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Aforamiento en diferido (el ejemplo perverso del no va más)

El  día 18 de agosto de 2020 colgué en este blog un artículo con el título de Un escudo desaforado (prevaricación administrativa, historia de un privilegio) hablando de los aforamiento políticos y decía, entre otras cosas, que es un hecho cierto, que resulta prácticamente imposible imputar con éxito a una autoridad y/o funcionario público, que dicta una resolución injusta con base al artículo 404 del Código Penal, ya que como he razonado, gozan de un escudo desaforado, siendo lo dicho la historia de un privilegio exorbitante.

La realidad ha demostrado que ese día me quedé corto en mi crítica a los aforamiento, ya que, el Caso del Diputado Sr. Gallardo (antes Presidente de la Diputación de Badajoz) ha batido todos los límites del aforamiento legítimo, al traspasar cualquier grado de la ética política, pues no solo se afora él en claro fraude de ley, sino que, además, afora posiblemente a todos los miembros encausados con él, lo que ya no es un simple privilegio sino un desafuero que destruye el -valor justicia constitucional- (art. 1.1. C. E.), al implicar la destrucción del principio de igualdad consagrado en el art. 14 de la C. E. de 1978.

Es una realidad preocupante y desgraciada, que España tiene el dudoso honor poder presumir de tener la plusmarca europea en aforamientos, ya que, seguramente, en nuestra piel de toro más de 250.000 personas poseen una protección jurídica privilegiada al estar aforados, que conlleva que en caso de ser juzgados lo sean por tribunales superiores en vez del ordinario que les correspondería.

La cifra de aforados de nuestro País comparada con otros países europeos produce sonrojo y mucha vergüenza, pues por ejemplo, Italia solo tiene uno y en Francia la cifra no llega a 20. 

Aunque el caso del Diputado Sr. Gallardo ha demostrado que siempre se puede empeorar, traspasando el aforamiento directo y yendo sin ética que valga al proceloso mundo de los aforamiento diferidos, lo que implica un paso más hacia la descomposición de la democracia y de nuestros derechos y libertades.

N.B. El aforamiento en diferido es el ejemplo perverso del no va más de la desigualdad y de la injusticia, y, el ejemplo vivo de como se está destruyendo nuestra democracia constitucional, que es el verdadero asunto, que nos debe preocupar a todos los que defendemos la libertad.

Se trata de un dislate increíble contra toda ley y equidad instalado en el mundo de la arbitrariedad, proscrita en el art. 9 de la C. E.

Córdoba, a 2 de junio de 2025

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.