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Andalucía en movimiento II (El movimiento se demuestra andando).

El presidente andaluz, Sr. Moreno Bonilla, invita a la movilización porque «se está diseñando pasar de un modelo aprobado en referéndum y consensuado en la Constitución de 1978 a un modelo confederal y asimétrico en el que los españoles no seremos iguales».

Creo que la propuesta del Presidente de la Junta de Andalucía es necesaria y urgente para los andaluces, pero no basta con predicar, sino que hay que dar trigo, de forma, que hay que moverse rápido de punta a punta de Andalucía y eso solo lo puede hacer una sociedad civil mayoritaria movilizada masivamente, razón por la que es necesario un movimiento social amplio, ya que, la desigualdad discriminatoria planteada en beneficio exclusivo de Cataluña nos ahoga y exprime a todos nosotros, siendo cierto, además, que un partido político no lo puede realizar en solitario, aunque esté gobernando por mayoría absoluta  en Andalucía, de manera que hay que invitar a todos los andaluces a moverse unidos en defensa de nuestra igualdad y libertad.

Andalucía y los andaluces  deben iniciar ya una rebelión masiva y pacífica frente a un poder público que derrocha abuso tras abuso y somete a los andaluces a escarnio público desde una desigualdad y una discriminación manejada por unos pocos – pocos.

Sr. Presidente, Moreno Bonilla, vamos tarde y ya nos están arroyando, así, que ahora ir solo y esperar como Don Tancredo es cooperar en el expolio de manera, que debe ser ya y ahora.

N.B. El movimiento se demuestra andando y el Pueblo Andaluz se debe levantar con urgencia, pues esperar es rendirse ante la injustica silentes y cautivos.

La libertad y la igualdad las ganaremos si nos movemos todos juntos en la misma dirección y dejamos atrás diferencias dañinas para nuestros intereses comunes.

Córdoba, a 22 de agosto de 2024

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Derecho a la igualdad – Seguridad Jurídica (El Tribunal Supremo lo ha dejado claro)

El T. S. (Sala Segunda) ha dictado un Auto de fecha 24 de julio de 2024 que es un ejemplo del valor justicia consagrado por la Constitución de 1978 y sobre nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, que deja claro, que la igualdad es de todos los españoles y que si no se respeta el estado de derecho no existe seguridad jurídica.

Para mí lo más esencial de ese Auto 24/07/24 es que se puade y se debe aplicar en su doctrina a cualquier desigualdad ante la Ley que sufra cualquier español y que afecte de lleno a la seguridad jurídica sea donde sea.

Cuando cualquier Órgano administrativo o cualquier Juez o Tribunal incumple o inaplica la ley que debe cumplir por la razón que sea, está desobedeciendo la doctrina del Tribunal Supremo sobre la igualdad de todos los españoles ante la ley y rompiendo el principio de seguridad jurídica.

Desgraciadamente, en España lo expuesto se está dando casi a diario en algunos Órganos administrativos y en algunos jueces y tribunales, que desconocen y/o aplican a la ley em base a una libertad sin reglas, máxime, cuando se trata de resoluciones judiciales irrecurribles.

El particular de a pie en estos casos se ve indefenso ante la injusticia, pues, además, acudir ahora al Tribunal Constitucional en amparo es un brindis al sol, pues solo hay política, ideología y una pared que lo rechaza todo.

Para terminar este pequeño comentario, citaré un párrafo del Auto del T. S. de 24/07/24, que dice.

Cuando todos estos demócratas, cualesquiera que sean sus particulares convicciones políticas, observen que quienes, ignorando por entero las exigencias del ordenamiento jurídico democrático y, por eso, las convicciones mayoritarias de la comunidad, tras cometer diferentes y graves delitos, resultan beneficiados por una ley de amnistía, no ya sin necesidad de que se disculpen, sino sin que se les exija siquiera que se comprometan en los sucesivo, manteniendo sus aspiraciones políticas, a respetar las reglas más esenciales de la democracia, mientras proclaman a los cuatro vientos que lo volverán a hacer, ¿conservarán su afección a las instituciones democráticas?.

Aquí, sobra cualquier otro comentario.

N.B.  El Tribunal Supremo lo ha dejado claro: “Que el Derecho a la igualdad y la Seguridad Jurídica son de todos los españoles y en cualquier sitio”, de forma, que no hay otra.

Sin ellos no hay democracia ni estado de derecho, de manera que todos los españoles tenemos el derecho y el deber de defenderlos, pues nos va en ello la libertad.

Córdoba, a 28 de julio de 202

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Recurso de Amparo – Tribunal Constitucional (Iguales ante la Ley, pues NO)

El recurso de amparo constitucional es el último cartucho que los españoles de a pie tenemos, cuando se violan nuestros derechos fundamentales por un juzgado o tribunal.

