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NEPOTISMO Y CORRUPCIÓN SISTÉMICA – DOCTRINA PENAL – (De la alta política al ámbito municipal)

Análisis doctrinal a la luz de la Causa Especial 20775/2020 y la realidad de la contratación arbitraria local.

I.- Introducción y marco de referencia.

La reciente Sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, dictada el 22 de junio de 2026 en la Causa Especial 20775/2020, constituye un pronunciamiento de notable relevancia en la delimitación dogmática de los delitos contra la Administración Pública y en la concreción de sus fronteras respecto de las prácticas de corrupción vinculadas al ejercicio del poder político. Más allá de su dimensión mediática, su interés estrictamente jurídico reside en la precisión con la que perfila los elementos típicos del tráfico de influencias, la malversación de caudales públicos y la prevaricación administrativa, configurándose como un referente interpretativo frente a conductas de nepotismo, clientelismo y desviación de poder.

El propósito de este estudio es proyectar dicha doctrina sobre la realidad de la Administración Local, donde las prácticas de contratación arbitraria de personal, designaciones de confianza desnaturalizadas o nombramientos carentes de causa objetiva presentan un evidente paralelismo material con los supuestos enjuiciados en el ámbito de la alta política estatal, si bien con singularidades estructurales que exigen un examen específico desde la perspectiva penal, administrativa y de régimen local.

II.- Tráfico de influencias y clientelismo en el ámbito municipal.

La resolución del Tribunal Supremo ofrece una lectura especialmente severa de las conductas consistentes en designar o favorecer a determinadas personas en el sector público por razones personales, sentimentales, familiares o de afinidad política. En este contexto, el Alto Tribunal subraya que las prácticas de enchufismo en la contratación pública, cuando vienen determinadas por la presión ejercida desde una posición de prevalimiento, pueden integrar el delito de tráfico de influencias del artículo 428 del Código Penal.

Trasladada esta doctrina al ámbito local, la estructura organizativa de los ayuntamientos, marcada por la concentración funcional de poder en la Alcaldía y, en su caso, en la Junta de Gobierno Local, favorece la aparición de conductas de esta naturaleza. El tipo penal exige que la autoridad o funcionario público influya en otro funcionario o autoridad, prevaliéndose de su cargo, jerarquía o ascendencia política, con la finalidad de obtener una resolución que pueda reportar un beneficio económico para sí o para un tercero.

En el escenario municipal, dicha conducta se manifiesta cuando el alcalde, un concejal delegado o cualquier otro cargo con capacidad de decisión instrumentaliza su posición para ejercer presión, directa o indirecta, sobre:

<-secretarios, interventores o técnicos de recursos humanos;

<-miembros de tribunales de selección o comisiones de valoración;

<-gerentes o directivos de sociedades mercantiles municipales o entidades instrumentales.

La finalidad suele ser la alteración de la objetividad que debe presidir los procesos de selección o contratación, favoreciendo a familiares, allegados, afines políticos o personas vinculadas por relaciones de dependencia personal.

Desde esta perspectiva, el bien jurídico lesionado no es solo la legalidad formal del procedimiento, sino la rectitud, imparcialidad y objetividad de la función pública.

III.- Malversación de caudales públicos en contrataciones sin prestación real.

Uno de los aspectos de mayor relieve dogmático en la sentencia es el tratamiento de los supuestos en los que la contratación de una persona se concibe desde su origen sin intención real de prestación de servicios, de modo que la percepción de retribuciones públicas responde a una disposición patrimonial carente de causa funcional legítima. En tales casos, la conducta no puede ser reconducida a un mero incumplimiento laboral o a una irregularidad administrativa, sino que puede constituir un auténtico delito de malversación de caudales públicos, en concurso con el tráfico de influencias cuando concurran los presupuestos típicos de este último.

**Aplicación al ámbito local.

Esta modalidad de corrupción es perfectamente trasladable al ámbito municipal, donde suele presentarse en dos formas principales:

*Personal eventual o de confianza sin funciones efectivas. Nombramientos de personal eventual que, desnaturalizando la función legal de asesoramiento o confianza, perciben retribución pública sin asumir actividad real o desempeñando tareas ajenas al interés público local, de naturaleza estrictamente partidista.

*Contrataciones espurias en entidades instrumentales municipales. Utilización de sociedades mercantiles de capital público como mecanismos de colocación de personas afines, exentas de controles materiales efectivos y, en ocasiones, sin contraprestación laboral real.

La clave dogmática reside en el plan comisivo: “Cuando la contratación se diseña ab initio con la finalidad de excluir toda prestación efectiva, el abono de nóminas con cargo a fondos públicos constituye una distracción patrimonial típica, no un simple irregular funcionamiento del servicio”. El patrimonio de una corporación local merece la misma protección penal que el de cualquier otra administración pública.

IV.- Prevaricación administrativa como tipo central en el nepotismo local.

Conviene realizar aquí una precisión técnico-penal de especial importancia. La Sentencia del Tribunal Supremo, en el análisis de determinados actos de contratación en contexto de emergencia, descarta la prevaricación cuando no concurre el plus de arbitrariedad exigido por el artículo 404 del Código Penal. Sin embargo, en los supuestos de nombramiento o contratación de personal, la respuesta penal dependerá de quién adopte materialmente la resolución y de cómo se articule el circuito decisorio.

En la Administración Local, el encaje de muchas contrataciones ilegales o nombramientos arbitrarios encuentra su acomodo más sólido en el delito de prevaricación administrativa, especialmente cuando el propio cargo político dicta la resolución de forma directa.

