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IBI Urbano en Cabra – El gran absurdo – Sin luz para construir, pero pagando IBI como si tuviéramos una ciudad consolidada.

El P. P. llegó al poder en muchos ayuntamientos, Diputaciones y CC. AA. prometiendo que bajaría los impuestos, reduciría el gasto público y que pondría orden justo tributario, pero ocurre que no es así, ya que, en ayuntamientos gobernados por mayoría absoluta, como es el caso de Cabra (Córdoba) se siguen cometiendo injusticias tributarias un día si y otro también, de forma, que si alguien no me cree, que tenga la paciencia de leer este informe sobre el IBI Urbano.

La situación que padecen los propietarios de parcelas en la Zona de Belén en Cabra, (Unidad de Actuación SUNC/R-01 del PGOU de Cabra), presenta una contradicción administrativa difícil de justificar: “Cuando se solicita una licencia de obras, la respuesta es que no existe capacidad eléctrica suficiente para garantizar el suministro; pero, al mismo tiempo, esas mismas parcelas continúan tributando como bienes inmuebles urbanos, como si formaran parte de un ámbito plenamente urbanizado, equipado y apto para la edificación”.

No se trata únicamente de una cuestión económica. Está en juego la coherencia del sistema urbanístico y tributario: “La Administración no puede tratar el suelo como urbano para cobrar más impuestos y, simultáneamente, como suelo carente de condiciones suficientes cuando debe reconocer derechos urbanísticos”.

*Ver el Informe del Arquitecto Municipal de Cabra de 18 de octubre de 2012 (Ref. Entrada 7639/12), que acredita la ausencia de expectativas de desarrollo del sector.

*Así mismo, obra en el Expediente el Informe Urbanístico emitido por la Arquitecta Municipal del Ayuntamiento de Cabra con fecha 08/08/2025 (remitido mediante Decreto de Alcaldía de 17/09/2025, Expte. GEX 14846/24), en cuyos apartados Séptimo y Octavo se dice:

**SÉPTIMO.- “Según lo anteriormente expuesto, NO SE PUEDE AUTORIZAR LA EDIFICACIÓN, al no tener la condición de SOLAR requiriendo de la previa aprobación del correspondiente instrumento de ordenación ( Plan Parcial conforme a la ficha urbanística), proceder con el correspondiente desarrollo urbanístico obras de urbanización, así como con el cumplimiento de los deberes urbanísticos de la propiedad del suelo y cumplimiento de requisitos y garantías de urbanización”.

** Octavo.- “En conclusión, el suelo está clasificado como Urbano por el planeamiento vigente, sometido a actuaciones de Transformación Urbanística Delimitada habiéndose establecido las determinaciones de la ordenación estructural y pormenorizada (detallada) por el PGOU de Cabra,  **no obstante indicar que aún no se ha aprobado la figura correspondiente de planeamiento vigente para su desarrollo y concreción, esto es, el Plan Parcial para el uso residencial, por lo que no está legitimada su ejecución**.

¿Es legal que un Ayuntamiento te cobre impuestos por servicios que no tienes?

Esta es la situación surrealista que están viviendo los propietarios de parcelas en la Zona de Belén (Cabra). Por un lado, se deniegan sistemáticamente las licencias para construir porque Endesa afirma que no hay capacidad eléctrica. Sin embargo, por el otro, **el Ayuntamiento de Cabra no duda en pasar y exigir el recibo del IBI Urbano por unos terrenos que, a efectos prácticos y legales, siguen siendo rústicos**.

En la Zona de Belén (Unidad de Actuación SUNC/R-01 del PGOU de Cabra) no existe ordenación detallada ni pormenorizada, ni ha sido aprobado el correspondiente instrumento de planeamiento de desarrollo. La clasificación genérica de los terrenos como suelo urbanizable no basta para atribuirles naturaleza urbana a efectos catastrales. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo, entre otras, en sus Sentencias de 30 de mayo de 2014, recurso 2362/2013; 19 de febrero de 2019, recurso 128/2016; 5 de marzo de 2019, recurso 1431/2017; y 24 de noviembre de 2021, recurso 7639/2019. Conforme a esta doctrina, el suelo urbanizable cuyo desarrollo depende de la aprobación de un instrumento posterior de ordenación detallada conserva la naturaleza rústica hasta que dicho instrumento sea aprobado. En consecuencia, la atribución catastral de naturaleza urbana a las parcelas de la Unidad de Actuación SUNC/R-01 del PGOU de Cabra carece de fundamento, mientras no exista planeamiento de desarrollo eficaz, sin que la mera delimitación del ámbito en el planeamiento general pueda justificar por sí sola la liquidación del IBI urbano.

