Tag Archives: respeto a la ley

España no funciona – Verdad o mentira (Servicios Públicos – Gasto Público)

Un grupo amplio de lectores me pregunta ¿si es verdad o mentira que España no funciona?

Antes de comenzar con una explicación de mi opinión, estableceré una cuestiones elementales para que pueda explicar lo que me preguntan, así:

-Existe una sensación generalizada entre los españoles de que España no funciona.

-La confianza de los españoles en las instituciones públicas ha disminuido en los últimos años por múltiples causas, así, casos de corrupción, politización de la justicia y una percepción de falta de ejemplaridad en los líderes políticos.

– La politización de la mayoría de las instituciones, la percepción de corrupción y las tensiones entre poderes generan dudas sobre la plena efectividad del Estado de derecho, porque España cada día parece más una autocracia.

– Parece que se ha aceptado por una población adormecida, que todos encerrados y aplaudiendo es una cosa maravillosa, lo que es la prueba de que parece que las supuestas víctimas no son personas sometidas, sino cómplices cautivos voluntarios de los que niegan nuestras libertades más elementales. Es decir, ocurre, que parece que a todos los ciudadanos mayoritariamente les da igual y donde una sociedad civil mayoritaria parece disfrutar, por ejemplo, “de los apagones”, aplaudiendo desde los balcones.

Dicho lo anterior, examinaré algunos supuestos claves para explicar a mis lectores, lo que me preguntan si ánimo cerrado ni excluyente, así:

1º.- Estado de la libertad en España.

La realidad al día de hoy es, que parece, que en España la sociedad civil y sus ciudadanos están perdiendo la libertad, pero curiosamente a la mayoría les gusta y lo celebran de fiesta en fiesta, de forma,  que una carcoma perversa está devorando, sin pausa ni control, las libertades y derechos fundamentales de los españoles, y, aquí reside el verdadero problema, porque ya la mayoría no son víctimas, sino cómplices pasivos de un poder autocrático minoritario, que poco a poco se está apoderando de todo y de todos, mientras esa mayoría pervive en un bosque de botellones festivos.

2.- Respeto a la Ley.

Aquí, seguramente, reside unos de los mayores problemas de España en la actualidad, ya que, si observamos la realidad diaria vemos en todos los poderes del Estado (ejecutivo, legislativo y judicial) y en todos sus niveles el respeto a ley ha entrado en un bucle, que le lleva sin pausa a la desaparición.

3.- Separación de Poderes.

La separación de poderes en España está congelada y en situación de stand by (en espera), lo que implica que ya no funciona tal como establece nuestra C. E. dejando nuestras libertades en el aire.

4.- Justicia.

Es un hecho, que la justicia no funciona si adoptamos cualquier estándar serio de control de la nuestra, de forma, que en el último Cuadro de Indicadores de Justicia que elabora la Comisión Europea, España es uno de los países donde más se prolonga la resolución en primera instancia de pleitos civiles, sociales, mercantiles y administrativos, con una duración media de más de un año, únicamente superada por Francia, Italia, Malta, Grecia, Chipre y Portugal.

5.- Economía.

Puede ser verdad, que España es la economía grande de la UE que más crece, pero lo hace en cantidad, no en calidad, con apoyo casi total al sector servicios.

6.- Paro y Empleo.

Mirar a nuestra tasa de paro, a la calidad del empleo y a la productividad, deteniéndonos un poco en los jóvenes, las mujeres y los mayores.

7.- Dinero Público.

El Poder Ejecutivo maneja más dinero que nunca, pero los servicios públicos están en retroceso.

8.- Gasto Público.

Nadie sabe realmente a donde va un gasto público descontrolado,  donde cada vez hay menos inversiones y mayor gasto improductivo.

Conclusión. Creo, en base a todo lo expuesto, que España funciona, pero se ha iniciado un proceso que nos lleva a la ruina, aunque parece que la sociedad civil, los españoles, hemos adoptado la postura de que la democracia se defiende sola, de forma, que mientras tanto solo hay que aguantar y vivir la vida.

