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II. Análisis de la Regularización Extraordinaria, Seguridad Social y la Brecha de Vulnerabilidad Femenina en Córdoba

La distancia entre la concesión administrativa de permisos de residencia y la integración real en el mercado de trabajo formal constituye una de las mayores distorsiones del modelo migratorio y laboral, tanto a nivel nacional como en el ámbito local cordobés. La cifra del 70% de personas no afiliadas tras procesos de regularización -difundida a mediados de 2026- responde a un desfase contable entre autorizaciones concedidas y altas efectivas en la Seguridad Social.

La resolución otorga el marco legal, pero no genera el alta automática, ya que esta exige la formalización del contrato por el empleador, además de incluir en las resoluciones a menores, estudiantes o dependientes.

<<Brecha normativa y tipología contractual en la estructura productiva cordobesa>>

La reforma laboral (RD-ley 32/2021) redujo la contratación temporal formal, pero en una economía fuertemente estacional como la de Córdoba, desplazó la inestabilidad hacia la rotación efectiva y la contratación a tiempo parcial involuntario.

<-Pauta contractual: Predominio absoluto del contrato fijo-discontinuo y de los contratos por circunstancias de la producción en los tres motores tradicionales del empleo migratorio en la provincia: la agricultura (olivar, cítricos, ajo y campañas de recogida en la Campiña y el Valle del Guadalquivir), la hostelería/turismo en la capital y los servicios de atención y cuidados.

<-Rotación y parcialidad: Elevada intermitencia de altas y bajas vinculada a los ciclos agrícolas y a las campañas turísticas cordobesas, con concentraciones de jornada parcial muy superiores a la media de la población de nacionalidad española.

<-Bases de cotización: Altísima concentración en el tramo mínimo vinculado al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), especialmente acusada en los regímenes especiales (Agrario y Empleados de Hogar), lo que limita el volumen global de recaudación por trabajador.

<-Sobrecualificación: La lentitud en la homologación de títulos extranjeros aboca a perfiles cualificados a sectores de baja productividad, invisibilizando el talento en un entramado empresarial cordobés compuesto mayoritariamente por pymes y micropymes.

<<La mujer migrante en Córdoba – (Cuidados, maternidad y fricciones abiertas).

Las mujeres extranjeras en la provincia de Córdoba registran una tasa de actividad superior al 63%, representando cerca del 43% de los afiliados extranjeros. No obstante, afrontan una doble penalización estructural por género y origen, agudizada por la tipología del empleo doméstico y sociosanitario local.

INDICADORES CLAVE: MUJERES MIGRANTESVALOR / SECTOR DE IMPACTO
Tasa de desempleo17,8% – 19,8% (Extracomunitarias)
Ocupación principalServicio doméstico, cuidado de dependientes y hostelería
Fecundidad (Hijos por mujer)1,27 (frente a 1,07 en autóctonas – INE)
Edad media a la maternidad30,5 años (frente a 33,2 en autóctonas)

<<Factor Demográfico y Permisos de Maternidad>>

Las mujeres migrantes constituyen un motor demográfico clave para frenar el envejecimiento poblacional en la capital y en las comarcas cordobesas: “Representan el 25,6% de los nacimientos por nacionalidad y el 33,3% por país de origen”.

***Sin embargo, su perfil joven y fértil choca con barreras de cotización:

1.- Requisito de carencia: Para cobrar la prestación contributiva por nacimiento (16 semanas), la Ley General de la Seguridad Social exige un periodo mínimo de cotización previa (90 días entre 21 y 26 años; 180 días si es mayor de 26 años).

2.- Desprotección económica: Quienes proceden de la economía informal o de empleos discontinuos (como la intermitencia en el empleo doméstico no regularizado) quedan excluidas del subsidio contributivo, forzándolas a recurrir a prestaciones no contributivas o a retornar prematuramente al empleo sumergido.