**Regla jurisprudencial aplicable. La doctrina puede formularse de la siguiente manera:

El suelo urbanizable incluido en un sector o ámbito delimitado no tiene naturaleza urbana a efectos catastrales por el solo hecho de aparecer así clasificado en el planeamiento general. Solo adquiere dicha naturaleza cuando existe una ordenación detallada o pormenorizada aprobada que permita su desarrollo sin necesidad de un nuevo instrumento de planeamiento. Hasta ese momento, debe considerarse suelo rústico a efectos catastrales y del IBI.

Esta regla debe conectarse con el artículo 7.2.b) del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.

***Aquí desglosamos este bloqueo administrativo y los pasos legales para exigir la devolución de nuestro dinero.

1.- El Bloqueo de Endesa – (Una infraestructura colapsada).

El freno a las licencias urbanísticas en la Zona de Belén (Unidad de Actuación SUNC/R-01 del PGOU de Cabra) no es un capricho, sino una limitación técnica vinculante. Los informes del sector advierten que la red eléctrica nacional está saturada. En Cabra, los transformadores de la subestación han agotado su capacidad.

Por ley, para que una parcela sea considerada un “solar” edificable, debe tener garantizados los servicios básicos. Al denegar Endesa la viabilidad del suministro eléctrico, el Ayuntamiento se ve atado de pies y manos para dar licencias. Hasta aquí, la lógica técnica impera.

2.- La trampa fiscal – (Cobrar IBI urbano por parcelas sin servicios).

Si la administración asume que no podemos construir porque no hay luz…

¿Por qué el Ayuntamiento de Cabra sigue cobrando el IBI Urbano en la Unidad de Actuación de la Zona de Belén?

**Este cobro revela una vulneración tajante de la jurisprudencia:

*La Sentencia del Tribunal Supremo (30/05/2014): Los ayuntamientos no pueden liquidar IBI urbano sobre terrenos urbanizables si estos no cuentan con un desarrollo urbanístico efectivo.

*Falta de ordenación detallada: Antes de aprobarse un instrumento de desarrollo (o si su ejecución está paralizada), el suelo mantiene su carácter rústico.

Nuestras cuatro parcelas sitas en la Unidad de Actuación SUNC/R-01 del PGOU de Cabra no están desarrolladas, y, como demuestra el bloqueo de Endesa, carecen de servicios básicos. Obligarnos a pagar un IBI urbano es gravar una riqueza irreal.

3.- Guía de acción – (Reclamar la aplicación de la Ley).

Es hora de actuar. Para detener esta irregularidad y recuperar los impuestos abonados en exceso, existen tres pasos fundamentales que se deben iniciar:

1.- Ante el Catastro (Subsanación de discrepancias): Debemos exigir a la Gerencia Territorial de Córdoba que modifique la descripción de nuestras parcelas de “urbano” a “rústico”.

2.- Ante el Ayuntamiento (Devolución de ingresos indebidos): Presentar un escrito exigiendo la reliquidación al IBI Rústico y la devolución de la diferencia de los últimos cuatro años (plazo no prescrito).

3.- Ante la Diputación de Córdoba y su (ICHL); Reclamar el cobro indebido  IBI Urbano del Ayuntamiento de Cabra.

**No podemos permitir que el incumplimiento de la Ley y la ineficiencia en las infraestructuras eléctricas la acabemos pagando los vecinos a precio de suelo urbano**.

N. B. Imagen. El gran absurdo de Cabra – Sin luz para construir, pero pagando IBI como si tuviéramos una ciudad consolidada.

(Nota. Por todo lo dicho, el Ayuntamiento de Cabra debería iniciar de oficio la modificación catastral de la Unidad de Actuación –SUNC/R-01 del PGOU de Cabra- exigiendo que las parcelas de dicha Unidad pasen a tributar como suelo rústico)

Córdoba, 29 de septiembre de 2026

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado. ICA-Córdoba. – Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

Exconcejal  Ayuntamiento y Exdiputado provincial de Córdoba. Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

La Colada -(el embalse que volvió a llenarse y siguió enfermo)

Cada día recibo correos de los lectores del blog, pidiendo información sobre el embalse de La Colada, pues según dicen no entienden la situación en que se encuentra enfermo y desahuciado, así que intentaré explicar de forma clara y  sencilla el problema que tenemos irresuelto y abandonado por las administraciones responsables, aunque lo verdaderamente intrigante es que no pasa nada y el embalse sigue enfermo y contaminado.

<<Un problema que no cabe en una sequía>>

La Colada ha demostrado una verdad, que las políticas hidráulicas suelen olvidar:

“Llenar un embalse no equivale a recuperar un territorio”.

El agua ha vuelto al vaso, pero la confianza no. Durante 2026 la presa cordobesa permaneció sometida a restricciones de baño por la presencia de cianobacterias potencialmente tóxicas y llegó a ser la única zona de baño andaluza que continuaba cerrada por este motivo.

Lo dicho rompe el relato cómodo de la recuperación, porque agua hay, pero la crisis se ha instalado de forma permanente, de manera, que *hay volumen, pero no seguridad ecológica, *hay Administraciones, pero no un mando público capaz de responder por el conjunto.

