Tag Archives: Ayuntamientos

Huelga de Letrados II (Reforma Integral de la Justicia)

Todos ya contra la huelga de Letrados de la Administración de Justicia, cosa que es normal, porque a alguien hay que echarle la culpa de cómo está la “Justicia en España” y porque ha puesto de manifiesto a nivel de calle que la Justicia que hay es un muerto viviente, algo así, como la Seguridad Social del Ministro Escrivá.

Todos los españoles saben y sienten que la Justicia en España es un desastre, dicho de otro modo “una injusticia manifiesta”.

Sólo es viable, si se quiere arreglar el estropicio, “llevar a acabo una reforma integral de la misma partiendo de cero”, porque lo que hay, salvo algunas o muchas personas, es poco o nada aprovechable.

Los españoles pueblo puede decir lo que piensan, partiendo de algunos ejemplos sin ánimo cerrado porque los casos lo desbordan todo, así, decir que opinan de:

*Tribunal Constitucional.

*Consejo General del Poder Judicial.

*Fiscalía General del estado.

*Tribunal Supremo con funcionamiento excluyente de los ciudadanos, lleno de reglas de inadmisión de todo, especialmente, si lo que el español de a pie lo que pretende es defender sus derechos frente a cualquier Administración.

*Un sistema de recursos contra las resoluciones judiciales injusto y cautivo de las administraciones, de forma, que si quieres un recurso de reposición a pagar 25 euros, y, salvo milagro, las costas, un recurso de apelación 50 euros y las costas, un recurso de queja 30 euros y posiblemente las costas, de manera que aunque se puede seguir, pararemos aquí por prudencia.

*En la misma senda contra los ciudadanos españoles es lo cierto, que cuando un particular recurre contra la Administración, todo son cortapisas en los órganos judiciales, que se me dirá, que no en todos, pero lo cierto y verdad es que los órganos judiciales casi siempre se posicionan en favor de las administraciones, en cualquier sentido que fastidie al español de a pie. A título de simple ejemplo:

*Si la Ley dice que la Administración debe remitir un expediente completo de acuerdo con el art. 48 de la LJCA y la requerida se salta la ley y envía el expediente Adminsitrativo que quiere arbitrariamente y sin ningún pudor, de forma, que al ciudadano pagano solo le queda recurrir, por supuesto, pagando su recurso y probablemente las costas del mismo.

*Enfrente se encuentra el ciudadano una legión de letrados y abogados, que curiosamente el paga con sus impuestos, que le hacen la vida imposible con todo tipo de triquiñuelas legales, que curiosamente los órganos judiciales suelen permitir porque siempre se admite de defienden el interés general. (A veces está claro que no es así ni mucho menos, pero da lo mismo). La legión de Abogados del Estado, Fiscales también, letrados de las CC. AA., letrados y abogados de las Corporaciones Locales (Ayuntamientos y Diputaciones), abogados de las empresas y fundaciones, etc. que son innumerables y que repito, paga el recurrente ciudadano, no contribuyen casi nunca al respeto a la Ley y al cumplimiento del principio de legalidad, porque no se comportan como servidores públicos, sino como mercenarios al servicio de la causa de quien le paga, sea justa o injusta.

*Se podría seguir hasta un infinito casi cómico, pero con lo dicho todos los españoles lo entienden.

La huelga de Letrados ha servido como he dicho para poner de relieve el estado caótico de la justicia en España y la necesidad de su reforma integral. Tal y como están las cosas, solucionar la huelga legal de los letrados, no servirá para nada, pues queda toda la malicia del sistema, que muchos no quieren ni oír hablar de arreglarlo en aras de la justicia y del pueblo soberano.

Finalmente, hago algunas propuestas para la Reforma Integral de la Justicia, con ánimo abierto, en favor del pueblo soberano, así:

1.- Crear un Cuerpo de Letrados independiente dedicados al servicio del Pueblo y de sus ciudadanos de a pie, con la finalidad única de defender gratuitamente al ciudadano español frente a los desafueros de las Administraciones Públicas y de la Fiscalía y de los propios órgano judiciales y para todos los casos que se le planteen de falta de respeto a ley y de desprecio al principio de legalidad por los mismos.

