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Sublevación contra el poder – España sin contrapesos – Legitimidad de la rebelión ciudadana

En España el Gobierno Central ha derribado todos los contrapesos hacia su poder, sobrepasando todos los límites legales, como demuestra su apuesta absoluta con Marruecos frente a la mayoría de ciudadanos españoles, de manera, que toda la teoría constitucional sobre la validez del Estado Social y Democrático de Derecho es papel mojado y, queda claro, que es legítima la sublevación pacífica ciudadana, tal y como, ocurrió ayer en la defensa de Ceuta.

<<Superando el ESDD (la teoría) y en defensa del valor justicia constitucional – (art. 1.1 C. E.)>>

Se viene planteando un debate recurrente en la teoría del Estado y la filosofía del derecho, que en España ya se ha sobrepasado hace mucho tiempo y solo vamos hacia lo peor, de manera, que expondremos la teoría constitucional, aunque como ya se ha dicho ha sido superada ampliamente por los abusos del poder del Gobierno actual de España:

La contraposición entre la *legitimidad iusnaturalista del Derecho de Resistencia a la Opresión” y *la validez formal del Estado Social y Democrático de Derecho*.

La evaluación sobre la justificación de la desobediencia o sublevación requiere distinguir estrictamente entre el marco teórico-filosófico y el marco normativo constitucional actual.

1.- El marco del iusnaturalismo ilustrado y la Declaración de 1776.

La doctrina expuesta por Thomas Jefferson en la Declaración de Independencia de los EE. UU. (remanente de las tesis de John Locke en su Segundo Tratado sobre el Gobierno Civil) fundamenta la legitimidad política en la existencia de un contrato social explícito.

Derechos inherentes e inalienables: Los individuos delegan parte de su libertad al Estado con la única condición de que este proteja su vida, libertad y propiedad/búsqueda de la felicidad.

*Carácter condicional de la autoridad: El gobierno no posee poder originario; su legitimidad de ejercicio depende estrictamente del cumplimiento de sus fines contractuales.

*El umbral de ruptura: La desobediencia no se justifica ante controversias políticas ordinarias ni actos aislados de desgobierno. Exige la concurrencia probada de tres requisitos:

1.- Agotamiento absoluto de las vías pacíficas e institucionales.

2.- Una cadena sistemática y continuada de abusos que evidencie un diseño deliberado hacia la tiranía o el despotismo.

3.- Proporcionalidad y necesidad, ante la ausencia total de un tercero neutral (tribunales o elecciones) a quien apelar.

2.- El contraste con el marco constitucional e institucional español.

En el Derecho Político contemporáneo, los Estados democráticos constitucionalizados no tipifican ni reconocen el “derecho a la sublevación” o la desobediencia generalizada como cauce legal, dado que el propio ordenamiento está diseñado para autocorregir los excesos del poder público mediante controles internos.

**Dentro del marco de la Constitución Española de 1978:

*Soberanía y legalidad (Art. 1.2 y 9.1 CE): La soberanía reside en el conjunto del pueblo español y todos los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

*Mecanismos ordinarios de control: Frente a actuaciones presuntamente arbitrarias o ilegales del Ejecutivo, el sistema articula recursos ante la jurisdicción ordinaria, el Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional y, en última instancia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

*Control político y alternancia: La exigencia de responsabilidad política se encauza a través de las Cortes Generales (mociones de censura, comisiones de investigación) y del ejercicio periódico del sufragio universal en elecciones libres.

3.- La controversia sobre la erosión de los contrapesos.

La discusión de si el Gobierno actual ha “sobrepasado” los límites institucionales sitúa el análisis en el terreno de la ciencia política y la teoría constitucional contemporánea, donde conviven dos posturas analíticas:

A.- La tesis de la erosión institucional.

Sostiene que la invasión de esferas de control neutral (nombramientos politizados en órganos constitucionales, uso abusivo de la legislación de urgencia como el Real Decreto-ley y desatención a los órganos consultivos) degrada los contrapesos formales desde dentro, de forma, que bajo este prisma, la efectividad real de los controles se reduce a una apariencia formal, vaciando de contenido las garantías ciudadanas.

B.- La tesis de la vigencia del Estado de Derecho.

