener un modelo de gestión, que de forma sistemática traslada el déficit estructural a las cuentas públicas, sin acometer reformas profundas en sus costes de funcionamiento internos.

2.- Marco financiero y problemática de las Sociedades Provinciales.

Las empresas públicas locales como Epremasa y Emproacsa desempeñan servicios esenciales (gestión de residuos y ciclo integral del agua en alta y baja en la provincia).

***Sin embargo, su evolución financiera muestra patrones críticos y muy negativos:

<-Pérdidas operativas permanentes y dependencia continua de transferencias de la Diputación: Al igual que ocurre en otras entidades del sector público local, se observa una transición desde la estabilidad presupuestaria hacia un déficit operativo, que requiere *de aportaciones externas o *de subidas tarifarias para cuadrar las cuentas.

<-Rigidez estructural del gasto: El núcleo del problema financiero reside en la incapacidad o resistencia para optimizar los costes internos, tales como dimensionamiento de estructuras, gastos corrientes y costes de explotación. Las empresas públicas en lugar de aplicar planes de racionalización del gasto interno, *optan recurrentemente por la inyección de capital público o por el incremento de tasas y tarifas a los municipios y ciudadanos*.

<-Impacto político e instrumentalización presupuestaria: La inclusión de estas partidas de saneamiento dentro de las negociaciones de presupuestos (ej. Pactos con I. U.) consolida un modelo donde los acuerdos de gobernabilidad priorizan la supervivencia de estructuras deficitarias frente a la ortodoxia fiscal y la eficiencia en el gasto. Dicho de otra forma, la Diputación asume sus pérdidas estructurales en lugar de gestionarlas de forma eficiente.

3.- Valoración jurídico-económica del modelo de gestión.

<-*Desde una perspectiva de estricto rigor presupuestario y eficiencia en la gestión de fondos públicos, el mantenimiento de empresas mercantiles locales en pérdidas continuadas plantea inquietud, ineficiencia  y mucha preguntas:

1.- Vulneración del equilibrio financiero: Las sociedades de capital público deben tender a la autofinanciación en la prestación de servicios equivalentes a contraprestaciones económicas (tasas o tarifas). Cuando el desequilibrio económico es estructural y se compensa sistemáticamente vía Presupuestos Provinciales, se desvirtúa el principio de equilibrio presupuestario, entrando de lleno en irregularidades legales y en prácticas de gasto ineficientes, siempre a costas de los ciudadanos.

2.- Traslado de ineficiencias al administrado: La alternativa a la inyección directa de fondos públicos suele ser el incremento de la presión fiscal indirecta (tarifas de agua y recogida de basura).

**Esto genera una paradoja económica en la provincia: Se castiga fiscalmente al usuario final para compensar los desajustes organizativos internos.

3.- Falta de transparencia en el coste real del servicio: El empaquetamiento de estas subvenciones o transferencias dentro de pactos políticos globales dificulta el control fiscal individualizado y el análisis de la rentabilidad social y económica de cada euro público gastado. Dicho de otra forma, por acuerdos políticos se cubren pérdidas permanentes  a fondo perdido con dinero público (que debería tener un destino positivo en favor de los ciudadanos), realizando así practicas irregulares de gasto público.

4.- Conclusiones y propuestas. La Diputación de Córdoba afronta un escenario donde el modelo actual de Epremasa y Emproacsa resulta insostenible a largo plazo sin un soporte financiero externo constante.

***Para corregir esta desviación, se recomiendan las siguientes líneas de acción:

<-Auditoría operativa integral: Externalizar y fiscalizar rigurosamente los costes de estructura interna de ambas empresas para identificar ineficiencias operativas ajenas al coste estrictamente prestacional.

<-Planes de viabilidad plurianuales: Condicionar cualquier aportación extraordinaria de fondos públicos a la consecución de objetivos tasados de reducción de gasto corriente y mejora de la eficiencia técnica.

<-Desvinculación de los pactos de investidura/presupuestarios: *Aislar la gestión industrial y de servicios de estas empresas de la negociación política coyuntural, *garantizando que su financiación responda a criterios estrictamente técnicos y de sostenibilidad económica.

N.B. Imagen. Análisis.

(Nota. Al día de hoy seguimos en la misma senda de pérdidas por una gestión ruinosa y un aporte de dinero público a fondo perdido.)

Fecha: 26 de julio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

(P. D. Nota.

**Aportaciones acumuladas entre 2023 y 2025.

Durante el periodo 2023–2025, la Diputación realizó inyecciones directas de capital y aportaciones para gastos de funcionamiento e inversiones:

Epremasa

  • Total aportado (2023–2025): 10,75 millones de euros.
    • De esta cifra, 6 millones de euros se destinaron directamente a inversiones estratégicas (como la renovación de maquinaria del Complejo Medioambiental de Montalbán) y el resto a saneamiento financiero/gastos corrientes.

