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Pensiones – Reforma Laboral – S. S. (verdades y mentiras)

Señalo algunos hechos patentes en este vidrioso asunto, opacado y oscuro de principio a fin, así:

* Al parecer, existe un extenso documento firmado por el comisario europeo de Economía, Paolo Gentiloni, y la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, donde figura según la U. E. que, a finales de 2022, España deberá llevar término la reforma de las pensiones, poniendo en vigor –el ajuste del periodo de cómputo, aumentándolo para calcular las pensiones de jubilación-.

* Es una realidad incuestionable la ampliación de periodo de cotización para calcular la cuantía de las pensiones, aunque el Ministro Sr. Escrivá pretende obviarlo y ocultarlo en la  “nube” y “en el lado oscuro de internet”, y, por lo que se ve con poco éxito.

* Así mismo, es verdad, que cualquier aumento del tiempo de cálculo de las pensiones supondrá aminorar la pensión de casi todos los futuros jubilados.

* Es conocido, que ahora para calcular las pensiones se utilizan los últimos 25 años cotizados de la vida laboral del trabajador. Aunque el Acuerdo con la U. E. parece que no concreta, a cuántos años más se va a extender la cotización, todos los tambores anuncian que se llegará a los 35 años.

Dicho lo anterior, los españoles merecemos, que en este asunto se realice por los poderes públicos (por todos, sin exclusión) una información veraz, tal como garantiza el art. 20 de la Constitución de 1978, que establece: << 1.  Se reconocen y protegen los derechos: d). A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.

2.      El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa >>.

Es algo evidente, que lo dicho no se cumple ni por asomo, de manera, que, si se quiere reformar las pensiones, realizar una reforma laboral, cuadrar las cuentas de la S. S. y, así, un largo etc. de problemas irresueltos, propongo que se adopten de inmediato una serie de medidas:

1ª.- Que se realice una información veraz a los españoles, inmediata, completa y permanente.

2ª.-, Que por los poderes públicos se aclare la situación económica del Estado para sostener el sistema de pensiones y demás, prestaciones de la S. S., dejando a un lado las medias verdades, las mentiras y los engaños. Los españoles tenemos que conocer las posibilidades económicas reales del Estado, para así, poder decidir sobre cualquier reforma del sistema de pensiones. De seguir hablando -de reformas inexplicadas-, -de gastos impropios-, -de las cuentas de la S. S. como algo ajeno a las cuentas del Estado- y -de otras entelequias engañosas., solo conseguiremos alcanzar una ruina estruendosa, antes o después.

3ª.- No queda otra, que presentar un plan serio, cuantificado de principio a fin y con ofertas concretas, sometiéndolo a la aprobación de los españoles, dejando al lado cualquier excusa, pues la Constitución es muy clara cuando dice, que la soberanía reside en el Pueblo.

4ª.- Es necesario un pacto de estado en estos asuntos de las pensiones, de la reforma laboral y de las cuentas públicas, sin descartar, la posibilidad de realizar un referéndum sobre los mismos.

5ª.- Es algo que nadie discute, que las pensiones tal y como están concebidas son imposibles de sostener, aunque es cierto, que se puede seguir como hasta ahora en la ensoñación engañosa y hasta donde se llegue se llegó. Lo único malo es que el final desastroso, si no arreglamos el problema, cada vez está más cerca y con peores soluciones si se alarga la agonía.

Se mire como se mire, la verdad es solo una, la diga Agamenón o su porquero, de forma, que los engaños, la ocultación y las mentiras tienen las patas cortas.

Si hay que hacer sacrificios los españoles deben conocerlo con claridad, entre otras cosas, porque ya han demostrado, que son responsables hasta el máximo extremo.

N.B. Reitero una verdad absoluta, que, en materia de pensiones, reforma Laboral y S. S. las mentiras y los engaños están bajo mínimos, de manera, que solo a través de la verdad y de la información veraz, con la necesaria participación de todos, se puede encontrar y aplicar una solución real, que, además, sea aceptada por una gran mayoría de españoles.

