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Inmigración – Formación e integración – (Requisitos imprescindibles de nuestro Estado del bienestar e igualdad real ante la ley)

Me preguntan un grupo de lectores del blog sobre la situación de integración del colectivo marroquí en Córdoba y sobre si existen o se están construyendo guetos de esas personas en la Ciudad de Córdoba y en algunos pueblos de la Provincia.

He desarrollado un análisis profundo, riguroso y completo para abordar uno de los problemas más complejos, espinosos y urgentes de nuestra realidad social y política actual:

“El equilibrio entre la sostenibilidad de nuestro Estado del bienestar, la igualdad ante la ley, las profundas brechas de integración (especialmente en el colectivo de mujeres marroquíes mayores de 45 años) y la necesidad de exigir una condicionalidad real basada en la formación y el esfuerzo cívico”.

He sintetizado y consolidado todo en una versión completa, estructurada, innovadora y lista para mis lectores, concretando los puntos clave, las cifras, el análisis territorial (con especial atención a Andalucía y Córdoba) con una propuesta final sobre la premisa de,

“Primero la formación y la integración, después las ayudas; y, cumplimiento estricto de los deberes constitucionales”.

El debate sobre la inmigración, la cohesión social y la sostenibilidad de los servicios públicos en España -y de manera muy particular en territorios como Andalucía y la provincia de Córdoba- ha dejado de ser una cuestión meramente económica para convertirse en un desafío estructural de primera magnitud.

***Los datos oficiales y la realidad diaria de nuestros barrios ponen de manifiesto una disfunción cada vez más evidente:

“El desequilibrio entre la titularidad de los derechos sociales del Estado del bienestar y la asunción real de los deberes cívicos, contributivos y de integración”.

1.- Pulso de los datos – (El fenómeno sénior y la brecha de género).

Recientes informes de empleo y registros oficiales revelan una tendencia llamativa y preocupante, concretamente, que se han disparado un 188% en cinco años los ciudadanos de origen marroquí mayores de 45 años que nunca han trabajado formalmente en España (inscritos en los servicios públicos de empleo como demandantes sin empleo anterior).

<-La brecha de género: Las mujeres procedentes de Marruecos concentran el 34,5% de todas las féminas extracomunitarias de ese mismo grupo de edad que jamás han cotizado en el sistema español. De hecho, dentro del total de inscritos marroquíes mayores de 45 años sin empleo previo, las mujeres representan una abrumadora mayoría cercana al 84%.

<-¿Qué significa “sin empleo anterior”?. Técnica y administrativamente, el SEPE o el SAE clasifican así a quienes se inscriben sin historial de cotización previa en España, aunque esto no siempre denota inactividad absoluta histórica, pero evidencia una desconexión total con el mercado laboral formal reglado, relegando a muchas de estas mujeres al ámbito doméstico no remunerado o a la economía sumergida.

<-El factor de la reagrupación familiar: Una parte sustancial de este colectivo accede a la residencia legal en edades maduras a través de la reagrupación familiar, de forma, que al llegar en una etapa avanzada de la vida, se enfrentan a barreras severas:

“Desconocimiento del idioma, brecha digital, escasa cualificación homologable y roles culturales tradicionales muy arraigados que limitan su salida al espacio público y laboral”.

2.- La realidad en Andalucía y Córdoba – (Convivencia o guetos paralelos).

Si ampliamos el foco a Andalucía y, más concretamente, a la provincia de Córdoba y su capital, la teoría de los informes oficiales choca de bruces con la realidad perceptible en las calles de barrios como el Distrito Sur, Las Palmeras o en municipios de fuerte raigambre agrícola (como Lucena, Puente Genil o Palma del Río).

Mientras que los varones de este grupo sénior logran una inserción estacional más rápida en el sector primario (campañas agrícolas y peonadas del olivar), las mujeres mayores de 45 años permanecen en una profunda invisibilidad social.

***Frente a los análisis amables que niegan la existencia de fracturas territoriales, la observación directa del día a día en los barrios muestra dinámicas preocupantes:

1.- Guetos residenciales y vida endogámica: La segmentación por nivel de rentas genera concentraciones de población en calles y bloques específicos.

Cuando la barrera cultural y lingüística se prolonga, el grupo se repliega sobre sí mismo:

“Comercio endogámico, ocio en espacios propios y una desconexión casi absoluta con el vecindario autóctono”.

