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Brecha entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado en España (equidad y sostenibilidad)

Los lectores me siguen preguntando cosas sobre la Seguridad Social, y, esta vez, plantean el problema de la brecha entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado, asunto que es una realidad en aumento, así que trataremos de dar una información breve, clara y detallada.

Es un hecho patente que existe una brecha significativa entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado, de forma,  que señalaremos las causas, las consecuencias y posibles soluciones, así como de un análisis crítico sobre la sostenibilidad y equidad de ambos regímenes.

<<Diagnóstico crítico de la brecha pensional>>

La diferencia media de alrededor de 1.026 euros mensuales (un 62% más para los funcionarios) evidencia un desequilibrio estructural entre los sistemas de Clases Pasivas y Régimen General. Este diferencial no responde únicamente a derechos adquiridos o historiales contributivos diversos, sino a un modelo dual que ha consolidado privilegios históricos y desajustes en la arquitectura de la protección social española.

Mientras el Régimen de Clases Pasivas ofrece estabilidad, criterios de cálculo más favorables y complementos consolidados, el Régimen General se ha reformado de forma recurrente en nombre de la sostenibilidad, afectando principalmente a los trabajadores del sector privado con trayectorias laborales más fragmentadas.

El resultado es un sistema percibido como inequitativo, regresivo y financieramente vulnerable.

<<Causas estructurales>>

*Asimetría normativa: la coexistencia de dos sistemas jurídicos y contables distintos perpetúa divergencias en la base reguladora, mecanismos de actualización y derechos pasivos.

*Diferencial de estabilidad laboral: las carreras lineales y estables del empleo público contrastan con la volatilidad contractual del mercado privado, afectando directamente el número de años cotizados y la cuantía final de la pensión.

*Resistencia a la convergencia: las sucesivas reformas han mantenido regímenes privilegiados bajo una lógica de <intangibilidad de derechos>, sin una transición coherente hacia la equiparación progresiva.

*Envejecimiento y demografía: el incremento de jubilaciones públicas en la próxima década tensionará las cuentas estatales si no se adoptan medidas compensatorias.

<<Análisis crítico: un modelo insostenible y socialmente regresivo>>

El sistema actual genera una desigualdad visible tanto intrageneracional (entre trabajadores presentes) como intergeneracional (entre trabajadores actuales y futuros).

La sostenibilidad fiscal se ve comprometida por el peso creciente de las Clases Pasivas, mientras que el principio constitucional de igualdad ante la ley (art. 14 CE) se tensiona por la distinta consideración de esfuerzos contributivos similares.

Además, esta situación erosiona la confianza ciudadana en la justicia del sistema y contribuye a una percepción de dualidad social, donde el Estado protector se convierte en agente de desigualdad.

(Nota. En este caso examinado de diferencias injustas entre pensiones, se vulnera de forma clamorosa la Constitución Española de 1978 en sus art. 1.1., (valor justicia), 9., (legalidad y principios constitucionales), 14 (igualdad entre los españoles), 39., (protección social), 41., (Seguridad Social), 103., (administración pública), y, cc.).

<<Medidas correctoras y propuestas innovadoras>>

1.- Convergencia normativa y fiscal de regímenes: Iniciar un proceso gradual de integración de Clases Pasivas en el Régimen General, con un calendario claro y mecanismos de compensación transitoria. Este proceso debe garantizar la proporcionalidad entre aportaciones, años cotizados y derechos reconocidos.

2.- Creación de un Fondo de Equidad Pensional: Establecer un instrumento financiero que module las diferencias entre pensiones públicas y privadas mediante aportaciones estatales y sociales, con transparencia en su gobernanza.

Su objetivo sería igualar las tasas de sustitución y mejorar las pensiones bajas del sector privado.

3.-  Nuevo modelo de cálculo mixto: Incorporar un sistema basado parcialmente en puntos o cuentas nocionales que asocien directamente la pensión a la trayectoria contributiva, evitando inflaciones de última hora derivadas de los complementos del sector público.

4.- Vinculación de revalorización y sostenibilidad: Fusionar el principio de poder adquisitivo con el Factor de Equidad Intergeneracional, garantizando pensiones dignas pero sostenibles, evaluadas por una autoridad actuarial independiente.

5.- Profesionalización y movilidad intersectorial: Favorecer una mayor movilidad entre empleo público y privado, unificando tramos de cotización y facilitando la portabilidad plena de los derechos adquiridos. Esto fomentaría la cohesión del sistema y reduciría la segmentación laboral.