Los españoles vemos declaraciones de la U. E., del Gobierno, del Ministro de S. S., Sr. Escrivá, de los partidos políticos, de los representantes sindicales y patronales, entrando en la incertidumbre y en la desconfianza, pues soluciones se apuntan pocas y la participación social en la toma de decisiones, simplemente, no existe.

Si los poderes públicos solo continúan con todo tipo de engaños y exprimiendo a los ciudadanos en su patrimonio, los españoles viviremos atrapados por la injusticia y de la inseguridad jurídica, derivadas del nulo respeto a la ley demostrado por esos poderes a la Constitución.

Finalmente, poner de manifiesto, que la recuperación en España se estanca contrayéndose el PIB y la economía real no funciona para los ciudadanos de a pie.

Córdoba, a 12 de noviembre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Plusvalía – buena noticia para los ciudadanos – II- (reclamaciones)

En unos días llueven las preguntas de los lectores sobre los efectos de la Sentencia sobre la Plusvalía del Tribunal Constitucional: ¿Qué se puede reclamar? ¿Hay que pagar la plusvalía municipal que han recibido? ¿En las liquidaciones pagadas se puede reclamar la devolución?,  ¿Hay que recurrir las liquidaciones recibidas? y, así, un larguísimo etc.

Como premisas básicas se debe señalar y destacar varias cosas:

A).- << El TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, en Pleno ha resuelto lo siguiente:

          PARTE DISPOSITIVA:

          “En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido: 

         Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4433-2020, promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6”.  

         La sentencia considera que son inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina, que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

         El fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia. >>

B).- El Código Civil en su artículo 6. 3. dispone: Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.

C).- Decía, entre otras cosas, en el anterior artículo:

1.- Esperaremos a leer la sentencia y sus votos particulares, que serán los que se aplicarán en una nueva Ley exprimidora, aunque ahora un poco de alegría para los ciudadanos de a pie, ya que, resulta perverso, que los poderes públicos hayan reaccionado todos a -la contra-, dejando claro, que tamaña injusticia debe ser reparada de inmediato, al quedar desamparados todos los Órganos Públicos, que han visto como el T. Constitucional  ha metido la mano en sus bolsillos, igual que ellos durante muchos años y, a veces, con crueldad han despojado a muchos ciudadanos de parte de sus bienes, siendo por su puesto las clases medias y bajas las más oprimidas por el ilegal impuesto de plusvalía.

2.- El gasto público según la Ley realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

3.- Ahora a los ciudadanos beneficiados por la nulidad de una Ley inconstitucional solo les queda disfrutar mientras puedan, ya que, sin la menor duda, todos los salvadores públicos elegidos por ellos en listas cerradas, se podrán rápidamente de acuerdo para poner en vigor una nueva Ley, que con toda seguridad supondrá una nueva requisa de los patrimonios de los españoles, pues no se puede consentir, que la crueldad de unos Magistrados del T. C. (no todos, gracias a los dioses) haya esquilmado a unos organismos públicos destacados por realizar -siempre- un gasto público de forma equitativa con eficacia y economía.

*** A la luz de todo lo dicho, es evidente, que los actos nulos de pleno derecho no pueden surtir efecto alguno, ya que, simplemente, no han tenido existencia nunca, razón por la que todos los actos inconstitucionales y nulos nunca han tenido existencia legal y, por ello, todos pueden ser reclamados:

**Las liquidaciones de plusvalías de los Ayuntamientos, se diga lo que se diga, son actos nulos de pleno derecho, de manera, que según dice el T. C. en su sentencia no pueden tener efecto alguno, razón por la que todas ellas sin exclusión pueden ser reclamadas ante los Órganos judiciales, que, sin la menor duda, deberán declararlas nulas de pleno, ordenando los mismos, en consecuencia, la nulidad de las liquidaciones de plusvalías municipales practicas no ingresadas por los ciudadanos, que se encuentren recurridas, y, la devolución de las cantidades ingresadas por ese impuesto inconstitucional y nulo.

