El Subalterno – D. Tancredo – T. J. U. E. (millones de achicharrados)

Esta es una historia de mucho miedo y de muchas traiciones, donde los autores responsables del latrocinio legal se escudan insidiosamente en el “bien común”, pero sin nunca dar la cara y, además, por supuesto, sin responsabilidad personal alguna, pues todos ellos se consideran impunes (y de hecho lo son), aunque el daño acusado a España, a los españoles y a cualquier interesado-perjudicado en sus derechos ha sido incalculable, habiéndose violado derechos y libertades fundamentales garantizadas en la Constitución Española.

La SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Primera) de 27 de enero de 2022 (TJUE; 27-01-2022. Asunto C-788/19. Modelo 720. {La legislación nacional que obliga a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero es contraria al Derecho de la Unión. Incumplimiento de Estado. Artículo 258 TFUE. Libertad de circulación de capitales. Obligación de información sobre bienes o derechos poseídos en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo (EEE). Libre circulación de los trabajadores}) ha venido a restaurar la justicia ante un espolio tremendo, aunque los autores [-el Subalterno, D. Tancredo y todos los corifeos quedarán impunes y los españoles y demás perjudicados aparrillados a fuego lento, se las verán y desearán para conseguir la justicia efectiva-] quedarán impunes y sin responsabilidad personal de clase alguna.

Por si faltara algo, además, una amnistía fiscal vergonzosa declarada inconstitucional por el T. C., aunque, quizás, un poco tarde y, también, sin responsabilidad alguna para sus autores, que eran los mismos, que manejaban la parrilla del Modelo 720 con todas sus consecuencias nefastas para los españoles, especialmente, la clase media.

Ahora, solo queda la reparación por el Estado de todo el daño causado -por un Ministro de Hacienda y su Jefe que lo nombró, junto con todos aquellos diputados que votaron  a favor o no se opusieron al expolio-, con exigencias de responsabilidad personal, aunque, visto lo visto, a esas víctimas del desafuero legal les queda un largo y doloroso camino para conseguir la reparación de los daños que se les han causado (de todos), ya que, solo pensar en una reclamación patrimonial contra el Estado (Ministerio de Hacienda) a cualquier abogado se le ponen los pelos erizados, sobre todo, cuando tiene que explicar al interesado la duración  del procedimiento y el costo del mismo (económico, social, familiar, psicológico, etc.).

Menos mal que estamos en Europa y de vez en cuando suena la flauta de la libertad, de manera, que ahora solo queda, que nuestros jueces y tribunales asuman la doctrina de la sentencia referida del TJUE y empiecen a dictar resoluciones con rapidez restaurando el orden jurídico conculcado, dejando, por supuesto, a un lado toda exigencia formal que impida reparar totalmente el daño causado.

(Nota: El asunto de las plusvalías municipales es un malísimo precedente, que espero no se repita en este caso, aunque, sinceramente, una depresión profunda se apodera de mi).

Por otro lado, hay que dejar claro, que los autores del desaguisado (el Subalterno, D. Tancredo y todos los corifeos) deben quedar estigmatizados para siempre, pues no solo han causado un daño tremendo a España, sino que, también, han violado la Constitución Española y han denostado, parapetándose insidiosamente en el bien común, los derechos y libertades de todos los españoles, siempre con toda impunidad y a sabiendas de ella.

Por último, debe quedar claro, que el responsable siempre es el manda, el que tiene el poder delgado del Pueblo y lo ejerce indebidamente contra su propio Pueblo (arts. 1. y cc. C. E.)

N.B. Los millones de españoles y demás perjudicados, achicharrados a fuego lento en la parrilla inconstitucional del Subalterno, de D. Tancredo y todos sus corifeos, en sus derechos y libertades, según ha reconocido y dictaminado el T. J. U. E. en la sentencia referida, ahora solo esperan que se haga justicia, de forma, que solo hace falta que se cumpla la SENTENCIA en sus justos términos y se repare la injusticia.

Quizás, peque de ingenuo y de olvidadizo, pero por algún sitio hay que empezar, ya que, España no puede ser una sociedad cautiva de poderes públicos que actúan al margen de la Ley y sobre ella, donde los derechos y libertades constitucionales son ignorados sin más, y,  además, sin que se pueda acudir a la justicia, porque incluso los representantes elegidos del Pueblo soberano no estás legitimados, según  dice el Tribunal Supremo, porque, entonces, la sociedad civil está en vías de destrucción.