<<La trampa del agua abundante>>

Durante demasiado tiempo, la conversación se ha reducido a una pregunta inadecuada: ¿hay agua suficiente?

La pregunta correcta es otra:

¿podemos confiar en esa agua y en el sistema que debe protegerla?

La Colada obliga a distinguir entre tres cosas que no son equivalentes: *el agua almacenada, *el agua ambientalmente sana y *el agua que puede convertirse en agua de consumo con garantías razonables.

La primera puede recuperarse con lluvias; las otras dos requieren depuración, vigilancia, disciplina y tiempo.

Cuando un embalse necesita más reactivos, más carbón activo, más controles y más barreras de tratamiento, el coste de la mala gestión aguas arriba aparece en la factura de la potabilización. El problema se desplaza, pero no desaparece.

<<El enemigo no es una sola causa>>

Es fácil elegir un culpable único, de forma, que se culpa a la ganadería, a los purines, a los municipios o a la Administración competente, pero la contaminación de una cuenca no se prueba con intuiciones ni con consignas.

La pregunta seria es cuánto nitrógeno y fósforo aporta cada fuente, y, para responderla hay que medir vertidos urbanos, depuradoras, colectores, escorrentías, instalaciones ganaderas y sedimentos del propio embalse. Las informaciones publicadas sobre la EDAR de Pozoblanco -con una concentración media de fósforo de 4,6 mg/l y un rendimiento de depuración del 32,16 % en 2025- sugieren que el saneamiento urbano forma parte del problema, aunque no permiten cerrar por sí solas toda la explicación causal.

La política ambiental adulta empieza cuando abandona la comodidad del culpable único y acepta la incomodidad del balance de masas.

<<La Administración como sistema roto>>

La Colada no padece solamente una crisis ambiental, sino que padece una crisis de arquitectura pública.

*La Confederación (CHG) vigila el dominio público y los vertidos; *la Junta interviene en sanidad, depuración y calidad; *la Diputación y Emproacsa participan en el abastecimiento; y, *los ayuntamientos gestionan piezas esenciales del saneamiento. Cada institución puede exhibir una competencia, pero ninguna parece asumir el resultado completo.

Eso es gobernanza por compartimentos, de forma,  que cada expediente tiene dueño, pero el problema no.

La solución no es crear una nueva agencia con un logotipo y ningún presupuesto, sino que lo que hay que hacer es *designar una dirección técnica única, *aprobar un calendario vinculante, *publicar indicadores y *hacer que cada retraso tenga nombre, fecha y consecuencia.

<<La revolución pendiente – (dejar de gestionar el final de la tubería)>>

La respuesta convencional consiste en reforzar la potabilización y, sin duda, es necesario, pero insuficiente, ya que, una ETAP mejor preparada puede proteger al consumidor, pero no puede regenerar una cuenca contaminada.

La revolución consiste en invertir la lógica: *primero se corta la entrada, *después se restaura el vaso y *al final se perfecciona la barrera de abastecimiento.

***Eso significa:

*depuradoras capaces de eliminar nutrientes, no solo de cumplir formalmente una depuración básica; *colectores inspeccionados y aliviaderos controlados; *purines almacenados y aplicados con trazabilidad; *muestreos en cada tributario relevante; *datos abiertos y comprensibles; y, *pilotos científicos antes de comprar soluciones milagrosas.

La prioridad no debe ser la tecnología más vistosa, sino la medida que reduzca de forma demostrable la carga contaminante que llega al embalse.

<<Derecho vs. diagnóstico>>

La indignación ciudadana solo se convierte en acción eficaz cuando se traduce en obligaciones exigibles.

La Ley 27/2006 permite reclamar información ambiental, participar en decisiones con incidencia ambiental e instar la revisión de actos y omisiones contrarios a la normativa. El artículo 29 de la LJCA puede ser útil frente a obligaciones concretas incumplidas, pero no sirve para pedir a un tribunal que diseñe una política pública genérica de regeneración.

Por eso, el expediente debe construirse como una cadena de precisión:

“*qué obligación existía, *quién la tenía, qué plazo venció, *qué prueba acredita el incumplimiento y *qué daño se produjo”.

La vía penal, si procede, debe ser el último eslabón de una investigación sólida, no el primer titular. La responsabilidad patrimonial exige daños concretos, individualizados y causalmente conectados con el funcionamiento del servicio público.

Es un hecho patente, que la pluralidad de Administraciones no crea por sí sola una responsabilidad solidaria.

<<Un pacto con cláusula de incumplimiento>>

La propuesta es sencilla de decir y difícil de esquivar: “Un contrato de recuperación de La Colada con horizonte que no supere cinco años”.