2.- El fantasma de la fractura europea: Muchos ciudadanos observan con inquietud que estamos replicando los errores de modelos fallidos en países de nuestro entorno (como las banlieues francesas). La duda razonable de gran parte de la sociedad es si nos estamos acercando a un punto de no retorno en la pérdida de cohesión social, con el referente cercano de las tensiones estructurales que ya se vivencian en ciudades autónomas como Ceuta.

3.- El gran dilema – (Derechos adquiridos frente a deberes contributivos).

El malestar social no surge de la llegada de población extranjera en sí, sino de la asimetría en la reciprocidad del Estado del bienestar.

Nuestro sistema de protección social se sustenta en un pacto intergeneracional e interritorial:

“Quienes pueden trabajan, cotizan y pagan impuestos para sostener los servicios públicos (sanidad, educación, pensiones y rentas mínimas) bajo el principio de que todos contribuyen en la medida de sus posibilidades”.

**Sin embargo, se percibe una quiebra de este principio cuando:

*Se accede a subvenciones, rentas mínimas de inserción o ayudas sociales municipales autonómicas utilizando la mera inscripción administrativa en las oficinas de empleo como un trámite formal, sin que vaya acompañado de una búsqueda activa real o de una contraprestación tributaria previa.

*Se asimilan con rapidez los derechos y prestaciones del Estado del bienestar, pero se descuidan o ignoran los deberes cívicos básicos:

“Aprendizaje de la lengua oficial, respeto estricto a la igualdad de género que consagra nuestra Constitución, y participación activa en los valores de la convivencia común”.

4.- Una propuesta de futuro – (Primero la formación y la integración, después las ayudas).

Ante un escenario donde la simple dureza normativa sin soluciones prácticas es estéril, y la permisividad conduce al aislamiento, la respuesta debe basarse en un principio de condicionalidad estricta y exigencia ciudadana.

<-Para proteger nuestro Estado del Bienestar y garantizar una igualdad real ante la ley, el modelo debe articularse sobre tres ejes inquebrantables:

1.- Itinerarios obligatorios de capacitación: Ninguna ayuda o subsidio no contributivo debe otorgarse como punto de partida automático. El acceso a la asistencia pública debe estar supeditado a la matriculación y aprovechamiento de itinerarios formativos vinculados: aprendizaje obligatorio del castellano, conocimiento del marco constitucional y los derechos de igualdad, y cursos de recualificación profesional.

2.- Corresponsabilidad y trabajos de utilidad social: Quien resida legalmente en nuestro país tiene la obligación de demostrar una voluntad activa de integración y colaboración en el sostenimiento y respeto de la comunidad (por ejemplo, mediante trabajos de beneficio comunitario o participación en programas de inserción).

3.- Sanción, retirada de ayudas y expulsión: La regla debe ser clara y transparente. El que no quiera formarse, rechace activamente los cauces de integración o muestre un rechazo frontal a las normas de convivencia democrática, debe perder el derecho a cualquier tipo de ayuda pública y, en última instancia, afrontar la pérdida de su permiso de residencia y su consiguiente expulsión del territorio nacional.

<<Conclusión>>

La integración no es un acto de caridad ni una opción voluntaria, sino que es una exigencia innegociable de supervivencia para nuestra democracia y nuestro Estado del bienestar. Si queremos preservar una sociedad cohesionada, segura y basada en la igualdad real ante la ley, es urgente pasar de la gestión del parche coyuntural a una política de Estado firme:

“Primero la formación, el respeto a las leyes y la integración real; después, y, como contraprestación al esfuerzo, la solidaridad del sistema”.

N. B. Imagen. Formación e integración – (requisitos imprescindibles de nuestro Estado del bienestar e igualdad real ante la ley).

Córdoba, 14 de octubre de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba. – Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

Exconcejal  Ayuntamiento y Exdiputado provincial de Córdoba.

Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

FRACTURA SOCIAL EN ESPAÑA Y CÓRDOBA VS. (FRACTURA DE ÉLITES)

Algunos de los lectores del blog me preguntan, ¿si es cierto que existe en España una factura social?. Así que intentaremos explicar que fractura es la que se ha establecido en España y por qué.

1.- Consideraciones previas y objeto de análisis.

Se trata de analizar, con el máximo rigor procesal y sustantivo, la posible existencia de una “fractura social real” en España, así, que se efectuaremos un triple desglose de líneas de ataque (formales, de fondo y probatorias) evaluando sus riesgos intrínsecos y ponderando su probabilidad de éxito, a la vez, que formulamos una tesis  rompedora e innovadora.

