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Sublevación contra el poder – España sin contrapesos – Legitimidad de la rebelión ciudadana

En España el Gobierno Central ha derribado todos los contrapesos hacia su poder, sobrepasando todos los límites legales, como demuestra su apuesta absoluta con Marruecos frente a la mayoría de ciudadanos españoles, de manera, que toda la teoría constitucional sobre la validez del Estado Social y Democrático de Derecho es papel mojado y, queda claro, que es legítima la sublevación pacífica ciudadana, tal y como, ocurrió ayer en la defensa de Ceuta.

<<Superando el ESDD (la teoría) y en defensa del valor justicia constitucional – (art. 1.1 C. E.)>>

Se viene planteando un debate recurrente en la teoría del Estado y la filosofía del derecho, que en España ya se ha sobrepasado hace mucho tiempo y solo vamos hacia lo peor, de manera, que expondremos la teoría constitucional, aunque como ya se ha dicho ha sido superada ampliamente por los abusos del poder del Gobierno actual de España:

La contraposición entre la *legitimidad iusnaturalista del Derecho de Resistencia a la Opresión” y *la validez formal del Estado Social y Democrático de Derecho*.

La evaluación sobre la justificación de la desobediencia o sublevación requiere distinguir estrictamente entre el marco teórico-filosófico y el marco normativo constitucional actual.

1.- El marco del iusnaturalismo ilustrado y la Declaración de 1776.

La doctrina expuesta por Thomas Jefferson en la Declaración de Independencia de los EE. UU. (remanente de las tesis de John Locke en su Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil) fundamenta la legitimidad política en la existencia de un contrato social explícito.

Derechos inherentes e inalienables: Los individuos delegan parte de su libertad al Estado con la única condición de que este proteja su vida, libertad y propiedad/búsqueda de la felicidad.

*Carácter condicional de la autoridad: El gobierno no posee poder originario; su legitimidad de ejercicio depende estrictamente del cumplimiento de sus fines contractuales.

*El umbral de ruptura: La desobediencia no se justifica ante controversias políticas ordinarias ni actos aislados de desgobierno. Exige la concurrencia probada de tres requisitos:

1.- Agotamiento absoluto de las vías pacíficas e institucionales.

2.- Una cadena sistemática y continuada de abusos que evidencie un diseño deliberado hacia la tiranía o el despotismo.

3.- Proporcionalidad y necesidad, ante la ausencia total de un tercero neutral (tribunales o elecciones) a quien apelar.

2.- El contraste con el marco constitucional e institucional español.

En el Derecho Político contemporáneo, los Estados democráticos constitucionalizados no tipifican ni reconocen el “derecho a la sublevación” o la desobediencia generalizada como cauce legal, dado que el propio ordenamiento está diseñado para autocorregir los excesos del poder público mediante controles internos.

**Dentro del marco de la Constitución Española de 1978:

*Soberanía y legalidad (Art. 1.2 y 9.1 CE): La soberanía reside en el conjunto del pueblo español y todos los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

*Mecanismos ordinarios de control: Frente a actuaciones presuntamente arbitrarias o ilegales del Ejecutivo, el sistema articula recursos ante la jurisdicción ordinaria, el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y, en última instancia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

*Control político y alternancia: La exigencia de responsabilidad política se encauza a través de las Cortes Generales (mociones de censura, comisiones de investigación) y del ejercicio periódico del sufragio universal en elecciones libres.

3.- La controversia sobre la erosión de los contrapesos.

La discusión de si el Gobierno actual ha “sobrepasado” los límites institucionales sitúa el análisis en el terreno de la ciencia política y la teoría constitucional contemporánea, donde conviven dos posturas analíticas:

A.- La tesis de la erosión institucional.

Sostiene que la invasión de esferas de control neutral (nombramientos politizados en órganos constitucionales, uso abusivo de la legislación de urgencia como el Real Decreto-ley y desatención a los órganos consultivos) degrada los contrapesos formales desde dentro, de forma, que bajo este prisma, la efectividad real de los controles se reduce a una apariencia formal, vaciando de contenido las garantías ciudadanas.

B.- La tesis de la vigencia del Estado de Derecho.