Esta es la teoría, porque ahora el T. C. ha entrado en fase política radical, de forma, que se ha desnaturalizado convirtiéndose en Tribunal Supremo y más, así:

1º.- {D. JAVIER GÓMEZ DE LIAÑO en un artículo ejemplar ha expuesto, con toda la razón, que “Supremo no hay más que uno y no es el Constitucional y que el TC ha acreditado sobradamente su naturaleza política al incurrir en un exceso de competencias”, añadiendo: 

Tienen razón, por tanto, quienes sostienen que con las sentencias dictadas en relación a los recursos de amparo interpuestos por los condenados en el asunto de los ERE –empezando por la primera, referida a la exministra Magdalena Álvarez– y que supuso uno de los mayores escándalos de corrupción de la democracia, el TC ha acreditado sobradamente su naturaleza política al incurrir en un exceso de competencias y en una flagrante desnaturalización de sus funciones, entre las que no se incluye la interpretación última de los tipos penales. Como diría el profesor Hans Faller, que fue juez del Tribunal Constitucional Federal de Alemania, el TC no es una instancia política y si se convirtiese en un tribunal cuyas decisiones respondiesen a razones de conveniencia, ello significaría el fin de la jurisdicción constitucional”. Y,

Frente a la postura de la mayoría de los miembros del TC, tres magistrados y una magistrada han formulado un voto particular en el que, a mi juicio de forma cabal, sostienen, entre otros particulares, que la sentencia “ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo como máximo intérprete de la ley.

2º.- A mayor desdoro, cuando un particular de a pie interpone un R. de Amparo ante el T. C., lo normal en el día a día, es que reciba una Providencia del T. C. inadmitiendo su Recurso.

Sirva de ejemplo, una Providencia del T. C. que recoge literalmente lo dicho y exime de más comentarios, así – verla reproducida:

[ TRIBUNAL CONSTITUCIONAL             NO de recurso: XXXXXXX

Sala Segunda

Sección Cuarta                                                ASUNTO: Recurso de Amparo promovido

por XXXXXXXXXXXXX

SOBRE: Auto de la XXXXXXX –XXX

contra Auto del Juzgado XXXXXXXX

PROVIDENCIA Excms. Srs.:

Balaguer Callejón

Sáez Valcárcel

Arnaldo Alcubilla

La Sección ha examinado el recurso presentado y ha acordado no admitirlo a trámite por no apreciar en el mismo la especial Trascendencia constitucional que, como condición para su admisión, requiere el art. 50.1.b) LOTC (STC 155/2009, de 25 de junio, FJ 2).

Notifíquese con indicación de que, si el Ministerio Fiscal no hubiere interpuesto recurso de súplica en el plazo legal de tres días, se archivarán estas actuaciones sin más trámite (art. 50.3 LOTC).

Madrid, 17 de junio de dos mil vienticuatro

PRESIDENTA   SECRETARIO DE JUSTICIA   ]

Nota. La Providencia reproducida es lo que suele recibir el particular de a pie cuando interpone un Recurso de Amparo, de manera, que reitero, sobra cualquier comentario al respecto.

Lo que digo, lo entiende cualquiera, resultando evidente que el T. C.  en su postura radical está fuera de cualquier cobertura legal y la gran mayoría los españoles genuflexos en su desamparo.

N.BAnte la desigualdad del T. C. la sociedad civil española debe sublevarse en aras de su derecho de igualdad constitucional, de forma, que ha llegado el momento en que callar cautivo sin rebelarse ante la injusticia es ser cómplice de la destrucción de nuestra democracia y de su estado de derecho.

Córdoba, a 9 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Empleo y paro en Córdoba (temporalidad en aumento y productividad a la baja)

Algunos lectores del blog me recriminan que hace tiempo que no digo nada sobre el empleo y el paro en Córdoba, quizás, porque no comprenden, como dicen que baja el desempleo, aumentan las afiliaciones a la seguridad social y desciende el número de horas efectivas de trabajo. Es algo que no cuadra.

Siento decir, que mis comprobaciones sobre el empleo no coinciden con las cifras oficiales empleo, lo que estoy viendo a diario es que solo puedo dar datos negativos, así, por ejemplo, estoy comprobando que casi el 80% de los contratos firmados son temporales, que crece el número de despidos en el período de prueba, que el número de horas efectivas de trabajo no cuadra con el número de afiliaciones, lo que solo puede significar que aumenta el número de contratos a tiempo parcial o por horas, que el número de mujeres en paro casi dobla al de hombres, que la situación de paro de los menores y de los mayores de 50 años está en stand by (en espera), pues es un hecho que no mejora, así, podría seguir citando parámetros negativos del empleo en Córdoba, aunque lo dicho explica mi desesperanza sobre el mayor problema de Córdoba y Provincia, agravado, porque no veo que las administraciones públicas andaluzas (locales, provinciales y de la Junta de Andalucía) presten la atención debida a lo que está pasando con el empleo en Andalucía y, concretamente, en Córdoba.

En Córdoba ahora tenemos una oportunidad única para arreglar en parte el problema del paro con la implantación y desarrollo de la Base Logística del Ejército de Tierra, así que, espero que el empleo se cree en Córdoba con trabajadores de aquí y por empresas e instituciones cordobesas.

