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IBI en agosto – Córdoba – (cuando recaudar importa más que facilitar el cumplimiento)

A las puertas de las vacaciones -o cuando buena parte de la ciudadanía ya se encuentra fuera de su residencia habitual- muchos vecinos de Córdoba reciben la misma comunicación, en el buzón o en su bandeja de entrada:

“El Impuesto sobre Bienes Inmuebles se pone al cobro a principios de agosto.”

La decisión puede ser formalmente conforme con la ordenanza fiscal, pero que algo sea legal no significa necesariamente que sea razonable, oportuno o compatible con los estándares de una buena Administración. Cuando el principal tributo municipal del año se exige de manera recurrente en el mes vacacional por excelencia, el calendario de cobro deja de ser una cuestión puramente técnica y adquiere una evidente dimensión política.

No se trata de cuestionar la obligación de pagar el IBI ni de negar la importancia de los ingresos tributarios para sostener los servicios públicos. Se trata de algo más elemental: 

“De exigir que la Administración orgánica actúe con los parámetros de la buena fe y en favor de los ciudadanos”.

<<Una Administración que cobra en agosto>>

La relación entre el contribuyente y el Ayuntamiento no debería construirse sobre el descuido, la sorpresa o la dificultad de reacción. La buena fe, la confianza legítima y el principio de buena Administración reclaman que los poderes públicos actúen con lealtad, transparencia y consideración hacia las circunstancias reales de las personas a las que sirven.

**Sin embargo, poner el IBI al cobro en agosto coloca al vecino en una posición objetivamente más vulnerable:

*Menor capacidad de reacción. Durante las vacaciones, muchas familias se encuentran fuera de su domicilio, con un acceso más limitado a sus comunicaciones, a la banca electrónica o a la documentación necesaria para comprobar un cargo.

*Más dificultades para resolver incidencias. Un error en la domiciliación, una cuenta cancelada, un cambio de entidad bancaria o cualquier problema relacionado con el pago exige una respuesta rápida. Pero esa respuesta puede verse obstaculizada por los horarios reducidos, los turnos estivales y la menor disponibilidad de los servicios de atención al público.

*Riesgo de consecuencias económicas. Lo que durante el verano puede parecer un simple descuido se transforma, al regresar en septiembre, en un pago fuera de plazo, con los recargos correspondientes y, en su caso, otras consecuencias económicas.

*Desigualdad entre la Administración y el ciudadano. El Ayuntamiento mantiene activa su maquinaria recaudatoria mientras el vecino afronta el periodo del año en el que precisamente dispone de menos tiempo, información y capacidad de gestión.

La cuestión, por tanto, no es si el recibo puede cobrarse en agosto. La cuestión es si resulta aceptable que la Administración elija sistemáticamente un momento en el que aumenta la probabilidad de que el contribuyente no pueda reaccionar a tiempo.

<<La legalidad no basta>>

El artículo 103 de la Constitución obliga a la Administración Pública a servir con objetividad los intereses generales y a actuar de acuerdo con los principios de eficacia, sometimiento pleno a la ley y servicio al ciudadano. Ese mandato no puede interpretarse como una autorización para limitar la actuación administrativa al cumplimiento formal de los trámites.

La Administración también debe preguntarse *si sus decisiones son comprensibles, accesibles y proporcionadas; *si reducen o incrementan innecesariamente las cargas que soportan los ciudadanos; y, *si el modo de ejercer una potestad legal fortalece o deteriora la confianza pública.

La recaudación tributaria no es una operación automática desligada de sus efectos sociales. Detrás de cada recibo hay una familia, una persona mayor, un propietario que no reside habitualmente en Córdoba, una cuenta bancaria modificada o un contribuyente que puede encontrarse temporalmente sin acceso normal a sus comunicaciones.

Por eso, la buena Administración exige algo más que cobrar en plazo:

“Exige hacer posible que el ciudadano pueda pagar en plazo sin tener que superar obstáculos innecesarios”.