**Razones de su idoneidad.

a). La evidencia de la ilegalidad y la dificultad probatoria del tráfico de influencias.
El delito de tráfico de influencias exige acreditar una presión efectiva ejercida desde una posición de prevalimiento, lo que en la práctica resulta probatoriamente complejo. En los entornos municipales, las presiones suelen materializarse en conversaciones informales, indicaciones verbales o dinámicas de subordinación difícilmente documentables. En cambio, la prevaricación se proyecta sobre el acto final: la resolución injusta dictada a sabiendas de su ilegalidad.

b). La autoría directa del cargo político.

A diferencia de otros ámbitos administrativos más complejos, en el municipio el alcalde o el concejal delegado suele ostentar la competencia material para firmar el decreto o resolución de contratación. Cuando ese acto se dicta prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, o vulnerando de manera palmaria los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, concurre el núcleo típico del artículo 404 del Código Penal.

**En este contexto, resultan especialmente relevantes:

<-la ausencia de procedimiento selectivo real;

<-la falta de motivación suficiente;

<-la omisión de informes preceptivos o desfavorables;

<-la contradicción frontal con la legislación de función pública y con la normativa básica de régimen local.

**Concurso de delitos.

Desde la perspectiva de la estrategia acusatoria, en los supuestos más graves no debe descartarse la articulación de un concurso de delitos. La prevaricación administrativa sanciona el dictado de la resolución arbitraria; la malversación, por su parte, castiga el menoscabo patrimonial derivado del pago de retribuciones sin causa legítima cuando existe un verdadero desvío de fondos públicos. Por ello, cuando la contratación irregular no solo es injusta, sino que además produce un perjuicio económico efectivo para las arcas municipales, el concurso entre ambos delitos puede resultar jurídicamente procedente.

V.- El papel del secretario municipal y el accidentalismo.

Un análisis completo de la corrupción sistémica en la contratación local no puede prescindir del papel de los funcionarios encargados del control de legalidad ex ante, singularmente la Secretaría y, en su caso, la Intervención. El punto más vulnerable del sistema aparece cuando el órgano llamado a velar por la juridicidad del acto administrativo participa, activa o pasivamente, en la validación de una resolución claramente ilegal.

*El secretario accidental o interino.

La proliferación de la figura del secretario accidental o interino, muchas veces derivada de la carencia estructural de habilitados nacionales, plantea un problema añadido. La falta de estabilidad en el puesto puede generar situaciones de dependencia funcional o de subordinación fáctica respecto del órgano político, pero ello no elimina por sí mismo la eventual relevancia penal de su conducta.

Desde una perspectiva estrictamente jurídica, el temor a un cese, la precariedad laboral o la presión jerárquica no excluyen automáticamente la antijuridicidad ni la culpabilidad. Si el secretario emite un informe favorable a sabiendas de la manifiesta ilegalidad del acto, y lo hace con la finalidad de proporcionar cobertura técnica a la resolución arbitraria, su intervención puede integrar cooperación necesaria, inducción o, según el caso, complicidad en la prevaricación administrativa.

La firma del secretario otorga apariencia formal de legalidad al acuerdo municipal. Cuando se acredita un concierto previo, expreso o tácito, entre el cargo político y el técnico designado ad hoc para desactivar el control de legalidad, el principio de confianza desaparece y la imputación penal puede extenderse a ambos intervinientes.

VI.- La práctica acusatoria de las fiscalías territoriales.

Pese a la solidez dogmática de estas construcciones, la práctica forense de la instrucción penal muestra con frecuencia una asimetría acusatoria. No es infrecuente que la acusación pública dirija su reproche exclusivamente contra el responsable político, dejando al margen al funcionario o secretario que validó la ilegalidad mediante informe o conformidad técnica.

Esa orientación procesal obedece, por lo general, a razones de estrategia probatoria y de economía procesal. Desde un punto de vista práctico, la fiscalía puede preferir situar al técnico en posición de testigo para obtener de él un relato de la presión ambiental o de la mecánica interna de la decisión, sacrificando su posible responsabilidad penal para reforzar la prueba del dolo político. Asimismo, la investigación de la codelincuencia en este tipo de asuntos exige un análisis documental intenso, que no siempre se acomete con la profundidad necesaria en órganos de instrucción ordinarios.

Sin embargo, esa práctica no altera la realidad jurídico-penal de fondo: Cuando el técnico participa conscientemente en la convalidación de una resolución arbitraria, su conducta no puede quedar automáticamente absorbida por una supuesta posición de vulnerabilidad funcional.

VII.- Conclusiones.

La corrupción municipal vinculada al nepotismo, el clientelismo y la contratación arbitraria no constituye una anomalía menor ni una simple desviación administrativa, sino una manifestación estructural de deslealtad institucional frente a los principios de objetividad, mérito, capacidad y legalidad. La doctrina emanada de la Causa Especial 20775/2020 no puede entenderse como una construcción excepcional reservada a las altas esferas del Estado, sino como una interpretación general del Derecho penal aplicable a toda la Administración Pública.

En el ámbito local, la lucha contra estas prácticas no requiere tanto una expansión normativa como una aplicación rigurosa de los tipos penales ya existentes, junto con una instrucción penal efectiva y una valoración menos indulgente de las conductas de validación técnica de actos manifiestamente ilegales. La erradicación del clientelismo exige, en suma, extender la exigencia de responsabilidad penal a todos los intervinientes que, por acción u omisión relevante, contribuyen a quebrar la legalidad administrativa y a desviar el poder público hacia intereses privados o partidistas.

N.B. Imagen. – Nepotismo y corrupción sistémica – Doctrina Penal – (De la alta Política al Ámbito Municipal.).

Córdoba, 26 de junio de 2026.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

SOSTENIBILIDAD DEMOGRÁFICO LABORAL – Análisis del sistema de pensiones, brecha salarial, desempleo real y perspectivas de inversión en la provincia de Córdoba

1.- El Marco General y la Brecha Territorial.