***Tesis central:

“*Los ataques desde el Gobierno al Rey Felipe VI y a la Corona, *el incumplimiento del deber de lealtad constitucional por parte del Ejecutivo de Pedro Sánchez y *la superación de los límites formales mediante “caminos inconstitucionales” están produciendo una fractura social real e irreversible que la Constitución de 1978 logró evitar”.

2.- Estrategia – (Líneas de ataque, evaluación de riesgos y prevalencia).

***Se contrapone *la polarización política con *la articulación democrática, y, se formulan las líneas de ataque en un escenario de impugnación formal o recurso de inconstitucionalidad/amparo institucional.

A.- Categorización de líneas de ataque.

1.- Flanco formal – (ataque procesal y procedimental).

<-Sub-línea F1 – (Falta de legitimación / Indeterminación del acto impugnable): Atacar que la “fractura social” o el “discurso político” no constituyen actos jurídicos manifestados mediante disposiciones, resoluciones o actos definitivos susceptibles de recurso directo de inconstitucionalidad (Art. 27 LOTC).

<-Sub-línea F2 – (Invasión de la reserva de reforma constitucional Art. 168 CE vía mutación constitucional de hecho): Impugnar formalmente el uso reiterado del Real Decreto-Ley y Proposiciones de Ley parlamentarias para eludir los informes preceptivos del Consejo de Estado y del CGPJ en leyes de calado estructural (ej. Amnistía).

2.- Flanco de fondo – (ataque sustantivo y dogmático).

<-Sub-línea S1 – (Vulneración del principio de lealtad institucional y neutralidad del Rey – Art. 56 CE): Sostener que la omisión de defensa del Monarca o el cuestionamiento de la Corona por Ministros del Gobierno vulnera el núcleo dogmático de la Monarquía Parlamentaria y la irresponsabilidad política del Rey.

<-Sub-línea S2 – (Inexistencia de democracia militante y exclusividad del filtro del TC): Argumentar que, bajo la jurisprudencia constitucional firme (STC 42/2014, STC 31/2010), el sistema español permite la crítica radical a cualquier institución si no hay quebrantamiento expreso del ordenamiento normativo sancionado por el TC.

3.- Flanco probatorio – (ataque fáctico).

<-Sub-línea P1 – (Ausencia de indicadores objetivos de quiebra de la paz social): Exhibir datos macroeconómicos, índices de criminalidad, cohesión laboral e integración para demostrar la inexistencia de un colapso del tejido civil.

<-Sub-línea P2 – (Inconsistencia probatoria del sesgo identitario y afección a Córdoba): Demostrar mediante encuestas socio-políticas que la tensión discursiva no se traduce en ruptura de la convivencia vecinal o gremial a nivel local.

B.- Evaluación de riesgos y ordenación de mayor a menor probabilidad de éxito.

*Orden – *Línea de ataque.

1º. Inadmisibilidad por falta de acto objeto de control (F1).

2º. Inexistencia de cláusula de intangibilidad / No democracia militante (S2).

3º. Insuficiencia probatoria de ruptura de paz civil (P1)

4ª. Fraude de ley procedimental / Elusión del art. 168 CE (F2).

5º. Quiebra del principio sustantivo de lealtad a la Corona (S1).

*Tipo.  1º. Formal. 2º. Fondo. 3º. Probatoria. 4º. Formal. 5º. Fondo.

*Viabilidad / éxito. 1º. MUY ALTA (90%). 2º. ALTA (80%). 3º. ALTA (75%). 4º. MEDIA (50%). 5º. BAJA (30%).

*Riesgo procesal / táctico.

1º. Bajo: Imposible fundamentar recurso directo contra meras dinámicas político discursivas o intenciones. 2º. Medio: Doctrina del TC consolidada que ampara debates sobre la forma de Estado si el cauce es parlamentario. 3º. Bajo: Los indicadores de paz social y normalidad operativa institucional contradicen la “ruptura”. 4º. Alto: El TC tiende a validar la libertad de configuración parlamentaria si se respetan las mayorías formales. 5º. Muy Alto: Entra en el terreno de la ‘ética institucional’, difícilmente exigible en sede de estricto ius positivismo.

3.- Tesis original, innovadora y crítica.

(Se fusiona el rigor dogmático, la sociología crítica y la réplica al planteamiento de la tesis)

<-La ilusión de la fractura civil frente al colapso de la ética constitucional.

 El debate sobre la coexistencia en la España contemporánea ha quedado atrapado en una falsa dicotomía: *La complacencia del procedimentalismo vacuo* o *el catastrofismo de la ruptura social.

