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En defensa del Rey y de la Corona – (El valor constitucional de la Jefatura del Estado frente a la refriega partidista)

La España actual atraviesa un tiempo político convulso, marcado por una polarización constante y por un desgaste institucional que, en numerosas ocasiones, traspasa las líneas de la prudencia democrática. En este escenario, quienes defendemos la monarquía parlamentaria consagrada en la Constitución de 1978 no podemos instalarnos en la pasividad.

Ha llegado el momento de alzar la voz con firmeza, sin complejos y desde el rigor jurídico, para reivindicar el papel capital que el Rey Felipe VI, la Corona y la Princesa de Asturias desempeñan como garantes de nuestra convivencia.

1.- La Corona – (Pilar de estabilidad y neutralidad).

El Título II de nuestra Carta Magna diseña con precisión quirúrgica el estatus de la Jefatura del Estado. Lejos de ostentar un poder ejecutivo propio -que corresponde enteramente al Gobierno de la Nación y cuyas decisiones quedan sujetas al refrendo preceptivo del artículo 64-, el Rey ejerce una función moderadora y arbitral.

*Símbolo de unidad: El artículo 56 define al monarca como símbolo de la unidad y permanencia de España.

*Neutralidad intachable: Felipe VI ha demostrado un compromiso férreo con la neutralidad política, desvinculándose de la refriega partidista y actuando estrictamente dentro de los márgenes que marca la Constitución.

*Mando Supremo Militar: Como Capitán General de los Ejércitos (artículo 62.h), el Rey encarna el vínculo histórico y la lealtad constitucional de unas Fuerzas Armadas que sirven con profesionalidad y apartidismo a la defensa de todos los españoles.

Frente a los intentos recurrentes de debilitar las instituciones desde sectores gubernamentales o aliados del Ejecutivo que buscan erosionar el modelo de Estado, la Corona se mantiene como el dique de contención más sólido frente a la disgregación territorial y la fractura social.

2.- La indispensable labor del Rey en el presente.

Se extiende a veces el bulo interesado -con un claro sesgo peyorativo- de que el Jefe del Estado “no hace nada” en los momentos críticos de la nación. Nada más lejos de la realidad.

La labor de arbitraje institucional de Felipe VI es constante, silenciosa pero efectiva. Garantiza la normalidad democrática en la propuesta de candidatos a la Presidencia del Gobierno, sanciona y promulga las leyes con puntualidad rigurosa y representa a España en la escena internacional con un prestigio indiscutible, cuidando especialmente los lazos con la comunidad histórica iberoamericana. Sostener la Jefatura del Estado en un Parlamento fragmentado y sometido a tensiones constantes exige una altura de miras, una ejemplaridad y una discreción que el Rey cumple de manera sobresaliente.

3.- El futuro garantizado – (La Princesa Leonor).

El relevo generacional que representa S.A.R. doña Leonor, Princesa de Asturias, aporta una bocanada de aire fresco y esperanza a la monarquía parlamentaria. Su rigurosa formación institucional, universitaria y castrense, unida a la cercanía y naturalidad con la que afronta sus responsabilidades públicas, ha conquistado a la inmensa mayoría de la sociedad española.

Los datos demoscópicos reflejan con claridad esta realidad: “La Princesa de Asturias cuenta con un respaldo ciudadano extraordinario, siendo valorada de forma transversal -incluso entre las generaciones más jóvenes- como una futura Reina preparada, solvente y profundamente comprometida con los valores constitucionales.

<<Conclusión>>

Defender al Rey y a la Corona en este momento no es un ejercicio de nostalgia, sino una necesidad democrática. La monarquía parlamentaria en España no es un obstáculo para el progreso, sino el cimiento sobre el que se sustenta nuestra democracia, nuestros derechos y nuestra convivencia pacífica.

N.B. En defensa del Rey y de la Corona.

Frente al sectarismo y el desgaste institucional interesado, los demócratas y monárquicos constitucionales tenemos el deber cívico de respaldar sin titubeos a nuestro Jefe del Estado.

