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Reforma Laboral V – Empresas – pobreza salarial – empleo (contratos por horas – desigualdad – coacciones)

La Reforma Laboral es un bluff (un farol), pues no contiene medidas para solucionar los problemas endémicos del mercado laboral, pues, con solo leer el Preámbulo del R.D.L. se puede ver, que solo anticipa una persecución sin tregua contra los empresarios, de manera, que se puede decir, que la reforma contiene un juicio crítico negativo hacía la actividad empresarial y, así mismo, un desconocimiento profundo de ese mundo, suponiendo una inquietante animadversión hacia lo que es un empresario.

La animosidad legislativa hacia la empresa procede: (i) de mirar solo desde un lado de los actores del mercado, machacando el consenso real, que nace del acuerdo entre iguales; (ii) del desconocimiento del mundo empresarial; y, (iii) de la implantación y aplicación de principios ideológicos trasnochados, alejados de los nuevos mercados competitivos y productivos más libres y flexibles.

La Reforma del R. D. L. (aprobada por ahora) no aporta soluciones ni medidas para los problemas de nuestro mercado laboral, así:

1.- Con la Reforma seguirá la llamada pobreza salarial, que sin duda es un hecho muy negativo, además, ignora que el paro es un hecho mucho peor que una retribución devaluada.

2.- No aborda el principal problema económico de España, que es nuestra incapacidad estructural de crear empleo.

3.- Pasa por alto olvidándolo, la relación entre los costes de despido y la temporalidad, ya que, es algo patente, que a mayores costes de despido le sobreviene mayor temporalidad.

Por otro, la Reforma niega el impacto negativo sobre el empleo de los trabajadores menos cualificados, estableciendo  costes laborales por encima de su productividad.

Por los motivos apuntados aumentará el desempleo, pues la Reforma es un obstáculo a la creación de empleo.

4.- Prohíbe legalmente la temporalidad, suponiendo que esa medida coactiva disminuirá los contratos temporales, pero incurre en un error de bulto, ya que, olvida por completo que no aumentarán en la misma proporción los contratos fijos, lo que implica, sí o sí, que aumentará el desempleo y, exponencialmente, los contratos fijos a tiempo parcial.

Dicho de otra forma, limitar la temporalidad imponiéndola con sanciones y coercitivamente podrá reducir la misma, pero a costa de reducir también el empleo y su calidad, problema que se agravará, con las medidas encaminadas a subir los salarios más bajos para luchar contra la pobreza salarial, consiguiendo subir algunos salarios, a expensas de destruir más empleo y bajar la productividad.

5.- La reforma establece que las contratas y subcontratas deberán aplicar los mayores sueldos del convenio del sector de la actividad realizada o el de la empresa principal, por lo que parece, que los expertos legislativos olvidan, que muchos de trabajadores que podrían haber sido contratados  no lo serán,  precisamente, a causa de esa norma.

6.- La Reforma consolida el mercado productivo existente en España, que absorbe, sin duda, una amplia bolsa de trabajadores de baja productividad existente en nuestro País, ya que, ignora cualquier instrumento eficaz para combatir la baja productividad, así como, a compensar los bajos salarios dedicados a estos trabajadores, implicando, además, un gravamen para la competitividad de las empresas.  

Finalmente, es un hecho, que la Reforma Laboral dará lugar muchos contratos fijos a tiempo parcial, lo que, se quieradmitir o no, es un anticipo de pobreza laboral.

** Por otro lado, los datos oficiales de paro están trufados de trolería, de forma, que examinando unos números se puede ver, que la forma de contar por el Ministerio Reformista en este apartado es irreal, solo partiendo de cifras oficiales:

*. Paro registrado (cifra oficial): 3.105.905 de trabajadores.

*. Otros no ocupados: 215.000 personas.

*. Parados que están buscando trabajo en unas condiciones concretas, por ejemplo, que no están dispuestos a cambiar de residencia): 290.500.

*. Ertes: 103.800 trabajadores.

*. Autónomos en cese de actividad: 108.200 personas.

*. Inactivos 1.800.000 personas.

*. Trabajo por horas y a tiempo parcial 2.400.000 trabajadores.

*. Empleo Público creado desde 2020: 250.000 personas.  

*. Sector Privado: 20.000 empleos perdidos contando desde 2019.

Total: 6.385.205 parados reales a finales de 2021.

(Nota: Se pueden utilizar otros datos, pero al final la cifra real estará en seis millones de desempleados).

