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La Diputación – Un Presidente encantado de conocerse (Ande yo caliente ríase la gente)

Ándeme yo caliente
Y ríase la gente.
Traten otros del gobierno
Del mundo y sus monarquías,
Mientras gobiernan mis días
Mantequillas y pan tierno,
Y las mañanas de invierno
Naranjada y aguardiente,
 Y ríase la gente.

El estribillo es de una letrilla satírica que escribió Luis de Góngora en el siglo XVII,  que seguramente es (convertido en un refrán popular) un modo de justificar una postura egoísta ante lo que piensen o hagan los demás, siempre que el personaje se sienta bien consigo mismo y encantado de conocerse.

Lo dicho, es el retrato perfecto y completo del actual Presidente de la Diputación de Córdoba, que siendo nombrado digitalmente por el Partido Popular (en lugar de llevar a cabo las políticas prometidas por su partido en las elecciones municipales), está aplicando las políticas socialistas del anterior Presidente, que perdió las elecciones municipales y provinciales por amplia goleada.

En resumen, ande yo caliente ríanse la gente.

*Aunque se puede decir de otra forma: “ Dame pan,dime tonto”.  Que retrata a quien recibe beneficios sin importarle las críticas, si la recompensa le compensa.

El P. Popular nombró Presidente de la Diputación de Córdoba al concejal del Ayuntamiento de Córdoba Salvador Fuentes Lopera, cosa a lo que tiene perfecto derecho, aunque, los votantes del P. P. estamos en nuestro derecho de exigir que en la Diputación P, de Córdoba se lleven a cabo las políticas y promesas que votamos, de forma, que cuando el Sr. Fuentes Lopera en lugar de implantar las políticas del P. P. que votamos, el Sr. Fuentes Lopera está aceptando las políticas socialistas de la Diputación de Córdoba con complacencia y complicidad, nos sentimos engañados y es lógico y normal que muchos creemos que debe de dimitir o ser DIMITIDO por su partido que lo nombró.

Solo por citar algunos ejemplos de incumplimientos flagrantes del Sr. Presidente digital Sr. Fuentes Lopera:

1.- Subida desorbitada de las tasa de basuras a los Ayuntamientos (es decir, al pueblo soberano) del 40,50%, más dos millones escamoteados de los presupuestos de otras necesidades provinciales para entregarlos como subvención a Epremasa.

2.- Aprobar una “amnistía pequeñita” para los anteriores responsables políticos y sus gestores nombrados a dedo entre los suyos de Epremasa, asumiendo, además, unas pérdidas de la empresa en cuantía superior a 9.000.000 de euros, que con seguridad pagaremos todos los ciudadanos de la Provincia de Córdoba, incluidos los cordobeses capitalinos que nada obtenemos de Epremasa, pues para eso sostenemos a SADECO.

3.- Saltarse a la torera el Informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre la recaudación del ICHL y los Convenios con los Ayuntamientos del año 2020, así como, el Informe del Ayuntamiento del Peñarroya – Pueblo Nuevo de 2019 de misma Cámara de Cuentas de Andalucía, sin ni siquiera pedir un informe aclaratorio a dicha Cámara, así como, sin pedir un informe completo sobre este asunto a técnicos cualificados ajenos al ICHL, ya que, sus alegaciones fueron rechazadas.

Es un hecho, que las Diputaciones de Málaga, Sevilla y Huelva si se adaptaron a la ley 40/2015 del RJSP en su art. 49.

4.- No haber realizado una auditoría completa de la Diputación y de todas sus Empresas por un organismo independiente, para conocer la realidad económica de la misma y diseñar unas medidas adecuadas conformes a las promesas electorales del Partido Popular y, además, hacerla pública.

**En conclusión, vuelvo a pedir al Sr. Presidente del P. P. en Córdoba Adolfo Molina y al Sr. Alcalde de Córdoba-Presidente de la FAMP que DIMITAN  al Sr. Fuentes Lopera como Presiente de la Diputación de Córdoba, ya que, si callan y asienten a los incumplimientos políticos del Presidente que nombraron, es porque están de acuerdo con él y sus políticas socialistas.

Pedir, a los votantes del Partido Popular que nos callemos frente al incumplimiento de sus políticas electorales prometidas, es igual que admitir una amnistía, sobre todo cuando enfrente tenemos políticos incumplidores, que solo piensan en estar cómodos y que nadie le planteé un problema, de manera, que, si pasamos por el aro de la injusticia, Góngora llevaba razón con su letrilla y su estribillo de “ande yo caliente ríase la gente”.

Si se puede y se debe exigir a los responsables provinciales del P. P., que enmienden su rumbo y que dimitan al Sr. Fuentes Lopera, porque, el daño que está haciendo a nuestras ideas políticas, económicas y sociales es enorme e irrecuperable, si no se corrige el error de inmediato.

