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La Colada -(el embalse que volvió a llenarse y siguió enfermo)

Cada día recibo correos de los lectores del blog, pidiendo información sobre el embalse de La Colada, pues según dicen no entienden la situación en que se encuentra enfermo y desahuciado, así que intentaré explicar de forma clara y  sencilla el problema que tenemos irresuelto y abandonado por las administraciones responsables, aunque lo verdaderamente intrigante es que no pasa nada y el embalse sigue enfermo y contaminado.

<<Un problema que no cabe en una sequía>>

La Colada ha demostrado una verdad, que las políticas hidráulicas suelen olvidar:

“Llenar un embalse no equivale a recuperar un territorio”.

El agua ha vuelto al vaso, pero la confianza no. Durante 2026 la presa cordobesa permaneció sometida a restricciones de baño por la presencia de cianobacterias potencialmente tóxicas y llegó a ser la única zona de baño andaluza que continuaba cerrada por este motivo.

Lo dicho rompe el relato cómodo de la recuperación, porque agua hay, pero la crisis se ha instalado de forma permanente, de manera, que *hay volumen, pero no seguridad ecológica, *hay Administraciones, pero no un mando público capaz de responder por el conjunto.

<<La trampa del agua abundante>>

Durante demasiado tiempo, la conversación se ha reducido a una pregunta inadecuada: ¿hay agua suficiente?

La pregunta correcta es otra:

¿podemos confiar en esa agua y en el sistema que debe protegerla?

La Colada obliga a distinguir entre tres cosas que no son equivalentes: *el agua almacenada, *el agua ambientalmente sana y *el agua que puede convertirse en agua de consumo con garantías razonables.

La primera puede recuperarse con lluvias; las otras dos requieren depuración, vigilancia, disciplina y tiempo.

Cuando un embalse necesita más reactivos, más carbón activo, más controles y más barreras de tratamiento, el coste de la mala gestión aguas arriba aparece en la factura de la potabilización. El problema se desplaza, pero no desaparece.

<<El enemigo no es una sola causa>>

Es fácil elegir un culpable único, de forma, que se culpa a la ganadería, a los purines, a los municipios o a la Administración competente, pero la contaminación de una cuenca no se prueba con intuiciones ni con consignas.

La pregunta seria es cuánto nitrógeno y fósforo aporta cada fuente, y, para responderla hay que medir vertidos urbanos, depuradoras, colectores, escorrentías, instalaciones ganaderas y sedimentos del propio embalse. Las informaciones publicadas sobre la EDAR de Pozoblanco -con una concentración media de fósforo de 4,6 mg/l y un rendimiento de depuración del 32,16 % en 2025- sugieren que el saneamiento urbano forma parte del problema, aunque no permiten cerrar por sí solas toda la explicación causal.

La política ambiental adulta empieza cuando abandona la comodidad del culpable único y acepta la incomodidad del balance de masas.

<<La Administración como sistema roto>>

La Colada no padece solamente una crisis ambiental, sino que padece una crisis de arquitectura pública.

*La Confederación (CHG) vigila el dominio público y los vertidos; *la Junta interviene en sanidad, depuración y calidad; *la Diputación y Emproacsa participan en el abastecimiento; y, *los ayuntamientos gestionan piezas esenciales del saneamiento. Cada institución puede exhibir una competencia, pero ninguna parece asumir el resultado completo.

Eso es gobernanza por compartimentos, de forma,  que cada expediente tiene dueño, pero el problema no.

La solución no es crear una nueva agencia con un logotipo y ningún presupuesto, sino que lo que hay que hacer es *designar una dirección técnica única, *aprobar un calendario vinculante, *publicar indicadores y *hacer que cada retraso tenga nombre, fecha y consecuencia.

<<La revolución pendiente – (dejar de gestionar el final de la tubería)>>

La respuesta convencional consiste en reforzar la potabilización y, sin duda, es necesario, pero insuficiente, ya que, una ETAP mejor preparada puede proteger al consumidor, pero no puede regenerar una cuenca contaminada.