Argumenta que, mientras los tribunales sigan dictando sentencias (incluso contrarias al Ejecutivo), el Parlamento mantenga la facultad de aprobar o rechazar leyes y se preserven las garantías para la celebración de elecciones con pluralismo político, el sistema democrático continúa operativo. Adicionalmente, la supervisión de las instituciones comunitarias de la Unión Europea actúa como un contrapeso supraestatal efectivo sobre la calidad del Estado de Derecho.

<<Conclusión jurídica>>

En el pensamiento político y legal contemporáneo, la desobediencia civil puede configurarse en casos puntuales como un acto público, pacífico y no violento para denunciar leyes injustas, asumiendo el desobediente las consecuencias legales de sus actos como prueba de fidelidad al sistema constitucional general.

Sin embargo, para justificar la sublevación o el desconocimiento total de la autoridad de un Gobierno bajo la doctrina clásica del Derecho de Resistencia, no basta con la percepción de un deterioro político severo o una acusada polarización institucional. Formal y teóricamente, se requeriría la constatación fehaciente del colapso del orden constitucional: Es decir, la cancelación del acceso a tribunales independientes, la imposibilidad de ejercer derechos fundamentales y la supresión de los mecanismos electorales de alternancia.

N. B. Imagen. Sublevación contra el poder – España sin contrapesos – Legitimidad de la rebelión ciudadana.

(Nota. En España el Gobierno Central ha derribado todos los contrapesos hacia su poder, sobrepasando todos los límites legales, como demuestra su apuesta absoluta con Marruecos frente a la mayoría de ciudadanos españoles, de manera, que toda la teoría constitucional sobre la validez del Estado Social y Democrático de Derecho expuesta es papel mojado, y, queda claro, que ya es legítima la sublevación pacífica ciudadana, tal y como, ocurrió ayer en la defensa de Ceuta en toda España.

Solo queda aumentar la presión pacífica ciudadana en todas partes, sean públicas o privadas, empezando por todas las instituciones y administraciones públicas y terminando con todas las empresas privadas, formando una desobediencia civil total al poder de un Gobierno que ya es ilegítimo.).

Córdoba, 3 de septiembre de 2026.

Fdo.  Enrique García Montoya,

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Exconcejal  y Exdiputado provincial de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Pateras taxi – un negocio en aumento – (Impacto en Andalucía y Córdoba)

Un grupo muy amplio de lectores y clientes de la costa andaluza nos piden información clara y lo más completa posible sobre el tema de las embarcaciones de todo tipo y color, que continuamente cruzan el Estrecho trayendo a las costas andaluzas inmigrantes ilegales, sin que haya modo por ahora de controlar ese tráfico humano continuo y sin que se pueda frenar con los medios y formas actuales, así que, hemos elaborado un informe-análisis del asunto que nos consultan.

(Nota preliminar. Es un hecho desgraciado y peligroso que a las costas españolas llegan diariamente embarcaciones (pateras, lanchas, etc.), tal como ha ocurrido en Murcia dónde en unos días han arribado a la luz del día tres pateras cargas de inmigrantes ilegales, de forma, que aunque el asunto de Ceuta es preocupante y grave, el hecho diario es que estamos siendo invadidos sin que el Gobierno de la Nación haga nada para impedir y/o controlar cientos de arribadas a todas nuestras costas, que en su conjunto son tantos o más  inmigrantes que los que han invadido Ceuta.).

1.- Análisis operativo y modelo de negocio.

El tráfico clandestino en el Estrecho de Gibraltar ha cambiado, que en las costas adaptándose a las nuevas tecnologías y mutado profundamente, abandonando las barcas precarias para adoptar el modelo logístico del narcotráfico marítimo.

<-Alta velocidad y tecnología: Se emplean lanchas semirrígidas de 8 a 12 metros con motores de 300 CV a 900 CV y motos de agua, capaces de cruzar el Estrecho en un tiempo récord de entre 15 y 35 minutos.

<-Táctica toco y me voy : Descarga exprés en calas apartadas y huida inmediata del piloto para evitar la incautación de la nave.

<-Estructura de costes y alta rentabilidad: Un trayecto con 8 a 12 pasajeros genera ingresos brutos de entre 40.000 € y 60.000 € por viaje. Las embarcaciones se amortizan en apenas uno o dos trayectos exitosos.