2.- Que desaparezcan los cobros y pagos por los recursos contra las administraciones para el español de a pie, así como, las costas por recurrir actos administrativos, salvo casos de evidente temeridad y/o mala fe, que deberán ser debidamente motivadas.

3.- Crear una justicia independiente en todos los órdenes y planos, bien dotada económicamente y que, en la medida de lo posible, sea rápida en todas sus instancias.

N.B. Reforma Integral de la Justicia.

Decir, como ahora, que todos los males son derivados de unos Letrados en huelga y todos contra ellos, es un disparate como la reforma de la S. S. del M. Escrivá.

Pronto habrá que escoger y votar, y, para empezar , no estaría nada mal que los ciudadanos tuviéramos información veraz,  seguridad y propuestas serias y claras, es decir, saber lo que es posible y lo que es imposible, y, por lo tanto, conocer cuando es verdad o cuando un engaño.

Córdoba, a 19 de marzo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Funcionarios y empleados en Corporaciones Locales (¿Cuántos son?)

Se acercan elecciones municipales y un grupo de mis lectores, me hace una pregunta que, desgraciadamente, soy incapaz de contestar.

¿Cuántas personas están empleadas en las Corporaciones locales – Ayuntamientos, Diputaciones, etc. etc.-

La información veraz es un derecho que la C. E. garantiza en su art. 20. cuando  dice: “A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”.

Así que, a ello.

Para empezar una declaración sobre la pregunta: “NO TENGO NI LA MENOR IDEA DE CUANTOS SON”.

Se habla de que son  800.000 empleados de todo tipo, aunque, creo que una cifra más real puede ser sobre 1.500.000 personas las que están en las nóminas de las Corporaciones Locales.

Quizás, la Seguridad Social y la AEAT con sus bases de datos lo pueden saber, pero, es evidente, que están mudos en este asunto, porque, es algo que afecta a todos los partidos políticos.

¿Alguien sabe cuántos chiriguitos, empresas, asociaciones, fundaciones, entidades con ánimo y sin ánimo de lucro, institutos, etc. etc. hay en las corporaciones locales?

Se que la pregunta tiene trampa, porque nadie pude ser capaz de contestarla por razones evidentes y, además, a los poderes públicos locales ni se les ocurre.

La reforma laboral puesta en marcha por la Ministra Srª. Díaz ha sido el remate al descontrol de empleados públicos de las corporaciones locales y sus aledaños, porque ha conseguido aumentar de forma incalculable esos empleados públicos, a la vez, que ha sembrado de contratos precarios indefinidos el sector privado.

Cualquier ayuntamiento o diputación tiene contratados en sus entidades paralelas casi el doble de sus funcionarios, de manera, que además, a estas cifras de empleados hay que sumar los cargos políticos de confianza de todos los partidos, que suelen figurar como asesores, secretarios, personal contratado externo, etc.

El acceso a esos puestos de trabajo, siendo benevolente, suele ser todo lo contrario a lo que la Constitución contempla de igualdad, mérito y capacidad, ya que, lo primero de todo es la relación directa o indirecta con el partido que gobierna la institución municipal o provincial.

Si alguien lo duda, que compruebe puesto de trabajo por puesto de trabajo, ¿quién ocupa esos puestos de trabajo público?

Que esos trabajos públicos sean de carácter permanente o temporal estimo que ya es demasiado demoledor, pues, vuelvo a decir lo mismo, que alguien compruebe.

¿cuántos de esos empleados públicos se convierten en fijos y por descontado a tiempo completo?

Creo, que por lo dicho,  mis lectores comprenderán porque soy incapaz de contestar a su pregunta.

Lo único que es verdad, es que las corporaciones locales, máxime, en tiempos de elecciones municipales son agencias de colocación sin mesura ni control.

N.B. A la pregunta de los funcionarios y empleados en Corporaciones Locales, ¿cuántos son?

Solo puedo responder con la verdad, {que no tengo ni idea}.

