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La infracción perfecta del Derecho público – (El lawfare diario en la jurisdicción contencioso-administrativa y la urgencia de su reforma)

Los profesionales del Derecho, sabemos que las palabras importan, y mucho. En los últimos años, el concepto de lawfare (o la instrumentalización política y partidista de la justicia) se ha instalado en el centro del debate público en España; sin embargo, mientras el foco mediático, político y social se concentra casi exclusivamente en la jurisdicción penal -con sus espectaculares registros, detenciones e imputaciones a las puertas de campañas electorales-, existe otra modalidad de lawfare. Una realidad mucho más silenciosa, gris, cotidiana y, en ocasiones, infinitamente más devastador para el administrado y el profesional que lo defiende: <-El lawfare de baja intensidad en la vía contencioso-administrativa->.

Si la vertiente penal del lawfare se caracteriza por la espectacularidad de los tiempos, su vertiente administrativa se define por la guerra de desgaste burocrático-judicial, amparada bajo un manto de aparente legalidad procesal y blindada por una asimetría económica que aboca al ciudadano a una indefensión casi absoluta.

1.- El diagnóstico – (La “pinza” procesal y económica como método de exclusión).

Litigar contra la Administración Pública en España se ha convertido en un deporte de alto riesgo reservado únicamente a grandes corporaciones o a patrimonios extraordinarios. El sistema actual procesal no actúa como un contrapeso al poder, sino como un embudo financiero y técnico diseñado para disuadir la disconformidad del administrado a través de tres mecanismos clave:

A). La barrera económica: Tasas, depósitos y el “pago por adelantado”.

Para impugnar judicialmente decisiones de la Administración con contenido económico (como liquidaciones tributarias o sanciones), el sistema exige con frecuencia la consignación previa de depósitos o la prestación de costosos avales bancarios para evitar la ejecución forzosa del acto impugnado. Si el ciudadano carece de esa liquidez inmediata, la maquinaria administrativa embarga y ejecuta antes de que un juez llegue siquiera a estudiar el fondo del asunto.

B). El “criterio del vencimiento” como coacción procesal.

Desde la reforma del año 2011, rige en la jurisdicción contencioso-administrativa el criterio del vencimiento objetivo para la imposición de costas (artículo 139 de la LJCA), de forma, que el escenario para el ciudadano de a pie o la pequeña empresa es desolador, ya que, recurrir una sanción administrativa o una resolución injusta de cuantía moderada (pongamos, 1.000 euros) conlleva el riesgo real de sufrir una condena en costas de 2.000 o 3.000 euros si el juzgado desestima el recurso planteado.

El abogado se ve en la dolorosa y deontológica obligación de advertir a su cliente: “Llevas razón legal, pero si perdemos, el juzgado te va a crujir a costas”. Esto constituye, en la práctica, una coacción procesal amparada por la ley. La asimetría es flagrante, ya que, si la Administración pierde el pleito, el coste lo asume el presupuesto público (el dinero de todos), y, en cambio, si lo pierde el ciudadano, le puede costar la ruina.

C). La mutación procesal fraudulenta – (El atajo del procedimiento abreviado).

Una de las manifestaciones más sutiles y alarmantes de este lawfare de baja intensidad es el uso de filigranas procesales para cercenar el derecho a la tutela judicial efectiva. Ocurre de manera sistemática cuando, ante una demanda compleja que acumula una pretensión de cuantía determinada inferior a 30.000 euros con varias pretensiones de cuantía indeterminada, el juzgado fuerza la reconversión del asunto a un procedimiento abreviado (artículo 78 de la LJCA) mediante un Decreto de la Letrada de la Administración de Justicia (LAJ).

**Es un hecho patente, que esta reconversión artificial no busca la agilidad, sino tres objetivos de conveniencia judicial:

*Eliminar la fase de conclusiones escritas, hurtando al letrado la posibilidad de desarmar de manera reposada y técnica la contestación de la Administración.