2.- Tarifas del pasaje.

*** El coste del billete varía según el medio, las condiciones y la presión policial:

<-Motos de agua: Entre 2.500 € y 4.000 € (15-20 minutos de trayecto).

<-Lanchas rápidas / Semirrígidas: Entre 2.500 € y 6.000 €, pudiendo alcanzar los 9.000 € en momentos de alta demanda.

<-Pateras convencionales / Gomas: Entre 1.000 € y 2.000 € (2 a 5 horas de trayecto).

(Nota. Los patrones de las embarcaciones cobran cantidades enormes de dinero por cada inmigrante que trasportan, de manera, que hay siempre patrones dispuestos a realizar una travesía, y, donde la guardia civil -por personal y medios- está impotente y sobrepasada.)

3.- Financiación y el sistema Hawala.

<-Inversión comunitaria y familiar: El pago suele asumirlo la familia extensa en origen o allegados en la Unión Europea a cambio de futuras remesas.

<-Intermediarios no regulados (Hawala): El dinero no se entrega en mano al piloto en la playa; un intermediario (hawaladar) retiene los fondos en origen y solo libera el pago a la red criminal cuando el migrante confirma que ha pisado suelo peninsular.

4.- Dinámicas de llegada y la “cifra negra”.

*Rutas principales: Destacan la ruta del Estrecho (Cádiz/Málaga desde Ceuta y norte de Marruecos), la costa atlántica/mediterránea de Marruecos y la ruta argelina hacia Almería, Granada y Murcia.

*Volumen oficial: Las entradas marítimas a la Península y Baleares superan las 9.500 personas en lo que va de año.

*El flujo invisible (Coeficiente de ocultación): Los expertos estiman una “cifra negra” de entre un 10% y un 20% adicional de llegadas no registradas (cientos de personas al año, entre 500 y 1.500 individuos), debido a la extrema rapidez de las pateras-taxi que logran dispersarse antes de la intervención policial.

*Distribución provincial: Cádiz lidera el fenómeno de las pateras-taxi y motos acuáticas; Almería concentra un alto volumen de pateras convencionales procedentes de Argelia; y Málaga y Granada actúan como destinos intermedios del arco mediterráneo.

5.- El Impacto en Córdoba – (Territorio de tránsito).

***Córdoba no cuenta con costa, por lo que actúa exclusivamente como un nodo secundario y de tránsito dentro de la red migratoria andaluza:

<-Conexión directa: Los migrantes proceden fundamentalmente de la provincia de Cádiz (a través de la autovía A-4 y el ferrocarril) y, en menor medida, de Málaga y Almería.

<-Modo de llegada: Mediante derivaciones humanitarias y policiales (debido a la saturación de los CATE en la costa) o utilizando transporte público y redes familiares tras quedar en libertad con un expediente de expulsión.

<-Volumen y perfil: Absorbe un porcentaje minoritario (inferior al 2% o 3% de las llegadas andaluzas). La gran mayoría transita rápidamente hacia otras regiones (Madrid, Cataluña, Levante), y solo una parte reducida se asienta temporalmente para engancharse a campañas agrícolas específicas, como la recogida de la aceituna.

<<Conclusión innovadora, crítica y disruptiva>>

Las “pateras-taxi” no son una anomalía del sistema de seguridad, sino su consecuencia directa y previsible. Cuando se blinda la frontera o se saturan las rutas lentas, el mercado negro responde con un principio económico elemental: la innovación logística. Las mafias han clonado el modelo del narcotráfico (alta velocidad, rentabilidad exprés y riesgo diluido) para aplicarlo al tráfico de seres humanos, convirtiendo el Estrecho en una autopista de contrabando donde el Estado siempre llega tarde.

<-La falacia del blindaje: Cuanto más sofisticada es la barrera en la costa, más se encarece el pasaje y más se profesionalizan las mafias, transformando al migrante en un “cliente de lujo clandestino” que paga hasta 9.000 euros por 20 minutos de travesía.

<-El efecto espejo en el interior: Provincias como Córdoba no sufren una invasión, sino el rebote sistémico de un embudo mal diseñado en la costa, que empuja a las personas a la invisibilidad y a la economía sumergida ante la falta de una estrategia de integración real.