Si no levantamos la voz y reclamamos nuestras libertades, prevalecerá la injusticia implantada por unos pocos frente a todos, así que, sabiendo lo que hay, luego que nadie se queje, si se queda solo en la injusticia prevalente y autoritaria.

Córdoba, a 29 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Universos paralelos – Metaverso España (avatares – realidad y fantasías)


Parece, que ya vivimos en un mundo paralelo, donde todo está permitido, incluso mentir a la vista de todos, ya que, el que falta a la verdad es un avatar al que todo le está consentido y del que todo debe ser aceptado, pues detenta el poder delegado del pueblo, aunque lo use con abuso y desprecio hacia ese pueblo que lo eligió.

En España hemos entrado de lleno en ese universo virtual, quizás por un desarrollo tecnológico sin control, quizás por la pandemia y sus efectos perversos, como un confinamiento inconstitucional, quizás por la aceptación masiva del teletrabajo o la sumisión a lo colectivo y a lo público, aunque lo único cierto es que hemos aceptado un metaverso falso y ficticio, donde toda conducta espuria está permitida, máxime, si viene con el marchamo de poder público.

En España por la -no guerra- de Ucrania nos han introducido en un mundo paralelo lleno de avatares irresponsables, aunque muchos los abracen como devotos seguidores, encantados de recibir a este universo en el que podemos jugar, trabajar, transigir, reunirnos con amigos y familiares avatares, con lo que seremos lo que queramos ser, porque somos una realidad artificial.  

Sin embargo, la verdad es que vivimos en un universo de hechos reales, donde todos somos personas sin los apaños conciliadores y somnolientos del mundo artificial de los avatares públicos.

Los avatares replicantes proliferan por doquier sin al parecer responsabilidad alguna, porque, sin duda, se consideran y son impunes, ya que nadie puede exigir rendición de cuentas a un ente virtual.

El último ejemplo ha sido la exhibición casi obscena del avatar Tezanos con su encuesta del CIS sobre las elecciones de CyL, que, aunque pagada por los impuestos de todos, sirve exclusivamente a su dueño, de forma, que todos ellos viven en un mundo virtual de mieles y frutos sin par, mientras los demás permanecemos en el mundo real donde reina la inflación, las normas prohibitivas y sancionadoras, etc. etc., porque hemos entrado en una sociedad cautiva donde las libertades y la justicia están siendo sustituidas por el autoritarismo colectivo excluyente, donde solo existe el universo paralelo de lo público dominado por un poder unidireccional incrustado en la impunidad, al que todo le está permitido.

N.BEspaña es ya un universo paralelo lleno de avatares públicos, donde distinguir entre la realidad y la fantasía es casi imposible, pues esta última parece ya mas verdad, que la realidad de lo que está ocurriendo.

Una sociedad cautiva de los avatares públicos, donde los derechos y libertades constitucionales son ignorados sin más, sin que, además, se pueda acudir a la justicia, porque nadie está legitimado según  dice el Tribunal Supremo, es una sociedad civil en vías de destrucción, pero que quede claro, que la realidad implantada es para todos, luego que nadie se queje, si solo queda él ante la injusticia prevalente y autoritaria.

Como decía el otro día, está tronando, de forma, que hay que acudir a Santa Bárbara ya, porque la igualdad (art. 14 C.E.) y todos nuestros derechos y libertades fundamentales (arts. 19., 20., 24. y cc. C. E.) no pueden quedar anclados en un mundo virtual inalcanzable.

Córdoba, a 27 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Formalidades excluyentes – Justicia en peligro (solo cuando truena)

Es una frase conocida y repetida, que solo se acuerda uno de Santa Barbara cuando truena, lo que viene a significar, que solo se molesta uno en hacer o pensar algo, –sólo cuando los nefastos efectos de no haberlo hecho antes (a su debido tiempo y por dejadez) se dejan sentir-.

La Justicia en España emana del Pueblo, así la Constitución en su artículo 1. dice:

1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

Viene lo dicho a cuenta, de la noticia difundida -urbi et orbe- de que la Sala Ordinaria (no el Pleno de la Sala) de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite los recursos de ciertos partidos políticos planteados contra ciertos indultos por falta de legitimación.

Quede claro, desde ya, que considero esa resolución, que imagino que será por Auto, equivocada y que producirá efectos perversos para la justicia, pues negar a los representantes del Pueblo legitimidad ante el Tribunal Supremo solo puede llevar a consecuencias indeseadas para los españoles.