Emproacsa

  • Total aportado (2023–2025): 59,3 millones de euros.
    • De este total:
      • 22,3 millones de euros se emplearon en gastos de funcionamiento y liquidez operativa.
      • 37 millones de euros se destinaron a inversiones de infraestructura hidráulica para paliar la sequía y reparar redes. )

NEPOTISMO Y CORRUPCIÓN SISTÉMICA – DOCTRINA PENAL – (De la alta política al ámbito municipal)

Análisis doctrinal a la luz de la Causa Especial 20775/2020 y la realidad de la contratación arbitraria local.

I.- Introducción y marco de referencia.

La reciente Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, dictada el 22 de junio de 2026 en la Causa Especial 20775/2020, constituye un pronunciamiento de notable relevancia en la delimitación dogmática de los delitos contra la Administración Pública y en la concreción de sus fronteras respecto de las prácticas de corrupción vinculadas al ejercicio del poder político. Más allá de su dimensión mediática, su interés estrictamente jurídico reside en la precisión con la que perfila los elementos típicos del tráfico de influencias, la malversación de caudales públicos y la prevaricación administrativa, configurándose como un referente interpretativo frente a conductas de nepotismo, clientelismo y desviación de poder.

El propósito de este estudio es proyectar dicha doctrina sobre la realidad de la Administración Local, donde las prácticas de contratación arbitraria de personal, designaciones de confianza desnaturalizadas o nombramientos carentes de causa objetiva presentan un evidente paralelismo material con los supuestos enjuiciados en el ámbito de la alta política estatal, si bien con singularidades estructurales que exigen un examen específico desde la perspectiva penal, administrativa y de régimen local.

II.- Tráfico de influencias y clientelismo en el ámbito municipal.

La resolución del Tribunal Supremo ofrece una lectura especialmente severa de las conductas consistentes en designar o favorecer a determinadas personas en el sector público por razones personales, sentimentales, familiares o de afinidad política. En este contexto, el Alto Tribunal subraya que las prácticas de enchufismo en la contratación pública, cuando vienen determinadas por la presión ejercida desde una posición de prevalimiento, pueden integrar el delito de tráfico de influencias del artículo 428 del Código Penal.

Trasladada esta doctrina al ámbito local, la estructura organizativa de los ayuntamientos, marcada por la concentración funcional de poder en la Alcaldía y, en su caso, en la Junta de Gobierno Local, favorece la aparición de conductas de esta naturaleza. El tipo penal exige que la autoridad o funcionario público influya en otro funcionario o autoridad, prevaliéndose de su cargo, jerarquía o ascendencia política, con la finalidad de obtener una resolución que pueda reportar un beneficio económico para sí o para un tercero.

En el escenario municipal, dicha conducta se manifiesta cuando el alcalde, un concejal delegado o cualquier otro cargo con capacidad de decisión instrumentaliza su posición para ejercer presión, directa o indirecta, sobre:

<-secretarios, interventores o técnicos de recursos humanos;

<-miembros de tribunales de selección o comisiones de valoración;

<-gerentes o directivos de sociedades mercantiles municipales o entidades instrumentales.

La finalidad suele ser la alteración de la objetividad que debe presidir los procesos de selección o contratación, favoreciendo a familiares, allegados, afines políticos o personas vinculadas por relaciones de dependencia personal.

Desde esta perspectiva, el bien jurídico lesionado no es solo la legalidad formal del procedimiento, sino la rectitud, imparcialidad y objetividad de la función pública.

III.- Malversación de caudales públicos en contrataciones sin prestación real.

Uno de los aspectos de mayor relieve dogmático en la sentencia es el tratamiento de los supuestos en los que la contratación de una persona se concibe desde su origen sin intención real de prestación de servicios, de modo que la percepción de retribuciones públicas responde a una disposición patrimonial carente de causa funcional legítima. En tales casos, la conducta no puede ser reconducida a un mero incumplimiento laboral o a una irregularidad administrativa, sino que puede constituir un auténtico delito de malversación de caudales públicos, en concurso con el tráfico de influencias cuando concurran los presupuestos típicos de este último.

**Aplicación al ámbito local.

Esta modalidad de corrupción es perfectamente trasladable al ámbito municipal, donde suele presentarse en dos formas principales:

*Personal eventual o de confianza sin funciones efectivas. Nombramientos de personal eventual que, desnaturalizando la función legal de asesoramiento o confianza, perciben retribución pública sin asumir actividad real o desempeñando tareas ajenas al interés público local, de naturaleza estrictamente partidista.

*Contrataciones espurias en entidades instrumentales municipales. Utilización de sociedades mercantiles de capital público como mecanismos de colocación de personas afines, exentas de controles materiales efectivos y, en ocasiones, sin contraprestación laboral real.

La clave dogmática reside en el plan comisivo: “Cuando la contratación se diseña ab initio con la finalidad de excluir toda prestación efectiva, el abono de nóminas con cargo a fondos públicos constituye una distracción patrimonial típica, no un simple irregular funcionamiento del servicio”. El patrimonio de una corporación local merece la misma protección penal que el de cualquier otra administración pública.