A los que me preguntan les digo, que miren a su alrededor y examinen todos los servicios públicos que se pagan con nuestros impuestos, de manera, que vean si esos servicios funcionan mejor o peor, aunque en mi opinión en España algo está fuera de su sitio y que funciona, pero cuesta abajo y sin frenos.

N.B.  Se dice que España no funciona, pero la verdad y/o la mentira están en el funcionamiento de los servicios públicos, de manera que a los que me preguntan les digo que lo que ven es lo que hay.

Basta por ahora observar la realidad diaria por comprender, así:

a).- Se produce un apagón total y durante demasiado tiempo, de manera, que todos aislados y con velas, y, como consecuencia, los ciudadanos lo celebran con cantos bailes y botellones.

b).- Existe un poder ejecutivo autocrático, sometido a un líder político que nadie sabe por dónde va y ni a dónde quiere ir, y, a la mayoría de la gente parece que le da igual.

c).- Tenemos un poder judicial dividido y diluido en la nada e incapaz de adoptar decisiones tan elementales como las presidencias de las salas del T. S., y, dónde las ideologías incapaces de llegar a acuerdos hacen inoperante el CGPJ, y, es al parecer aceptado sin que nadie se subleve.

Parece que vamos de apagón en apagón en una fiesta continua de vino y rosas, donde los ciudadanos victimas parecen esclavos  cómplices de una minoría autocrática y abusona en todos los niveles del poder.

Es un hecho que nuestra democracia está en serio peligro.

Córdoba, a 8 de mayo de 2025

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Mayorías absolutas – Ayuntamientos – Respeto a las minorías (principio de legalidad y derechos fundamentales)

Unos lectores me hacen una pregunta sobre los efectos de la mayorías absolutas y su abuso por los políticos que gobiernan con ellas, pues en su ayuntamiento gobernado por mayoría absoluta por un partido solo se cumple la ley cuando beneficia a la mayoría que gobierna, existiendo un claro abuso contra las minorías.

Trataré de dar una opinión lo más clara posible, así, que comenzaré centrando el tema por abajo.

Me explico, en estos días solo se habla del Presidente Trump, de Europa, de La Otan, de Ucrania y de cosas gordas, aunque por otro lado es lógico, pero en esos asuntos salvo no estar de acuerdo con el empleo de la fuerza como argumento único, poco se puede hacer a nivel de calle; sin embargo, hay asuntos en la puerta de nuestras casas de abusos del uso de las mayorías absolutas en los Ayuntamientos, Diputaciones y CC.AA. que precisan atención inmediata, si queremos que nuestra vida diaria se desarrolle en democracia y libertad.

Es un hecho más que frecuente, que Ayuntamientos gobernados por mayorías absolutas están abusando de su poder realizando actos contra ley y sometiendo sin pudor a las minorías con el único argumentos de que votando siempre llevan razón.

Desgraciadamente, esa forma de gobernar atrabiliaria la tenemos a la vuelta de la esquina y con demasiada frecuencia se viene tolerando, quizás, porque es más fácil ponerse de perfil ante una injustica, que, equivocadamente, se suele considerar menor.

Si en un Ayuntamiento se viola día a día el principio de legalidad y se bendice después con una votación a favor por mayoría absoluta, parece que todo es legal y que no pasa nada porque se adopten acuerdos fuera de la ley, sobre todo, cuando solo existe un secretario/a accidental irregular por llevar demasiados años en ese puesto.

La realidad es perversa, pues no hay nada peor que permitir que la carcoma de la injusticia se introduzca en los niveles más bajos de nuestra administración.

Cuando un Alcalde abusa de su poder con el pretexto de que tiene mayoría absoluta, con las debidas proporciones, es lo mismo que está haciendo el Presidente Trump y/o el Presidente Putín, que no es otra cosa que bendecir la injusticia y el sometimiento de la libertad por el uso de la fuerza.

