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IMPARCIALIDAD JUDICIAL SUBJETIVA Y OBJETIVA (VALOR JUSTICIA Y DEMOCRACIA)

En estos días donde los Jueces plantean una huelga, a la que, sin duda, tienen pleno derecho, conviene señalar algunos puntos con ánimo abierto, que ponen de relieve que la Justicia necesita una reforma integral, así:

1º.- Es un hecho patente que confiar en los jueces con fe ciega, conlleva renunciar a la democracia.

2º.- Se plantea una huelga por Jueces y Fiscales, lo que de por sí, perjudica a nivel de pueblo al poder judicial imparcial e independiente, ya que, los fiscales, como todos conocen, no son parte del poder judicial, sino que son poder ejecutivo.

Lo anterior significa, que se está confundiendo al Pueblo de donde nacen los poderes del Estado, porque el interés de los jueces no es el interés de los fiscales ni puede serlo.

3º.- La reforma integral de la justicia en España es una necesidad imperiosa en todos los sentidos, así por citar algunos ejemplos:

3.1.- Se viene publicitando en estos días, que algunos jueces no tratan a los abogados con la debida consideración y respeto, lo que, simplemente, es verdad, pues cualquier abogado observa en las vistas públicas a las que asiste, como defensor o acusador, que a veces el juez realiza actos inapropiados con gestos de rechazo en las intervenciones del abogado, con lo que está prejuzgado, si o si, el asunto y, además, produce en el abogado una sensación de desamparo en sus pretensiones, suponiendo, sin la menor duda, una ruptura de la imparcialidad del órgano judicial.

Quizás, si en los juicio y las vistas existiera una cámara que grabara al juez o tribunal, esa corruptela judicial se erradicaría.

3.2.- Los términos y plazos se aplican desigualmente a jueces y abogados, ya que, si un juez incumple un plazo no pasa nada, pero si a un abogado se le pasa un plazo su derecho precluye.

Arreglar legalmente lo dicho, es relativamente fácil.

3.3.- Citar más casos se antoja como algo innecesario, aunque para finalizar, poner de manifiesto que es un hecho la excesiva contaminación política de algunos jueces, dejando a salvo el respeto a la parcela íntima de jueces y magistrados a la que nadie se puede negar.

4º.- Creer a ciegas en la imparcialidad judicial no puede ser  un dogma de fe, porque es algo manifiesto. que nos movemos en el plano de la obra de seres humanos.

Creer que la U. E. va a venir a resolver nuestro problemas de justicia es un dislate, que lleva a un bucle sin fin con consecuencias inaceptables, de forma, que sin un gran pacto de todos, lo que significa del pueblo soberano, la solución justa en nuestro Estado Social y Democrático de Derecho no llegara.

N.B. La imparcialidad e independencia real de los jueces es algo esencial en el “valor justicia”, que es la base de nuestra democracia.

La reforma integral de la justicia en España es una necesidad imperiosa y urgente, ya que, lo que está pasando es inadmisible, pues solo pensar en la *no renovación del CGPJ y *en un Tribunal Constitucional ideogilizado sin mesura lleva a la desesperanza al mundo de la justicia.

Córdoba, a 9 de mayo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Abogados – CGPJ – Jueces – Huelga (el mismo cajón)

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de ayer 27/04/23 ha aprobado, por unanimidad, preparar una propuesta de revisión y actualización de los sueldos de jueces y magistrados, en un gesto de apoyo explícito a sus reivindicaciones. Parece que la idea es decirle al Ministerio de la Sñrª. Llop, que los jueces quieren que se cumpla la Ley.

Todos los Abogados estamos de acuerdo en ello, con la única salvedad, de exigir el mismo cajón para todos los implicados en la “justicia”.

La huelga es un derechos de todos, jueces, laj, funcionarios y abogados, aunque, aquí hay que poner sobre la mesa las distintas varas de medir que existen en el mundo proceloso de la justicia.

Los jueces, etc. van a la huelga y a ellos la paralización del servicio no les produce ninguna distorsión personal, pero si los abogados van a la huelga las consecuencias son muy diferentes, ya que, los plazos legales siguen corriendo para ellos y, además, los clientes que les pagan están vigilando sus derechos, lo que por otra parte, es muy razonable.

