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Sublevación contra el poder – España sin contrapesos – Legitimidad de la rebelión ciudadana

En España el Gobierno Central ha derribado todos los contrapesos hacia su poder, sobrepasando todos los límites legales, como demuestra su apuesta absoluta con Marruecos frente a la mayoría de ciudadanos españoles, de manera, que toda la teoría constitucional sobre la validez del Estado Social y Democrático de Derecho es papel mojado y, queda claro, que es legítima la sublevación pacífica ciudadana, tal y como, ocurrió ayer en la defensa de Ceuta.

<<Superando el ESDD (la teoría) y en defensa del valor justicia constitucional – (art. 1.1 C. E.)>>

Se viene planteando un debate recurrente en la teoría del Estado y la filosofía del derecho, que en España ya se ha sobrepasado hace mucho tiempo y solo vamos hacia lo peor, de manera, que expondremos la teoría constitucional, aunque como ya se ha dicho ha sido superada ampliamente por los abusos del poder del Gobierno actual de España:

La contraposición entre la *legitimidad iusnaturalista del Derecho de Resistencia a la Opresión” y *la validez formal del Estado Social y Democrático de Derecho*.

La evaluación sobre la justificación de la desobediencia o sublevación requiere distinguir estrictamente entre el marco teórico-filosófico y el marco normativo constitucional actual.

1.- El marco del iusnaturalismo ilustrado y la Declaración de 1776.

La doctrina expuesta por Thomas Jefferson en la Declaración de Independencia de los EE. UU. (remanente de las tesis de John Locke en su Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil) fundamenta la legitimidad política en la existencia de un contrato social explícito.

Derechos inherentes e inalienables: Los individuos delegan parte de su libertad al Estado con la única condición de que este proteja su vida, libertad y propiedad/búsqueda de la felicidad.

*Carácter condicional de la autoridad: El gobierno no posee poder originario; su legitimidad de ejercicio depende estrictamente del cumplimiento de sus fines contractuales.

*El umbral de ruptura: La desobediencia no se justifica ante controversias políticas ordinarias ni actos aislados de desgobierno. Exige la concurrencia probada de tres requisitos:

1.- Agotamiento absoluto de las vías pacíficas e institucionales.

2.- Una cadena sistemática y continuada de abusos que evidencie un diseño deliberado hacia la tiranía o el despotismo.

3.- Proporcionalidad y necesidad, ante la ausencia total de un tercero neutral (tribunales o elecciones) a quien apelar.

2.- El contraste con el marco constitucional e institucional español.

En el Derecho Político contemporáneo, los Estados democráticos constitucionalizados no tipifican ni reconocen el “derecho a la sublevación” o la desobediencia generalizada como cauce legal, dado que el propio ordenamiento está diseñado para autocorregir los excesos del poder público mediante controles internos.

**Dentro del marco de la Constitución Española de 1978:

*Soberanía y legalidad (Art. 1.2 y 9.1 CE): La soberanía reside en el conjunto del pueblo español y todos los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

*Mecanismos ordinarios de control: Frente a actuaciones presuntamente arbitrarias o ilegales del Ejecutivo, el sistema articula recursos ante la jurisdicción ordinaria, el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y, en última instancia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

*Control político y alternancia: La exigencia de responsabilidad política se encauza a través de las Cortes Generales (mociones de censura, comisiones de investigación) y del ejercicio periódico del sufragio universal en elecciones libres.

3.- La controversia sobre la erosión de los contrapesos.

La discusión de si el Gobierno actual ha “sobrepasado” los límites institucionales sitúa el análisis en el terreno de la ciencia política y la teoría constitucional contemporánea, donde conviven dos posturas analíticas:

A.- La tesis de la erosión institucional.

Sostiene que la invasión de esferas de control neutral (nombramientos politizados en órganos constitucionales, uso abusivo de la legislación de urgencia como el Real Decreto-ley y desatención a los órganos consultivos) degrada los contrapesos formales desde dentro, de forma, que bajo este prisma, la efectividad real de los controles se reduce a una apariencia formal, vaciando de contenido las garantías ciudadanas.

B.- La tesis de la vigencia del Estado de Derecho.

