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Reforma Laboral V – Empresas – pobreza salarial – empleo (contratos por horas – desigualdad – coacciones)

La Reforma Laboral es un bluff (un farol), pues no contiene medidas para solucionar los problemas endémicos del mercado laboral, pues, con solo leer el Preámbulo del R.D.L. se puede ver, que solo anticipa una persecución sin tregua contra los empresarios, de manera, que se puede decir, que la reforma contiene un juicio crítico negativo hacía la actividad empresarial y, así mismo, un desconocimiento profundo de ese mundo, suponiendo una inquietante animadversión hacia lo que es un empresario.

La animosidad legislativa hacia la empresa procede: (i) de mirar solo desde un lado de los actores del mercado, machacando el consenso real, que nace del acuerdo entre iguales; (ii) del desconocimiento del mundo empresarial; y, (iii) de la implantación y aplicación de principios ideológicos trasnochados, alejados de los nuevos mercados competitivos y productivos más libres y flexibles.

La Reforma del R. D. L. (aprobada por ahora) no aporta soluciones ni medidas para los problemas de nuestro mercado laboral, así:

1.- Con la Reforma seguirá la llamada pobreza salarial, que sin duda es un hecho muy negativo, además, ignora que el paro es un hecho mucho peor que una retribución devaluada.

2.- No aborda el principal problema económico de España, que es nuestra incapacidad estructural de crear empleo.

3.- Pasa por alto olvidándolo, la relación entre los costes de despido y la temporalidad, ya que, es algo patente, que a mayores costes de despido le sobreviene mayor temporalidad.

Por otro, la Reforma niega el impacto negativo sobre el empleo de los trabajadores menos cualificados, estableciendo  costes laborales por encima de su productividad.

Por los motivos apuntados aumentará el desempleo, pues la Reforma es un obstáculo a la creación de empleo.

4.- Prohíbe legalmente la temporalidad, suponiendo que esa medida coactiva disminuirá los contratos temporales, pero incurre en un error de bulto, ya que, olvida por completo que no aumentarán en la misma proporción los contratos fijos, lo que implica, sí o sí, que aumentará el desempleo y, exponencialmente, los contratos fijos a tiempo parcial.

Dicho de otra forma, limitar la temporalidad imponiéndola con sanciones y coercitivamente podrá reducir la misma, pero a costa de reducir también el empleo y su calidad, problema que se agravará, con las medidas encaminadas a subir los salarios más bajos para luchar contra la pobreza salarial, consiguiendo subir algunos salarios, a expensas de destruir más empleo y bajar la productividad.

5.- La reforma establece que las contratas y subcontratas deberán aplicar los mayores sueldos del convenio del sector de la actividad realizada o el de la empresa principal, por lo que parece, que los expertos legislativos olvidan, que muchos de trabajadores que podrían haber sido contratados  no lo serán,  precisamente, a causa de esa norma.

6.- La Reforma consolida el mercado productivo existente en España, que absorbe, sin duda, una amplia bolsa de trabajadores de baja productividad existente en nuestro País, ya que, ignora cualquier instrumento eficaz para combatir la baja productividad, así como, a compensar los bajos salarios dedicados a estos trabajadores, implicando, además, un gravamen para la competitividad de las empresas.  

Finalmente, es un hecho, que la Reforma Laboral dará lugar muchos contratos fijos a tiempo parcial, lo que, se quieradmitir o no, es un anticipo de pobreza laboral.

** Por otro lado, los datos oficiales de paro están trufados de trolería, de forma, que examinando unos números se puede ver, que la forma de contar por el Ministerio Reformista en este apartado es irreal, solo partiendo de cifras oficiales:

*. Paro registrado (cifra oficial): 3.105.905 de trabajadores.

*. Otros no ocupados: 215.000 personas.

*. Parados que están buscando trabajo en unas condiciones concretas, por ejemplo, que no están dispuestos a cambiar de residencia): 290.500.

*. Ertes: 103.800 trabajadores.