Debe quedar claro, que eso ocurre, porque los Colegios de Abogados se sitúan en -posición de espera -, es decir, en “stand by”, pues si los C. de A. cuando los abogados se declaren en huelga presentan en toda España las solicitudes y requerimientos precisos exigiendo la suspensión de cualquier plazo legal a la vez en el M. de Justicia, en el CGPJ y en todos los Órganos Judiciales, y, todos los abogados se dirigen a sus clientes explicándoles la huelga y sus motivaciones, la cosa cambiaría en la posición de los abogados en su huelga.

Debe quedar claro, también, sin la menor duda, que “la situación de los Abogados actualmente es inasumible y su ruina”, tanto por sus condiciones de trabajo como por las condiciones de sus ingresos.

Solo hay que mirar a las retribuciones que “no perciben los abogados y sus condiciones de trabajo personales y materiales” para comprobar, que el despropósito no es solo que sea una injusticia, sino que es un patrón de conducta generalizado contra ellos.

Es imposible tratarlos peor, no solo ahora, sino desde hace mucho tiempo, aunque es comprensible, solo tienen por función contribuir al cumplimiento del *valor justicia* en nuestro  Estado Social y Democrático de Derecho Constitucional.

Por otro lado, la Constitución consagra en su art. 14 que todos somos iguales en derechos y obligaciones.

En este caso de los Abogados, la injusticia en su trato es un bucle perverso de maltrato continuado, ya que, no solo se le exige que trabajen, sino que encima se le toma por ilusos incapaces de hacer nada en su autodefensa, porque alguien está seguro que no pueden hacer huelga efectiva.

Tal como vengo diciendo: “todos en el mismo cajón”.

En la actual situación la huelga de los abogados es un derecho elemental de autodefensa, es decir, es una necesidad , si se quiere que los abogados contribuyan con eficacia en el mundo de la justicia.

N.B. Es de cajón. 

Espero que exista otra solución real para los Abogados que no sea una huelga indefinida, aunque todos los precedentes y el instinto me dicen que llevo toda la razón.

Córdoba, a 28 de abril de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Sensación de Inseguridad III – El Reparto (+ paro y + afiliaciones a la S. S.)

Hablando de la sensación de inseguridad en España son un ejemplo los datos oficiales sobre el paro y las afiliaciones a la S. S., por la sencilla razón de que esos números no cuadran.

Si fuera real en términos absolutos que hay más afiliaciones a la S. S. la cifra de parados debería ser positiva hacia la baja, de forma, que no siendo así, la realidad es que el mismo trabajo se está repartiendo entre más trabajadores. Es decir, aumentan las afiliaciones porque el mismo trabajo se está dividiendo entre más personas, lo que significa que no se crea más empleo, sino que está creciendo el empleo a tiempo parcial, sea indefinido o no, de manera, que hay más personas trabajando pero las horas de trabajo efectivo son las mismas: “Vamos, que la sensación de inseguridad y la falta de información veraz son una realidad”.

El estado de inseguridad (jurídica, de información veraz, etc. etc.)  en España es algo evidente, de manera, que si o si, que hoy solo se puede acudir buscando protección a las normas del derecho de la U. E. y a su aplicación efectiva.

Una cosa es cierta: “La forma del contar el paro que hace el Gobierno y su Ministra de Trabajo es un dislate equivocado y absurdo”.

Simplemente, no puede ser verdad.

Una cosa es medir y otra falsear la realidad, además, a la vista de todo el mundo sin ninguna clase de complejos.

El problema está en que la sensación de inseguridad en el empleo y en las cifras reales de paro aumenta día a día, porque, no se trata solo de que exista un número de parados desconocido (añadir a los número oficiales los 600.000 parados escondidos y los miles de inactivos desconocidos), sino que las cifras de desempleo real es un mundo ignoto, que parece que nadie quiere aclarar.

Si los ciudadanos nos aquietamos ante los incumplimientos silentes de las cifras de desempleo oficiales, que son falsas porque son  irreales, esperando que nunca nos tocará, sin la menor duda, nuestros derechos y libertades están en peligro de desaparecer, y, porque, además, la inseguridad en todos los aspectos va aumentando de manera contagiosa.