**Un análisis crítico exige superar la falacia de que existe una lucha cainita en las calles y situar el diagnóstico en su verdadero epicentro:

“La mutación institucional por vaciamiento de la lealtad de las élites”.

Mientras que la sociedad civil opera en un régimen de pragmática normalidad socioeconómica -sostenida por redes de solidaridad familiar y cotorras de interacción cotidiana-, *la clase política dirigente ha inaugurado un modelo de “polarización extractiva”.

*No hay fractura social en el tejido ciudadano, ya que, lo que presenciamos es la ruptura deliberada del pacto no escrito de 1978 por parte del Poder Ejecutivo para garantizar la persistencia del poder formal.

Al desmantelar la función arbitral de la Jefatura del Estado mediante el silencio sistemático o la crítica instrumentalizada de socios de gobierno, no se está permitiendo la “expresión del pluralismo”, sino desgastando la autoritas de la única institución diseñada para amortiguar el choque entre bloques.

La trampa procedimental del presente régimen radica en asumir que todo lo que no esté explícitamente prohibido por una mayoría coyuntural es constitucionalmente legítimo. Esta visión hiperpositivista transforma la Carta Magna en un mero reglamento de juego sustituible, anulando su condición de norma rectora e identidad de concordia.

4.- La fractura social en España con especial consideración de Córdoba.

I. La naturaleza real de la crispación – (Fractura institucional vs. Cohesión social.)

Desde un análisis empírico e institucional se puede aseverar que en España no existe una “fractura social” en términos de secesión civil, segregación comunitaria o violencia política en el espacio público, ya que, lo que experimenta la Nación es una “Fractura de las Élites” – (Crispación de Superestructura).

*La brecha afectiva instrumental:La hostilidad entre bloques no brota espontáneamente de la ciudadanía, sino que es teledirigida desde las plataformas parlamentarias y mediáticas mediante la retórica del “muro”, convirtiendo la discrepancia ideológica en un conflicto moral irreconciliable.

*El vaciamiento de la concordia del 78: La degradación del espíritu constitucional no radica en la presencia de fuerzas independentistas o republicanas en las Cortes -rasgo propio del pluralismo-, sino en *la asunción por parte del Gobierno central de la agenda de impugnación de la Corona como peaje de gobernabilidad*.

II. Córdoba – (Una sociedad amortiguadora).

Quizás, si se analiza el problema de la polarización con la mirada puesta en Córdoba se puede ofrecer  una perspectiva imprescindible para *desmitificar la tesis de la fractura social generalizada y *comprender el verdadero impacto de la crisis de lealtad institucional:

1.- La inmunidad del tejido social y la cultura de concordia: Córdoba, por su poso histórico y estructura sociológica, actúa como un potente amortiguador de la crispación del debate madrileño. Las dinámicas de convivencia en la capital y en la provincia (Vega del Guadalquivir, Subbética, Valle de los Pedroches) muestran una cohesión comunitaria inalterada donde las discrepancias políticas no destruyen la articulación social, familiar ni la asociativa.

2.- Fractura socioeconómica vs. Fractura identitaria: El verdadero reto social en Córdoba no es la división dinástica o constitucional, sino la brecha de desigualdad estructural. La coexistencia de barrios entre los de menor renta de España (como las Zonas necesitadas de transformación social en el Distrito Sur o Las Palmeras) con áreas de alto desarrollo, representa una fractura de oportunidades real que el debate político de bloques invisibiliza.

3.- El ámbito laboral: En el fuero del Derecho del Trabajo y las relaciones laborales cordobesas, la concertación entre patronal y sindicatos ha demostrado una madurez superior a la del ámbito político nacional, porque  *no existe un conflicto de clase asimétrico o polarizado*, *sino una constante búsqueda de acuerdos que garantiza la paz social laboral a pesar de las presiones normativas del Ejecutivo*.

4.- Impacto municipal y lealtad institucional: A nivel municipal y capitular, la política cordobesa mantiene canales de diálogo y respeto institucional entre el Gobierno local y la oposición que contrastan frontalmente con la dialéctica de “muros” del Congreso de los Diputados. La figura del servidor público e inspector en la provincia atestigua que la Administración intenta  funcionar siempre con objetividad (art. 103 CE) al margen de las tormentas retóricas.

III. Conclusiones y propuesta.

1.-  Ilegalidad sustantiva de la tesis de ruptura en Sede Judicial: Cualquier intento procesal de declarar la inconstitucionalidad global de la actuación del Ejecutivo por “fractura social” colapsará por motivos formales (F1) y de ortodoxia garantista (S2).