El análisis de la tasa de dependencia -la relación cuantitativa entre los cotizantes a la Seguridad Social y las pensiones en vigor- constituye uno de los indicadores más fiables para evaluar la salud estructural del modelo de reparto. Mientras que la media nacional maquilla la situación gracias al dinamismo de motores económicos específicos (como Madrid, Barcelona o Baleares), el mapa autonómico y provincial desvela fracturas territoriales de profunda gravedad.

A nivel nacional, España registra una ratio de 2,1 ocupados por cada pensión en vigor(basada en un volumen aproximado de 22,2 millones de afiliados frente a 10,4 millones de prestaciones). No obstante, este promedio esconde realidades radicalmente opuestas:

Escenario de vulnerabilidad sistémica (Noroeste): Regiones como Asturias y Galicia presentan una horquilla sumamente estrecha que ronda los 1,5 ocupados por pensión. En Asturias, la relación se concreta en 430.200 afiliados frente a 303.051 pensiones; en Galicia, se contabilizan 1.178.100 afiliados ante 788.346 pensiones.

Zonas de resiliencia y dinamismo: En el extremo opuesto, comunidades como Madrid o Canarias marcan una ratio de 2,8 ocupados por pensión, sostenidas por un tejido corporativo denso y una pirámide poblacional laboralmente activa.

Diagnóstico demográfico: Esta asimetría territorial configura una verdadera bomba de relojería demográfica y fiscal, donde el equilibrio financiero de las zonas deficitarias depende de forma íntegra de la caja única del Estado y del principio de solidaridad interterritorial.

2.- El Contexto Andaluz – (Una Media Imperfecta).

A escala regional, Andalucía refleja de forma engañosa el promedio nacional. La comunidad cuenta con 3.619.811 afiliadosfrente a 1.733.000 pensiones en vigor, lo que arroja una ratio de 2,08 ocupados por prestación. Sin embargo, esta aparente estabilidad macroeconómica enmascara una fractura interna de carácter estructural:

*El bloque dinámico/turístico:Provincias como Málaga y Sevilla traccionan el crecimiento de la afiliación debido al pujante sector servicios, el ecosistema corporativo y un sólido régimen de autoempleo (Málaga lidera la región con un 19,1% de trabajadores autónomos).

*El bloque interior/agrícola:Provincias como Jaén, Granada y, de manera acusada, Córdoba sufren una doble penalización: un envejecimiento poblacional latente y un mercado laboral fuertemente estacional, de salarios medios moderados, vinculado a campañas agrícolas que deprimen de forma continuada la base de cotización.

3.- Zoom Provincial – (El Caso Crítico de Córdoba).

Al descender al análisis de la provincia de Córdoba, la horquilla se estrecha peligrosamente, situando al territorio en una posición de riesgo técnico. A pesar de haber alcanzado hitos coyunturales en su mercado laboral -con picos estacionales en primavera que rozan el máximo histórico de 317.000 afiliados-, el volumen de pasivos consolidado presiona de forma severa el balance fiscal local:

-La provincia cuenta con más de 183.500 pensiones contributivas en vigor.

Indicador en la Provincia de Córdoba (2026) Valor Absoluto / Métrica

-Afiliados a la Seguridad Social (Picos de campaña) 317.000

-Pensiones Contributivas en Vigor 183.500

-Ratio Cotizante / Pensión 1,72.

-Cuantía de la Pensión Media Mensual 1.106 €

*El diagnóstico de la ratio 1,72 es inequívoco: Córdoba se encuentra formalmente en zona de riesgo.

Cualquier índice inferior al umbral de 2 ocupados por pensión compromete la sostenibilidad autónoma de un modelo de reparto, aproximando la realidad cordobesa a los escenarios críticos de Galicia o Asturias (1,5) y alejándola de la resiliencia fiscal de Madrid (2,8).

4.- Factores de Presión Estructural e Impacto de la Despoblación.

La precarización y el estrechamiento de la base de cotizantes en Córdoba responden a tres dinámicas transversales agravadas por el fenómeno de la despoblación rural (especialmente lesivo en comarcas del norte como Los Pedroches o el Guadiato, y en determinadas zonas del sur agrícola):

A.-Dependencia Agraria, Estacionalidad y el Espejismo Estadístico.

El tejido productivo cordobés mantiene un vínculo estructural con el Sistema Especial Agrario y los servicios básicos. Esto genera una dualidad laboral aguda tras la última reforma de la contratación. Los trabajadores fijos discontinuos en periodos de inactividad no computan como parados registrados en las cifras oficiales del SEPE, sino como “demandantes de empleo con relación laboral”, figurando estadísticamente como ocupados.

**Esta distorsión normativa provoca un desfase sustancial entre el desempleo oficial y el paro real:

Paro registrado oficial: La provincia oscila formalmente entre los 46.500 y los 52.000 parados inscritos.

Fijos discontinuos inactivos (Paro oculto): Se estima un volumen estructural de entre 8.000 y 10.000 trabajadores inactivos (concentrados en campañas agrícolas cortas de 1,5 a 3 meses como el olivar, la vendimia y los cítricos, o en los picos turísticos del “Mayo Cordobés”).

Impacto real:La suma de ambos conceptos eleva la bolsa de desempleo real por encima de las 60.000 personas, lo que sitúa la tasa de paro real entre 2 y 3 puntos porcentuales por encima de las publicaciones oficiales del SEPE.

B. Éxodo Juvenil y el Efecto Deflactor del Desempleo

La falta de un tejido industrial y tecnológico denso provoca el drenaje continuado de talento joven hacia polos de mayor densidad empresarial (Madrid, Barcelona, Sevilla o Málaga). Este éxodo rural y provincial genera una reducción artificial del paro oficial: al contraerse el denominador de la ecuación (la población activa total), las tasas de desempleo registradas pueden simular una mejoría o estabilidad, cuando en realidad el territorio simplemente está perdiendo su capital humano más productivo.

