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Seguridad Jurídica (Respeto y cumplimiento de la Ley por todos)

Un grupo de lectores me dicen que sus ayuntamientos no cumplen la ley y que sienten una gran inseguridad jurídica.

Solo puedo decir, que en principio, lo que dicen es cierto, pero les digo, que no son solo los ayuntamientos, porque en España está ocurriendo algo muy preocupante y perverso, que se puede resumir diciendo, que los poderes públicos en general han optado por cumplir a la ley a su manera, tanto por acción como por omisión, y, que el ciudadano de a pie queda indefenso, ya que, si quiere que se cumpla la ley tiene que denunciarlo, lo que, sin duda, le trae enormes perjuicios y una gran pérdida de energías  de todo tipo (sociales, económicas, políticas, administrativas y personales).

Pongamos un ejemplo real: Un ciudadano de a pie denuncia a un funcionario con poder de la Hacienda del Estado por la cusa que sea, y, ocurre que lejos de que su denuncia probada sea comprobada e investigada, de inmediato sobre él recaen todo tipo de acciones coercitivas sin  parar y sin medida.

Para defender su derecho el ciudadano de a pie debe acudir a los jueces y tribunales pidiendo amparo y justicia, pues bien, lo que sucede es que tiene que contratar de inicio una legión de abogados a costa de su bolsillo, mientras esos poderes públicos protegidos por una capa insondable de impunidad administrativa, a la vez, son defendidos por una legión irredenta de abogados del estado, letrados de CC.AA., abogados de todo tipo pagados por los ciudadanos de ayuntamientos, diputaciones, etc., que no solo defienden a esos poderes públicos, sino que cuando van a un juicio los jueces y tribunales parten de que la administración pública tiene un plus de legitimidad, de forma, que salvo pruebas fehacientes irrefutables el ciudadano que intenta defender sus intereses frente a una injusticia, es castigado con unas costas fastuosas para pagar, eso dicen, a esos legión de abogados y letrados que cobran de los impuestos de todos. (El Defensor del Pueblo en espera (stand by) cumpliendo sus funciones de ideología política excluyente).

Se puede discutir, lo que  digo, pero todos sabemos que es “LA PURA VERDAD”.

Aunque no es solo eso, sino, que por ejemplo:

¿Alguien conoce algún caso de una autoridad y/o funcionario público denunciado administrativamente, que se abstenga de conocer cualquier asunto vinculado al ciudadano de a pie, que ha presentado una denuncia fundada contra él/ella?

Pero, rizando el rizo de la injusticia, cuando ese ciudadano acude a la justicia (sobrecargada de trabajo, en stand by, y, extraordinariamente lenta, etc. etc.), es más que un hecho patente, que esa autoridad o funcionario lejos de abstenerse inicia una cacería desde su poder administrativo contra él y contra toda su familia, saltándose toda ley. Los casos son numerosos y probados por activa y por pasiva, aunque nunca pasa nada, el funcionario que va contra el art. 103 de la C. E., siguen en su puesto y el ciudadano totalmente jodido queda en situación de espera de justicia, pero pagando.

En cualquier democracia con un Estado de Derecho en vigor real y efectivo la igualdad y el respeto a la ley con su cumplimiento por todos sus ciudadanos y todos sus poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), es lo único que garantiza el “valor justicia” en la misma.

La Constitución Española de 1978 dice en su art. 1.1.,  que “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.

Así mismo, en su art. 9. 1. garantiza el respeto a la ley, cuando dice, que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”; diciendo en su número 3., que “la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía jurídicas normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

Una cosa está clara, la ley está y existe, solo falta que todos los poderes públicos la cumplan y, además, que se proteja al ciudadano, que es el pueblo de donde nacen todos los poderes del Estado.

La no aplicación de la ley y/o su aplicación ideologizada por motivos personales y subjetivos crea inseguridad jurídica en España, que conlleva que los españoles transitemos ya por un camino de servidumbre, donde unos pocos nos someten a todos, esa gran mayoría silenciosa, que, además, piensa que ya pasará, así, vemos los desequilibrios legales por donde caminamos callados y, al parecer, conformes.

