Tag Archives: legalidad

La Corrupción “Menor” (Un gigante invisible en los Ayuntamientos)

Es un hecho desgraciado, que la “corrupción menor” o de baja intensidad es un problema secundario en España. Sin embargo, estas palabras “de menor intensidad” es una trampa terminológica, ya que, la realidad es, que la acumulación de pequeños abusos de poder (-la llamada “corrupción hormiga”-) tienen un impacto económico y social mucho más devastador que los grandes titulares nacionales, pues ocurre cada día en los miles de ayuntamientos de España.

1. La Ingeniería del “Enchufe” – (Sortear la Ley).

Para que estas prácticas espurias parezcan legales, se utiliza lo que en derecho llamamos fraude de ley, que es usar una norma para conseguir un fin prohibido (favorecer a un amigo, familiar o político).

**Los mecanismos más comunes son:

*El Abuso del Contrato Menor (Art. 118 LCSP): Son contratos “a dedo” (menos de 15.000 euros en servicios). El truco está en el fraccionamiento, así que se trocea un servicio grande en varios pequeños para evitar el concurso público y dárselo a quien el político desee.

*La “Administración Paralela”: Se crean empresas públicas (de aguas, basura o festejos) donde los controles son más laxos. Esto permite contratar personal mediante entrevistas subjetivas, evitando las oposiciones reales.

*Cesión Ilegal de Trabajadores: El Ayuntamiento contrata a una empresa externa “amiga” y esta contrata a los recomendados y, tras un tiempo trabajando en dependencias municipales, el trabajador demanda al consistorio, con el resultado de que entra en la plantilla municipal de forma fija sin haber aprobado jamás un examen.

2.- Radiografía de la Impunidad (Casos concretos).

La teoría se entiende mejor con la práctica. Analizamos dos focos donde la falta de fiscalización independiente es alarmante:

<-El Ayuntamiento de Cabra (El Vigilante que no Vigila).

Un pilar básico del control local es la Secretaría del Ayuntamiento, cuya función es advertir si un acto es ilegal.

-El problema: En Cabra, la figura de la Secretaría Accidental ha pasado de controlar la legalidad a asesorar al alcalde y a su partido político con el que gobierna y donde su independencia es más formal que real.

-Un dato clarificador: “Durante los años 2022 a 2025 no consta que se hayan realizado informes negativos o “reparos” de ilegalidad ante los decretos de alcaldía por la Secretaria Accidental, de forma, que cuando el órgano encargado de fiscalizar se convierte en asesor de confianza del alcalde, el ciudadano pierde su garantía de legalidad.

<-La Diputación de Córdoba (Empresas Públicas como Agencias de Colocación).

Las empresas provinciales, financiadas con el dinero de todos, presentan riesgos sistémicos de clientelismo:

EntidadPráctica DetectadaConsecuencia para el Ciudadano
EMPROACSA (Aguas)Denuncias de sindicatos por crear jefaturas a medida y promociones a dedo sin titulación requerida.Subida de tarifas de agua mientras se gasta en cargos innecesarios.
EPREMASA (Residuos)Externalizaciones a empresas donde terminan trabajando familiares de cargos políticos.Precariedad laboral en el servicio y captura de dinero público por intereses privados.

3.- Que hace tan Peligrosa esta corrupción de baja intensidad.

No son solo favores, sino que, principalmente es un daño estructural que pagamos todos de tres formas:

3.1.- Bloqueo del ascensor social, ya que, si para trabajar en lo público no importa el estudio (mérito y capacidad) sino el carné político, el talento joven huye de nuestros pueblos.

3.2.- Ineficiencia económica, porque el dinero que se va en “chiringuitos” o asesores innecesarios, es dinero que no llega a servicios sociales, educación o sanidad local.

3.3.- Desafección democrática, ya que,  se crea la falsa idea de que todos son iguales, alejando al ciudadano de la participación política y con lo que se erosionan las instituciones públicas.

<<Conclusión – (Silencio como motor del abuso>>

La corrupción menor no es un maletín de dinero en la sombra, sino que es <la erosión constante de los procedimientos>, de forma, que mientras los órganos de control (secretarios e interventores) dependan políticamente de quienes deben ser vigilados, el sistema seguirá fallando.

Como ciudadanos, nuestra mejor herramienta es la exigencia de transparencia y no normalizar el amiguismo como algo inevitable.