Argumenta que, mientras los tribunales sigan dictando sentencias (incluso contrarias al Ejecutivo), el Parlamento mantenga la facultad de aprobar o rechazar leyes y se preserven las garantías para la celebración de elecciones con pluralismo político, el sistema democrático continúa operativo. Adicionalmente, la supervisión de las instituciones comunitarias de la Unión Europea actúa como un contrapeso supraestatal efectivo sobre la calidad del Estado de Derecho.

<<Conclusión jurídica>>

En el pensamiento político y legal contemporáneo, la desobediencia civil puede configurarse en casos puntuales como un acto público, pacífico y no violento para denunciar leyes injustas, asumiendo el desobediente las consecuencias legales de sus actos como prueba de fidelidad al sistema constitucional general.

Sin embargo, para justificar la sublevación o el desconocimiento total de la autoridad de un Gobierno bajo la doctrina clásica del Derecho de Resistencia, no basta con la percepción de un deterioro político severo o una acusada polarización institucional. Formal y teóricamente, se requeriría la constatación fehaciente del colapso del orden constitucional: Es decir, la cancelación del acceso a tribunales independientes, la imposibilidad de ejercer derechos fundamentales y la supresión de los mecanismos electorales de alternancia.

N. B. Imagen. Sublevación contra el poder – España sin contrapesos – Legitimidad de la rebelión ciudadana.

(Nota. En España el Gobierno Central ha derribado todos los contrapesos hacia su poder, sobrepasando todos los límites legales, como demuestra su apuesta absoluta con Marruecos frente a la mayoría de ciudadanos españoles, de manera, que toda la teoría constitucional sobre la validez del Estado Social y Democrático de Derecho expuesta es papel mojado, y, queda claro, que ya es legítima la sublevación pacífica ciudadana, tal y como, ocurrió ayer en la defensa de Ceuta en toda España.

Solo queda aumentar la presión pacífica ciudadana en todas partes, sean públicas o privadas, empezando por todas las instituciones y administraciones públicas y terminando con todas las empresas privadas, formando una desobediencia civil total al poder de un Gobierno que ya es ilegítimo.).

Córdoba, 3 de septiembre de 2026.

Fdo.  Enrique García Montoya,

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Exconcejal  y Exdiputado provincial de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Pateras taxi – un negocio en aumento – (Impacto en Andalucía y Córdoba)

Un grupo muy amplio de lectores y clientes de la costa andaluza nos piden información clara y lo más completa posible sobre el tema de las embarcaciones de todo tipo y color, que continuamente cruzan el Estrecho trayendo a las costas andaluzas inmigrantes ilegales, sin que haya modo por ahora de controlar ese tráfico humano continuo y sin que se pueda frenar con los medios y formas actuales, así que, hemos elaborado un informe-análisis del asunto que nos consultan.

(Nota preliminar. Es un hecho desgraciado y peligroso que a las costas españolas llegan diariamente embarcaciones (pateras, lanchas, etc.), tal como ha ocurrido en Murcia dónde en unos días han arribado a la luz del día tres pateras cargas de inmigrantes ilegales, de forma, que aunque el asunto de Ceuta es preocupante y grave, el hecho diario es que estamos siendo invadidos sin que el Gobierno de la Nación haga nada para impedir y/o controlar cientos de arribadas a todas nuestras costas, que en su conjunto son tantos o más  inmigrantes que los que han invadido Ceuta.).

1.- Análisis operativo y modelo de negocio.

El tráfico clandestino en el Estrecho de Gibraltar ha cambiado, que en las costas adaptándose a las nuevas tecnologías y mutado profundamente, abandonando las barcas precarias para adoptar el modelo logístico del narcotráfico marítimo.

<-Alta velocidad y tecnología: Se emplean lanchas semirrígidas de 8 a 12 metros con motores de 300 CV a 900 CV y motos de agua, capaces de cruzar el Estrecho en un tiempo récord de entre 15 y 35 minutos.

<-Táctica toco y me voy : Descarga exprés en calas apartadas y huida inmediata del piloto para evitar la incautación de la nave.

<-Estructura de costes y alta rentabilidad: Un trayecto con 8 a 12 pasajeros genera ingresos brutos de entre 40.000 € y 60.000 € por viaje. Las embarcaciones se amortizan en apenas uno o dos trayectos exitosos.

2.- Tarifas del pasaje.

*** El coste del billete varía según el medio, las condiciones y la presión policial:

<-Motos de agua: Entre 2.500 € y 4.000 € (15-20 minutos de trayecto).