***No un protocolo ornamental, sino un pacto con cinco cláusulas públicas:

1.- datos abiertos cada semana;

2.- mapa de entradas contaminantes y responsables;

3.- plazos obligatorios para depuración y saneamiento;

4.- evaluación independiente de cada actuación;

5.- consecuencias administrativas ante el incumplimiento.

El indicador de éxito no será el número de ruedas de prensa, ni el dinero anunciado, ni el volumen embalsado, sino que será *la reducción verificable de nutrientes, *la desaparición sostenida de episodios de cianobacterias, la recuperación de la calidad ecológica y *la existencia de un abastecimiento redundante y seguro.

<<Conclusión>>

La Colada no está condenada, pero tampoco está recuperada porque vuelva a tener agua, la verdad es que está ante una elección política y administrativa: “Continuar administrando síntomas o empezar a gobernar causas”.

La sequía fue el detonante, pero la contaminación acumulada, la fragmentación competencial y la opacidad explican la persistencia. El futuro del embalse dependerá de si las instituciones aceptan que la seguridad hídrica no consiste en encontrar agua, sino en protegerla antes de que sea demasiado tarde.

N.B. Imagen. La Colada –  (el embalse que volvió a llenarse y siguió enfermo).

(Nota. Solo la Diputación de Córdoba, con el mayor presupuesto de su historia, gasta más en apertura de fosas, política radical de I. U. y en subvencionar empresas públicas ruinosas a fondo perdido, que en recuperar el embalse de La Colada.)

Córdoba, 24 de septiembre de 2026.


Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba. – Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

Exdiputado provincial de Córdoba. Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Una ilusión burocrática – (Radiografía de la ineficiencia y la quiebra político-presupuestaria en la Diputación de Córdoba)

<<El presupuesto como espejismo>>

Hay instituciones que crecen porque atienden mejor a la ciudadanía y otras que crecen porque han aprendido a administrarse a sí mismas. La Diputación de Córdoba pertenece a la segunda categoría: “Una estructura cada vez más extensa, más costosa y más compleja, pero no necesariamente más útil”.

El presupuesto provincial para 2026 asciende a 385,4 millones de euros y alcanza los 522,9 millones en términos consolidados, al incluir organismos y empresas públicas. El incremento es del 14,92% en el presupuesto ordinario y del 21,31% en el consolidado.

La propaganda institucional presenta estas cifras como un signo de fortaleza, pero el tamaño presupuestario no constituye, por sí mismo, una medida de buena administración. Un presupuesto récord solo es una buena noticia si se traduce en mejores servicios, infraestructuras terminadas, menor carga burocrática y una respuesta más rápida a los problemas cotidianos. De lo contrario, el crecimiento del gasto no es transformación: “Es inflación administrativa”.

La verdadera pregunta no es cuánto dinero gestiona la Diputación, sino cuánto valor público devuelve por cada euro que recibe.

<<La provincia atrapada en su propia burocracia>>

La Diputación no carece de una misión legal relevante. Al contrario, la legislación básica de régimen local le atribuye funciones esenciales de coordinación, asistencia y cooperación con los municipios, especialmente con los de menor población. Entre ellas se incluyen la asistencia en materia jurídica, económica y técnica, la gestión recaudatoria, la administración electrónica y la contratación centralizada.

El problema aparece cuando la institución deja de ser una herramienta de apoyo municipal y se convierte en un circuito cerrado de informes, convenios, expedientes, órganos colegiados y estructuras paralelas. En ese momento, la burocracia ya no sirve a la competencia: “La competencia empieza a servir a la burocracia”.

<<Asistencia que no resuelve>>

La asistencia técnica y jurídica solo cumple su finalidad cuando permite que un pequeño ayuntamiento funcione con mayor seguridad, rapidez y menor coste. Si, pese a la existencia de estructuras provinciales, los municipios deben contratar servicios externos, crear unidades propias o duplicar recursos para obtener una respuesta eficaz, la asistencia deja de ser una solución y se transforma en una promesa institucional.

**No basta con tener departamentos. Es necesario medir: *El tiempo medio de respuesta a los municipios. *El número de expedientes pendientes. *El porcentaje de informes que se emiten fuera de plazo. *El coste provincial por servicio prestado. *El ahorro efectivo generado para los ayuntamientos.

Sin esos indicadores, la asistencia municipal corre el peligro de convertirse en una categoría retórica: “Formalmente existente, pero materialmente insuficiente”.

<<El laberinto del ICHL>>

El Instituto de Cooperación con la Hacienda Local responde a una finalidad legítima: “Facilitar la gestión tributaria de los municipios y permitir economías de escala”, sin embargo, cuando la delegación competencial es parcial y más cara, la centralización puede producir el efecto contrario al pretendido.

El ayuntamiento conserva departamentos de rentas, atención al contribuyente y gestión administrativa, mientras el Instituto interviene en determinadas fases de la recaudación. El resultado puede ser una cadena de remisiones, comprobaciones y comunicaciones en la que nadie parece tener la responsabilidad completa del procedimiento, aunque todos participen en él.