IV.- Prevaricación administrativa como tipo central en el nepotismo local.

Conviene realizar aquí una precisión técnico-penal de especial importancia. La Sentencia del Tribunal Supremo, en el análisis de determinados actos de contratación en contexto de emergencia, descarta la prevaricación cuando no concurre el plus de arbitrariedad exigido por el artículo 404 del Código Penal. Sin embargo, en los supuestos de nombramiento o contratación de personal, la respuesta penal dependerá de quién adopte materialmente la resolución y de cómo se articule el circuito decisorio.

En la Administración Local, el encaje de muchas contrataciones ilegales o nombramientos arbitrarios encuentra su acomodo más sólido en el delito de prevaricación administrativa, especialmente cuando el propio cargo político dicta la resolución de forma directa.

**Razones de su idoneidad.

a). La evidencia de la ilegalidad y la dificultad probatoria del tráfico de influencias.
El delito de tráfico de influencias exige acreditar una presión efectiva ejercida desde una posición de prevalimiento, lo que en la práctica resulta probatoriamente complejo. En los entornos municipales, las presiones suelen materializarse en conversaciones informales, indicaciones verbales o dinámicas de subordinación difícilmente documentables. En cambio, la prevaricación se proyecta sobre el acto final: la resolución injusta dictada a sabiendas de su ilegalidad.

b). La autoría directa del cargo político.

A diferencia de otros ámbitos administrativos más complejos, en el municipio el alcalde o el concejal delegado suele ostentar la competencia material para firmar el decreto o resolución de contratación. Cuando ese acto se dicta prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, o vulnerando de manera palmaria los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, concurre el núcleo típico del artículo 404 del Código Penal.

**En este contexto, resultan especialmente relevantes:

<-la ausencia de procedimiento selectivo real;

<-la falta de motivación suficiente;

<-la omisión de informes preceptivos o desfavorables;

<-la contradicción frontal con la legislación de función pública y con la normativa básica de régimen local.

**Concurso de delitos.

Desde la perspectiva de la estrategia acusatoria, en los supuestos más graves no debe descartarse la articulación de un concurso de delitos. La prevaricación administrativa sanciona el dictado de la resolución arbitraria; la malversación, por su parte, castiga el menoscabo patrimonial derivado del pago de retribuciones sin causa legítima cuando existe un verdadero desvío de fondos públicos. Por ello, cuando la contratación irregular no solo es injusta, sino que además produce un perjuicio económico efectivo para las arcas municipales, el concurso entre ambos delitos puede resultar jurídicamente procedente.

V.- El papel del secretario municipal y el accidentalismo.

Un análisis completo de la corrupción sistémica en la contratación local no puede prescindir del papel de los funcionarios encargados del control de legalidad ex ante, singularmente la Secretaría y, en su caso, la Intervención. El punto más vulnerable del sistema aparece cuando el órgano llamado a velar por la juridicidad del acto administrativo participa, activa o pasivamente, en la validación de una resolución claramente ilegal.

*El secretario accidental o interino.

La proliferación de la figura del secretario accidental o interino, muchas veces derivada de la carencia estructural de habilitados nacionales, plantea un problema añadido. La falta de estabilidad en el puesto puede generar situaciones de dependencia funcional o de subordinación fáctica respecto del órgano político, pero ello no elimina por sí mismo la eventual relevancia penal de su conducta.

Desde una perspectiva estrictamente jurídica, el temor a un cese, la precariedad laboral o la presión jerárquica no excluyen automáticamente la antijuridicidad ni la culpabilidad. Si el secretario emite un informe favorable a sabiendas de la manifiesta ilegalidad del acto, y lo hace con la finalidad de proporcionar cobertura técnica a la resolución arbitraria, su intervención puede integrar cooperación necesaria, inducción o, según el caso, complicidad en la prevaricación administrativa.

La firma del secretario otorga apariencia formal de legalidad al acuerdo municipal. Cuando se acredita un concierto previo, expreso o tácito, entre el cargo político y el técnico designado ad hoc para desactivar el control de legalidad, el principio de confianza desaparece y la imputación penal puede extenderse a ambos intervinientes.

VI.- La práctica acusatoria de las fiscalías territoriales.

Pese a la solidez dogmática de estas construcciones, la práctica forense de la instrucción penal muestra con frecuencia una asimetría acusatoria. No es infrecuente que la acusación pública dirija su reproche exclusivamente contra el responsable político, dejando al margen al funcionario o secretario que validó la ilegalidad mediante informe o conformidad técnica.

Esa orientación procesal obedece, por lo general, a razones de estrategia probatoria y de economía procesal. Desde un punto de vista práctico, la fiscalía puede preferir situar al técnico en posición de testigo para obtener de él un relato de la presión ambiental o de la mecánica interna de la decisión, sacrificando su posible responsabilidad penal para reforzar la prueba del dolo político. Asimismo, la investigación de la codelincuencia en este tipo de asuntos exige un análisis documental intenso, que no siempre se acomete con la profundidad necesaria en órganos de instrucción ordinarios.