La Constitución Española dice, que es un derecho de los españoles “la información veraz”, y, aquí y ahora, -la única verdad en este asunto, es la existencia de un desconocimiento casi absoluto-, lo que es una verdad de valor indiscutible.

Igualdad, merito y capacidad.

Córdoba, a 20 de febrero de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

FILOLEY – CONSTITUCIÓN (Estado de Derecho)

La Constitución Española en su artículo 9 establece:

{1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Respeto a la ley.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones igualdad para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Libertad e igualdad.

3.  La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Garantía jurídicas. }

Puedo decir, que soy FILOILEY – (Constitución), paro ocurre que ahora en España el respeto a la Ley ha desaparecido, ni el Gobierno, ni las Comunidades Autónomas, ni las Corporaciones Locales, ni lo jueces, ni la Fiscalía del Estado, etc. etc. cumplen la ley, o mejor, solo la cumplen cuando quieren. Que un Juez decida aplicar la ley basándose solo “en su voluntad su sin reglas”, es decir, haciendo solo lo que le pide el cuerpo, se llama prevaricar, de manera, que el principio de legalidad que aprobamos con la Constitución de 1978 una gran mayoría de españoles, creando nuestro Estado Social y Democrático de Derecho ha pasado a mejor, sobre todo, cuando desde el Gobierno de la Nación se les dice a los jueces, que su ley, si o si, no se debe aplicar.

Ocurre, que cuando esto pasa, la democracia fundada en el estado de derecho desaparece, de forma, que todos nuestro derechos y libertades fundamentales quedan anulado/as.

Desgraciadamente, eso es lo que está pasando en España, No quiero decir, que los jueces no puedan interpretar la ley, sino que, toda aplicación de la ley nunca pude sobrepasar la letra y el espíritu de la propia ley.

El Código Civil, en relación con a la *aplicación de las normas jurídicas” estable:

[ Artículo 3.   

1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.

2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.

Artículo 4   

1. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.

2. Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes. ]

Los jueces y tribunales, como está ocurrido ahora, -si o si-, aplican la ley, aunque ocurre con demasiada frecuencia, que algunos jueces -quizás, demasiados- aplican la ley siguiendo “su voluntad sin reglas”, es decir, ningunean la ley y aplican su criterio absolutamente subjetivo, buscando su justicia no la -JUSTICIA-.

La Constitución dice, que* los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico*, de forma, que me declaro -FILOLEY-, aunque, no se lleve, manifestando con rotundidad que los que no respetan la ley, sean quienes sean, son FOBOCONSTITUCIONALES.

España eso es lo que hay dicho alto y claro y ha llegado el momento, de poner pies en pared para defendernos todos, de manera, que como pronto habrá elecciones, es la ocasión de decir basta ante tanto desafuero y tanta injusticia preñada de abuso de poder.

Que cada uno haga lo que quiera, pero que no se llame a engaño, lo que hay es lo que hay.

N.B. O se es FILOLEY o se es contrario al Estado de Derecho Constitucional.

El respeto a la Ley es la base de la democracia y sin ella no pueden existir derechos y libertades reales.

Córdoba, a 2 de diciembre de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Elecciones Municipales – Córdoba (parados e inactivos)

De nuevo, preguntan algunos lectores sobre el paro y el empleo  en Córdoba, así que, veamos algunos datos e informaciones:

*Lo primero de todo, ahora mismo, nadie sabe la verdad sobre el paro en Córdoba, pues falta cualquier información veraz, solo tenemos los datos de la EPA, los datos oficiales del M. de Trabajo y los que publica la Junta de Andalucía.

*En la provincia de Córdoba hay un total de 776.597 habitantes, de los cuales 380.369 son hombres y 396.228 son mujeres.

*Según la EPA 3T, Córdoba es la segunda provincia con más paro de Andalucía, su tasa de desempleo roza el 22%, tres puntos más alta la media andaluza y casi 10 más que la de España. Solo Granada tiene una tasa de paro más alta, con el 22,5%.

*Ocupados: 290.303. Personas dadas de alta en la Seguridad Social. De ellos, un 20% o más son trabajadores fijos a tiempo parcial o fijos discontinuos. Solo la S. S. sabe su numero real, pero esperar que publicite cuantos son es una utopía trolera.