Córdoba, 25 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba.

Inspector de trabajo y S.S.

Valor de Referencia Catastral – (La coraza del Tribunal Constitucional)

El Tribunal Constitucional ha establecido con nitidez y rotundidad, que el Valor de Referencia Catastral (VRC) es constitucional, ya que, en una sentencia unánime, el T. C. avala este sistema como una <-adecuada medición de la riqueza->, poniendo una puerta blindada a posibles impugnaciones genéricas contra la norma.

El inicio de un camino nuevo en una defensa justa es necesario por el cambio en las reglas de juego, de forma, que ya que no podremos no cuestionar la Ley, lo que determina que la defensa, frente a un debilitamiento del valor justicia (C. E. art. 1.), se debe dirigir contra valor asignado a cada inmueble.

1.- Las bases del Tribunal Constitucional – (Una sentencia impositiva).

El Tribunal Constitucional ha fundamentado su decisión en tres bases que todo contribuyente debería conocer:

<-Capacidad Económica (art. 31.1 CE), ya que, la sentencia considera que el VRC no es arbitrario, porque nace de un análisis estadístico de precios reales de notarios y registradores.

<-El Factor de Minoración (0,9), porque la sentencia considera, que ese “margen de seguridad” del 10% es suficiente para absorber posibles desviaciones y garantizar que no se tribute por encima del valor real.

<-Presunción Iuris Tantum, porque para la sentencia el valor se presume cierto, aunque deja un resquisio legal al admitir prueba en contrario, quedando claro, que la carga de la prueba ahora recae una vez más y exclusivamente en el ciudadano impostado por el valor de referencia catastral.

2.- Los caminos de la defensa.

Ante una liquidación basada en un Valor de Referencia superior al precio real de compra, se abren dos vías de defensa y la elección dependerá del perfil de riesgo del ciudadano:

VíaProcedimientoVentajaRiesgo
ConservadoraAutoliquidar por el VRC y solicitar Rectificación.Evita intereses y sanciones.Desembolso inicial de liquidez.
CombativaAutoliquidar por valor de escritura.No se paga de más inicialmente.Intereses de demora y posible expediente sancionador.

(Nota. En la mayoría de los casos, la vía conservadora es la más adecuada y eficiente, pues permitirá impugnar con la tranquilidad de haber cumplido con la obligación tributaria, centrando el debate directamente en la valoración técnica del inmueble.

3.- El punto vulnerable del algoritmo catastral – (La prueba pericial).

El algoritmo del Catastro es ciego frente a la realidad física individualizada, de manera, que la defensa de una impugnación va a depender de que el perito arquitecto en su informe, ponga el foco en lo que el big data catastral no puede ver, así:

1.- Estado de conservación interno, porque el Catastro asume que el inmueble está en estado “normal”, de forma, que las humedades, instalaciones obsoletas o la necesidad de reforma integral son factores que el algoritmo del valor de referencia ignora.

2.-Deficiencias estructurales, ya que ITEs negativas o patologías no aparecen reflejadas en la ficha catastral.

3.- Distribución disfuncional del inmueble, pues pasillos excesivos, habitaciones ciegas o locales con poca fachada que penalizan el valor de mercado real, no se acogen por el valor de referencia catastral.

4.- Cargas y servidumbres y cualquier limitación urbanística que no aparecen reflejadas en el Mapa de Valores del valor de referencia y que por lo tanto no pondera.

4.- La impugnación del valor de referencia – (Los caminos).

Para poder impugnar el valor de referencia la ruta suele ser el siguiente:

<-Fase Administrativa con la presentación de la rectificación con informe pericial detallado. (Prepararse para el silencio o la desestimación sistemática).

<-Vía Económico-Administrativa (TEAR), que seguramente  es el momento clave para revisar cómo elaboró  el Catastro ese valor específico.

<-Vía Contencioso-Administrativa, que es la fase dónde la pericial de parte, ratificada judicialmente, adquiere su máxima importancia frente a la Administración.