<-La verdadera solución: El negocio de las pateras-taxi solo se destruirá el día que el Estado decida arrebatarle el monopolio del transporte a las mafias.

Mientras cruzar legalmente sea una quimera burocrática y el tráfico ilegal mueva hasta 60.000 euros por viaje, las lanchas seguirán volando sobre el Estrecho.

La única ruptura real pasa por establecer canales de movilidad legal y visados de tránsito en origen, vaciando de clientes a las redes criminales antes de que toquen el agua.

N.B. Imagen. (Pateras taxi – Inmigrantes – Conclusión innovadora y crítica).

(Nota. Nuestros cálculos son estimativos, partiendo de datos y cifras ciertas, aunque creemos que nos quedamos cortos detallando el fenómeno de la invasión silenciosa que se está produciendo en las costas españolas y andaluzas, y, que se quiera ver o no, está dejando el Espacio Schengen en papel mojado, poniendo en serios apuros todos nuestros servicios públicos y con riego de colapso a nuestro estado de bienestar, quedando claro que necesitamos una solución urgente.)

Córdoba, 28 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Menores migrantes en Andalucía – (El nudo gordiano institucional y la vía de la externalización)

La gestión de los menores extranjeros no acompañados (algunas veces referidos bajo las siglas MENA) procedentes de las costas andaluzas y de la Ciudad Autónoma de Ceuta sitúa a la Junta de Andalucía en una encrucijada sin precedentes. El problema ha superado la mera gestión asistencial para convertirse en una crisis institucional, presupuestaria y constitucional de primera magnitud, que pone a prueba la arquitectura del Estado de las Autonomías y los pilares del Espacio Schengen.

1.- El conflicto autonómico y el marco legal.

**El Gobierno regional andaluz afronta una doble tensión:

*Tensión política interna: El Pacto de Gobernabilidad (PP-Vox) firmado en julio de 2026 aboga por rechazar el reparto interautonómico impulsado por el Gobierno central, priorizando los planes de retorno a los países de origen. Sin embargo, la Presidencia de la Junta –aun advirtiendo sobre el riesgo de un «efecto llamada»– reitera su compromiso con la legalidad vigente y con los convenios bilaterales previos firmados con Ceuta en 2024 para el traslado de tutela.

*Imperativo legal y fiscal: La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y el Estatuto de Autonomía atribuyen a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en la tutela de menores desamparados en su territorio. Tanto la Fiscalía General como el Ministerio de Juventud e Infancia recuerdan que esta obligación es indisponible, mientras que las ONGs advierten sobre la saturación de los centros de acogida en la costa andaluza (Algeciras, Almería, Granada y Cádiz).

2.- La vía de solución – (Tramitación extraordinaria en origen o terceros países).

Ante la ineficacia de las fórmulas tradicionales y el riesgo de colapso de los servicios públicos de bienestar, la respuesta más solvente y jurídicamente _articulada pasa por un cambio de perspectiva:

La tramitación extraordinaria fuera del territorio peninsular.

<-Ejes del modelo.

1.- Centros de tramitación en terceros países: Establecer instalaciones de acogida y evaluación administrativa en países de tránsito o de origen mediante convenios bilaterales, garantizando que el análisis de la tutela o solicitud no implique la entrada automática al espacio Schengen.

2.- Priorización de la restitución familiar y repatriación: Ejecutar el retorno directo de los menores con sus familias en sus países de procedencia como medida prioritaria de protección, supeditando las relaciones diplomáticas y la ayuda al desarrollo a la cooperación efectiva en la readmisión.

3.- Hoja de ruta institucional para Andalucía.