La seguridad en España pasa, se quiera admitir o no, por la verdad de las cifras oficiales del Estado, por el respeto al Estado de Derecho y por la aplicación efectiva de normas seguras por el Estado y por todos sus órganos políticos, administrativos y judiciales, ya que, cualquier otro cosa es simplemente una falacia.

Por otro lado, las noticias que viene proporcionando España a nivel internacional en los últimos años son una muestra palpable de inseguridad, que atenaza y amenaza a los ciudadanos españoles, de forma, que solo queda exigir que desaparezca, cuanto antes mejor, si queremos defender y garantizar nuestro estado social y democrático de derecho.

(Nota aclaratoria: << La EPA del cuarto trimestre de 2022, elaborada por el Instituto Nacional de Estadística, son las siguientes:

  • La población española es de 47.475.420 habitantes.
  • Los menores de 16 años, que no pueden legalmente trabajar, están en 7.338.920 (un  15,5% del total).
  • Los mayores de 16 años, en edad de trabajar, son un 84,5% de la población, es decir, son 40.136.500 personas.
  • La población en edad de trabajar se sitúa en 23.487.800 de españoles activos (un 49,5%), existiendo 16.648.600 de inactivos (un 35,1%).

Activos.

** Unos 3.086.800 son autónomos (un 6,5% de la población española).

** Por cuenta jena en el sector privado hay 13.850.800 trabajadores, (un 29,2% de la población),

**Los empleados que cobran del Estado (funcionarios, personal contratado, trabajadores de empresas públicas, etc. etc.) son 3.526.200 asalariados (un 7,4% del total). >>

N.B. La sensación de inseguridad dominante en España oficialmente es una realidad, de manera, que exigir datos reales del paro y de las afiliaciones a la S. S. es una necesidad más para garantizar nuestras libertades.

Una vez más:  los datos sobre el paro y las afiliaciones a la S. S., son un ejemplo de que la sensación de inseguridad en España es una realidad, porque esos números no cuadran.

Pronto habrá que escoger y votar entre inseguridad y seguridad, que viene a ser entre libertad y control colectivo, porque es una verdad indiscutible, que la seguridad beneficia a todos y la inseguridad solo al que puede huir de ella.

Córdoba, a 6 de marzo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Sensación de Inseguridad II – Derecho de la Unión Europea (Ignorar el Estado de Derecho de la U. E)

El estado de inseguridad jurídica en España es algo evidente, de manera, que si o si, hay que acudir buscando protección a las normas del derecho de la U. E. y a su aplicación efectiva.

El problema está en que aun siendo normas de aplicación obligatoria en todos los Estados Miembros de la Unión y de aplicación preferente y preeminente para los estados y todos sus organismos, incluidos, por supuesto, los órganos judiciales, su aplicación efectiva se incumple una y otra vez, de forma, que aunque la Comisión Europea sea la institución de la U. E. encargada de su cumplimiento efectivo, la realidad diaria en España es que se inaplica e incumple, en muchos casos, la legislación de la U. E. sin que la C. E. exija con rigor su aplicación efectiva.

La denuncias planteadas por los ciudadanos de la U. E. pidiendo amparo ante los incumplimientos de las normas de derecho de la Unión por los Estados y sus Órganos administrativos y judiciales (Tratados, Carta de Derechos Fundamentales de la U. E., y demás normas complementarias) suelen caer en saco roto por muchas razones y por la discrecionalidad de la C. E. en la admisión de las denuncias.

A pesar de todo, es un hecho patente que las normas del Estado de Derecho de la U. E. están ahí, se pude exigir su aplicación efectiva y cobijarse a su amparo ante la inseguridad jurídica que se ha instalado en España.

Que alguna Administración Pública y algunos Órganos Judiciales ignoren el derecho de la U. E y su aplicación efectiva, es el claro ejemplo de la necesidad de la aplicación real de su Estado de Derecho en España, de manera, que si los ciudadanos de la Unión nos aquietamos ante los incumplimientos de la legislación de la U. E. y no denunciamos siempre ante la Comisión Europea los incumplimientos de sus normas, sin la menor duda, nuestros derechos y libertades están en peligro de desaparecer, y, porque, además, la U. E. es la Europa de los ciudadanos que la forman.