** Así mismo, los Ayuntamientos de oficio deberían retirar todas las liquidaciones emitidas no abonadas y dejar de practicar liquidaciones de plusvalía.

** De igual modo, la prudencia aconseja recurrir todas las liquidaciones de plusvalía recibidas, así como, en el supuesto de existir cualquier trasmisión recoger en la escritura pública el fallo de la sentencia del T. C. que declara inconstitucionales y nulos los artículos citados y remitir escrito al respectivo Ayuntamiento sobre ese extremo.

** Las plusvalías ingresadas voluntariamente, por el supuesto contribuyente, podrían y deberían ser reclamadas por los ciudadanos, si lo estiman conveniente a sus intereses, quedando claro, que un acto nulo de pleno derecho y, por tanto, inexistente, no pude estar sometido a plazo alguno de prescripción o caducidad para su reclamación

N.B. Reitero, que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo el Impuesto de Plusvalía, así que, ahora los ciudadanos a disfrutar de una buena noticia, mientras puedan, pues ya se ha visto la reacción pública de todos los poderes elegidos por el pueblo, de manera, que nada de alegrías.

El principio de legalidad y el respeto a la Ley por todos los poderes públicos están consagrados en la C. E. en sus artículos 9 y 10, sin ninguna exclusión.

Los españoles ahora asistimos atónitos a las declaraciones del Gobierno, de los Partidos Políticos, de los representantes populares elegidos por el Pueblo soberano, que solo se plantean renacer el impuesto de plusvalía municipal de mil formas diferentes, cosa que no se rechaza, pero que debería estar acompañado por una reducción del gasto público innecesario, aprovechando la ocasión para devolver al futuro impuesto, que sin la menor duda se impondrá, sí o sí, la equidad y la justicia social proclamadas en la Constitución.

Si los poderes públicos no actúan con prudencia, los españoles seguiremos presos de la injusticia y de la inseguridad jurídica, derivadas del nulo respeto a la ley por los poderes públicos, que, sin duda, son los que administran en perjuicio de sus ciudadanos, como es el caso de las plusvalías municipales, el Estado Social y Democrático de Derecho, que establece la Constitución de 1978.

Córdoba, a 2 de noviembre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Igualdad ante la ley – IV – Jueces y Fiscales (desigualdad con los abogados)

La desigualdad entre abogados y fiscales en los actos del juicio es manifiesta, y, sin duda, encierra una corruptela legal, que todos sabemos que existe.

Como me ha vuelto a pasar, esta vez, quiero escribir algo ante el trato de favor que reciben los fiscales en los tribunales y juzgados (que conste que no en la mayoría afortunadamente), que contrasta en demasía con el trato que reciben los abogados de esos mismos jueces y tribunales, así, es un hecho probado y patente, que desgraciadamente, en muchos casos, demasiados, los fiscales están posicionados en un plano de superioridad respecto a los abogados, que intervienen en los juicios.

Es casi inevitable, se diría corriente, que cuando un abogado entra en la Sala del Juzgado o Tribunal, se suele encontrar al Fiscal departiendo con el Juez o Tribunal, que en pura lógica estarán hablando del juicio a celebrar. Se me dirá que no es así, aunque un ejemplo de igualdad de trato en estrados entre fiscal y abogado desde luego no es. Sin ser malintencionado, en estos casos, la apariencia de imparcialidad del Juez o Tribunal, se puede afirmar, que -queda en entredicho-.

En el derecho español el asunto está muy claro en la ley, por un lado está el poder judicial, por otro el poder ejecutivo representado por el fiscal y por otro el abogado, es más, la Constitución Española no deja lugar a duda sobre lo dicho, de manera, (i) que el Juez o Tribunal es independiente como representante de unos de los poderes del Estado; (ii) que el Fiscal es el defensor de la ley dependiendo jerárquicamente de la Fiscalía General del Estado, que ya se sabe quién la nombra (pues -eso-); y, (iii) que el abogado defiende a su cliente de conformidad con la ley.