2.- Ruptura de la ética constitucional: Es un hecho más que razonable y probado, que la denuncia de que *el Ejecutivo está forzando los límites formales*, sustituyendo la “ética del consenso” por un “utilitarismo procedimental” que carcome la Monarquía Parlamentaria, es una certeza.

3.- Análisis de  Córdoba: Córdoba es la prueba fehaciente de que la España real se niega a fracturarse bajo las pautas de la España oficial.

La solución a la crispación pasa por restituir el principio de lealtad constitucional en la cúspide del Estado sin descuidar las verdaderas brechas socioeconómicas del territorio.

N.B. Imagen. Fractura social en España y Córdoba – vs. -(Fractura de élites) – Análisis crítico.

Córdoba, a 30 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

 Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba

II. Ceuta – fractura de Schengen – (Encrucijada de la Europa Fronteriza)

(Nota. Dentro del Espacio Schengen libre circulación y protección total de sus fronteras exteriores. Un cordón de seguridad infranqueable.)

La invasión de Ceuta a demostrado que existe una desconexión crítica entre la teoría del Derecho Comunitario y la realidad operativa en la frontera sur, ya que, frente a la premisa de que Schengen es un espacio homogéneo de libre circulación, la gestión de la presión migratoria en Ceuta evidencia una arquitectura legal hiperregulada, que, en la práctica, se enfrenta a presiones demográficas y dinámicas de hecho que tensionan los cimientos de la Unión Europea.

1.- La ficción del tránsito automático – (Ceuta no debe ser la puerta abierta de Schengen).

Desde el punto de vista puramente dogmático y administrativo, ningún migrante en situación irregular pasa de forma automática o reglada desde Ceuta al resto de los Estados miembros del Espacio Schengen.

***Ceuta y Melilla gozan de un régimen de exención específico dentro del Protocolo de Adhesión de España al Acuerdo de Schengen:

<-Control fronterizo reforzado: En principio no existe libertad de movimiento automática hacia la Península. El puerto y el aeropuerto de Ceuta funcionan como una frontera de seguridad donde la Policía Nacional realiza controles documentales sistemáticos.

(Nota. Eso es la teoría, pero la verdad es que es un  coladero hacia el espacio Schengen a través de la Península).

<-Canales exclusivos de traslado: Para que un ciudadano nacional de un tercer país pueda salir de la ciudad autónoma hacia la Península, debe concurrir oficialmente en uno de estos tres supuestos:

1.-Protección internacional: Solicitantes de asilo cuya petición ha sido admitida a trámite (avalados por la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo español sobre libre circulación nacional).

2-Derivaciones humanitarias: Programas institucionales puntuales del Ejecutivo hacia redes de acogida peninsulares.

3.-Retornos y devoluciones: Ejecución de expedientes de expulsión o devolución en frontera (principalmente hacia Marruecos o países de origen).

2.- El fenómeno real – (Movimientos secundarios y el efecto dominó en la UE).

El verdadero nudo gordiano que preocupa a las capitales del Norte y Centro de Europa (París, Berlín, Bruselas) no es el estatus administrativo en la ciudad autónoma, sino el movimiento secundario informal.

[Entrada Irregular / Presión en Frontera] ──> [Filtro y Contención en Ceuta]

                                                         │

                                           ┌─────────────┴─────────────┐

                                           ▼                           ▼

                             [Derivación / Vía Legal]     [Permanencia Irregular / Vía Informal]

                                           │                           │

                                           └─────────────┬─────────────┘

                                                         ▼

                                          [Llegada a España Peninsular]

                                                         │

                                                         ▼

                                       [Movimientos Secundarios Informales]

                                     (Francia, Alemania, Bélgica, Países Bajos)

Una vez que un flujo indeterminado consigue acceder a la Península -ya sea tras agotar plazos administrativos, por derivación asistencial o por vías no detectadas-, la ausencia de fronteras interiores efectivas facilita el desplazamiento informal hacia países con *redes de apoyo familiares o *mayor capacidad económica.

3.- Fractura de la confianza mutua – (Dos doctrinas frente a frente).

La tensión política ha alcanzado su punto de ebullición. La reacción de más de una veintena de Jefes de Estado y de Gobierno exigiendo una revisión drástica de la política fronteriza a la Comisión Europea demuestra, que el modelo de tolerancia o gestión paliativa está agotado.