*. Autónomos en cese de actividad: 108.200 personas.

*. Inactivos 1.800.000 personas.

*. Trabajo por horas y a tiempo parcial 2.400.000 trabajadores.

*. Empleo Público creado desde 2020: 250.000 personas.  

*. Sector Privado: 20.000 empleos perdidos contando desde 2019.

Total: 6.385.205 parados reales a finales de 2021.

(Nota: Se pueden utilizar otros datos, pero al final la cifra real estará en seis millones de desempleados).

Fijando una conclusión, la Reforma Laboral garantiza menos contratos y más inestabilidad laboral.

N.B. La Reforma Laboral no aborda los problemas de nuestro modelo productivo: -productividad-, -empleo- y- paro-, ya que, persigue y coacciona a las empresas, contra los criterios modernos y competitivos en los mercados laborales que funcionan, incentiva la pobreza salarial y destruye empleo, especialmente, el estable y sólido, garantizando solo un crecimiento de los contratos fijos por horas o a tiempo parcial, a la vez, que paraliza la contratación de las empresas con sanciones y provocará un enrocamiento empresarial inevitable ante unas extinciones imposibles de contratos, de forma, que habrá menos contratos temporales, pero, también, menos contratos fijos.

En resumen, crecerá el desempleo en el sector privado, aunque aumente en el sector público, que nunca podrá compensar la falta de creación de empleo en la empresa y cuyo significado es muy diferente en términos de empleo real.

La Reforma Laboral incrementará la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo, lo que obligará al Gobierno a aumentar sin tregua el gasto público, haciendo más grande  la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que provocará rupturas de la igualdad en la sociedad civil española, creando tensiones  dentro y fuera de la empresa.

El desarrollo  de nuestro mercado laboral estará más dominado por la desconfianza y la incertidumbre, lo que conllevará menos empleo y aumentos del paro.

Córdoba, a 9 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Reforma Laboral III – Depredadores y Damnificados (consenso – empresarios con su pan y sus tortas)

Es una realidad, que la Reforma Laboral tiene menos depredadores, que perdedores, que son la gran mayoría de los componentes de la sociedad española.

Han participado en el festín oficial del consenso inducido grupos muy organizados (depredadores-consensuantes), que, sin duda, han conseguido sus beneficios particulares, haciéndolos prevalecer sobre los intereses generales; a la vez, que, por una parte, los empresarios de la CEOE  (auto consensuados a porrazos)se han quedado solo con sus tortas, y, por otra parte, lo cierto es, que el pan se lo han llevado dos sindicatos, unos grupúsculos empresariales dominantes y el Gobierno de la Ministra Díaz.

¿Quiénes pierden con la Reforma Laboral aprobada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre?

Los damnificados, -no partícipes del consenso atrabiliario- que salen escaldados, son muchos, que han sido consensuados a su pesar y sin que nadie les consulte, a señalar algunos, así:

* La sociedad civil en su conjunto. La inmensa mayoría de los españoles sufrirán sus efectos perversos y más pronto que tarde.

* Los parados y el resto de inactivosque seguirán siendo tan vergonzosamente numerosos como siempre y en aumento, pues los consensuantes (Gobierno, CEOE, Sindicatos) van a lo suyo: “a sus intereses específicos”.

* Las empresas pequeñas y medianas (con sus empresarios y trabajadores) confrontadas a la fuerza con las condiciones de trabajo impuestas por las empresas dominantes y los sindicatos, que acordarán a sus espaldas convenios colectivos sectoriales inasumibles para ellas.

* La Seguridad Social  y los pensionistas, que verán disminuir los recursos del sistema de cotizaciones, a pesar del aumento de las mismas previsto, de manera, que la economía financiera de la S. S. solo se mantendrá por aumentos de las aportaciones del Estado, aunque realmente es lo mismo, pues el dinero siempre es el mismo y procede de los ciudadanos.

