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Libre circulación en Europa – Soberanía nacional vs. Schengen – (Muro suizo vs. Imán español)

Europa no se rompe por sus fronteras externas, sino por la divergencia irreconciliable de sus políticas internas, ya que, lo que ocurre hoy en la frontera suiza y en las oficinas de extranjería españolas no es un mero debate administrativo, sino que es un desafío existencial a la propia supervivencia de la Unión Europea y a los valores que la fundaron.

Estamos ante una paradoja letal, pues *mientras el derecho comunitario predica cohesión y solidaridad, *la realidad nacional impone la fragmentación como única forma de supervivencia. La inmigración masiva e incontrolada ha convertido la libre circulación en un lujo, que solo pueden permitirse quienes cierran sus puertas.

Los nacionales europeos tienen derecho legítimo a protegerse a sí mismos, a sus familias, a sus servicios públicos y a su modo de vida frente a una invasión que amenaza con colapsar la democracia, el Estado de Derecho y los principios de libertad, igualdad y fraternidad que Europa tanto presume.

1.- La cláusula de guillotina suiza – (soberanía o suicidio).

El referéndum suizo del 14 de junio de 2026, bajo la iniciativa No a una Suiza de 10 millones, no es solo una consulta demográfica, sino que es una declaración de supervivencia nacional. Suiza ha elegido priorizar el control de su población antes que mantener un acuerdo bilateral que, de activarse la “cláusula de guillotina”, arrastre consigo todos los tratados de libre circulación, comercio, ciencia y seguridad.

Suiza prefiere el aislamiento estratégico a la desaparición cultural y social. Este muro suizo no es xenofobia, sino que es el ejercicio legítimo del derecho soberano de un pueblo a decidir quién vive en su casa y bajo qué condiciones.

Los suizos han comprendido lo que muchos europeos aún niegan, concretamente, que sin control demográfico no hay democracia posible.

2. España y el unilateralismo – (La eliminación del Reglamento de Dublín).

En el extremo opuesto, la regularización masiva impulsada por España representa el polo opuesto, puesto que supone una rendición incondicional ante la invasión incontrolada.

Al conceder papeles de forma extraordinaria y masiva, España no solo viola el principio de confianza mutua entre socios de Schengen, sino que hace saltar por los aires el Reglamento de Dublín.

El resultado es previsible y ya se está produciendo, ya que, los inmigrantes regularizados en el sur se convierten en ciudadanos de facto de toda Europa y se dirigen masivamente al norte. Alemania y Francia ya han restablecido controles fronterizos terrestres porque la libre circulación se ha vuelto un peligro mortal para sus propios sistemas de bienestar.

España, ahogada por su invierno demográfico y por la precariedad de sectores como la agricultura cordobesa, intenta resolver sus problemas internos exportando inestabilidad al resto del continente. Lo que para algunos es <-solidaridad-> o solución urgente, para la mayoría de europeos es una amenaza directa a sus servicios públicos, su seguridad y su identidad cultural.

(Nota. El comisario de Migración, Magnus Brunner, ha sido claro en sus declaraciones: Un permiso de residencia español no es “un cheque en blanco” para circular libremente por Europa, y, si un regularizado se desplaza a otro Estado miembro y es encontrado en situación irregular, deberá ser devuelto a España.)

3.- Pacto de Migración – (Parche inútil para un problema estructural).

 El Pacto de Migración de 2024, con su supuesta solidaridad financiera, ha quedado demostrado como lo que siempre fue, concretamente, un engaño cosmético, ya que, ninguna transferencia económica puede compensar la ausencia total de una política europea común de fronteras exteriores reales y efectivas.

Mientras unos países (como Suiza) defienden su derecho a existir como naciones soberanas, otros (como España) actúan como si la soberanía nacional fuera un concepto caduco. El resultado es una Europa de dos velocidades, puesto que *unos cierran filas para proteger a sus nacionales, y, *otros abren las puertas de par en par y luego piden que el resto pague las consecuencias.