La revolución consiste en invertir la lógica: *primero se corta la entrada, *después se restaura el vaso y *al final se perfecciona la barrera de abastecimiento.

***Eso significa:

*depuradoras capaces de eliminar nutrientes, no solo de cumplir formalmente una depuración básica; *colectores inspeccionados y aliviaderos controlados; *purines almacenados y aplicados con trazabilidad; *muestreos en cada tributario relevante; *datos abiertos y comprensibles; y, *pilotos científicos antes de comprar soluciones milagrosas.

La prioridad no debe ser la tecnología más vistosa, sino la medida que reduzca de forma demostrable la carga contaminante que llega al embalse.

<<Derecho vs. diagnóstico>>

La indignación ciudadana solo se convierte en acción eficaz cuando se traduce en obligaciones exigibles.

La Ley 27/2006 permite reclamar información ambiental, participar en decisiones con incidencia ambiental e instar la revisión de actos y omisiones contrarios a la normativa. El artículo 29 de la LJCA puede ser útil frente a obligaciones concretas incumplidas, pero no sirve para pedir a un tribunal que diseñe una política pública genérica de regeneración.

Por eso, el expediente debe construirse como una cadena de precisión:

“*qué obligación existía, *quién la tenía, qué plazo venció, *qué prueba acredita el incumplimiento y *qué daño se produjo”.

La vía penal, si procede, debe ser el último eslabón de una investigación sólida, no el primer titular. La responsabilidad patrimonial exige daños concretos, individualizados y causalmente conectados con el funcionamiento del servicio público.

Es un hecho patente, que la pluralidad de Administraciones no crea por sí sola una responsabilidad solidaria.

<<Un pacto con cláusula de incumplimiento>>

La propuesta es sencilla de decir y difícil de esquivar: “Un contrato de recuperación de La Colada con horizonte que no supere cinco años”.

***No un protocolo ornamental, sino un pacto con cinco cláusulas públicas:

1.- datos abiertos cada semana;

2.- mapa de entradas contaminantes y responsables;

3.- plazos obligatorios para depuración y saneamiento;

4.- evaluación independiente de cada actuación;

5.- consecuencias administrativas ante el incumplimiento.

El indicador de éxito no será el número de ruedas de prensa, ni el dinero anunciado, ni el volumen embalsado, sino que será *la reducción verificable de nutrientes, *la desaparición sostenida de episodios de cianobacterias, la recuperación de la calidad ecológica y *la existencia de un abastecimiento redundante y seguro.

<<Conclusión>>

La Colada no está condenada, pero tampoco está recuperada porque vuelva a tener agua, la verdad es que está ante una elección política y administrativa: “Continuar administrando síntomas o empezar a gobernar causas”.

La sequía fue el detonante, pero la contaminación acumulada, la fragmentación competencial y la opacidad explican la persistencia. El futuro del embalse dependerá de si las instituciones aceptan que la seguridad hídrica no consiste en encontrar agua, sino en protegerla antes de que sea demasiado tarde.

N.B. Imagen. La Colada –  (el embalse que volvió a llenarse y siguió enfermo).

(Nota. Solo la Diputación de Córdoba, con el mayor presupuesto de su historia, gasta más en apertura de fosas, política radical de I. U. y en subvencionar empresas públicas ruinosas a fondo perdido, que en recuperar el embalse de La Colada.)

Córdoba, 24 de septiembre de 2026.


Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA-Córdoba. – Inspector de Trabajo y Seguridad Social.

Exdiputado provincial de Córdoba. Exdiputado del Parlamento de Andalucía.

Amnesia – Igualdad ante la ley – AEAT (Trato judicial diferente – ciudadanos de a pie y políticos)

En estos días estamos viendo todos, lo que es la amnesia judicial en la subpolítica, pues es difícil que alguien no haya visto la declaración de David Sánchez, alias David Azagra, ante la Jueza de Instrucción de Badajoz (Extremadura), así como, las declaraciones de los altos mandos de la AEAT-Extremadura en el mismo procedimiento judicial, aunque existe una diferencia relevante, el Sr. Sánchez-Azagra como investigado ha podido decir o callar lo que haya querido, pero tres los testigos altos cargos de la AEAT-Extremadura eran (son) testigos-peritos con la obligación de decir verdad ante la Jueza, razón la que, siendo evidente que han faltado a la verdad en sus declaraciones (por acción y/o por omisión), es un hecho patente y probado que presuntamente han cometido un delito de falso testimonio en sede judicial.