Lo único cierto es, que a menos cotizantes (a menos empleo) y salarios más bajos los ingresos por cotizaciones decrecerán, a la vez, que se incrementan las pensiones indexadas al IPC, aunque la Reforma y el Ministro Escrivá parecen olvidar el principio de solidaridad intergeracional.

* El sector privado que se castiga frente al sector público, al salir este último claramente beneficiado con la Reforma frente al primero.  

* La recuperación y el crecimiento económico paralizados por el mismo modelo productivo y por un marco laboral empeorado, al impulso de una normativa más rígida y excluyente.

En resumen, el empleo de calidad y productivo decrecerá o no nacerá, aumentando la desigualdad social, de forma, que el problema de España es triple: Por una parte, el paro aumentará, por otra, el empleo se resistirá a nacer en estas condiciones laborales y, finalmente, la desigualdad crecerá entre los españoles.

N.B. La Reforma Laboral aprobada, por ahora, por R. D. L., que deberá ser convalidado, tiene depredadores y damnificados, aunque el consenso impuesto y aceptado -con indisimulada complacencia- por ciertos consensuantes pueda indicar lo contrario:

Primero, porque los intereses de los consensuantes (Gobierno, Sindicatos, CEOE) no son los de los consensuados a su pesar (sociedad civil, empresarios y trabajadores mayoritarios, parados e inactivos, jóvenes, mujeres, mayores de 50 años y sectores económicos tan fundamentales, como el agrícola, el automóvil, la construcción, etc. etc.).

Segundo, porque la Reforma Laboral aprobada, no es la que España estaba necesitando, pues, la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo han ocupado una posición dominante en nuestro mercado de trabajo, siguiendo,  a pesar de todo, el mismo modelo productivo, que desde hace muchos años garantiza un paro estructural inamovible y unas condiciones de trabajo injustas.

Tercero, porque el gasto público sigue aumentando sin control, lo que, unido a la inflación creciente, harán que la Reforma entre en un bucle sin fin, que conllevará una implicación muy negativa para la creación de empleo, deteriorando la débil igualdad existente en España.

Cuarto, porque la Reforma aprobada por R.D.L., de aplicación inmediata, por ahora y lo que caiga, supone ahondar aún más en la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que dará lugar a desequilibrios difíciles de aguantar por la sociedad española.

Por mucho que se quiera dulcificar la reforma de cara a los fondos europeos, lo cierto es, que se trata de un arreglo de mínimos, que nos llevará: *a un aumento del paro, *a un descenso de la productividad y competitividad de nuestras empresas, *a un empleo de baja calidad y bajo rendimiento, y, *a un mercado de trabajo ineficiente e injusto en todas sus condiciones laborales.

En este caso, la equivocación sería una bendición, pero visto lo que hay, quiénes son depredadores y quiénes son damnificados, una solución beneficiosa al interés general se antoja harto complicada, máxime, porque nadie está dispuesto a un consenso verdadero, donde todas las partes (consensuantes y consensuados) estén situadas al mismo nivel de equidad, de forma, que las cesiones necesarias de cada una de ellas para el acuerdo sean equivalentes al nacer de la igualdad y de los derechos y libertades de todos, que la Constitución garantiza y consagra.

Córdoba, a 3 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Reforma Laboral II – el mismo modelo productivo (R. D. L. acongojado – empresarios despreciados – empleo difícil)

Para empezar unas aclaraciones:

** Otra alternativa al modelo productivo trancredista de la Exministra Bañez, que subsiste con la Reforma de la Ministra Díaz, es posible y necesaria.

** La Reforma Laboral por R. D. L. de la Ministra Díaz hará la creación de empleo difícil por su coste, incompensado o descompensado para la empresa.

** Sin cambio del modelo productivo, que posibilite aumentos de la productividad y competitividad en beneficio de la empresa y del trabajador, la Reforma light impuesta es un bluff (un farol).

** La Reforma Díaz va contra las empresas, ya que, endurece y restringe las condiciones de contratación y de despido, cuando estamos en el mundo de la flexibilidad laboral y de la competitividad.