C. La Brecha del Salario Medio y la Red de Seguridad Familiar.

La pensión media en Córdoba (1.106 €) figura entre las más bajas de la comunidad autónoma, reflejando las bajas bases de cotización del pasado. Si bien esto modera el gasto agregado en términos absolutos si se compara con regiones de pensiones industriales de alta cuantía, la baja remuneración de los empleos actuales impide que la recaudación por cotizaciones equilibre la balanza.

Adicionalmente, la precariedad de los salarios activos actuales (ligados frecuentemente al SMI o a jornadas parciales) convierte al pensionista en el auténtico “escudo social” y soporte financiero de las familias del interior, detrayendo recursos que debieran destinarse al consumo e inversión local.

5. Consecuencias Socioeconómicas de la Precariedad Laboral.

Aunque la naturaleza de caja única de la Seguridad Social garantiza el cobro de las prestaciones devengadas por los jubilados cordobeses, el paulatino debilitamiento de la base de cotización desencadena efectos contractivos severos sobre la economía civil del territorio:

Subvencionización estructural:Al consolidarse como una economía deficitaria e incapaz de autofinanciarse, Córdoba asume una posición de extrema vulnerabilidad política y económica ante eventuales reformas del modelo de financiación que pretendan primar la capacidad de recaudación local.

Asfixia de las haciendas locales:El envejecimiento demográfico en las comarcas incrementa de forma exponencial la demanda y el coste de servicios públicos asistenciales (ayuda a domicilio, residencias, centros de día y sanidad de proximidad), mientras los ayuntamientos ven mermados sus ingresos fiscales directos (IRPF y tasas) por la falta de empresas y activos. Ello obliga a sacrificar las partidas destinadas a infraestructuras y desarrollo cultural.

Bucle de exclusión para la inversión de valor:Los sectores de alta productividad (tecnológicos, digitales e industriales avanzados) descartan los territorios con bases laborales envejecidas o precarizadas, optando por ecosistemas con alta densidad de talento cualificado. De no revertirse, Córdoba se expone a quedar relegada de modo exclusivo a la actividad monumental/turística en la capital y a la producción agrícola primaria en la provincia, consolidando un escenario de letargo económico crónico.

6. La Respuesta Institucional: Estrategia de la Junta de Andalucía frente al Escepticismo del Terreno.

Con el objetivo de fracturar este círculo vicioso, la Junta de Andalucía ha diseñado una hoja de ruta orientada al cambio de modelo productivo, enfocada en la transición hacia la logística avanzada y la industria no estacional. Para ello, se ha asignado a la provincia un presupuesto de inversión de 523 millones de euros (678 euros por habitante, la mayor ratio por habitante de la comunidad autónoma).

Estrategia de Choque y Realidad Material:A continuación se contrastan los ejes de

planeamiento sobre el papel frente al estado de ejecución real sobre el terreno a fecha de junio de 2026.

Eje 1: Nodo de Logística Avanzada e Infraestructura Militar.

El Plan (Papel):Centralización de la estrategia en torno a la futura Base Logística del Ejército de Tierra (BLET)en Córdoba, con una aportación autonómica superior a los 100 millones de euros, complementada con el desarrollo de la tercera fase del área logística de El Higuerón. El proyecto persigue la atracción de una densa red de industria auxiliar tecnológica y de defensa, implementando en paralelo 31 nuevos ciclos de Formación Profesional (FP) en robótica y automatización.

La Realidad (Terreno):Las obras de urbanización en el sector de La Rinconada ya han dado comienzo efectivo sobre el terreno y los plazos administrativos se están cumpliendo. No obstante, el factor temporal juega en contra: la base no alcanzará su plena operatividad hasta finales de la presente década (horizonte 2028-2030), por lo que no constituye un nicho de cotización de absorción inmediata para la urgencia laboral actual.

Eje 2: Proyectos Industriales Tractores y Oasis de Empleo.

El Plan (Papel):Inyección de 9,2 millones de euros en ayudas directas para movilizar cerca de 100 millones de euros de inversión privada en corporaciones industriales estratégicas capaces de generar empleo estable de alta cotización. Destacan las partidas asignadas a Cunext Copper Industries (tecnología de cátodos de cobre para transición energética), Hiansa Panel (paneles aislantes en Villafranca de Córdoba) y Ecoenergía de Los Pedroches.

La Realidad (Terreno):Compañías como Cunext operan a pleno rendimiento y constituyen realidades materiales de alto valor de exportación y excelentes bases de cotización. Sin embargo, operan como “oasis industriales”: el volumen absoluto de empleo especializado que generan resulta insuficiente para absorber el excedente laboral de una provincia que roza los 800.000 habitantes.

Eje 3: Planes de Relevo y Transición Justa en Zonas Rurales.

El Plan (Papel):Incentivos específicos de Transición Justa para el Valle del Guadiato (orientados al desarrollo industrial sostenible de pymes en polígonos rurales) y asignación de 33,6 millones de euros para la modernización de explotaciones agrícolas e incorporación de jóvenes agricultores que frenen el despoblamiento.

La Realidad (Terreno):Es el punto de mayor fricción. Las graves deficiencias estructurales en las infraestructuras hídricas del norte provincial y los cortes de agua sufridos han golpeado severamente al sector ganadero y agroalimentario, contrarrestando la efectividad de las subvenciones. El relevo generacional en el campo encuentra serias dificultades para consolidarse debido a las duras condiciones de entorno y a una elevada carga burocrática, lo que perpetúa la pérdida de cotizantes en tiempo real.