Argumenta que, mientras los tribunales sigan dictando sentencias (incluso contrarias al Ejecutivo), el Parlamento mantenga la facultad de aprobar o rechazar leyes y se preserven las garantías para la celebración de elecciones con pluralismo político, el sistema democrático continúa operativo. Adicionalmente, la supervisión de las instituciones comunitarias de la Unión Europea actúa como un contrapeso supraestatal efectivo sobre la calidad del Estado de Derecho.

<<Conclusión jurídica>>

En el pensamiento político y legal contemporáneo, la desobediencia civil puede configurarse en casos puntuales como un acto público, pacífico y no violento para denunciar leyes injustas, asumiendo el desobediente las consecuencias legales de sus actos como prueba de fidelidad al sistema constitucional general.

Sin embargo, para justificar la sublevación o el desconocimiento total de la autoridad de un Gobierno bajo la doctrina clásica del Derecho de Resistencia, no basta con la percepción de un deterioro político severo o una acusada polarización institucional. Formal y teóricamente, se requeriría la constatación fehaciente del colapso del orden constitucional: Es decir, la cancelación del acceso a tribunales independientes, la imposibilidad de ejercer derechos fundamentales y la supresión de los mecanismos electorales de alternancia.

N. B. Imagen. Sublevación contra el poder – España sin contrapesos – Legitimidad de la rebelión ciudadana.

(Nota. En España el Gobierno Central ha derribado todos los contrapesos hacia su poder, sobrepasando todos los límites legales, como demuestra su apuesta absoluta con Marruecos frente a la mayoría de ciudadanos españoles, de manera, que toda la teoría constitucional sobre la validez del Estado Social y Democrático de Derecho expuesta es papel mojado, y, queda claro, que ya es legítima la sublevación pacífica ciudadana, tal y como, ocurrió ayer en la defensa de Ceuta en toda España.

Solo queda aumentar la presión pacífica ciudadana en todas partes, sean públicas o privadas, empezando por todas las instituciones y administraciones públicas y terminando con todas las empresas privadas, formando una desobediencia civil total al poder de un Gobierno que ya es ilegítimo.).

Córdoba, 3 de septiembre de 2026.

Fdo.  Enrique García Montoya,

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Exconcejal  y Exdiputado provincial de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Deterioro del Estado de Derecho (La Realidad en las Corporaciones Locales)

El deterioro de la calidad institucional en España es una realidad palpable que afecta a todos los niveles de la administración, pero resulta especialmente preocupante en el ámbito más cercano al ciudadano: las Corporaciones Locales (Ayuntamientos y Diputaciones).

Desde la Asociación Córdoba Abierta (ACOA), analizamos cómo la corrupción, la falta de controles y el clientelismo están socavando el Estado de Derecho.

1.- Un contexto de alerta institucional.

La percepción ciudadana y los datos de organismos internacionales (como la OCDE y la Comisión Europea) coinciden: la calidad institucional en España está por debajo de la media europea. Los puntos críticos son claros:

<-Alto riesgo en la contratación pública: Es el terreno más fértil para la corrupción.

<-Politización de las instituciones: La falta de independencia en los órganos reguladores debilita los contrapesos democráticos.

<-Sensación de impunidad: La lentitud de la justicia y estrategias procesales —como el cargo público que se acoge a su derecho a no declarar en lugar de colaborar— alimentan la desconfianza social.

2.- El foco del problema: Ayuntamientos y Diputaciones.

Es en la administración local donde el deterioro se manifiesta de forma más cruda a través de dos vicios heredados que han mutado para sobrevivir en democracia:

<-El abuso de la “Libre Designación”: Lo que debería ser excepcional se ha convertido en norma. Se utiliza para nombrar a dedo a amigos, parientes o miembros del partido (“amiguismo” y “clientelismo”), desplazando los principios constitucionales de mérito y capacidad.

<-Contratación laboral irregular: Muchos Ayuntamientos han recurrido a contratos temporales ilegales o “a dedo”, bordeando la prevaricación continuada para tejer redes de favores.

<-Monopolio de decisiones: El exceso de discrecionalidad de alcaldes y equipos de gobierno, sumado a una fiscalización interna a menudo limitada, facilita la corrupción urbanística y la “captura” de la política local por intereses privados.

3.- Fallan los controles.

Sobre el papel, existen mecanismos de control como la Intervención Municipal (Secretarios e Interventores). Sin embargo, su independencia real se ve comprometida en entornos locales altamente politizados o mediante el uso de fiscalizaciones limitadas.