Con este caso sobran más ejemplos, de manera, que imaginemos, que varios testigos en una declaración judicial y declaran tal como han depuesto ante la Jueza de Instrucción en el caso citado, lo inmediato sería que el juez de instrucción de turno los procesaría por falso testimonio sobre la marcha.

Los tres testigos de la AEAT-Extremadura no tienen aforamiento alguno, además, son funcionarios públicos (aunque estén en puestos de libre designación), que están obligados con mayor motivo a declarar la verdad, de manera, que si no están ya procesados por presunto falso testimonio, es simplemente porque la ley en España se está aplicando de manera muy desigual y, se puede decir, que el valor justicia constitucional del artículo 1.1., de la C. E. está en trance de desaparecer.

(Nota. 1º.- Hablar ahora de la actuación irregular y desigual en este acaso de la AEAT produce vergüenza ajena, porque ya sabemos todos como se las gasta en el día a día, cuando va tras cualquier ciudadano de a pie.

2º.-**Solo en mi caso señalo, que he recibido en mi C. B. García Montoya en el año 2023 -55- amables correos electrónicos de la AEAT y en el año 2024 -21- amables correos de la AEAT, a pesar de tener interpuesta Denuncia Judicial ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía-Sevilla, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª., Recurso Nº. 277/2022, Procedimiento Ordinario (Negociado: MB), y, Reclamación Patrimonial contra la AEAT ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 7ª., Recurso Nº. 2566/2022, Procedimiento Ordinario. Todo muy normal, es lo que se llama igualdad ante la ley.

3º.-**Estoy seguro que mi caso es el mismo que el del Sr. Azagra, aunque personalmente siento acoso permanente y perverso contra mi y todos los míos.

4º.- **–Por supuesto tengo pruebas de todo lo dicho-).

El derecho a la igualdad ante la ley es de todos los españoles según la Constitución Española vigente de 1978, así, que sobra cualquier comentario.

La Asociación Córdoba Abierta -ACOA- ha nacido para defender la Constitución y nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, defendiendo la igualdad de los españoles y de todos los cordobeses  vengan de donde vengan, y, visto lo visto, es necesaria una fuerza política que nos defienda a todos por igual, ya que, en otro caso estamos perdidos, de manera, que no queda otra que la autodefensa y la sublevación pacífica.

Eso es ACOA.

N.B. La amnesia descrita y la desigualdad ante la ley de la AEAT es algo real y perverso, máxime, si existe, además, un trato judicial diferente entre ciudadanos de a pie y políticos o subpolíticos.

Lo que hay es lo que hay, de manera, que solo la autodefensa y la rebelión ciudadana llevadas a las urnas solucionarán el problema.

PD. Citar el caso del Fiscal General de Estado es demasiado para este pequeño artículo de opinión.

Córdoba, a 17 de enero de 2025

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

CITA PREVIA – Junta de Andalucía – OBLIGACION DEL CIUDADANO – DERECHO DE LA ADMINISTRACIÓN (DÍA DE ANDALUCIA – ¿Quién da más?).

Como el 28 de febrero es el día de los andaluces “felicidades a todos”.

He visto publicitado por aire, mar y tierra, que el Consejero de la Junta de Andalucía de Justicia, Administración Local y Función Pública D. José Antonio Nieto Ballesteros ha propuesto un Plan de Modernización de la Administración Pública Andaluza, que con lleva eliminación de trámites y una faciliciación a los andaluces de todos sus trámites con la Junta de Andalucía. 

En principio, enhorabuena a todos los andaluces, pues la Junta de Andalucía ha decidido poner la Administración Andaluza al servicio de todos nosotros.