Por otro lado, observo, que los jueces y tribunales en algunos-muchos casos pasan por encima de la ley aplicable considerando que estos casos menores no merecen enfocarlos en la dirección del valor justicia, de forma, que se consolida el abuso ilegal, pues es difícil, costoso y arriesgado para el ciudadano de a pie hacer frente a una injusticia, que viene validada por el marchamo de un acuerdo por mayoría absoluta.

En estos desgraciados casos, solo queda acudir a la vía penal judicial con todas la pegas que ese movimiento de defensa tiene para el particular que ejercita su derecho de defensa por ese camino, que es el único que le han dejado seguir.

Afortunadamente, hay casos y jueces/as que deciden con grave riesgo para sus personas hacer frente a la injustica y abren diligencias penales de investigación, que como se está demostrando en España es casi una temeridad para el órgano judicial competente, ya que, lo primero que hacen esos políticos autoritarios bajo la tutela de sus mayorías absolutas es cargar con el Juez/Jueza que se ha atrevido a contradecir su proceder autoritario y conta ley, acusándoles de estar equivocados, de no conocer la ley, de aplicarle por ideología política y todas las demás barbaridades que se están viendo en el día a día en España.

La única razón que lanzan contra todos los que no están de acuerdo es que ellos son el pueblo y están por encima de la ley, todo ello, adobado por bulos personales, políticos y sociales contra todos los que se atreven a discrepar.

En estos días de inseguridad jurídica conviene realizar una defensa del respeto a la ley en todos los niveles del poder político, algo esencial en cualquier estado social y democrático de derecho, como es el nuestro según la C. E.

Sin respeto a la Ley no existe el estado de derecho, pero es lo cierto, que ese deber de respeto es exigible al máximo, cuando se trata de poderes públicos de menor nivel (véase Ayuntamientos), ya que, mientras los ciudadanos tienen un deber general negativo de abstenerse de cualquier actuación que vulnere el cumplimiento de la Ley, los titulares de los poderes públicos tienen, además, un deber general positivo de realizar sus funciones de acuerdo con la Ley.

** La Constitución Española establece lo siguiente:

<< – Artículo 9: 1.  Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. 3.  La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

* Artículo 10: 1.  …   …, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.>>

Además, en España la justicia se apoya en el respeto a la ley, como fundamento del orden político y de la paz social, para avalar la obligación de respetar el ordenamiento jurídico.

En España se están produciendo a diario dislates tremendos de falta de respeto a la Ley en los niveles inferiores del poder público, así que señalaré un supuesto claro de falta de respeto a la ley, que es un ejemplo de perversión de la ley, pero que es como el lago de los muertos o piélago, que lo inunda todo en algunos municipios, así:

 * Abuso en algunos muchos municipios gobernados por mayorías absolutas, donde solo se hace lo que dice el partido que gobierna por mayoría absoluta con razón o sin ella, con la ley o contra ella.

(Nota: Los particulares avasallados por la mayoría absoluta está muy claro, que son necios, gilipo…, y unos irresponsables absolutos, porque ellos son el poder legítimo del pueblo).

A pesar de todo, siempre queda un halo de esperanza y algunas cosas están más claras:

.- España se desangra por un uso abusivo de mayorías absolutas con unos poderes públicos dominantes y sus dirigentes que juegan a la ruleta rusa con los españoles, de manera, que ellos a lo suyo y vale todo, aunque, pronto habrá elecciones y ya todos sabemos lo que hay.

2º.- Solo queda creer en la justicia y en la división de poderes, esperando que los jueces, apliquen la Ley sin condicionamientos ideológicos, y, siempre en favor del pueblo dónde reside la soberanía, y, del que nace, crece y se sostiene la justicia en las democracias constitucionales.

N. B.   La mayorías absolutas sin respeto a la Ley ni respeto a las minorías violan los derechos fundamentales de los ciudadanos, cualquiera que sea su nivel, pero cuando el abuso de las mayorías se hunde al nivel más bajo como son los ayuntamientos, lo que está en peligro es la libertad de las personas que viven en esos municipios dominados por unos gobernantes mayoritarios, que se creen por encima del bien y del mal y, además, impunes.