** El paro será el único sacrificio real ofrecido en el altar de la Reforma Laboral, porque habrá que ver cuántos puestos de trabajo se destruyen y cuantos se crean, que no sean en el sector público.

** La Reforma camufla la dualidad laboral al convertir los empleos temporales de toda la vida en indefinidos, con la fórmula de una figura jurídica desagregada de su realidad, que son los trabajadores fijos continuos y cuya única verdad son los Fondos Europeos.

** Las indemnizaciones por despidos subirán, porque en las mismas se computará toda la antigüedad y no sólo el período real trabajado.

** Una de las cosas positivas de la reforma reside en los contratos de formación, un medio para que las empresas y los trabajadores mejoren a sus exigencias la cualificación profesional.

** La inflación olvidada será una losa para la calidad y la precariedad laborales.

** La regresión normativa impuesta en materia de los convenios es uno de los puntos más negativos de la Reforma, pues respetar ciertos acuerdos sectoriales, como pueden ser la ultraactividad y los salarios, en muchos casos será una merma de la productividad y de la   competitividad, dañándose, sin duda, la recuperación.

** En el mayestático Preámbulo del R. D. L. se evidencian faltas de referencias a las reformas para generar empleo y hacer más competitivas a las empresas.

Es un hecho indiscutible, que, si las empresas no mejoran su productividad y ganan más dinero, no van a poder pagar mejor a sus empleados.

Por otro lado, es evidente, que la recuperación va muy lenta, y si los incentivos que tienen las empresas son: *una subida de las cotizaciones (para sufragar las pensiones), *la llegada de impuestos verdes o medioambientales y *una inflación descontrolada; la cosa pinta mal.

**Ha sido una negociación empresarial poco equitativa y desigual, con los de la CEOE a la defensiva y rendidos al empezar, posición que aún podrá empeorar en el Congreso con la negociación con unos socios imposibles, pero, advertidos todos, que el consenso empresarial ya está dado y sin vuelta atrás.

Hechas estas aclaraciones, la Reforma Díaz, heredera de la anterior Ministra Bañez del Sr. Presidente Rajoy, es una ocasión perdida, ya que, los males de raíz del sistema permanecen e incluso en ciertos casos se acrecientan, de manera, que cuando existía una posibilidad de modernizar nuestro modelo productivo, llenándolo de flexibilidad, de mejoras de la productividad y de la competitividad, se ha optado por dar un salto al vacío de la nada, para que todo quede igual, aunque, dañando aún más el sistema, lo que impedirá reducir el paro y mejorar de verdad las condiciones de trabajo de los productores españoles, en aras, además, de una política excluyente y autoritaria, a base de sanciones e imposiciones normativas contrarias a la lógica y la razón.

Es algo patente, que las consecuencias de la Reforma light “consensuada” serán muy negativas para nuestro mercado laboral en todos los sentidos, así:

* El paro aumentará, pero lo peor será, que el daño estructural de ese desempleo se consolidará, volviéndose difícilmente reversible.

* El modelo productivo quedará inmóvil, haciéndose una crisálida impenetrable, que impedirá su modernización y su adaptación a los nuevos modelos digitales, permaneciendo en el pozo de un sector servicios empobrecido, que nuca manejaremos ni dependerá de nosotros mismos, mientras quedamos obligados a comprar la mayoría de los bienes industriales y toda la tecnología necesaria para su mantenimiento, que tampoco nunca dependerá de nosotros.

* Las empresas mantendrán una productividad baja, que les impedirá ser competitivas y mejorar las condiciones de todo tipo de sus trabajadores, no solo los salarios.

* La mejora permanente de la cualificación de los trabajadores será una fantasía, quedado inmersos en su bucle perverso de baja rentabilidad, bajos salarios y bajas condiciones de trabajo aceptables.

* Los poderes públicos seguirán utilizando las debilidades del sistema sin rubor, mientras sancionan a empresas y trabajadores que pisan la raya del sistema establecido.