N.B. La corrupción menor o de baja intensidad es un mal mayor y un peligro para las instituciones democráticas, que viola derechos fundamentales de los ciudadanos de a pie y erosiona el poder público que nace del pueblo.

Como decimos al inicio de este artículo, la corrupción menor es un peligro mayor para la democracia en España, que desgraciadamente se olvida y pasa a un segundo plano, siendo las Corporaciones Locales (Ayuntamientos y Diputaciones) los centros donde se acumulan la mayor parte de esta llamada corrupción de baja intensidad, pero que en su conjunto forma un cúmulo de casos, que superan las grandes corrupciones que dominan la vida pública y colapsan los juzgados y tribunales, impidiendo que estas corrupciones menores lleguen eficazmente a los mismos.

Córdoba, 7 de enero de 2025.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Presidente. Córdoba Abierta -ACOA-.

Mayorías absolutas – Ayuntamientos – Respeto a las minorías (principio de legalidad y derechos fundamentales)

Unos lectores me hacen una pregunta sobre los efectos de la mayorías absolutas y su abuso por los políticos que gobiernan con ellas, pues en su ayuntamiento gobernado por mayoría absoluta por un partido solo se cumple la ley cuando beneficia a la mayoría que gobierna, existiendo un claro abuso contra las minorías.

Trataré de dar una opinión lo más clara posible, así, que comenzaré centrando el tema por abajo.

Me explico, en estos días solo se habla del Presidente Trump, de Europa, de La Otan, de Ucrania y de cosas gordas, aunque por otro lado es lógico, pero en esos asuntos salvo no estar de acuerdo con el empleo de la fuerza como argumento único, poco se puede hacer a nivel de calle; sin embargo, hay asuntos en la puerta de nuestras casas de abusos del uso de las mayorías absolutas en los Ayuntamientos, Diputaciones y CC.AA. que precisan atención inmediata, si queremos que nuestra vida diaria se desarrolle en democracia y libertad.

Es un hecho más que frecuente, que Ayuntamientos gobernados por mayorías absolutas están abusando de su poder realizando actos contra ley y sometiendo sin pudor a las minorías con el único argumentos de que votando siempre llevan razón.

Desgraciadamente, esa forma de gobernar atrabiliaria la tenemos a la vuelta de la esquina y con demasiada frecuencia se viene tolerando, quizás, porque es más fácil ponerse de perfil ante una injustica, que, equivocadamente, se suele considerar menor.

Si en un Ayuntamiento se viola día a día el principio de legalidad y se bendice después con una votación a favor por mayoría absoluta, parece que todo es legal y que no pasa nada porque se adopten acuerdos fuera de la ley, sobre todo, cuando solo existe un secretario/a accidental irregular por llevar demasiados años en ese puesto.

La realidad es perversa, pues no hay nada peor que permitir que la carcoma de la injusticia se introduzca en los niveles más bajos de nuestra administración.

Cuando un Alcalde abusa de su poder con el pretexto de que tiene mayoría absoluta, con las debidas proporciones, es lo mismo que está haciendo el Presidente Trump y/o el Presidente Putín, que no es otra cosa que bendecir la injusticia y el sometimiento de la libertad por el uso de la fuerza.

Por otro lado, observo, que los jueces y tribunales en algunos-muchos casos pasan por encima de la ley aplicable considerando que estos casos menores no merecen enfocarlos en la dirección del valor justicia, de forma, que se consolida el abuso ilegal, pues es difícil, costoso y arriesgado para el ciudadano de a pie hacer frente a una injusticia, que viene validada por el marchamo de un acuerdo por mayoría absoluta.

En estos desgraciados casos, solo queda acudir a la vía penal judicial con todas la pegas que ese movimiento de defensa tiene para el particular que ejercita su derecho de defensa por ese camino, que es el único que le han dejado seguir.

Afortunadamente, hay casos y jueces/as que deciden con grave riesgo para sus personas hacer frente a la injustica y abren diligencias penales de investigación, que como se está demostrando en España es casi una temeridad para el órgano judicial competente, ya que, lo primero que hacen esos políticos autoritarios bajo la tutela de sus mayorías absolutas es cargar con el Juez/Jueza que se ha atrevido a contradecir su proceder autoritario y conta ley, acusándoles de estar equivocados, de no conocer la ley, de aplicarle por ideología política y todas las demás barbaridades que se están viendo en el día a día en España.