<<Existen alternativas>>

No hay ninguna razón que obligue a concentrar el pago del IBI en agosto. El periodo voluntario podría establecerse en otros meses -mayo, junio, septiembre u octubre- o distribuirse de forma que se evite la coincidencia con el periodo vacacional.

**También podrían adoptarse medidas complementarias:

*ampliar los canales de aviso y comunicación;

*reforzar la atención durante las fechas de vencimiento;

*establecer mecanismos ágiles para corregir errores de domiciliación;

*ofrecer sistemas de fraccionamiento más accesibles;

*informar de manera clara sobre las consecuencias de un impago;

Y, *revisar periódicamente el calendario fiscal desde la perspectiva del ciudadano, no solo desde la comodidad de la gestión interna.

La existencia de alternativas demuestra que mantener el cobro en agosto no es una fatalidad administrativa, sino que es una decisión de organización y, en última instancia, una elección política trufada de mala fe.

<<Recaudar con legitimidad>>

Una Administración moderna no debe medir su eficacia únicamente por la cantidad recaudada o por el porcentaje de recibos cobrados. También debe valorar el modo en que obtiene esos ingresos y la relación que establece con la ciudadanía.

La disciplina fiscal es necesaria, pero no puede confundirse con indiferencia hacia las circunstancias del contribuyente. El Ayuntamiento debe recaudar, sí; pero debe hacerlo con transparencia, previsibilidad y respeto. La eficiencia recaudatoria no puede convertirse en una política de desgaste ni en una estrategia basada en que el ciudadano no esté pendiente.

Córdoba merece una Administración tributaria que no vea al vecino como un mero sujeto pasivo, sino como una persona a la que debe facilitar el cumplimiento de sus obligaciones. Cobrar el IBI en agosto podrá ser legal, pero resulta difícilmente compatible con una concepción exigente de la buena Administración y con la sensibilidad que debería presidir la gestión de los asuntos públicos.

Por ello, corresponde a la Corporación Municipal revisar el calendario fiscal antes del próximo ejercicio y abrir un debate transparente sobre la oportunidad de mantener el periodo voluntario en pleno mes de agosto.

La recaudación sostiene los servicios públicos. Pero la confianza ciudadana también. Y una Administración que solo piensa en la caja corre el riesgo de olvidar para quién existe.

N.B. Imagen. El IBI de agosto. Recuadar es lo primero.

Córdoba, 14 de agosto de 2026.

Fdo. Enrique García Montoya.

Exconcejal del Ayuntamiento de Córdoba.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Nota: Imagen.

La Mezquita-Catedral de Córdoba (Un Incendio con Celosía)

<<La Celosía del Cabildo>>

El Cabildo de la Mezquita-Catedral ha erigido una tupida celosía en torno al incendio de agosto: “Un enrejado que, como define la RAE, permite ver desde dentro hacia fuera sin ser visto”. Así lo demuestran las declaraciones de un arqueólogo implicado en la reconstrucción, quien asegura que “no ha habido pérdida patrimonial ninguna”, y las de los responsables del Cabildo, que insisten en la ausencia de daños irreversibles. Esta opacidad evita explicaciones detalladas y socava la transparencia que un monumento de interés global exige.

(Nota. En arquitectura, la celosía es un elemento versátil por su función decorativa y protectora. Aquí, ha servido para contener el relato oficial, dejando al margen el escrutinio público.).

<<El Incendio: Origen y Áreas Afectadas>>

El 8 de agosto de 2025, a las 21:15 horas, un cortocircuito en una barredora eléctrica almacenada en la capilla número 37 -parte de la ampliación de Almanzor- desató el fuego. Se controló en hora y media gracias a un protocolo eficiente, con bomberos llegando en menos de seis minutos.

***Las zonas principales dañadas fueron:

*Capilla de la Anunciación: Colapso total del techo de cañizo.

*Capilla de San Nicolás de Bari: Daños por humo y altas temperaturas en arcos y columnas.

*Vestíbulo de la Puerta de San Nicolás: Afectación en cubiertas y muros.