7. Conclusión y Diagnóstico Final.

La provincia de Córdoba atraviesa un periodo crítico de descuento macroeconómico. Mientras las soluciones estructurales y los macroproyectos de diversificación avanzan al ritmo propio de la obra civil y los plazos de la administración pública, el envejecimiento demográfico, la precarización contractual y la despoblación del ámbito rural progresan a la velocidad de la realidad diaria.

Las bases de la transformación están planteadas sobre el planeamiento institucional, pero la sostenibilidad material de la hucha de pensiones local continuará sostenida con pinzas hasta que el volumen de empleos de alta cualificación y cotización formal se materialice de forma masiva sobre el tejido socioeconómico de la provincia.

N.B. Imagen. Sistema de pensiones, brecha salarial, desempleo real y perspectivas de inversión en la provincia de Córdoba.

Córdoba, a 24 de junio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

La Colada – Agua ya y ahora – (Parálisis de la Diputación de Córdoba)

El problema del agua en el norte de Córdoba sigue exactamente igual: Encallado en la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG) y agravado por la alarmante inacción de la Diputación de Córdoba y de su presidente, Salvador Fuentes. Tras meses de fotos y abrazos institucionales con el Director General del Ministerio, la realidad es que la Institución Provincial parece no saber qué hacer, o peor aún, ni siquiera lo intenta.

No podemos supeditar el día a día de 80.000 ciudadanos de Los Pedroches y el Guadiato a un hipotético cambio de Gobierno en Madrid. La crisis es acuciante, ocurre ya y ahora. Por ello, presentamos este informe detallado de las acciones que la Diputación de Córdoba puede -y debe- ejecutar de manera autónoma, demostrando que la parálisis competencial es solo una excusa política.

<<El margen de maniobra de la Diputación – (Sin la CHG)>>

Aunque la CHG ostente las competencias sobre el dominio público hidráulico, la Diputación Provincial dispone de competencias propias (Art. 36 de la Ley de Bases del Régimen Local) y de un músculo financiero considerable para actuar de forma inmediata.

1.- Reparación de redes y digitalización – (Baja y Alta Municipal).

La CHG tiene competencia en el embalse, pero no en las tuberías que llevan el agua a los grifos, cuya gestión está delegada en la empresa provincial Emproacsa.

<-Plan de choque contra fugas: Financiar de inmediato la reparación de redes locales para evitar la pérdida de agua en el subsuelo.

<-Modernización de la ETAP de Sierra Boyera: Optimizar la tecnología de filtrado (carbón activo y sistemas DAF) para ser capaces de potabilizar el agua compleja de La Colada es competencia directa de la gestión provincial.

2.- Infraestructuras de Emergencia Local.

<-Sondeos y pozos locales: Identificar y poner en marcha acuíferos locales dentro de los términos municipales. La obra civil y su conexión a la red no dependen de la CHG.

<-Plantas potabilizadoras portátiles: Instalar sistemas móviles de ósmosis inversa para dar servicio inmediato a los municipios más afectados.

3.- Auxilio directo al sector ganadero y productivo.

***El motor económico del norte de Córdoba no puede esperar a la burocracia estatal.

<-Ayudas directas para cisternas y depósitos: Subvencionar el transporte de agua y la compra de tanques de almacenamiento para el ganado.

<-Eficiencia hídrica: Financiar sistemas de reutilización de aguas pluviales en las propias fincas e industrias lácteas y cárnicas.

4.- Presión jurídica activa.

En lugar de limitarse a la negociación de “salón”, la Diputación debe utilizar sus servicios jurídicos para personarse formalmente ante la Junta de Andalucía y el Ministerio, exigiendo el cumplimiento de los convenios firmados mediante requerimientos previos a la vía judicial.

<<Viabilidad Técnica y Presupuestaria – (Plan de Choque).

Para pasar de la teoría a la práctica en este año 2026, hemos estimado un presupuesto detallado basado en costes actuales de obra civil e ingeniería hidráulica. El montante total asciende a 14.850.000 €, una cifra perfectamente asumible para una institución que maneja un presupuesto anual consolidado superior a los 500 millones de euros.

<<Desglose del Presupuesto estimado>>

Bloque de ActuaciónDescripción BásicaCoste Estimado% del Total
Bloque 1: Redes y FugasAuditorías acústicas, sustitución de 20 km de tuberías obsoletas e instalación de contadores inteligentes.3.200.000 €21,5%
Bloque 2: Mejora ETAPSistema de flotación (DAF), renovación de filtros de carbón activo y 2 plantas portátiles de ósmosis.4.050.000 €27,3%
Bloque 3: Sondeos de EmergenciaEstudios geofísicos, perforación de 10 pozos de emergencia, equipamiento electromecánico y conexión.1.540.000 €10,4%
Bloque 4: Ayudas GanaderíaFondo de contingencia para camiones cisterna y ayudas a 1.200 explotaciones para depósitos de agua.4.940.000 €33,3%
Imprevistos y DirecciónMargen de seguridad del 5% para la ejecución de las obras.1.120.000 €7,5%
TOTALPlan de Emergencia Provincial14.850.000 €100%

<<¿Cómo puede la Diputación poner este dinero mañana sobre la mesa?>>

El marco legal actual (Ley de Contratos del Sector Público) y la normativa financiera local ofrecen tres vías jurídicas automáticas:

1.- Uso del remanente de Tesorería: Utilizar el superávit del ejercicio anterior para inversiones financieramente sostenibles o de emergencia.

2.- Baja por anulación: Detener temporalmente partidas no prioritarias de la Diputación (asfalto de vías secundarias, gastos de protocolo o cultura) y transferir el crédito a Emproacsa.

3.- Tramitación de emergencia (Art. 120 LCSP): Al declarar la Emergencia Hídrica Provincial, la ley permite adjudicar las obras de reparación y los sondeos sin concurso público previo, ordenando la ejecución inmediata en un plazo máximo de un mes.