La única razón que lanzan contra todos los que no están de acuerdo es que ellos son el pueblo y están por encima de la ley, todo ello, adobado por bulos personales, políticos y sociales contra todos los que se atreven a discrepar.

En estos días de inseguridad jurídica conviene realizar una defensa del respeto a la ley en todos los niveles del poder político, algo esencial en cualquier estado social y democrático de derecho, como es el nuestro según la C. E.

Sin respeto a la Ley no existe el estado de derecho, pero es lo cierto, que ese deber de respeto es exigible al máximo, cuando se trata de poderes públicos de menor nivel (véase Ayuntamientos), ya que, mientras los ciudadanos tienen un deber general negativo de abstenerse de cualquier actuación que vulnere el cumplimiento de la Ley, los titulares de los poderes públicos tienen, además, un deber general positivo de realizar sus funciones de acuerdo con la Ley.

** La Constitución Española establece lo siguiente:

<< – Artículo 9: 1.  Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. 3.  La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

* Artículo 10: 1.  …   …, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.>>

Además, en España la justicia se apoya en el respeto a la ley, como fundamento del orden político y de la paz social, para avalar la obligación de respetar el ordenamiento jurídico.

En España se están produciendo a diario dislates tremendos de falta de respeto a la Ley en los niveles inferiores del poder público, así que señalaré un supuesto claro de falta de respeto a la ley, que es un ejemplo de perversión de la ley, pero que es como el lago de los muertos o piélago, que lo inunda todo en algunos municipios, así:

 * Abuso en algunos muchos municipios gobernados por mayorías absolutas, donde solo se hace lo que dice el partido que gobierna por mayoría absoluta con razón o sin ella, con la ley o contra ella.

(Nota: Los particulares avasallados por la mayoría absoluta está muy claro, que son necios, gilipo…, y unos irresponsables absolutos, porque ellos son el poder legítimo del pueblo).

A pesar de todo, siempre queda un halo de esperanza y algunas cosas están más claras:

.- España se desangra por un uso abusivo de mayorías absolutas con unos poderes públicos dominantes y sus dirigentes que juegan a la ruleta rusa con los españoles, de manera, que ellos a lo suyo y vale todo, aunque, pronto habrá elecciones y ya todos sabemos lo que hay.

2º.- Solo queda creer en la justicia y en la división de poderes, esperando que los jueces, apliquen la Ley sin condicionamientos ideológicos, y, siempre en favor del pueblo dónde reside la soberanía, y, del que nace, crece y se sostiene la justicia en las democracias constitucionales.

N. B.   La mayorías absolutas sin respeto a la Ley ni respeto a las minorías violan los derechos fundamentales de los ciudadanos, cualquiera que sea su nivel, pero cuando el abuso de las mayorías se hunde al nivel más bajo como son los ayuntamientos, lo que está en peligro es la libertad de las personas que viven en esos municipios dominados por unos gobernantes mayoritarios, que se creen por encima del bien y del mal y, además, impunes.

**Sin respeto a la Ley por todos y, especialmente, por los poderes públicos no existe el Estado de Derecho Constitucional.

**Sin ejemplaridad de los poderes públicos en el cumplimiento de la ley, es una ofensa a los españoles, que se les pida su cumplimiento.

Sin embargo, lo peor es, que actúan así contra la ley algunos muchos, quizás demasiados, porque se sienten impunes, de forma, que les da igual, aunque puede ser cierto, que los culpables son los ciudadanos por su mala memoria.

No se puede poner en duda, que las cosas están muy claras, luego que nadie se queje.

Córdoba, a 3 de marzo de 2025

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

La falta de respeto a la ley está ya en todos los niveles del poder público (Principio de legalidad – Inseguridad jurídica)

Lo que se está viendo publicamente a nivel nacional sobre saltarse la ley por políticos y sus partidos (incluidas las Instituciones del Estado), produce una sensación de desamparo a los españoles de a pie sobre la aplicación de la ley y una completa una falta completa del principio de legalidad en la igualdad de todos los españoles.

Aunque lo verdaderamente preocupante, que da mucho miedo, es que la falta de respeto a la ley alcanza ya todos los niveles del poder público, quedando los ciudadanos de a pie como unas personas abandonadas por la ley y por poderes públicos que la deben de aplicar, que curiosamente deben su poder al Pueblo que someten contra toda ley.

