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Reforma Laboral II – el mismo modelo productivo (R. D. L. acongojado – empresarios despreciados – empleo difícil)

Para empezar unas aclaraciones:

** Otra alternativa al modelo productivo trancredista de la Exministra Bañez, que subsiste con la Reforma de la Ministra Díaz, es posible y necesaria.

** La Reforma Laboral por R. D. L. de la Ministra Díaz hará la creación de empleo difícil por su coste, incompensado o descompensado para la empresa.

** Sin cambio del modelo productivo, que posibilite aumentos de la productividad y competitividad en beneficio de la empresa y del trabajador, la Reforma light impuesta es un bluff (un farol).

** La Reforma Díaz va contra las empresas, ya que, endurece y restringe las condiciones de contratación y de despido, cuando estamos en el mundo de la flexibilidad laboral y de la competitividad.

** El paro será el único sacrificio real ofrecido en el altar de la Reforma Laboral, porque habrá que ver cuántos puestos de trabajo se destruyen y cuantos se crean, que no sean en el sector público.

** La Reforma camufla la dualidad laboral al convertir los empleos temporales de toda la vida en indefinidos, con la fórmula de una figura jurídica desagregada de su realidad, que son los trabajadores fijos continuos y cuya única verdad son los Fondos Europeos.

** Las indemnizaciones por despidos subirán, porque en las mismas se computará toda la antigüedad y no sólo el período real trabajado.

** Una de las cosas positivas de la reforma reside en los contratos de formación, un medio para que las empresas y los trabajadores mejoren a sus exigencias la cualificación profesional.

** La inflación olvidada será una losa para la calidad y la precariedad laborales.

** La regresión normativa impuesta en materia de los convenios es uno de los puntos más negativos de la Reforma, pues respetar ciertos acuerdos sectoriales, como pueden ser la ultraactividad y los salarios, en muchos casos será una merma de la productividad y de la   competitividad, dañándose, sin duda, la recuperación.

** En el mayestático Preámbulo del R. D. L. se evidencian faltas de referencias a las reformas para generar empleo y hacer más competitivas a las empresas.

Es un hecho indiscutible, que, si las empresas no mejoran su productividad y ganan más dinero, no van a poder pagar mejor a sus empleados.

Por otro lado, es evidente, que la recuperación va muy lenta, y si los incentivos que tienen las empresas son: *una subida de las cotizaciones (para sufragar las pensiones), *la llegada de impuestos verdes o medioambientales y *una inflación descontrolada; la cosa pinta mal.

**Ha sido una negociación empresarial poco equitativa y desigual, con los de la CEOE a la defensiva y rendidos al empezar, posición que aún podrá empeorar en el Congreso con la negociación con unos socios imposibles, pero, advertidos todos, que el consenso empresarial ya está dado y sin vuelta atrás.

Hechas estas aclaraciones, la Reforma Díaz, heredera de la anterior Ministra Bañez del Sr. Presidente Rajoy, es una ocasión perdida, ya que, los males de raíz del sistema permanecen e incluso en ciertos casos se acrecientan, de manera, que cuando existía una posibilidad de modernizar nuestro modelo productivo, llenándolo de flexibilidad, de mejoras de la productividad y de la competitividad, se ha optado por dar un salto al vacío de la nada, para que todo quede igual, aunque, dañando aún más el sistema, lo que impedirá reducir el paro y mejorar de verdad las condiciones de trabajo de los productores españoles, en aras, además, de una política excluyente y autoritaria, a base de sanciones e imposiciones normativas contrarias a la lógica y la razón.

Es algo patente, que las consecuencias de la Reforma light “consensuada” serán muy negativas para nuestro mercado laboral en todos los sentidos, así:

* El paro aumentará, pero lo peor será, que el daño estructural de ese desempleo se consolidará, volviéndose difícilmente reversible.

* El modelo productivo quedará inmóvil, haciéndose una crisálida impenetrable, que impedirá su modernización y su adaptación a los nuevos modelos digitales, permaneciendo en el pozo de un sector servicios empobrecido, que nuca manejaremos ni dependerá de nosotros mismos, mientras quedamos obligados a comprar la mayoría de los bienes industriales y toda la tecnología necesaria para su mantenimiento, que tampoco nunca dependerá de nosotros.

* Las empresas mantendrán una productividad baja, que les impedirá ser competitivas y mejorar las condiciones de todo tipo de sus trabajadores, no solo los salarios.

* La mejora permanente de la cualificación de los trabajadores será una fantasía, quedado inmersos en su bucle perverso de baja rentabilidad, bajos salarios y bajas condiciones de trabajo aceptables.

* Los poderes públicos seguirán utilizando las debilidades del sistema sin rubor, mientras sancionan a empresas y trabajadores que pisan la raya del sistema establecido.