3.- Fricción en la contratación: La percepción de posibles bajas o reducciones de jornada por cuidados genera reticencias de contratación formal en las microempresas y familias empleadoras cordobesas, agravando la informalidad residual.

<<Fiscalidad neta y el nudo de la productividad en Córdoba>>

***El impacto fiscal de la población regularizada en Córdoba no es una cifra estática ni un problema irresoluble en sí mismo:

*Saldo fiscal inmediato: Al concentrarse en edad laboral (20–45 años), los flujos migratorios aportan inicialmente más en cotizaciones e impuestos indirectos de lo que consumen en pensiones o sanidad avanzada.

*Límite del modelo: El riesgo para la sostenibilidad del sistema de reparto reside en la calidad del empleo. Un modelo asentado en bases mínimas sobre el SMI (común en el campo y la hostelería local) no logra financiar las pensiones futuras sin un salto cuantitativo en la productividad provincial.

VECTORES PARA LA TRANSICIÓN A EMPLEO CUALIFICADO EN CÓRDOBA
<-Transformación productiva: Impulso al parque logístico, la Base Logística del Ejército de Tierra (BLET), agroindustria avanzada y fondos NextGen.
<-Homologación exprés: Capacitar a los empleados para adquirir nuevas habilidades y desempeñar roles diferentes y validación técnica en sectores clave locales.
<-Crecimiento empresarial: Suavización de umbrales regulatorios y dimensionamiento del tejido empresarial cordobés (>50 trabajadores).
<-Modernización del SEPE/SAE: Perfilado digital activo orientado a la demanda real de la industria local en vez de subsidios pasivos.

La capacidad del sistema presupuestario en Córdoba para rentabilizar las regularizaciones depende directamente de alterar la matriz productiva provincial:

 Transitar desde sectores intensivos en mano de obra precaria hacia puestos de alto valor añadido con bases de cotización medias y altas.

(N. B. Imagen: La regularización en Córdoba – la S. S. y sus efectos.)

Córdoba, 6 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba.

Inspector de Trabajo y S. S.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Vaciado presupuestario y riesgo de colapso en Andalucía – (Radiografía de la Regularización Masiva)

Existe una asimetría estructural en el Estado autonómico que ahoga a las regiones (CC.AA.):

La Administración General del Estado legisla y recauda, mientras las Comunidades Autónomas pagan la factura y gestionan la presión asistencial.

El discurso del dividendo fiscal milagrosose sostiene sobre estimaciones oficiales excesivamente optimistas que ignoran la realidad del mercado laboral:

Empleos precarios, salarios mínimos y bajas bases de cotización que difícilmente generarán los ingresos previstos.

<-La realidad contable anticipa un saldo neto negativo para Andalucía y el riesgo real de colapso en los servicios públicos->.

<<La Paradoja del Saldo Neto – (Cifras oficiales vs. Realidad económica>>

Concepto FiscalEstimación Oficial / Persona / AñoRealidad Ajustada y Destino Financiero
Ingresos Públicos (SS e IRPF)+3.250 € a +4.900 €Sobreestimado. Se cotiza por bases mínimas. Van a la Caja Única del Estado.
Gasto Público Asistencial-1.500 € a -2.100 €Subestimado. No cubre el coste real de Sanidad, Educación y Servicios Sociales. Asumido por la Junta y Ayuntamientos.
Saldo Neto Consolidado+1.500 € a +2.800 €Déficit Real. El balance estatal positivo es una ilusión teórica; el quebranto autonómico es inmediato.

<<Los tres vectores de estrangulamiento financiero y asistencial>>

<-Falla del sistema de financiación: La Seguridad Social recauda al instante cada alta laboral. La Junta de Andalucía, sin embargo, absorbe la demanda del Servicio Andaluz de Salud (SAS) de más de 232.900 nuevos usuarios sin recibir dotación adicional. Las transferencias estatales se reajustan con un retraso de 12 a 24 meses, obligando a la región a financiar a pulmón un déficit temporal de hasta 380 millones de euros anuales.