4.- Una esperanza legal vs. La realidad.

La reciente Ley 2/2023 obliga a las entidades locales a implantar un Sistema Interno de Información (Canal de Denuncias) para proteger a quienes destapan la corrupción.

Sin embargo, a día de hoy, estos sistemas son más formales que reales. El reto es pasar de la teoría a la práctica para erradicar ese “caciquismo moderno” que disfraza de legalidad el nepotismo y el favor político.

N.B. En España es una realidad preocupante el aumento del deterioro del Estado de Derecho, especialmente, son muy inquietantes las irregularidades  y casos de corrupción, que se dan en las Corporaciones Locales (Diputaciones y Ayuntamientos), porque su número es difícil de calcular al ser muchos y que los casos crecen en número con sus empresas y entes locales, siendo un hecho patente que la corrupción en sus distintas clases ha calado en los Ayuntamientos, a pesar de todos los mecanismos de control y del establecimiento por ley de un Sistema Interno de Información, que desgraciadamente es más formal que real.

Córdoba, 4 de diciembre de 2025

Fdo. Enrique García Montoya

 Abogado. ICA-Córdoba Inspector de Trabajo y S.S.

Presidente de Córdoba Abierta -ACOA-.

La mala administración pública (El otro gran agujero negro de la gestión en España)

En España, el debate sobre corrupción suele centrarse en casos de soborno y enriquecimiento ilícito, pero existe una lacra más silenciosa y destructiva: La mala gestión del dinero público, a todos los niveles de la organización política, especialmente, en empresas e instituciones públicas estatales, autonómicas y locales.

Este fenómeno, que genera pérdidas millonarias recurrentes y socava la confianza ciudadana, además, raramente acarrea consecuencias para quienes diseñan y ejecutan las políticas responsables del despilfarro.

La realidad es que son millonarias pérdidas sin castigo: Un patrón sistemático de impunidad.

Las entidades públicas acumulan déficits operativos colosales desde hace años. Ejemplos como Correos, que prevé perder 1.500 M. eur. en 2025 pese a sucesivos rescates públicos y 19 cambios de dirección en tres años, o empresas de la SEPI que suman más de 1.698 M. eur. de pérdidas desde 2019, reflejan una tendencia nacional, que alcanza también a lo local: “En Córdoba, por ej., las empresas de la Diputación Emproacsa (agua) y Epremasa (basuras) dependen de subsidios para ser viables y no entrar en quiebra  (59 M. eur. puestos por la Diputación para cubrir pérdidas injustificadas a la empresa de aguas en tres años, y, a mayor inri, se planean subidas de tasas abusivas e injustas).

La causa principal de este asunto turbio e irresponsable es <-la politización en los nombramientos y la falta de controles independientes->, ya que, los altos cargos designados por afinidad, no por mérito, perpetúan ineficiencia y políticas cortoplacistas que ignoran la viabilidad económica y el interés común, porque saben que nadie les pedirá responsabilidades y que son impunes de hecho.

*La Pregunta: ¿Dónde están los mecanismos de responsabilidad?

El Código Penal español castiga la malversación y la prevaricación, pero solo cuando hay ánimo de lucro evidente, lo que excluye la negligencia grave y permite que los responsables escapen sin sanción. El Tribunal de Cuentas, mediatizado por la mayoría parlamentaria, ve limitado su alcance real, y la lentitud judicial propicia la prescripción de las causas. El resultado es negativo, pues menos del 20% de denuncias por mala gestión pública acaban en condena.

**Consecuencias sociales y económicas – El coste del inmovilismo.

Este ciclo condona el despilfarro y alimenta el endeudamiento público (120% del PIB en 2025), deteriora servicios esenciales y provoca la quiebra de miles de pymes ligadas al entramado estatal (más de 19.000 desde 2019). La percepción de impunidad refuerza la desconfianza ciudadana y agrava el desinterés político, como ponen de manifiesto las últimas encuestas (70% de los ciudadanos ve corrupción estructural en el sector público).

**Reformas urgentes para romper el bucle de una mala administración.

*Para revertir el deterioro, es imprescindible:

<-Despolitización real de los nombramientos, exigiendo méritos y seleccionar cargos públicos por sorteo entre expertos independientes.

<-Ampliar el concepto de malversación, sancionando también la negligencia grave, no solo el lucro directo.

<-Controles fiscales y auditorías externas anuales, con incentivos y sanciones a las autonomías según su gestión.