(Nota. El área impactada abarca entre 50 y 80 metros cuadrados -apenas el 1% del monumento-, con deterioros en pinturas murales, elementos decorativos y mobiliario litúrgico por fuego, humo y agua. No hubo heridos, y la estructura principal (patrimonio UNESCO) permanece intacta.

<<Evaluación Patrimonial y Críticas>>

Oficialmente, no hay pérdidas irreversibles: “Las áreas afectadas son restaurables, y la intervención inmediata ha preservado elementos clave de la era omeya-califal”. La UNESCO y expertos coinciden en que la integridad y autenticidad del bien mundial se mantienen.

Sin embargo, colectivos y asociaciones como Córdoba Abierta -ACOA- y voces expertas critican la acumulación de equipamiento en espacios históricos y la falta de protocolos más estrictos. Exigen inventarios detallados de bienes afectados (retablos, esculturas) y mayor claridad, ya que, solo se han facilitado datos generales.

<<Valoración de Daños>>

**Económicos: La Junta de Andalucía estima un millón de euros para la restauración de las tres capillas y el vestíbulo, cubriendo limpieza, estabilización y rehabilitación. Podría añadirse otro millón para mejorar la red antiincendios, enfocado en prevención.

**Culturales y Artísticos: Oficialmente, los daños se limitan a ampliaciones posteriores, sin tocar obras únicas o insustituibles. Retablos y esculturas de valor sufrieron daños menores, salvados por la rápida respuesta. El reto es restaurar la apariencia original, un desafío para la conservación, pero no una amenaza al conjunto.

<<Restauración y Estado Actual>>

Las obras comenzaron de inmediato y se prevé su fin a mediados de 2026. El monumento reabrió al público y culto al día siguiente, con las zonas dañadas acotadas. Hoy, dos meses después, los andamios en el exterior atestiguan el progreso, y, el humo residual en la Puerta de San Nicolás recuerda el susto.

<<Conclusión>>

El incendio fue grave pero confinado: “Daños materiales en zonas restaurables, sin pérdidas patrimoniales irreversibles ni impacto en el núcleo histórico”. El millón apresurado de euros en restauración subraya un alcance limitado. Aun así, la celosía del Cabildo -omitiendo detalles sobre bienes específicos de carácter cultural – alimenta dudas.

En un tesoro nacional e internacional, la transparencia no admite excusas:

“Debe ser total para disipar preocupaciones sobre impactos ocultos”.

N.B. Es un hecho patente y claro, que los responsables del Cabildo Catedral en el asunto de los daños culturales y económicos han tejido un tupida celosía para ver sin ser visto, omitiendo informaciones detalladas y olvidando que la transparencia en asunto de interés global (nacional e internacional) debe ser completa y detallada, de forma, que aquí no caben escusas de clase alguna.

Córdoba, 29 de octubre de 2025.

Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S.S.

 Presidente de Córdoba Abierta (ACOA).

IBI en Córdoba – Bajada Real o Maquillaje Fiscal.

Los lectores nos recriminan a Córdoba Abierta -ACOA-, que no hablamos claro sobre el Impuesto de Bienes Urbanos (IBI) del Ayuntamiento de Córdoba, pues nos dicen, que el P. P. no ha bajado el IBI Urbano, ya que, con las enormes subidas de las tasas del Emacsa y Sadeco, concretamente, agua y basura se ha producido un engaño masivo a los cordobeses de la Ciudad, de forma, que entienden que la imposición fiscal se ha incrementado injustamente y, además, perjudicando a las clases más vulnerables y suponiendo, a mayor inri una duplicidad fiscal, como ocurre con la basura y el reciclaje, que se cobra dos veces, recicles o no recicles, lo que afecta directamente a los ciudadanos que se esfuerzan en reciclar, pues está claro, que si reciclas no deberías pagar por el reciclaje, porque eso solo beneficia a los ciudadanos que no cumplen con sus deberes de reciclaje.

Está claro, que toca explicarnos desde ACOA, así:

<<IBI – Córdoba>>

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un pilar clave de los ingresos del Ayuntamiento de Córdoba, recaudando unos 75 millones de euros anuales por el IBI urbano.