<-Lanchas rápidas / Semirrígidas: Entre 2.500 € y 6.000 €, pudiendo alcanzar los 9.000 € en momentos de alta demanda.

<-Pateras convencionales / Gomas: Entre 1.000 € y 2.000 € (2 a 5 horas de trayecto).

(Nota. Los patrones de las embarcaciones cobran cantidades enormes de dinero por cada inmigrante que trasportan, de manera, que hay siempre patrones dispuestos a realizar una travesía, y, donde la guardia civil -por personal y medios- está impotente y sobrepasada.)

3.- Financiación y el sistema Hawala.

<-Inversión comunitaria y familiar: El pago suele asumirlo la familia extensa en origen o allegados en la Unión Europea a cambio de futuras remesas.

<-Intermediarios no regulados (Hawala): El dinero no se entrega en mano al piloto en la playa; un intermediario (hawaladar) retiene los fondos en origen y solo libera el pago a la red criminal cuando el migrante confirma que ha pisado suelo peninsular.

4.- Dinámicas de llegada y la “cifra negra”.

*Rutas principales: Destacan la ruta del Estrecho (Cádiz/Málaga desde Ceuta y norte de Marruecos), la costa atlántica/mediterránea de Marruecos y la ruta argelina hacia Almería, Granada y Murcia.

*Volumen oficial: Las entradas marítimas a la Península y Baleares superan las 9.500 personas en lo que va de año.

*El flujo invisible (Coeficiente de ocultación): Los expertos estiman una “cifra negra” de entre un 10% y un 20% adicional de llegadas no registradas (cientos de personas al año, entre 500 y 1.500 individuos), debido a la extrema rapidez de las pateras-taxi que logran dispersarse antes de la intervención policial.

*Distribución provincial: Cádiz lidera el fenómeno de las pateras-taxi y motos acuáticas; Almería concentra un alto volumen de pateras convencionales procedentes de Argelia; y Málaga y Granada actúan como destinos intermedios del arco mediterráneo.

5.- El Impacto en Córdoba – (Territorio de tránsito).

***Córdoba no cuenta con costa, por lo que actúa exclusivamente como un nodo secundario y de tránsito dentro de la red migratoria andaluza:

<-Conexión directa: Los migrantes proceden fundamentalmente de la provincia de Cádiz (a través de la autovía A-4 y el ferrocarril) y, en menor medida, de Málaga y Almería.

<-Modo de llegada: Mediante derivaciones humanitarias y policiales (debido a la saturación de los CATE en la costa) o utilizando transporte público y redes familiares tras quedar en libertad con un expediente de expulsión.

<-Volumen y perfil: Absorbe un porcentaje minoritario (inferior al 2% o 3% de las llegadas andaluzas). La gran mayoría transita rápidamente hacia otras regiones (Madrid, Cataluña, Levante), y solo una parte reducida se asienta temporalmente para engancharse a campañas agrícolas específicas, como la recogida de la aceituna.

<<Conclusión innovadora, crítica y disruptiva>>

Las “pateras-taxi” no son una anomalía del sistema de seguridad, sino su consecuencia directa y previsible. Cuando se blinda la frontera o se saturan las rutas lentas, el mercado negro responde con un principio económico elemental: la innovación logística. Las mafias han clonado el modelo del narcotráfico (alta velocidad, rentabilidad exprés y riesgo diluido) para aplicarlo al tráfico de seres humanos, convirtiendo el Estrecho en una autopista de contrabando donde el Estado siempre llega tarde.

<-La falacia del blindaje: Cuanto más sofisticada es la barrera en la costa, más se encarece el pasaje y más se profesionalizan las mafias, transformando al migrante en un “cliente de lujo clandestino” que paga hasta 9.000 euros por 20 minutos de travesía.

<-El efecto espejo en el interior: Provincias como Córdoba no sufren una invasión, sino el rebote sistémico de un embudo mal diseñado en la costa, que empuja a las personas a la invisibilidad y a la economía sumergida ante la falta de una estrategia de integración real.

<-La verdadera solución: El negocio de las pateras-taxi solo se destruirá el día que el Estado decida arrebatarle el monopolio del transporte a las mafias.

