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Metástasis de la doble vara – (Ejemplaridad en Encinas Reales y blindaje en Cabra)

La salud de nuestras instituciones no se mide por la dureza con la que se castiga al adversario, sino por la coherencia con la que se actúa ante los propios. En estos momentos, en la Provincia de Córdoba, esa coherencia brilla por su ausencia en las actuaciones y omisiones del P. P., ya que, en un Ayuntamiento aplica una dureza fulgurante e inmediata y en otro Ayuntamiento con análoga situación la ignora y pasa de largo, estableciendo una desigualdad de trato contraria a la ley.

Hay un refrán popular que dice, que la mancha de una mora con otra verde se quita, que resalta la idea de que los errores o problemas pueden ser superados o compensados por acciones positivas, que es todo lo contrario que el P. P. de Córdoba está haciendo en Encinas Reales y en Cabra, ya que, al mismo problema está aplicando soluciones dispares: Una -(Encinas Reales)- la aplicación dura y fulminante de la ley, y, otra -(Cabra)- un blindaje con olvido de la ley, todo bajo el signo de la desigualdad con una doble vara de medir, que sale del mismo tronco, lo que no es otra cosa, que falta absoluta de coherencia.

Lo que está haciendo el P.P. y su Presidente y Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía, Adolfo Molina, no es un simple error de gestión, sino que es una patología política de manual, que implica una metástasis de la “doble vara de medir”, que exige una disección y un análisis urgentes.

1.- Contexto – (La contundencia tiene código postal).

El Partido Popular de Córdoba, con la intervención directa de Adolfo Molina (Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía y Presidente del P.P. provincial), ha demostrado que sabe actuar con celeridad… cuando quiere.

<-En Encinas Reales: Ante la contratación de familiares en la empresa municipal EnciSocial S.L., la respuesta ha sido fulminante: “Suspensión de militancia y expediente de expulsión”. El mensaje ha sido claro: “El partido no tolera estas actuaciones”.

<-En Cabra: Donde el Sr. Molina fue concejal, se tramitan las Diligencias Previas 82/25, (Tribunal de Instancia, Sección Instrucción, Plaza nº. 1.) por presunta prevaricación y conductas análogas. ¿La respuesta?. Ha sido un silencio sepulcral y el mantenimiento de los investigados e implicados en sus cargos.

MunicipioAcción PolíticaEstatus de los Implicados
Encinas RealesExpulsión y condena públicaSuspendidos
CabraSilencio y pasividadBlindados en el cargo

2.- Análisis – (Cuando el poder se vuelve arbitrario).

Es un hecho conocido y aceptado, que la voluntad del político no puede pasar por encima de la Constitución, por lo que aquí  convergen cuatro quiebras legales manifiestas:

<-Arbitrariedad proscrita (Art. 9.3 CE): Tratar de forma distinta supuestos iguales sin justificación objetiva es, simplemente, inconstitucional, porque  si contratar familiares es intolerable en el municipio A, no puede ser ignorado en el municipio B.

<-Falta de objetividad (Art. 103 CE): La Administración no puede elegir cuándo ser íntegra, de forma, que utilizar el aparato disciplinario según la conveniencia estratégica quiebra el deber de servir con objetividad a los intereses generales.

<-Desviación de poder: Se sacrifica a un edil de un municipio menor para intentar salvar la reputación, mientras se protege a los cargos de plazas políticamente más relevantes. Esto es usar la potestad sancionadora como herramienta de control de daños, no de justicia.

<-Fraude de Ley (Art. 6.4 Código Civil): Invocar el “respeto a los tiempos judiciales” en Cabra -mientras se ignoran en Encinas Reales- es un uso instrumental de la norma para alcanzar un resultado prohibido: “La impunidad selectiva”.

3.- El “efecto bumerán” en los Tribunales.

La actuación en Encinas Reales no es solo un dato político, sino que es material probatorio de primer orden para el Tribunal de Instancia, Plaza n. 1., de Cabra.

Al calificar como intolerables las conductas en un pueblo, el Sr. Molina acredita que conoce perfectamente el reproche jurídico de tales actos y, por tanto, su inacción en Cabra no es un error de apreciación, sino que es una omisión deliberada.

(Nota. Una propuesta: Es necesario que el Tribunal de Cabra solicite el expediente disciplinario de Encinas Reales, de manera, que la comparación entre  ambos expedientes será la prueba directa de una desigualdad contra ley.

<<Reflexión Final>>

La justicia predecible es la base de la democracia, de forma, que una Institución que normaliza la impunidad selectiva no está enferma de corrupción ocasional, sino de algo mucho más peligroso, concretamente, la protección de los poderosos a costa del Estado de Derecho.