(Nota. España ha realizado una regularización masiva de inmigrantes ilegales, que ha llevado a 22 Países a presentar una Carta de protesta a la Presidenta de la Comisión de la U. E., y, se ha producido el asalto masivo  Ceuta, porque se ha producido un efecto llamada,)

***Actualmente conviven dos modelos irreconciliables dentro del bloque comunitario:

CriterioEl Bloque de la Firmeza (Norte, Centro y Este)Modelo de Absorción y Flexibilidad (Sectores del Sur)
PrioridadBlindaje exterior, contención y retornos sistemáticos.Atención humanitaria, cobertura laboral y reparto.
IncentivosRechazo frontal a las regularizaciones extraordinarias.Uso de la regularización para aflorar economía sumergida.
SchengenSuspensión temporal de libre circulación si el perímetro falla.Preservación de la movilidad interna a costa de mayor flexibilidad.
mecanismosExtraterritorialidad (Hubs de retorno fuera de la UE).Integración progresiva en sistemas asistenciales.

4.- Hoja de ruta – (Rediseño estructural del perímetro exterior).

Para evitar el colapso del sistema de libre circulación, la respuesta no puede ser la improvisación ni la retórica. Desde una perspectiva de Seguridad Nacional y Derecho Público, la restauración del equilibrio exige un rediseño operativo en cuatro ejes:

1.1.- Extraterritorialidad de las solicitudes – (Ventanilla única externa):Traspaso de la tramitación de asilo y visados a centros fuera del territorio europeo (Hubs en países de tránsito negociados).

La entrada no autorizada por la fuerza debe implicar la pérdida automática del derecho a solicitar asilo en suelo comunitario.

2.2.- Condicionalidad fuerte en la política exterior:Superpeditar la concesión de visados, ayudas al desarrollo y acuerdos comerciales con terceros países (como Marruecos o países subsaharianos) a su tasa real y comprobada de readmisión de sus nacionales.

3.3.- Control perimetral inteligente y mandato ejecutivo de Frontex:Implementación total de los sistemas EES (Entry/Exit System) y ETIAS, complementados con el despliegue de Frontex con capacidad operativa directa y ejecutiva en los puntos críticos de la frontera sur.

4.4.- Prohibición de regularizaciones unilaterales y cierre del mercado informal:Normativa comunitaria que impida a los Estados miembros realizar regularizaciones masivas sin consenso previo del Consejo, combinada con un régimen sancionador severo sobre la economía sumergida para eliminar el efecto llamada.

<<Conclusión>>

El Estado de bienestar y la libre circulación interior de Schengen son incompatibles con fronteras exteriores permeables. Si Europa no es capaz de garantizar la seguridad e integridad de su perímetro externo mediante la aplicación estricta de la ley y el principio de autoridad, los propios Estados miembros terminarán por desmantelar el espacio Schengen restableciendo sus fronteras nacionales.

La soberanía y el Estado de Derecho no admiten atajos.

N.B. Imagen.Ceuta y fractura de Schengen – (Encrucijada de la Europa Fronteriza).

(Nota. La invasión de Ceuta es solo unos de los efectos de la regularización masiva, ya que, el efecto llamada conlleva cayucos, barcas, lanchas, etc. a todo España sin parar (Canarias, Andalucía, Valencia, Baleares y Cataluña son ejemplos vivos de un avance incontenible de la inmigración ilegal).

Córdoba, 3 de agosto de 2026

Fdo. Enrique García Montoya

ANDALUCÍA – (ASIMETRÍA COMO PROBLEMA ESTRUCTURAL)(Desequilibrios territoriales, déficits estructurales y agenda de reequilibrio)

Hablar de un único “problema principal” en una comunidad autónoma tan extensa, heterogénea y compleja como Andalucía conduce inevitablemente a una simplificación estéril. Sin embargo, del análisis conjunto de sus indicadores económicos y de las demandas sociales emerge con nitidez una cuestión vertebradora: 

-“la persistencia de una asimetría estructural interna”.

Andalucía presenta en la actualidad un dinamismo económico apreciable, con tasas de crecimiento superiores a la media nacional en determinados periodos. No obstante, este avance macroeconómico convive con desequilibrios históricos que limitan la traslación efectiva del progreso a amplias capas de la población. En consecuencia, el verdadero criterio de evaluación de la acción pública no debe centrarse en magnitudes agregadas como el PIB, sino en la capacidad de reducir dichas brechas internas.

I. Retos estructurales prioritarios.

La realidad cotidiana de la ciudadanía andaluza se articula en torno a tres grandes ámbitos de tensión que requieren intervención pública sostenida:

1.- Empleo: entre la cantidad y la calidad.