<-Sobrecarga de recursos propios: Aunque el Ingreso Mínimo Vital (IMV) exige 12 meses de residencia legal, la presión se traslada de inmediato a las partidas regionales y municipales: La Renta Mínima de Inserción Social (RMISA), las ayudas de emergencia social, el Bono Alquiler y las becas de comedor saturan presupuestos cerrados”.

<-Impacto territorial desigual y vector fronterizo:

*Almería y Huelva (44% de solicitudes): Soportan la mayor presión asistencial en atención primaria en municipios agrícolas clave.

*Málaga y Sevilla (38%): Tensionan el mercado del alquiler y la escolarización.

*Efecto Transfronterizo Ceuta-Andalucía: La cercanía geográfica convierte a Andalucía en el receptor directo de las crisis asistenciales del norte de África, obligando a asumir costes continuos por derivaciones de menores no acompañados (NNAMNA) y logística de acogida en el Campo de Gibraltar.

La regularización masiva, lejos de ser un motor económico neutro, expone a Andalucía a un colapso financiero e institucional. Mientras el Gobierno central absorbe la recaudación, la Junta asume el coste de gestionar servicios públicos fundamentales para una población en aumento con un presupuesto desactualizado e insuficiente.

N.B. Imagen. Regularización masiva de inmigrantes – Recursos propios de la Comunidad y de los Ayuntamientos – Andalucía  – Efectos.

(Nota. El impacto real de la invasión de Ceuta para Andalucía es un gran misterio, pero seguramente será tremendo, especialmente, en relación con los menas, así que, la Junta de Andalucía que se vaya preparando, pues, visto lo visto, sobre Andalucía caerá  un buena parte del reparto de los invasores ilegales de Ceuta no repatriaos.

Por otro lado, en pleno caos provocado por la entrada masiva de más de 70.000 personas en Ceuta desde Marruecos, varios grupos de marroquíes partieron de la ciudad autónoma para llegar a la costa del Campo de Gibraltar, aprovecharon esta circunstancia excepcional para alcanzar la península ibérica por el Estrecho en motos de agua y embarcaciones de recreo.).

Córdoba, 5 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Impacto presupuestario de la regularización masiva de extranjeros en España (Análisis)

1.- Retorno fiscal inmediato – (Espejismo macroeconómico).

El debate sobre el impacto presupuestario de la regularización extraordinaria de extranjeros en España -propiciado por la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) y las sucesivas modificaciones del Reglamento de Extranjería- se aborda con frecuencia desde una linealidad contable engañosa. Las proyecciones oficiales y ciertos análisis macroeconómicos defienden que la formalización de cientos de miles de trabajadores en la economía sumergida genera un retorno neto automático. Este argumento se apoya en tres pilares: *el ensanchamiento inmediato de la base de cotizaciones a la Seguridad Social (en un contexto donde España ya supera los 3,1 millones de afiliados extranjeros), *el afloramiento de nuevas rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y *la dinamización del consumo doméstico reflejada en la recaudación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Sin embargo, este enfoque puramente cuantitativo pasa por alto la naturaleza estructural del mercado laboral y el carácter redistributivo de la Hacienda Pública española. El Estado del Bienestar se sostiene bajo un principio de progresividad donde las rentas altas subvencionan los servicios de las rentas bajas. La realidad estadística demuestra que la gran mayoría de las regularizaciones masivas se concentran en sectores de *baja productividad y *alta precariedad (régimen especial del hogar, agricultura de base y hostelería), cuyos salarios orbitan en torno al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Al cotizar por las bases mínimas, la aportación neta de estos trabajadores a las arcas públicas resulta ostensiblemente inferior al coste medio por habitante en servicios públicos esenciales. Con un gasto sanitario público que ya ronda, aproximadamente, los 1.800€ a 2.000€ anuales por persona -al que hay que sumar la escolarización de menores, el transporte subvencionado y las infraestructuras-, cada individuo regularizado en estos sectores genera, desde una perspectiva estrictamente contable, un saldo fiscal neto negativo. Por tanto, *la inversión inicial del Estado (como el fondo de integración de 505 millones de euros) y *el incremento del gasto corriente autonómico no constituyen un coste a corto plazo, sino un déficit estructural que tiende a cronificarse en el tiempo.