Sin embargo, esa práctica no altera la realidad jurídico-penal de fondo: Cuando el técnico participa conscientemente en la convalidación de una resolución arbitraria, su conducta no puede quedar automáticamente absorbida por una supuesta posición de vulnerabilidad funcional.

VII.- Conclusiones.

La corrupción municipal vinculada al nepotismo, el clientelismo y la contratación arbitraria no constituye una anomalía menor ni una simple desviación administrativa, sino una manifestación estructural de deslealtad institucional frente a los principios de objetividad, mérito, capacidad y legalidad. La doctrina emanada de la Causa Especial 20775/2020 no puede entenderse como una construcción excepcional reservada a las altas esferas del Estado, sino como una interpretación general del Derecho penal aplicable a toda la Administración Pública.

En el ámbito local, la lucha contra estas prácticas no requiere tanto una expansión normativa como una aplicación rigurosa de los tipos penales ya existentes, junto con una instrucción penal efectiva y una valoración menos indulgente de las conductas de validación técnica de actos manifiestamente ilegales. La erradicación del clientelismo exige, en suma, extender la exigencia de responsabilidad penal a todos los intervinientes que, por acción u omisión relevante, contribuyen a quebrar la legalidad administrativa y a desviar el poder público hacia intereses privados o partidistas.

N.B. Imagen. – Nepotismo y corrupción sistémica – Doctrina Penal – (De la alta Política al Ámbito Municipal.).

Córdoba, 26 de junio de 2026.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

Finanzas del Ayuntamiento de Córdoba (2024-2025) – (Transparencia, claridad, control de gastos)

Este artículo, elaborado con Córdoba Abierta (ACOA), resume la situación financiera del Ayuntamiento de Córdoba, sus empresas y entes públicos, con datos oficiales de 2024 y previsiones para 2025, dando contestación a los lectores del blog de García Montoya Abogados (andalucíalegal.com). Busca claridad, transparencia y propuestas de mejora para que los cordobeses comprendan las cuentas municipales.

1. Situación Financiera

*Deuda e Intereses.

  • Deuda (31/12/2024): 172 millones de euros (38,57% de ingresos, nivel controlado según normas europeas).
  • Intereses: Sin datos exactos para 2024, pero subieron un 14% en 2023. En 2024, se usaron 37 millones de ahorros para reducir deuda.
  • Perspectiva 2025-2026: Estable (172-182,5 millones). Préstamos previstos: 15 millones (2025) y 22 millones (2026) para inversiones.
  • Comentario: Falta transparencia en contratos bancarios, condiciones de préstamos y destino de inversiones.


*Superávit.

  • 2024: 38,3 millones de euros (32 millones del Ayuntamiento, 9 millones de entes autónomos).
  • 2025: Presupuesto equilibrado (ingresos: 587,29 millones, +6,3%; gastos: 586,40 millones), con 37 millones para inversiones.
  • Comentario: No se detalla el origen del superávit ni si se dejaron de cubrir necesidades sociales, lo que exige mayor claridad.

2. Empresas y Entes Públicos-

*Pérdidas 2024

  • Sadeco (limpieza): -3,7 millones, pese a subida de tasas (+35%).
  • Cecosam (cementerios): -1,39 millones, por tarifas bajas.
  • Aucorsa (autobuses): -0,12 millones, necesita renovar flota.
  • Emacsa (agua): -0,78 millones, primera vez en pérdidas.
  • Vimcorsa (vivienda): -0,76 millones, sin ventas de viviendas.
  • Entes Autónomos: +9 millones (superávit).
  • Total: Pérdidas de 6,7 millones en empresas.

*Previsiones 2025.

  • Sadeco seguirá con pérdidas (-4 millones). Aucorsa y Emacsa podrían tener pequeñas ganancias; Vimcorsa y Cecosam reducirán pérdidas.
  • Comentario: Falta claridad sobre causas de pérdidas y origen de posibles ganancias (¿explotación o transferencias municipales?).

*Transferencias

  • 2024: 25 millones para cubrir pérdidas y operar.
  • 2025: 21,3 millones (+74%) para proyectos como renovar autobuses (Aucorsa) o mejorar servicios (Sadeco).

3. Propuestas de Ahorro.

A pesar del superávit, hay gastos reducibles sin afectar servicios esenciales:

  • Ayuntamiento:
    • Personal (178-222 millones): Ahorrar 9-22 millones congelando complementos no esenciales y eliminando duplicidades.
    • Publicidad y eventos (2-3 millones): Reducir 50% (1-1,5 millones) eliminando campañas no esenciales.
    • Subvenciones (10-12 millones): Ahorrar 20-30% (2-3,6 millones) revisando ayudas no prioritarias.
    • Suministros (6 millones): Ahorrar 10-15% (1-2 millones) optimizando contratos (luz, mantenimiento).
  • Empresas:
    • Sadeco: Ahorrar 0,8-1,5 millones optimizando turnos, digitalizando y usando fondos externos.
    • Emacsa: Ahorrar 1,5-2 millones revisando salarios y cofinanciando proyectos.
    • Aucorsa: Ahorrar 0,5-0,9 millones optimizando rutas y usando fondos europeos.
    • Cecosam: Ahorrar 0,3-0,4 millones digitalizando y revisando tarifas.
    • Vimcorsa: Ahorrar 0,1 millón reduciendo burocracia y vendiendo viviendas.
    • Entes Autónomos: Ahorrar 1-1,5 millones eliminando transferencias duplicadas.
  • Ahorro Total Estimado: 17,7-28 millones anuales (3-5% del presupuesto), para invertir en servicios sociales y económicos.