**Sin respeto a la Ley por todos y, especialmente, por los poderes públicos no existe el Estado de Derecho Constitucional.

**Sin ejemplaridad de los poderes públicos en el cumplimiento de la ley, es una ofensa a los españoles, que se les pida su cumplimiento.

Sin embargo, lo peor es, que actúan así contra la ley algunos muchos, quizás demasiados, porque se sienten impunes, de forma, que les da igual, aunque puede ser cierto, que los culpables son los ciudadanos por su mala memoria.

No se puede poner en duda, que las cosas están muy claras, luego que nadie se queje.

Córdoba, a 3 de marzo de 2025

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Cosas importantes II – Imparcialidad judicial – Respeto a la Ley (Abstención y recusación)

En España está cayendo en el olvido la imparcialidad judicial, porque algunos – muchos, quizás demasiados, jueces y tribunales aplican la ley adobada con criterios ideológicos, lo que lleva a que el respeto a la ley haya pasado al mundo de la subjetividad, donde la ley se aplica sin reglas, solo en base a criterios personales del juzgador que la aplica en sus resoluciones.

El asunto se agrava, cuando la resolución de turno por aplicación de la ley, que ahora si se aplica con rigor espartano, da lugar a una resolución irrecurrible, lo que en la mayoría de los casos produce indefensión a la persona afectada y una falta de tutela judicial efectiva, violándose el art. 24 de la Constitución.

Se dice, entonces, que el Juez o Tribunal aplica la ley y que la persona, que defiende sus derechos, no está de acuerdo porque tiene un interés particular en el asunto, de manera, que asunto terminado y punto.

Puede ser, que algunos casos sea verdad, pero existen aplicaciones de la ley judiciales, que teóricamente puedan parecer justas y fundadas en la ley, aunque, también, pueden ser éticamente reprobables y muy discutibles, apurándose el bucle del “valor justicia”, cuando la resolución judicial es irrecurrible por ley.

Aquí, me gustaría poner en defensa de lo expuesto los PRINCIPIOS DE ÉTICA JUDICIAL (Texto final acordado en la sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2016), que en su CAPÍTULO II, sobre el Principio de Imparcialidad, dice:   [

10.    La imparcialidad judicial es la ajenidad del juez y de la jueza respecto de las partes, para con las que han de guardar una igual distancia, y respecto del objeto del proceso, con relación al cual han de carecer de interés alguno. 

11.    La imparcialidad opera también internamente respecto del mismo juzgador o juzgadora a quien exige que, antes de decidir un caso, identifique y trate de superar cualquier prejuicio o predisposición que pueda poner en peligro la rectitud de la decisión. 

12.    El juez y la jueza no pueden mantener vinculación alguna con las partes ni mostrar favoritismo o trato preferencial que ponga en cuestión su objetividad ni al dirigir el proceso ni en la toma de decisión. 

13.    En la toma de decisiones, el juez y la jueza han de evitar llegar a conclusiones antes del momento procesalmente adecuado a tal fin, que es el inmediatamente anterior a la resolución judicial. 

14.    La imparcialidad impone una especial vigilancia en el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las partes y demás intervinientes en el proceso. 

15.    El juez y la jueza, en su tarea de dirección de los actos orales, habrán de velar por que se cree un clima adecuado para que cada una de las partes y demás intervinientes puedan expresar con libertad y serenidad sus respectivas versiones sobre los hechos y sus posiciones sobre la aplicación del Derecho. Asimismo, ejercerán la escucha activa como garantía de un mayor acierto en la decisión. 

16.    La imparcialidad impone también el deber de evitar conductas que, dentro o fuera del proceso, puedan ponerla en entredicho y perjudicar la confianza pública en la justicia.  

17.    El juez y la jueza han de velar por el mantenimiento de la apariencia de imparcialidad en coherencia con el carácter esencial que la imparcialidad material tiene para el ejercicio de la jurisdicción.  