<-Transparencia ciudadana, a través de plataformas de datos abiertos con alertas automáticas sobre irregularidades.

<-Integrar herramientas tecnológicas (IA) para controlar el gasto en tiempo real.

*Estas reformas, viables en próximas leyes y en los Presupuestos Generales, requieren consenso y presión social, ya que, sin ambos, el agujero negro de la mala administración seguirá devorando recursos y frenando el progreso necesario.

**Conclusión.

La mala gestión pública en España no es solo un problema financiero, sino que es una cuestión ética y política que hipoteca el futuro de todos.

La solución pasa por exigir responsabilidad individual y colectiva, eliminando el clientelismo y apostando por la eficiencia y la transparencia en todas las instituciones.

El tiempo para actuar es ahora, ya que, si no hay reformas de fondo urgentes, el ciclo de impunidad será irreversible

N.B. La mala administración y la falta de responsabilidad en la gestión de Empresas e Instituciones Públicas es una realidad en España a todos los niveles con pérdidas cuantiosas y ninguna responsabilidad individual o colectiva de los políticos despilfarradores y su gestores de confianza nombrados digitalmente.

Córdoba, 17 de noviembre de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Córdoba Abierta -ACOA-. Presidente.

EPREMASA (Subida de Tasas y Análisis)

A la vista del posible tarifazo, de su retirada obligada y en espera de acuerdos razonables para solucionar la situación de EPREMASA, los lectores de mi blog, me piden un análisis claro y conciso de la Empresa de Basuras y sus soluciones, tal como hice con la Empresa de Aguas Emproacsa.

EPREMASA (Empresa Provincial de Residuos y Medio Ambiente S.A.) es una entidad pública que gestiona la recogida y tratamiento de residuos en 72 municipios de la provincia de Córdoba, atendiendo a unos 300.000 habitantes. Desde 1992, basa oficialmente su modelo en ecoparques y una red de recogida selectiva con foco en la sostenibilidad ambiental.

En noviembre de 2025, el Gobierno provincial del Partido Popular (PP), liderado por Salvador Fuentes, propuso aumentar las tasas de recogida y tratamiento de residuos un 17,5% para 2026, lo que supondría unos 2 euros más al mes por vivienda, alegando públicamente el Presidente de la Diputación que sin esta subida EPREMASA, con pérdidas acumuladas ya de 2 millones en 2025, entraría en quiebra.

Sin embargo, la oposición en bloque rechazó esta medida por considerarla injusta, insufrible y gravosa para los ciudadanos, especialmente, para familias rurales con ingresos medios bajos. Por ello, la subida no ha obtenido el apoyo mayoritario en la comisión informativa de Hacienda y se han congelado las tasas para 2026.

<<Evolución de Tasas en EPREMASA>>

<-2023: Subida del 40,8%, recuperando pérdidas post-COVID y adaptando la Ley de Residuos.

<-2024: Incremento del 10%, vinculado al quinto contenedor obligatorio para orgánicos.

<-2025: Congelación total pese a pérdidas previstas de 2 millones.

<-2026: Propuesta rechazada de subida del 17,5%, inicialmente prevista hasta un 44%, según ha declarado el Gobierno del P. P.

En conjunto, la oposición denuncia un aumento acumulado del 90% en tres años, pasando de 90 euros anuales en 2022 a 165 euros propuestos en 2026.

<<Motivos del Gobierno del P. P. para la subida>>

<-El incremento pretendía cubrir:

-Alzas del 20-25% en combustible y mantenimiento.

-Inversiones obligatorias por Ley 7/2022, como el quinto contenedor y nuevas plantas, con multas por vertidos.

-Ajustes laborales y correcciones salariales selectivas.

-Mantener equilibrio financiero y evitar quiebra o privatización.

El PP defendía que sin estas medidas las pérdidas podrían llegar a 12 millones en 2026, poniendo en riesgo empleo y servicios, así como, la propia viabilidad de la Empresa.

<<Críticas y Rechazo de la Oposición>>

<-Se considera la subida desproporcionada y un castigo a hogares vulnerables y municipios pequeños.

<-Se acusa falta de transparencia, ineficiencia y ausencia de alternativas reales para mejorar gestión y evitar subidas.

<-Se reclama auditorías independientes y transferencia de más recursos desde la Diputación, que cuenta con un presupuesto creciente y ejecución baja.