Por ejemplo y para todos: ¿quién no conoce trabajos de médicos en la sanidad pública contratados por dos horas los sábados y festivos, así como, guardias contratadas por las noches y cosas parecidas de abusos públicos?

En resumen, la reforma de la Ministra Bañez y la Reforma de la Ministra Díaz son la cara y la cruz de una misma moneda, porque, simplemente, son más de lo mismo, cuándo, además, el cambio del modelo del mercado laboral es posible y realizable, permitiendo a la vez, que las condiciones de trabajo de los españoles sean mejores y sin que sea necesario limitar los derechos y libertades consagrado/as en la Constitución.

N.B. La Reforma Laboral aprobada por R. D. L. no es la que España estaba necesitando, de manera, que, ahora mismo, domina la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo, ya que, la nueva Reforma consensuada, con imposiciones, es una continuación del despropósito de la Reforma Bañez, tan injustamente agasajada, pues seguimos con el mismo modelo productivo, que consagra el paro estructural y unas condiciones de trabajo injustas, cuando otro modelo más equitativo y justo es posible y realizable, además, sin limitar derechos y libertades constitucionales.

Se ha perdido una ocasión de oro, que será difícil de recuperar.

Córdoba, a 1 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Plusvalía – buena noticia para los ciudadanos (reacción pública – nada de alegrías)

<< El TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (Gabinete del Presidente. Oficina de Prensa) ha emitido -Madrid, 26 de octubre de 2021- la NOTA INFORMATIVA Nº 99/2021, ADELANTO DE PARTE DISPOSITIVA, EL PLENO DEL TC DECLARA LA INCONSTITUCIONALIDAD Y NULIDAD DE LOS ARTS. 107.1 PÁRRAFO SEGUNDO, 107.2 A) Y 107.4 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE LAS HACIENDAS LOCALES:

         El Pleno ha resuelto lo siguiente:

          PARTE DISPOSITIVA:

          “En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que

le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido: 

         Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4433-2020, promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6”.  

         La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, considera que son inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

         El fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia.

         La sentencia cuenta con el voto particular concurrente del Presidente Juan José González Rivas y los votos discrepantes del magistrado Cándido Conde-Pumpido y de la magistrada María Luisa Balaguer. 

         En los próximos días se notificará la sentencia y los votos particulares junto con una nota de prensa más amplia. >>

Esperaremos a leer la sentencia y sus votos particulares, que serán los que se aplicarán en una nueva Ley exprimidora, aunque ahora un poco de alegría para los ciudadanos de a pie, ya que, resulta perverso, que los poderes públicos hayan reaccionado todos a -la contra-, dejando claro, que tamaña injusticia debe ser reparada de inmediato, al quedar desamparados todos los Órganos Públicos, que han visto como el T. Constitucional  ha metido la mano en sus bolsillos, igual que ellos durante muchos años y, a veces, con crueldad han despojado a muchos ciudadanos de parte de sus bienes, siendo por su puesto las clases medias y bajas las más oprimidas por el ilegal impuesto de plusvalía, en cumplimiento exacto del art. 31 de la Constitución que dice: <<1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley. >>

Ahora a los ciudadanos beneficiados por la nulidad de una Ley inconstitucional solo les queda disfrutar mientras puedan, ya que, sin la menor duda, todos los salvadores públicos elegidos por ellos en listas cerradas, se podrán rápidamente de acuerdo para poner en vigor una nueva Ley, que con toda seguridad supondrá una nueva requisa de los patrimonios de los españoles, pues no se puede consentir, que la crueldad de unos Magistrados del T. C. (no todos, gracias a los dioses) haya esquilmado a unos organismos públicos destacados por realizar -siempre- un gasto público de forma equitativa con eficacia y economía.

N.B. El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo el Impuesto de Plusvalía, así que, ahora los ciudadanos a disfrutar de una buena noticia, mientras puedan, pues ya se ha visto la reacción pública de todos los poderes elegidos por el pueblo, de manera, que nada de alegrías.

Lo que vendrá pronto y más duro, será una Ley urgente, que equilibrará las fuerzas publicas y privadas en aras de la justicia social, de forma, que de inmediato quedará restablecida la equidad fiscal en beneficio del pueblo soberano, todo, además, adobado e incentivado por la propaganda engañosa del bien común, como fin indiscutible y absolutamente necesario para restablecer la justicia social dañada por unos jueces insensibles.

En resumen, los españoles seguiremos presos de la injusticia y de la inseguridad jurídica, derivadas del nulo respeto a la ley por los poderes públicos, porque la Constitución y todos nuestros derechos y libertades están al servicio de los poderes públicos, que, sin duda, son los que administran sin pudor ni decoro nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

Córdoba, a 27 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.