Dado que las competencias en extranjería, fronteras y relaciones internacionales corresponden en exclusiva al Estado (art. 149.1.2ª y 3ª CE), Andalucía debe liderar este cambio mediante la iniciativa y la presión institucional:

┌────────────────────────────────────────────────────────┐

│             ESTRATEGIA INSTITUCIONAL DE LA JUNTA        │

└───────────────────────────┬────────────────────────────┘

                            │

      ┌─────────────────────┼─────────────────────┐

      ▼                     ▼                     ▼

┌──────────────┐    ┌──────────────┐    ┌──────────────┐

│  Iniciativa  │    │  Exigencia   │    │ Condición    │

│  Legislativa │    │  Diplomática │    │ Presupuestal │

└──────┬───────┘    └──────┬───────┘    └──────┬───────┘

       │                   │                   │

       ▼                   ▼                   ▼

 Reformar la Ley      Activar convenios   Exigir carácter

 de Protección del    bilaterales con     transitorio de los

 Menor ante las       Marruecos para      centros andaluces y

 Cortes Generales     retornos seguros    financiación 100%

1.- Iniciativa legislativa autonómica: Presentación de una Proposición de Ley autonómica ante el Congreso de los Diputados para reformar la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Extranjería, situando la repatriación y reagrupación familiar en origen como el principio rector prioritario.

2.- Exigencia de acuerdos bilaterales: Reclamar la activación inmediata de los acuerdos internacionales vigentes (como el convenio de reactivación de retornos con Marruecos) y alinearse con el nuevo Pacto de Migración y Asilo de la UE.

3.- Litigación institucional y condicionado financiero: Plantear conflictos de competencias ante el Tribunal Constitucional si se imponen repartos obligatorios sin la correspondiente asignación presupuestaria estatal completa, exigiendo que los recursos en suelo andaluz tengan un carácter estrictamente temporal de tránsito.

<<Conclusión>>

El sostenimiento del modelo de bienestar y la seguridad jurídica en Andalucía dependen de trascender el parcheo presupuestario. La firmeza institucional, canalizada a través de iniciativas legislativas valientes ante el Estado y la UE, constituye la única vía realista para conciliar el respeto al Derecho con la sostenibilidad de nuestros recursos públicos.

N. B.  Imagen. (Menores migrantes en Andalucía).

(Nota. El Puente Institucional y Diplomático: Representa la vía de la externalización y los convenios bilaterales uniendo las dos orillas del Mediterráneo (Andalucía y el Norte de África) a través de la cooperación, la legalidad y el acuerdo institucional.).

Córdoba, 22 de agosto de 2026

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Exdiputado y Exsecretario del Parlamento de Andalucía.

Inflación en Córdoba – ( La brecha entre el IPC oficial y la economía real)

(Una crítica desde la microeconomía del bolsillo cordobés)

Existe una divergencia estructural, casi enfermiza, entre las métricas macroeconómicas oficiales -ya sea el Índice de Precios al Consumidor (IPC) provincial o nacional- y la realidad financiera que afrontan a diario los hogares en la ciudad y provincia de Córdoba.

Mientras las estadísticas públicas buscan promediar variaciones sobre una ponderación estandarizada, la economía cotidiana del ciudadano está deformada y tergiversada por distorsiones no contempladas plenamente en los índices tradicionales: *la reduflación (shrinkflation), *la degradación de calidad (skimpflation) y *la variación acelerada en los bienes de consumo masivo.

1.- Macroeconomía estadística vs. Sensación financiera.

<-La disparidad entre lo que indica el dato oficial y el impacto real en el bolsillo responde a fallas metodológicas y estructurales de origen:

*Ponderaciones desactualizadas: Los índices estadísticos asignan pesos fijos a rubros como transporte, ocio, vestimenta y alimentos. En épocas de restricción, las familias destinan hasta el 60%–70% de sus ingresos exclusivamente a alimentos y servicios básicos, donde los incrementos suelen ser superiores al promedio general.

*Dispersión geográfica en la provincia: Los precios en el interior provincial difieren significativamente de los de la capital debido a costos logísticos, intermediación comercial y menor oferta competitiva.

*Gastos ineludibles no elásticos: Servicios públicos, alquileres, salud y educación privada aumentan a ritmos que no permiten margen de sustitución, ahogando la liquidez mensual. En junio, el rubro vivienda registró una subida mensual del 6,4%, muy por encima del IPC general.

2.- Fenómenos invisibles – (Cuando los precios “mienten”).

El encarecimiento del costo de vida ya no se manifiesta únicamente en la etiqueta de precio, sino que adopta formas sutiles que erosionan la calidad de vida sin ser registradas fielmente por la estadística tradicional.