*Cerrar el paso a la apelación, al encuadrar restrictivamente el litigio por debajo del umbral del recurso (artículo 81.1.a de la LJCA), convirtiendo al juzgado de instancia en un “soberano absoluto” cuyas sentencias e interpretaciones ideológicas o erróneas jamás serán revisadas por un tribunal superior.

*Atrapar al profesional en un bucle recursivo estéril (reposición, revisión y el restrictivo e ineficaz recurso de queja), consumiendo recursos y paciencia en cuestiones formales mientras el fondo del abuso administrativo queda impune.

2.- Propuestas de reforma – (Vías de solución factibles).

El derecho administrativo nació históricamente para poner límites al poder absoluto del soberano. Para evitar que la jurisdicción contenciosa acabe legitimando de forma silenciosa el abuso de poder institucional, es urgente acometer reformas procesales y de acceso dirigidas a la raíz del problema: “La impunidad de quien firma y el coste de quien reclama”.

                           SISTEMA ACTUAL vs. REFORMA PROPUESTA

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│              SITUACIÓN ACTUAL                 │               REFORMA PROPUESTA               │

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│ • Las costas de la Administración las paga    │ • Acción de Regreso Obligatoria: El cargo     │

│   el erario público (el contribuyente).       │   público responde con su patrimonio personal.│

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│ • Costas disuasorias para el ciudadano en     │ • Eliminación total de costas al ciudadano en │

│   primera instancia bajo criterio objetivo.   │   primera instancia (salvo temeridad).        │

├───────────────────────────────────────────────┼───────────────────────────────────────────────┤

│ • Ejecución inmediata de actos y exigencia    │ • Suspensión automática del acto recurrido    │

│   de avales/depósitos asfixiantes.            │   en cuantías moderadas sin fianza previa.    │

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I. Responsabilidad patrimonial personal del cargo político o funcionario – (Acción de Regreso Real).

Actualmente, la arbitrariedad administrativa sale gratis al emisor. Si se demuestra que un cargo público dictó una resolución injusta con flagrante desviación de poder (anteponiendo intereses partidistas, ideológicos o de mera obstaculización al interés general), la indemnización correspondiente debe ser reclamada de manera obligatoria contra su patrimonio personal (haciendo efectivo el artículo 36 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público). Cuando el decisor público sepa que se juega su vivienda y sus ahorros al firmar una resolución arbitraria, el uso de la administración como arma de desgaste se frenará drásticamente.

II. Eliminación total de costas en primera instancia para el administrado.

Debe modificarse el artículo 139 de la LJCA para prohibir la imposición de costas al ciudadano en la primera instancia de la jurisdicción contencioso-administrativa, salvo en supuestos de manifiesta temeridad o mala fe procesal acreditada. Eliminar el miedo al “castigo” económico de las costas es la única vía para restablecer el equilibrio de armas procesales.

III. Suspensión automática de actos de cuantía moderada sin fianza.

Para pleitos cuya cuantía sea inferior a un umbral razonable (por ejemplo, 15.000 euros), la interposición del recurso contencioso-administrativo debe llevar aparejada de forma automática la suspensión del acto administrativo impugnado, sin necesidad de prestar avales o depósitos bancarios. El Estado tiene músculo financiero suficiente para esperar a la resolución del litigio, y, el ciudadano, no.

IV.- Una “Justicia Gratuita” técnica frente al abuso de poder.

La exención de tasas, depósitos y costas no debe vincularse únicamente a un umbral de renta bajísimo que excluye a la práctica totalidad de las clases medias y trabajadoras. Es necesario crear una figura de defensa procesal exenta de cargas económicas para aquellos casos en los que se impugnen desviaciones de poder manifiestas o vulneraciones de derechos fundamentales, independientemente del nivel de ingresos del recurrente.

<<Conclusión>>

El lawfare en España es una realidad innegable, pero no es exclusivo de las grandes causas penales que abren los telediarios, seguramente, su versión más perversa y depurada es aquella, que se viste con el traje de la burocracia, la inadmisión de recursos, la manipulación de los canales procesales para evitar apelaciones y la asfixia económica del ciudadano ante los tribunales contenciosos.