4. Conclusiones y Propuestas.

  • Puntos Fuertes: Finanzas estables, superávit de 38,3 millones y deuda controlada.
  • Problemas: Pérdidas en empresas (6,7 millones) y dependencia de transferencias (25 millones). Gastos innecesarios en personal, publicidad y contratos.
  • Propuestas:
    1. Auditar gastos de personal y eliminar duplicidades.
    2. Reducir publicidad y subvenciones no prioritarias.
    3. Digitalizar procesos en empresas y buscar fondos europeos.
    4. Plan 2025-2027 para capitalizar empresas y reducir dependencia.
    5. Convocar foros ciudadanos semestrales con asociaciones, sindicatos y la Universidad de Córdoba para transparentar cuentas y recoger propuestas.

***Nota Final: Este resumen busca que los cordobeses entiendan las finanzas municipales y exijan transparencia. La participación ciudadana es clave para mejorar la gestión manteniendo servicios esenciales.

N.B.  Se han expuesto de forma clara y comprensible las Finanzas del Ayuntamiento de Córdoba (2024-2025), de forma, que se ha buscado que los cordobeses de a pie entiendan las cuentas municipales y las oportunidades para mejorar la gestión, manteniendo servicios esenciales como limpieza, transporte, seguridad, agua y asistencia social.

La participación ciudadana, en todas sus formas posibles, es una necesidad, de forma, que es la base fundamental de la transparencia y de la claridad de las cuentas públicas de la Corporación Municipal.

Córdoba, 19 de septiembre de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Presidente de Córdoba Abierta -ACOA-.

Descontaminación embalse de La Colada (Examen, propuestas y soluciones)

1. Entorno y causas.

El embalse de La Colada, en la cuenca del Guadiana, abastece a 80.000 personas en Los Pedroches y Alto Guadiato.

Desde 2006, sufre contaminación por:

  • Vertidos ganaderos: Purines de la ganadería intensiva aportan nitratos y materia orgánica.
  • Aguas residuales urbanas: Depuradoras insuficientes en municipios como El Viso y Villaralto.
  • Plaguicidas agrícolas: Glifosato y AMPA superan los límites permitidos.
  • Cianobacterias: La eutrofización y altas temperaturas favorecen algas tóxicas, prohibiendo el baño en 2024 y 2025.
  • Arsénico: Detectado desde 2019, con sanciones de la CHG.

La CHG descarta vaciar el embalse, abogando por prevenir vertidos en origen, aunque la Diputación de Córdoba y la Junta de Andalucía se culpan mutuamente, generando críticas por inacción.

2. Medidas actuales y limitaciones.

La Diputación, vía Emproacsa, ha implementado:

  • Sistemas de ultrasonidos (98% efectividad contra algas).
  • Cubiertas en la ETAP de Sierra Boyera.
  • Clarificación por flotación y dióxido de cloro.

Estas medidas son paliativas y no resuelven los vertidos continuos. La CHG propone modernizar depuradoras, pero las obras están paralizadas. La conexión La Colada-Sierra Boyera (9,3 millones de euros) no avanza por conflictos con la CHG. La Diputación es criticada por su enfoque reactivo, uso de generadores de gasoil costosos y falta de coordinación.

3. Estrategias y propuestas.

3.1. Control de vertidos.

  • Modernizar depuradoras en Villaralto y El Viso con biorreactores de membrana (95% eliminación de contaminantes).
  • Regular ganadería con biodigestores anaeróbicos (reduce vertidos en 80-90%).
  • Promover agricultura sostenible para minimizar plaguicidas.

3.2. Tratamiento in situ.

  • Ampliar ultrasonidos y combinar con ozonización (reduce COT en 50-70%).
  • Bioaumentación con bacterias nitrificantes (reduce nutrientes en 40-60%).
  • Fitoremediación con plantas acuáticas (absorbe 30-50% de nutrientes).

3.3. Infraestructura y monitoreo.

  • Finalizar la conexión La Colada-Sierra Boyera con bombeo eficiente.
  • Instalar sensores en tiempo real para monitoreo continuo.

3.4. Coordinación.

  • Crear una mesa de trabajo con CHG, Junta, Ayuntamientos y la Universidad de Córdoba, de forma, que ya no valen las excusas ni los pretextos, debiéndose imponer el bien común.

