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II. Tasa Turística – (La coartada de la incompetencia fiscal y la vía del valor)

Existe un síntoma inequívoco de impotencia y fracaso en la gestión pública:

Cuando una administración es incapaz de resolver un problema estructural, crea un nuevo impuesto.

La creciente presión de diversas corporaciones locales para implantar la llamada “tasa turística” en destinos como Córdoba o el conjunto de Andalucía no responde a una visión estratégica de futuro, sino a un atajo recaudatorio. Pretender amortiguar la saturación urbana o financiar servicios básicos castigando la estancia del visitante es un error estratégico de calado y un peaje al desarrollo económico.

El problema de fondo no reside en el turista ni en el volumen de llegadas, ya que, **la clave** está en la incapacidad institucional para capturar e internalizar el valor real que genera la actividad turística, prefiriendo el castigo fiscal antes que la gestión inteligente del territorio.

1.- El mito tributario – (Anatomía de una mala solución).

La narrativa oficial disfraza el canon municipal bajo el principio de «quien contamina, paga», prometiendo ingresos finalistas para limpiar calles o restaurar el patrimonio; sin embargo, el análisis jurídico y económico desmonta esta falacia en tres frentes:

*Erosión de la renta y desplazamiento del gasto: El presupuesto del viajero en destino es finito. La fricción impositiva en la recepción del hotel no desincentiva el viaje, pero sí cercena la capacidad de consumo local. El dinero pagado como tasa municipal es liquidez que se resta directamente del comercio de cercanía, las tabernas tradicionales, la artesanía y los guías oficiales.

*El sumidero del gasto corriente: La experiencia en fiscalidad municipal demuestra que los tributos teóricamente “finalistas” terminan diluyéndose en las tesorerías generales para cubrir agujeros de gasto corriente estructural. Sumar este gravamen al incremento desmedido en las tasas de basuras, agua y revisiones catastrales configura una asfixia fiscal injustificada para el sector y el ciudadano.

*Incentivo a la economía informal: La recaudación recae de forma exclusiva sobre el alojamiento reglado, hiperregulado y transparente, de forma, que esta asimetría penaliza al empresario comprometido y actúa como un subsidio indirecto para la vivienda turística no regulada y la economía sumergida, inmunes al control fiscal de los ayuntamientos.

2.- Matriz de impacto – (Enfoque recaudatorio vs. Estrategia de alto valor).

DimensiónEnfoque Recaudatorio Tradicional (Tasa)Estrategia de Alto Valor y Competitividad
Financiación PúblicaGravamen finalista que termina absorbido por el gasto corriente municipal.Reasignación participativa de tributos existentes (IVA/IAE) vinculada a KPIs de calidad.
Comportamiento del MercadoPérdida de competitividad frente a destinos exentos y penalización del turismo regional.Estímulo al consumo directo en la cadena de valor y aumento del gasto medio por estancia.
Estructura del SectorCastigo asimétrico al sector reglado (hoteles) y fomento de la oferta informal opaca.Incentivos fiscales al alojamiento de excelencia, empleo estable y proveedores locales.

3.- Sustituir el volumen por el criterio del valor añadido.

Medir el éxito turístico contando cabezas es un parámetro obsoleto. España, Andalucía y Córdoba no deben caer en la trampa del rancio discurso turismofóbico ni en la autocomplacencia de los récords cuantitativos, ya que, el verdadero reto exige transformar la gestión:

1.- Desconcentración y desestacionalización real: Conectar los flujos del núcleo urbano con la provincia y la oferta cultural, gastronómica y de naturaleza fuera de los meses punta.

2.- Medición del impacto retenido: Celebrar la subida de la tarifa media por habitación, la extensión de la estancia media y el crecimiento del gasto en destino por encima del mero número de llegadas.

3.- Seguridad jurídica y regulación eficaz: Quienes generan riqueza y empleo de calidad necesitan certidumbre y simplificación administrativa, no nuevos boletines oficiales cargados de voracidad fiscal.

4.- Propuesta innovadora – El “sello de circularidad y retorno turístico” (Mecanismo CRT).

En lugar de imponer un peaje punitivo que penaliza al viajero y alimenta la burocracia municipal, se propone sustituir la tasa turística por un Modelo de Circularidad y Retorno Turístico (CRT) articulado en tres ejes:

<-El bono de reversión en comercio local (Net Tax Zero): Si una corporación municipal exige una aportación al visitante, el 100% de ese importe debe ser devuelto al turista de forma digital en un documento o ticket de consumo local. Este bono solo podrá ser redimido en establecimientos adheridos de la ciudad (comercio tradicional, museos, artesanía y restauración). De este modo, la carga fiscal neta para el visitante comprometido es cero, y se garantiza que el recurso financiero vaya directamente al tejido productivo local, nunca a la caja única municipal.

<-Incentivo por calidad y empleo estable: Transfórmese el debate tributario en una exención para los alojamientos que acrediten convenios colectivos de calidad, contratos indefinidos y compras de cercanía superiores al 60%.

La fiscalidad debe utilizarse para premiar la excelencia, no para igualar por abajo.

<-Reclamación del IVA turístico municipal: Exigir a la administración autonómica y estatal la cesión de una fracción del IVA e IAE que la actividad turística ya genera en la ciudad.

Los ayuntamientos deben financiarse mediante la participación en los impuestos existentes que produce el sector, condicionado a objetivos de regeneración urbana, en lugar de duplicar la presión fiscal sobre el usuario final.

Penalizar al sector turístico con nuevas figuras impositivas es declarar la quiebra de la gestión pública. La auténtica ambición de un destino de primer nivel no consiste en cobrar un peaje por entrar, sino en desplegar la inteligencia estratégica necesaria para que cada visitante incremente el valor de lo que encuentra y multiplique el bienestar de la comunidad que lo acoge.

N. B.  Imagen. Tasa Turística- Otro impuesto más.

(Nota. La Tasa Turística es un gravamen contrario a la prosperidad, que solo imponen regímenes radicales de izquierda, de forma, que si el Ayuntamiento de Córdoba crea esa Tasa se estará pegando un tiro en el pie.).

Córdoba, 2 de septiembre de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba – Inspector de Trabajo y S. S.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba – Exdiputado del Parlamento de Andalucía