Mientras el procedimiento siga siendo, por sí mismo, la pena, y mientras litigar contra los abusos del poder público sea un lujo inalcanzable para la mayoría, la tutela judicial efectiva y la separación de poderes seguirán siendo, desgraciadamente en este ámbito, una quimera. La solución no pasa por discursos teóricos, sino por blindar el bolsillo del administrado y tocar, de una vez por todas, la tranquilidad patrimonial de quienes firman resoluciones a sabiendas de su injusticia.

N. B. El lawfare de baja intensidad. El valor justicia desaparece hundido en una indefensión manifiesta.

(Nota. Tengo casos de lawfare de baja intensidad en la vía contencioso-administrativa a porrillo y en todos ellos se produce una indefensión procesal absoluta al ciudadano).

Córdoba, a 16 de julio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

La desigualdad anida bajo (el respeto a la Ley está cayendo en desuso)

 Se dice por activa y por pasiva que Ley de Amnistía, se ha cargado de una patada la Constitución de 1978, deshaciendo la división de poderes y permitiendo que Magistrados del Tribunal Supremo (y, otros Jueces y Magistrados más) vayan a ser investigados y acusados de prevaricación y de todo lo que caiga.

Ya he dicho en varios foros públicos, que soy uno de los muchos españoles, que se consideran violentados en todos sus derechos y libertades fundamentales, de forma, que sirva lo que digo como manifestación absoluta de lo que creo y defiendo hasta el final sea el que sea.

Creo que la aplicación justa de la Ley no admite excepciones, de forma, que no se puede estar contra *la ley de amnistía del Presidente Sánchez, sus socios y demás comparsas, y, a la vez, admitir excepciones o eximentes a cualquier tipo de violación de la ley, sea por acción, sea por omisión, aunque se disfrace de cualquier cosa de apariencia buenista, realizando un salto mortal al vacío de la nada, creando espacios opacos donde se niega una aplicación de la ley igual para todos.

Con ánimo abierto, fijaré algunos puntos abiertos, de cosas que ocurren, incluso a diario, que podrían servir de justificación a la inaplicación de la ley cuando conviene el políticos de turno, así:

1.- Se dice, con verdad, que la ley de amnistía autoriza el llamado lawfare contra los jueces, señalándolos y acusándolos de prevaricar, cosa que repito es un disparate aprobado en una Comisión de Justicia del Congreso.

Sin embargo, hay políticos, jueces y autoridades públicas (corporaciones locales, entidades publica varias, y, así, un larguísimo etc.) que de una y mil formas comenten “lawfare” contra los ciudadanos de a pie, sirviendo como ejemplo abierto, casos **donde jueces y/o magistrados dictan resoluciones contra ley por acción u omisión, **donde Alcaldes dictan decretos saltándose la ley, etc. etc., siendo evidente que a sus resoluciones les falta ”el valor justicia constitucional” del art. 1.1. de la C. E., porque pasan por encima de la Ley aplicable, situándose, además, en un mundo paralelo de impunidad.

DICHO DE OTRA FORMA, HAY *LAWFARE* CASI A DIARIO CONTRA LOS CIUDADANOS DE A PIE, MIENTRAS QUE PARA POLÍTICOS Y JUECES SE DENUNCIA QUE SUFREN “GUERRA SUCIA JUDICIAL” EN ESCLUSIVA, CUANDO LA REALIDAD ES QUE LA IGUALDAD Y EL RESPETO A LA LEY HA DESAPARECIDO PARA  CASI TODOS LOS ESPAÑOLES.

Ahora, que casi todos estamos en defensa de igualdad y de la Ley para todos igual, hay cosas que no son de recibo, cuando algunos políticos, muchos o pocos, que realizan declaraciones y se manifiestan contra la amnistía y la corrupción,  resulta que en sus centros de poder (autonómico, local, etc.) vienen realizando “amnistías pequeñitas” mediante el sistema de no respetar la ley aplicable por acción u omisión.

En resumen, el respeto a la ley y el estado de derecho solo obran en una dirección, de forma, que no valen los cambios de sentido y las dobles direcciones según quien sea y por la razón que sea, porque eso va contra el bien común de los españoles.