18.    Todo miembro de la Carrera Judicial ha de evitar situaciones de conflicto de intereses y, en el caso de que estas se produzcan, ha de ponerlas de manifiesto con la mayor transparencia y a la mayor brevedad, a través de cualquiera de los mecanismos legalmente previstos.  

19.    En su vida social y en su relación con los medios de comunicación el juez y la jueza pueden aportar sus reflexiones y opiniones, pero a la vez deben ser prudentes para que su apariencia de imparcialidad no quede afectada con sus declaraciones públicas, y deberán mostrar, en todo caso, reserva respecto de los datos que puedan perjudicar a las partes o al desarrollo del proceso.  

20.    En sus relaciones con los medios de comunicación el juez y la jueza pueden desempeñar una valiosa función pedagógica de explicación de la ley y del modo en que los derechos fundamentales operan en el seno del proceso. 

21.    Cuando la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales se encuentren en peligro, la obligación de reserva cede en favor del deber de denuncia.  ]

A destacar, que es algo manifiesto, que algunas-muchas veces los juzgadores no cumplen con el principio de imparcialidad descrito en los Principios de Ética Judicial precitados, ya que, aplican la ley desde presupuestos llenos de ideología que la desnaturalizan, además, en algunos casos lejos de abstenerse de conocer el asunto persisten en mantener su competencia, incluso en los casos en que son recusados.

Es esto casos señalados se ignora la denominada ‘teoría de la apariencia’, postulada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y recogida por nuestro Tribunal Constitucional (STC 512-2013-PHC/TC, f.j.3.3.7 y 3.3.8), que, en puridad, se concretiza en el aforismo que «no basta que el juez sea imparcial, sino que debe parecerlo». Por tanto, se afirma que el juez debe exteriorizar una postura de relación lo razonablemente equidistante de las partes, de manera que el proceso judicial cumpla mínimamente con las exigencias derivadas del derecho al juez imparcial. Así pues, el T. C. sostiene que, además del comportamiento personal de los jueces, cobran relevancia aquellos hechos que puedan suscitar dudas respecto de su imparcialidad; por ello, sostiene, que hasta las apariencias podrán tener cierta importancia.

Esta teoría ha sido desarrollada por el Tribunal Constitucional Español, en el sentido de que «el legislador opta por un modelo de Juez rodeado de la apariencia de imparcialidad, no sólo en la realidad de su desconexión con las partes y con el objeto del proceso, sino también en su imagen, eliminando cualquier sombra al respecto cuando existan elementos objetivos que puedan justificar una apariencia de parcialidad».

En esta línea de argumentos, diremos que la apariencia de imparcialidad, constituye un presupuesto de un juicio justo, toda vez, que el juez no será imparcial cuando sus actos no expliciten justamente esta posición dentro de un proceso, de manera que este no pueda ser considerado como justo y equitativo. 

En conclusión, cuando la aplicación de la ley por los jueces y tribunales se ideologiza y se subjetiviza, la imparcialidad desaparece, se diga lo que se diga, porque entonces en realidad no se aplica la ley, sino que se “ejecuta” en perjuicio claro del -valor justicia- constitucional.

Un vez más, lo que hay es lo que hay, así que, tenemos otra vez la convicción de que en estos casos expuesto de aplicación injusta de la ley, no queda otra que la sublevación pacífica de los españoles ante la injusticia, porque creemos que hay que luchar por las “cosas importantes” como el valor justicia, la libertad y la igualdad, y,  ese camino de búsqueda de una aplicación justa de la ley asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” son unos de los instrumentos de autodefensa de la sociedad civil.

N.B.  Las cosas importantes como la imparcialidad judicial y el respeto a la Ley son algo irrenunciable por los ciudadanos de a pie, de manera, que ha llegado la hora de defender a ultranza las cosas importantes y de dejar a un lado  la palabrería innecesaria, porque el camino no puede ser aguantarse y someterse cautivo en aras de un consenso inexistente y vacío de contenido.

Es la hora de luchar por la justicia y por nuestros derechos y libertades.