4. Cronograma y costos.

  • Fase 1 (6-12 meses): Modernizar depuradoras y regular vertidos (5-7 millones de euros).
  • Fase 2 (12-24 meses): Tratamientos in situ (2-3 millones de euros).
  • Fase 3 (12-15 meses): Conexión La Colada-Sierra Boyera (9,3 millones de euros).
  • Monitoreo continuo: 0,5-1 millón de euros anuales.

5. Ineficacia de la Diputación

A pesar de contar con recursos, la Diputación es ineficaz por:

  • Descoordinación: Conflictos con CHG y Junta retrasan proyectos.
  • Soluciones temporales: Uso de generadores de gasoil y medidas paliativas.
  • Gestión reactiva: Responde a crisis sin prevenirlas.
  • Limitaciones técnicas: Proyectos con errores, como la conexión La Colada-Sierra Boyera.
  • Politización: Acusaciones mutuas con CHG y críticas del PSOE por inacción.

6. Conclusiones y propuestas.

La contaminación de La Colada requiere un enfoque integral: regular vertidos, modernizar infraestructuras y mejorar la coordinación.

La Diputación debe liderar un plan con:

  1. Modernización de depuradoras y regulación ganadera.
  2. Tecnologías como ozonización y bioaumentación.
  3. Finalización de la conexión La Colada-Sierra Boyera.
  4. Monitoreo en tiempo real.

Con estas medidas, respaldadas por 15-20 millones de euros y colaboración interinstitucional, se garantizará agua de calidad, evitando crisis.

N.B.  El verdadero problema de La Colada no son las tuberías ni el bombeo, sino la descontaminación del embalse, razón por la se propone un examen en profundidad del problema, propuestas y soluciones que garanticen la calidad del agua.

El bien común se debe imponer contra el frentismo corrupto e inútil, todo lo demás son pretextos inventados por todos aquellos, que prefieren inmolarse en aras de sus ideologías arrastrando el derecho humano al agua de todos los habitantes de los Pedroches y del Valle del Guadiato.

Córdoba, a 8 de agosto de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Problemas de Córdoba – Artículo XVI – Influencia de la Base Logística del Ejército de Tierra en la Productividad de los Trabajadores en Córdoba.

En este artículo completa mi contestación a mis lectores sobre la productividad, ya que, la BLET es una realidad que afectará a la productividad de los trabajadores de Córdoba, la mejorará y elevará el nivel de productividad con empleos de calidad, disminuyendo la brecha de género.

Influencia de la Base Logística del Ejército de Tierra en la Productividad de los Trabajadores en Córdoba.

La Base Logística del Ejército de Tierra (BLET), ubicada en el polígono de La Rinconada, a 15-20 km de la capital de Córdoba, es un proyecto estratégico del Ministerio de Defensa que busca centralizar y modernizar las operaciones logísticas del Ejército de Tierra. Con una inversión estimada de 500 millones de euros, la BLET no solo transformará la logística militar, sino que tendrá un impacto significativo en la economía y la productividad de Córdoba.

Este artículo analiza cómo este proyecto influirá en la productividad laboral, desglosando por capital y provincia, género, sectores productivos, y, comparando con otras provincias andaluzas.

<<Impacto General de la BLET en la Productividad de Córdoba>>

La BLET está diseñada para ser un centro de innovación tecnológica y logística, integrando tecnologías de la Industria 4.0 como inteligencia artificial, robótica, big data, mantenimiento predictivo y digitalización. Este enfoque no solo optimizará las operaciones militares, sino que también actuará como un motor económico y tecnológico para Córdoba, aumentando la productividad laboral al generar empleo cualificado, fomentar la colaboración con la industria y la universidad, y atraer inversión.

2.1. Creación de Empleo.

La BLET generará aproximadamente 1.700 empleos directos, de los cuales 600 serán militares y 1.100 civiles (100 funcionarios y 1.000 personal laboral). Además, se espera que cree hasta 7.000 empleos indirectos en empresas auxiliares, especialmente en sectores como tecnología, construcción, logística y servicios. Esta creación de empleo elevará la productividad al incorporar trabajadores en sectores de mayor valor añadido, como la tecnología y la I+D+i, frente a la dependencia actual de la agricultura y los servicios de baja productividad en Córdoba.

2.2. Inversión y Dinamización Económica.

Con una inversión inicial de 350 millones de euros, incrementada a 500 millones, la BLET impulsará la economía local mediante:

*Infraestructuras: La construcción de 30 edificios inteligentes, incluyendo un taller de mantenimiento (CEMSATET) y un almacén (CABET), generará actividad en el sector de la construcción y aumentará la productividad de los trabajadores involucrados.

*Efecto multiplicador: La llegada de empresas como Escribano M&E y Navantia a Córdoba, atraídas por la BLET, fomentará la creación de un ecosistema industrial-tecnológico que incrementará la productividad en sectores de alta cualificación.