El blindaje jurídico frente a la CHG: Si la Diputación ejecuta un pozo local para que la población beba en mitad de una crisis sanitaria y humanitaria, la Ley de Aguas la ampara. Si la CHG se opusiera o demorara la autorización por razones burocráticas, incurriría en una flagrante desviación de poder y responsabilidad patrimonial. La salud pública prevalece.

<<Conclusión – (Una inacción inexplicable).

Desde una perspectiva puramente técnica, jurídica y presupuestaria, la parálisis de la Diputación de Córdoba no se sostiene. Cuando una administración cuenta con la competencia legal de auxilio municipal, tiene la capacidad económica en sus remanentes y dispone de los mecanismos de contratación exprés que otorga la ley, la falta de acción se reduce a un único factor: <-falta de voluntad política e iniciativa ejecutiva->.

Utilizar el problema del agua como una estrategia de desgaste hacia el Gobierno central o como un escudo competencial es profundamente irresponsable. En derecho público, la inacción ante una competencia obligatoria en mitad de una emergencia social y económica es, sencillamente, inexplicable.

N. B. Imagen – La Colada, ya y ahora. Agua.

Córdoba, a 22 de junio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Inflación – Sector Inmobiliario en Córdoba

1.- Escenario macroeconómico vs. realidad cordobesa.

El Banco de España ha elevado las proyecciones de la inflación media para este año al 3,6%. Aunque acuerdos geopolíticos como el de EE. UU. e Irán han estabilizado los mercados energéticos a futuro, el ajuste al alza refleja el impacto acumulado de los choques previos en Oriente Próximo.

Sin embargo, los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística (INE) muestran que Córdoba opera bajo una dinámica propia, amortiguando el golpe inflacionario general mejor que la media nacional, aunque con focos críticos de resistencia en la subyacente.

***Indicadores Clave de Inflación (Tasa Anual).

Ámbito GeográficoInflación General (Anual)Inflación SubyacenteFactor Diferencial / Detalle
España (Media)3,2% (Proyección anual: 3,6%)3,0%Presionada por transporte y energía acumulada.
Andalucía3,0%2,9%Dos décimas por debajo del indicador nacional.
Córdoba (Provincia)< 3,0%2,8%El comportamiento más moderado de la región.

**Análisis crítico: Aunque la inflación general oficialmente en Córdoba se sitúa por debajo del 3,0%, la inflación subyacente (2,8%) demuestra una rigidez preocupante, revelando  que el encarecimiento de los bienes y servicios básicos se ha consolidado en la estructura económica local, independientemente de las fluctuaciones energéticas externas.

2.- Motores de la inflación en la Provincia.

***El relativo alivio en el índice general no oculta fuertes tensiones en partidas clave, que erosionan directamente el poder adquisitivo de los cordobeses:

<-Carburantes y transporte: A pesar de la tregua exterior, los combustibles registran un incremento interanual del 12,1%, consolidándose como el principal dinamizador del IPC provincial.

<-Alimentación y cesta básica: Se observa una marcada dualidad, porque la cesta general se ha moderado considerablemente (+1,4%), y, no obstante, alimentos esenciales e insustituibles sufren severas crisis de oferta: Los huevos y la carne de vacuno lideran la escalada de precios.

<-Servicios y sector turístico: El sector servicios experimenta un repunte del 4,1% anual. Los factores más críticos se localizan en los seguros (+8,6%) y en los alojamientos y hostelería (+6,9%), fuertemente presionados por el éxito de las campañas turísticas primaverales en la capital.

3.- Radiografía del sector inmobiliario cordobés.

La combinación de una inflación persistente y el consecuente endurecimiento de los tipos de interés genera un escenario asimétrico: Resiliencia con parálisis en la compraventa y una severa crisis de accesibilidad en el alquiler.

A.- Mercado de compraventa – (Precios altos frente a menor operatividad).

El encarecimiento de los materiales de construcción y la carestía de la financiación hipotecaria han ralentizado el volumen de transacciones, pero no han rebajado los precios:

<-Rigidez de la oferta: La escasez estructural de vivienda nueva desplaza la demanda hacia el mercado de segunda mano, sosteniendo los precios al alza. Los promotores locales siguen repercutiendo los altos costes de edificación acumulados en los precios finales.

<-Segmentación geográfica: La presión y la demanda solvente se concentran de forma exclusiva en zonas de expansión y distritos prime como Vial Norte, Poniente-Zoco y PP-O7 / Hipercor. Por el contrario, los barrios periféricos o con parques inmobiliarios envejecidos sufren un estancamiento notable.

B.- El mercado del alquiler – (Emergencia social).

***El mercado del alquiler es el segmento que absorbe con mayor crudeza el impacto de la crisis inflacionaria:

<-Brecha de accesibilidad: El precio medio ofertado en Córdoba capital roza máximos históricos, situándose entre los 850 y 900 euros mensuales. Esta cifra contrasta con el “alquiler razonable” para el salario medio cordobés (estimado en no más de 750-770 euros bajo el criterio de no destinar más del 30% de los ingresos a la vivienda).

<-Efecto embudo: Ciudadanos que desearían comprar se ven forzados a permanecer en el alquiler al no cumplir las condiciones bancarias actuales, lo que satura la demanda sobre una oferta estática.

<-La presión turística: En el Casco Histórico y zonas céntricas, la proliferación de viviendas de uso turístico drena el parque residencial disponible para los locales, generando un efecto desplazamiento y encareciendo de forma colateral barrios colindantes como Ciudad Jardín o Santa Rosa.

4.- El ladrillo cordobés – (valor refugio).

