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Desequilibrios en España (Camino de servidumbre)

Llama en extremo la atención que España (ahora más que nunca) está preñada de desequilibrios de todo tipo (regionales, económicos, sociales, judiciales, administrativos y políticos), de manera, que la desigualdad o si se quiere “la falta de igualdad” es, quizás, el principal problema que gravita como un leivatán gigante sobre los españoles destruyendo sus derechos y libertades.

En el año 1944 Hayek publicó su libro Camino de Servidumbre y ahora España ha entrado en esa senda con múltiples desequilibrios, rompiendo la igualdad ante la ley de todos los españoles: Estamos de lleno en un camino de servidumbre.

En cualquier democracia con un Estado de Derecho en vigor la igualdad y el respeto a la ley con su cumplimiento por todos sus ciudadanos y todos sus poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), es lo único que garantiza el “valor justicia” en la misma.

La Constitución Española de 1978 dice en su art. 1.1.,  que “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.

Así mismo, en su art. 9. 1. garantiza el respeto a la ley, cuando dice, que “los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”; diciendo en su número 3., que “la Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía jurídicas normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

También dispone en su art. 14., que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Ocurre ahora, que la carcoma de los distintos y perversos desequilibrios nos lleva a un camino de servidumbre, que está anulando por la puerta de atrás nuestra Carta Magna, porque el estado de derecho está agujereado en su línea de flotación, de manera, que el respeto a la ley gal para todos los españoles ha desaparecido, arrastrando tras de sí la división de poderes y sepultando la igualdad de los españoles.

Los desequilibrios imperantes en España son tantos y tan dañinos, que conllevan que los españoles transitemos ya por un camino de servidumbre, donde unos pocos nos someten a todos, esa gran mayoría silenciosa, que, además, piensa que ya pasará, así, vemos algunos ejemplos de desequilibrios por donde caminamos callados y, al parecer, conformes:

*Tenemos 17 Comunidades Autónomas con normas distintas y contradictorias, que se quera ver o no son una selva intrincada de leyes, multiplicada por mil con la intervención de un Gobierno Central autoritario e intervencionista, de forma, que sin el llamado “cupo catalán” para demostrar una quiebra profunda de la igualdad de los españoles. En conclusión, existe un desequilibrio perverso y destructor de nuestro Estado de Derecho.

*En el mundo de la Justicia los desequilibrios son múltiples y dispares, porque ya no depende de la ley, sino del Tribunal o Juez que la aplica, encontrándose todo carcomido por las distintas ideologías, que están implantadas en el poder judicial. Lo que está pasando en el Tribunal Constitucional constituido en la segunda instancia rompedora del Tribunal Supremo es algo incomprensible en una sociedad democrática con un Estado de Derecho regido por el valor justicia.

*Las desigualdades entre el Sector Público y el Sector Privado ponen de relieve y señalan unos desequilibrios diversos y a cada cual más destructivo de la igualdad de los españoles.

*La ley de amnistía que discrimina a la mayoría de los españoles, supone implantar un desequilibrio por ley contrario a la C. E. de 1978, siendo un ataque perverso a la igualdad constitucional.

*El llamado “cupo catalán” destruye la igualdad fiscal, suponiendo algo parecido a la “amnistía fiscal” que el expresidente Rajoy impuso con su mayoría absoluta y que después el T. C. declaró inconstitucional por ser contrario al art. 14 de la C. E,, que consagra la igualdad de todos los españoles.

*Los ejemplos designados no son una lista cerrada, sino la llave que abre la injusticia de casos semejantes de discriminación y desigualdad.

Solo un movimiento ciudadano abierto, libre y levantado en armas pacíficas, puede hacer frente a un camino de servidumbre abierto por políticos irresponsables, que con sus normas y medidas abusivas están royendo nuestro estado de Derecho y destruyendo el valor justicia de todos los españoles.

No queda otra, que la autodefensa y la rebelión pacífica en defensa de nuestra Constitución de 1978.

N.BFrente a la carcoma de la desigualdad impuesta por la fuerza de una coyuntura política autodestructiva y malévola, solo queda la defensa del “Estado de Derecho” de todos los españoles.

El valor justicia es irrenunciable, de manera, que hay que abandonar el camino de servidumbre por el que algunos pocos quieren de caminemos.

Córdoba, a 1 de octubre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Andalucía en movimiento II (El movimiento se demuestra andando).

El presidente andaluz, Sr. Moreno Bonilla, invita a la movilización porque «se está diseñando pasar de un modelo aprobado en referéndum y consensuado en la Constitución de 1978 a un modelo confederal y asimétrico en el que los españoles no seremos iguales».

Creo que la propuesta del Presidente de la Junta de Andalucía es necesaria y urgente para los andaluces, pero no basta con predicar, sino que hay que dar trigo, de forma, que hay que moverse rápido de punta a punta de Andalucía y eso solo lo puede hacer una sociedad civil mayoritaria movilizada masivamente, razón por la que es necesario un movimiento social amplio, ya que, la desigualdad discriminatoria planteada en beneficio exclusivo de Cataluña nos ahoga y exprime a todos nosotros, siendo cierto, además, que un partido político no lo puede realizar en solitario, aunque esté gobernando por mayoría absoluta  en Andalucía, de manera que hay que invitar a todos los andaluces a moverse unidos en defensa de nuestra igualdad y libertad.