Mientras cruzar legalmente sea una quimera burocrática y el tráfico ilegal mueva hasta 60.000 euros por viaje, las lanchas seguirán volando sobre el Estrecho.

La única ruptura real pasa por establecer canales de movilidad legal y visados de tránsito en origen, vaciando de clientes a las redes criminales antes de que toquen el agua.

N.B. Imagen. (Pateras taxi – Inmigrantes – Conclusión innovadora y crítica).

(Nota. Nuestros cálculos son estimativos, partiendo de datos y cifras ciertas, aunque creemos que nos quedamos cortos detallando el fenómeno de la invasión silenciosa que se está produciendo en las costas españolas y andaluzas, y, que se quiera ver o no, está dejando el Espacio Schengen en papel mojado, poniendo en serios apuros todos nuestros servicios públicos y con riego de colapso a nuestro estado de bienestar, quedando claro que necesitamos una solución urgente.)

Córdoba, 28 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Empleo Público en Córdoba – Sector público sombra (SPS).

(Nota preliminar. En Cordoba existe junto al empleo público declarado una sombra de empleo, que constituye una administración paralela indirecta, razón por la que la masa laboral dependiente del presupuesto público en Córdoba es sustancialmente mayor de lo que reflejan las estadísticas oficiales del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.)

1.- Resumen y diagnóstico.

El análisis tradicional del empleo público basado exclusivamente en el Boletín del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas ofrece una imagen sesgada e incompleta de la verdadera dimensión del aparato público en la provincia de Córdoba.

Aunque las cifras oficiales señalan un récord de 50.661 empleados públicos directos a enero de 2026 (+1,9% interanual y +15,9% en la última década), este indicador omite sistemáticamente el volumen de empleo generado mediante contratas externas de servicios, asistencias técnicas, personal encubierto y encomiendas a empresas públicas.

Consolidamos los datos oficiales conceptualizando la existencia del denominado “Sector Público Sombra” (SPS) o “Administración Paralela Indirecta”, estimando que la masa laboral dependiente del presupuesto público en Córdoba es sustancialmente mayor de lo que reflejan las estadísticas oficiales del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

**Por otro lado,el crecimiento oficial del empleo directo (+15,9% en 10 años) se ha complementado de forma intensiva con una externalización estructural, de manera, que esta dualidad genera *una “falsa externalidad” presupuestaria, *precariedad del empleo en la cadena de subcontratación y *un notable desplazamiento de recursos humanos frente al tejido empresarial privado cordobés.

2.- Consolidación de datos oficiales – (Enero 2026 vs. Histórico).

**Para entender el asunto descrito, se detallan los datos estadísticos oficiales consolidados según la distribución por administración rectora:

*Junta de Andalucía: 25.183 – 30.960 – 31.490 +1,7% +25,0% 62,1%

*Administración Local (Ayuntamientos + Diputación): 10.330 – 10.374 -10.406 – +0,3% +0,7% 20,5%

*Gobierno Central (AGE): 8.196 – 8.385 – 8.765 – +4,5% +6,9% 17,3%.

TOTAL MUNICIPAL / PROVINCIAL:  43.709 – 49.719 – 50.661 – +1,9% +15,9% 100,0%.

<-Aclaración metodológica crítica: Parte del salto registrado en los últimos años (especialmente en 2023, con un repunte del +8,1%) responde a un cambio metodológico del Ministerio, que comenzó a computar contratos temporales inferiores a seis meses y personal en formación/prácticas, por lo que  la subida real en horas-trabajo / equivalentes a tiempo completo es sensiblemente inferior al incremento nominal reflejado en la estadística.

3.- El “Sector Público Sombra” – (Externalizaciones y personal oculto).

El punto ciego más profundo y llamativo del informe oficial radica en la invisibilización del personal que presta servicios esenciales para las Administraciones Públicas, pero cuya relación jurídica formal es contractual con empresas privadas o entidades instrumentales.

***En Córdoba, este fenómeno se estructura en tres capas principales:

A.- Licitación de servicios esenciales y mantenimiento urbana.

<-En el ámbito municipal y provincial (Ayuntamientos y Diputación de Córdoba), áreas enteras operan mediante concesiones administrativas y contratos de servicios:

*Servicios sociosanitarios y ayuda a domicilio (SAD):Representa el mayor volumen de ocupación externalizada. Miles de trabajadoras prestan servicio público financiado por la Ley de Dependencia bajo la gestión de empresas privadas contratistas. Este colectivo no computa como empleado público a pesar de que el 100% de su salario proviene de transferencias presupuestarias públicas.