A. Reduflación (Shrinkflation).

**Consiste en reducir el tamaño, peso o cantidad de un producto manteniendo el mismo precio (o con un aumento moderado).

*Caso de los huevos y lácteos: Un maple o caja que históricamente contenía huevos de calibre Grande/Extra pasa a vender unidades de calibre Mediano/Chico sin reducción de precio.

*Productos envasados: Paquetes de galletas de 200 g reducidos a 170 g, o botellas de lubricantes y limpiadores recortadas en volumen. A los ojos del IPC, el paquete “cuesta lo mismo”, pero el costo por gramo o mililitro se ha disparado.

B.- Degradación de calidad (Skimpflation).

**Ocurre cuando los fabricantes reformulan productos sustituyendo insumos de alta calidad por ingredientes de menor costo sin bajar el precio final:

*Reemplazo de materia grasa láctea por aceites vegetales de menor costo.

*Sustitución de azúcar natural por jarabe de maíz o edulcorantes sintéticos.

*Disminución del porcentaje de fruta en mermeladas o del contenido de cacao en productos de repostería.

C.- La canasta de supervivencia.

El consumidor cambia sus hábitos desplazándose hacia marcas de menor categoría o eliminando consumo superfluo. Esta degradación de la canasta de consumo oculta el empobrecimiento real, ya que, consumir un producto más económico no significa que la inflación bajó, sino que el poder adquisitivo cayó.

3.- Matriz comparativa – (Metodología estadística vs. bolsillo real).

DimensiónEnfoque Oficial (IPC)Impacto Real en Córdoba
PonderaciónCanasta promedio equilibrada (alimentos, servicios, ocio, bienes).Concentración masiva del ingreso en Alimentos, Servicios y Alquiler. 
Medición de CantidadPrecio unitario por presentación comercial estándar.Reducción no declarada del tamaño/volumen del producto (Reduflación). 
Evaluación de CalidadSe asume homogeneidad en el bien medido.Reformulación con insumos más baratos y menor durabilidad (Skimpflation).
Lugar de CompraRelevamiento en grandes cadenas y comercios de referencia.Compras en comercios de cercanía con márgenes de intermediación más altos. 
Respuesta de ConductaRegistra el cambio de bien en la canasta.Degradación forzada del nivel de consumo para cubrir necesidades básicas. 

4.- Consecuencias socioeconómicas en Córdoba.

1.- Endeudamiento para consumo básico: Un porcentaje creciente de las familias cordobesas recurre a tarjetas de crédito, créditos personales o financiación en comercios para adquirir alimentos básicos. En junio, el 89% de los cordobeses debió financiar la compra de alimentos.

2.- Distorsión del salario real: Los acuerdos paritarios o ajustes salariales que toman como referencia la inflación oficial quedan relegados frente a la inflación de la “canasta real de alimentos”. La canasta básica alimentaria acumula un aumento del 37,3% interanual.

3.- Pérdida de soberanía del consumidor: La imposibilidad de planificar gastos a mediano plazo genera desgaste psicológico y distorsiona la percepción de valor de los bienes. El 76,1% de las familias percibe un deterioro en su alimentación respecto al año anterior.

<<Conclusión>>

El problema inflacionario no puede diagnosticarse únicamente con las cifras promedio de la macroeconomía. Existe un desfase profundo entre la inflación de la planilla y la inflación del personal.

Mientras las mediciones oficiales celebran la desaceleración de ciertos índices, la microeconomía cotidiana de Córdoba continúa absorbiendo una pérdida sistemática del poder de compra y una reducción sostenida en la calidad de los bienes indispensables.

N.B. Imágenes. Inflación. Mentira oficial vs. bolsillo real.

 (Nota. El presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la brecha existente entre las mediciones macroeconómicas del Índice de Precios al Consumidor (IPC) emitidas por organismos oficiales y el impacto inflacionario real sobre el poder adquisitivo de los ciudadanos en la Provincia y la Ciudad de Córdoba.)

1ª. Imagen. Inflación IPC vs inflación real. 

2ª. Imagen. La brecha entre IPC oficial y economía real.

Córdoba, 19 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

II. CÓRDOBA – (LA PROVINCIA QUE SUSTITUYÓ LA EMANCIPACIÓN POR LA NÓMINA ESTATAL)

<-El espejismo demográfico de un territorio en cuidados paliativos->

Tesis central – (La despoblación no es un accidente, es el precio de la adicción presupuestaria).