Con una inflación proyectada en el 3,6%, el capital inactivo pierde valor con rapidez, posicionando al sector inmobiliario de la ciudad como un destino preferente para la inversión defensiva:

<-Atractivo comparativo: Córdoba ofrece precios por metro cuadrado sensiblemente más bajos que capitales autonómicas como Málaga o Sevilla.

<-Rentabilidad bruta: Debido a la combinación de menores costes de adquisición y rentas de alquiler en máximos, la rentabilidad bruta del alquiler en la ciudad se sitúa entre el 6% y el 6,5% anual, logrando batir holgadamente la tasa de inflación real y consolidando al “ladrillo” como un escudo financiero eficaz para el pequeño y mediano inversor.

N.B. Impacto de la inflación y el sector inmobiliario en Córdoba.

(Nota. Recogemos cifras oficiales, y, desde ya se advierte, que la inflación real de Córdoba para el cordobés de a pie es muy superior en el día a día a la oficial.).

Córdoba, a 20 de Junio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Inflación y sobrecostes en las carreteras de Córdoba – (Freno a la conservación viaria)

1.- Análisis – (Más presupuesto, menos kilómetros).

El mantenimiento y la reforma de la red viaria en España no se enfrentan a un bloqueo institucional en términos absolutos, sino a una severa pérdida de poder adquisitivo en el sector de la construcción de infraestructuras. La realidad sobre el terreno es que el dinero rinde muchísimo menos que antes, lo que en la práctica ralentiza, encarece o deja desiertos muchos proyectos esenciales de reforma y conservación.

<-Déficit estructural: Se dice que España arrastra un bache de inversión acumulado en la red estatal de unos 5.600 millones de euros desde la crisis de 2008, aunque asociaciones como la Asociación Española de la Carretera (AEC) o la patronal de fabricantes de asfalto (Asefma) elevan la cifra necesaria para poner el contador a cero en todo el país a más de 13.400 millones de euros.

<-La paradoja de la inflación: A pesar de destinarse una cifra récord de casi 1.910 millones de euros a la conservación viaria, los sobrecostes diluyen el esfuerzo. Es un hecho fijado con prudencia, que el precio del asfalto se ha disparado más de un 25% desde la pandemia (el coste por kilómetro ha pasado de 42.000 a cerca de 50.000 euros) y la producción actual de mezcla asfáltica ha caído un 9%, situándose a la mitad de lo que el país requeriría para ponerse al día.

En resumen, los sobrecostes de las materias primas y la energía provocan que las licitaciones públicas se queden cortas, obligando a las administraciones a dilatar los plazos y empeorando visiblemente el firme de las carreteras.

2.- Radiografía del problema en Córdoba y Provincia.

Al descender al terreno local, la escalada de costes de las materias primas —donde el betún ha subido un 50% y la energía para la maquinaria un 47% debido a las últimas tensiones internacionales— provoca que los concursos públicos queden desiertos. Según datos de la patronal andaluza de la construcción (Ceacop), esta situación ha dejado 43 obras públicas desiertas en la provincia de Córdoba, bloqueando inversiones por valor de casi 11 millones de euros.

***El impacto directo en la red viaria cordobesa se sufre principalmente en tres frentes institucionales:

A.- Red Autonómica – (Junta de Andalucía).

<-El Plan Extraordinario de Asfaltado: Diseñado con un presupuesto de 140 millones de euros para vías autonómicas, sus contratos se calcularon antes de las últimas alzas de precios. Al no existir cláusulas dinámicas y automáticas de revisión, las constructoras asumen sobrecostes que superan el 30%, provocando que las licitaciones de mezclas en caliente (como las capas tipo AC-16 SURF en varias calzadas de la provincia) se queden directamente vacías porque las empresas prefieren no ofertar antes que perder dinero.

<-El Eje Córdoba-Jaén (A-306 por El Carpio hasta Torredonjimeno): La histórica conversión en autovía de esta calzada clave fue descartada a corto plazo por la Junta debido al prohibitivo contexto inflacionista actual, lo que ha encendido la polémica social (materializada en una campaña de 18.000 firmas vecinales que exigen la autovía). La alternativa actual es un proyecto de mejora de capacidad y seguridad para los 42 kilómetros restantes que faltan hasta El Carpio. Aunque hay 9 empresas compitiendo en la fase de diseño y redacción, el verdadero cuello de botella legal y técnico surgirá en la licitación del asfaltado real: “Si la Administración no actualiza los precios base por kilómetro, se corre el riesgo inminente de que quede desierta”.

B.- Red del Estado – (Ministerio de Transportes).

El Gobierno central licitó un paquete de 24,9 millones de euros para la conservación y explotación de carreteras estatales en Córdoba (Sector 01). No obstante, la falta de margen económico para reasfaltados profundos mantiene bajo una fuerte tensión a vías críticas que acumulan numerosas quejas:

<-N-432 (Badajoz – Córdoba – Granada): Afecta de lleno al tramo desde el límite provincial de Badajoz (Fuente Obejuna) hasta el límite con Jaén (Baena), ralentizando sus proyectos de conversión en autovía.

<-N-502: Especialmente tensionada en el tramo que va desde Espiel hasta el límite con Ciudad Real.

<-Autovía CO-31: Afecta a los accesos situados al noroeste de Córdoba capital. La Autovía CO-31 es una vía de acceso de la red estatal que conecta la autovía del Sur (A-4) con la carretera N-432 en la zona norte de Córdoba.

C.- Red Provincial y Caminos Rurales – (Diputación de Córdoba).

La red de carreteras secundarias y caminos de titularidad provincial sufre una acusada falta de mantenimiento operativo que los usuarios califican de abandono. En los desgloses presupuestarios de la institución provincial, las partidas destinadas  el mantenimiento de carreteras se cifran en unos 10 millones, que se diluyen rápidamente al intentar cubrir la extensa red capilar de la provincia.