La cuestión no es defender la gestión directa o la delegada por razones ideológicas. La cuestión es comprobar cuál de las dos ofrece:

*Menor coste por expediente. *Menor tiempo de tramitación. *Menos reclamaciones. *Mayor recaudación efectiva. *Mejor atención al contribuyente.

Si la delegación no produce ahorro, claridad y resultados, debe ser revisada, ya que, la cooperación no puede consistir en añadir un intermediario permanente entre el ciudadano y su ayuntamiento.

<<El garantismo convertido en parálisis>>

El control interno es una garantía esencial del Estado de Derecho. La intervención, la fiscalización y la exigencia de responsabilidad no son obstáculos prescindibles, pero el garantismo deja de proteger el interés general cuando se transforma en una sucesión mecánica de controles repetidos que no aportan información nueva ni reducen riesgos relevantes.

Sellar el mismo expediente en tres fases no equivale necesariamente a fiscalizarlo tres veces. A veces solo significa retrasarlo tres veces.

La buena administración exige controles proporcionales, trazables y orientados al riesgo. El expediente menor y la gran contratación estratégica no pueden soportar idénticas cargas procedimentales. La Administración que revisa todo con la misma intensidad termina no controlando mejor, sino controlando peor aquello que realmente importa.

<<Empresas públicas – (agilidad prometida, rigidez consolidada)>>

La utilización de sociedades mercantiles públicas y entes instrumentales se justificó como una vía para ganar flexibilidad, profesionalidad y capacidad operativa, sin embargo, la excepción organizativa puede convertirse en un sistema paralelo permanente.

Emproacsa y Epremasa concentran servicios de extraordinaria importancia: “Agua, residuos y prestaciones vinculadas al bienestar básico”. Precisamente por ello, no pueden evaluarse solo por su existencia formal ni por el volumen de actividad que declaran.

*Deben someterse a una pregunta elemental: ¿prestan un servicio mejor, más barato y más controlable que las alternativas disponibles?

La información pública sobre el presupuesto de 2026 ha situado a las empresas provinciales en el centro del debate financiero, con advertencias periodísticas sobre el riesgo de dificultades económicas si no se actualizan las tarifas. Al mismo tiempo, la Diputación y la Junta han impulsado obras por más de 11 millones de euros para conectar definitivamente La Colada con Sierra Boyera.

La inversión puede ser necesaria. Lo que no puede aceptarse es que la inversión se utilice como sustituto de la planificación, ni que las transferencias públicas oculten indefinidamente problemas de gestión, financiación o mantenimiento.

<<Agua – (la prueba definitiva)>>

El abastecimiento de agua en la Zona Norte y la situación del embalse de La Colada constituyen una prueba de credibilidad institucional. Cuando una Administración proclama grandes presupuestos, la ciudadanía tiene derecho a exigir resultados visibles: “Agua segura, infraestructuras operativas, mantenimiento estable y responsables identificables”.

Un servicio esencial no se acredita mediante convenios anunciados, ruedas de prensa o partidas presupuestarias. Se acredita cuando funciona.

<<Residuos y monopolio>>

La gestión pública de residuos puede responder a razones de interés general, continuidad y cohesión territorial. Pero la condición de medio propio no debe convertirse en una patente de ineficiencia.

**La ausencia de competencia no elimina la obligación de compararse con el mercado.

**La Diputación debería publicar periódicamente: *El coste unitario por tonelada gestionada. *El coste de personal directo e indirecto. *El peso de los gastos de estructura. *La evolución de las tarifas. *Las transferencias recibidas de la Administración matriz. *Los resultados de calidad y cumplimiento.

El monopolio público solo es defendible si demuestra eficiencia, transparencia y control. Si no lo hace, el ciudadano paga dos veces: primero mediante impuestos y después mediante tarifas.

<<El pacto presupuestario y la contradicción política>>

El presupuesto de 2026 fue aprobado con los votos favorables del Partido Popular y la abstención de Izquierda Unida, mientras PSOE y Vox votaron en contra. La abstención de IU estuvo vinculada, según las informaciones publicadas, a la incorporación de recursos destinados a los municipios, incluyendo 25 millones de euros entre presupuesto y remanentes.

El acuerdo parlamentario es legítimo. Lo que debe examinarse es su coherencia política y presupuestaria.

Quien se presenta ante los electores como defensor de la austeridad, la moderación fiscal y la reducción del gasto improductivo no puede limitarse a celebrar que el presupuesto crezca. Debe explicar qué partidas se eliminan, qué estructuras se racionalizan y qué servicios se someten a evaluación.

Un acuerdo de estabilidad no debería servir para blindar la inercia administrativa. El presupuesto no puede convertirse en una moneda de intercambio entre grupos políticos, ni la abstención en una coartada para evitar la transparencia sobre los compromisos asumidos.