2.- Variables demográficas, modelos familiares y distorsión asistencial.

Para sostener la viabilidad de estos procesos, instituciones como la AIReF o el Banco de España suelen argumentar que la juventud de la población inmigrante mitiga este déficit, al registrar un menor consumo sanitario que la población nativa envejecida. Si bien este factor demográfico es real, el análisis lineal vuelve a quebrarse, cuando se introducen variables epidemiológicas, modelos familiares y tasas de actividad por género.

En primer lugar, los flujos migratorios procedentes de entornos con sistemas de salud frágiles introducen retos epidemiológicos complejos. El registro de enfermedades infectocontagiosas (como la tuberculosis multirresistente o las hepatitis B y C) en tasas superiores a la media nacional obliga a las comunidades autónomas a activar costosos protocolos de cribado, seguimiento y tratamientos especializados de larga duración. Esta presión añadida e imprevista en la atención primaria y hospitalaria rompe la ventaja teórica de la pirámide de edad del colectivo.

En segundo lugar, el impacto presupuestario varía drásticamente según el perfil cultural y de origen de las familias regularizadas. En determinadas comunidades, singularmente las de origen norteafricano, la tasa de actividad femenina formal es extremadamente baja, combinada con índices de natalidad superiores a la media.

Desde la perspectiva del equilibrio presupuestario, este modelo cronifica el saldo negativo, ya que, una única vía de ingresos bajos (habitualmente el varón) debe sostener a unidades familiares extensas que demandan servicios educativos y sanitarios multiplicados. Este fenómeno contrasta con la inmigración de origen latinoamericano o de Europa del Este, donde la rápida incorporación de la mujer al mercado laboral (servicios y cuidados) mitiga, aunque no anule, el impacto deficitario en el hogar.

3.- El coste diferido – (Integración social, seguridad y fractura del modelo de convivencia).

El análisis estrictamente laboral de una regularización masiva resulta estéril si se disocia de sus consecuencias sociológicas a medio y largo plazo. La falta de recursos económicos iniciales y la tendencia natural al agrupamiento comunitario empujan a la población extranjera a concentrarse en barrios periféricos o áreas urbanas degradadas. Cuando los mecanismos de movilidad social fallan y la concentración supera determinados umbrales, el proceso de asimilación cultural se detiene, dando paso a la segregación y a la creación de guetos.

La experiencia internacional europea demuestra que la aparición de barrios segregados deviene, de forma recurrente, en conflictos sociales de difícil reversión. España ya empieza a registrar dinámicas preocupantes en grandes conurbaciones como Madrid o Barcelona, caracterizadas por la aparición de bandas juveniles de base identitaria y la desconexión social de las segundas generaciones jóvenes que, pese a nacer en suelo español, no se sienten integrados en la sociedad de acogida ni identificados con el país de sus progenitores.

Esta fractura de la cohesión social desencadena unos costes indirectos masivos en materia de seguridad ciudadana, instituciones penitenciarias, tutorización de menores y servicios sociales de emergencia. Estos costes, sistemáticamente omitidos en las proyecciones económicas de los decretos de regularización, comprometen gravemente los presupuestos futuros del Estado. Si el mercado laboral es incapaz de ofrecer una auténtica movilidad ascensorial y los procesos de regularización no se condicionan a una estricta capacidad de absorción cultural, dispersión geográfica y control sanitario, el coste social y económico diferido terminará por superar con creces el beneficio inmediato de la afloración fiscal.

IV.- Conclusión.