Pese a la mejora relativa de las cifras de paro, Andalucía mantiene niveles de desempleo estructural significativamente superiores a la media nacional. A ello se añade un patrón productivo fuertemente condicionado por la estacionalidad (turismo y campañas agrícolas), así como por niveles salariales inferiores. El problema, por tanto, no es exclusivamente la creación de empleo, sino su estabilidad, cualificación y capacidad de generar movilidad social.

2.- Vivienda y coste de vida.

El acceso a la vivienda se ha consolidado como el principal factor de preocupación social, especialmente en áreas metropolitanas como Málaga y Sevilla. El desacoplamiento entre la evolución de los precios inmobiliarios y los salarios ha generado una barrera de entrada prácticamente insalvable para amplios sectores, en particular para la población joven, intensificando procesos de desplazamiento residencial y presión sobre la periferia urbana.

3.- Agua, energía y sector primario.

La vulnerabilidad del sistema productivo andaluz frente a la sequía y al cambio climático pone de manifiesto la necesidad de una modernización profunda de las infraestructuras hídricas y energéticas. El sector primario, pilar económico y social, requiere no solo inversiones estructurales, sino también instrumentos fiscales que mitiguen la volatilidad productiva. A ello se suma un déficit en infraestructuras energéticas que condiciona el desarrollo industrial y urbanístico.

II. La fractura territorial – (una Andalucía a dos velocidades).

La idea de una Andalucía homogénea carece de base empírica. La comunidad se configura, en realidad, como un espacio profundamente dual, donde coexisten dinámicas divergentes:

1,. Litoral dinámico frente a interior rezagado.

El eje litoral y metropolitano (especialmente Málaga-Sevilla, con nodos en Cádiz, Huelva y Almería) concentra inversión, innovación y actividad económica. En contraste, amplias zonas del interior -Jaén, Córdoba o el interior granadino- presentan una dependencia excesiva del sector primario y una insuficiente diversificación productiva, lo que favorece la fuga de talento.

2.- Desequilibrio demográfico.

Aunque Andalucía no experimenta un declive poblacional global, sí existe una distribución profundamente desigual. Las áreas costeras y urbanas sufren sobrecarga demográfica, mientras que los municipios del interior entran en dinámicas de despoblación progresiva. La pérdida de servicios esenciales (sanidad, educación, banca, etc.) actúa como factor acelerador de este proceso.

3. Brecha de renta y desigualdad urbana.

Las desigualdades territoriales se reproducen a escala intraurbana. Andalucía alberga algunos de los barrios con menor renta per cápita del país, evidenciando una fractura social persistente entre áreas dinámicas y periferias vulnerables, donde el desempleo estructural y el fracaso escolar tienden a cronificarse.

III.- Limitaciones del enfoque político actual.

La persistencia de estos desequilibrios no puede entenderse sin atender a los incentivos del propio sistema institucional:

<-La concentración del peso electoral en áreas urbanas y litorales favorece decisiones de inversión con retorno político inmediato.

<-Existe una tendencia a reforzar territorios ya dinámicos frente a intervenir en zonas estructuralmente rezagadas, donde los resultados son más inciertos y a largo plazo.

<-La planificación estratégica adolece, con frecuencia, de falta de ejecución efectiva:

“Diagnósticos rigurosos sin dotación presupuestaria suficiente, sin calendarios vinculantes y sin mecanismos de evaluación”.

IV.- Hacia una agenda de reequilibrio territorial.

Superar la asimetría andaluza exige una estrategia sostenida, coherente y evaluable, articulada, al menos, en torno a cuatro ejes:

1.- Diversificación económica del interior.

Implantar incentivos fiscales diferenciados y estables que favorezcan la implantación empresarial en zonas con declive demográfico, acompañados de la creación de suelo industrial y de infraestructuras adecuadas.

2.- Descentralización institucional.

Redistribuir organismos públicos, centros de decisión y estructuras administrativas fuera de los principales núcleos urbanos, favoreciendo la fijación de población cualificada en el territorio.

3.- Red de transporte integrada.

Priorizar un modelo de conectividad interna que permita la movilidad funcional sin necesidad de desplazamientos definitivos, mediante el refuerzo del transporte de media distancia y cercanías.

4.- Garantía de servicios públicos y políticas de vivienda.