Es evidente, que el Juez o Tribunal con todas las garantías de independencia, imparcialidad y sujeción a la ley dirige y ordena el proceso y tiene la última decisión como poder judicial; por otro lado, el Fiscal y el Abogado que defienden la ley y la justicia del pueblo soberano en estrados tienen los mismos derechos, de forma, que en aras a la justicia de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, la igualdad de armas en el proceso entre ellos es algo indiscutible, siempre observando la ley y sometidos ambos a la autoridad del Juez o Tribunal.

Lo expuesto, es la teoría que, desgraciadamente, no siempre se cumple, quizás demasiadas, porque, se quiera admitir o no, es un hecho repetido, patente y probado, que, en apariencia, al menos, el fiscal aparece en posición de preeminencia en estrados, además, a veces, se le permiten cosas que de ninguna forma se admiten cuando se trata del abogado.

Lo cierto es, que eso sucede, de forma, que la pretendida igualdad entre fiscal y abogado que la Constitución garantiza aparece diluida en el polvo del camino, aunque, también, es cierto, que el abogado respetuosamente puede hacer ver al Juez o Tribunal esa situación paralegal y anómala, que suele ser aceptada mayoritariamente por el juzgador, aunque, evidentemente, hay casos en que no, razón por la que los abogados prudentemente, aunque equivocadamente, dejan pasar la cuestión por muchos motivos, como pueden ser, -la creencia de que si protestan perjudicaran a su cliente-, -el respeto excesivo al Juez o Tribunal que le hace no querer molestar al juzgador-, etc. etc.; sin embargo, lo único cierto es que si el abogado, ante hechos parecidos a los expuestos, que rompen la igualdad y la equidad del proceso, no protesta debidamente al Juez o Tribunal, están haciendo dejación de sus funciones y perjudicando a su cliente, que en definitiva es el Pueblo Soberano.

Lo dicho, es una falta de respeto a la ley, diluyéndose la vigencia del principio de legalidad constitucional con un reflejo perverso en –la igualdad ante la ley-, que está bajo mínimos en España, aunque nadie puede olvidar, que la C. E. sus arts. 9 y 10 consagra -el principio de legalidad- y -el respeto a la ley-, culminando su declaración con el art. 14, que dice, que los españoles son iguales ante la ley.

Lo expuesto sobre los fiscales y los abogados, se quiera admitir o discutir su existencia real, es un hecho cierto y doloroso, contrario a nuestro Estado Social y Democrático de Derecho regido por Constitución, que nos vincula a todos si excepciones.

Los hechos puestos de manifiesto, es evidente, que pueden tener variables, pero existir existen, y, curiosamente siempre el perjuicio se produce contra el Pueblo Soberano, razón por la que se repite la misma pregunta:

¿los españoles son iguales ante la ley?

Según la Constitución cualquier asunto, en virtud de la libertad de expresión, es opinable y/o criticable en libertad y con respeto, de manera, que no se descarta, que algunos abogados piensen que la igualdad es real en estrados entre fiscales y abogados, aunque, sin la menor dudad, una gran mayoría de abogados españoles dirá que no es asíque la Constitución no se cumple: “ley no es igual para todos”.

Las consecuencias de esa desigualdad son y serán nocivas para los españoles y para los tres poderes del Estado, aunque, a veces, cuando uno está con la toga puesta, se siente una desazón profunda, cuando hechos parecidos se producen, siendo cierto, que la mayoría de Jueces y Tribunales siguen respetuosos la Ley y los Criterios aprobados sobre la Ética Judicial.

Para finalizar, no ayuda a cambiar el tercio, que en España jueces y fiscales aparecen en público unidos en defensa de asuntos parecidos, pero olvidando, que esa imagen de unidad confunde al pueblo soberano, que asimila ambas instituciones, de forma, que después tiende a confundir los dos poderes del Estado, -Poder Ejecutivo- y -Poder Judicial-.

N.B.  La igualdad ante la ley de los españoles es por lo que se ve un mundo lejano y sin remedio, ya que, como se ha dicho, la igualdad ante la ley de Abogados y Fiscales se asemeja a un mundo de fantasía. Si alguien lo pone en duda, que pregunte a cualquier abogado.