6.- Participación ciudadana y transparencia: Implantar un Consejo Social de Pensiones que supervise el equilibrio entre equidad y sostenibilidad. Incluya representantes de trabajadores, pensionistas, expertos y Administración.

<<Enfoque innovador: hacia la “Cuenta Pensional Única Española”>>

Proponer la creación de una Cuenta Pensional Única (CPU), unificada y digital, que acumule todas las cotizaciones del ciudadano (públicas y privadas) a lo largo de su vida laboral.
**Esta herramienta permitiría:

-Integrar regímenes en una lógica de justicia contributiva.

-Facilitar la trazabilidad y transparencia de las aportaciones.

-Evitar duplicidades y desigualdades entre regímenes.

-Modernizar el sistema con proyecciones personalizadas y educación previsional.


<<Conclusión>>

La brecha pensional entre funcionarios y empleados privados no es una anomalía coyuntural, sino una consecuencia sistémica de la dualidad institucional del régimen español. Mantener ese diseño supone perpetuar una desigualdad contraria a los principios de equidad y sostenibilidad financiera.

La integración progresiva, la innovación institucional y la transparencia pública son esenciales para asegurar un sistema de pensiones único, justo y viable, capaz de sostener la cohesión social en una España que envejece y demanda justicia intergeneracional.

N.B. La brecha entre las pensiones de los funcionarios públicos y las del sector privado está marcada por la falta de equidad y la estructura de la sostenibilidad en ambos sistemas.

La diferencia señalada que se sitúa en 1.026 euros mensuales y con un 62% más para los funcionarios, se explica por dinámicas históricas y estructurales, aunque, la evolución demográfica y los retos económicos obligan a una reflexión crítica y a repensar el sistema para asegurar su equidad y sostenibilidad en el futuro.

Córdoba, 8 de octubre de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Asociación Córdoba Abierta -ACOA-. Presidente.

PROBLEMAS DE CÓRDOBA – ARTÍCULO XVII – EMPLEADOS PÚBLICOS (UN POCO DE MISTERIO)

Un grupo de lectores me pregunta sobre algo rodeado de misterio, concretamente,

¿Cuántos empleados Públicos hay actualmente en Córdoba Capital y Provincia?

Digo que es un misterio, porque los datos disponibles son contradictorios y porque  existe una falta de transparencia considerable, que impide concretar  el número de personas que cobran de las administraciones públicas y de todas sus empresas y entes mantenidas con dinero público.

Número total de empleados públicos en Córdoba Capital y en la Provincia de Córdoba

Presentamos una estimación actualizada del número total de empleados públicos en Córdoba Capital y la Provincia de Córdoba, desglosando las cifras para cada ámbito y considerando las tendencias recientes.

<<Total de empleados públicos en Córdoba Capital>>

**Estimación puntual para 2025: Considerando el crecimiento del empleo público en España (+6,8% desde 2019 a 2022) y la recuperación post-pandemia en la provincia de Córdoba (50.000 empleados públicos en 2024, según fuentes locales), se puede asumir un ligero aumento en la capital. Por lo tanto, el número total de empleados públicos en Córdoba Capital en 2025 se estima en aproximadamente 20.000 a 24.000 empleados públicos, con la siguiente distribución aproximada:

  • Funcionarios de carrera: 11.500-14.000 (58%).
  • Personal laboral: 4.800-5.500 (24%).
  • Interinos y eventuales: 4.200-4.900 (21%).
  • Cargos políticos: 250-350 (1-2%).

(Nota. En las Empresas Públicas y resto de entes públicos el número de empleados es casi secreto, aunque existe un medio infalible, que son el número de afiliaciones y  altas en la Seguridad Social, datos a los por ahora no tenemos acceso.).

<<Total de empleados públicos en la Provincia de Córdoba>>

Para la Provincia de Córdoba, los datos disponibles son más precisos. Según fuentes locales de 2024, la provincia alcanzó los 50.000 empleados públicos, la cifra más alta en una década, tras un aumento sostenido desde 2020 (47.327 en 2021, 48.687 en 2022).

Este crecimiento refleja la relajación de las restricciones de contratación post-crisis y el incremento en la contratación local y autonómica.

**Estimación para 2025: Dado el crecimiento continuo del empleo público en España (por ejemplo, +22.842 empleados en el primer trimestre de 2023, según) y la tendencia al alza en Andalucía, se estima que en 2025 la provincia de Córdoba podría tener entre 50.500 y 52.000 empleados públicos. La distribución por tipo de administración en la provincia es:

  • Junta de Andalucía: 28.300-29.000 empleados (56-57%), con énfasis en sanidad y educación.
  • Administración Local (ayuntamientos y Diputación): 11.500-12.000 empleados (23-24%).