<<Una propuesta>>

Si el valor de mercado real es sensiblemente inferior al VRC, es conveniente, no esperar a la liquidación oficial, de forma, que lo más eficaz, antes de firmar la escritura, es buscar un certificado de tasación de una entidad homologada por el Banco de España con fecha cercana al devengo.

(Nota. Tener esta prueba preconstituida hará que la balanza se incline a favor del contribuyente desde el principio del conflicto para poder destruir la presunción iuris tantum que opera en favor del valor de referencia.

N.B. La coraza tejida por el T. C. en favor del Valor de Referencia Catastral en su sentencia obliga a la defensa del contribuyente a demostrar el valor de mercado real, pues el TC ha puesto una puerta blindada a cualquier otra hipótesis de defensa.

Otra vez más al contribuyente se le sitúa en una posición de debilidad frente a la Administración Tributaria-Catastro, imponiéndole la carga de la prueba, cuando debería ser al contrario, ya que, la Administración es la parte más fuerte y la que cuenta con mayores medios de defensa de su posición contributiva, porque sin duda los impuestos son una necesidad para el mantenimiento de los servicios públicos, pero creo sinceramente que los derechos y libertades individuales deben prevalecer, máxime cuando estamos soportando una presión impositiva desaforada, a la que se unen unas condiciones económicas desfavorables para el ciudadano como la inflación y el deterioro de unos servicios públicos en retroceso en cantidad y calidad.

Córdoba, 15 de febrero de 2026.

Enrique García Montoya.

Abogado e Inspector de Trabajo y S.S.

Presidente de Córdoba Abierta (ACOA)

La Desigualdad Judicial en España (Igualdad contra Privilegios)

El artículo 14 de la Constitución Española proclama con solemnidad que los españoles son iguales ante la ley, pero en los pasillos abarrotados de nuestros juzgados, esta igualdad se desvanece como humo entre montañas de expedientes polvorientos, macrocausas mediáticas y una administración de justicia crónicamente desfinanciada. La realidad es muy dura, porque en España, operan dos velocidades judiciales: Una rápida y reluciente para los casos con cámaras y titulares, y, otra lenta, retorcida y olvidada para la justicia cotidiana, que impacta directamente en la vida de la gente de a pie.

Esta brecha no es un accidente, sino que es un fallo sistémico, que erosiona la democracia y perpetúa la impunidad de los más fuertes.

<<La Desigualdad en la Justicia Española – (Un análisis realista)>>

La justicia española, lejos de ser un baluarte de equidad, se ha convertido en un espejo deformado de las desigualdades sociales.

**Analizamos los puntos clave donde la promesa constitucional se quiebra:

1.- Macrocausas – (Agujeros Negros Judiciales).

 Los grandes procesos -como las tramas de corrupción política o empresarial- actúan como verdaderos agujeros negros, devorando jueces, funcionarios y peritos durante años interminables, mientras tanto, miles de causas menores quedan paralizadas en el limbo burocrático. Una simple querella de un ciudadano anónimo, un conflicto laboral o una denuncia por irregularidades locales se pudre en un cajón olvidada, porque sin inversiones adicionales en personal y tecnología, cada macrocausa no solo paraliza un juzgado, sino que sabotea la democracia diaria, dejando a la ciudadanía desprotegida ante abusos cotidianos.

¿Es esto igualdad o un sistema diseñado para priorizar el espectáculo sobre la sustancia?

<- Brecha en la capacidad de defensa (Dinero y poder).

La imparcialidad del juez es un recipiente vacío si la defensa no es equitativa: (I). Grandes fortunas y políticos investigados por corrupción despliegan ejércitos de abogados de élite, multiplicando recursos, incidentes procesales y nulidades para dilatar los juicios hasta el agotamiento ajeno; y, (II). en contraste, el ciudadano medio -con asistencia jurídica gratuita o recursos limitados- enfrenta una guerra de desgaste que no puede ganar.

La desigualdad transforma la igualdad formal en una desigualdad práctica brutal, donde el dinero compra tiempo, influencia y, a menudo, absoluciones implícitas.