Frente a la inseguridad jurídica imperante solo cabe ya la autodefensa mediante un movimiento ciudadano abierto, libre y levantado en armas pacíficas, para recuperar el valor justicia de todos los españoles.

No queda otra, que la autodefensa y la rebelión pacífica en defensa de nuestros derechos y libertades como ciudadanos libres.

N.BFrente a la inseguridad jurídica de una ley que solo se aplica en una dirección y por la fuerza de una coyuntura política autodestructiva y malévola, solo queda la defensa del “Estado de Derecho” por todos y cada uno de nosotros (por todos los españoles).

La seguridad jurídica solo se consigue defendiendo el valor justicia, del que algunos pocos se han apoderado por la fuerza de un poder público ejercitado contra ley.

Córdoba, a 6 de octubre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Derecho a la igualdad V – Seguridad Jurídica (Tocata y fuga de Puigdemont – Tribunal Supremo)

El gran sacrificado de todo este vodevil perverso para todos los españoles que creíamos que la ley era igual para todos, es el Tribunal Supremo (especialmente, su Sala Segunda de lo Penal).

El Tribunal Supremo (Sala Segunda) en su Auto de 24 de julio de 2024 ha sentado la siguiente doctrina estéril (a la vista del espectáculo del Presidente –verdadero- Sr,), así:

“Que el Derecho a la igualdad y la Seguridad Jurídica son de todos los españoles y sin ellos no hay democracia ni estado de derecho”.

El “Presidente” aparece y desaparece a la vista de todos y con la connivencia de los poderes públicos responsables (es decir, de todos), mientras el T. S. queda destruido públicamente dentro y fuera de España.

¿Quién va a confiar ahora en el Tribunal Supremo y en el imperio de la ley igual para todos?

Nota: Lo peor de todo este tenebroso asunto es, que la podredumbre se extiende sin remedio a todos los jueces y tribunales de España como una carcoma expansiva y destructora del derecho a la igualdad ante le ley y del principio de seguridad jurídica, pues, a partir de ahora, ¿qué español va a creer que la ley se aplica por igual a todos nosotros?

A partir de ahora, cuando acuda ante cualquier órgano judicial  alegaré en mi defensa y/o de la de mi cliente, que se me aplique la ley del Presidente, que en resumidas cuentas es “una ley a la medida”.  En otras palabras, es la no ley y la desaparición del derecho a la igualdad ante la ley, junto con el principio de seguridad jurídica.

Se podrá decir, de cualquier otra forma, pero es simplemente la destrucción de nuestra democracia y el estado de derecho constitucional.

También es cierto, que la mayoría constitucional abrumadora de españoles no somos esclavos de unas minorías, de forma, que por algún lado explosionará la defensa del pueblo soberano frente a la injusticia, nos va en ello  la libertad y la justicia, deforma, que cuanto antes mejor.

Los españoles ya sabemos que nuestra libertad hay de defenderla y que ya es imprescindible  un movimiento ciudadano de rebelión pacífica, y, si alguien cree que otros vendrán a defendernos apañados vamos.

N.B. El Derecho a la igualdad y la Seguridad Jurídica solo las puede defender, visto lo visto, el Pueblo Español, y, que la tocata y fuga de ha puesto de manifiesto.

No hay otra.

Córdoba, a 9 de agosto de 2024

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

ASOCIACIÓN CÓRDOBA ABIERTA – ACOA – (Defensa de las libertades y de la igualdad)

(Inscrita en el Registro Asociaciones Junta de Andalucía Nº. 11123. Sección Primera).

Lawfare  – Sin exclusiones (Igualdad para todos)

Hoy es día para defender la Constitución de 1978, cuando, el Presidente del Gobierno, el Sr. Puigdemont, jueces, periodistas, etc. dicen a voz en grito que han sufrido lawfare, olvidando algunos muchos jueces y magistrados los casos de lawfare que han llevado a cabo por acción y/o por omisión, que denunciados al CGPJ han sido archivados sin más, porque como se dice, perro, no muerde a perro.