Aunque el objeto de este pequeño artículo no es esa resolución antedicha del T. S., sino poner de manifiesto, el hecho patente y repetido de que las formalidades excluyentes -por encima de la justicia- se han apoderado del Tribunal Supremo, salvo casos donde prima la justicia frente a meras formalidades, por supuesto, más en unas Salas del mismo que en otras, afortunadamente, como ocurre con la Sala Segunda de lo Penal del T. S. donde las formalidades tienen menor peso que la justicia de sus resoluciones.

Es evidente, que esta postura crítica es una opinión personal, pero si quieren saber algo más sobre el tema pregunten a los abogados, con libre ejercicio de su profesión, sobre sus recursos al T. S., sobre las inadmisiones de sus recursos y sobre el “interés casacional y otros dislates”, aunque siempre, como no, la culpa de todo la tiene el abogado que ha planteado mal su recurso.

Cuando cualquiera acude en súplica de justicia cabe, sin duda, exigir ciertos requisitos, pero cuando meras cuestiones formales impiden el acceso a la justicia del pueblo soberano de donde emanan los poderes del Estado, es lo cierto, que algo no funciona bien, máxime, cuando son españoles de a pie con recursos económicos limitados y escasos. No es lo mismo, que una formalidad excluyente impida el acceso a la justicia a un partido político, que maneja fondos públicos de los impuestos de todos, y que cuenta, además, con una legión de abogados y asesores, que cuando la formalidad exclusiva recae sobre una persona particular sometiéndola al silencio oprobioso.

Cuando eso ocurre, la injusticia es manifiesta, aunque resulta curioso, que solo ocupa un lugar destacado en los medios de comunicación y redes sociales, cuando el hecho repudiable por un exceso en la formalidad afecta a grupos sociales privilegiados o destacados, a pesar de que debería ser, al contrario, ya que, a mayor inri, los particulares se enfrentan en los Juzgado y Tribunales, además, a un ejercito de abogados públicos (fiscales, abogados del estado, letrados de la S. S., abogados de la CC. AA., abogados de los Ayuntamientos y Diputaciones, etc.) con todas sus consecuencias perversas, como pueden ser las costas judiciales.

La realidad, sin embargo, no rueda en favor del pueblo soberano sino en su contra, no solo en muchas resoluciones judiciales, sino, también, en el trato que los abogados de los particulares reciben, en comparación con los abogados de los Órganos Públicos, hecho del que cualquier abogado puede dar fe de ello.

Que un Juez o Tribunal no entre a juzgar el fondo de un asunto por una mera formalidad excluyente, es una injusticia tremenda, se mire como se mire, y, además, una equivocación manifiesta, ya que, si la justicia no es real los perjudicados serán todos los ciudadanos y los propios jueces y tribunales, de manera, que si la confianza en justicia desaparece peligra la democracia y todos nuestros derechos y libertades.

N.B. Por todo lo dicho, es evidente, que el exceso en la aplicación de las formalidades excluyentes ponen la justicia en peligro, razón por la que la frase conocida y repetida, de que “solo se acuerda uno de Santa Barbara cuando truena”, viene como anillo al dedo en el asunto expuesto, de manera, que solo molestarse uno en hacer o pensar algo, cuando los efectos nocivos de no haberlo hecho en su tiempo, por dejadez u otras causas, se ponen de manifiesto, es un error tremendo con consecuencias irreparables para todos los españoles.

Córdoba, a 24 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Reforma Laboral V – Empresas – pobreza salarial – empleo (contratos por horas – desigualdad – coacciones)

La Reforma Laboral es un bluff (un farol), pues no contiene medidas para solucionar los problemas endémicos del mercado laboral, pues, con solo leer el Preámbulo del R.D.L. se puede ver, que solo anticipa una persecución sin tregua contra los empresarios, de manera, que se puede decir, que la reforma contiene un juicio crítico negativo hacía la actividad empresarial y, así mismo, un desconocimiento profundo de ese mundo, suponiendo una inquietante animadversión hacia lo que es un empresario.

La animosidad legislativa hacia la empresa procede: (i) de mirar solo desde un lado de los actores del mercado, machacando el consenso real, que nace del acuerdo entre iguales; (ii) del desconocimiento del mundo empresarial; y, (iii) de la implantación y aplicación de principios ideológicos trasnochados, alejados de los nuevos mercados competitivos y productivos más libres y flexibles.