**Una crítica sin engaños: Un sistema judicial que permite esto es injusto, porque es discriminatorio y cómplice de la corrupción.

<-Presión Mediática y Juicios Paralelos (El circo de las portadas).

-La cobertura mediática distorsiona las prioridades judiciales de manera flagrante, ya que,  los casos de portada avanzan a ritmo acelerado bajo la presión política e institucional,-mucho más numerosas y cercanas, como las en ayuntamientos o administraciones autonómicas- se embarran en la burocracia y el silencio, porque la selectividad mediática no solo acelera lo visible, sino que condena lo invisible a la impunidad.

¿Por qué un escándalo nacional recibe atención inmediata, pero un contrato irregular en un pueblo se eterniza?

La respuesta es clara: El poder mediático dicta el tempo, perpetuando un ciclo vicioso donde la justicia se convierte en entretenimiento para unos pocos privilegiados.

2.- Justicia Tardía (Impunidad disfrazada).

Cuando una resolución llega tras ocho, diez o más años, el daño ya es irreparable, entre otras cosas, porque  el político corrupto ha abandonado el cargo, el dinero robado se ha evaporado en paraísos fiscales y la confianza pública en las instituciones se ha desintegrado, de manera que como dice el aforismo jurídico, justicia tardía no es justicia, ya que. es otra cosa que se llama engaño.

Esta dilación sistemática no es casual, sino que es el resultado de un sistema sobrecargado y desatendido, que favorece a quienes pueden esperar -los poderosos- y castiga a los vulnerables.

<<Una Democracia se mide por sus márgenes – (Las estadísticas que desnudan la realidad)>>

**Las tablas y datos oficiales confirman nuestra esta crítica:

<-Recursos Secuestrados, ya que, las causas mediáticas monopolizan juzgados enteros, dejando sin atención el 80% de los expedientes cotidianos (según informes del CGPJ).

<-Tiempos de espera injustos, porque los ciudadanos esperan años por resoluciones simples, mientras macrocausas avanzan con refuerzos especiales.

<-Equilibrar el poder económico, ya que, quienes contratan defensas premium obtienen ventajas procesales, con tasas de dilación un 50% superiores en casos de bajo perfil.

<-Modificar las prioridades políticas, porque las reformas judiciales se centran en lo macro, ignorando lo local y perpetuando la brecha.

Una justicia verdaderamente igualitaria no se limita a proclamar principios constitucionales formales, sino que exige garantizar, que un contrato irregular en un pueblo reciba la misma diligencia que una trama nacional.

Sin inversiones masivas en digitalización, más jueces y personal cualificado, la igualdad seguirá siendo un cascarón vacío, no una realidad tangible.

Nota . Hay que recordar con intensidad, que la calidad de una democracia se mide por cómo trata al ciudadano sin poder, dinero ni conexiones. Cualquier otro enfoque es hipocresía institucionalizada.

<<Un Plan para la Igualdad Real (Proyecto Lupa y Red)>>

Reformar el sistema desde arriba es quimérico en un panorama político paralizado, pero la sociedad civil puede impulsarlo desde abajo con determinación, razón por la que  presentamos el Proyecto Lupa y Red, una iniciativa de vigilancia ciudadana para exigir la aplicación efectiva de las leyes existentes, sin necesidad de revoluciones legislativas.

***Este plan transforma la pasividad en acción crítica y colectiva.

**Fase 1: La Lupa – Monitorizar lo Invisible.

<-Crear observatorios locales impulsados por vecinos para rastrear casos de corrupción o abusos administrativos que el sistema ignora.

<-Registrar tiempos de espera en bases de datos públicas y accesibles, exponiendo la lentitud endémica.

<-Comparar públicamente el ritmo de casos locales versus mediáticos, usando datos para denunciar la desigualdad. Los datos no mienten: son la herramienta más afilada contra la indiferencia burocrática.