Cualquier ciudadano deja de presentar un modeo obligatorio en Hacienda y/o deja de pagar una multa de tráfico (solo a título de ejemplo) y en horas veinticuatro tiene la la aplicación rigurosa de la ley encima de él, de manera, que no hay excusa ni pretexto alguno, que le libre de la fueza corecitiva de la ley aplicable.

Por el contrario si se trata de un político, sea cual sea su nivel de poder público, si incumple la ley la “amnistía es total”, de forma, que el ciudadano-pueblo solo le queda ir de entrada a un proceso juicial contencioso administrativo, pues si el ciudadano acude a presentar una denuncia penal, porque el político de turno enchido de poder incumple la ley, que prospere su denuncia es algo  casi increible y, además, siempre obtiene la misma respuesta: “Lo que denuncia no es delito, pues solo es un posible ilícito administrativo”.

Queda claro, que NO es NO, así que a fastidiarse y a jorobarse toca. (Lo digo con delicadeza).

En España ahora la igualdad de todos los españoles ante la ley ha pasado a un deterioro irreversible del “valor justicia” y a un menosprecio de nuestro estado de Derecho, mientras la democracia real y el poder del pueblo soberano ha pasado a un universo paralelo dominado por un poder político irresponsable, ininimputable y que se cree con toda la razón de que está por encima de la ley (eso es lo que se ve y se siente a diario).

Frente a una situación de injusticia pública atrabiliaria e instaurada en el poder, ha llegado la hora de defender nuestros derechos y libertades con una rebelión pacífica de todos los ciudadanos, y, creo que asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” deben comenzar a moverse en defensa de la libertad, de la igualdad  y de la justicia.

N.B.  Es un hecho que la falta del respeto a la ley está ya istalada en todos los niveles de los poderes publicos, de manera, que si queremos justicia el principio de legalidad se debe imponer a la inseguridad jurídica de los españoles de a pie.

Si seguimos callados, silentes y cautivos unos pocos-muchos destruiran la democracia, haciendo papel mojado la Constitución Española de 1978.

Córdoba, a 25 de noviembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

La Ley solo es para el Pueblo Soberano (A todos los niveles España ya no es un Estado de Derecho).

Las noticias de los últimos días son descorazonadoras respecto al cumplimiento de la Ley por los poderes públicos, cualquiera que sea el nivel público objeto de examen.

Los poderes públicos en general y a cualquier nivel no cumplen ya con el principio de legalidad (art. 9., C. E.) y el valor justicia ha caído en desuso (art. 1.1., C. E.), de forma, que lo peor es que no pasa nada a esos poderes públicos (políticos, judiciales y/o administrativos), que inaplican la ley, ignoran la ley, omiten la ley, aplican la ley a demanda subjetiva sin reglas, aunque lo verdaderamente descorazonador es que cuando el ciudadano de a pie denuncia encima esos poderes públicos paralegales lo machacan sin piedad, a base de tasas, depósitos de para recursos, multas y amenazas de todo tipo.

Lo que digo, es duro de asumir y me dirán, que no es cierto, pero no hay más que salir a la calle, a la realidad diaria, y se verá que todo lo expuesto es la pura verdad, se manera que ejemplos sobran, así:

*Políticos. Lo del Sr. Errejón lo conocían sus compañeros políticos, siendo la Ministra Yolanda Díaz un ejemplo de responsabilidad compartida y de irresponsabilidad política.

*Judiciales. Que cualquier ciudadano de a pie ponga una denuncia ante el Consejo General del Poder Judicial contra un juez por inaplicar la ley y se verá, que no pasa nada, es más, ni siquiera se hará la mínima investigación, pues la ley solo se aplica al ciudadano que denuncia.

Administrativos. Los poderes públicos administrativos (alcaldes, presidentes del Diputaciones, presidentes de CC.AA. etc.) si inaplican la ley no pasa nada, pues frente a la responsabilidad completa y total del ciudadano de a pie, las personas de esos  poderes que ignoran la ley, la inaplican y solo la usan para cobrar impuestos y otros excesos contra el ciudadano, siendo irresponsables e impunes. Si alguien lo duda, que ponga una denuncia penal por inaplicar la ley contra un alcalde, un presidente de diputación, un consejero de una CC.AA., y, se verá que no prospera ninguna, ya que, salvo casos extremos de apoderamiento de lo público, todos son irresponsable, ya que, incumplir la ley goza de impunidad para esas personas.