Quizás, lo que pasaría en el País Vasco y en Cataluña, podría servirnos de ejemplo, y, que conste que no hablo de desigualdad sino de corregir la que existe y de igualdad de oportunidades.

Lo que digo, lo entiende cualquier habitante de Córdoba y Provincia, así que como se dice ahora, pues ESO.

N.BPara que los números del empleo y del paro cuadren en Córdoba, es imprescindible controlar en positivo la temporalidad, el contrato por horas o parcial y la mejora de la productividad  incentivando la formación de los trabajadores.

Reclamar lo que nos pertenece no es desigualdad, sino igualdad de oportunidades.

Córdoba, a 9 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

La desigualdad anida bajo (el respeto a la Ley está cayendo en desuso)

 Se dice por activa y por pasiva que Ley de Amnistía, se ha cargado de una patada la Constitución de 1978, deshaciendo la división de poderes y permitiendo que Magistrados del Tribunal Supremo (y, otros Jueces y Magistrados más) vayan a ser investigados y acusados de prevaricación y de todo lo que caiga.

Ya he dicho en varios foros públicos, que soy uno de los muchos españoles, que se consideran violentados en todos sus derechos y libertades fundamentales, de forma, que sirva lo que digo como manifestación absoluta de lo que creo y defiendo hasta el final sea el que sea.

Creo que la aplicación justa de la Ley no admite excepciones, de forma, que no se puede estar contra *la ley de amnistía del Presidente Sánchez, sus socios y demás comparsas, y, a la vez, admitir excepciones o eximentes a cualquier tipo de violación de la ley, sea por acción, sea por omisión, aunque se disfrace de cualquier cosa de apariencia buenista, realizando un salto mortal al vacío de la nada, creando espacios opacos donde se niega una aplicación de la ley igual para todos.

Con ánimo abierto, fijaré algunos puntos abiertos, de cosas que ocurren, incluso a diario, que podrían servir de justificación a la inaplicación de la ley cuando conviene el políticos de turno, así:

1.- Se dice, con verdad, que la ley de amnistía autoriza el llamado lawfare contra los jueces, señalándolos y acusándolos de prevaricar, cosa que repito es un disparate aprobado en una Comisión de Justicia del Congreso.

Sin embargo, hay políticos, jueces y autoridades públicas (corporaciones locales, entidades publica varias, y, así, un larguísimo etc.) que de una y mil formas comenten “lawfare” contra los ciudadanos de a pie, sirviendo como ejemplo abierto, casos **donde jueces y/o magistrados dictan resoluciones contra ley por acción u omisión, **donde Alcaldes dictan decretos saltándose la ley, etc. etc., siendo evidente que a sus resoluciones les falta ”el valor justicia constitucional” del art. 1.1. de la C. E., porque pasan por encima de la Ley aplicable, situándose, además, en un mundo paralelo de impunidad.

DICHO DE OTRA FORMA, HAY *LAWFARE* CASI A DIARIO CONTRA LOS CIUDADANOS DE A PIE, MIENTRAS QUE PARA POLÍTICOS Y JUECES SE DENUNCIA QUE SUFREN “GUERRA SUCIA JUDICIAL” EN ESCLUSIVA, CUANDO LA REALIDAD ES QUE LA IGUALDAD Y EL RESPETO A LA LEY HA DESAPARECIDO PARA  CASI TODOS LOS ESPAÑOLES.

Ahora, que casi todos estamos en defensa de igualdad y de la Ley para todos igual, hay cosas que no son de recibo, cuando algunos políticos, muchos o pocos, que realizan declaraciones y se manifiestan contra la amnistía y la corrupción,  resulta que en sus centros de poder (autonómico, local, etc.) vienen realizando “amnistías pequeñitas” mediante el sistema de no respetar la ley aplicable por acción u omisión.

En resumen, el respeto a la ley y el estado de derecho solo obran en una dirección, de forma, que no valen los cambios de sentido y las dobles direcciones según quien sea y por la razón que sea, porque eso va contra el bien común de los españoles.

2.- Es un hecho patente, que no se puede estar con Ley y contra la ley, aplicando amnistías varias cuando conviene, aunque puedan parecer “pequeñitas”, porque no se puede estar con Dios y con el diablo, ya que. la C. E. y sus derechos y libertades para todos los españoles sin igual y la verdadera división de poderes base de toda democracia no admite caminos paralelos, donde el valor justicia se convierte en una entelequia según de donde sople el viento.

N.BLa defensa de una España libre y abierta, donde las libertades y derechos de los españoles sean el pan de cada día para todos, y, donde el valor justicia de la igualdad se encuentre en una ley común de todos nosotros, es ineludible y prioritaria, de forma, que el respeto a la ley por cualquier poder público no tenga excepciones, donde algunos puedan cobijarse con absoluta desigualdad e impunidad.

El respeto a la ley no puede tener dobles direcciones, que naveguen en favor de viento que sople, porque la igualdad es de todos los españoles.

Córdoba, a 8 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.