**Fase 2: La Red – Solidaridad Colaborativa.

<-Impulsar plataformas de crowdfunding jurídico y redes de abogados voluntarios para nivelar el campo de juego.

<-Acompañar a denunciantes protegidos por la Ley de Protección del Informante, rompiendo su aislamiento.

<-Convertir el miedo y la soledad en fuerza colectiva, donde la comunidad respalda al individuo contra el Goliath institucional.

**Fase 3: Ruido Selectivo – Hacer Visible lo Oculto.

<-Organizar presencia ciudadana en juzgados para demostrar vigilancia y presión pública.

<-Denunciar retrasos en redes sociales, etiquetando a organismos judiciales y medios con datos verificables y contundentes. Este “ruido” no es caos; es transparencia estratégica que obliga al sistema a rendir cuentas.

<<Ciudadanos frente al Sistema (Herramientas de defensa)>>

Debilidad del CiudadanoHerramienta de CombateAcción Práctica
Falta de RecursosAcción Popular ColectivaCompartir costes de denuncias en asociaciones y plataformas.
SoledadRedes de ApoyoAcompañar a denunciantes y testigos en juicios y procesos.
DesconocimientoAlfabetización JurídicaOrganizar talleres gratuitos sobre plazos, procedimientos y derechos.
InvisibilidadDigitalización del EscándaloPublicar cronogramas y retrasos en plataformas abiertas para viralizar la injusticia.

<<El efecto gota de agua (Transparencia como arma).

No pretendemos colapsar el sistema, sino incomodarlo con una transparencia implacable. Un juez consciente de que sus tiempos son escrutados actúa con mayor diligencia, y, además, un político expuesto no puede esconderse.

Es un hecho indudable: “La justicia falla cuando unos gritan y otros callan”. Critiquemos esta asimetría y actuemos para equilibrarla.

<<Iniciar el cambio (Pasos concretos)>>

1.- Asumir que la corrupción “menor” -esa que afecta a tu hospital, colegio o calles- es tan corrosiva como la nacional.

2.- Recordar que diez personas coordinadas pueden auditar y transformar toda una ciudad.

N. B. El cambio no vendrá de decretos lejanos, sino que surge cuando la sociedad civil decide mirar, medir y actuar con seriedad y persistencia.

El artículo 14 de la C. E. debe pasar de ser una declaración formal a una igualdad real y eso depende de nosotros.

Córdoba, 19 de enero de 2026.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba – Inspector de Trabajo y S.S.

Presidente de Córdoba Abierta (ACOA)

La Base Logística del Ejército de Tierra en Córdoba (Motor de la Defensa)

<<Una Visión Estratégica, Sostenible y Digital>>

Nos adentramos en el proyecto más ambicioso del Ministerio de Defensa en décadas: la Base Logística del Ejército de Tierra (BLET), oficialmente bautizada como <-General de Ejército Javier Varela->.

Para lectores de mi blog, se desgrana su tamaño sin caer en su complejidad técnica.

En esencia, la BLET es el futuro de la logística militar española: Un centro neurálgico que centralizará el mantenimiento, abastecimiento y gestión de todo el material del Ejército, unificando doce centros logísticos dispersos por España.

Este macroproyecto, enmarcado en el Plan Ejército 2035, se levanta sobre más de 85 hectáreas en el polígono de La Rinconada, en Córdoba, consolidando la provincia como un centro logístico (hub) tecnológico-militar de referencia.

<<Innovación y Sostenibilidad – Los Pilares de la BLET>>

La verdadera vanguardia de la BLET no reside solo en su tamaño, sino en su concepción de Defensa 4.0, pionera en Europa.

1.- Digitalización Avanzada – La Logística Inteligente.

<-Inteligencia Artificial y Big Data: El corazón operativo de la base será la gestión de Big Data (datos masivos de operación, desgaste y mantenimiento). Esto permite el Mantenimiento Predictivo, anticipando fallos en vehículos o equipos antes de que ocurran, optimizando recursos y alargando la vida útil del material.