Existe una mentira piadosa en el relato oficial cordobés:

<-La idea de que la sangría demográfica es una plaga fortuita, una especie de maldición geográfica o inevitable “España vaciada”.->

Es falso.

La despoblación vertiginosa de Córdoba y su provincia es la respuesta perfectamente racional de una juventud que detecta un ecosistema socioeconómico sin oxígeno productivo. Córdoba no se está vaciando por casualidad, sino que se está vaciando porque ha sustituido la producción por la transferencia, el riesgo por la comodidad y la innovación por la burocracia.

<-Detrás del discurso anestésico sobre “recuperación, emprendimiento y vertebración”, la realidad es inclemente:

Córdoba no es una provincia en desarrollo, es una provincia en cuidados paliativos. Se ha construido un modelo donde el Estado ya no actúa como la red de seguridad que evita la caída, sino como el respirador artificial que mantiene con vida a un paciente que ha renunciado a caminar por sí solo.

1.- Una economía anestesiada – (El éxodo juvenil financiado con gasto público).

En Córdoba, entre 340.000 y 360.000 personas perciben mensualmente una nómina, pensión, subsidio o ayuda directa financiada por las administraciones públicas:

*183.500 pensionistas (un anclaje demográfico cada vez más envejecido que actúa como soporte familiar involuntario).

*82.870 beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (repartidos en 26.600 hogares).

*53.000 empleados públicos (sanidad, educación, justicia, defensa y administración).

*36.000 perceptores de prestaciones por desempleo.

(Nota. 1.- Aclarar que las pensiones contributivas son un salario diferido financiado a través de cotizaciones previas, aunque en muchos casos superan lo cotizado. 2.- Aclarar que médicos, docentes, ingenieros de obras públicas, etc. son capital humano indispensable para que el sector privado pueda operar y ser productivo. 3.- Aclarar que el elevado número de pensionistas  e IMV pueden ser la consecuencia y no la causa del envejecimiento demográfico. 4.- Aclarar que sí el Estado retirara su respirador artificial sin un tejido industrial previo el resultado podría ser  el colapso del consumo interno y una aceleración de la emigración por pobreza extrema.).

***Frente a esta colosal arquitectura del sustento estatal, el sector privado cordobés apenas suma entre 245.000 y 255.000 ocupados (de los cuales 54.000 son autónomos atrapados en la micro-supervivencia).

<-La métrica del colapso: Por cada 100 trabajadores del sector privado, el sistema debe sostener a más de 140 perceptores de rentas públicas.

(Nota. Aclarar, que aquí se corren riesgos de doble contabilización si no se depuran con cuidado las bases de datos.).

Cuando el generador de riqueza privada es minoritario y está asfixiado a impuestos y trabas, la consecuencia demográfica es matemática: “El talento joven cualificado emigra”.

Los jóvenes cordobeses entienden rápidamente el mensaje del entorno: O consigues una plaza fija en el Estado, o dependes de un subsidio, o te subes a un tren a Madrid, Málaga o al extranjero.

La despoblación es la válvula de escape de un modelo que ha fijado al Estado como techo del crecimiento en lugar de como suelo de protección.

(Nota. Aclarar que la despoblación tiene otras causas como la aglomeración humana, la falta de infraestructuras de transporte secundario, la dinámica de precios agrícolas globales, etc.)-

2.- El chivo expiatorio – (La coartada moral contra el extranjero).

Cada cierto tiempo, la mediocridad del debate político local necesita una coartada cómoda para no mirar al espejo: la población inmigrante. Se la acusa demagógicamente de colapsar las ayudas sociales y agotar las arcas públicas.

<-Las cifras destruyen esa trampa ideológica:

*El 92,5% de los perceptores de fondos públicos en Córdoba son españoles (328.500 personas).

*En las pensiones contributivas y el empleo público, los extranjeros representan apenas un 2% a 3%.

*En las prestaciones de último recurso (IMV, subsidios), su presencia oscila entre el 12% y el 20%.