El artículo aborda el problema desde un prisma multidimensional, logrando confrontar el optimismo macroeconómico de la Administración con la cruda realidad de la microeconomía presupuestaria y la sociología criminal y de seguridad.

N. B. Imagen. Impacto presupuestario real de la regularización masiva de extranjeros en España.

Córdoba, 3 de julio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Afiliados vs. Afiliaciones – (Una trampa estadística)

<<Precisión técnica – (El debate)>>

La publicación de los datos de empleo por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones desata un debate sobre la verdad real y el engaño oficial, ya que, para entender la salud real de nuestra economía, es imperativo distinguir entre dos conceptos que a menudo se confunden de forma interesada: <-afiliados-> y “afiliaciones”, porque no son lo mismo, y, la brecha entre ambos es la clave para entender la precariedad de nuestro sistema laboral y de S. S..

1.- Afiliados (Personas): Es el trabajador individual, la persona física con  independencia de cuántos empleos tenga, de forma, que cuenta como una sola unidad.

2.- Afiliaciones (Puestos/Contratos): Es la relación jurídica de alta en la Seguridad Social, de manera, que una sola persona puede generar varias afiliaciones simultáneamente.

La diferencia nace de dos realidades laborales: *el pluriempleo (dos contratos por cuenta ajena) y *la pluriactividad (alta en dos regímenes distintos, como el General y el RETA).

En España, siempre hay más afiliaciones que afiliados.

1.- Informe de situación – (Datos oficiales).

A cierre de marzo de 2026, los datos oficiales confirman que nos encontramos en un máximo histórico de volumen, pero con matices preocupantes en la <-calidad->:

*Afiliación Media: 21.882.147 (el dato que suele destacar el Gobierno).

*Afiliación desestacionalizada: Ha superado por primera vez el hito de los 22 millones (22.010.532).

*La Brecha Real: El número de personas físicas únicas (afiliados) se sitúa entre un 1,5% y un 3% por debajo de esas cifras. Es decir, hay millones de personas contadas dos veces en la estadística de empleo por necesidad de pluriempleo.

ConceptoDato Marzo 2026 (Aprox.)Significado Real
Afiliación (Puestos)22 millonesDinamismo y volumen de altas.
Afiliados (Gente)21,4 – 21,5 millonesCiudadanos reales trabajando.

2.- El impacto de la Reforma Laboral y el “ángulo muerto”.

Es un hecho patente que la reforma laboral ha cambiado la métrica del mercado, de forma, que aunque ha reducido la rotación extrema (el fin de los contratos de días), ha introducido distorsiones estadísticas:

<-Fijos-Discontinuos: En sus periodos de inactividad, no computan como afiliación en alta, pero mantienen el vínculo, lo que  genera “enclaves” estadísticos que dificultan saber si el empleo cae o simplemente está pausado.

<-Paradoja de la estabilidad: La estabilidad del contrato indefinido no ha frenado el pluriempleo; al contrario, el auge de los contratos indefinidos a tiempo parcial obliga a muchos trabajadores a buscar una segunda afiliación para alcanzar un salario digno.

<-Horas Trabajadas: Aquí reside el “ángulo muerto”, ya que, a pesar de rozar los 22 millones de afiliaciones, el promedio de horas por trabajador ha caído. Solo con datos de la última EPA, 2,13 millones de ocupados computaron como afiliados, pero trabajaron cero horas en la semana de referencia.

3.- Productividad – (La asignatura pendiente).

España se ha convertido en una “máquina de contratar”, pero no en una máquina de producir, porque nuestro crecimiento es extensivo (metemos a más gente al sistema) en lugar de intensivo (hacemos que cada hora sea más valiosa).

*Productividad por hora: Un 15% por debajo de la media de la eurozona.

*Crecimiento anémico: Desde 2019, la productividad solo ha avanzado un 3% acumulado, frente a un PIB que crece al 2,7% impulsado únicamente por el volumen de horas totales (+2,8%).