<-Se destaca que la carga fiscal afecta también a empresas, con subidas que superan el 100% en algunos sectores, agravando desigualdades.

<<Valoración de la subida de tasas>>

<-La subida, aunque justificada técnicamente por desequilibrios financieros, se percibe como un impuesto encubierto, que contradice promesas electorales del PP.

<-Es socialmente injusta, priorizando la viabilidad económica sobre bonos sociales y bonos para colectivos vulnerables.

<-La congelación aprobada, si bien alivia a los usuarios, posterga un ajuste necesario, que exige una reestructuración profunda y urgente para garantizar la sostenibilidad real de la Empresa.

<-La crisis estructural no se resolverá con subidas aisladas, de forma, que se necesita un pacto multipartidista, una auditoría externa y un plan integral a corto y a medio plazo.

<<Otras opciones para los usuarios frente a la subida de tasas>>

<-Revisión y eliminación de gastos superfluos y -convenios con posibles irregularidades-.

<-Implementación de auditorías independientes para mejorar transparencia y eficiencia.

<-Priorizar incentivos para la economía circular y reducción de residuos que pueden bajar costes a medio plazo.

<-Establecer bonificaciones sociales más amplias para colectivos vulnerables.

<-Explorar nuevas fuentes de financiación o mejoras en la gestión que no repercutan solo en tasas.

<<Conclusión>>

El caso de EPREMSA es un ejemplo claro de los retos que enfrentan las empresas públicas en equilibrio entre sostenibilidad financiera y carga fiscal.

La retirada del tarifazo por el gobierno provincial refleja la presión social y política para buscar soluciones menos lesivas para los ciudadanos, aunque la urgencia de una reforma profunda sigue siendo ineludible.

N.B. Epremasa es la historia de un tarifazo fallido, de una Empresa gestionada en un bucle de desastres y de una Entidad Pública sin futuro si no se realiza una reestructuración profunda y urgente de la misma.

La situación financiera de Epremasa deriva de una gestión desastrosa, donde se ha tirado el dinero en gastos superfluos, en exceso de personal y en aventuras no profesionales.

Desde ACOA recomendamos:

Adoptar las propuestas de auditoría, eficiencia empresarial y tarifas progresivas para asegurar sostenibilidad, justicia social y transparencia, restaurando la confianza ciudadana.

Córdoba, 10 de noviembre de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Presidente de Córdoba Abierta -ACOA-.

Brecha entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado en España (equidad y sostenibilidad)

Los lectores me siguen preguntando cosas sobre la Seguridad Social, y, esta vez, plantean el problema de la brecha entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado, asunto que es una realidad en aumento, así que trataremos de dar una información breve, clara y detallada.

Es un hecho patente que existe una brecha significativa entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado, de forma,  que señalaremos las causas, las consecuencias y posibles soluciones, así como de un análisis crítico sobre la sostenibilidad y equidad de ambos regímenes.

<<Diagnóstico crítico de la brecha pensional>>

La diferencia media de alrededor de 1.026 euros mensuales (un 62% más para los funcionarios) evidencia un desequilibrio estructural entre los sistemas de Clases Pasivas y Régimen General. Este diferencial no responde únicamente a derechos adquiridos o historiales contributivos diversos, sino a un modelo dual que ha consolidado privilegios históricos y desajustes en la arquitectura de la protección social española.

Mientras el Régimen de Clases Pasivas ofrece estabilidad, criterios de cálculo más favorables y complementos consolidados, el Régimen General se ha reformado de forma recurrente en nombre de la sostenibilidad, afectando principalmente a los trabajadores del sector privado con trayectorias laborales más fragmentadas.

El resultado es un sistema percibido como inequitativo, regresivo y financieramente vulnerable.

<<Causas estructurales>>

*Asimetría normativa: la coexistencia de dos sistemas jurídicos y contables distintos perpetúa divergencias en la base reguladora, mecanismos de actualización y derechos pasivos.

*Diferencial de estabilidad laboral: las carreras lineales y estables del empleo público contrastan con la volatilidad contractual del mercado privado, afectando directamente el número de años cotizados y la cuantía final de la pensión.

*Resistencia a la convergencia: las sucesivas reformas han mantenido regímenes privilegiados bajo una lógica de <intangibilidad de derechos>, sin una transición coherente hacia la equiparación progresiva.