Lo que defendemos es algo elemental, que todos somos iguales ante la ley, o, al menos, eso dice la C. E., lo que no puede ser, es que solo se hable de lawfare cuando aparecen los políticos, los jueces, etc. y no cuando algún ciudadano del pueblo llano de a pie sufre lawfare inmisericorde de algún juzgado o tribunal.  (Que casos haberlos, hay).

En ACOA – Córdoba Abierta- creemos, que son muchos españoles, que se consideran violentados en todos sus derechos y libertades fundamentales, de forma, que hasta el final sea el que sea en defensa de la libertad y de la igualdad.

Pase lo que pase, Córdoba Abierta anima a todos los cordobeses a sublevarse en favor de la libertad y de la igualdad de todos los españoles.

DICHO DE OTRA FORMA,  LA NEGACIÓN DEL *LAWFARE* DEBE OPERAR EN TODAS DIRECCIONES, PORQUE LO QUE NO PUEDE SER, ES QUE LOS JUECES NO PUEDAN SUFIR “GUERRA SUCIA JUDICIAL” Y LOS CIUDADANOS JUSTICIALES A VECES SIENTEN  QUE EXISTE.

Córdoba, a 2 de mayo de 2024.

Fdo. Presidente de Córdoba Abierta -ACOA-

Amnistía – Estado de Derecho (Sin recovecos en ningún sitio)

Hoy es día para denunciar una Ley de Amnistía, que se carga de una patada la Constitución de 1978, deshaciendo la división de poderes y permitiendo que Magistrados del Tribunal Supremo (y, otros Jueces y Magistrados más) vayan a ser investigados y acusados de prevaricación y de todo lo que caiga.

Soy uno de los muchos españoles, que se consideran violentados en todos sus derechos y libertades fundamentales, de forma, que sirva lo que digo como manifestación absoluta de lo que creo y defiendo hasta el final sea el que sea.

He vivido media vida bajo una dictadura y ahora cuando creía, que entre todos habíamos acabado con cualquier tipo de autocracia dictatorial, vienen “unos pocos muchos, quizás demasiados* y me quieren meter de nuevo en otra dictadura privándome de mis libertades y derechos fundamentales.

Pase lo que pase, no lo aceptaré sublevándome desde ya en favor de la libertad y de la igualdad de todos los españoles.

Dicho lo dicho, nadie puede tener duda de donde estoy y ¿por qué?

Aclaro lo que digo, porque creo que la libertad y la Ley no admiten recovecos, de forma, que no se puede estar contra *la ley de amnistía del Presidente Sánchez, sus socios y demás comparsas, si admitimos excepciones o eximentes a cualquier tipo de amnistía, aunque se disfrace di cualquier cosa de apariencia buenista, realizando un salto mortal al vacío de la nada, creando recovecos opacos a la negación de toda amnistía.

Con ánimo abierto, fijaré algunos puntos libres, de cosas que ocurren, incluso a diario, que podrían servir de justificación a la ley de amnistía, que nos intentan colar por la puerta de atrás del Congreso y encima ciscándose en todos los españoles, así:

1.- Se dice, con verdad, que la ley de amnistía autoriza el llamado lawfare contra los jueces, señalándolos y acusándolos de prevaricar, cosa que repito es un disparate aprobado en una Comisión de Justicia del Congreso.

Sin embargo, hay jueces y magistrados que de una y mil formas comenten “lawfare” contra sus justiciables, sirvan de ejemplo abierto, casos donde jueces y/o magistrados dictan resoluciones contra ley, aunque las disfracen de sentencias y/o autos llenos de justicia, cuando, precisamente, se algo les falta a esas resoluciones es ”el valor justicia constitucional” del art. 1.1. de la C. E.