2.3. Innovación y Tecnología.

La BLET incorporará tecnologías avanzadas, como sistemas de logística predictiva (SILPRE), vehículos autónomos, drones para monitoreo de almacenes y fabricación aditiva. Estas innovaciones requerirán trabajadores altamente cualificados, lo que elevará la productividad media de la provincia al alinear su economía con sectores de mayor valor añadido.

<<Impacto en la Capital y la Provincia>>

3.1. Capital (Córdoba Ciudad). La capital de Córdoba se beneficiará directamente de la BLET debido a su cercanía al polígono de La Rinconada (15-20 km) y su rol como centro económico y administrativo.

**Los principales impactos en la productividad incluyen:

-Aumento de empleos cualificados: La capital concentrará la mayoría de los empleos civiles de alta cualificación (funcionarios, ingenieros, técnicos en logística y tecnología), lo que incrementará la productividad en sectores de servicios avanzados y tecnológicos, que ya tienen mayor peso en la ciudad que en el resto de la provincia.

-Colaboración con la Universidad de Córdoba: La BLET fomentará alianzas con la universidad para proyectos de I+D+i, atrayendo talento y elevando la productividad de los trabajadores del sector académico y tecnológico.

**Infraestructuras de apoyo: La mejora de accesos a La Rinconada desde la A-4 y la posible integración con el ferrocarril y el aeropuerto de Córdoba beneficiarán a empresas de la capital, aumentando la eficiencia logística y la productividad.

3.2. Provincia.

Fuera de la capital, la provincia experimentará un impacto más indirecto, pero significativo:

*Empresas auxiliares: Las 7.000 plazas formativas en 110 especialidades de formación profesional (FP) anunciadas por la Junta de Andalucía se distribuirán en toda la provincia, capacitando a trabajadores para sectores como la construcción, logística y tecnología, lo que mejorará la productividad en áreas rurales tradicionalmente dependientes de la agricultura.

*Desarrollo económico regional: La dinamización económica generada por la BLET atraerá inversión a municipios cercanos, como La Carlota, mejorando la productividad en sectores como el comercio y los servicios.

*Limitaciones: La dependencia de la agricultura en la provincia podría limitar el impacto inmediato, ya que la transición hacia empleos tecnológicos requerirá tiempo y formación.

<<Impacto por Género>>

La BLET tiene el potencial de influir en la productividad laboral por género, aunque los datos específicos sobre la distribución de empleos por sexo son limitados.

**Basándonos en las tendencias generales y la información disponible:

Hombres: Tradicionalmente, los hombres predominan en sectores como la construcción, la industria y la logística, que estarán directamente involucrados en la BLET. La construcción de la base (hasta 2028) y los empleos en mantenimiento de sistemas de armas probablemente beneficiarán más a los hombres, aumentando su productividad en sectores de alto valor añadido.

-Mujeres: Las mujeres, que en Córdoba tienen mayor presencia en servicios (hostelería, comercio, cuidado personal), podrían beneficiarse de empleos en áreas administrativas, tecnológicas y de servicios asociados a la BLET (como la guardería, el museo o la zona sanitaria). Sin embargo, su participación en roles técnicos dependerá de programas de formación específicos para cerrar la brecha de género en sectores STEM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas). La Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Córdoba están promoviendo formación inclusiva, lo que podría equilibrar esta distribución.

**Brecha de productividad: La BLET priorizará la conciliación y la formación continua, lo que podría reducir la brecha de productividad entre géneros al ofrecer oportunidades para mujeres en empleos cualificados. No obstante, la falta de trabajadoras cualificadas en sectores técnicos podría limitar su impacto a corto plazo.

<<Impacto por Sectores Productivos>>

**La BLET transformará la estructura productiva de Córdoba al fortalecer sectores de mayor productividad:

  • Construcción: La urbanización (hasta julio de 2025) y la edificación de 30 edificios inteligentes (a partir de mediados de 2025) generarán empleo temporal y permanente, aumentando la productividad en un sector que actualmente tiene una productividad media-baja. La inversión de 500 millones de euros impulsará este sector hasta 2028.
  • Industria: La BLET atraerá empresas tecnológicas (como Escribano M&E y Navantia) y fomentará la fabricación aditiva y el mantenimiento predictivo, elevando la productividad en la industria manufacturera, que ya es un 39% más productiva que la media nacional.
  • Servicios: La base incluirá servicios avanzados (tecnología, I+D+i, administración) y básicos (comedor, museo, guardería), lo que diversificará el ascenso y el incremento de la productividad de los trabajadores en estas áreas.
  • Logística y Transporte: La centralización de actividades logísticas en la BLET y la posible integración con el ferrocarril y el aeropuerto de Córdoba mejorarán la eficiencia y la productividad en este sector.
  • Agricultura: Aunque la BLET no impactará directamente en la agricultura, el desarrollo económico general podría liberar mano de obra agrícola para sectores más productivos, como la logística o la industria.