Por ejemplo y para todos: ¿quién no conoce trabajos de médicos en la sanidad pública contratados por dos horas los sábados y festivos, así como, guardias contratadas por las noches y cosas parecidas de abusos públicos?

En resumen, la reforma de la Ministra Bañez y la Reforma de la Ministra Díaz son la cara y la cruz de una misma moneda, porque, simplemente, son más de lo mismo, cuándo, además, el cambio del modelo del mercado laboral es posible y realizable, permitiendo a la vez, que las condiciones de trabajo de los españoles sean mejores y sin que sea necesario limitar los derechos y libertades consagrado/as en la Constitución.

N.B. La Reforma Laboral aprobada por R. D. L. no es la que España estaba necesitando, de manera, que, ahora mismo, domina la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo, ya que, la nueva Reforma consensuada, con imposiciones, es una continuación del despropósito de la Reforma Bañez, tan injustamente agasajada, pues seguimos con el mismo modelo productivo, que consagra el paro estructural y unas condiciones de trabajo injustas, cuando otro modelo más equitativo y justo es posible y realizable, además, sin limitar derechos y libertades constitucionales.

Se ha perdido una ocasión de oro, que será difícil de recuperar.

Córdoba, a 1 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Ley Repartidores (Riders) – lo que no puede ser no puede ser (realidad – ideología – unilateralidad)

Se ha publicado (12/05/2021) la Ley conocida como Riders por el Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales. (Fecha Entrada en Vigor: 12/08/2021. (BOE) – N. Boletín: 113)

En Andalucía se utiliza una frase preñada de sorna, ingenio y sentido del humor, que la hace divertida, atribuida por algunos a uno de los maestros del toreo Rafael Guerra o Rafael Gómez Ortega “El Gallo”: “Lo que no puede ser, no puede ser, y además es imposible”.

Se suele utilizar, cuando algo es totalmente inviable, cuando se pide algo, que no puede conseguir, aquel al que se le pide.

Eso es lo que he sentido al leer la urgente Ley de Repartidores, ya que, entiendo que R. D. L. será muy difícil de adaptar al mercado laboral, al presentar una serie de rigideces que lo apartan de la realidad, y, que, harán imposible su aplicación efectiva, no hay más que ver su contenido y, especialmente, su Exposición de Motivos, así:

1º.- “ —   — los métodos de cálculo matemáticos o algoritmos se han aplicado a las relaciones de trabajo revolucionando la forma en que se prestan los servicios, optimizando recursos y resultados. Un mercado de trabajo con derechos es garantía de una sociedad moderna, asentada en la cohesión social, que avanza democráticamente; un mercado centrado en las personas, que convierte a su tejido productivo en menos volátil y más resiliente ante los cambios”.

2º.- “Este real decreto-ley, por tanto, es fruto del Acuerdo adoptado , el pasado 10 de marzo de 2021, entre el Gobierno, CC. OO., UGT, CEOE y CEPYME, tras tras el trabajo desarrollado por la Mesa de Diálogo constituida, a tal efecto, el 28 de octubre de 2020.

3º.- “La nueva disposición adicional incorpora los criterios y parámetros establecidos por el Tribunal Supremo en dicha sentencia, primera dictada en unificación de doctrina, valiéndose para ello de la prevalencia del principio de realidad en el sentido señalado por sentencias precedentes, como la STS 263/1986, de 26 de febrero de 1986, o STS de 20 de enero de 2015, recurso 587/2014, y en la que se destaca, asimismo, la necesidad de adaptar los requisitos de dependencia y ajenidad al contexto actual”.

4º.- “Los algoritmos merecen nuestra atención y análisis, por los cambios que están introduciendo en la gestión de los servicios y actividades empresariales, en todos los aspectos de las condiciones de trabajo y, sobre todo, porque dichas alteraciones se están dando de manera ajena al esquema tradicional de participación de las personas trabajadoras en la empresa”.