Sin embargo, las políticas fiscales del gobierno del PP, liderado por José María Bellido desde 2019, han generado críticas por un supuesto -engaño fiscal-.

A pesar de las reducciones anunciadas, muchos cordobeses perciben un aumento de la presión fiscal debido a las subidas en tasas de agua (Emacsa) y basura (Sadeco), que afectan especialmente a las clases vulnerables.

Además, la doble facturación por basura y reciclaje, independientemente de si se recicla, castiga a los ciudadanos responsables, beneficiando a quienes no cumplen con el reciclaje.

<<Bajadas del IBI (2019-2026)>>

Desde 2019, el PP ha aplicado siete rebajas fiscales consecutivas, destacando:

  • IBI Urbano: Reducción acumulada del 5,79% hasta 2026, con un 1% en 2025 y un 2% en 2026, en respuesta a demandas ciudadanas para compensar las subidas de tasas. En 2022, se eliminó el recargo del 50% sobre viviendas desocupadas.
  • IBI Rústico: Descenso acumulado del 13,93%, priorizando el apoyo al sector agrario, dado que Córdoba tenía uno de los IBI rústicos más altos de España.
  • Bonificaciones: Se mantienen incentivos como el 50% en el IBI para instalaciones solares y el ICIO para puntos de recarga eléctrica.

<<Motivos y Críticas>>

La mayor reducción del IBI rústico busca aliviar la carga fiscal de agricultores y equiparar Córdoba a la media nacional, con un impacto recaudatorio menor que el IBI urbano.

Sin embargo, las rebajas del IBI urbano, más moderadas, se ven eclipsadas por el aumento de tasas como la de ayuda a domicilio (+7,6% en 2025), según nos denuncian los lectores y asociaciones ciudadanas, quienes tachan las medidas de *regresivas* por beneficiar más a grandes propietarios.

La pérdida de ingresos estimada es de 1,48 millones de euros en 2025 y 1,9 millones en 2026, lo que podría afectar los servicios públicos, si no va acompañada de una reducción proporcional del todo gasto superfluo, que el Ayuntamiento tiene y que lo disfraza de gasto de asesoramiento y servicios innecesarios.

<<Conclusión>>

Aunque el PP presume de un modelo fiscal -justo- que fomenta la inversión, las subidas en tasas de agua y basura, junto con la duplicidad en el cobro del reciclaje, generan la percepción ciudadana de que el IBI no ha bajado realmente.

Los cordobeses exigen una fiscalidad más equitativa que no penalice a los más vulnerables ni a quienes cumplen con el reciclaje.

(Advertimos, que para datos exactos de recaudación en 2025, habrá que esperar a los informes municipales definitivos).

<<Notas>>

  • El IBI se calcula sobre el valor catastral con tipos de gravamen entre 0,4%-1,1% (urbano) y 0,3%-0,9% (rústico).
  • El periodo de pago voluntario del IBI 2025 es del 5 de junio al 5 de agosto.

<<Análisis Final>>

La estrategia del PP combina rebajas selectivas con congelaciones de tasas, pero la falta de transparencia en el impacto real de las subidas de Emacsa y Sadeco, junto con la doble facturación por reciclaje, alimenta el descontento ciudadano.

¿Bajada fiscal o espejismo? – Los cordobeses merecen claridad y equidad.

(Nota. Priorizamos el impacto en los ciudadanos, especialmente, los vulnerables y la duplicidad en el cobro de tasas).

N.B. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos (IBI) del Ayuntamiento de Córdoba, tal como , está configurado, y, teniendo en cuenta las tasas de agua y de basura de sus Empresas es injusto y no supone ninguna rebaja, se mire como se mire.

Las rebajas de 2025 y 2026 en el IBI urbano reflejan demandas ciudadanas para compensar subidas en otras tasas, pero el Ayuntamiento las aplica con sospechosa cautela según dice para mantener el equilibrio fiscal.

El Ayuntamiento puede y debe hacer una reducción del IBI Urbano real y justa.

Córdoba, a 5 de septiembre de 2025.

Enrique García Montoya.

Asociación Córdoba Abierta ACOA. Presidente