Conclusión. – (la fragmentación de Europa ante la invasión).

 El año 2026 marca el certificado de defunción del modelo actual, ya que, no es posible mantener un espacio sin fronteras interiores cuando no existe una armonización real -y obligatoria- de las políticas de inmigración y extranjería.

La soberanía suiza y la urgencia española son las dos caras de la misma moneda: La ausencia absoluta de una verdadera política europea de Estado.

Sin una respuesta conjunta y firme, Schengen no solo corre el riesgo de convertirse en un recuerdo histórico, sino que toda la arquitectura democrática europea se desmorona bajo el peso de una inmigración masiva e incontrolada que pone en peligro los servicios públicos, la cohesión social y los valores fundamentales de Occidente.

N. B. Imagen. Suiza-España-Europa Schengen – (Fragmentación).

El referéndum suizo del 14 de junio de 2026 no resolverá el problema europeo, pero sí pondrá de manifiesto las diferencias profundas entre países que pueden elegir y países que, hoy por hoy, no tienen esa opción.

La regularización masiva aprobada en España, al igual que el referéndum suizo, supone un desafío a la libre circulación del Espacio Schengen.

(Nota. Schengen hoy: 29 países con libre circulación (teórica). Dato INE 2026: Más del 20 % de la población española ya es nacida en el extranjero.)

La regularización masiva en España y el referéndum suizo son dos respuestas opuestas al mismo desafío: Una defiende la nación, y, la otra la disuelve. Los nacionales europeos tienen pleno derecho a protegerse y quienes lo niegan no defienden Europa, simplemente la están liquidando.

Córdoba, 1 de abril de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Deterioro y regeneración Institucional (Análisis y propuestas para restaurar la democracia)

El deterioro institucional en España no es solo acumulación de tensionesni un mero “estrés sistémico”, sino que es un fallo estructural alimentado por un sistema electoral (d’Hondt en circunscripciones pequeñas), que premia el bipartidismo polarizado, partidos que capturan instituciones como botín y una cultura política donde el adversario se trata como enemigo.

La renovación del CGPJ en 2024 fue un apaño en forma de parche, porque el Órgano Judicial sigue dividido con tensiones en comisiones (como la Permanente en 2025) y nombramientos cuestionados por proximidad partidista, de forma, que la apariencia de imparcialidaddel TEDH se ha convertido en apariencia de captura, y, sin duda, las críticas políticas cruzadas a jueces y fiscales generan una guerra de trincheras que deslegitima el sistema ante los ciudadanos.

1.- Justicia (Superar la elección entre iguales).

La reforma pendiente del sistema de nombramiento de vocales judiciales es urgente (recomendación UE clave), pero insuficiente, porque los jueces eligen a los jueces, sí, pero

¿quién garantiza que las asociaciones judiciales (a menudo alineadas) no reproduzcan cuotas partidistas?

<<Propuestas innovadoras>>

<-Sistema híbrido: 70% elegidos por jueces (voto secreto, ponderado por antigüedad y méritos objetivos) + 30% por una Comisión Independiente Ciudadana (sorteo estratificado de 200 ciudadanos + expertos internacionales, con audiencias públicas televisadas y vetos razonados).

<-Plataforma digital compartida e inmutable para candidaturas: CV verificables, declaraciones de intereses inmutables, votación ponderada y auditoría pública automática.

<-Mandatos no renovables + rotación obligatoria en órganos directivos para evitar endogamia.

2.- Abuso del Decreto-Ley – (Calidad legislativa).

El uso excesivo de reales decretos-leyes viola el espíritu de <-extraordinaria y urgente necesidad-> y reduce el debate parlamentario, generando inseguridad jurídica real para abogados y ciudadanos.

**Su uso excesivo no es solo una cuestión técnica, sino que es una estrategia de gobiernos para eludir oposición y control social en temas sensibles.