Córdoba, a 11 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

La desigualdad anida bajo (el respeto a la Ley está cayendo en desuso)

 Se dice por activa y por pasiva que Ley de Amnistía, se ha cargado de una patada la Constitución de 1978, deshaciendo la división de poderes y permitiendo que Magistrados del Tribunal Supremo (y, otros Jueces y Magistrados más) vayan a ser investigados y acusados de prevaricación y de todo lo que caiga.

Ya he dicho en varios foros públicos, que soy uno de los muchos españoles, que se consideran violentados en todos sus derechos y libertades fundamentales, de forma, que sirva lo que digo como manifestación absoluta de lo que creo y defiendo hasta el final sea el que sea.

Creo que la aplicación justa de la Ley no admite excepciones, de forma, que no se puede estar contra *la ley de amnistía del Presidente Sánchez, sus socios y demás comparsas, y, a la vez, admitir excepciones o eximentes a cualquier tipo de violación de la ley, sea por acción, sea por omisión, aunque se disfrace de cualquier cosa de apariencia buenista, realizando un salto mortal al vacío de la nada, creando espacios opacos donde se niega una aplicación de la ley igual para todos.

Con ánimo abierto, fijaré algunos puntos abiertos, de cosas que ocurren, incluso a diario, que podrían servir de justificación a la inaplicación de la ley cuando conviene el políticos de turno, así:

1.- Se dice, con verdad, que la ley de amnistía autoriza el llamado lawfare contra los jueces, señalándolos y acusándolos de prevaricar, cosa que repito es un disparate aprobado en una Comisión de Justicia del Congreso.

Sin embargo, hay políticos, jueces y autoridades públicas (corporaciones locales, entidades publica varias, y, así, un larguísimo etc.) que de una y mil formas comenten “lawfare” contra los ciudadanos de a pie, sirviendo como ejemplo abierto, casos **donde jueces y/o magistrados dictan resoluciones contra ley por acción u omisión, **donde Alcaldes dictan decretos saltándose la ley, etc. etc., siendo evidente que a sus resoluciones les falta ”el valor justicia constitucional” del art. 1.1. de la C. E., porque pasan por encima de la Ley aplicable, situándose, además, en un mundo paralelo de impunidad.

DICHO DE OTRA FORMA, HAY *LAWFARE* CASI A DIARIO CONTRA LOS CIUDADANOS DE A PIE, MIENTRAS QUE PARA POLÍTICOS Y JUECES SE DENUNCIA QUE SUFREN “GUERRA SUCIA JUDICIAL” EN ESCLUSIVA, CUANDO LA REALIDAD ES QUE LA IGUALDAD Y EL RESPETO A LA LEY HA DESAPARECIDO PARA  CASI TODOS LOS ESPAÑOLES.

Ahora, que casi todos estamos en defensa de igualdad y de la Ley para todos igual, hay cosas que no son de recibo, cuando algunos políticos, muchos o pocos, que realizan declaraciones y se manifiestan contra la amnistía y la corrupción,  resulta que en sus centros de poder (autonómico, local, etc.) vienen realizando “amnistías pequeñitas” mediante el sistema de no respetar la ley aplicable por acción u omisión.

En resumen, el respeto a la ley y el estado de derecho solo obran en una dirección, de forma, que no valen los cambios de sentido y las dobles direcciones según quien sea y por la razón que sea, porque eso va contra el bien común de los españoles.

2.- Es un hecho patente, que no se puede estar con Ley y contra la ley, aplicando amnistías varias cuando conviene, aunque puedan parecer “pequeñitas”, porque no se puede estar con Dios y con el diablo, ya que. la C. E. y sus derechos y libertades para todos los españoles sin igual y la verdadera división de poderes base de toda democracia no admite caminos paralelos, donde el valor justicia se convierte en una entelequia según de donde sople el viento.

N.BLa defensa de una España libre y abierta, donde las libertades y derechos de los españoles sean el pan de cada día para todos, y, donde el valor justicia de la igualdad se encuentre en una ley común de todos nosotros, es ineludible y prioritaria, de forma, que el respeto a la ley por cualquier poder público no tenga excepciones, donde algunos puedan cobijarse con absoluta desigualdad e impunidad.