*Envejecimiento y demografía: el incremento de jubilaciones públicas en la próxima década tensionará las cuentas estatales si no se adoptan medidas compensatorias.

<<Análisis crítico: un modelo insostenible y socialmente regresivo>>

El sistema actual genera una desigualdad visible tanto intrageneracional (entre trabajadores presentes) como intergeneracional (entre trabajadores actuales y futuros).

La sostenibilidad fiscal se ve comprometida por el peso creciente de las Clases Pasivas, mientras que el principio constitucional de igualdad ante la ley (art. 14 CE) se tensiona por la distinta consideración de esfuerzos contributivos similares.

Además, esta situación erosiona la confianza ciudadana en la justicia del sistema y contribuye a una percepción de dualidad social, donde el Estado protector se convierte en agente de desigualdad.

(Nota. En este caso examinado de diferencias injustas entre pensiones, se vulnera de forma clamorosa la Constitución Española de 1978 en sus art. 1.1., (valor justicia), 9., (legalidad y principios constitucionales), 14 (igualdad entre los españoles), 39., (protección social), 41., (Seguridad Social), 103., (administración pública), y, cc.).

<<Medidas correctoras y propuestas innovadoras>>

1.- Convergencia normativa y fiscal de regímenes: Iniciar un proceso gradual de integración de Clases Pasivas en el Régimen General, con un calendario claro y mecanismos de compensación transitoria. Este proceso debe garantizar la proporcionalidad entre aportaciones, años cotizados y derechos reconocidos.

2.- Creación de un Fondo de Equidad Pensional: Establecer un instrumento financiero que module las diferencias entre pensiones públicas y privadas mediante aportaciones estatales y sociales, con transparencia en su gobernanza.

Su objetivo sería igualar las tasas de sustitución y mejorar las pensiones bajas del sector privado.

3.-  Nuevo modelo de cálculo mixto: Incorporar un sistema basado parcialmente en puntos o cuentas nocionales que asocien directamente la pensión a la trayectoria contributiva, evitando inflaciones de última hora derivadas de los complementos del sector público.

4.- Vinculación de revalorización y sostenibilidad: Fusionar el principio de poder adquisitivo con el Factor de Equidad Intergeneracional, garantizando pensiones dignas pero sostenibles, evaluadas por una autoridad actuarial independiente.

5.- Profesionalización y movilidad intersectorial: Favorecer una mayor movilidad entre empleo público y privado, unificando tramos de cotización y facilitando la portabilidad plena de los derechos adquiridos. Esto fomentaría la cohesión del sistema y reduciría la segmentación laboral.

6.- Participación ciudadana y transparencia: Implantar un Consejo Social de Pensiones que supervise el equilibrio entre equidad y sostenibilidad. Incluya representantes de trabajadores, pensionistas, expertos y Administración.

<<Enfoque innovador: hacia la “Cuenta Pensional Única Española”>>

Proponer la creación de una Cuenta Pensional Única (CPU), unificada y digital, que acumule todas las cotizaciones del ciudadano (públicas y privadas) a lo largo de su vida laboral.
**Esta herramienta permitiría:

-Integrar regímenes en una lógica de justicia contributiva.

-Facilitar la trazabilidad y transparencia de las aportaciones.

-Evitar duplicidades y desigualdades entre regímenes.

-Modernizar el sistema con proyecciones personalizadas y educación previsional.


<<Conclusión>>

La brecha pensional entre funcionarios y empleados privados no es una anomalía coyuntural, sino una consecuencia sistémica de la dualidad institucional del régimen español. Mantener ese diseño supone perpetuar una desigualdad contraria a los principios de equidad y sostenibilidad financiera.

La integración progresiva, la innovación institucional y la transparencia pública son esenciales para asegurar un sistema de pensiones único, justo y viable, capaz de sostener la cohesión social en una España que envejece y demanda justicia intergeneracional.

N.B. La brecha entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado está marcada por la falta de equidad y la estructura de la sostenibilidad en ambos sistemas.

La diferencia señalada que se sitúa en 1.026 euros mensuales y con un 62% más para los funcionarios, se explica por dinámicas históricas y estructurales, aunque, la evolución demográfica y los retos económicos obligan a una reflexión crítica y a repensar el sistema para asegurar su equidad y sostenibilidad en el futuro.

Córdoba, 8 de octubre de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Asociación Córdoba Abierta -ACOA-. Presidente.