(Nota. Aquí reside uno de los puntos más oscuros sobre el número de empleados públicos, de forma, que solo teniendo acceso a los datos de la S. S. sobre afiliaciones y altas podríamos conocer el número verdadero de trabajadores públicos en empresas, entes y chiringuitos de las corporaciones locales.).

  • Administración General del Estado: 9.300-9.500 empleados (18-19%), incluyendo fuerzas y cuerpos de seguridad (5.500).
  • Universidad de Córdoba: 1.982-2.000 empleados (4%).

**Por tipo de empleado (basado en proporciones nacionales):

  • Funcionarios de carrera: 27.000-28.000 (53-54%).
  • Personal laboral: 11.500-12.000 (23-24%).
  • Interinos y eventuales: 11.500-12.000 (23-24%).
  • Cargos políticos: 300-400 (1%).

<<Comparación entre Córdoba Capital y la Provincia>>

  • Córdoba Capital representa aproximadamente el 40% de la población provincial (319.000 de 784.000 habitantes, según INE) y concentra una parte significativa del empleo público, especialmente en administraciones locales y autonómicas. Esto explica por qué los 20.000-24.000 empleados públicos de la capital suponen cerca del 40-46% del total provincial.
  • La Provincia incluye además a los empleados públicos de otros 75 municipios, la Diputación Provincial y otras sedes autonómicas y estatales fuera de la capital, lo que eleva la cifra a 50.500-52.000.

<<Observaciones y limitaciones>>

  • Córdoba Capital: La estimación de 20.000-24.000 empleados se basa en el peso demográfico y administrativo de la ciudad, pero los datos específicos para la capital son limitados, y las cifras se derivan de proyecciones a partir de datos provinciales.
  • Provincia de Córdoba: La cifra de 50.500-52.000 es más sólida, respaldada por fuentes locales de 2024 y tendencias nacionales. Sin embargo, los datos exactos para 2025 no están disponibles, y el crecimiento proyectado asume una continuidad de las tendencias recientes.
  • No tenemos acceso a los datos de las afiliaciones y altas públicas en Córdoba y Provincia, que con seguridad nos daría una cifra exacta de su número.
  • La falta de desgloses específicos para 2025 requiere el uso de estimaciones.

<<Conclusión>>

  • Córdoba Capital: Entre 20.000 y 24.000 empleados públicos en 2025, incluyendo funcionarios de carrera, personal laboral, interinos y cargos políticos, con la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Córdoba como principales empleadores.
  • Provincia de Córdoba: Entre 50.500 y 52.000 empleados públicos en 2025, con una distribución similar por tipo de empleado y administración.

N.B. Aquí tenemos un problema lleno de misterio entorno al número de empleados públicos en Córdoba y Provincia, de manera, que solo podemos hacer estimaciones ante la carencia de datos oficiales, pero con una advertencia, si cometemos algún error siempre será porque calculamos de menos nunca de más.

La opacidad en los datos sobre el empleo público en Córdoba sigue siendo un misterio. Aunque estimamos entre 20.000 y 24.000 empleados públicos en la Capital y 50.500 a 52.000 en la Provincia para 2025, la ausencia de información oficial detallada dificulta conocer con precisión el impacto real de estas cifras en la administración y la economía local.

Córdoba, 6 de julio de 2025.

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Desigualdad como ley – Políticos y ciudadanos de a pie (Mundos paralelos)

La ley es igual para todos, eso es lo que dice nuestro Estado Social y Democrático de Derecho consagrado en la Constitución Española de 1978, aunque ahora en España se han creado mundos paralelos donde de la ley de aplica de forma diferente según en cual de esos mundos estés.

Por un lado está el “universo político” donde la ley se aplica de forma diferente, que en ese otro universo donde habita el ciudadano español de a pie.

*En el mundo político la ley se aplica siempre en favor de sus integrantes con aforamientos, privilegios y demás gabelas dirigidas a la protección del político de turno, de forma, que vale todo si favorece al provilegiado de turno.

No hay más que ver como se aplica la ley en muchas – demasiadas Administraciones Públicas de todos los niveles y el en trato que reciben esos políticos en la esfera judicial, de manera, que la conclusión es casi siempre la misma, desigualdad respecto a los españoles de a pie, empezando por los aforamientos y teminando por el trato de favor que reciben los políticos, que están a la vista de todos los españoles, que quieran mirarlo.

Exponer casos es una tonteria, ya que, los ejemplos se multiplican en toda la piel de toro, además, sin excusa ni explicación alguna, lo que dice muy poco del respeto a la ley, del valor justicia constitucional y del poder que la Constitución dice que procede del Pueblo.

