Cosas importantes III – Peppa Pig y Patrulla Canina (No es un bulo – Es real)

Hay cosas importantes que no se resuelven como los problemas judiciales, los efectos de la dana en Valencia, la deuda pública, el déficit, el paro, y, así, un largo etc., <<pero *el Ministerio del  Sr. Puente culpa a Peppa Pig de la falta de mujeres en el sector y habla de “señores gigantes” y musculosos*, con lo que todos los problemas han quedado arreglados. La Nº. 2. del Ministerio de Transportes la ingeniera de Caminos Marta Serrano apunta a este tipo de dibujos animados como una de las principales causas de disparidad>>.

Ante una verdad tan patente y absoluta nada se puede decir, así que, Dios nos coja confesados. (La expresión «Que Dios nos coja confesados» se utiliza para expresar que esperamos estar preparados para un asunto inminente, generalmente de carácter negativo).

Un vez más, después de lo dicho, creo que hay que luchar por las “cosas importantes” como el valor justicia, la libertad y la igualdad (aunque Pepa Pig y la Patrulla Canina, entre otros dibujos animados, tengan la culpa de casi todo lo malo), y,  ese camino de defensa de nuestros derechos y libertades fundamentales asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” son instrumentos imprescindibles de autodefensa de la sociedad civil.

N.B.  Pepa Pig y la Patrulla Canina tiene la culpa del todo, especialmente de la falta de igualdad de los españoles, y, no es un bulo sino una declaración pública de una persona con mando en plaza.

Lo dicho, “que Dios nos coja confesados”.

Córdoba, a 13 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

Cosas importantes II – Imparcialidad judicial – Respeto a la Ley (Abstención y recusación)

En España está cayendo en el olvido la imparcialidad judicial, porque algunos – muchos, quizás demasiados, jueces y tribunales aplican la ley adobada con criterios ideológicos, lo que lleva a que el respeto a la ley haya pasado al mundo de la subjetividad, donde la ley se aplica sin reglas, solo en base a criterios personales del juzgador que la aplica en sus resoluciones.

El asunto se agrava, cuando la resolución de turno por aplicación de la ley, que ahora si se aplica con rigor espartano, da lugar a una resolución irrecurrible, lo que en la mayoría de los casos produce indefensión a la persona afectada y una falta de tutela judicial efectiva, violándose el art. 24 de la Constitución.

Se dice, entonces, que el Juez o Tribunal aplica la ley y que la persona, que defiende sus derechos, no está de acuerdo porque tiene un interés particular en el asunto, de manera, que asunto terminado y punto.

Puede ser, que algunos casos sea verdad, pero existen aplicaciones de la ley judiciales, que teóricamente puedan parecer justas y fundadas en la ley, aunque, también, pueden ser éticamente reprobables y muy discutibles, apurándose el bucle del “valor justicia”, cuando la resolución judicial es irrecurrible por ley.

Aquí, me gustaría poner en defensa de lo expuesto los PRINCIPIOS DE ÉTICA JUDICIAL (Texto final acordado en la sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2016), que en su CAPÍTULO II, sobre el Principio de Imparcialidad, dice:   [

10.    La imparcialidad judicial es la ajenidad del juez y de la jueza respecto de las partes, para con las que han de guardar una igual distancia, y respecto del objeto del proceso, con relación al cual han de carecer de interés alguno. 

11.    La imparcialidad opera también internamente respecto del mismo juzgador o juzgadora a quien exige que, antes de decidir un caso, identifique y trate de superar cualquier prejuicio o predisposición que pueda poner en peligro la rectitud de la decisión. 

12.    El juez y la jueza no pueden mantener vinculación alguna con las partes ni mostrar favoritismo o trato preferencial que ponga en cuestión su objetividad ni al dirigir el proceso ni en la toma de decisión. 

13.    En la toma de decisiones, el juez y la jueza han de evitar llegar a conclusiones antes del momento procesalmente adecuado a tal fin, que es el inmediatamente anterior a la resolución judicial. 