<-El Gemelo Digital (Digital Twin) – La Base Virtual: “Este es el concepto más innovador”. Se creará una réplica virtual exacta de toda la base (edificios, equipos, flujos de trabajo). El personal podrá simular operaciones, probar nuevos diseños o entrenar personal en este entorno virtual antes de llevarlos a la realidad, garantizando máxima eficiencia y cero errores en un entorno controlado.

<-Robótica e Impresión 3D: La base incluirá talleres avanzados capaces de fabricar piezas de repuesto bajo demanda mediante impresión 3D, y contará con sistemas robotizados para el manejo y almacenamiento de componentes.

2.- Sostenibilidad de Vanguardia – Una Base Verde.

**El diseño de la BLET está comprometido con la huella de carbono cero:

<-Energía Limpia: Integración masiva de energía solar fotovoltaica para el autoabastecimiento.

<-Economía Circular: Sistemas de reutilización de aguas grises y el uso prioritario de materiales reciclados y de proximidad en su construcción.

<<Estado Actual y Próximos Pasos (Noviembre 2025)>>

El proyecto avanza a buen ritmo gracias a la colaboración institucional:

<-Fase de Urbanización (Finalizada): La Rinconada ya cuenta con las infraestructuras básicas: viales, redes de saneamiento, accesos y vallados de seguridad.

<-Fase de Edificación (Inminente): La gran inversión de más de 394 millones de euros está destinada a la construcción de los edificios clave. Su licitación se espera para finales de 2025 y el inicio de obras para mediados de 2026.

-CABET: Centro de Abastecimiento de Suministros.

-CEMSATET: Centro de Mantenimiento de Sistemas Terrestres.

-Edificio de Mando y Control: El cerebro administrativo y operativo.

<-Se mantiene el horizonte temporal: Capacidad operativa inicial en 2029 y funciones plenas en 2032.

<<La Relevancia Geoestratégica de Córdoba>>

La elección de Córdoba no es casual, sino una decisión estratégica que se refuerza con la ubicación geográfica de la ciudad:

<-Conectividad Central: Córdoba se sitúa en un nudo de comunicaciones vital para el sur de la península, facilitando el rápido despliegue de material logístico tanto por carretera como por ferrocarril.

<-Ecosistema Industrial: La base se integra en un tejido industrial andaluz en crecimiento, ya especializado en defensa, robótica e ingeniería. Empresas como Escribano M&E, Indra, Navantia y Sicnova ya operan desde la provincia, formando un clúster tecnológico que será el gran proveedor de la BLET.

<<Impacto Socioeconómico y Colaboración>>

El proyecto moviliza una inversión total superior a 535 millones de euros, siendo un motor económico irrefutable:

<-Empleo: Se prevé la generación de hasta 1.700 empleosdirectos en pleno rendimiento.

<-Inversión Pública y Privada: El Ministerio de Defensa, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Córdoba lideran la financiación. Además, la colaboración público-privada es esencial, con empresas como Pegasus Aero Group (I+D), Everwood Capital, Endesa y Magtel asegurando el suministro de energía limpia y las infraestructuras críticas.

<-Formación (Talento Local): Se está desarrollando un ambicioso plan de capacitación para más de 7.000 personas en robótica, mecánica, IA y logística, garantizando que el talento local esté preparado para los nuevos puestos.

**Nota sobre la Autoridad: La máxima autoridad sobre la base y su desarrollo recae en el Jefe del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra (MALE), el Teniente General que ostenta el cargo, actualmente el General de División Raimundo Rodríguez Roca (desde enero de 2025), quien supervisa tanto la fase constructiva como la organizativa de este proyecto clave.

<<Conclusión>>

La BLET es una oportunidad histórica que trasciende lo militar. Sitúa a Córdoba en la vanguardia de la logística europea, no solo como un centro operativo, sino como un foco de innovación tecnológica y desarrollo sostenible. El compromiso conjunto entre instituciones, empresas y la sociedad cordobesa será la clave para asegurar el éxito y el cumplimiento de los plazos de este proyecto de gran calado.