Fijando una conclusión, la Reforma Laboral garantiza menos contratos y más inestabilidad laboral.

N.B. La Reforma Laboral no aborda los problemas de nuestro modelo productivo: -productividad-, -empleo- y- paro-, ya que, persigue y coacciona a las empresas, contra los criterios modernos y competitivos en los mercados laborales que funcionan, incentiva la pobreza salarial y destruye empleo, especialmente, el estable y sólido, garantizando solo un crecimiento de los contratos fijos por horas o a tiempo parcial, a la vez, que paraliza la contratación de las empresas con sanciones y provocará un enrocamiento empresarial inevitable ante unas extinciones imposibles de contratos, de forma, que habrá menos contratos temporales, pero, también, menos contratos fijos.

En resumen, crecerá el desempleo en el sector privado, aunque aumente en el sector público, que nunca podrá compensar la falta de creación de empleo en la empresa y cuyo significado es muy diferente en términos de empleo real.

La Reforma Laboral incrementará la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo, lo que obligará al Gobierno a aumentar sin tregua el gasto público, haciendo más grande  la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que provocará rupturas de la igualdad en la sociedad civil española, creando tensiones  dentro y fuera de la empresa.

El desarrollo  de nuestro mercado laboral estará más dominado por la desconfianza y la incertidumbre, lo que conllevará menos empleo y aumentos del paro.

Córdoba, a 9 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Reforma Laboral IV – Productividad – Empleo – Paro (en dirección contraria y con marcha atrás)

Los datos optimistas del Gobierno, de la Ministra de Trabajo, Sñrª. Díaz, y del Ministro de S. S. y otras cosas, Sr. Escrivá, sobre el paro y las afiliaciones a la S. S. ponen de relieve el fracaso de la “Reforma Laboral light”.

¿Por qué, como es posible, que disminuya el paro, aumenten las afiliaciones a la S. S. y decrezca la actividad?

Solo existe una respuesta razonable y lógica, el fenómeno económico surge, por la sencilla razón de que está bajando la productividad a mínimos y porque en los datos de empleo oficial no son reales, ya que, por ejemplo, hay muchos contratos por horas o a tiempo parcial que se computan a los efectos de bajar las cifras de paro, lo que es una contabilidad engañosa del desempleo real, por no hablar de los parados que no se cuentan, como los trabajadores implicados en los ertes, de igual forma, que tampoco se computan como parados reales los inactivos, especialmente, los que han abandonado la búsqueda de trabajo.

Si algo está claro en este asunto del empleo, del paro, de la actividad, etc. en España es que, para empezar, no existe una información veraz, lo supone, realmente, que no existe ninguna información creíble

La Reforma Laboral aprobada por R. D. L. (pendiente de posibles modificaciones en el Congreso) no cambia en nada el modelo productivo imperante en España, lo que conlleva que perviven los defectos del mismo, que arrastramos desde hace mucho tiempo sin posibilidad estructurar uno nuevo, así:

* La baja productividad, que vuelve a caer, lastra la actividad e impide  la creación de empleo, mucho más el que exige cierta calidad, pues las empresas españolas  pierden competitividad.

Así, por ejemplo, en la evolución de la productividad de la hora efectivamente trabajada y el coste laboral, se puede comprobar que, mientras que éste último ha crecido en el último año hasta niveles muy altos, la productividad se ha desplomado a cifras no vistas.

* Crece el empleo público y en los sectores con menor valor añadido, recuperándose así el sector servicios.

*  Las horas trabajadas aumentan más que la actividad, lo que refleja un descenso de la productividad de la mano de obra, algo nuevo en la actividad económica,

España sigue con una tasa de desempleo muy elevada, que la actual crisis ha incrementado, sin que la pretendida recuperación oficial haya logrado compensar la pérdida de empleo real.

*   Desde un punto de vista sectorial este escaso dinamismo de la productividad se explica, por el mayor peso de las ramas de actividad con menor rentabilidad, que amenaza los salarios y la competitividad.  

*  Nuestra economía de baja actividad tiene problemas para acometer las reformas estructurales necesarias, porque es muy complicado atraer o generar  recursos que permitan adoptar medidas para favorecer a los colectivos más perjudicados, problemas que la Reforma Laboral aprobada va a perjudicar aún más.

En resumen, seguimos sin movernos con una estructura del mercado laboral paralizada, donde el empleo de calidad y productivo decrecerá o no nacerá, aumentando la desigualdad social, de forma, que el problema de España, que la Reforma Laboral no aborda, es: que el paro aumentará, que el empleo de calidad y productivo se resistirá a nacer en estas condiciones laborales y, finalmente, que la desigualdad crecerá entre los españoles.