2.- Es un hecho patente, que no se puede estar con Ley y contra la ley, aplicando amnistías varias cuando conviene, aunque puedan parecer “pequeñitas”, porque no se puede estar con Dios y con el diablo, ya que. la C. E. y sus derechos y libertades para todos los españoles sin igual y la verdadera división de poderes base de toda democracia no admite caminos paralelos, donde el valor justicia se convierte en una entelequia según de donde sople el viento.

N.BLa defensa de una España libre y abierta, donde las libertades y derechos de los españoles sean el pan de cada día para todos, y, donde el valor justicia de la igualdad se encuentre en una ley común de todos nosotros, es ineludible y prioritaria, de forma, que el respeto a la ley por cualquier poder público no tenga excepciones, donde algunos puedan cobijarse con absoluta desigualdad e impunidad.

El respeto a la ley no puede tener dobles direcciones, que naveguen en favor de viento que sople, porque la igualdad es de todos los españoles.

Córdoba, a 8 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

ASOCIACIÓN CÓRDOBA ABIERTA – ACOA – (Defensa de las libertades y de la igualdad)

(Inscrita en el Registro Asociaciones Junta de Andalucía Nº. 11123. Sección Primera).

Lawfare  – Sin exclusiones (Igualdad para todos)

Hoy es día para defender la Constitución de 1978, cuando, el Presidente del Gobierno, el Sr. Puigdemont, jueces, periodistas, etc. dicen a voz en grito que han sufrido lawfare, olvidando algunos muchos jueces y magistrados los casos de lawfare que han llevado a cabo por acción y/o por omisión, que denunciados al CGPJ han sido archivados sin más, porque como se dice, perro, no muerde a perro.

Lo que defendemos es algo elemental, que todos somos iguales ante la ley, o, al menos, eso dice la C. E., lo que no puede ser, es que solo se hable de lawfare cuando aparecen los políticos, los jueces, etc. y no cuando algún ciudadano del pueblo llano de a pie sufre lawfare inmisericorde de algún juzgado o tribunal.  (Que casos haberlos, hay).

En ACOA – Córdoba Abierta- creemos, que son muchos españoles, que se consideran violentados en todos sus derechos y libertades fundamentales, de forma, que hasta el final sea el que sea en defensa de la libertad y de la igualdad.

Pase lo que pase, Córdoba Abierta anima a todos los cordobeses a sublevarse en favor de la libertad y de la igualdad de todos los españoles.

DICHO DE OTRA FORMA,  LA NEGACIÓN DEL *LAWFARE* DEBE OPERAR EN TODAS DIRECCIONES, PORQUE LO QUE NO PUEDE SER, ES QUE LOS JUECES NO PUEDAN SUFIR “GUERRA SUCIA JUDICIAL” Y LOS CIUDADANOS JUSTICIALES A VECES SIENTEN  QUE EXISTE.

Córdoba, a 2 de mayo de 2024.

Fdo. Presidente de Córdoba Abierta -ACOA-

Amnistía – Estado de Derecho (Sin recovecos en ningún sitio)

Hoy es día para denunciar una Ley de Amnistía, que se carga de una patada la Constitución de 1978, deshaciendo la división de poderes y permitiendo que Magistrados del Tribunal Supremo (y, otros Jueces y Magistrados más) vayan a ser investigados y acusados de prevaricación y de todo lo que caiga.

Soy uno de los muchos españoles, que se consideran violentados en todos sus derechos y libertades fundamentales, de forma, que sirva lo que digo como manifestación absoluta de lo que creo y defiendo hasta el final sea el que sea.

He vivido media vida bajo una dictadura y ahora cuando creía, que entre todos habíamos acabado con cualquier tipo de autocracia dictatorial, vienen “unos pocos muchos, quizás demasiados* y me quieren meter de nuevo en otra dictadura privándome de mis libertades y derechos fundamentales.

Pase lo que pase, no lo aceptaré sublevándome desde ya en favor de la libertad y de la igualdad de todos los españoles.

Dicho lo dicho, nadie puede tener duda de donde estoy y ¿por qué?