La Reforma del R. D. L. (aprobada por ahora) no aporta soluciones ni medidas para los problemas de nuestro mercado laboral, así:

1.- Con la Reforma seguirá la llamada pobreza salarial, que sin duda es un hecho muy negativo, además, ignora que el paro es un hecho mucho peor que una retribución devaluada.

2.- No aborda el principal problema económico de España, que es nuestra incapacidad estructural de crear empleo.

3.- Pasa por alto olvidándolo, la relación entre los costes de despido y la temporalidad, ya que, es algo patente, que a mayores costes de despido le sobreviene mayor temporalidad.

Por otro, la Reforma niega el impacto negativo sobre el empleo de los trabajadores menos cualificados, estableciendo  costes laborales por encima de su productividad.

Por los motivos apuntados aumentará el desempleo, pues la Reforma es un obstáculo a la creación de empleo.

4.- Prohíbe legalmente la temporalidad, suponiendo que esa medida coactiva disminuirá los contratos temporales, pero incurre en un error de bulto, ya que, olvida por completo que no aumentarán en la misma proporción los contratos fijos, lo que implica, sí o sí, que aumentará el desempleo y, exponencialmente, los contratos fijos a tiempo parcial.

Dicho de otra forma, limitar la temporalidad imponiéndola con sanciones y coercitivamente podrá reducir la misma, pero a costa de reducir también el empleo y su calidad, problema que se agravará, con las medidas encaminadas a subir los salarios más bajos para luchar contra la pobreza salarial, consiguiendo subir algunos salarios, a expensas de destruir más empleo y bajar la productividad.

5.- La reforma establece que las contratas y subcontratas deberán aplicar los mayores sueldos del convenio del sector de la actividad realizada o el de la empresa principal, por lo que parece, que los expertos legislativos olvidan, que muchos de trabajadores que podrían haber sido contratados  no lo serán,  precisamente, a causa de esa norma.

6.- La Reforma consolida el mercado productivo existente en España, que absorbe, sin duda, una amplia bolsa de trabajadores de baja productividad existente en nuestro País, ya que, ignora cualquier instrumento eficaz para combatir la baja productividad, así como, a compensar los bajos salarios dedicados a estos trabajadores, implicando, además, un gravamen para la competitividad de las empresas.  

Finalmente, es un hecho, que la Reforma Laboral dará lugar muchos contratos fijos a tiempo parcial, lo que, se quieradmitir o no, es un anticipo de pobreza laboral.

** Por otro lado, los datos oficiales de paro están trufados de trolería, de forma, que examinando unos números se puede ver, que la forma de contar por el Ministerio Reformista en este apartado es irreal, solo partiendo de cifras oficiales:

*. Paro registrado (cifra oficial): 3.105.905 de trabajadores.

*. Otros no ocupados: 215.000 personas.

*. Parados que están buscando trabajo en unas condiciones concretas, por ejemplo, que no están dispuestos a cambiar de residencia): 290.500.

*. Ertes: 103.800 trabajadores.

*. Autónomos en cese de actividad: 108.200 personas.

*. Inactivos 1.800.000 personas.

*. Trabajo por horas y a tiempo parcial 2.400.000 trabajadores.

*. Empleo Público creado desde 2020: 250.000 personas.  

*. Sector Privado: 20.000 empleos perdidos contando desde 2019.

Total: 6.385.205 parados reales a finales de 2021.

(Nota: Se pueden utilizar otros datos, pero al final la cifra real estará en seis millones de desempleados).

Fijando una conclusión, la Reforma Laboral garantiza menos contratos y más inestabilidad laboral.

N.B. La Reforma Laboral no aborda los problemas de nuestro modelo productivo: -productividad-, -empleo- y- paro-, ya que, persigue y coacciona a las empresas, contra los criterios modernos y competitivos en los mercados laborales que funcionan, incentiva la pobreza salarial y destruye empleo, especialmente, el estable y sólido, garantizando solo un crecimiento de los contratos fijos por horas o a tiempo parcial, a la vez, que paraliza la contratación de las empresas con sanciones y provocará un enrocamiento empresarial inevitable ante unas extinciones imposibles de contratos, de forma, que habrá menos contratos temporales, pero, también, menos contratos fijos.

En resumen, crecerá el desempleo en el sector privado, aunque aumente en el sector público, que nunca podrá compensar la falta de creación de empleo en la empresa y cuyo significado es muy diferente en términos de empleo real.

La Reforma Laboral incrementará la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo, lo que obligará al Gobierno a aumentar sin tregua el gasto público, haciendo más grande  la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que provocará rupturas de la igualdad en la sociedad civil española, creando tensiones  dentro y fuera de la empresa.