El respeto a la ley no puede tener dobles direcciones, que naveguen en favor de viento que sople, porque la igualdad es de todos los españoles.

Córdoba, a 8 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Respeto a la ley – Legítima defensa (Autodefensa – libertad individual)

Si se observa la realidad del día a día en España, no es difícil comprobar. que el “respeto a la Ley con fundamento en una supuesta libertad colectiva, a la que se sacrifica todo, ha desaparecido”, de forma, que es la hora de la autodefensa para proteger la libertad individual frente a la no libertad colectiva y al no valor justicia. El Estado Social y Democrático consagrado en la Constitución española de 1978 está en trance de desaparecer, porque los enemigos de la libertad se han apoderado de nuestros derechos y libertades.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea dice en su artículo 54 sobre la prohibición del abuso de derecho: 

“Ninguna de las disposiciones de la presente Carta podrá ser interpretada en el sentido de que implique un derecho cualquiera a dedicarse a una actividad o a realizar un acto tendente a la destrucción de los derechos o libertades reconocidos en la presente Carta o a limitaciones más amplias de estos derechos y libertades que las previstas en la presente Carta”.

¿A alguien le suena, lo que deja claro La Carta de la U. E.?

Pues ESO.

El respeto a la Ley por todos, especialmente, por los poderes públicos, es la base de la democracia y sin ella no pueden existir derechos y libertades reales.

**Un párrafo de la Declaración de Independencia de los EE. UU. de América dice:

“Que para garantizar los derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios”.

“Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, derrocar ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futura seguridad”.

**La Constitución Española en su artículo 9 establece:

{1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones igualdad para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

3.  La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.}

Es un hecho patente, que en España el respeto a la Ley está en completo retroceso, muchas veces, quizás, demasiadas, ni el Gobierno, ni las Comunidades Autónomas, ni las Corporaciones Locales, ni lo jueces, ni la Fiscalía del Estado, etc. etc. cumplen la ley, o mejor, solo la cumplen cuando quieren.

Cuando cualquier poder público ignora la Ley y solo la aplica basándose en su reconstrucción personal y “en su voluntad su sin reglas”, es decir, haciendo solo lo que le pide el cuerpo, es algo perverso para nuestro estado de derecho y nuestras libertades, pues bien, eso es lo que está ocurriendo ahora en algunos muchos casos en España.

El principio de legalidad que aprobamos con la Constitución de 1978 una gran mayoría de españoles, creando nuestro Estado Social y Democrático de Derecho ha pasado al nivel de la aplicación subjetiva de la ley y ocurre, que cuando esto pasa, la democracia fundada en el estado de derecho desaparece.

Desgraciadamente, eso es lo que está pasando en España, de manera, que ha llegado la hora de la legítima defensa para reclamar nuestra libertad individual que desde un frente de la libertad colectiva del poder establecido se nos pretende imponer.

Si alguien quiere cambiar la ley, que lo diga y a ello, pues nada es permanente ni invariable, pero mientras la C. E. exista, frente al ataque colectivo desde el poder público la autodefensa legítima es algo que forma parte del valor justicia de nuestro Estado de Derecho.

Por otro lado, nada garantiza mejor la democracia y el estado de derecho que una verdadera y real división de los poderes del estado, aunque ello conlleva que la sociedad civil (el Pueblo) debe estar siempre preparado para defender su libertad individual y, sin duda, no hay momento más a que unas elecciones libres a cualquier nivel.

Que cada uno haga lo que quiera, pero que no se llame a engaño, lo que hay es lo que hay.

N.B. Es la hora de la autodefensa para proteger la libertad individual frente a la no libertad colectiva y al no valor justicia.

El respeto a la Ley es la base de la democracia y sin ella no pueden existir derechos y libertades reales, máxime, cuando el art. 9 de la C. E. dice: “Que todos estamos sometidos a la ley, sobre todo, los poderes públicos sin exclusión alguna”

Córdoba, a 30 de julio de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.