*Pensionistas:  170.622. Es decir, hay 1,7 personas trabajando por cada pensionista. 

*Parados: 79.095.

*Inactivos reales: 129.378.

*Resto Población: 186.294.

¿Qué problemas tienen el paro y el empleo en Córdoba?

1.- Su número real (desconocido) y su tasa de paro (EPA T. 3).

2.- Los inactivos.

3.- El paro juvenil y el paro de las mujeres.

4.- El paro de los mayores de 50 años.

5.- El paro estructural.

6.- El empleo a tiempo parcial y el crecimiento artificial de los trabajadores fijos discontinuos.

7.- Los trabajadores fijos a jornada completa, los fijos a tiempo parcial y los fijos discontinuos.

8.- El empleo público, que duplica al privado y en ascenso.

9.- La opacidad completa en los datos de empleo y paro, donde solo se conoce lo que se publicita oficialmente y donde la S. S. esta sumida en un silencia oprobioso, siendo la única que tiene datos reales.

Con lo dicho y la situación tan complicada en todos los aspectos que soportamos, las corporaciones locales no tienen otra que intervenir en este asunto primigenio, así que, los ayuntamientos y las diputaciones deben hacer algo, empezando por facilitar a los ciudadanos una información veraz.

No hacer nada con el pretexto de falta de competencias legales es algo inadmisible, de forma, que se puede y de debe.

Reitero, que el desempleo, si o si, crecerá hasta alcanzar tasas insoportable, de forma, que amenazará la supervivencia actual de las pensiones y creará un ambiente social perverso, lo que conlleva que solo las ciudades más competitivas mantendrán unos niveles de empleo aceptables dentro de la crisis.

Es un hecho indiscutible:

*Que hay que gastar solo en todo lo que es necesario, eliminando cualquier gasto superfluo y dilapidador. *En resumen, hay que gastar mejor y extenderse a cubrir necesidades sociales locales.*Las inversiones sociales deben son una prioridad permanente insoslayable, de manera, que cualquier presupuesto local que se haga durante la crisis debe ser expansivo en esos gastos y estricto en gastos personales y materiales innecesarios.*Cualquier presupuesto local debe contener la presión impositiva local, promoviendo y garantizando la creación de riqueza, que incentive el empleo productivo y el nacimiento de puestos de trabajo competitivos bien remunerados.

La realidad es en materia de empleo y paro, que en Córdoba el Ayuntamiento y la Diputación tienen que implicarse y emplearse a fondo, ya que, que no se trata solo corregir el paro, sino de encontrar soluciones para crear empleo productivo digno y ayudar a todos los que necesiten ayuda mientras dura la crisis.

Reitero una verdad absoluta: que nada beneficia más a una ciudad, que tener un gobierno municipal formado por sus ciudadanos elegidos libremente y que todos saben que no tienen otros intereses que el servicio a los cordobeses en todos los sentidos”.

N.B. Córdoba tiene un problema prioritario, que es su paro y su estructura de empleo, todo, además, solapado y oscurecido por falta de información veraz, de manera, que en las elecciones municipales y en tiempos de tiempos de policrisis, las corporaciones locales tienen algo-mucho que hacer por sus ciudadanos.

Empezar por “una información veraz” es una base imprescindible para hacer y deshacer, buscando soluciones reales para todos los cordobeses.

¿Por qué la S. S. no informa y por qué los políticos cordobeses están callados y silentes?

Córdoba, a 6 de noviembre de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Elecciones Municipales – Desempleo y Pensiones (policrisis)

Preguntan algunos lectores sobre el paro y las pensiones en unas elecciones municipales, pidiendo opinión sobre el papel las corporaciones locales (ayuntamientos y diputaciones) ante los problemas del desempleo y las pensiones, pues dicen, que les dicen, que estas entidades locales nada pueden hacer en este asunto al no tener competencias ni medios.

La verdad es que algo si pueden hacer, máxime, si nos movemos como ahora en una “policrisis”, como la que dice el Banco de España, que debe afrontar la Nación Española.