N.B. Tenemos un Presidente de la Diputación que está encantado de conocerse y que es un seguidor del refrán de D. Luis de Góngora “ande yo caliente ríase la gente”.

Nuestro paisano D. Luis, está claro, que conocía lo que había, aunque, afortunadamente, son una minoría entre los cordobeses.

Córdoba, a 15 de noviembre de 2023

Fdo. Enrique García Montoya.

(Concejal y Diputado Provincial en la legislatura local 1983-1987 de Alianza Popular y Portavoz del Grupo Provincial de A. P.).

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S. -en excedencia-.

Pensiones consensuadas al estilo Escrivá (rajonismo puro y duro)

Leo que el Sr. Rajoy – Expresidente del Gobierno ha sido “mediador” entre el Presidente del P.P. Sr. Feijóo y el Sr. Conde Pumpido Presidente del Tribunal Constitucional, y, que A. N. F. no ha aceptado dicha mediación, lo que sin duda es prueba de que el P. P. está ahora en manos prudentes.

Lo anterior viene a cuento, porque las acciones y omisiones del Presidente Rajoy son como para ponerse a rezar con llanto incluido, de modo, que sólo como ejemplo a título enunciativo abierto de lo que no puede ni debe ser:

*Cogió un Partido con mayoría absoluta y lo dejó donde estamos.

*Aprobó una amnistía fiscal de nefasto recuerdo y peores resultados, donde sigilosamente se acogieron todos los defraudadores habidos y por haber, de la que, además, no se ha vuelto a saber.

*Eligió y acogió con su demostrada inanidad al Sr. Escrivá, a la Sñrª. Calviño, al Sr. Simón de la epidemia del coronavirus, y, así un largo etc. de personas entregadas a la defensa de los valores y principios democráticos del centro y de la derecha. El resultado está a la vista.

*Lo expuesto exime de mayores comentarios.

Los Empresarios (CEOE, ATA, etc.) dicen, a la vista de la reforma consensuada al estilo Escrivá, que todo es un disparate contra las empresas y que no puede ser, olvidando el extraordinario pasteleo que han tenido y vienen teniendo con el Gobierno del Presidente Sánchez, cuando deberían recordar sus acuerdos varios con el Gobierno, tal como ocurrió, por ejemplo, con la Reforma Laboral,  que tan justos y perturbadores resultados está dando con el empleo y el paro.

Ha llegado el momento, no de quejarse, sino de hacer propuestas serias y sensatas sobre las pensiones y su reforma, teniendo en cuenta la realidad social y económica de España, de manera, que eso es lo que se espera del resto de Partidos Políticos que no son el Gobierno y sus afines, así como, de cualquier parte interesada como son los Empresarios.

N.B. La Reforma anunciada del Ministro Escrivá puede ser buena o mala, pero, lo que no se puede negar, es, que es una propuesta.

Los empresarios y el resto de partidos políticos deben poner sobre la mesa y a la vista informada de los españoles su propuesta sobre las pensiones, pues ha llegado el momento de ofrecer algo concreto y dejar de llorar.

Que la anunciada es una reforma de las pensiones de pan para hoy y hambre segura para mañana, la mayoría de los expertos en S. S. lo sabemos. Quejarse sólo no sirve ya.

No estaría mal, empezar a explicar a los españoles la realidad en la que estamos, y, frente la reforma del Ministro Sr. Escrivá, exponer una reforma concreta, que, además, de ser respetuosa y justa para los pensionistas ofrezca medidas y soluciones viables acordes con nuestra situación económica y social.

Con 3.500.000 parados oficiales, con un empleo en regresión en cantidad y en calidad, con una productividad en descenso por hora trabajada, con una deuda pública disparada, con un crecimiento económico en declive, con un gasto publico en ascenso continuado, etc. etc. es necesaria otra propuesta que no sea la del Gobierno-Escrivá, todo los demás son distracciones electorales dirigidas al Pueblo Español, al que muchos políticos y empresarios consideran incapaz de pensar y decidir en libertad. Inanidad rajonista.

Pronto habrá que escoger y votar, pero los ciudadanos, pensionistas o no, necesitan tener información veraz y seguridad en saber lo que hay y lo que no hay, lo que es posible y lo que es imposible, y, por lo tanto, una verdad o un engaño.

Córdoba, a 11 de marzo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Sensación de Inseguridad II – Derecho de la Unión Europea (Ignorar el Estado de Derecho de la U. E)

El estado de inseguridad jurídica en España es algo evidente, de manera, que si o si, hay que acudir buscando protección a las normas del derecho de la U. E. y a su aplicación efectiva.