Es hora de que la vara de la Ley sea la misma para todos, sin importar el peso político de la plaza.

N. B.  La metástasis de la doble vara de medir y una ejemplaridad selectiva en Encinas Reales con blindaje sistémico en Cabra es pura arbitrariedad y protección de los más poderosos a cuenta del estado de derecho.

Córdoba, 6 de marzo de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado. ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Presidente de Córdoba Abierta -ACOA-.

La invasión de los partidos – (Cuando el carné político expulsa al mérito profesional)

El artículo 103 de nuestra Constitución no es una sugerencia, sino que es un mandato imperativo constitucional, que dice, que la Administración debe servir con objetividad y que el acceso a ella se rige por el mérito y la capacidad. Sin embargo, hoy vemos diariamente una realidad paralela, que se materializa en una “colonización” silenciosa donde la lealtad al partido ha sustituido a la competencia técnica.

1.- El triunfo de la “confianza” sobre la “capacidad”.

En España hemos pasado de una Administración profesional a una de “cargos de confianza política”, de manera, que el abuso de la libre designación y la hipertrofia de asesores (personal eventual) están arrinconando a los funcionarios de carrera.

*El dato: Según la OCDE, España es uno de los países con mayor politización en su alta dirección pública.

*La consecuencia: Las decisiones estratégicas ya no las toman los mejores preparados, sino los más fieles a la sigla de turno.

2. El “fraude de la accidentalidad” en los Ayuntamientos.

Si hay un lugar donde esta invasión política es crítica, es en la Administración Local, porque los secretarias/os e interventoras/es (FHN) son los garantes de la legalidad y el control del dinero público.

Ocurre  a la vista de todos, sin embargo, que se está utilizando una “patología sistémica” para sortear su independencia, que es su nombramiento accidental.

<-Plazas vacantes: Se dejan plazas sin convocar a propósito para colocar a personas sin la titulación o la oposición requerida.

<-Interventores “prisioneros”: Un interventor accidental no tiene la inamovilidad del funcionario de carrera, ya que, si se le ocurre poner un reparo incómodo para el Alcalde, será  ser cesado a la mañana siguiente, lo que implica que este sistema arbitrario aniquila el control de legalidad y abre la puerta a la corrupción.

3.- La erosión del Estado de Derecho.

Esta sustitución de la tecnocracia por el partidismo no es solo mala gestión, sino que supone un cambio de modelo muy caro para el ciudadano y para nuestro estado de derecho, porque conlleva:

*Inseguridad Jurídica: Directivos sin formación generan actos administrativos deficientes que terminan en los juzgados, colapsando el sistema.

*Desviación de Poder: Se utiliza la facultad de organizar la administración no para mejorar el servicio, sino para “colocar” a afines.

*Controles tardíos: Al eliminar al “perro de guardia” interno (el funcionario independiente), el control solo llega a través de los jueces, años después de que el daño (o el desfalco) se haya producido.

<<Resumen del impacto por niveles>>

Nivel de PoderHerramienta de ControlEfecto Real
Estado / CC.AA.Abuso de libre designación.Políticas basadas en intereses electorales, no generales.
AyuntamientosSecretarios/Interventores a “dedo”.Debilitamiento del control del gasto y riesgo de corrupción.
DiputacionesMacro-estructuras de asesores.Fuga de dinero público hacia redes clientelares.

Conclusión. (Un aviso a navegantes).

La defensa del mérito y la capacidad no es una cuestión corporativa de los funcionarios, sino que la única garantía que tiene el ciudadano contra la arbitrariedad del poder.

Como bien advierten organismos internacionales, la “invasión” de los partidos en la esfera pública supone la extinción soterrada del Estado de Derecho. Si la administración deja de ser neutral, deja de ser de todos para ser solo de “ellos”.

N.B. La invasión de los partidos se está produciendo en España, cuando el carné político expulsa al mérito profesional, de forma, que los controles y equilibrios legales desaparecen y surge la arbitrariedad contraria a nuestro Estado de Derecho.

Córdoba, 22 de febrero de 2026.

Enrique García Montoya.

 Abogado, ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Presidente, Córdoba Abierta -ACOA-.

La Corrupción “Menor” (Un gigante invisible en los Ayuntamientos)

Es un hecho desgraciado, que la “corrupción menor” o de baja intensidad es un problema secundario en España. Sin embargo, estas palabras “de menor intensidad” es una trampa terminológica, ya que, la realidad es, que la acumulación de pequeños abusos de poder (-la llamada “corrupción hormiga”-) tienen un impacto económico y social mucho más devastador que los grandes titulares nacionales, pues ocurre cada día en los miles de ayuntamientos de España.