La seguridad jurídica en España pasa, se quiera admitir o no, por el respeto al Estado de Derecho de la U. E. y por la aplicación efectiva de sus normas por el Estado y por todos sus órganos políticos, administrativos y judiciales.

Las noticias que proporciona España a nivel internacional en los últimos años son una muestra palpable de esa inseguridad, que atenaza a los ciudadanos españoles, de forma, que solo queda exigir siempre la aplicación efectiva del derecho de la U. E. en defensa y garantía de nuestros derechos y libertades.

N.B. A la sensación de inseguridad dominante en España es una realidad, de manera, que exigir la aplicación efectiva del estado de derecho de la U. E. es la última oportunidad para garantizar nuestras libertades.

Es posible que la Comisión Europea ignore una denuncia, pero si las denuncias de los ciudadanos son miles por incumplimiento del derecho de la Unión, la C. E. tendrá que intervenir.

Es un hecho indiscutible, que la inseguridad y, sobre todo, la sensación de inseguridad en España nos están costando muy caras.

Córdoba, a 3 de marzo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

FILOLEY – CONSTITUCIÓN (Estado de Derecho)

La Constitución Española en su artículo 9 establece:

{1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Respeto a la ley.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones igualdad para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Libertad e igualdad.

3.  La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Garantía jurídicas. }

Puedo decir, que soy FILOILEY – (Constitución), paro ocurre que ahora en España el respeto a la Ley ha desaparecido, ni el Gobierno, ni las Comunidades Autónomas, ni las Corporaciones Locales, ni lo jueces, ni la Fiscalía del Estado, etc. etc. cumplen la ley, o mejor, solo la cumplen cuando quieren. Que un Juez decida aplicar la ley basándose solo “en su voluntad su sin reglas”, es decir, haciendo solo lo que le pide el cuerpo, se llama prevaricar, de manera, que el principio de legalidad que aprobamos con la Constitución de 1978 una gran mayoría de españoles, creando nuestro Estado Social y Democrático de Derecho ha pasado a mejor, sobre todo, cuando desde el Gobierno de la Nación se les dice a los jueces, que su ley, si o si, no se debe aplicar.

Ocurre, que cuando esto pasa, la democracia fundada en el estado de derecho desaparece, de forma, que todos nuestro derechos y libertades fundamentales quedan anulado/as.

Desgraciadamente, eso es lo que está pasando en España, No quiero decir, que los jueces no puedan interpretar la ley, sino que, toda aplicación de la ley nunca pude sobrepasar la letra y el espíritu de la propia ley.

El Código Civil, en relación con a la *aplicación de las normas jurídicas” estable:

[ Artículo 3.   

1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.

2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.

Artículo 4   

1. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.

2. Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes. ]

Los jueces y tribunales, como está ocurrido ahora, -si o si-, aplican la ley, aunque ocurre con demasiada frecuencia, que algunos jueces -quizás, demasiados- aplican la ley siguiendo “su voluntad sin reglas”, es decir, ningunean la ley y aplican su criterio absolutamente subjetivo, buscando su justicia no la -JUSTICIA-.

La Constitución dice, que* los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico*, de forma, que me declaro -FILOLEY-, aunque, no se lleve, manifestando con rotundidad que los que no respetan la ley, sean quienes sean, son FOBOCONSTITUCIONALES.

España eso es lo que hay dicho alto y claro y ha llegado el momento, de poner pies en pared para defendernos todos, de manera, que como pronto habrá elecciones, es la ocasión de decir basta ante tanto desafuero y tanta injusticia preñada de abuso de poder.

Que cada uno haga lo que quiera, pero que no se llame a engaño, lo que hay es lo que hay.

N.B. O se es FILOLEY o se es contrario al Estado de Derecho Constitucional.

El respeto a la Ley es la base de la democracia y sin ella no pueden existir derechos y libertades reales.

Córdoba, a 2 de diciembre de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.