Andalucía y los andaluces  deben iniciar ya una rebelión masiva y pacífica frente a un poder público que derrocha abuso tras abuso y somete a los andaluces a escarnio público desde una desigualdad y una discriminación manejada por unos pocos – pocos.

Sr. Presidente, Moreno Bonilla, vamos tarde y ya nos están arroyando, así, que ahora ir solo y esperar como Don Tancredo es cooperar en el expolio de manera, que debe ser ya y ahora.

N.B. El movimiento se demuestra andando y el Pueblo Andaluz se debe levantar con urgencia, pues esperar es rendirse ante la injustica silentes y cautivos.

La libertad y la igualdad las ganaremos si nos movemos todos juntos en la misma dirección y dejamos atrás diferencias dañinas para nuestros intereses comunes.

Córdoba, a 22 de agosto de 2024

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Derecho a la igualdad – Seguridad Jurídica (El Tribunal Supremo lo ha dejado claro)

El T. S. (Sala Segunda) ha dictado un Auto de fecha 24 de julio de 2024 que es un ejemplo del valor justicia consagrado por la Constitución de 1978 y sobre nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, que deja claro, que la igualdad es de todos los españoles y que si no se respeta el estado de derecho no existe seguridad jurídica.

Para mí lo más esencial de ese Auto 24/07/24 es que se puade y se debe aplicar en su doctrina a cualquier desigualdad ante la Ley que sufra cualquier español y que afecte de lleno a la seguridad jurídica sea donde sea.

Cuando cualquier Órgano administrativo o cualquier Juez o Tribunal incumple o inaplica la ley que debe cumplir por la razón que sea, está desobedeciendo la doctrina del Tribunal Supremo sobre la igualdad de todos los españoles ante la ley y rompiendo el principio de seguridad jurídica.

Desgraciadamente, en España lo expuesto se está dando casi a diario en algunos Órganos administrativos y en algunos jueces y tribunales, que desconocen y/o aplican a la ley em base a una libertad sin reglas, máxime, cuando se trata de resoluciones judiciales irrecurribles.

El particular de a pie en estos casos se ve indefenso ante la injusticia, pues, además, acudir ahora al Tribunal Constitucional en amparo es un brindis al sol, pues solo hay política, ideología y una pared que lo rechaza todo.

Para terminar este pequeño comentario, citaré un párrafo del Auto del T. S. de 24/07/24, que dice.

Cuando todos estos demócratas, cualesquiera que sean sus particulares convicciones políticas, observen que quienes, ignorando por entero las exigencias del ordenamiento jurídico democrático y, por eso, las convicciones mayoritarias de la comunidad, tras cometer diferentes y graves delitos, resultan beneficiados por una ley de amnistía, no ya sin necesidad de que se disculpen, sino sin que se les exija siquiera que se comprometan en los sucesivo, manteniendo sus aspiraciones políticas, a respetar las reglas más esenciales de la democracia, mientras proclaman a los cuatro vientos que lo volverán a hacer, ¿conservarán su afección a las instituciones democráticas?.

Aquí, sobra cualquier otro comentario.

N.B.  El Tribunal Supremo lo ha dejado claro: “Que el Derecho a la igualdad y la Seguridad Jurídica son de todos los españoles y en cualquier sitio”, de forma, que no hay otra.

Sin ellos no hay democracia ni estado de derecho, de manera que todos los españoles tenemos el derecho y el deber de defenderlos, pues nos va en ello la libertad.

Córdoba, a 28 de julio de 202

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Recurso de Amparo – Tribunal Constitucional (Iguales ante la Ley, pues NO)

El recurso de amparo constitucional es el último cartucho que los españoles de a pie tenemos, cuando se violan nuestros derechos fundamentales por un juzgado o tribunal.

Esta es la teoría, porque ahora el T. C. ha entrado en fase política radical, de forma, que se ha desnaturalizado convirtiéndose en Tribunal Supremo y más, así:

1º.- {D. JAVIER GÓMEZ DE LIAÑO en un artículo ejemplar ha expuesto, con toda la razón, que “Supremo no hay más que uno y no es el Constitucional y que el TC ha acreditado sobradamente su naturaleza política al incurrir en un exceso de competencias”, añadiendo: 

Tienen razón, por tanto, quienes sostienen que con las sentencias dictadas en relación a los recursos de amparo interpuestos por los condenados en el asunto de los ERE –empezando por la primera, referida a la exministra Magdalena Álvarez– y que supuso uno de los mayores escándalos de corrupción de la democracia, el TC ha acreditado sobradamente su naturaleza política al incurrir en un exceso de competencias y en una flagrante desnaturalización de sus funciones, entre las que no se incluye la interpretación última de los tipos penales. Como diría el profesor Hans Faller, que fue juez del Tribunal Constitucional Federal de Alemania, el TC no es una instancia política y si se convirtiese en un tribunal cuyas decisiones respondiesen a razones de conveniencia, ello significaría el fin de la jurisdicción constitucional”. Y,

Frente a la postura de la mayoría de los miembros del TC, tres magistrados y una magistrada han formulado un voto particular en el que, a mi juicio de forma cabal, sostienen, entre otros particulares, que la sentencia “ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo como máximo intérprete de la ley.