El problema está en que aun siendo normas de aplicación obligatoria en todos los Estados Miembros de la Unión y de aplicación preferente y preeminente para los estados y todos sus organismos, incluidos, por supuesto, los órganos judiciales, su aplicación efectiva se incumple una y otra vez, de forma, que aunque la Comisión Europea sea la institución de la U. E. encargada de su cumplimiento efectivo, la realidad diaria en España es que se inaplica e incumple, en muchos casos, la legislación de la U. E. sin que la C. E. exija con rigor su aplicación efectiva.

La denuncias planteadas por los ciudadanos de la U. E. pidiendo amparo ante los incumplimientos de las normas de derecho de la Unión por los Estados y sus Órganos administrativos y judiciales (Tratados, Carta de Derechos Fundamentales de la U. E., y demás normas complementarias) suelen caer en saco roto por muchas razones y por la discrecionalidad de la C. E. en la admisión de las denuncias.

A pesar de todo, es un hecho patente que las normas del Estado de Derecho de la U. E. están ahí, se pude exigir su aplicación efectiva y cobijarse a su amparo ante la inseguridad jurídica que se ha instalado en España.

Que alguna Administración Pública y algunos Órganos Judiciales ignoren el derecho de la U. E y su aplicación efectiva, es el claro ejemplo de la necesidad de la aplicación real de su Estado de Derecho en España, de manera, que si los ciudadanos de la Unión nos aquietamos ante los incumplimientos de la legislación de la U. E. y no denunciamos siempre ante la Comisión Europea los incumplimientos de sus normas, sin la menor duda, nuestros derechos y libertades están en peligro de desaparecer, y, porque, además, la U. E. es la Europa de los ciudadanos que la forman.

La seguridad jurídica en España pasa, se quiera admitir o no, por el respeto al Estado de Derecho de la U. E. y por la aplicación efectiva de sus normas por el Estado y por todos sus órganos políticos, administrativos y judiciales.

Las noticias que proporciona España a nivel internacional en los últimos años son una muestra palpable de esa inseguridad, que atenaza a los ciudadanos españoles, de forma, que solo queda exigir siempre la aplicación efectiva del derecho de la U. E. en defensa y garantía de nuestros derechos y libertades.

N.B. A la sensación de inseguridad dominante en España es una realidad, de manera, que exigir la aplicación efectiva del estado de derecho de la U. E. es la última oportunidad para garantizar nuestras libertades.

Es posible que la Comisión Europea ignore una denuncia, pero si las denuncias de los ciudadanos son miles por incumplimiento del derecho de la Unión, la C. E. tendrá que intervenir.

Es un hecho indiscutible, que la inseguridad y, sobre todo, la sensación de inseguridad en España nos están costando muy caras.

Córdoba, a 3 de marzo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Autodefensa – libertad individual (libertad colectiva desde el poder – imposición)

Un párrafo de la Declaración de Independencia de los EE. UU. de América dice:

“Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad.

Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, dirigida invariablemente al mismo objetivo, demuestra el designio de someter al pueblo a un despotismo absoluto, es su derecho, es su deber, derrocar ese gobierno y establecer nuevos resguardos para su futura seguridad”.

La Constitución Española en su artículo 9 establece:

{1Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Respeto a la ley.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones igualdad para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Libertad e igualdad.

3.  La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Garantías jurídicas. }

En España el respeto a la Ley está en completo retroceso, muchas veces, quizás, demasiadas, ni el Gobierno, ni las Comunidades Autónomas, ni las Corporaciones Locales, ni lo jueces, ni la Fiscalía del Estado, etc. etc. cumplen la ley, o mejor, solo la cumplen cuando quieren.

Que un Juez decida aplicar la ley basándose en su reconstrucción personal y solo “en su voluntad su sin reglas”, es decir, haciendo solo lo que le pide el cuerpo, es algo perverso para nuestro estado de derecho y nuestras libertades, pues bien, eso es lo que está ocurriendo ahora en algunos muchos casos, de forma, que hasta miembro/as del Tribunal Constitucional se jactan públicamente de reconstruir la ley y que para eso están.

El principio de legalidad que aprobamos con la Constitución de 1978 una gran mayoría de españoles, creando nuestro Estado Social y Democrático de Derecho ha pasado al nivel de la aplicación subjetiva de la ley, sobre todo, sirva de ejemplo, cuando desde el Gobierno de la Nación se les dice a los jueces, que su ley, si o si, no se debe aplicar.

Ocurre, que cuando esto pasa, la democracia fundada en el estado de derecho desaparece, de forma, que todos nuestro derechos y libertades fundamentales quedan anulado/as.

Desgraciadamente, eso es lo que está pasando en España, de manera, que ha llegado la hora de la autodefensa para reclamar nuestra libertad individual que desde el frente de la libertad colectiva el poder establecido nos pretende imponer.