4.- La trampa de la sostenibilidad y el “engaño” del Sistema.

A corto plazo, las cifras de afiliación récord y las regularizaciones masivas pueden ofrecer una imagen de bonanza, sin embargo, a medio y largo plazo, el sistema se enfrenta a una quiebra técnica debido a tres grietas estructurales:

1.- El déficit de la Caja Única: Los nuevos cotizantes entran con salarios bajos (SMI) y bases mínimas, de manera, que sus aportaciones apenas cubren el gasto corriente, pero generan derechos para pensiones futuras que el sistema no podrá pagar.

2.- El muro demográfico: Estamos pasando de 4 cotizantes por pensionista a una ratio estimada de 1 a 1 para 2050, lo que conlleva, que será matemáticamente imposible que un trabajador con sueldo bajo financie una pensión media-alta.

3.- Desfase de Pensiones: Los nuevos jubilados (baby boomers) tienen bases de cotización mucho más altas que los nuevos entrantes, de forma, que si un afiliado aporta 300 eur. y el sistema debe pagar 1.500 eur. al pensionista, el agujero solo se cubre con deuda en sus distintas formas.

Narrativa PolíticaRealidad Económica
“Récord de afiliados para salvar el sistema.”Muchos afiliados con bases mínimas = menos recaudación.
“La inmigración resolverá el problema.”Solo si su productividad y salarios son elevados.
“Las pensiones están garantizadas.”La ley no imprime dinero; lo genera la productividad.

<<Conclusión>>

El sistema actual parte de un engaño contable, ya que, se prioriza el titular del récord de afiliación”, mientras se ignora el estancamiento de la productividad y el colapso del contrato intergeneracional. La regularización masiva de personas con baja cualificación para sectores de bajo valor añadido solo pospone el problema, aumentando la deuda futura, con independencia, además, de que se colapsarán los servicios públicos y bajará su calidad.

Sin medidas reales -aumento de la edad de jubilación, cómputo de toda la vida laboral o modelos de capitalización mixtos-, España se encamina a una quiebra que ningún político se atreve a diagnosticar por puro cálculo electoral.

El que venga detrás, que lo arregle.

N. B. Imagen – Afiliados vs. Afiliaciones – (Trampa Estadística).

La trampa que la estadística camufla, pero que se puede ver a simple vista.

Córdoba, 12 de abril de 2026

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Valor de Referencia Catastral – (La coraza del Tribunal Constitucional)

El Tribunal Constitucional ha establecido con nitidez y rotundidad, que el Valor de Referencia Catastral (VRC) es constitucional, ya que, en una sentencia unánime, el T. C. avala este sistema como una <-adecuada medición de la riqueza->, poniendo una puerta blindada a posibles impugnaciones genéricas contra la norma.

El inicio de un camino nuevo en una defensa justa es necesario por el cambio en las reglas de juego, de forma, que ya que no podremos no cuestionar la Ley, lo que determina que la defensa, frente a un debilitamiento del valor justicia (C. E. art. 1.), se debe dirigir contra valor asignado a cada inmueble.

1.- Las bases del Tribunal Constitucional – (Una sentencia impositiva).

El Tribunal Constitucional ha fundamentado su decisión en tres bases que todo contribuyente debería conocer:

<-Capacidad Económica (art. 31.1 CE), ya que, la sentencia considera que el VRC no es arbitrario, porque nace de un análisis estadístico de precios reales de notarios y registradores.

<-El Factor de Minoración (0,9), porque la sentencia considera, que ese “margen de seguridad” del 10% es suficiente para absorber posibles desviaciones y garantizar que no se tribute por encima del valor real.

<-Presunción Iuris Tantum, porque para la sentencia el valor se presume cierto, aunque deja un resquisio legal al admitir prueba en contrario, quedando claro, que la carga de la prueba ahora recae una vez más y exclusivamente en el ciudadano impostado por el valor de referencia catastral.

2.- Los caminos de la defensa.