*Limpieza de edificios públicos, jardinería y recogida de residuos:A excepción de empresas públicas concretas (como Sadeco en la capital), múltiples municipios canalizan estos servicios mediante contratas privadas donde el personal figura como sector privado servicios.

*Seguridad privada y mantenimiento de infraestructuras:Vigilancia de sedes judiciales, centros de salud, dependencias administrativas y conservación de carreteras provinciales y autonómicas.

B.- Asistencias técnicas e ingeniería de software – (Personal encubierto).

Tanto en la Junta de Andalucía como en la Administración General del Estado, la digitalización y la gestión de fondos europeos (Next Generation EU) se ha articulado mediante contratos de “Asistencia Técnica”.

<-Cesión ilegal de trabajadores de facto:Decenas de consultores, informáticos, ingenieros y administrativamente cualificados trabajan de facto integrados en los equipos directivos de las consejerías y ministerios en Córdoba, con horarios y directrices públicas, pero formalmente contratados por consultoras privadas (las llamadas “EITTs” o consultoras tecnológicas).

C.- Encargos a medios propios y empresas públicas – (TRAGSA, FAISEM, etc.).

El recurso continuado a encomiendas de gestión a entidades como TRAGSA o agencias públicas empresariales permite contratar personal laboral temporal por obra y servicio público sin incrementar las plantillas funcionariales en el registro oficial del Ministerio.

4.- Análisis crítico socio-jurídico y económico.

4.1. Precarización laboral y dualidad de salarios.La externalización crea una Administración a dos velocidades. Mientras que el empleado público directo (funcionario o laboral fijo) goza de rigidez contractual, salarios regulados por convenio público y complementos de antigüedad, el trabajador del “Sector Público Sombra” (ej. personal de Ayuda a Domicilio o Limpieza subcontratada) sufre salarios ajustados al SMI o convenios sectoriales sensiblemente inferiores, mayor temporalidad y elevadas tasas de sobrecarga laboral.

4.2. Ineficiencia presupuestaria y “falsa externalidad”.El argumento tradicional para externalizar ha sido la eficiencia y el ahorro de costes. Sin embargo, en la práctica, la Administración cordobesa asume el coste directo del salario del trabajador, sumado al margen de beneficio empresarial de la contratista (6% – 15%) y el IVA correspondiente.

**Se genera así una paradoja**: La Administración paga más por un servicio que precariza a sus prestadores directos.

4.3. Riesgo jurídico – (Cesión ilegal y cesión de plantillas).La proliferación de asistencias técnicas continuadas genera un riesgo persistente de litigiosidad por cesión ilegal de trabajadores (Art. 43 del Estatuto de los Trabajadores).

Centenares de sentencias judiciales en Andalucía han obligado a la reconversión de personal subcontratado en “personal laboral indefinido no fijo”, engordando la plantilla pública por la vía judicial debido a malas prácticas de gestión de personal.

5.- Comparativa Sector Público vs. Sector Privado Cordobés.

La estructura económica de Córdoba presenta un desequilibrio estructural preocupante cuando se contrapone el dinamismo del empleo público con la realidad del tejido productivo privado. (Sector Privado).

Volumen de empleo: 50.661 directos (~65.000 si se suma el SPS estimativo). ~245.000 afiliados a la Seguridad Social (Régimen General + RETA).

Peso sobre el empleo total:Representa entre el 17% y el 21% de la población ocupada.

Representa 79%83% de la fuerza laboral.

Estructura del tejido:Gran concentración en la Junta de Andalucía (62,1%). Servicios de Salud y Educación. Atomización extrema: Micropymes (<5 empleados) y autónomos (RETA 54.000).

Nivel salarial medio:  *Estimado en 2.200 – 2.500 €/mes brutos (mayor peso de titulados superiores). SECTOR PRIVADO (CÓRDOBA)

*Estimado en 1.550 – 1.750 €/mes brutos (lastrado por agricultura y servicios no cualificados).

Estabilidad y fricción:Inamovilidad laboral (funcionarios) y muy baja rotación voluntaria. Alta estacionalidad (campañas agrícolas, hostelería, comercio).