**Propuesta innovadora:

<-Control previo automático por una Agencia Técnica Legislativa independiente (modelo similar a la Oficina de Presupuesto del Congreso, pero con veto suspensivo y dictamen vinculante sobre urgencia).

<-Cláusulas de caducidad obligatorias de 12-18 meses para decretos-leyes, con ratificación parlamentaria reforzada.

<-IA de apoyo legislativo obligatoria para conseguir un análisis de impacto regulatorio automático, una simulación de efectos y una comparación con mejores prácticas europeas/OCDE, con informes públicos.

3.- Contrapesos y captura de instituciones.

Fiscalía, Tribunal Constitucional, CIS, Banco de España y otros sufren percepción de dependencia. El caso del Fiscal General (proceso judicial y condena por filtraciones) ilustra el problema.

**Propuesta innovadora:

*Desvinculación total del Fiscal General, con nombramiento por mayoría cualificada en Congreso + ratificación por panel de expertos judiciales y ciudadanos (sorteo) y mandato fijo de 6 años no coincidente con legislatura con prohibición absoluta de cargos políticos previos/posteriores.

*<-Contrapeso ciudadano-> con un  Defensor del Pueblo con poder sancionador propio y presupuesto autónomo; asambleas ciudadanas deliberativas (sorteo representativo) para evaluar anualmente la actuación de órganos constitucionales, con recomendaciones vinculantes o referéndum consultivo.

*Auditoría independiente anual de todos los órganos (por entidad mixta UE-nacional) con indicadores cuantitativos de independencia (percepción ciudadana, tiempos de resolución, tasa de revocaciones políticas).

4.- Transparencia, corrupción y pluralismo informativo.

La Ley de Secretos Oficiales de 1968 es anacrónica, ya que, las puertas giratorias y
los grupo de personas opacos que busca influir en las decisiones de figuras de poder persisten, y, además, la financiación de partidos y contratación pública siguen como “riesgo elevado”

**Propuestas de innovaciones disruptivas:

* Contabilidad digital pública compartida e inmutable para contratación, subvenciones y agendas de altos cargos (inmutable, traceable en tiempo real).

*Registro de lobbies con IA de detección automática de conflictos + sanciones penales agravadas.

*Plataforma de personas denunciantes protegidos con recompensas económicas proporcionales al ahorro público generado.

*Dotación de medios adecuados, a través de un fondo público independiente gestionado por trust ciudadano (no gobierno) financiado por tasa a plataformas digitales, con  asignación por audiencia + métricas de calidad (verificación de hechos, pluralismo interno, diversidad de fuentes). Finalmente, obligación de transparencia algorítmica para redes sociales en España.

*Educación obligatoria en alfabetización mediática e institucional desde primaria.

<<Mirada europea y reforma de fondo>>

Bruselas acierta en los puntos clave, pero sus recomendaciones son tímidas y dependen de gobiernos que las dilatan, de manera, que España debe ir más allá, a través de un Pacto Nacional por la Regeneración Democrática con participación ciudadana vinculante (plataforma digital + asambleas sorteadas), con una reforma electoral hacia proporcionalidad mejorada + voto preferencial para reducir polarización, y, revisión constitucional selectiva (vía referéndum) para blindar la independencia institucional.

**En resumen: El problema no es solo técnico ni europeo, sino que es de incentivos políticos y falta de rendición de cuentas a los ciudadanos. Las propuestas anteriores combinan estándares UE con innovación tecnológica, participación sorteada y mecanismos de control automáticos para hacer las instituciones resistentes a la captura partidista, de manera, que no basta con “consolidar reformas iniciadas”, sino que hace falta una regeneración profunda que devuelva la soberanía a los ciudadanos y restaure la confianza.

N.B. Frente al deterioro de nuestras Instituciones es necesaria una regeneración institucional en España de acuerdo con nuestras propuestas disruptivas para restaurar la democracia plena.