La desigualdad puesta de manifiesto entre abogados y fiscales, la perciben, no solo los primeros, sino que, también, una gran mayoría de españoles de dan cuenta de esa diferencia que existe entre su abogado y el fiscal, razón por la que, la desconfianza, la incertidumbre y a la pérdida de seguridad en la justica se materializan en el pueblo.

Córdoba, a 15 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Adivinanzas: S. S. – pensiones – y Fondo Recuperación U. E. (misterio – retrasos – incertidumbre)

 Aquí aparecen unas adivinanzas inquietantes, de manera, que para el que no entienda, le diré, que una adivinanza (un acertijo) es, una oración que trata de concretar algo de forma indirecta, para que cualquiera pueda acertar de que se trata, así, por ejemplo:

Los policías tiraron la puerta abajo en una fiesta ilegal de Madrid, porque no existía otro medio.

(Respuesta -mentira-, ya que, una orden judicial para entrar en un domicilio particular en el estado en que estamos, se obtiene en poco rato en el Juzgado de Guardia, sin necesidad de vulnerar un derecho fundamental, como la inviolabilidad del domicilio, que consagra el art. 18 de la C. E.).

Tan conflictivas como la anterior adivinanza, son, las dos dobles, que ahora les propongo:

1ª.- ¿Qué Fondos económicos están en el aire cuando unos empujan por necesidad y otros controlan y deciden por poder?

2ª.- ¿Qué Ministro promete, pero no cumple?

*** Por lo expuesto, se impone una explicación para entender ambas adivinanzas dobles, de cuyo resultado dependemos muchos en la U. E. y en España, así que, vamos a ello:

  • La primera adivinanza se encalla en los estados miembros de la U. E., ya que, mientras unos países, como España, tienen prisa y necesidad inmediata, otros, dilatan los tiempos acuciados por sus ciudadanos, que no ven claro ¿por qué?, <<tienen que dar dinero a los países que, según ellos creen, derrochan y gastan en asuntos superfluos e innecesarios>>.  

Los medios de control y retraso son muchos y variados, además, siempre aparecen otros nuevos, de manera, que no son solo los posibles vetos, sino, que algunos Estados implicados han puesto en marcha la carrera de obstáculos, mientras otros, se retrasan en sus planes con la finalidad de marear la burra del incumplimiento de sus ofertas, por si al final cuela.

La respuesta a esta adivinanza es clara, sin la menor duda, a nadie se lo oculta, que se trata de los Fondos de Recuperación de la U. E. (750.000 millones de euros, de los que España espera recibir 140.000 millones, la mitad a fondo perdido, de los que ya ha comprometido en sus -PGE-2021- 27.000 millones).

** La adivinanza verdadera está en saber de verdad, ¿cuándo esos fondos llegarán a los estados miembros?, que algunos, como España, los necesitan con urgencia.

Por ahora, se desconoce si algún País de la Unión hará uso de su derecho de veto, aunque los indicios parecen muy negativos, sin embargo, ya hay un obstáculo imprevisto en marcha, representado por el Tribunal Constitucional de Alemania, que ha admitido una demanda contra el Fondo de Recuperación, alegando los reclamantes, que el Fondo de recuperación va en contra del derecho de la propia U. E. y de la Constitución alemana, que prohíbe al País endeudarse en el exterior.

La respuesta a esta adivinanza es perversa, ya que, ahora mismo, tal y como están las cosas, es casi imposible de concretar y/o acertar, de manera, que los fondos de recuperación están en el aire y nadie sabe con certeza, el cuando ni el como de su verdadera realidad.

  • La segunda adivinanza aparece, cuando el “Ente” de la S. S. española se muestra, en toda su crudeza,  con su cuento oficial de los gastos impropios y su ruina, y, cuando, además, el incumplidor Ministro del ramo, Sr. Escrivá, ha demostrado que es incapaz de controlar el sistema de pensiones, dando largas a las soluciones y a las reformas verdaderas; de forma, que hasta la fecha se mueve en el mundo de la ensoñación, habiendo dilapidado en un  año todo su prestigio que traía de la AIReF, demostrando, que no sabe que hacer ni que dirección tomar, principalmente, porque está claro, que es ineficaz, incompetente, inepto e inhábil sin ser malicioso en el juicio, aunque, siempre, cabe, otra calificación más rigurosa de su actuación, que se adentra en el mundo de lo tenebroso.