14.    La imparcialidad impone una especial vigilancia en el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las partes y demás intervinientes en el proceso. 

15.    El juez y la jueza, en su tarea de dirección de los actos orales, habrán de velar por que se cree un clima adecuado para que cada una de las partes y demás intervinientes puedan expresar con libertad y serenidad sus respectivas versiones sobre los hechos y sus posiciones sobre la aplicación del Derecho. Asimismo, ejercerán la escucha activa como garantía de un mayor acierto en la decisión. 

16.    La imparcialidad impone también el deber de evitar conductas que, dentro o fuera del proceso, puedan ponerla en entredicho y perjudicar la confianza pública en la justicia.  

17.    El juez y la jueza han de velar por el mantenimiento de la apariencia de imparcialidad en coherencia con el carácter esencial que la imparcialidad material tiene para el ejercicio de la jurisdicción.  

18.    Todo miembro de la Carrera Judicial ha de evitar situaciones de conflicto de intereses y, en el caso de que estas se produzcan, ha de ponerlas de manifiesto con la mayor transparencia y a la mayor brevedad, a través de cualquiera de los mecanismos legalmente previstos.  

19.    En su vida social y en su relación con los medios de comunicación el juez y la jueza pueden aportar sus reflexiones y opiniones, pero a la vez deben ser prudentes para que su apariencia de imparcialidad no quede afectada con sus declaraciones públicas, y deberán mostrar, en todo caso, reserva respecto de los datos que puedan perjudicar a las partes o al desarrollo del proceso.  

20.    En sus relaciones con los medios de comunicación el juez y la jueza pueden desempeñar una valiosa función pedagógica de explicación de la ley y del modo en que los derechos fundamentales operan en el seno del proceso. 

21.    Cuando la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales se encuentren en peligro, la obligación de reserva cede en favor del deber de denuncia.  ]

A destacar, que es algo manifiesto, que algunas-muchas veces los juzgadores no cumplen con el principio de imparcialidad descrito en los Principios de Ética Judicial precitados, ya que, aplican la ley desde presupuestos llenos de ideología que la desnaturalizan, además, en algunos casos lejos de abstenerse de conocer el asunto persisten en mantener su competencia, incluso en los casos en que son recusados.

Es esto casos señalados se ignora la denominada ‘teoría de la apariencia’, postulada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y recogida por nuestro Tribunal Constitucional (STC 512-2013-PHC/TC, f.j.3.3.7 y 3.3.8), que, en puridad, se concretiza en el aforismo que «no basta que el juez sea imparcial, sino que debe parecerlo». Por tanto, se afirma que el juez debe exteriorizar una postura de relación lo razonablemente equidistante de las partes, de manera que el proceso judicial cumpla mínimamente con las exigencias derivadas del derecho al juez imparcial. Así pues, el T. C. sostiene que, además del comportamiento personal de los jueces, cobran relevancia aquellos hechos que puedan suscitar dudas respecto de su imparcialidad; por ello, sostiene, que hasta las apariencias podrán tener cierta importancia.

Esta teoría ha sido desarrollada por el Tribunal Constitucional Español, en el sentido de que «el legislador opta por un modelo de Juez rodeado de la apariencia de imparcialidad, no sólo en la realidad de su desconexión con las partes y con el objeto del proceso, sino también en su imagen, eliminando cualquier sombra al respecto cuando existan elementos objetivos que puedan justificar una apariencia de parcialidad».

En esta línea de argumentos, diremos que la apariencia de imparcialidad, constituye un presupuesto de un juicio justo, toda vez, que el juez no será imparcial cuando sus actos no expliciten justamente esta posición dentro de un proceso, de manera que este no pueda ser considerado como justo y equitativo. 

En conclusión, cuando la aplicación de la ley por los jueces y tribunales se ideologiza y se subjetiviza, la imparcialidad desaparece, se diga lo que se diga, porque entonces en realidad no se aplica la ley, sino que se “ejecuta” en perjuicio claro del -valor justicia- constitucional.