Asegurar la igualdad efectiva en el acceso a sanidad y educación con independencia del lugar de residencia, junto con políticas de vivienda que incluyan promoción pública, mecanismos de acceso y regulación del impacto de usos turísticos.

<<Conclusión>>

La cohesión territorial no constituye un objetivo accesorio, sino un requisito esencial para la efectividad del principio de igualdad. Mientras la acción pública continúe guiándose por indicadores agregados y resultados inmediatos, los desequilibrios internos tenderán a perpetuarse.

El verdadero reto para Andalucía no es únicamente crecer, sino crecer de manera equilibrada. Ello exige una transición desde políticas reactivas o asistenciales hacia una estrategia estructural orientada a la equidad territorial y la sostenibilidad a largo plazo.

N.B. Imagen. Asimetría.

Córdoba, 15 de junio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba.

Inspector de Trabajo y S.S.

Un techo de lona – (Parques-dormitorio en Córdoba)

Lo que comenzó como una anomalía en los márgenes de las grandes capitales se ha consolidado en este mayo de 2026 como la imagen más cruda de una fractura social sin precedentes. La proliferación de tiendas de campaña en nuestros espacios verdes no es un problema de estética ni de orden público: “Es el síntoma de un sistema habitacional colapsado”.

1.- Un paisaje de la nueva precariedad.

La estampa de hileras de tiendas en el centro de Madrid, Barcelona o Palma ya no es noticia, sino que se ha convertido en una costumbre, aunque, quizás, lo más desgraciado es que el perfil del <-sinhogarismo ha mutado->.

Ya no hablamos únicamente de exclusión severa, sino que estamos ante una <-expulsión sistémica-> de ciudadanos que, hasta hace poco, eran el motor de la ciudad: “Trabajadores con contrato, jóvenes y familias monoparentales que han sido expulsados del mercado de alquiler formal”.

<<Una explicación>>

***Los motores del problema:

*Desajuste renta-salario, ya que, es una estimación cierta, que sobre un 45% de la población destina más de la mitad de su sueldo solo a pagar el alquiler.

*Red pública en mínimos, ya que, España solo tiene un 2-3% de vivienda social, frente al 15% de nuestros vecinos europeos.

*Financiarización, porque la vivienda ha dejado de ser un hogar para convertirse en un activo financiero de fondos de inversión.

<<El caso de Córdoba  – (Desplazamiento invisible)>>

En nuestra ciudad, la crisis de 2026 adopta una forma distinta pero igualmente dolorosa, ya que, aquí, la emergencia no siempre acampa bajo los focos del centro histórico, sino que se esconde en los márgenes del río y en la periferia, en un ejercicio de supervivencia silenciosa.

<<El mercado cordobés en cifras críticas>>

*Precios récord: El alquiler ha subido un 7,9% interanual, superando los 9€/m².

*Presión turística: El Distrito Centro y el Campo de la Verdad se han vaciado de vecinos para llenarse de maletas.

*Zonas tensionadas: Barrios como Ciudad Jardín, El Zoco o Poniente sufren subidas de hasta el 20%.

<<La Geografía de la emergencia en Córdoba>>

La necesidad se ha desplazado hacia los puntos de menor vigilancia, pero mayor riesgo:

1.- La Ribera crítica: Los asentamientos en el Camino de Carbonell y el Camino de la Barca son hoy puntos críticos de riesgo por inundabilidad. Decenas de personas viven allí en tiendas y estructuras precarias.

2.- Pernocta urbana: El Parque de Miraflores, la Asomadilla y el Parque de “Las Setas” sirven de refugio nocturno para familias desplazadas que buscan la seguridad de la sombra.

3.- Polígonos como “barrios dormitorio”: En Chinales y La Torrecilla, la vivienda se ha trasladado al asfalto. Furgonetas y autocaravanas se alinean en las calles, habitadas por trabajadores cuyos salarios son devorados por la inflación.

<<Conclusión – (Derecho o lujo)>>

La respuesta institucional, como el plan de VIMCORSA para construir 948 viviendas, es una carrera de fondo contra un incendio que requiere soluciones inmediatas.

La aparición de una tienda de campaña en un parque es el último grito de auxilio de un ciudadano al que se le ha negado el derecho a la ciudad.

N.B.  Imagen. Tiendas de campaña, coches, caravanas y chabolas.

Mientras la vivienda siga siendo tratada como un activo de inversión y no como la base de la dignidad humana, los parques de Córdoba y de toda España seguirán siendo el último y precario refugio de una sociedad que trabaja, pero no tiene dónde dormir.

Córdoba, a 5 de mayo de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.