La respuesta a esta adivinanza es clara y meridiana, nos referimos al Ministro de S. S., Inclusión y otras cosas, que se muestra incapaz de decir a los españoles, especialmente, a los pensionistas, la verdad de la situación económica negativa del Tesoro Público de España y no solo de las cuentas de la S. S., que se encuentran al borde del colapso financiero, si no se adoptan con carácter urgente reformas estructurales profundas en las cuentas del País, y, con mayor premura, para solucionar la situación ruinosa y desalentadora de la S. S., como exige la U. E.

** La verdadera adivinanza que surge de la anterior es, ¿si el Ministro Escrivá reformará y ajustará las pensiones a su realidad económica o se irá su casa a descansar después de un improbado esfuerzo?

Esta adivinanza por ahora carece de respuesta, aunque a la vista de lo que hay crece la desesperanza.

Solo queda, reafirmar algo evidente, que los recursos del Estado vengan de donde vengan y se llamen como se quiera, van dirigidos a sufragar todos los gastos del mismo, y, por tanto, hablar de gastos impropios y/o de préstamos a la S. S. es una ficción. 

Es indiscutible, que lo que se pone como gasto impropio, préstamo o transferencia a cualquier Departamento del Estado, debe salir de otro sitio del mismo puchero, de donde se quita, lo que implica que el dinero, se mire como se mire, siempre es el mismo; por ejemplo, hablar de ingresos de impuestos y de ingresos de cotizaciones sociales, está muy bien, pero realmente todo son impuestos del Estado y su importe total va al mismo baúl, que es el Tesoro Público de España.

En resumenno hay más dinero que el que hay y se puede distribuir como se quiera, pero siempre será el mismo.

La huida a no se sabe a dónde, es evidente, lo mismo, que no se sabe hasta dónde llegará, pero eso no es importante, para eso están las esperanzas complicadas-bloqueadas en los Fondos de la U. E., la deuda y el déficit, y hasta donde se llegue llegó.

N. B.  Las adivinanzas expuestas sobre la S. S. – pensiones en España y sobre el Fondo de Recuperación de la U. E., son un misterio lleno de incertidumbre, pero, sin la menor duda, son preocupantes para todos los españoles.

No es cierto, que la S. S. sea un Ente maravilloso, que flota en el vacío de los gastos impropios, de los préstamos y de las transferencias del Estado benefactor inacabable, a pesar de las predicciones contables y ficticias del Ministro Escrivá, cuando, sin duda, cada vez más, el final desequilibrado está más cerca, así, que, o resolvemos la adivinanza, o cabalgamos hacia el desastre final.

Así mismo, si a España no llegan ya los Fondos de Recuperación de la U. E.no solo va a ser un mal despertar, sino la vuelta a la realidad que nos absorberá, pues, no se podrá aguantar un gasto público alejado de la verdad, y, los ajustes llegarán por la U. E., por la simple razón, de que la Unión sabe, que la ruina de España, supone la debacle de Europa.

Córdoba, a 3 de abril de 2021

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

II. La incertidumbre crece – T. C. Alemania – Fondo de Recuperación (ayudas en el aire, con retraso y un poco de envidia)

La incertidumbre es lo contrario a la tranquilidad, a la confianza o a la certeza, y, se manifiesta en inquietud y parálisis. La incertidumbre proviene de la falta o escasez de conocimientos, es pues, la duda permanente por la falta de información veraz y la insuficiencia de las razones o pruebas en las que se puede fundar una actuación razonable, implicando falta de conocimiento seguro y claro. El exceso de incertidumbre conlleva, que, casi siempre, el ciudadano paraliza su actividad en espera de que la situación sea más clara y confiable.