Nota. El Presupuesto de la Diputación asciende a 522,9 millones de euros en términos consolidados; incremento del 21,3% respecto a 2025; en cifras globales se traduce en 91,8 millones de euros más; y solo por señalar unos datos, *ej. Epremasa el año que viene tendrá unas pérdidas se eleven a los 6,74 millones de euros; y,  Emproacsa irá a unas  pérdidas el año que viene de 6,4 millones de euros, que se cubrirán sin más problemas por el Gobierno del P. P. de Salvador Fuentes.

<-La asfixia de las vías secundarias: Al igual que ocurre con las demás administraciones, los sobrecostes del betún y los áridos impiden que los fondos ordinarios alcancen para cubrir las actuaciones necesarias. Al tratarse de carreteras que comunican núcleos menores y explotaciones agrícolas, el encarecimiento de la maquinaria pesada y del gasoil hace inviables económicamente los parches licitados.

<-El descuido de los caminos vecinales: Las pequeñas constructoras rurales y los ayuntamientos medianos no disponen de fórmulas para reequilibrar contratos menores frente a pérdidas del 30%. Esto frena en seco el desbroce, la consolidación y el afirmado de caminos rurales esenciales para el sector agropecuario de las comarcas cordobesas, agravando la sensación de aislamiento de los municipios de la periferia.

3.- Impacto asimétrico – (Obras mayores vs. Obras menores).

La inflación no golpea a todos los proyectos por igual; de hecho, actúa con una asimetría jurídica y económica radical que perjudica al eslabón más débil de la contratación pública. En toda Andalucía, el problema ha escalado hasta dejar cerca de 300 obras públicas desiertas, sumando 116 millones de euros paralizados.

<-Obras Menores – (La “tormenta perfecta” del abandono): Son los contratos de menor cuantía (mejoras de accesibilidad, reurbanización de calles de barrio, parches locales o arreglos en colegios y caminos) que oscilan entre los 50.000 y los 300.000 euros. Al tener presupuestos tan ajustados, carecen por completo de margen de maniobra ante las subidas del betún o el gasoil. Además, los mecanismos excepcionales de revisión de precios de la Administración suelen exigir condiciones complejas -como que la obra dure más de un año-, que excluyen por ley a las obras menores, dejándolas desprotegidas.

El ejemplo real en Córdoba: El Ayuntamiento de Córdoba tuvo que declarar desierta la mejora de accesibilidad de la Avenida República Argentina (177.135 euros) porque la única empresa que se presentó no pudo aportar la documentación de forma viable. Lo mismo ocurrió con el proyecto de 4 viviendas de VPO en la calle Puente de Montoro (unos 580.000 euros). Las pequeñas constructoras locales no pueden arriesgar su supervivencia en contratos que las abocan a pérdidas inevitables.

<-Obras Mayores – (Ralentización sistemática o “parálisis por inanición”): En las grandes infraestructuras (autovías, variantes o macroplanes), las grandes constructoras cuentan con mayor músculo financiero, economías de escala y contratos de suministro a largo plazo. No suelen dejar los concursos vacíos con tanta facilidad porque abandonar la obra implicaría la pérdida de fianzas millonarias y duras penalizaciones legales. En su lugar, optan por ralentizar el ritmo de ejecución al mínimo legal, estirando los plazos a la espera de que el mercado se estabilice. Esto explica por qué grandes proyectos, como el Plan Extraordinario de Asfaltado de la Junta, continúan vivos pero avanzan de manera desesperadamente lenta mientras absorben sobrecostes del 30%.

4.- Contraste con el entorno urbano – (Córdoba Capital).

A diferencia de las carreteras interurbanas, el entorno urbano de Córdoba capital ha logrado sortear parcialmente el bloqueo en sus principales arterias mediante una estrategia de adaptación:

<-Plan de Asfalto (Fases 2 y 3): Se ha adjudicado formalmente este macroproyecto con una inversión de más de 7,1 millones de euros para renovar el firme de 133 calles y grandes avenidas repartidas en los 10 distritos de la ciudad entre este año y el siguiente.-

¿Por qué ha tenido éxito?: El Consistorio fragmentó el contrato en lotes atractivos y accesibles para las constructoras locales y, fundamentalmente, utilizó partidas presupuestarias actualizadas a los precios reales del mercado actual. Sin embargo, el blindaje no ha sido total: “Los sobrecostes de la construcción sí han dejado desiertas obras municipales menores en la periferia y promociones de vivienda protegida de alquiler donde los márgenes fijados por la administración eran excesivamente bajos”.

5.- Consecuencias a medio plazo para la Provincia.

La inflación industrial actúa como un impuesto invisible que fractura la modernización y la cohesión territorial de Córdoba de tres formas directas:

1.- El laberinto legal de las obras vivas: Al no contar con fórmulas ágiles de reequilibrio contractual, los plazos de ejecución se extienden indefinidamente, traduciéndose en carreteras cortadas y obras que se eternizan.

2.- Pérdida de kilómetros reales: Ante presupuestos similares o con ligeros incrementos nominales, el encarecimiento de los materiales obliga a la Diputación y a los ayuntamientos a realizar un “bacheo quirúrgico” de emergencia, posponiendo las reformas integrales necesarias en las travesías de zonas como el norte de la provincia (Los Pedroches y el Guadiato) y la Subbética.

3.- Freno a la cohesión territorial: Córdoba, situada históricamente a la cola de la inversión por habitante en Andalucía, ve cómo sus grandes ejes vertebradores (variantes de población, las mejoras de la N-432 o los terceros carriles de la A-306) se dilatan en el tiempo debido a la lenta burocracia que exige la actualización de los precios base de los proyectos.

N. B. Imagen. Inflación y sobrecostes en las Carreteras de Córdoba – (Freno a la conservación viaria).

Córdoba, a 18 de junio de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.