Por otro lado, solo una pregunta: ¿Alguien asume su responsabilidad?

La respuesta es de dominio público: “NO”.

La falta de responsabilidad y la impunidad ante el incumplimiento repetido de la ley de algunos-muchos poderes públicos es demasiado incluso para sus incondicionales, de manera, que como, además, muchos son aforados se permiten el lujo de decir, “vayan a los tribunales”, es decir, la falta de respeto a la ley no es nada para esas personas que tienen un poder que emana del pueblo según la C. E.  

En definitiva, la conclusión es la inicial: “la aplicación de la ley solo es para el Pueblo Soberano”.

N.B.  En España la Ley solo es para el Pueblo Soberano, porque, se mire como se mire, los poderes públicos (políticos, judiciales y administrativos) pasan algunos-muchos de aplicar la ley según sea de su agrado o no, respetar y aplicar el principio de legalidad para todos por igual.

El Estado Social y Democrático de Derecho constitucional está en desuso entre algunos – muchos poderes públicos, que inaplican la ley por acción u omisión.

Córdoba, a 26 de octubre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

La Brecha – S. S. – a más (Comunidades – Estado civil y Sexo)

Un Grupo de mis lectores me reprende, seguramente con razón, porque llevo tiempo que no escribo nada sobre la Seguridad Social, de forma, que como creo que llevan todas las de ganar en su opinión, me pongo a ello, así:

Primero. – Desigualdad en las pensiones y demás prestaciones, incluido el desempleo.

**Si comparamos una pensión de viudedad de alguna Comunidad Autónoma con la media general las diferencias son tremendas, pero, si calculamos, por ejemplo, las pensiones de viudedad entre Andalucía y Extremadura con el País Vasco, Cataluña y/o Madrid las diferencias son para llorar por su desigualdad e injusticia.

Es cierto, que las bases de cotización han sido y son muy diferentes, pero, precisamente, aquí reside la base se la injusticia, en una desigualdad económica dilatada en el tiempo y que lejos de disminuir se incrementa.

**Si comparamos una pensión de viudedad y una pensión máxima de jubilación los resultados son discriminatorios, se mire como se mire, así, la pensión máxima es 3.175 euros y la pensión contributiva mínima 799,70 euros, siendo la pensión de viudedad mínima 616 euros, lo que implica, que las diferencias son claramente contrarias a la Constitución de 1978 y a nuestro Estado Social y Democrático de Derecho. (Arts. 1., y, 14. C. E.).

*Un último apunte la pensión no contributiva mínima es de 484 euros.

**Paro. – 2023.  Las cuantías del paro, o prestación por desempleo, 560 euros como mínimo hasta un máximo de 1.575 euros mensuales.

**Paro. – 2024. Mínimo: 95% del IPREM (570 euros al mes en la actualidad) durante los primeros seis meses; 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los siguientes seis meses; y, 80% del IPREM (480 euros) a lo largo del resto del periodo. El máximo 1.675 euros mensuales.

*Aquí, si comparamos una prestación de paro de alguna Comunidad Autónoma con la media general las diferencias son muy grandes, pero, si calculamos, por ejemplo, las prestaciones de paro entre Andalucía y Extremadura con el País Vasco, Cataluña y/o Madrid las diferencias son inasumibles e insostenibles.

Es cierto, que las bases de cotización han sido y son muy diferentes, pero, precisamente, aquí reside la base se la injusticia permanente, en una desigualdad económica dilatada en el tiempo y que lejos de disminuir se incrementa.

Segundo. – El Estado Social y Democrático Constitucional (art. 1. C. E.) impone el sometimiento y cumplimiento de la ley, la justicia, y, el principio de que todos los españoles somos iguales ante la Ley.

El Estado de Derecho garantiza la igualdad ante la ley, la participación social en la toma de decisiones y la legalidad sin arbitrariedad.

N.B. Mi opinión sobre la S. S. ya le ha detallado muchas veces, de forma, que después de lo expuesto, mis lectores comprenderán porque no escribo más sobre la misma, ya que, la Brecha en la Seguridad Social, desde cualquier punto de vista que se mire, es insostenible e injusta.

Reitero lo dicho, la C. E. de 1978 deja muy claro que “todos los españoles sin exclusión son iguales ante la ley”.

Córdoba, a 7 de enero de 2024

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S. -en excedencia-.