En esta situación tan complicada en todos los aspectos el término “autodefensa” adquiere vida propia, de forma, que las corporaciones locales no tienen otra que intervenir en cualquier asunto esencial y, sin duda, el paro y las pensiones son unos de esos asuntos, así que, los ayuntamientos y las diputaciones deben hacer algo en ellos, además, tienen medios personales y materiales, a la vez, que tienen autonomía financiera y económica. No hacer nada con el pretexto de falta de competencias legales es algo inadmisible, de forma, que se puede y de debe.

El desempleo, si o si, crecerá hasta alcanzar un pico casi insoportable, de forma, que amenazará la supervivencia actual de las pensiones, lo que implica que solo las ciudades más competitivas mantendrán unos niveles de empleo aceptables dentro de la crisis. En definitiva, prima la “autodefensa”

Lo primero de todo es, que las Corporaciones Locales (ayuntamientos y diputaciones) tienen que aprender a defenderse por sí mismas.

Lo segundo es, que nadie espere o crea que alguien vendrá a ayudar, por la sencilla razón de que no podrán. 

Entiendo, que, además, para empezar hay que decir alto y claro:

Que hay que gastar solo en todo lo que es necesario, eliminando cualquier gasto superfluo y dilapidador.

En resumen, hay que gastar mejor y extenderse a cubrir necesidades sociales locales, superando, mientras exista crisis, el tope de gasto permitido con un límite que permita siempre una marcha atrás.

Las inversiones sociales deben ser, sin discusión, una prioridad permanente insoslayable, de manera, que cualquier presupuesto local que se haga durante la crisis debe ser expansivo en esos gastos y estricto en gastos personales y materiales innecesarios.

Cualquier presupuesto local debe contener la presión impositiva local, promoviendo y garantizando la creación de riqueza, que incentive el empleo y el nacimiento de puestos de trabajo competitivos bien remunerados.

**Unos datos sobre paro en Córdoba y sobre sus pensionistas:

*Según la EPA 3T, Córdoba es la segunda provincia con más paro de Andalucía, su tasa de desempleo roza el 22%, tres puntos más alta la media andaluza y casi 10 más que la de España. Solo Granada tiene una tasa de paro más alta, con el 22,5%.

*Aproximadamente, un 46% de los pensionistas de Córdoba viven bajo el umbral de la pobreza, se trata de la provincia de Andalucía con más personas en esta situación y afecta más a las mujeres, ya que el 56% de las pensiones de viudedad están por debajo de ese umbral.

*Un jubilado percibe en 2022 en Córdoba una pensión media sobre  1.026, 41 – eur.

*Un pensionista de 65 o más años en Córdoba, que tenga un cónyuge a su cargo, tiene en 2022 una pensión mínima de 890,5 -eur.

La realidad es en materia de paro y pensiones, que en Córdoba el Ayuntamiento y la Diputación algo si pueden hacer, de forma, que en las elecciones municipales hay que estar atento a las propuestas de los partidos que se presentan a las mismas, ya que, que no se trata solo corregir el paro y mejorar las pensiones, sino de encontrar soluciones para crear empleo y ayudar a todos los pensionistas que están en nivel de pobreza, aunque no solo a ellos.

Repetirlo no es malo, máxime, cuando estamos asistiendo a un espectáculo político de los partidos políticos hegemónicos lamentable, así que, conviene reiterar una verdad absoluta: que nada beneficia más a una ciudad, que tener un gobierno municipal formado por sus ciudadanos elegidos libremente y que todos saben que no tienen otros intereses que el servicio a los cordobeses en todos los sentidos.

N.B. Las elecciones municipales en tiempos de policrisis: “las corporaciones locales tienen algo-mucho que hacer por el desempleo y las pensiones”.

La situación de Córdoba, incluso dentro de Andalucía, es tremendamente delicada y acuciante en materia de paro y pensiones, así que, los ayuntamientos y las diputaciones provinciales tienen mucho camino que andar, potenciando su autodefensa con presupuestos inclinados a mejorar a los más necesitados.

¿Se puede hacer algo? Si. Pues, ESO.

Córdoba, a 30 de octubre de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.