Ante una liquidación basada en un Valor de Referencia superior al precio real de compra, se abren dos vías de defensa y la elección dependerá del perfil de riesgo del ciudadano:

VíaProcedimientoVentajaRiesgo
ConservadoraAutoliquidar por el VRC y solicitar Rectificación.Evita intereses y sanciones.Desembolso inicial de liquidez.
CombativaAutoliquidar por valor de escritura.No se paga de más inicialmente.Intereses de demora y posible expediente sancionador.

(Nota. En la mayoría de los casos, la vía conservadora es la más adecuada y eficiente, pues permitirá impugnar con la tranquilidad de haber cumplido con la obligación tributaria, centrando el debate directamente en la valoración técnica del inmueble.

3.- El punto vulnerable del algoritmo catastral – (La prueba pericial).

El algoritmo del Catastro es ciego frente a la realidad física individualizada, de manera, que la defensa de una impugnación va a depender de que el perito arquitecto en su informe, ponga el foco en lo que el big data catastral no puede ver, así:

1.- Estado de conservación interno, porque el Catastro asume que el inmueble está en estado “normal”, de forma, que las humedades, instalaciones obsoletas o la necesidad de reforma integral son factores que el algoritmo del valor de referencia ignora.

2.-Deficiencias estructurales, ya que ITEs negativas o patologías no aparecen reflejadas en la ficha catastral.

3.- Distribución disfuncional del inmueble, pues pasillos excesivos, habitaciones ciegas o locales con poca fachada que penalizan el valor de mercado real, no se acogen por el valor de referencia catastral.

4.- Cargas y servidumbres y cualquier limitación urbanística que no aparecen reflejadas en el Mapa de Valores del valor de referencia y que por lo tanto no pondera.

4.- La impugnación del valor de referencia – (Los caminos).

Para poder impugnar el valor de referencia la ruta suele ser el siguiente:

<-Fase Administrativa con la presentación de la rectificación con informe pericial detallado. (Prepararse para el silencio o la desestimación sistemática).

<-Vía Económico-Administrativa (TEAR), que seguramente  es el momento clave para revisar cómo elaboró  el Catastro ese valor específico.

<-Vía Contencioso-Administrativa, que es la fase dónde la pericial de parte, ratificada judicialmente, adquiere su máxima importancia frente a la Administración.

<<Una propuesta>>

Si el valor de mercado real es sensiblemente inferior al VRC, es conveniente, no esperar a la liquidación oficial, de forma, que lo más eficaz, antes de firmar la escritura, es buscar un certificado de tasación de una entidad homologada por el Banco de España con fecha cercana al devengo.

(Nota. Tener esta prueba preconstituida hará que la balanza se incline a favor del contribuyente desde el principio del conflicto para poder destruir la presunción iuris tantum que opera en favor del valor de referencia.

N.B. La coraza tejida por el T. C. en favor del Valor de Referencia Catastral en su sentencia obliga a la defensa del contribuyente a demostrar el valor de mercado real, pues el TC ha puesto una puerta blindada a cualquier otra hipótesis de defensa.

Otra vez más al contribuyente se le sitúa en una posición de debilidad frente a la Administración Tributaria-Catastro, imponiéndole la carga de la prueba, cuando debería ser al contrario, ya que, la Administración es la parte más fuerte y la que cuenta con mayores medios de defensa de su posición contributiva, porque sin duda los impuestos son una necesidad para el mantenimiento de los servicios públicos, pero creo sinceramente que los derechos y libertades individuales deben prevalecer, máxime cuando estamos soportando una presión impositiva desaforada, a la que se unen unas condiciones económicas desfavorables para el ciudadano como la inflación y el deterioro de unos servicios públicos en retroceso en cantidad y calidad.

Córdoba, 15 de febrero de 2026.

Enrique García Montoya.

Abogado e Inspector de Trabajo y S.S.

Presidente de Córdoba Abierta (ACOA)