5º.- “todo lo anterior pone de manifiesto la urgencia de garantizar condiciones de trabajo justas en la economía de las plataformas digitales de reparto, a través de una presunción de laboralidad de las personas que prestan servicios en dicho ámbito, que asegura la igualdad de trato de las empresas, ya operen con formas de trabajo estándar o no estándar.

*** La Exposición de Motivos reseñada, da una idea clara de que se trata de una norma, que funciona en una sola dirección producto de una ideología colectivizada y unilateral, que se separa de una parte de la realidad, ubicándose en un mundo paralelo donde solo existe su propia verdad.

Habrá que ver su desarrollo en la práctica, pero de entrada su regulación forzada impedirá su implantación efectiva, así:

* Se dice, que es fruto del Acuerdo adoptado, el pasado 10 de marzo de 2021, entre el Gobierno, CC. OO., UGT, CEOE y CEPYME, tras el trabajo desarrollado por la Mesa de Diálogo constituida, a tal efecto, el 28 de octubre de 2020, lo que indica de entrada, que se ha excluido a una parte importante del colectivo afectado, como sin duda, son las empresas implicadas, las organizaciones de autónomos y los propios repartidores. El Acuerdo citado tiene toda la apariencia de estar dopado y subvencionado.

* Así mismo, solo será posible su efectividad a través de flexibilidad, adaptada a la realidad de esas relaciones laborales y con una gran libertad en su implantación, donde sin pérdidas de derechos por el trabajador y la empresa, su aplicación sea consensuada a la práctica del tejido productivo, suponiendo agilidad, rapidez y productividad.

* En relación con su urgencia es más que discutible la misma, así como, que se haya acudido al mecanismo del R. D. L., que es un procedimiento alejado de la concordia y de la sensatez política, de manera, que el argumento de que su aprobación y publicación otorgará seguridad jurídica a los operadores, se asemeja a una falacia alejada de la realidad.

La fórmula del Real Decreto Ley a la que se ha adherido con determinación persistente el Gobierno del Presidente Sánchez, sin duda, es la más artera y la menos participativa para imponer una norma del poder ejecutivo, ya que, reduce al mínimo el debate y la enmienda de los parlamentarios, anulando la transparencia y la libertad, cosa, que es la que ha ocurrido con esta Ley Riders, máxime, cuando saltándose toda prudencia, se convierte en un ariete duradero contra los principios de la democracia, haciéndose recurrente una y otra vez.

*  Finalmente, se acude como fundamento del R. D. L. a la doctrina del Tribunal Supremo, lo que es algo impreciso, cuando el propio Gobierno discute casi a diario las resoluciones del Alto Tribunal, cuando el T. S. ha dejado de ser un lugar de cobijo y amparo convirtiéndose en una barrera cortante de arrecifes, preñado de causas de inadmisión de los recursos por causas procedimentales, obviando en demasiados casos las cuestiones de fondo que quedan olvidadas, y, máxime, cuando las decisiones de la justicia pueden y deben entrar en el marco de la crítica y de la libertad de expresión según nuestra Constitución.

***   En estos meses de pandemia son hechos indiscutibles, que las relaciones de trabajo han evolucionado hacia un nuevo concepto de la naturaleza de la unidad productiva, y, que han aparecido nuevas realidades en las relaciones laborales, entre ellas los repartidores que es un trabajo completamente nuevo y diferente, con características propias, que ha nacido para quedarse, de forma, que no queda más remedio que intentar comprender esta nueva realidad del trabajo nacida de una nueva necesidad, regulándola con lógica y prudencia sin apresuramientos.

Hay que reconocer la otra realidad distinta de los riders, que podríamos llamar, producción independiente, que se incardina fuera del concepto tradicional de las relaciones productivas de la empresa, que el mercado laboral actual ha dejado obsoletas, ya que, ahora, prevalecen la libertad y la productividad, es decir, estamos en un mundo de resultados.