<<Comparación con Otras Provincias Andaluzas>>

La BLET posiciona a Córdoba como un referente logístico y tecnológico en Andalucía, lo que podría mejorar su productividad relativa frente a otras provincias:

  • Sevilla y Granada: Actualmente lideran en productividad (234.131 y 231.089 euros por empleado, respectivamente). La BLET podría permitir a Córdoba acercarse o superar estos niveles al introducir sectores de alta productividad (tecnología, I+D+i). Sin embargo, Sevilla seguirá beneficiándose de su mayor diversificación industrial y Granada de su ecosistema universitario.
  • Jaén, Cádiz, Almería, Huelva y Málaga: Estas provincias, con productividades más bajas (entre 166.591 y 208.442 euros por empleado), podrían quedarse rezagadas frente a Córdoba debido a la menor presencia de proyectos tecnológicos comparables. La BLET consolidará a Córdoba como un hub logístico y tecnológico, potencialmente superando a Málaga y Huelva, que dependen del turismo y la minería, sectores de menor productividad.
  • Ventaja competitiva: La colaboración con la industria y la universidad, junto con la formación de 7.000 trabajadores en especialidades técnicas, posicionará a Córdoba como líder en logística 4.0, un área estratégica que otras provincias andaluzas no han desarrollado a esta escala.

<<Factores que Potencian o Limitan el Impacto en la Productividad>>

7.1. Factores Potenciadores

  • Formación profesional: La Junta de Andalucía ofertará 7.000 plazas en 110 especialidades de FP para formar personal cualificado, lo que mejorará la productividad al reducir la brecha de cualificación.
  • Colaboración intersectorial: La interacción entre el ejército, la industria, la universidad y las administraciones locales creará un ecosistema innovador que impulsará la productividad.
  • Sostenibilidad y tecnología: La BLET incorporará estándares de sostenibilidad (como sistemas de captación de agua de lluvia) y tecnologías avanzadas, aumentando la eficiencia y la productividad de los procesos logísticos.

7.2. Limitaciones.

  • Falta de trabajadores cualificados: Algunas fundaciones empresariales han expresado preocupación por la dificultad de encontrar personal formado para los empleos técnicos que requerirá la BLET.
  • Plazos de construcción: Aunque la urbanización finalizará en julio de 2025 y la base estará operativa en 2027, su plena capacidad se alcanzará en 2028, lo que retrasará el impacto total en la productividad.
  • Dependencia de la agricultura: La provincia de Córdoba seguirá dependiendo de sectores de baja productividad (agricultura) a corto plazo, lo que podría diluir el impacto de la BLET fuera de la capital.

<<Conclusiones>>

La Base Logística del Ejército de Tierra tendrá un impacto transformador en la productividad de los trabajadores en Córdoba:

  • Capital: La ciudad de Córdoba experimentará un aumento significativo en la productividad debido a la creación de empleos cualificados en tecnología, logística y servicios avanzados, consolidándose como un hub logístico-tecnológico.
  • Provincia: El impacto será más gradual, pero la formación profesional y la atracción de empresas auxiliares mejorarán la productividad en sectores como la construcción y la logística.
  • Género: Los hombres se beneficiarán inicialmente más en sectores técnicos y de construcción, pero las iniciativas de formación inclusiva podrían equilibrar la participación femenina, reduciendo la brecha de productividad.
  • Sectores productivos: La BLET fortalecerá la industria y los servicios avanzados, desplazando empleo desde la agricultura hacia sectores de mayor valor añadido.
  • Comparación andaluza: Córdoba podría superar a la mayoría de las provincias andaluzas en productividad a medio plazo, acercándose a Sevilla y Granada, gracias al impulso tecnológico y económico de la BLET.

<<Propuestas de Córdoba Abierta ACOA>>

*Ampliar los programas de formación profesional para mujeres en sectores STEM, reduciendo la brecha de género.

*Acelerar la colaboración con empresas y universidades para atraer talento y fomentar la innovación.

*Mejorar la infraestructura de transporte (ferrocarril, aeropuerto) para maximizar la eficiencia logística.

*Promover políticas de conciliación para garantizar una distribución equitativa de los empleos generados.

Este artículo complementa el anterior sobre productividad, destacando el potencial de la BLET para transformar la productividad laboral en Córdoba, posicionándola como un referente en Andalucía.

N.B. La influencia de la Base Logística del Ejército de Tierra en la Productividad de los Trabajadores en Córdoba será determinante, porque como hemos dicho uno de los problemas de Córdoba reside en el bajo rendimiento de sus  trabajadores, que a su vez, afecta de forma directa a las pensiones, así que, gracias a la BLET se puede romper la brecha de género y aumentar y mejorar la productividad de nuestro trabajadores.

Desde Córdoba Abierta – ACOA queremos dejar claro, que sin mejorar la productividad con empleos de calidad y adoptando medidas innovadoras será imposible reducir la brecha de género y, además, no podremos abandonar la situación de Córdoba respecto a la cuantía de las pensiones ni crear un tejido productivo donde primen los empleos de calidad, de forma, que ahora, con la BLET tenemos una oportunidad única para lograr ese objetivo.

Córdoba, 4 de julio de 2025.

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.