N.B. La Reforma Laboral no aborda los problemas de nuestro modelo productivo: -productividad-, -empleo- y- paro-. Que, aunque, es cierto que son asuntos endémicos y que la crisis los ha agudizado, la Reforma no encara ninguno de ellos, de forma, que vamos en dirección contraria y con marcha atrás.

La Reforma Laboral aprobada es un paso atrás, pues, la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo han ocupado una posición dominante en nuestro mercado de trabajo, aumentando, además, sin tregua el gasto públicoy ahondando aún más la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que dará lugar a desequilibrios difíciles de aguantar por la sociedad española.

El remate de la Reforma Laboral aprobada por R. D. L., pero llena de inseguridades sobre su futuro, es la inflación desordenada que se ha apoderado de España, que hace impredecible el posible desarrollo  de nuestro mercado laboral, es decir, más desconfianza e incertidumbre.

Córdoba, a 7 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Reforma Laboral II – el mismo modelo productivo (R. D. L. acongojado – empresarios despreciados – empleo difícil)

Para empezar unas aclaraciones:

** Otra alternativa al modelo productivo trancredista de la Exministra Bañez, que subsiste con la Reforma de la Ministra Díaz, es posible y necesaria.

** La Reforma Laboral por R. D. L. de la Ministra Díaz hará la creación de empleo difícil por su coste, incompensado o descompensado para la empresa.

** Sin cambio del modelo productivo, que posibilite aumentos de la productividad y competitividad en beneficio de la empresa y del trabajador, la Reforma light impuesta es un bluff (un farol).

** La Reforma Díaz va contra las empresas, ya que, endurece y restringe las condiciones de contratación y de despido, cuando estamos en el mundo de la flexibilidad laboral y de la competitividad.

** El paro será el único sacrificio real ofrecido en el altar de la Reforma Laboral, porque habrá que ver cuántos puestos de trabajo se destruyen y cuantos se crean, que no sean en el sector público.

** La Reforma camufla la dualidad laboral al convertir los empleos temporales de toda la vida en indefinidos, con la fórmula de una figura jurídica desagregada de su realidad, que son los trabajadores fijos continuos y cuya única verdad son los Fondos Europeos.

** Las indemnizaciones por despidos subirán, porque en las mismas se computará toda la antigüedad y no sólo el período real trabajado.

** Una de las cosas positivas de la reforma reside en los contratos de formación, un medio para que las empresas y los trabajadores mejoren a sus exigencias la cualificación profesional.

** La inflación olvidada será una losa para la calidad y la precariedad laborales.

** La regresión normativa impuesta en materia de los convenios es uno de los puntos más negativos de la Reforma, pues respetar ciertos acuerdos sectoriales, como pueden ser la ultraactividad y los salarios, en muchos casos será una merma de la productividad y de la   competitividad, dañándose, sin duda, la recuperación.

** En el mayestático Preámbulo del R. D. L. se evidencian faltas de referencias a las reformas para generar empleo y hacer más competitivas a las empresas.

Es un hecho indiscutible, que, si las empresas no mejoran su productividad y ganan más dinero, no van a poder pagar mejor a sus empleados.

Por otro lado, es evidente, que la recuperación va muy lenta, y si los incentivos que tienen las empresas son: *una subida de las cotizaciones (para sufragar las pensiones), *la llegada de impuestos verdes o medioambientales y *una inflación descontrolada; la cosa pinta mal.

**Ha sido una negociación empresarial poco equitativa y desigual, con los de la CEOE a la defensiva y rendidos al empezar, posición que aún podrá empeorar en el Congreso con la negociación con unos socios imposibles, pero, advertidos todos, que el consenso empresarial ya está dado y sin vuelta atrás.

Hechas estas aclaraciones, la Reforma Díaz, heredera de la anterior Ministra Bañez del Sr. Presidente Rajoy, es una ocasión perdida, ya que, los males de raíz del sistema permanecen e incluso en ciertos casos se acrecientan, de manera, que cuando existía una posibilidad de modernizar nuestro modelo productivo, llenándolo de flexibilidad, de mejoras de la productividad y de la competitividad, se ha optado por dar un salto al vacío de la nada, para que todo quede igual, aunque, dañando aún más el sistema, lo que impedirá reducir el paro y mejorar de verdad las condiciones de trabajo de los productores españoles, en aras, además, de una política excluyente y autoritaria, a base de sanciones e imposiciones normativas contrarias a la lógica y la razón.