Córdoba, 10 de febrero de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.,

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Presidente. Córdoba Abierta -ACOA-.

Andalucía – Un elogio – Una Cátedra de Derecho Constitucional (Octavio Salazar Benítez)

Hace muchos-bastantes años un joven Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba, concretamente, el hoy Catedrático de Derecho Constitucional Octavio Salazar Benítez se presentó en mi despacho de abogado, sito, entonces, en Ronda de Tejares, con la pretensión de aprender cómo funcionaba la justicia por dentro.

En seguida comprendí, que tenía delante una persona brillante, de mente abierta y que se salía por arriba (como dice el dicho popular), cosa que después he podido comprobar siguiendo su trayectoria de profesional altamente cualificada de destacado jurista.

(Nota. Solo su Comentario al Estatuto de Andalucía vale una cátedra.).

Es sabido, que suelo ser parco en elogios, sobre todo, porque no suelo estar de acuerdo ni conmigo mismo, pero este caso es primera necesidad.

Todo lo que digo, viene a colación por el nombramiento de Carmen Calvo Poyato (Profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Córdoba), porque, además, se da la coincidencia, que ambos dos son naturales de Cabra (Córdoba), como yo mismo.

Como ahora, todo el mundo ha abierto la veda contra la Sñrª. Calvo Poyato, yo quiero realizar un elogio como persona y como profesional -esta vez, si sin duda, de reconocido prestigio en el mundo del derecho- del Catedrático de Derecho Constitucional de Córdoba, mi admirado pasante y querido amigo, D. Octavio Salazar Benítez, que a su altísima cualificación jurídica une una personalidad arrolladora de bonhomía, de bondad, de cordialidad y de un cumulo abrumador de cualidades humanas.

Digo lo que digo, además, de lo dicho, porque Cabra (Córdoba) es cuna de personajes destacados de la historia de España y estoy seguro que el Profesor – Doctor Octavio Salazar Benítez pronto formará parte de ese acerbo inabarcable de personas de incalculable valor profesional y humano.

Mi elogio viene a colación, a mayor inri, porque el día 28/02/24 Andalucía celebra SU DÍA y apunto ya, que en la lista de hijos predilectos e ilustres de nuestra Tierra se debe ir apuntando, el de mi querido amigo el Profesor – Doctor Octavio Salazar Benítez, pues, si ya la U. E. lo ha distinguido como uno de los grandes expertos en igualdad, nosotros los andaluces no podemos ser menos.

Por una Andalucía libre y abierta donde el valor “justicia” (art. 1. C. E.) sea una realidad.

N.BUna Cátedra de Derecho Constitucional Andaluza y mi elogio para Octavio Salazar Benítez.

Valor justicia en Andalucía y felicidades a todos los andaluces.

Córdoba, a 24 de febrero de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Cuestión prejudicial – ante la duda hay que plantearla (La ley y la esperanza)

El presidente del Supremo Francisco Marín Castán ha dicho en defensa de los jueces, durante su participación en un coloquio sobre la independencia y responsabilidad del Poder Judicial, “que, si los jueces tienen dudas sobre la constitucionalidad o conformidad al derecho de la Unión Europea de una ley, deben plantear la cuestión prejudicial ante Europa”.

Así mismo, el presidente de la Sala de lo Contencioso del Supremo, Pablo Lucas, ha recalcado, que, “es obligación de los jueces a aplicar la ley, salvo que se dude de su constitucionalidad o conformidad al derecho de la Unión Europea, momento en el que podrían plantear una cuestión prejudicial o recurrir ante el Tribunal Constitucional”.

En definitiva, lo que han dicho es que todos -jueces incluidos- estamos sometidos al imperio de la ley, pero que hay mecanismos para combatir una ley como la de amnistía, si se entiende que puede ser inconstitucional o contraria a la aplicación e interpretación del derecho de la U. E., planteando una cuestión prejudicial ante el TJUE.