<-La adicción a la nómina estatal no es un virus importado: “Es un rasgo estructural, cultural y endógeno del modelo cordobés”. Usar al extranjero como chivo expiatorio solo sirve para evitar la pregunta incómoda y verdaderamente provocadora:

¿Por qué la sociedad cordobesa es incapaz de crear empresas privadas capaces de pagar salarios altos, retener talento y generar empleo de valor añadido?

3.- El rostro femenino de la trampa y la deuda no pagada.

La dependencia pública cordobesa tiene un marcado sesgo de género: “Las mujeres representan el 55% de los perceptores globales de nóminas y ayudas públicas. En la sanidad y educación representan el 57% de las plantillas.

**Pero la estadística desgarradora está en la exclusión: 2 de cada 3 titulares del IMV son mujeres, muchas al frente de hogares monomarentales.

**Más aún: en Córdoba existen unas 1.500 personas mayores de 44 años sin un solo día de contrato registrado en los servicios de empleo, de las cuales más del 75% son mujeres que dedicaron su vida entera al trabajo de cuidados y hogar no remunerado. Aquí el Estado no es un benefactor generoso, porque  llega tarde y en forma de limosna para pagar la factura aplazada de una economía provincial que sobrevivió gracias al trabajo invisible e impagado de miles de mujeres.

4.- La jaula de cristal – (El Estado como único horizonte).

Cuando la Administración pública asume simultáneamente el papel de principal empleador, pagador de pensiones, financiado de subsidios, proveedor de servicios y refugio de emergencia, se produce la atrofia del espíritu emprendedor:

<La meta social hegemónica pasa de ser crear, arriesgar e innovar a opositar, esperar y resistir.

<La provincia confunde la estabilidad con la anestesia. Una nómina pública garantiza la hipoteca, pero no produce tecnología, ni patentes, ni exportaciones.

<Un subsidio alivia la pobreza inmediata, pero prolonga la parálisis generacional.

El riesgo real de Córdoba es que se ha acostumbrado a sobrevivir sin crecer, aceptando la despoblación como un mal menor siempre que las transferencias del Estado central y autonómico sigan llegando puntuales a principios de mes.

5.- Provocación para el futuro – (De la provincia administrada a la provincia emancipada).

Una sociedad donde casi la mitad de la población vive conectada directamente al cordón umbilical de las cuentas públicas posee un margen de soberanía ridículo, de forma, que mientras el debate continúe atrapado en batallas estériles (pensionistas contra jóvenes, funcionarios contra autónomos, autóctonos contra inmigrantes), las casas del centro histórico y de los pueblos de la provincia seguirán cerrando sus persianas definitivamente.

**Córdoba no necesita más comisiones institucionales contra la despoblación ni más propaganda sobre el emprendimiento redactada por burocráticos que jamás han contratado a nadie, ya que lo que necesita es un choque de emancipación:

1.- Reorientar el gasto pasivo a inversión en capital riesgo: Menos subsidio a la inercia y más coinversión en agroindustria tecnológica, logística avanzada y transición energética.

2.- Choque de desregulación y exención fiscal inicial: Liberar de cargas administrativas y fiscales a los autónomos y microempresas durante sus primeros tres años de vida.

3.- Alineación educativa implacable: Formación profesional y universitaria conectada de forma vinculante con las demandas del mercado global, terminando con la exportación sistemática de titulados.

4.- Cultura de la responsabilidad: Romper el estigma del fracaso empresarial y prestigiar al creador de empleo privado frente a la sacralización de la plaza pública.

<<Conclusión>>

La verdadera justicia social no consiste en ensanchar permanentemente la cola de los perceptores de subsidios, sino en destruir la necesidad de hacer cola. Una provincia protegida es deseable, pero una provincia que solo puede sobrevivir bajo protección continua es un territorio que ha renunciado a su futuro y ha aceptado su propia despoblación con resignación presupuestaria.

(Nota. Aclarar que sin una demanda solvente previa, infraestructuras adecuadas y redes de transferencia tecnológica consolidadas, la exención fiscal a microempresas de baja productividad, sin dar solución al problema estructural de empleo de alto valor añadido.).

N.B. Imagen. Córdoba administrada a Córdoba emancipada.

Córdoba, 11 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Exconcejal de Córdoba Ciudad. Exdiputado Provincial.

Exdiputado y Exsecretario del Parlamento de Andalucía.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.