En España es una realidad indiscutible, que está creciendo la incertidumbre a todos los niveles (político, social, económico y sanitario), apareciendo la inseguridad, la inquietud y la indecisión, entre todos los ciudadanos (con reflejo interior y exterior) con todas sus consecuencias nocivas.

Por si nos faltara algo, en ese proceso continuo de aumento de la inseguridad y de falta de certeza, siguen apareciendo hechos nuevos inesperados, que acrecientan la incertidumbre, así:

*** El Tribunal Constitucional en Karlsruhe, Alemania, paraliza el Fondo de Recuperación, ordenando al presidente alemán Frank-Walter Steinmeier, que no firme la aprobación de la decisión de recursos propios. El tribunal señala, que Steinmeier no puede firmar la decisión hasta que la corte haya resuelto el recurso urgente de una serie de demandantes, que alegan, que el Fondo de Recuperación es contrario a los Tratados de la U. E. y a la Constitución alemana.

El T. C. de Alemania funciona cuando sus ciudadanos demandan amparo, lo que claramente no ocurre en España, dónde el T. C. esta en “stand by” (en espera), silente y cautivo de los poderes públicos y donde los ciudadanos tienen prohibido acudir en solicitud de cobijo y amparo, dónde no se admite nada, y, existe, además, un arrecife cortante impeditivo, que es el llamado interés constitucional.

Si olvidar, la necesidad imperiosa que los españoles tenemos de esos fondos, es lo cierto, que cualquiera siente envidia, cuando se ve, que los alemanes tienen un estado de derecho de verdad.

Sea cual sea la decisión final del Tribunal Constitucional Alemán y se   pronuncie como se pronuncie, el hecho de que paralice una decisión política importante y de profundas consecuencias para toda la U. E., produce la sensación tranquilizadora de que existen contrapoderes efectivos al poder político, cosa que en España es impensable al estar la división de poderes en fase terminal.

Así mismo, en Alemania, se ve, que no creen, que el dinero público no es de nadie; y, saben, que cuesta mucho esfuerzo y sacrificio crearlo y que no se debe gastar indebidamente, teniendo muy claro, que es de los ciudadanos alemanes, no como en España, que se gasta en aumento y sin control demasiado dinero público en gastos superfluos e innecesarios.

En los PGE de 2021 ya figuran 27.000 millones de fondos europeos, de manera, que ya veremos cuando y como llegan los 140.000 millones, pues esto de la Unión Europea es de traca y de una eficacia que asusta, ya que, no son solo las ayudas, sino, también, los asuntos de las vacunas, los planes de vacunación y las medidas de movilidad que casi nadie entiende.

Es público y notorio, que la Comisión Europea  no puede acudir a los mercados para captar los fondos necesarios, hasta que todos los Estados miembros hayan aprobado la decisión de recursos propios. El Ejecutivo comunitario ya sabía, que iba a ser un proceso lento el lograr que todos los Estados lo aprobaran, pero esta decisión de Karlsruhe es un contratiempo más, que no se esperaban, de forma, que ya no son solo Polonia y Hungría los que impiden con su veto, también, están sin aprobación 14 países, entre ellos los llamados frugales.

A destacar, que el comunicado de la corte constitucional alemana no señalacuánto tiempo se tomará hasta resolver el caso por el que ha detenido la ratificación, aunque, parece que un mínimo de tres meses será casi inevitable.

Karlsruhe quiere tener la última palabra sobre la aplicación del derecho de la Unión en Alemania, ya que, en en Tribunal Constitucional alemán se dice, que el BCE no es el amo del universo, teniendo en cuenta, que el T. C. sabe, que los ciudadanos alemanes están en contra de las ayudas a los países despilfarradores, España entre ellos, pues entienden, que nada debe ser gratis y sin control estricto, máxime cuando hay cantidades a fondo perdido.  