Es difícil no estar de acuerdo con lo expuesto, aunque, sin la menor duda, lo dicho también es aplicable de lleno a los abogados, cuando la ley presenta visos de inconstitucionalidad o se opone a la aplicación de interpretación del derecho de la Unión Europea en su opinión fundada.

Ocurre en la práctica, quizás, con demasiada frecuencia indeseada, que los jueces nacionales tienden a inadmitir la cuestión prejudicial presentada por un abogado no elevándola en consecuencia ante el TJUE y, a mayor inri, cuando se plantea un recurso de inaplicación del derecho de la U. E. contra la resolución que inadmite la cuestión prejudicial, lo inadmiten y no lo elevan a la Comisión Europea, porque dicen que no es procedente legalmente.

Después de lo que ha dicho el Presidente del T. S. Sr. Marín Castán, parece que puede haber un cambio de criterio general al respecto y que las cuestiones prejudiciales de los abogados sobre la interpretación y aplicación del derecho de la U. E. empezarán a ser admitidas y elevadas al TJUE por los jueces, aunque puedan no estar de acuerdo en principio, pues la ley, si o si, les impone esa obligación.

En conclusión, de lo dicho, parece que la ley de amnistía -a pesar de ser inconstitucional- puede que va a tener algún efecto favorable para el ciudadano, aunque sea algo forzado nacido de la necesidad defender los jueces su independencia.

En definitiva, como dice el refrán “no hay mal que por bien no venga”, pues hay que mantener una reflexión optimista de la realidad.

Todo esto que digo, viene al pairo, de que este abogado ha planteado al menos diez cuestiones prejudiciales sin que ninguna haya sido admitida, formulando, además, recurso por incumplimiento del derecho de la U. E., que, así mismo, tampoco ha sido admitido, incluso he presentado incidente de nulidad de actuaciones por violación de derechos fundamentales del art. 241 de la LOPJ, que ha sido inadmitido a trámite o rechazado de plano.

La esperanza es lo último que se pierde.

N.BLa cuestión prejudicial parece que se va abriendo camino para los abogados, de forma, que el propio Presidente del T. S. dice que “ante la duda hay que plantearla, aunque se respete la ley, de manera, que “la esperanza de un cambio de criterio de los jueces y tribunales nacionales se está convirtiendo en realidad”.

Solo hay que esperar, que sea verdad, de forma, que, a lo dicho, “no hay mal que por bien no venga”.

Córdoba, a 20 de febrero de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Me alegro de no ser el Rey – El valor de un gesto (Constitución – libertad)

La cara del Rey Felipe VI en la falsa promesa del Presidente Sánchez era un poema, una especie del Guernica de Picasso pero en un gesto, le decía al prometedor algo así, como, yo respeto la Constitución y la cumplo, y, Ud. es un desleal a la Constitución y a mi persona.

He dicho muchas veces, que el Rey Felipe VI y la Reina Leticia me caen bien y hasta la fecha son unos reyes ejemplares.

El gesto de la cara de nuestro Rey era para enmarcar, no dijo nada, pero su cara lo decía todo, imaginando, creo que decía, ahora no puedo hacer nada, aunque aun no ha terminado la partida y haré todo lo que pueda para defender nuestra Estado Social y Democrático de Derecho, que garantiza nuestra Constitución, sea de verdad o de mentira lo que prometéis ante mí.

En este momento, todos miran a la U. E., a Europa, yo solo miro la cara de mi Rey, pues un gesto lo dice todo.

N.B. Como decía, me alegro de no ser el Rey, porque aguantar la falsa promesa tiene narices, aunque su gesto y su cara profunda garantizan mi libertad de expresión y de opinión y el resto de mis derechos fundamentales. 

Los españoles podemos tener esperanza, ya que, si nuestra libertad la intentan eliminar allí estará el Rey.

Córdoba, a 19 de noviembre de 2023

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S. – en excedencia-.