Aclaro lo que digo, porque creo que la libertad y la Ley no admiten recovecos, de forma, que no se puede estar contra *la ley de amnistía del Presidente Sánchez, sus socios y demás comparsas, si admitimos excepciones o eximentes a cualquier tipo de amnistía, aunque se disfrace di cualquier cosa de apariencia buenista, realizando un salto mortal al vacío de la nada, creando recovecos opacos a la negación de toda amnistía.

Con ánimo abierto, fijaré algunos puntos libres, de cosas que ocurren, incluso a diario, que podrían servir de justificación a la ley de amnistía, que nos intentan colar por la puerta de atrás del Congreso y encima ciscándose en todos los españoles, así:

1.- Se dice, con verdad, que la ley de amnistía autoriza el llamado lawfare contra los jueces, señalándolos y acusándolos de prevaricar, cosa que repito es un disparate aprobado en una Comisión de Justicia del Congreso.

Sin embargo, hay jueces y magistrados que de una y mil formas comenten “lawfare” contra sus justiciables, sirvan de ejemplo abierto, casos donde jueces y/o magistrados dictan resoluciones contra ley, aunque las disfracen de sentencias y/o autos llenos de justicia, cuando, precisamente, se algo les falta a esas resoluciones es ”el valor justicia constitucional” del art. 1.1. de la C. E.

Es un hecho patente, que, en algunos muchos casos, quizás demasiados, se dictan resoluciones judiciales que, sin ninguna duda, están fuera de la ley y, encima, en muchos casos, esas resoluciones son irrecurribles, de forma, que solo queda el T. C con su ya estratosférico Recurso de Amparo y/o acudir al TJUE o al T.E.DD.HH.

En estos casos irrecurribles por ley judicial aplicada a fortiori en perjuicio directo del justiciable, la razón de las mismas es una libertad absoluta sin reglas del órgano judicial que las dicta, y, además, como son resoluciones irrecurribles el contenido de las mismas es puro y duro lawfare contra el ciudadano sufridor de las mismas.

DICHO DE OTRA FORMA, LA NEGACIÓN DEL *LAWFARE* DEBE OPERAR EN TODAS DIRECCIONES, PORQUE LO QUE NO PUEDE SER, ES QUE LOS JUECES NO PUEDAN SUFRIR “GUERRA SUCIA JUDICIAL” Y LOS CIUDADANOS JUSTICIALES LO SUFRAN CASI A DIARIO.

2.- Ahora, que todos estamos contra la Ley de Amnistía, hay cosas que no son de recibo, cuando algunos, muchos o pocos, que realizan declaraciones y se manifiestan contra la amnistía y la corrupción,  resulta que en sus centros de poder autonómico y local, vienen realizando “amnistías pequeñitas” a políticos y gestores políticos que malgastan dinero público en empresas públicas que llevan a la quiebra técnica o en proyectos faraónicos fallidos al 100 por 100, porque, por ejemplo, cuando las nuevas corporaciones locales salidas de las elecciones municipales pasadas, lejos de pedir responsabilidades a los dirigentes políticos de las anteriores corporaciones, exigiendo la devolución del dinero de todos derrochado sin mesura y sin producir ningún beneficio público, se limitan a decir, que quieren salvar a esas empresas públicas y a todos sus puestos de trabajo, poniendo dinero público a esos fines espurios, sin reclamar el dinero de todos tirado en gastos superfluos, y, corriendo un velo traslúcido de impunidad en favor de esos políticos manirrotos, olvidándose de exigir cualquier tipo de responsabilidad y de que ese dinero público dilapidado debería ser devuelto a los ciudadanos de a pie, es decir, al pueblo.

Solo por poner un ejemplo: En la Diputación Provincial de Córdoba, ahora gobernada por el P. P., los casos de las empresas públicas Emproacsa  (agua) y Epremasa (basura) son un paradigma de lo que digo, de forma, que si o si, el gobierno pepero ha concedido una amnistía “pequeñita” a los políticos y a sus gestores de la anterior Corporación Provincial del PSOE. Se habla de 50.000.000 de euros entre ambas dos empresas citadas, aunque, como, además, no hay auditorias independientes la cifra es un arcano perverso.