Veremos como termina todo, aunque por ahora vamos mal, sin olvidar la condicionalidad del estado de derecho, que con las medidas aprobadas “a fortiori” por el Gobierno de España, como la ley que limita el poder del CGPJ impidiendo los nombramientos necesarios de jueces y magistrados, entramos en fase de veto del cualquier País de la Unión o de una posible intervención paralizadora de los fondos por el Ejecutivo comunitario o el Euro-Parlamento, si entienden, que se limita y ataca la independencia judicial y la división de poderes.

Ahora, está más que claro, que son necesarias, con carácter inmediato, reformas y medidas estructurales de control de gasto público innecesario y superfluo.

*** La incertidumbre crece.

Por todo lo expuesto, es una realidad, que, los españoles sienten que la incertidumbre aumenta, lo que lógicamente les paraliza en todos los sentidos un poco más cada día, impidiéndose la recuperación.

La dura realidad es que estamos entrado en un campo desconocido, lleno de incertidumbre e inseguridad, lo que nos obligará a todos a transformar nuestro entorno económico y social, quitando y transformando todo lo que se pueda, intentando adaptarnos al contexto operativo actual y a la realidad económica nacida de la pandemia.

Es evidente, que la U. E. está superada en todos los sentidos, pero lo del Tribunal Constitucional de Alemania le ha dado el tiro de gracia, pero ha servido para que todos entendamos la fragilidad de la situación en que nos encontramos.

Cuando habían aparecido rayos de esperanza, como las vacunas, los fondos de recuperación y la compra de la deuda de los países por el B. C. E. en grandes cantidades para sostener temporalmente un aumento del gasto público de asistencia social y sanitario, el caso citado de la resolución del T. C. alemán ha demostrado, que los obstáculos contra la pandemia y sus efectos van apareciendo uno tras otro, haciendo que los planes del Ejecutivo de la Unión se derrumben, sin que nadie, además, de una explicación a los ciudadanos preocupados y desinformados.

En España, ya sabemos lo que hay, de forma, que la incertidumbre en todos los campos imaginables ha tomado un rumbo de no retorno, ya que, se mire a donde se mire, solo aparecen obstáculos cada vez mayores, que impiden el inicio de la recuperación. La dura realidad es, que estamos a la cola de Europa – U. E. en casi todo, y, ahora, Alemania con la resolución de su T. C. dispara nuestra incertidumbre, llegando a un punto de parálisis abisal.

N.B. Es algo indiscutible, que la incertidumbre crece en España de forma exponencial, provocándonos una parálisis terminal, de manera, que cuando el T. C. de Alemania paraliza el Fondo de Recuperación la desconfianza aumenta, pues, sinceramente, nadie sabe, que hacer, ni que decisión puede adoptar; es decir, estamos apalancados en una situación permanente de inseguridad plena, que imposibilita tomar decisiones, lo que conlleva una parálisis total, nociva y perversa para todos, que tiene un reflejo interior y exterior, consolidándose en desconfianza para España.

En España son necesarias con carácter urgente reformas estructurales, para adaptarnos a la situación actual, aunque desgraciadamente, cada día que pasa, muestra que eso parece un imposible, ya que, los poderes públicos dominantes están en una guerra de trincheras con olvido de los ciudadanos, mientras que, al haber casi desaparecido la división de poderes, el CGPJ, el Tribunal Constitucional y el T. S. están silentes y cautivos.

A pesar de todo lo dicho, ha nadie puede sorprender, que se tenga     un sentimiento de envidia por el funcionamiento del T. C. de Alemania como verdadero contrapoder, que en España es un mero espejismo; pero lo cierto es, que la incertidumbre por el Fondo de Recuperación y su realidad inmediata hace, que las ayudas queden en el aire, retrasándose peligrosamente, lo que a la vez conlleva, que crezca la desconfianza en nuestra recuperación, paralizándose todo en un bucle perverso de inacción completa.

Si a la incertidumbre, la inseguridad jurídica y la pérdida de confianza que ya tenemos, le unimos in el retraso o lo que sea en los fondos de ayuda de la U. E., el resultado es descorazonador para todos, convirtiéndose en catástrofe política, social, económica y sanitaria.

Córdoba, a 28 de marzo de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.