N.B. La BLET se constituye como una oportunidad única para Córdoba, que requiere el acuerdo de todos por el Bien General. El empujón debe ser de todos y para todos.

La BLET representa una oportunidad histórica para Córdoba, fruto del trabajo conjunto entre las instituciones y el sector privado, siendo una ocasión para todos.

Córdoba, 26 de noviembre de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Córdoba Abierta -ACOA-. Presidente.

Llamamiento de la Presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ en defensa de los jueces (Ataques políticos a jueces en municipios). Artículo (II)

<<Ejemplos concretos y la necesidad de proteger la independencia judicial>>

El llamamiento de la presidenta del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló, el 11 de junio de 2025, pone de manifiesto una preocupante realidad: los ataques y descalificaciones a jueces, especialmente en el ámbito local, se han convertido en una práctica recurrente que amenaza la independencia del poder judicial. Estas agresiones no solo ocurren en los grandes tribunales, sino que afectan de manera particularmente grave a los jueces de municipios pequeños, donde la presión política y social es más directa y la impunidad de los agresores parece estar garantizada. A continuación, se presentan ejemplos concretos de casos recientes que ilustran esta problemática, basados en información disponible y en el contexto del llamamiento de Perelló, junto con un análisis de su impacto en el Estado de Derecho.

**Ejemplos locales de ataques políticos a jueces:

  • Badajoz: Caso de la jueza Beatriz Biedma (2025)
    En Badajoz, la magistrada Beatriz Biedma Rojano, titular del Juzgado de Instrucción número 3, ha sido objeto de críticas y presiones públicas por parte de actores políticos locales en relación con sus decisiones judiciales. Según publicaciones en X, las asociaciones judiciales de Extremadura emitieron un comunicado conjunto en respaldo a Biedma, destacando la necesidad de proteger su independencia frente a lo que consideraron un ataque injustificado. Este caso, que también fue apoyado por concentraciones de jueces y fiscales en Badajoz el 11 de junio de 2025, refleja cómo las decisiones judiciales en un municipio pueden generar reacciones políticas que buscan deslegitimar al juez. En particular, se menciona que la Audiencia de Badajoz respaldó a Biedma en un caso relacionado con acusaciones de fraude de ley, lo que evidencia el intento de ciertos actores políticos de interferir en su labor.
  • Puerto Lumbreras, Murcia: Presiones sobre jueces locales (2014-2017)
    Aunque no es un caso reciente, el episodio de Puerto Lumbreras ilustra una dinámica que persiste en muchos municipios. En 2014, una investigación sobre irregularidades en la construcción de un auditorio, liderada por el entonces alcalde Pedro Antonio Sánchez, fue trasladada al Tribunal Superior de Justicia de Murcia debido a su condición de aforado. Según informes, ciertos jueces locales que intentaron avanzar en la investigación sufrieron presiones indirectas por parte de figuras políticas vinculadas al Partido Popular (PP), quienes buscaban evitar la imputación de Sánchez. Esta situación, que se prolongó hasta 2017, demuestra cómo las autoridades locales pueden ejercer influencia para proteger sus intereses, afectando la imparcialidad de los jueces locales.
  • Casos genéricos en pequeños municipios españoles.

Aunque no siempre se documentan con nombres específicos debido a la falta de cobertura mediática, se trata de un fenómeno extendido: alcaldes de pequeños municipios que critican públicamente resoluciones judiciales sin fundamentos jurídicos, aprovechando su posición de poder local. Un ejemplo hipotético, pero representativo, sería el de un alcalde que, tras una sentencia que anula una decisión municipal (como la concesión irregular de una licencia urbanística), sale a los medios locales acusando al juez de “actuar contra los intereses del pueblo” o de “no entender la realidad local”. Estas declaraciones, que suelen hacerse sin pruebas y con fines populistas, buscan presionar al juez y deslegitimar su autoridad, dejando al magistrado en una posición de indefensión, especialmente en comunidades pequeñas donde la opinión pública puede ser fácilmente influenciada.