En resumen, el respeto a la ley y el estado de derecho solo obran en una dirección, de forma, que no valen los cambios de sentido y las dobles direcciones según quien sea y por la razón que sea, porque un Presupuesto Borrón para 2024 no merece la pena.

El PP en su “Declaración de Córdoba” se ha pronunciado con rotundidad y con toda la razón contra la amnistía y la corrupción política del PSOE, de manera, que en ello estamos en todos los sentidos, ya que, lo contrario es una simulación contradictoria y rayana en la mentira.

Lo que he expuesto, sin ánimo cerrado, exime de más explicaciones sobre lo que digo, porque no se puede estar con Ley y contra la amnistía del Presidente Sánchez y todos sus comilitones y, a la vez, aplicar amnistías, aunque puedan parecer “pequeñitas”, porque no se puede estar con Dios y con el diablo, ya que. la C. E. y sus derechos y libertades para todos los españoles sin igual y la verdadera división de poderes base de toda democracia no admite caminos paralelos, donde el valor justicia se convierte en una entelequia según de donde sople el viento.

N.BPor una España libre y abierta, donde las libertades y derechos de los españoles sean el pan de cada día para todos, y, donde el valor justicia de la igualdad se encuentre en una ley común de todos nosotros, de forma, que el respeto a la ley por cualquier poder público no tenga recovecos, donde algunos puedan cobijarse con absoluta impunidad.

La negación de la amnistía no puede tener dobles direcciones, que naveguen en favor de viento que sople.

Córdoba, a 10 de marzo de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Diputado del Parlamento de Andalucía – II Legislatura – Secretario del Parlamento de Andalucía por Alianza Popular.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

La ley – La carcoma – El ejemplo (lawfare y fachosfera)

En cualquier democracia con un Estado de Derecho en vigor el respeto a la ley y su cumplimiento por todos sus ciudadanos y todos sus poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), es lo único que garantiza el “valor justicia” en la misma.

La Constitución Española de 1978 dice en su art. 1.1., que “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.

Así mismo, en su art. 9. 1. garantiza el respeto a la ley, cuando dice, que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”; diciendo en su número 3., que “la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía jurídicas normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

También dispone en su art. 14., que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Ocurre ahora, que una carcoma perversa disfrazada de lawfare y fachosfera está anulando por la puerta de atrás nuestra Carta Magna, porque el estado de derecho está hundido en su línea de flotación, de manera, que el respeto a la ley ha desaparecido arrastrando tras de si la división de poderes.

Un ejemplo de ahora y de ya: “Los Fiscales T. S. -mayoría abrumadora de 12 a 3- se sublevan contra las imposiciones “extrañas” del Fiscal General del Estado, y, aún, así, la imposición tiene todos los indicios de prosperar.

Lo dicho es el ejemplo palpable, que las fuerzas perversas del lawfare y de la fachosfera están dinamitando la C. E., máxime, cuando una Ministra dice públicamente, que el poder “reside en el Congreso” y, curiosamente, permanece en cargo sin dimitir, a la vez, que los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo quedan señalados con nombres y apellidos como presuntos prevaricadores.

Así mismo, el ejemplo para todo el mundo de la justicia es demoledor, pues, a partir de ahora,

¿quién puede pedir que se aplique la ley?, y

¿qué Órgano del Poder Judicial se atreverá a aplicarla?

Solo un movimiento ciudadano abierto, libre y levantado en armas pacíficas, puede hacer frente a la carcoma, que está royendo nuestro estado de Derecho y destruyendo el valor justicia de todos los españoles.

Por una Acción X Córdoba Abierta, no queda otra, que la autodefensa y la rebelión pacífica en defensa de nuestra Constitución de 1978.

N.BFrente a la carcoma del lawfare y de la fachosfera solo queda el respeto a la Ley y la defensa del “Estado de Derecho.

El valor justicia es irrenunciable.

Córdoba, a 7 de febrero de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.