El desarrollo  de nuestro mercado laboral estará más dominado por la desconfianza y la incertidumbre, lo que conllevará menos empleo y aumentos del paro.

Córdoba, a 9 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Reforma Laboral IV – Productividad – Empleo – Paro (en dirección contraria y con marcha atrás)

Los datos optimistas del Gobierno, de la Ministra de Trabajo, Sñrª. Díaz, y del Ministro de S. S. y otras cosas, Sr. Escrivá, sobre el paro y las afiliaciones a la S. S. ponen de relieve el fracaso de la “Reforma Laboral light”.

¿Por qué, como es posible, que disminuya el paro, aumenten las afiliaciones a la S. S. y decrezca la actividad?

Solo existe una respuesta razonable y lógica, el fenómeno económico surge, por la sencilla razón de que está bajando la productividad a mínimos y porque en los datos de empleo oficial no son reales, ya que, por ejemplo, hay muchos contratos por horas o a tiempo parcial que se computan a los efectos de bajar las cifras de paro, lo que es una contabilidad engañosa del desempleo real, por no hablar de los parados que no se cuentan, como los trabajadores implicados en los ertes, de igual forma, que tampoco se computan como parados reales los inactivos, especialmente, los que han abandonado la búsqueda de trabajo.

Si algo está claro en este asunto del empleo, del paro, de la actividad, etc. en España es que, para empezar, no existe una información veraz, lo supone, realmente, que no existe ninguna información creíble

La Reforma Laboral aprobada por R. D. L. (pendiente de posibles modificaciones en el Congreso) no cambia en nada el modelo productivo imperante en España, lo que conlleva que perviven los defectos del mismo, que arrastramos desde hace mucho tiempo sin posibilidad estructurar uno nuevo, así:

* La baja productividad, que vuelve a caer, lastra la actividad e impide  la creación de empleo, mucho más el que exige cierta calidad, pues las empresas españolas  pierden competitividad.

Así, por ejemplo, en la evolución de la productividad de la hora efectivamente trabajada y el coste laboral, se puede comprobar que, mientras que éste último ha crecido en el último año hasta niveles muy altos, la productividad se ha desplomado a cifras no vistas.

* Crece el empleo público y en los sectores con menor valor añadido, recuperándose así el sector servicios.

*  Las horas trabajadas aumentan más que la actividad, lo que refleja un descenso de la productividad de la mano de obra, algo nuevo en la actividad económica,

España sigue con una tasa de desempleo muy elevada, que la actual crisis ha incrementado, sin que la pretendida recuperación oficial haya logrado compensar la pérdida de empleo real.

*   Desde un punto de vista sectorial este escaso dinamismo de la productividad se explica, por el mayor peso de las ramas de actividad con menor rentabilidad, que amenaza los salarios y la competitividad.  

*  Nuestra economía de baja actividad tiene problemas para acometer las reformas estructurales necesarias, porque es muy complicado atraer o generar  recursos que permitan adoptar medidas para favorecer a los colectivos más perjudicados, problemas que la Reforma Laboral aprobada va a perjudicar aún más.

En resumen, seguimos sin movernos con una estructura del mercado laboral paralizada, donde el empleo de calidad y productivo decrecerá o no nacerá, aumentando la desigualdad social, de forma, que el problema de España, que la Reforma Laboral no aborda, es: que el paro aumentará, que el empleo de calidad y productivo se resistirá a nacer en estas condiciones laborales y, finalmente, que la desigualdad crecerá entre los españoles.

N.B. La Reforma Laboral no aborda los problemas de nuestro modelo productivo: -productividad-, -empleo- y- paro-. Que, aunque, es cierto que son asuntos endémicos y que la crisis los ha agudizado, la Reforma no encara ninguno de ellos, de forma, que vamos en dirección contraria y con marcha atrás.

La Reforma Laboral aprobada es un paso atrás, pues, la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo han ocupado una posición dominante en nuestro mercado de trabajo, aumentando, además, sin tregua el gasto públicoy ahondando aún más la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que dará lugar a desequilibrios difíciles de aguantar por la sociedad española.

El remate de la Reforma Laboral aprobada por R. D. L., pero llena de inseguridades sobre su futuro, es la inflación desordenada que se ha apoderado de España, que hace impredecible el posible desarrollo  de nuestro mercado laboral, es decir, más desconfianza e incertidumbre.

Córdoba, a 7 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.