*Por otro lado, en el mundo del español de a pie la ley se aplica siempre con rigor y sin excusas que valgan, siguiendo el aforismo de “primero a pagar y despues ya veremos” y así todo, es decir, el ciudadano va al mundo de la indefensión, en contrando, a mayor inri, un muro de guerra (ríense de las vallas de Ceuta y Melilla) que le impide defenderse con las mismas armas y en igualdad de condiciones, encontrándose, además, siempre en frente una legión de funcionarios o empleados públicos, que pagamos todos, que parece que solo tienen un objetivo, concretamente, hundir al ciudadano que disiente hasta someterlo con una aplicación y/o inaplicación de la ley siempre en favor del poder publico y/o político correspondiente.

Si alguien no cree lo que digo, que mire a su alrededor y, sin duda, no quedará desfraudado.

Visto lo visto y como la masa de los iceberg lo que no se ve, si el español de a pie no despierta de su somnolencia, la situación de injusticia pública instaurada acabará con nuestros derechos y libertades, de manera, que solo cabe ya una una sublevación pacífica de los españoles para restaurar el valor justicia y devolver al Pueblo su verdadero poder, y, en ese camino largo y doloroso, solo asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” pueden ser el instrumento de defensa de la libertad, de la igualdad  y de la justicia para todos.

N.B.  La desigualdad como ley entre políticos y ciudadanos de a pie es una relidad abrumadora, de forma, que existen mundos paralelos donde la ley es diferente y se aplica de forma desigual por los poderes públicos.

Citar casos o poner ejemplos es innecesario, pues está a la vista de todos los españoles.

Cambiar ya es una necesidad de supervivencia y de autodefensa.

Córdoba, a 2 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

Diputación Provincial de Córdoba – Expedientes Administrativos II (armengoleando y en dirección contraria)

La Presidenta del Congreso, Sñrª. Armengol, aplica su ideario con rigor espartano, “al adversario ni agua”, así que eso es lo que hay, de manera, además, que si alguien lo duda, que se lo pregunten al Rey.

Frente a una postura política coherente, se esté o no de acuerdo, el Presidente de la Diputación de Córdoba voluntariamente se echa en manos de sus adversarios, de forma, que no solo aplica políticas socialistas, sino que, además, asimila los favores de las personas/funcionarios que le dicen sin rubor lo que tiene que hacer.

El refrán gongorino “ande yo caliente, ríase la gente” lo aplica a rajatabla el Presidente de la Diputación de Córdoba del P. P., sin importarle el daño que hace a sus votantes armengoleando en dirección contraria, porque solo tiene una finalidad sentirse cómodo a costa de lo que sea. En otras palabras, aplica la doctrina de la Presidenta del Congreso y su letrado mayor pero en dirección contraria, remando en contra de los que han votado al Partido Popular, recibiendo muchos aplausos de sus adversarios político unidos como una piña en torno a la amnistía.

Tengo un Decreto del Presidente Sr. Fuentes Lopera contra mí, que es un ejemplo vivo de lo que digo, de manera, que como creo que el Presidente de la Diputación no es un necio, la única consecuencia de lo expuesto, es que el Presidente del P. P. se ha echado en manos de sus adversarios políticos y a los que votamos al Partido Popular que nos vayamos a armengolandia.

Decía ayer y lo repito, he comprobado, además, personalmente, que el Presidente de la Diputación de Córdoba dicta Decretos sin Expediente Administrativo legal, es decir, cuando he recurrido en reposición uno de sus Decretos, he comprobado que el Expediente no está completo legalmente y lo que me muestra son unos folios incompletos, lo que de ninguna forma justifica su Decreto con todos los daños que ello puede ocasionar, no solo a mí, sino a cualquier ciudadano recurrente.

¿En la práctica diaria del Presidente del P. P.?

Desgraciadamente, ya he demostrado por activa y por pasiva con mis artículos, que eso es lo que hay.

El Presidente de la Diputación del P. P., Sr. Fuentes Lopera, debe ser dimitido por los que le nombraron.

N.B. El Presidente de la Diputación Provincial de Córdoba no necesita a la Presidenta del Congreso Sñrª. Armengol y a su letrado mayor, pues se basta a sí mismo para destruir las políticas del Partido Popular.

Dicho de otra forma, “lawfare” contra las políticas del P. P. y sus votantes.

Los dirigentes del P.P. de Córdoba ya saben lo que hay, así que, obren en consecuencia y dimitan al Presidente de la Diputación.