<<La gravedad de los ataques en el ámbito local>>

Los ejemplos anteriores ilustran varios puntos clave:

  • Vulnerabilidad de los jueces locales: En los municipios, los jueces suelen trabajar solos, sin el respaldo mediático o institucional que tienen los magistrados de instancias superiores. Esto los hace más susceptibles a las presiones de autoridades locales, como alcaldes o concejales, que pueden usar su influencia para generar un clima de hostilidad.
  • Impunidad de los agresores: Los responsables de estas descalificaciones rara vez enfrentan consecuencias. En el caso de Badajoz, por ejemplo, el respaldo a la jueza Biedma vino de sus colegas y asociaciones judiciales, pero no hay evidencia de sanciones efectivas contra los actores políticos implicados. Esta impunidad refuerza la percepción de que el poder político está por encima de la ley.
  • Impacto en la confianza ciudadana: Los ataques públicos a jueces locales no solo afectan a los magistrados, sino que erosionan la confianza de la ciudadanía en el sistema judicial. Cuando un alcalde cuestiona abiertamente una resolución, sin fundamentos, envía el mensaje de que las decisiones judiciales son arbitrarias o susceptibles de manipulación.

<<La necesidad de actuar: Propuestas para proteger a los jueces locales>>

El llamamiento de Isabel Perelló debe traducirse en medidas concretas para proteger a los jueces, especialmente en los municipios. Algunas propuestas inspiradas  en el contexto actual, incluyen:

  • Fortalecer los mecanismos de defensa del CGPJ: Como señala un artículo de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, la Ley Orgánica del Poder Judicial carece de herramientas efectivas para proteger a los jueces frente a injerencias externas. El CGPJ debe establecer protocolos claros para sancionar a quienes ataquen la independencia judicial, incluyendo declaraciones públicas de condena y, en casos graves, la remisión a la vía penal.
  • Sanciones a autoridades locales: Los alcaldes o cargos públicos que critiquen resoluciones judiciales sin fundamento deben enfrentar consecuencias, ya sea a través de sanciones administrativas o de procedimientos disciplinarios. Esto requiere una mayor coordinación entre el CGPJ y los poderes locales.
  • Apoyo institucional a jueces locales: Crear un sistema de apoyo específico para jueces en municipios pequeños, incluyendo asesoramiento legal y psicológico, así como campañas de sensibilización para educar a la ciudadanía sobre la importancia de la independencia judicial.
  • Respuesta de la sociedad civil: Como propone la Asociación Córdoba Abierta (ACOA), las organizaciones ciudadanas deben desempeñar un papel activo en la defensa de los jueces, promoviendo el respeto a sus decisiones y denunciando cualquier intento de presión política.

<<Conclusión>>

Los ataques políticos a jueces en el ámbito local, como los casos de Badajoz, Puerto Lumbreras o los ejemplos genéricos descritos, son una manifestación clara de la “carcoma perversa” denunciada por Isabel Perelló. Estos episodios, que a menudo pasan desapercibidos en el panorama nacional, tienen un impacto devastador en la independencia judicial y en la confianza ciudadana en el Estado de Derecho. Proteger a los jueces locales no es solo una cuestión de justicia, sino una necesidad urgente para preservar los fundamentos de nuestra democracia. El CGPJ, las asociaciones judiciales y la sociedad civil deben unirse en un esfuerzo colectivo para garantizar que ningún juez, especialmente en los pequeños municipios, se sienta solo frente a las presiones políticas. Como bien se dice en ACOA “si no empezamos defendiendo y apoyando siempre a ese poder judicial pequeño, la conclusión es que estamos perdidos”.

N. B. Hacemos nuestro el llamamiento de la Presidenta del Tribunal Supremo y del CGPJ en defensa de los jueces, con especial referencia a los ataques políticos a jueces en municipios, porque son la base de nuestro Estado de Derecho y el fundamento de la democracia. Están en la primera línea de defensa y hay que protegerlos  y servirles de salvaguardia.

Córdoba, 17 de junio de 2025

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.