La política presupuestaria no se mide por la habilidad para sumar votos, sino por la capacidad de distinguir entre gasto social, inversión productiva y gasto administrativo prescindible.

<<Una reforma que mida, compare y elimine.>>

La Diputación necesita menos retórica de modernización y más cirugía organizativa.

*** La reforma debería asentarse en cinco decisiones concretas.

1.- Auditoría integral de la estructura.

**Debe realizarse una auditoría externa e independiente de: *Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. *Personal eventual y cargos de confianza. *Mandos intermedios. *Organigramas de empresas públicas. *Asistencias técnicas y contratos de servicios. *Encomiendas y convenios interadministrativos. *Gastos de representación, publicidad y protocolo.

La auditoría debe identificar qué unidades prestan servicios esenciales, cuáles duplican funciones y cuáles carecen de resultados verificables.

2.- Cuenta de coste por servicio.

Cada servicio provincial debe disponer de una ficha pública con cinco datos mínimos:

“Coste total, usuarios atendidos, tiempo de respuesta, resultado obtenido y comparación con ejercicios anteriores”.

Lo que no puede medirse acaba justificándose por costumbre, y, lo que se justifica únicamente por costumbre termina siendo un candidato natural a la supresión.

3.- Reforma del ICHL.

El modelo tributario debe revisarse municipio por municipio. La delegación íntegra puede ser razonable cuando produzca especialización y ahorro, pero la delegación parcial debe desaparecer cuando genere duplicidades.

El contribuyente no tiene por qué conocer el organigrama institucional para pagar un recibo o presentar una reclamación. La Administración debe organizarse alrededor de la necesidad ciudadana, no alrededor de sus fronteras internas.

4.- Contratos de resultados para las empresas públicas.

Las transferencias a Emproacsa y Epremasa deben vincularse a objetivos concretos:

“Calidad del agua, continuidad del suministro, reducción de averías, coste por usuario, cumplimiento de rutas, reciclaje, mantenimiento y atención de reclamaciones”.

La financiación pública no puede funcionar como una póliza de seguro contra la mala gestión, ya que, si una empresa pública necesita recursos extraordinarios, debe explicar *por qué, *durante cuánto tiempo y *con qué plan de retorno.

5.- Infraestructuras con fecha de finalización.

La provincia necesita un cuadro público de infraestructuras críticas con presupuesto, responsable, grado de ejecución, incidencias y fecha prevista de puesta en servicio.

La conexión de La Colada con Sierra Boyera, el abastecimiento de la Zona Norte y la conservación de la red viaria no pueden vivir eternamente en el territorio de los anuncios.

Una obra pública que no termina es una forma de gasto permanente sin servicio permanente.

<<La Diputación que Córdoba necesita>>

La Diputación no debe desaparecer por tener competencias supramunicipales, sino que debe dejar de confundir su importancia institucional con su tamaño administrativo.

Una Diputación útil es la que permite a los pequeños municipios *hacer más con menos; *la que concentra servicios cuando realmente ahorra; *la que presta asistencia dentro de *plazo; *la que coordina sin invadir; *la que controla sin paralizar; y, *la que publica resultados comprensibles para cualquier ciudadano.

La alternativa no consiste en una Administración provincial más grande, sino en una Administración provincial más precisa, de forma, que tenga menos capas, menos intermediarios, menos expedientes circulares y más kilómetros de carretera mantenidos, más servicios operativos y más respuestas resueltas.

La ilusión burocrática consiste en creer que una institución mejora porque aumenta su presupuesto, multiplica sus órganos y extiende sus programas. La realidad administrativa es mucho más exigente: “Una institución solo mejora cuando el ciudadano puede percibir el resultado”.

La Diputación de Córdoba no necesita otra campaña de autoafirmación institucional. Necesita una radiografía completa, un diagnóstico sin complacencias y una operación de racionalización que coloque el interés general por encima de la comodidad de las estructuras creadas.

N. B. Imágenes. Una ilusión burocrática. (Radiografía de la ineficiencia y la quiebra político-presupuestaria en la Diputación de Córdoba).

1ª.- Imagen. Una ilusión burocrática – Ningún bien permanente.

2ª.- Imagen. Radiografía de la ineficiencia.

(Nota. En conclusión, la Diputación de Córdoba no adolece de competencias inútiles, sino de capas geológicas de burocracia, puestos redundantes y un exceso de cargos eventuales sostenidos por acuerdos políticos que no reflejan la voluntad mayoritaria ni el interés general de la provincia.)

Córdoba, 13 de septiembre de 2026,

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado, ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

Exdiputado provincial de Córdoba. Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Infraestructura Eléctrica en Córdoba – (Bloqueo energético – atropello del IBI)

El “veto invisible” que paraliza la provincia y la expropiación fiscal encubierta de los Ayuntamientos.veto, invisible

1.- Realidad Provincial – (Un déficit estructural que nadie quiere asumir).