Efecto “estructura”:Atracción del talento cualificado (oposiciones como principal vía de ascenso social). Fuga de talento profesional/tecnológico hacia otras provincias/regiones.

<-Efectos distorsionadores o falseadores sobre la economía local:

*Efecto expulsión del talento:La brecha salarial y de condiciones de trabajo entre el empleo público y el privado cordobés (caracterizado por servicios de bajo valor añadido, comercio y agricultura) incentiva a los jóvenes universitarios y cualificados a opositar masivamente en lugar de emprender o incorporarse a pymes locales.

*Dependencia del presupuesto público:La economía cordobesa depende en exceso de las nóminas públicas y las pensiones para sostener el consumo interno y el comercio minorista, reduciendo la capacidad de innovación y exportación de la provincia.

*Sostenibilidad fiscal local:Con más de 50.000 empleados directos y una población envejecida, la ratio entre cotizantes puros del sector privado y perceptores/empleados públicos se sitúa en niveles de alta vulnerabilidad financiera. (Nota. Existe una situación de extrema fragilidad económica en el sector privado, que carece de recursos, ahorros o capacidad de ingresos suficientes para afrontar imprevistos económicos, deudas o cubrir sus necesidades básicas.)

6.- Propuestas e innovaciones en la gestión del empleo público.

***Para superar la miopía estadística y la ineficiencia del modelo actual en Córdoba, se proponen las siguientes líneas de actuación innovadoras:

1.- Implantación de la “RPT consolidada” – (Registro Único de Personal Externo).Crear una plataforma de auditoría obligatoria en la que las Administraciones públicas cordobesas deban registrar no solo sus plazas funcionales, sino cada contrato de servicio externalizado expresado en Horas/Hombre e Indicadores de Ocupación Efectiva. Solo así se conocerá la huella laboral real del Estado en la provincia.

2.- Auditoría de valor por dinero en concesiones y subcontratas.Someter los contratos de externalización a evaluaciones transparentes. Si la contratación externa resulta más costosa que la provisión directa (al sumar el IVA y el margen comercial) y además degrada las condiciones laborales de los prestadores del servicio, se debe proceder a la internalización o gestión directa eficiente.

3. Modernización opositores-pyme – (Bolsas de empleo híbridas).Articular mecanismos para que el enorme contingente de profesionales cualificados que preparan oposiciones en Córdoba y no obtienen plaza puedan conectar dinámicamente con el sector privado local, incentivando su contratación mediante bonificaciones en sectores estratégicos (logística, agroindustria avanzada, tecnología).

N.B. Imagen. El empleo público y su sector público sombra en Córdoba – (SPS).

(Nota. Análisis consolidado, evaluación crítica del empleo directo vs. externalizado y comparativa con el mercado privado cordobés.)

Córdoba, 27 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Córdoba y la «paradoja de la cigarra» – (vulnerabilidad climática extrema y gestión del agua – Pantanos llenos un problema)

 En Córdoba se habla y se discute sobre turismo, infraestructuras o el dato mensual del paro, sin embargo, el verdadero problema estructural de nuestra provincia vive sepultado bajo el silencio y el olvido:

La vulnerabilidad climática extrema y el agotamiento de nuestro modelo de gestión del agua”.

Hoy, mientras las portadas celebran que los embalses están en máximos históricos tras las últimas lluvias, volvemos a caer en la trampa, de forma, que operamos con la mentalidad de la cigarra:

Cantamos en la abundancia puntual e ignoramos que el invierno climático llegará, y, cuando llegue, nos pillará sin deberes hechos.

<<El espejismo del agua embalsada>>

Un año de embalses llenos no es una solución, sino que es una alucinación engañosa que paraliza las reformas estructurales en la cuenca del Guadalquivir.

La tendencia es clara: Periodos de sequía más largos y severos cortados por lluvias concentradas.

Estar en «modo cigarra» implica que, en cuanto suben los niveles de agua, la presión política y social desaparece, de manera, que se aplazan las inversiones complejas, se perdonan las pérdidas por fugas en las redes municipales y se olvida que Europa entera  -desde el Danubio hasta el Rin- está encarando una aridez estructural sin precedentes.

