(Incompatibilidad práctica, “doble sombrero” y degradación de la representación institucional en el Senado).
I.- Planteamiento de la cuestión – (La ficción del político omnipresente y el “doble sombrero”).
La designación de Salvador Fuentes Lopera como cabeza de lista del Partido Popular al Senado por Córdoba -acumulando simultáneamente la Presidencia de la Diputación Provincial de Córdoba, su acta de concejal en el Ayuntamiento de la capital y la aspiración a un escaño en la Cámara Alta- plantea un conflicto institucional de primera magnitud:
**la incompatibilidad práctica, técnica y operativa del “doble sombrero”**.
Aunque la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) no contemple una prohibición jurídica estricta para simultanear la jefatura de un ejecutivo provincial con la condición de parlamentario en Madrid, la realidad de la gestión pública choca frontalmente con esta ficción. Pretender gobernar una provincia con más de 70 municipios, hacer frente a la crisis hídrica de la zona norte, bregar con el saneamiento de empresas públicas deficitarias como EMPROACSA y EPREMASA (cuyo rescate se ha traduciendo en asfixia fiscal para las familias), y sostener los pactos presupuestarios con Izquierda Unida, mientras se atienden los plenos, comisiones y la actividad legislativa en el Senado, <representa un fraude operativo insalvable>.
Un presidente “a tiempo parcial” aboca inevitablemente a la administración provincial a la ineficacia, delegando el gobierno en la fontanería orgánica y reduciendo la representación en Madrid a una mera formalidad de partido.
II.- Radiografía del perfil – (La quiebra de los principios constitucionales de mérito y capacidad).
El artículo 103.3 de la Constitución Española consagra los principios de mérito y capacidad para el acceso a la función pública, exigencias éticas que el electorado conservador y liberal reclama trasladar de manera inexcusable a la representación política superior.
***Al examinar la trayectoria pública que sustenta esta candidatura, el contraste es demoledor:
1.- La dependencia exclusiva del aparato: Salvo por el paso por estudios universitarios no culminados con titulación superior o ejercicio profesional continuado en el sector privado, la totalidad de la trayectoria laboral del candidato se ha desarrollado ininterrumpidamente en el seno de las estructuras de partido y cargos institucionales desde la década de 1990.
2.- El “político de plantilla” sin alternativa real: Quien carece de una profesión o de una plaza técnica a la que retornar en la economía real queda sometido por completo a la disciplina de cúpula. La acumulación de cargos públicos deja de ser un servicio a los ciudadanos para convertirse en una garantía de supervivencia personal y un blindaje orgánico.
3.- El abismo con la sociedad civil: Frente a un electorado de centro-derecha compuesto por autónomos, profesionales liberales, agricultores y empresarios que arriesgan diariamente su patrimonio en el mercado, **se ofrece como representante en la Cámara Alta un perfil de aparato puro que carece de la especialización técnica exigida para fiscalizar con rigor la legislación estatal**.
III.- La degradación y el secuestro del Senado como Cámara territorial.
Constitucionalmente concebido como el órgano de representación territorial (art. 69.1 CE), el Senado ha sufrido un proceso acelerado de subordinación a las directrices de los partidos, de forma, que se utiliza la Cámara Alta como refugio o premio de consolación para presidentes de diputaciones y cuadros provinciales desvirtuando por completo su naturaleza.
Cuando un senador debe su escaño a la designación del aparato y compagina su labor con la presidencia de un gobierno provincial, jamás levantará la voz en Madrid para defender los intereses reales de Córdoba *si ello contradice los intereses de la cúpula o compromete los pactos de despacho locales* (como la asunción de la memoria democrática o la inyección de fondos pactada con la izquierda).
Se consuma así la pérdida de voz territorial y la conversión del Senado en un órgano cautivo de las estructuras orgánicas.
IV. Conclusión – (El rescate de la dignidad mediante el voto nominal).
La degradación institucional y la ficción del “doble sombrero” no se corregirán desde los despachos que las imponen, sino mediante la reacción del electorado exigente.
La papeleta del Senado contiene una herramienta democrática decisiva:
*el sistema de listas abiertas y el voto nominal y selectivo*
El ciudadano de Córdoba no está obligado a otorgar un cheque en blanco a la inercia de las siglas, de manera, que puede y debe marcar individualmente a perfiles solventes y excluir de la votación a los representantes del aparato, que encarnan la acumulación de cargos, siendo el único mecanismo legal y efectivo para recordarles, que la representación pública no es un patrimonio de partido, **sino un mandato de dignidad, mérito y servicio a los ciudadanos**.
N.B. Imagen.(Incompatibilidad práctica, “doble sombrero” y degradación de la representación institucional en el Senado).

Córdoba, 7 de noviembre de 2026
Fdo. Enrique García Montoya
(Abogado, Inspector de Trabajo y S.S., exconcejal, exdiputado provincial y andaluz)