Es algo patente, que las consecuencias de la Reforma light “consensuada” serán muy negativas para nuestro mercado laboral en todos los sentidos, así:

* El paro aumentará, pero lo peor será, que el daño estructural de ese desempleo se consolidará, volviéndose difícilmente reversible.

* El modelo productivo quedará inmóvil, haciéndose una crisálida impenetrable, que impedirá su modernización y su adaptación a los nuevos modelos digitales, permaneciendo en el pozo de un sector servicios empobrecido, que nuca manejaremos ni dependerá de nosotros mismos, mientras quedamos obligados a comprar la mayoría de los bienes industriales y toda la tecnología necesaria para su mantenimiento, que tampoco nunca dependerá de nosotros.

* Las empresas mantendrán una productividad baja, que les impedirá ser competitivas y mejorar las condiciones de todo tipo de sus trabajadores, no solo los salarios.

* La mejora permanente de la cualificación de los trabajadores será una fantasía, quedado inmersos en su bucle perverso de baja rentabilidad, bajos salarios y bajas condiciones de trabajo aceptables.

* Los poderes públicos seguirán utilizando las debilidades del sistema sin rubor, mientras sancionan a empresas y trabajadores que pisan la raya del sistema establecido.

Por ejemplo y para todos: ¿quién no conoce trabajos de médicos en la sanidad pública contratados por dos horas los sábados y festivos, así como, guardias contratadas por las noches y cosas parecidas de abusos públicos?

En resumen, la reforma de la Ministra Bañez y la Reforma de la Ministra Díaz son la cara y la cruz de una misma moneda, porque, simplemente, son más de lo mismo, cuándo, además, el cambio del modelo del mercado laboral es posible y realizable, permitiendo a la vez, que las condiciones de trabajo de los españoles sean mejores y sin que sea necesario limitar los derechos y libertades consagrado/as en la Constitución.

N.B. La Reforma Laboral aprobada por R. D. L. no es la que España estaba necesitando, de manera, que, ahora mismo, domina la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo, ya que, la nueva Reforma consensuada, con imposiciones, es una continuación del despropósito de la Reforma Bañez, tan injustamente agasajada, pues seguimos con el mismo modelo productivo, que consagra el paro estructural y unas condiciones de trabajo injustas, cuando otro modelo más equitativo y justo es posible y realizable, además, sin limitar derechos y libertades constitucionales.

Se ha perdido una ocasión de oro, que será difícil de recuperar.

Córdoba, a 1 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Igualdad ante la ley – IV – Jueces y Fiscales (desigualdad con los abogados)

La desigualdad entre abogados y fiscales en los actos del juicio es manifiesta, y, sin duda, encierra una corruptela legal, que todos sabemos que existe.

Como me ha vuelto a pasar, esta vez, quiero escribir algo ante el trato de favor que reciben los fiscales en los tribunales y juzgados (que conste que no en la mayoría afortunadamente), que contrasta en demasía con el trato que reciben los abogados de esos mismos jueces y tribunales, así, es un hecho probado y patente, que desgraciadamente, en muchos casos, demasiados, los fiscales están posicionados en un plano de superioridad respecto a los abogados, que intervienen en los juicios.

Es casi inevitable, se diría corriente, que cuando un abogado entra en la Sala del Juzgado o Tribunal, se suele encontrar al Fiscal departiendo con el Juez o Tribunal, que en pura lógica estarán hablando del juicio a celebrar. Se me dirá que no es así, aunque un ejemplo de igualdad de trato en estrados entre fiscal y abogado desde luego no es. Sin ser malintencionado, en estos casos, la apariencia de imparcialidad del Juez o Tribunal, se puede afirmar, que -queda en entredicho-.

En el derecho español el asunto está muy claro en la ley, por un lado está el poder judicial, por otro el poder ejecutivo representado por el fiscal y por otro el abogado, es más, la Constitución Española no deja lugar a duda sobre lo dicho, de manera, (i) que el Juez o Tribunal es independiente como representante de unos de los poderes del Estado; (ii) que el Fiscal es el defensor de la ley dependiendo jerárquicamente de la Fiscalía General del Estado, que ya se sabe quién la nombra (pues -eso-); y, (iii) que el abogado defiende a su cliente de conformidad con la ley.