Es lo cierto, que ha nacido un modelo productivo más contractual, ganando en agilidad, posibilidades de cambio en su estructura y organización, tanto de personal como de medios materiales, de forma, que la empresa y el productor ganan en la mejora de todos sus procesos, posibilitando, además, la mejora de la productividad.

** De igual modo, destacar, que hay una serie de conceptos que son definitorios esta nueva actividad productiva, si se quiere comprender su naturaleza:

* Confianza. * Productividad. * Flexibilidad. * Libertad. * Acuerdo. * Descentralización.

Cada uno de esos conceptos configuran la naturaleza del nuevo trabajo, nacido, sin duda, de la necesidad de las unidades productivas y de los propios trabajadores de adaptarse a una realidad nueva y en cambio permanente, apoyado por la transformación digital en constante desarrollo.

*** A su vez, hay que poner de relieve, que el trabajo de los riders no puede estar dominado por la unilateralidad ni de la empresa ni del trabajador, ni del Gobierno, como tampoco por la rigidez normativa de los poderes públicos, de forma, que en este asunto regirán los principios del acuerdo y de los contrapoderes mutuos, ya que, por mucho que se quiera intervenir por las distintas fuerzas sociales y el poder público, será imposible de regular con éxito sin libertad y flexibilidad, ya que, por sí mismo, su naturaleza y realidad actual,  implican una transformación del régimen contractual nueva y desconocida, que afecta a la esfera personal del trabajador y a la capacidad de organización y dirección de la empresa.

En el mismo sentido, para hacer posible una ley exitosa del trabajo de los repartidores, es imprescindible señalar, que la productividad es un elemento esencial de la prevalencia de esta forma de trabajo, ya que, si el trabajador resulta improductivo, la empresa abandonara esa actividad, porque pierde la confianza en la rentabilidad del  productor, que solo puede ser controlado por los resultados concretos de su trabajo, y, a su vez, el trabajador quiere una retribución acompasada a su rendimiento.

La cuestión esencial reside, –en que es una nueva realidad ineludible en las relaciones laborales-, donde el trabajador gana en flexibilidad, en autonomía y mejora su salario con su rendimiento, ya que, lo importante para la empresa es el resultado del trabajo de su empleado, sea autónomo o por cuenta ajena.

Es evidente, qué si se quiere, que el trabajo de los repartidores funcione, solo puede ser a través del equilibrio de contrapoderes, flexibilidad dentro de un marco de libertad y acuerdo, regido todo por la confianza mutua de las dos partes implicadas. Quedando claro, qué con un exceso de regulación exhaustiva y rígida, como se quiere por los poderes públicos, sindicatos y afines, será muy complicado que esta norma funcione. Sin embargo, que nadie lo ponga en duda, los riders han llegado y se quedarán con ley o contra ley.

N.B.  La Ley de Repartidores (Riders) aprobada de urgencia será inaplicable, ya que, como dice la frase popular, que todo el mundo entiende, “lo que no puede ser no puede ser y, además, es imposible”, al ser totalmente inviable y contraria a la realidad económica y social, estando cargada y llena de ideología colectivista, naciendo, además, de una unilateralidad excluyente.

Es una realidad, que la mejor manera de que el trabajo de los riders funcione, es con flexibilidad y con contrapoderes mutuos empresa productor, de forma, que siempre primará el consenso y nunca triunfara la unilateralidad.  Así mismo, esta modalidad de trabajo exige que la corresponsabilidad empresa – productor sea mutua, lo que implica necesariamente, que tenemos que eliminar cualquier legislación rígida, y, establecer reglas basadas en la confianza, la libertad, los acuerdos, la productividad y la flexibilidad, dentro de un clima de equidad y justicia.

Finalmente, no se debe olvidar, que ninguna actividad puede existir en los nuevos mercados extremadamente competitivos, si no se adapta a la realidad social, y, sin duda, la tarea de los repartidores es una de ellas.

Córdoba, a 14 de mayo de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.