<<Anatomía de la inacción – (tres frentes olvidados)>>

*El campo como trinchera: El sector primario (olivar, dehesa y regadío) es el motor de la provincia, pero sigue sin una reconversión hídrica real orientada a la tecnología de precisión.

*Ciudades sin refugio: Córdoba registra las temperaturas más altas de Europa, pero la renaturalización urbana, la sombra en las calles y la eficiencia energética avanzan a ritmo de caracol.

*Fuga de recursos: La reutilización de aguas regeneradas para uso industrial o urbano es testimonial, mientras redes obsoletas pierden un porcentaje inasumible de agua potable antes de llegar al grifo.

<<El caso La Colada – (Radiografía de un fracaso institucional y social)>>

El norte de la provincia (Los Pedroches y El Guadiato) ha sido la prueba de carga del sistema, de forma, que hay 80.000 vecinos dependiendo de camiones cisterna, mientras las administraciones jugaban al ping-pong de competencias para no asumir la depuración y la contaminación en origen.

¿Por qué ocurre esto?

***Por dos motivos claros:

<-Inercia política: Las instituciones prefieren la gestión del corto plazo y los parches provisionales.

<-Fragmentación social: Carecemos de una red ciudadana provincial, de manera, que solo nos movilizamos solo cuando el agua deja de salir por el grifo de nuestro municipio. Cuando vuelve a llover, la presión se disipa y el problema se archiva.

<<Del activismo a la «hormiga hídrica»>>

Si la política vive en su realidad paralela, el impulso debe articularse desde la sociedad civil. La capital y la provincia necesitan entender que el agua no es un debate localista, sino la columna vertebral de nuestra supervivencia económica y social.

<<Propuesta para una alianza provincial por el agua>>

Nivel de acciónObjetivo principalMecanismo de ejecución
1. Mesa Provincial del AguaCrear una plataforma independiente de partidosRed entre asociaciones vecinales (como Al-Zahara), comunidades de regantes y ganaderos.
2. Relato Urbano-RuralConectar el grifo de la ciudad con la mesa del campoDivulgar cómo la escasez agrícola encarece la cesta de la compra urbana.
3. Presión y FiscalizaciónExigir transparencia presupuestariaMovilizaciones simétricas en la capital y comarcas para exigir el fin de las fugas e inversiones en depuración.
4. Litigación y TécnicaElevar la exigencia institucionalAlianzas con la Universidad de Córdoba (UCO) y acciones jurídicas conjuntas ante defensores del pueblo y tribunales.
nota, imagen,

(Nota. Tratar el cambio climático y la escasez de agua como «emergencias puntuales de verano» es un lujo que Córdoba ya no se puede permitir. La única forma de evitar la próxima crisis es actuar como hormigas hoy, aprovechando la bonanza presupuestaria e hídrica para modernizar cada red, blindar cada cauce y fiscalizar cada euro. El agua no se gestiona cuando falta, sino que se asegura cuando sobra.)

N.B. Imágenes. La vulnerabilidad climática extrema y la gestión del agua  en Córdoba.

1ª. Imagen. El problema de los pantanos llenos.

2ª. Imagen. Una advertencia contra la inacción.

(Nota. Una advertencia. La sequía azota Europa y se convierte en la nueva realidad del continente europeo para los próximos veranos. Los ríos Danubio, Rin, Po y Támesis, etc. registran niveles críticos que afectan a la agricultura, generación eléctrica y transporte fluvial.)

El lejano fantasma de una sequía que volverá a Andalucía

Córdoba, 23 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Menores migrantes en Andalucía – (El nudo gordiano institucional y la vía de la externalización)

La gestión de los menores extranjeros no acompañados (algunas veces referidos bajo las siglas MENA) procedentes de las costas andaluzas y de la Ciudad Autónoma de Ceuta sitúa a la Junta de Andalucía en una encrucijada sin precedentes. El problema ha superado la mera gestión asistencial para convertirse en una crisis institucional, presupuestaria y constitucional de primera magnitud, que pone a prueba la arquitectura del Estado de las Autonomías y los pilares del Espacio Schengen.

1.- El conflicto autonómico y el marco legal.