1. La Ingeniería del “Enchufe” – (Sortear la Ley).

Para que estas prácticas espurias parezcan legales, se utiliza lo que en derecho llamamos fraude de ley, que es usar una norma para conseguir un fin prohibido (favorecer a un amigo, familiar o político).

**Los mecanismos más comunes son:

*El Abuso del Contrato Menor (Art. 118 LCSP): Son contratos “a dedo” (menos de 15.000 euros en servicios). El truco está en el fraccionamiento, así que se trocea un servicio grande en varios pequeños para evitar el concurso público y dárselo a quien el político desee.

*La “Administración Paralela”: Se crean empresas públicas (de aguas, basura o festejos) donde los controles son más laxos. Esto permite contratar personal mediante entrevistas subjetivas, evitando las oposiciones reales.

*Cesión Ilegal de Trabajadores: El Ayuntamiento contrata a una empresa externa “amiga” y esta contrata a los recomendados y, tras un tiempo trabajando en dependencias municipales, el trabajador demanda al consistorio, con el resultado de que entra en la plantilla municipal de forma fija sin haber aprobado jamás un examen.

2.- Radiografía de la Impunidad (Casos concretos).

La teoría se entiende mejor con la práctica. Analizamos dos focos donde la falta de fiscalización independiente es alarmante:

<-El Ayuntamiento de Cabra (El Vigilante que no Vigila).

Un pilar básico del control local es la Secretaría del Ayuntamiento, cuya función es advertir si un acto es ilegal.

-El problema: En Cabra, la figura de la Secretaría Accidental ha pasado de controlar la legalidad a asesorar al alcalde y a su partido político con el que gobierna y donde su independencia es más formal que real.

-Un dato clarificador: “Durante los años 2022 a 2025 no consta que se hayan realizado informes negativos o “reparos” de ilegalidad ante los decretos de alcaldía por la Secretaria Accidental, de forma, que cuando el órgano encargado de fiscalizar se convierte en asesor de confianza del alcalde, el ciudadano pierde su garantía de legalidad.

<-La Diputación de Córdoba (Empresas Públicas como Agencias de Colocación).

Las empresas provinciales, financiadas con el dinero de todos, presentan riesgos sistémicos de clientelismo:

EntidadPráctica DetectadaConsecuencia para el Ciudadano
EMPROACSA (Aguas)Denuncias de sindicatos por crear jefaturas a medida y promociones a dedo sin titulación requerida.Subida de tarifas de agua mientras se gasta en cargos innecesarios.
EPREMASA (Residuos)Externalizaciones a empresas donde terminan trabajando familiares de cargos políticos.Precariedad laboral en el servicio y captura de dinero público por intereses privados.

3.- Que hace tan Peligrosa esta corrupción de baja intensidad.

No son solo favores, sino que, principalmente es un daño estructural que pagamos todos de tres formas:

3.1.- Bloqueo del ascensor social, ya que, si para trabajar en lo público no importa el estudio (mérito y capacidad) sino el carné político, el talento joven huye de nuestros pueblos.

3.2.- Ineficiencia económica, porque el dinero que se va en “chiringuitos” o asesores innecesarios, es dinero que no llega a servicios sociales, educación o sanidad local.

3.3.- Desafección democrática, ya que,  se crea la falsa idea de que todos son iguales, alejando al ciudadano de la participación política y con lo que se erosionan las instituciones públicas.

<<Conclusión – (Silencio como motor del abuso>>

La corrupción menor no es un maletín de dinero en la sombra, sino que es <la erosión constante de los procedimientos>, de forma, que mientras los órganos de control (secretarios e interventores) dependan políticamente de quienes deben ser vigilados, el sistema seguirá fallando.

Como ciudadanos, nuestra mejor herramienta es la exigencia de transparencia y no normalizar el amiguismo como algo inevitable.

N.B. La corrupción menor o de baja intensidad es un mal mayor y un peligro para las instituciones democráticas, que viola derechos fundamentales de los ciudadanos de a pie y erosiona el poder público que nace del pueblo.

Como decimos al inicio de este artículo, la corrupción menor es un peligro mayor para la democracia en España, que desgraciadamente se olvida y pasa a un segundo plano, siendo las Corporaciones Locales (Ayuntamientos y Diputaciones) los centros donde se acumulan la mayor parte de esta llamada corrupción de baja intensidad, pero que en su conjunto forma un cúmulo de casos, que superan las grandes corrupciones que dominan la vida pública y colapsan los juzgados y tribunales, impidiendo que estas corrupciones menores lleguen eficazmente a los mismos.

Córdoba, 7 de enero de 2025.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Presidente. Córdoba Abierta -ACOA-.