Un vez más, lo que hay es lo que hay, así que, tenemos otra vez la convicción de que en estos casos expuesto de aplicación injusta de la ley, no queda otra que la sublevación pacífica de los españoles ante la injusticia, porque creemos que hay que luchar por las “cosas importantes” como el valor justicia, la libertad y la igualdad, y,  ese camino de búsqueda de una aplicación justa de la ley asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” son unos de los instrumentos de autodefensa de la sociedad civil.

N.B.  Las cosas importantes como la imparcialidad judicial y el respeto a la Ley son algo irrenunciable por los ciudadanos de a pie, de manera, que ha llegado la hora de defender a ultranza las cosas importantes y de dejar a un lado  la palabrería innecesaria, porque el camino no puede ser aguantarse y someterse cautivo en aras de un consenso inexistente y vacío de contenido.

Es la hora de luchar por la justicia y por nuestros derechos y libertades.

Córdoba, a 11 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

Las cosas importantes – la palabrería – el gasto público innecesario (La inflación y las subvenciones)

Hemos celebrado el día de la Constitución, aunque da la impresión en esas celebraciones públicas de luces y fiestas, que muchos políticos de todos los partidos (quizás demasiados) han abrazado la política del olvido de las cosas importantes, dedicándose por ejemplo, a los alumbrados, a la propaganda de lo improductivo, al aumento del gasto público innecesario y a las subvenciones, de manera, que, a mayor dislate, si algún ciudadano se mueve y pretender crear riqueza le cae un impuesto, y, que si se atreve a sacar la cabeza a pesar de la imposición fiscal, se le saca una ley y/o una ordenanza que lo regula y, curiosamente, cuando se para sometido a la “cultura de lo no importante imperante” le dan una subvención; es decir, hemos llegado a un mundo maravilloso donde lo políticamente correcto no son las cosas verdaderamente importantes, sino que lo que prima, es dedicarse al mundo de lo etéreo y de la propaganda “influenzer”, ya que, lo ahora determinante en el universo “woke” dominante es gastar en lo superfluo adobado con dinero público, procedente, a ser posible, del aumento de la deuda pública y del déficit público.

En vez de liberar la capacidad productiva de la economía y del mundo de las ideas creativas, lo que se proyecta e inculca, es aumentar la intervención gubernamental en el sector privado real y productivo, mediante un crecimiento del bucle interminable de todos los poderes públicos en aras del inmovilismo económico, político y cultural, que desgraciadamente solo produce inflación y una sociedad subvencionada desde lo público, que crece exponencialmente.

Para justificar todo gasto público innecesario se mantiene, que todo se arregla con estímulos monetarios laxos, aunque, la verdad es que el resultado es la inflación, que machaca los salarios y asfixia el crecimiento real perjudicando siempre a las posiciones más pobres y necesitadas social y culturalmente.

Lo que hay es lo que hay, así que ha llegado la hora de la sublevación pacífica de los españoles, que creemos que otra forma de política es posible y que hay que luchar por las “cosas importantes” como el valor justicia, la libertad y la igualdad, de forma, que en ese camino necesario asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” serán los instrumentos de autodefensa ciudadana.

N.B.  A llegado la hora de las cosas importantes y de dejar a un lado  la palabrería woke sufragada con gasto público innecesario, porque el camino no puede ser la inflación y las subvenciones públicas basadas en la deuda y el déficit.

Es la hora de pelear por la libertad y la igualdad real de todos.

Córdoba, a 7 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

Falsa producción – Diputación de Córdoba (Fingir que se hace lo que no se hace)

Según la RAE fingir o simular es dar existencia ideal a lo que realmente no la tiene.

En la Diputación de Córdoba gobernada por el P. P. y por su Presidente Sr. Fuentes Lopera eso es lo que está ocurriendo, de manera, que dicen que hacen cosas, pero la realidad es que no hacen casi nada en beneficio de los ciudadanos cordobeses.