Es un hecho patente, que, en algunos muchos casos, quizás demasiados, se dictan resoluciones judiciales que, sin ninguna duda, están fuera de la ley y, encima, en muchos casos, esas resoluciones son irrecurribles, de forma, que solo queda el T. C con su ya estratosférico Recurso de Amparo y/o acudir al TJUE o al T.E.DD.HH.

En estos casos irrecurribles por ley judicial aplicada a fortiori en perjuicio directo del justiciable, la razón de las mismas es una libertad absoluta sin reglas del órgano judicial que las dicta, y, además, como son resoluciones irrecurribles el contenido de las mismas es puro y duro lawfare contra el ciudadano sufridor de las mismas.

DICHO DE OTRA FORMA, LA NEGACIÓN DEL *LAWFARE* DEBE OPERAR EN TODAS DIRECCIONES, PORQUE LO QUE NO PUEDE SER, ES QUE LOS JUECES NO PUEDAN SUFRIR “GUERRA SUCIA JUDICIAL” Y LOS CIUDADANOS JUSTICIALES LO SUFRAN CASI A DIARIO.

2.- Ahora, que todos estamos contra la Ley de Amnistía, hay cosas que no son de recibo, cuando algunos, muchos o pocos, que realizan declaraciones y se manifiestan contra la amnistía y la corrupción,  resulta que en sus centros de poder autonómico y local, vienen realizando “amnistías pequeñitas” a políticos y gestores políticos que malgastan dinero público en empresas públicas que llevan a la quiebra técnica o en proyectos faraónicos fallidos al 100 por 100, porque, por ejemplo, cuando las nuevas corporaciones locales salidas de las elecciones municipales pasadas, lejos de pedir responsabilidades a los dirigentes políticos de las anteriores corporaciones, exigiendo la devolución del dinero de todos derrochado sin mesura y sin producir ningún beneficio público, se limitan a decir, que quieren salvar a esas empresas públicas y a todos sus puestos de trabajo, poniendo dinero público a esos fines espurios, sin reclamar el dinero de todos tirado en gastos superfluos, y, corriendo un velo traslúcido de impunidad en favor de esos políticos manirrotos, olvidándose de exigir cualquier tipo de responsabilidad y de que ese dinero público dilapidado debería ser devuelto a los ciudadanos de a pie, es decir, al pueblo.

Solo por poner un ejemplo: En la Diputación Provincial de Córdoba, ahora gobernada por el P. P., los casos de las empresas públicas Emproacsa  (agua) y Epremasa (basura) son un paradigma de lo que digo, de forma, que si o si, el gobierno pepero ha concedido una amnistía “pequeñita” a los políticos y a sus gestores de la anterior Corporación Provincial del PSOE. Se habla de 50.000.000 de euros entre ambas dos empresas citadas, aunque, como, además, no hay auditorias independientes la cifra es un arcano perverso.

En resumen, el respeto a la ley y el estado de derecho solo obran en una dirección, de forma, que no valen los cambios de sentido y las dobles direcciones según quien sea y por la razón que sea, porque un Presupuesto Borrón para 2024 no merece la pena.

El PP en su “Declaración de Córdoba” se ha pronunciado con rotundidad y con toda la razón contra la amnistía y la corrupción política del PSOE, de manera, que en ello estamos en todos los sentidos, ya que, lo contrario es una simulación contradictoria y rayana en la mentira.

Lo que he expuesto, sin ánimo cerrado, exime de más explicaciones sobre lo que digo, porque no se puede estar con Ley y contra la amnistía del Presidente Sánchez y todos sus comilitones y, a la vez, aplicar amnistías, aunque puedan parecer “pequeñitas”, porque no se puede estar con Dios y con el diablo, ya que. la C. E. y sus derechos y libertades para todos los españoles sin igual y la verdadera división de poderes base de toda democracia no admite caminos paralelos, donde el valor justicia se convierte en una entelequia según de donde sople el viento.

N.BPor una España libre y abierta, donde las libertades y derechos de los españoles sean el pan de cada día para todos, y, donde el valor justicia de la igualdad se encuentre en una ley común de todos nosotros, de forma, que el respeto a la ley por cualquier poder público no tenga recovecos, donde algunos puedan cobijarse con absoluta impunidad.