No quiero decir, de ninguna manera, que los jueces no puedan interpretar la ley, sino que, toda aplicación de la ley nunca puede sobrepasar la letra y el espíritu de la propia ley.

Si alguien quiere cambiar la ley, que lo diga y a ello, pues nada es permanente ni invariable.

El Código Civil, en relación con a la *aplicación de las normas jurídicas” establece:

[ Artículo 3.   

1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.

2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita. ]

Los jueces y tribunales, como está ocurrido ahora, -si o si-, aplican la ley, aunque ocurre con demasiada frecuencia, que algunos jueces -quizás, demasiados- aplican la ley reconstruyéndola siguiendo “su voluntad sin reglas”, es decir, ningunean la ley y aplican su criterio absolutamente subjetivo, buscando su justicia no la -JUSTICIA-.

Por otro lado, nada garantiza mejor la democracia y el estado de derecho que una verdadera y real división de los poderes del estado, aunque ello conlleva que la sociedad civil (el Pueblo) debe estar siempre preparado para defender su libertad individual y, sin duda, no hay momento más a que unas elecciones libres a cualquier nivel.

Que cada uno haga lo que quiera, pero que no se llame a engaño, lo que hay es lo que hay.

N.B. Es la hora de la autodefensa compartida para proteger la libertad individual frente a la libertad colectiva impuesta desde el poder público.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea dice en su artículo 54 sobre la prohibición del abuso de derecho:  “Ninguna de las disposiciones de la presente Carta podrá ser interpretada en el sentido de que implique un derecho cualquiera a dedicarse a una actividad o a realizar un acto tendente a la destrucción de los derechos o libertades reconocidos en la presente Carta o a limitaciones más amplias de estos derechos y libertades que las previstas en la presente Carta”.

El respeto a la Ley es la base de la democracia y sin ella no pueden existir derechos y libertades reales.

Córdoba, a 19 de enero de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

FILOLEY – CONSTITUCIÓN (Estado de Derecho)

La Constitución Española en su artículo 9 establece:

{1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Respeto a la ley.

2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones igualdad para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Libertad e igualdad.

3.  La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

Garantía jurídicas. }

Puedo decir, que soy FILOILEY – (Constitución), paro ocurre que ahora en España el respeto a la Ley ha desaparecido, ni el Gobierno, ni las Comunidades Autónomas, ni las Corporaciones Locales, ni lo jueces, ni la Fiscalía del Estado, etc. etc. cumplen la ley, o mejor, solo la cumplen cuando quieren. Que un Juez decida aplicar la ley basándose solo “en su voluntad su sin reglas”, es decir, haciendo solo lo que le pide el cuerpo, se llama prevaricar, de manera, que el principio de legalidad que aprobamos con la Constitución de 1978 una gran mayoría de españoles, creando nuestro Estado Social y Democrático de Derecho ha pasado a mejor, sobre todo, cuando desde el Gobierno de la Nación se les dice a los jueces, que su ley, si o si, no se debe aplicar.

Ocurre, que cuando esto pasa, la democracia fundada en el estado de derecho desaparece, de forma, que todos nuestro derechos y libertades fundamentales quedan anulado/as.

Desgraciadamente, eso es lo que está pasando en España, No quiero decir, que los jueces no puedan interpretar la ley, sino que, toda aplicación de la ley nunca pude sobrepasar la letra y el espíritu de la propia ley.

El Código Civil, en relación con a la *aplicación de las normas jurídicas” estable:

[ Artículo 3.   

1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquéllas.

2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.

Artículo 4   

1. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.

2. Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.

3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes. ]

Los jueces y tribunales, como está ocurrido ahora, -si o si-, aplican la ley, aunque ocurre con demasiada frecuencia, que algunos jueces -quizás, demasiados- aplican la ley siguiendo “su voluntad sin reglas”, es decir, ningunean la ley y aplican su criterio absolutamente subjetivo, buscando su justicia no la -JUSTICIA-.

La Constitución dice, que* los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico*, de forma, que me declaro -FILOLEY-, aunque, no se lleve, manifestando con rotundidad que los que no respetan la ley, sean quienes sean, son FOBOCONSTITUCIONALES.

España eso es lo que hay dicho alto y claro y ha llegado el momento, de poner pies en pared para defendernos todos, de manera, que como pronto habrá elecciones, es la ocasión de decir basta ante tanto desafuero y tanta injusticia preñada de abuso de poder.

Que cada uno haga lo que quiera, pero que no se llame a engaño, lo que hay es lo que hay.

N.B. O se es FILOLEY o se es contrario al Estado de Derecho Constitucional.

El respeto a la Ley es la base de la democracia y sin ella no pueden existir derechos y libertades reales.

Córdoba, a 2 de diciembre de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.