A día de hoy la provincia de Córdoba sufre un bloqueo energético doble que actúa como freno estructural al desarrollo:

ZonaProblema principalEstado actual (marzo 2026)
Norte (Pedroches)Ausencia de eje de transporte 400 kVInversión de 100 M€ aprobada (Maguilla-Peñarroya-Lancha). Ejecución “a largo plazo” (léase: indefinida).
Sur (Subbética)Saturación crónica de subestaciones y red de media tensiónColapso técnico real. Endesa recibe reclamaciones administrativas por denegación sistemática de puntos de acceso.
CapitalSaturación de nudos de conexión (Lancha/Casillas)Pendiente de ampliación de posiciones por REE para evacuar renovables.

(Nota. Mientras se publicitan “récords” de fotovoltaica, la energía generada no puede evacuarse, de forma, que el resultado es paradójico, ya que, Córdoba produce electricidad que no puede usar y, al mismo tiempo, impide que sus ciudadanos y empresas la consuman.)

2.- El veto eléctrico al desarrollo urbanístico – (la trampa perfecta).

El colapso de la red se ha convertido en un freno fáctico a los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU), y, los Ayuntamientos, lejos de presionar a Red Eléctrica o a la Junta, han encontrado en este bloqueo una cómoda coartada:

<-Inviabilidad de licencias: No pueden otorgar licencias de primera ocupación porque no existe boletín de enganche.

<-Costes inasumibles: Las distribuidoras (Endesa) exigen a promotores particulares que financien subestaciones públicas completas.

<-Paradoja renovable: Se genera energía limpia que se “tira” mientras se bloquea el crecimiento residencial e industrial.

3.- Caso crítico – (Sector “Belén”) – (Cabra) – La prueba de cargo contra el Ayuntamiento.

La Subestación Eléctrica de Cabra (SET Cabra) está saturada nominalmente. Los 1,6 M€ invertidos en “digitalización” son un simple parche anti-apagones, porque  no aumentan ni un solo kW disponible para nuevos desarrollos. La nueva subestación compartida con Lucena sigue varada en el limbo administrativo por falta de conexión a las líneas de alta tensión de REE.

4.- La contradicción intolerable – (el “atropello” del IBI).

Aquí es donde el cinismo municipal se hace insoportable.

El Ayuntamiento de Cabra (y otros muchos) sigue cobrando IBI Urbano a pleno valor catastral sobre parcelas que, por informe técnico propio, no pueden urbanizarse por falta, básicamente, de suministro eléctrico básico. Es decir:

1.- El propio Ayuntamiento deniega licencias alegando que el suelo no dispone de los servicios básicos que exige el art. 7.2.b del Texto Refundido de la Ley de Suelo (TRLCI).

2.- Al mismo tiempo, exige el IBI como si el suelo ya estuviera urbanizado y servido.

Esta conducta vulnera la jurisprudencia clara del Tribunal Supremo (STS 30/05/2014 y doctrina posterior), ya que, el suelo urbanizable sin servicios reales ni ejecución material debe tributar como rústico.

5. Estrategia de defensa – (tres frentes contra la expropiación fiscal).

A.- Vía Tributaria (frente al Ayuntamiento): Recurso de reposición contra los recibos de 2026, con un argumento central, concretamente, <-la Administración no puede exigir tributación urbana por un suelo al que ella misma niega los servicios básicos que lo convierten en urbano->.

B.- Vía Catastral – (la madre de todas las batallas). Solicitud de subsanación de discrepancias ante la Gerencia del Catastro de Córdoba con base de una prueba  de poder, que reside en el propio informe municipal que deniega la potencia en el Sector Belén.

Si el Catastro reclasifica el suelo como rústico, el Ayuntamiento estará obligado a devolver los ingresos indebidos de los últimos cuatro años.

C.- Vía Ejecutiva. Suspensión de embargos (art. 165.1 LGT) por error material manifiesto en la base imponible.

Conclusión – (la expropiación fiscal encubierta y el verdadero culpable).

Lo que está ocurriendo en Cabra -y en otros municipios de la Subbética- no es un “problema técnico”, sino que es una expropiación fiscal encubierta por parte de Ayuntamientos, que han decidido priorizar la recaudación inmediata sobre la defensa real de sus ciudadanos.

En lugar de exigir a la Junta de Andalucía, a Red Eléctrica y a Endesa una planificación seria de infraestructuras, optan por la vía más cómoda, que consiste en seguir cobrando IBI a precio de suelo urbano sobre parcelas, que, según sus propios informes, no tienen luz para encender una bombilla.

Lo expuesto no es “colaboración” con el desarrollo, sino que es esquilmar al contribuyente, mientras se esconde detrás de la inoperancia de terceros. El suelo no tiene valor de solar si no tiene vatios. Y el Ayuntamiento que lo sabe y sigue cobrando actúa con dolo.