**El Gobierno regional andaluz afronta una doble tensión:

*Tensión política interna: El Pacto de Gobernabilidad (PP-Vox) firmado en julio de 2026 aboga por rechazar el reparto interautonómico impulsado por el Gobierno central, priorizando los planes de retorno a los países de origen. Sin embargo, la Presidencia de la Junta –aun advirtiendo sobre el riesgo de un «efecto llamada»– reitera su compromiso con la legalidad vigente y con los convenios bilaterales previos firmados con Ceuta en 2024 para el traslado de tutela.

*Imperativo legal y fiscal: La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y el Estatuto de Autonomía atribuyen a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en la tutela de menores desamparados en su territorio. Tanto la Fiscalía General como el Ministerio de Juventud e Infancia recuerdan que esta obligación es indisponible, mientras que las ONGs advierten sobre la saturación de los centros de acogida en la costa andaluza (Algeciras, Almería, Granada y Cádiz).

2.- La vía de solución – (Tramitación extraordinaria en origen o terceros países).

Ante la ineficacia de las fórmulas tradicionales y el riesgo de colapso de los servicios públicos de bienestar, la respuesta más solvente y jurídicamente _articulada pasa por un cambio de perspectiva:

La tramitación extraordinaria fuera del territorio peninsular.

<-Ejes del modelo.

1.- Centros de tramitación en terceros países: Establecer instalaciones de acogida y evaluación administrativa en países de tránsito o de origen mediante convenios bilaterales, garantizando que el análisis de la tutela o solicitud no implique la entrada automática al espacio Schengen.

2.- Priorización de la restitución familiar y repatriación: Ejecutar el retorno directo de los menores con sus familias en sus países de procedencia como medida prioritaria de protección, supeditando las relaciones diplomáticas y la ayuda al desarrollo a la cooperación efectiva en la readmisión.

3.- Hoja de ruta institucional para Andalucía.

Dado que las competencias en extranjería, fronteras y relaciones internacionales corresponden en exclusiva al Estado (art. 149.1.2ª y 3ª CE), Andalucía debe liderar este cambio mediante la iniciativa y la presión institucional:

┌────────────────────────────────────────────────────────┐

│             ESTRATEGIA INSTITUCIONAL DE LA JUNTA        │

└───────────────────────────┬────────────────────────────┘

                            │

      ┌─────────────────────┼─────────────────────┐

      ▼                     ▼                     ▼

┌──────────────┐    ┌──────────────┐    ┌──────────────┐

│  Iniciativa  │    │  Exigencia   │    │ Condición    │

│  Legislativa │    │  Diplomática │    │ Presupuestal │

└──────┬───────┘    └──────┬───────┘    └──────┬───────┘

       │                   │                   │

       ▼                   ▼                   ▼

 Reformar la Ley      Activar convenios   Exigir carácter

 de Protección del    bilaterales con     transitorio de los

 Menor ante las       Marruecos para      centros andaluces y

 Cortes Generales     retornos seguros    financiación 100%

1.- Iniciativa legislativa autonómica: Presentación de una Proposición de Ley autonómica ante el Congreso de los Diputados para reformar la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Extranjería, situando la repatriación y reagrupación familiar en origen como el principio rector prioritario.

2.- Exigencia de acuerdos bilaterales: Reclamar la activación inmediata de los acuerdos internacionales vigentes (como el convenio de reactivación de retornos con Marruecos) y alinearse con el nuevo Pacto de Migración y Asilo de la UE.

3.- Litigación institucional y condicionado financiero: Plantear conflictos de competencias ante el Tribunal Constitucional si se imponen repartos obligatorios sin la correspondiente asignación presupuestaria estatal completa, exigiendo que los recursos en suelo andaluz tengan un carácter estrictamente temporal de tránsito.

<<Conclusión>>

El sostenimiento del modelo de bienestar y la seguridad jurídica en Andalucía dependen de trascender el parcheo presupuestario. La firmeza institucional, canalizada a través de iniciativas legislativas valientes ante el Estado y la UE, constituye la única vía realista para conciliar el respeto al Derecho con la sostenibilidad de nuestros recursos públicos.

N. B.  Imagen. (Menores migrantes en Andalucía).

(Nota. El Puente Institucional y Diplomático: Representa la vía de la externalización y los convenios bilaterales uniendo las dos orillas del Mediterráneo (Andalucía y el Norte de África) a través de la cooperación, la legalidad y el acuerdo institucional.).

Córdoba, 22 de agosto de 2026

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Exdiputado y Exsecretario del Parlamento de Andalucía.