Mi felicidad por lo dicho era manifiesta, por fin un Consejero ponía las cosas en su sitio, sin embargo, como dice el refrán popular “mi gozo en un pozo”, ya que, hoy 26/02/2024 he ido a presentar una demanda de conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Córdoba (Junta de Andalucía), sito en Avd. Gran Capitán nº. 12. 14001, Córdoba, a las 9, 05 horas, y, me ocurre lo siguiente:

1.- Me atiende un funcionario amablemente y me dice, que el CMAC no tiene Registro y que tengo que hacerlo todo vía digital, le indico amablemente, que mi cliente no tiene medios digitales disponibles para presentar la demanda, y, el funcionario junto con un Letrado del CMAC me dicen, que entonces tengo que pedir cita previa en un Registro de la Junta, pues sin cita previa no se puede presentar nada, y, cuando les digo, que la demanda debe ser presentada hoy mismo, me dicen que vaya a un Registro Público de la Junta y que lo intente sin cita previa, de forma, que me dicen, también, amablemente, que en la Tesorería de la Seguridad Social sita en Ronda de los Tejares en su Registro puedo presentar mi demanda sin cita previa y que también se pude hacer en el Registro Público de la Subdelegación del Gobierno sin cita previa.

Como he leído en muchos diarios lo de la modernización de la Administración de la Junta de Andalucía del Consejero Sr. Nieto Ballesteros, me digo, que en el CEMAC deben estar en un error, así, que, me persono en la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía sita en C/. San Felipe-Plaza de San Nicolas, una vez allí, lo primero que veo es un control con arco de seguridad, de manera, que ante el funcionario del mismo me identifico con mi DNI y le indico, que quiero presentar un escrito en el Registro de la Delegación del Gobierno; el funcionario amablemente me dice que es imposible pues necesito “cita previa”, aunque desde mi posición delante del arco de seguridad compruebo, que en el mostrador del Registro de la Delegación, que tengo a mi vista no hay nadie presentando documento alguno y, visto lo cual, le indico al funcionario de control de seguridad,  que consulte mi caso, ya que, mi escrito debe ser presentado hoy mismo en el Registro de la Junta de Andalucía, y, el funcionario, amablemente, después de consultarlo me dice que es imposible presentar mi escrito sin cita previa.

A la vista de esos hechos impeditivos de mis derechos fundamentales más elementales y de mi cliente, voy a la Central de Correos de la C/. Cruz Conde y por medio de carta certificada, con acuse de recibo y copia sellada, previo pago, envío al CMAC de Córdoba, ubicado a la vuelta a escasos cien metros, la carta de mi cliente al Centro de mediación, Arbitraje y Conciliación de Córdoba, sito en Avd. Gran Capitán nº. 12, 3ª. Pl. de Córdoba, siendo las 09:27:57 horas, según consta en el resguardo de admisión de Correos del día 26/02/2024.

Lo expuesto es mi pequeña historia, que dedico a todos los andaluces por el DÍA DE ANDALUCÍA, ya que, aunque es un asunto “pequeñito”, demuestra que las obligaciones son para los andaluces y los derechos para la Administración de la Junta de Andalucía.

(Nota. La Cita Previa Administrativa se impuso con la Pandemia, pero se ha quedado incrustada como un derecho de la ADMINISTRACIÓN, lo que, entiendo que es ilegal, porque vulnera derechos fundamentales de los españoles y de los andaluces, siendo un *ABUSO DE DERECHO”, que se mire como se mire, limita los derechos y libertades constitucionales de todos nosotros, de manera, que viola los arts. 1.1., 9., 10., 14., 103 y cc. de la C. E. de 1978 y nuestro Estatuto de Autonomía.

N.B. Por una Andalucía en libertad.

Felicidades a todos los andaluces libres, iguales y solidarios.

Córdoba, a 26 de febrero de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Diputado del Parlamento de Andalucía – II Legislatura – Secretario del Parlamento de Andalucía por Alianza Popular.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.