2º.- A mayor desdoro, cuando un particular de a pie interpone un R. de Amparo ante el T. C., lo normal en el día a día, es que reciba una Providencia del T. C. inadmitiendo su Recurso.

Sirva de ejemplo, una Providencia del T. C. que recoge literalmente lo dicho y exime de más comentarios, así – verla reproducida:

[ TRIBUNAL CONSTITUCIONAL             NO de recurso: XXXXXXX

Sala Segunda

Sección Cuarta                                                ASUNTO: Recurso de Amparo promovido

por XXXXXXXXXXXXX

SOBRE: Auto de la XXXXXXX –XXX

contra Auto del Juzgado XXXXXXXX

PROVIDENCIA Excms. Srs.:

Balaguer Callejón

Sáez Valcárcel

Arnaldo Alcubilla

La Sección ha examinado el recurso presentado y ha acordado no admitirlo a trámite por no apreciar en el mismo la especial Trascendencia constitucional que, como condición para su admisión, requiere el art. 50.1.b) LOTC (STC 155/2009, de 25 de junio, FJ 2).

Notifíquese con indicación de que, si el Ministerio Fiscal no hubiere interpuesto recurso de súplica en el plazo legal de tres días, se archivarán estas actuaciones sin más trámite (art. 50.3 LOTC).

Madrid, 17 de junio de dos mil vienticuatro

PRESIDENTA   SECRETARIO DE JUSTICIA   ]

Nota. La Providencia reproducida es lo que suele recibir el particular de a pie cuando interpone un Recurso de Amparo, de manera, que reitero, sobra cualquier comentario al respecto.

Lo que digo, lo entiende cualquiera, resultando evidente que el T. C.  en su postura radical está fuera de cualquier cobertura legal y la gran mayoría los españoles genuflexos en su desamparo.

N.BAnte la desigualdad del T. C. la sociedad civil española debe sublevarse en aras de su derecho de igualdad constitucional, de forma, que ha llegado el momento en que callar cautivo sin rebelarse ante la injusticia es ser cómplice de la destrucción de nuestra democracia y de su estado de derecho.

Córdoba, a 9 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.

Empleo y paro en Córdoba (temporalidad en aumento y productividad a la baja)

Algunos lectores del blog me recriminan que hace tiempo que no digo nada sobre el empleo y el paro en Córdoba, quizás, porque no comprenden, como dicen que baja el desempleo, aumentan las afiliaciones a la seguridad social y desciende el número de horas efectivas de trabajo. Es algo que no cuadra.

Siento decir, que mis comprobaciones sobre el empleo no coinciden con las cifras oficiales empleo, lo que estoy viendo a diario es que solo puedo dar datos negativos, así, por ejemplo, estoy comprobando que casi el 80% de los contratos firmados son temporales, que crece el número de despidos en el período de prueba, que el número de horas efectivas de trabajo no cuadra con el número de afiliaciones, lo que solo puede significar que aumenta el número de contratos a tiempo parcial o por horas, que el número de mujeres en paro casi dobla al de hombres, que la situación de paro de los menores y de los mayores de 50 años está en stand by (en espera), pues es un hecho que no mejora, así, podría seguir citando parámetros negativos del empleo en Córdoba, aunque lo dicho explica mi desesperanza sobre el mayor problema de Córdoba y Provincia, agravado, porque no veo que las administraciones públicas andaluzas (locales, provinciales y de la Junta de Andalucía) presten la atención debida a lo que está pasando con el empleo en Andalucía y, concretamente, en Córdoba.

En Córdoba ahora tenemos una oportunidad única para arreglar en parte el problema del paro con la implantación y desarrollo de la Base Logística del Ejército de Tierra, así que, espero que el empleo se cree en Córdoba con trabajadores de aquí y por empresas e instituciones cordobesas.

Quizás, lo que pasaría en el País Vasco y en Cataluña, podría servirnos de ejemplo, y, que conste que no hablo de desigualdad sino de corregir la que existe y de igualdad de oportunidades.

Lo que digo, lo entiende cualquier habitante de Córdoba y Provincia, así que como se dice ahora, pues ESO.

N.BPara que los números del empleo y del paro cuadren en Córdoba, es imprescindible controlar en positivo la temporalidad, el contrato por horas o parcial y la mejora de la productividad  incentivando la formación de los trabajadores.

Reclamar lo que nos pertenece no es desigualdad, sino igualdad de oportunidades.

Córdoba, a 9 de julio de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado ICA-Córdoba. Cdo. 1316. Inspector de Trabajo y S. S.