Veamos algunas cosas, que demuestran que el Partido Popular en la Diputación no hace nada real en beneficio de los cordobeses, de forma, que lo que hacen es “pura apariencia de movimiento inútil”, así:

** Tienen el mayor Presupuesto consolidado de la historia de la Diputación Provincial de Córdoba, pero a actividades reales que beneficien a los cordobeses no llegan ni al 5% del mismo, así:

1º.- A gastos reales de personal dedican más del 60% de su Presupuesto.

2º.- A sus Empresas Públicas ruinosas dedican una cantidad de dinero desconocida realmente, aunque, por ejemplo a Emproacsa (aguas) en el último año le han puesto a la “veréa” para sanearla más de 50.000 millones de euros, a la vez, que han realizado una subida desproporcionada de la tasa del agua, que pagarán todos los cordobeses, aunque lo verdaderamente atrabiliario es que el asunto del agua sigue sin resolverse, mientras el Presidente reparte abrazos por doquier y dice en boca falsa que lo tiene todo contralado, cuando los resultados no aparecen por parte alguna.

(Nota. Me explico, la frase “hablar con boca falsa” hace referencia a una forma de hablar en la que alguien no expresa sinceramente lo que piensa o siente, sino que dice lo que no es verdadero o lo que realmente no piensa, generalmente para complacer a los demás, manipular la situación o aparentar algo que no es.).

3º.- A los problemas reales de Córdoba, como puede ser el empleo dedican una cantidad ridícula del Presupuesto, que directamente tiene una partida ridícula en comparación con la importancia del asunto-problema.

4º.- Han aceptado el muro socialista abrazándolo sin pudor, siendo una prueba de que no quieren cambiar realmente nada y que todo siga igual, que por ejemplo, “siguen la política socialista de tener cautivos a los Ayuntamiento a través de hacerles anticipos”, que se pagan con préstamos bancarios y que conllevan a que esas corporaciones locales se gastan lo que no tienen y que tendrán que devolver con intereses, aumentando su deuda y su déficit.

4º.- A la obras de infraestructura provinciales necesarias dedican cantidades ridículas del Presupuesto, mientras que en publicidad y propaganda directa y/o indirectamente se están gastando más de lo que invierten.

5º.- Lo dicho es más que suficiente para explicar lo que digo, que solo hacen apariencia de movimiento con abandono del beneficio real de los cordobeses.

** En el plano político lo que está haciendo el P. P. en la Diputación de Córdoba es un erial vacío y yermo; dicho de otra forma, es una tierra o un campo sin cultivar ni labrar, donde las promesas electorales del Partido Popular no solo han sido olvidadas, sino que se sigue una línea continuista de aumento del gatos público, subida de tasas e impuestos y olvido completo de las ideas y principios del centro derecha, apartándose sin pudor a los cordobeses que les han votado.

Llegados aquí, exponer más casos es innecesario, ya que, los ejemplos se multiplican en toda la Corporación Provincial y toda la Provincia de Córdoba en una espiral perversa de traición a sus votantes, además, sin excusa ni explicación alguna, lo que dice muy poco de la fiabilidad del Gobierno Provincial y del respeto a la Constitución cuyo día celebramos en estas fechas.

Si alguien no cree lo que digo, que mire a su alrededor y, sin duda, quedará noqueado y apabullado de tanta falacia e incumplimientos de los principios e ideas de los que los hemos votado.

Visto lo visto, solo cabe ya una sublevación pacífica de los cordobeses para restaurar el valor justicia, y, en ese camino necesario asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” serán los instrumentos de defensa para conseguir justicia para todos nosotros.

N.B.  La falsa producción en los poderes públicos, tal como se hace en la Diputación de Córdoba, es fingir, que se hace lo que no se hace.

En resumen, es engañar a la gran mayoría de los cordobeses.

Córdoba, a 5 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.