Córdoba, a 30 de noviembre de 2023

Fdo. Enrique García Montoya.

(Concejal y Diputado Provincial en la legislatura local 1983-1987 de Alianza Popular y Portavoz del Grupo Provincial de A. P.)

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S. -en excedencia-.

Jueces – Funcionarios – Abogados – Huelga (el mismo cajón)

La huelga es un derecho de todos los que forman el mundo de la justicia, jueces, lajs, funcionarios y abogados, aunque, aquí hay que poner sobre la mesa las distintas varas de medir que existen en el mundo proceloso de la justicia.

Aquí no se pueden hacer apartados y marcar diferencias, de forma, *QUE TODOS EN EL MISMO CAJÓN*.

Digo lo anterior porque leo en el Diario El Dia de Córdoba (ALEJANDRO BALSERA. 26 Abril, 2023 – 13:36h) unas declaraciones del Decano del Colegio de Abogados de Córdoba, que no comparto y que, en parte, reproduzco entrecomilladas, así:

* “Pedimos que a la abogacía se le respete como se merece y se le tenga en cuenta. Por eso reclamamos que los huelguistas tengan cierta consideración y al menos avisen con tiempo de que se suspende un juicio”, ha reivindicado Arias.

*”El sistema no funciona. A todos los funcionarios se les llena la boca hablando de la ciudadanía, pero les trae al pairo suspender juicios de los que dependen la vida de muchas personas”, ha criticado con dureza el decano.

* “La solución pasa por “sentarse a dialogar”.

Desde el Colegio de Abogados de Córdoba han exigido tanto a los huelguistas como al Ministerio de Justicia “sentarse a dialogar” con el fin de “llegar a acuerdos que no dejen pan para hoy y hambre para mañana”.”.

* “Los funcionarios son privilegiados porque tienen sus salarios asegurados y, con la que está cayendo en España, pasan por situaciones más boyantes que en otros sectores”, ha comentado con crítica”.

*”Si lo hacen los jueces, se me caen los esquemas que me quedan porque son un poder del Estado; no se pueden poner de huelga por una reclamación salarial”, ha recriminado el decano.

* “Desde el Colegio apoyamos que se visualice en toda España a la abogacía, no van con nosotros las reclamaciones que se están haciendo en los últimos meses”, ha protestado el decano de la institución”.

“En 1996 hubo una huelga de la abogacía de Córdoba y se les dijo por el Tribunal Supremo que por reclamaciones salariales no se podían alterar los derecho fundamentales. Se ganó en Córdoba pese a que el Tribunal Supremo negó que se pudiera paralizar la Justicia por atribuciones judiciales, porque eso era una vulneración de la tutela”, ha puesto como ejemplo Arias ante la “injusta” situación actual por la que pasa el sector, afectada por las huelgas de letrados y funcionaros en toda España”.

(El artículo se puede leer entero en el Diario El Día de Córdoba, tal y como se ha señalado).

**Debe quedar claro, también, sin la menor duda, que “la situación de los Abogados actualmente es inasumible y su ruina”, tanto por sus condiciones de trabajo como por las condiciones de sus ingresos.

Solo hay que mirar a las retribuciones que “no perciben los abogados y sus condiciones de trabajo personales y materiales” para comprobar, que el despropósito no es solo que sea una injusticia, sino que es un patrón de conducta generalizado contra ellos.

Es imposible tratarlos peor, no solo ahora, sino desde hace mucho tiempo, aunque es comprensible, solo tienen por función contribuir al cumplimiento del *valor justicia* en nuestro  Estado Social y Democrático de Derecho Constitucional.

Por otro lado, la Constitución consagra en su art. 14 que todos somos iguales en derechos y obligaciones.

En este caso de los Abogados, la injusticia en su trato es un bucle perverso de maltrato continuado, ya que, no solo se le exige que trabajen, sino que encima se le toma por ilusos incapaces de hacer nada en su autodefensa, porque alguien está seguro que no pueden hacer huelga efectiva.

Por lo dicho y tal como vengo diciendo: “todos en el mismo cajón”.

En la actual situación la huelga de los abogados es un derecho elemental de autodefensa, es decir, es una necesidad , si se quiere que los abogados contribuyan con eficacia en el mundo de la justicia.

N.B. Si el Decano del Colegio de Abogados de Córdoba quiere que se aplique la Ley, todos estamos de acuerdo, pero siempre y para todos igual sin discriminaciones y en cualquier sitio.

Es de cajón. 

No se puede predicar y no dar trigo cuando uno tiene el granero.

Córdoba, a 5 de mayo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.