La negación de la amnistía no puede tener dobles direcciones, que naveguen en favor de viento que sople.

Córdoba, a 10 de marzo de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Diputado del Parlamento de Andalucía – II Legislatura – Secretario del Parlamento de Andalucía por Alianza Popular.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Cuestión prejudicial – ante la duda hay que plantearla (La ley y la esperanza)

El presidente del Supremo Francisco Marín Castán ha dicho en defensa de los jueces, durante su participación en un coloquio sobre la independencia y responsabilidad del Poder Judicial, “que, si los jueces tienen dudas sobre la constitucionalidad o conformidad al derecho de la Unión Europea de una ley, deben plantear la cuestión prejudicial ante Europa”.

Así mismo, el presidente de la Sala de lo Contencioso del Supremo, Pablo Lucas, ha recalcado, que, “es obligación de los jueces a aplicar la ley, salvo que se dude de su constitucionalidad o conformidad al derecho de la Unión Europea, momento en el que podrían plantear una cuestión prejudicial o recurrir ante el Tribunal Constitucional”.

En definitiva, lo que han dicho es que todos -jueces incluidos- estamos sometidos al imperio de la ley, pero que hay mecanismos para combatir una ley como la de amnistía, si se entiende que puede ser inconstitucional o contraria a la aplicación e interpretación del derecho de la U. E., planteando una cuestión prejudicial ante el TJUE.

Es difícil no estar de acuerdo con lo expuesto, aunque, sin la menor duda, lo dicho también es aplicable de lleno a los abogados, cuando la ley presenta visos de inconstitucionalidad o se opone a la aplicación de interpretación del derecho de la Unión Europea en su opinión fundada.

Ocurre en la práctica, quizás, con demasiada frecuencia indeseada, que los jueces nacionales tienden a inadmitir la cuestión prejudicial presentada por un abogado no elevándola en consecuencia ante el TJUE y, a mayor inri, cuando se plantea un recurso de inaplicación del derecho de la U. E. contra la resolución que inadmite la cuestión prejudicial, lo inadmiten y no lo elevan a la Comisión Europea, porque dicen que no es procedente legalmente.

Después de lo que ha dicho el Presidente del T. S. Sr. Marín Castán, parece que puede haber un cambio de criterio general al respecto y que las cuestiones prejudiciales de los abogados sobre la interpretación y aplicación del derecho de la U. E. empezarán a ser admitidas y elevadas al TJUE por los jueces, aunque puedan no estar de acuerdo en principio, pues la ley, si o si, les impone esa obligación.

En conclusión, de lo dicho, parece que la ley de amnistía -a pesar de ser inconstitucional- puede que va a tener algún efecto favorable para el ciudadano, aunque sea algo forzado nacido de la necesidad defender los jueces su independencia.

En definitiva, como dice el refrán “no hay mal que por bien no venga”, pues hay que mantener una reflexión optimista de la realidad.

Todo esto que digo, viene al pairo, de que este abogado ha planteado al menos diez cuestiones prejudiciales sin que ninguna haya sido admitida, formulando, además, recurso por incumplimiento del derecho de la U. E., que, así mismo, tampoco ha sido admitido, incluso he presentado incidente de nulidad de actuaciones por violación de derechos fundamentales del art. 241 de la LOPJ, que ha sido inadmitido a trámite o rechazado de plano.

La esperanza es lo último que se pierde.

N.BLa cuestión prejudicial parece que se va abriendo camino para los abogados, de forma, que el propio Presidente del T. S. dice que “ante la duda hay que plantearla, aunque se respete la ley, de manera, que “la esperanza de un cambio de criterio de los jueces y tribunales nacionales se está convirtiendo en realidad”.

Solo hay que esperar, que sea verdad, de forma, que, a lo dicho, “no hay mal que por bien no venga”.

Córdoba, a 20 de febrero de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.