N.B. Imagen – Refleja una injusticia y un abuso de poder los Ayuntamientos.

Suelo rústico a precio de suelo urbano – expropiación fiscal, y, el verdadero culpable es el Ayuntamiento de turno, que prefiere esquilmar a sus ciudadanos que hacer justicia, siendo el responsable de una expropiación radical  y abusiva.

Córdoba, 30 de marzo de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Córdoba Rural – (Invierno demográfico vs. Renacimiento internacional)

El fenómeno de la despoblación en la Provincia de Córdoba, a menudo etiquetado bajo el paraguas de la “España Vaciada“, es una realidad de contrastes, ya que, mientras la capital resiste, nuestras comarcas rurales libran una batalla silenciosa por su sostenibilidad.

Las claves y las luces de esperanza que surgen en algunos rincones de nuestra tierra cordobesa, así:

1.- Análisis – (Siempre invierno).

La zona rural cordobesa enfrenta lo que los expertos llaman un saldo vegetativo negativo, porque mueren más personas de las que nacen, aunque el problema va más allá de los simples números, así:

<-Pirámide invertida: En zonas como el Alto Guadiato o Los Pedroches, el envejecimiento es extremo, ya que, hay muchos mayores y muy pocos niños.

<-Natalidad en “cero“: En los años más críticos, algunos municipios pequeños han registrado cero nacimientos.

<-La brecha de género: Existe una “masculinización” del campo porque las mujeres jóvenes emigran más hacia las ciudades buscando oportunidades, lo que frena el relevo generacional.

2.-  Dos Córdobas – (El Norte vs. El Sur).

No toda la provincia sufre el problema por igual, aunque en este año 2026, la brecha entre comarcas es más evidente que nunca:

**El Norte – (Situación crítica).

En los Pedroches y el Guadiato hablamos de “desierto humano”, pues con densidades de apenas 16 hab./km², pueblos como Torrecampo ya han bajado de los 1.000 habitantes, y otros como Conquista apenas llegan a los 400.

**El Sur y la Subbética – Resilientes – (Zonas capaces de afrontar situaciones difíciles, adaptarse a ellas y salir fortalecidas de la experiencia.)

Aquí la historia es distinta, ya que, ciudades medias como Puente Genil (casi 30.000 hab.) o Lucena (43.410 hab.) actúan como diques de contención gracias a su potente industria del vino, el aceite y el frío industrial.

CaracterísticaZona Norte (Pedroches/Guadiato)Campiña Sur / Subbética
DensidadMuy Baja (16 hab/km²)Alta (>90 hab/km²)
Modelo EconómicoGanadería y minería residualAgroindustria y servicios
Población JovenEscasa (emigración alta)Retención moderada

3.- Un “Oasis” Internacional – (Iznájar y Rute).

Frente al abandono del norte, la Subbética ha encontrado un salvavidas inesperado: “El turismo residencial extranjero”.

**Municipios como Iznájar han logrado que el 10% de su población sea internacional (británicos, holandeses, alemanes).

**Puntos de atracción:

1.- El “Lago de Andalucía” (Pantano de Iznajar): Un imán visual y recreativo único.

2.- El diseminado: La rehabilitación de antiguos cortijos y lagares en las aldeas ha evitado que el paisaje se degrade.

3.- Autenticidad: No buscan una “burbuja”, sino integrarse en la recogida de aceituna y en las tradiciones locales.

4.- Soluciones y Programas de Acogida.

**El futuro no está escrito de forma, que en el año 2026 varias iniciativas buscan cambiar la narrativa rural:

<-Fibra Óptica al 100%: Un plan ambicioso para que en 2027 hasta el último rincón de Córdoba tenga conexión de alta velocidad, facilitando el teletrabajo.

<-Beneficios Fiscales: Municipios como Almedinilla, Carcabuey o Belmez ofrecen deducciones en el IRPF por nacimiento o compra de vivienda.

<-El Modelo OFRI (Iznájar): Una oficina específica para ayudar a los nuevos residentes extranjeros con trámites y burocracia.

<-Puntos Vuela: Centros de competencia digital en pueblos como Villanueva del Duque para asesorar a nuevos pobladores.

<<Conclusión>>

El mundo rural de Córdoba no es uniforme, ya que, mientras el Norte lucha por su propia existencia, el Sur gestiona su crecimiento. La llegada de la fibra óptica y el interés internacional demuestran que vivir en un pueblo es hoy una opción moderna y viable, siempre que existan los servicios básicos (médicos, colegios) para sostenerla.

N. B. IMAGEN –  MUNDO RURAL – CÓRDOBA

La situación de Córdoba es el reflejo de un problema global que requiere inversión, pero sobre todo, un cambio de mentalidad sobre lo que significa la vida rural hoy.

Córdoba, 20 de marzo de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba – Inspector de Trabajo y S. S.

Presidente. Córdoba Abierta -ACOA-.