Es evidente, que el Juez o Tribunal con todas las garantías de independencia, imparcialidad y sujeción a la ley dirige y ordena el proceso y tiene la última decisión como poder judicial; por otro lado, el Fiscal y el Abogado que defienden la ley y la justicia del pueblo soberano en estrados tienen los mismos derechos, de forma, que en aras a la justicia de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, la igualdad de armas en el proceso entre ellos es algo indiscutible, siempre observando la ley y sometidos ambos a la autoridad del Juez o Tribunal.

Lo expuesto, es la teoría que, desgraciadamente, no siempre se cumple, quizás demasiadas, porque, se quiera admitir o no, es un hecho repetido, patente y probado, que, en apariencia, al menos, el fiscal aparece en posición de preeminencia en estrados, además, a veces, se le permiten cosas que de ninguna forma se admiten cuando se trata del abogado.

Lo cierto es, que eso sucede, de forma, que la pretendida igualdad entre fiscal y abogado que la Constitución garantiza aparece diluida en el polvo del camino, aunque, también, es cierto, que el abogado respetuosamente puede hacer ver al Juez o Tribunal esa situación paralegal y anómala, que suele ser aceptada mayoritariamente por el juzgador, aunque, evidentemente, hay casos en que no, razón por la que los abogados prudentemente, aunque equivocadamente, dejan pasar la cuestión por muchos motivos, como pueden ser, -la creencia de que si protestan perjudicaran a su cliente-, -el respeto excesivo al Juez o Tribunal que le hace no querer molestar al juzgador-, etc. etc.; sin embargo, lo único cierto es que si el abogado, ante hechos parecidos a los expuestos, que rompen la igualdad y la equidad del proceso, no protesta debidamente al Juez o Tribunal, están haciendo dejación de sus funciones y perjudicando a su cliente, que en definitiva es el Pueblo Soberano.

Lo dicho, es una falta de respeto a la ley, diluyéndose la vigencia del principio de legalidad constitucional con un reflejo perverso en –la igualdad ante la ley-, que está bajo mínimos en España, aunque nadie puede olvidar, que la C. E. sus arts. 9 y 10 consagra -el principio de legalidad- y -el respeto a la ley-, culminando su declaración con el art. 14, que dice, que los españoles son iguales ante la ley.

Lo expuesto sobre los fiscales y los abogados, se quiera admitir o discutir su existencia real, es un hecho cierto y doloroso, contrario a nuestro Estado Social y Democrático de Derecho regido por Constitución, que nos vincula a todos si excepciones.

Los hechos puestos de manifiesto, es evidente, que pueden tener variables, pero existir existen, y, curiosamente siempre el perjuicio se produce contra el Pueblo Soberano, razón por la que se repite la misma pregunta:

¿los españoles son iguales ante la ley?

Según la Constitución cualquier asunto, en virtud de la libertad de expresión, es opinable y/o criticable en libertad y con respeto, de manera, que no se descarta, que algunos abogados piensen que la igualdad es real en estrados entre fiscales y abogados, aunque, sin la menor dudad, una gran mayoría de abogados españoles dirá que no es asíque la Constitución no se cumple: “ley no es igual para todos”.

Las consecuencias de esa desigualdad son y serán nocivas para los españoles y para los tres poderes del Estado, aunque, a veces, cuando uno está con la toga puesta, se siente una desazón profunda, cuando hechos parecidos se producen, siendo cierto, que la mayoría de Jueces y Tribunales siguen respetuosos la Ley y los Criterios aprobados sobre la Ética Judicial.

Para finalizar, no ayuda a cambiar el tercio, que en España jueces y fiscales aparecen en público unidos en defensa de asuntos parecidos, pero olvidando, que esa imagen de unidad confunde al pueblo soberano, que asimila ambas instituciones, de forma, que después tiende a confundir los dos poderes del Estado, -Poder Ejecutivo- y -Poder Judicial-.

N.B.  La igualdad ante la ley de los españoles es por lo que se ve un mundo lejano y sin remedio, ya que, como se ha dicho, la igualdad ante la ley de Abogados y Fiscales se asemeja a un mundo de fantasía. Si alguien lo pone en duda, que pregunte a cualquier abogado.

La desigualdad puesta de manifiesto entre abogados y fiscales, la perciben, no solo los primeros, sino que, también, una gran mayoría de españoles de dan cuenta de esa diferencia que existe entre su abogado y el fiscal, razón por la que, la desconfianza, la incertidumbre y a la pérdida de seguridad en la justica se materializan en el pueblo.

Córdoba, a 15 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.