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Reforma Laboral V – Empresas – pobreza salarial – empleo (contratos por horas – desigualdad – coacciones)

La Reforma Laboral es un bluff (un farol), pues no contiene medidas para solucionar los problemas endémicos del mercado laboral, pues, con solo leer el Preámbulo del R.D.L. se puede ver, que solo anticipa una persecución sin tregua contra los empresarios, de manera, que se puede decir, que la reforma contiene un juicio crítico negativo hacía la actividad empresarial y, así mismo, un desconocimiento profundo de ese mundo, suponiendo una inquietante animadversión hacia lo que es un empresario.

La animosidad legislativa hacia la empresa procede: (i) de mirar solo desde un lado de los actores del mercado, machacando el consenso real, que nace del acuerdo entre iguales; (ii) del desconocimiento del mundo empresarial; y, (iii) de la implantación y aplicación de principios ideológicos trasnochados, alejados de los nuevos mercados competitivos y productivos más libres y flexibles.

La Reforma del R. D. L. (aprobada por ahora) no aporta soluciones ni medidas para los problemas de nuestro mercado laboral, así:

1.- Con la Reforma seguirá la llamada pobreza salarial, que sin duda es un hecho muy negativo, además, ignora que el paro es un hecho mucho peor que una retribución devaluada.

2.- No aborda el principal problema económico de España, que es nuestra incapacidad estructural de crear empleo.

3.- Pasa por alto olvidándolo, la relación entre los costes de despido y la temporalidad, ya que, es algo patente, que a mayores costes de despido le sobreviene mayor temporalidad.

Por otro, la Reforma niega el impacto negativo sobre el empleo de los trabajadores menos cualificados, estableciendo  costes laborales por encima de su productividad.

Por los motivos apuntados aumentará el desempleo, pues la Reforma es un obstáculo a la creación de empleo.

4.- Prohíbe legalmente la temporalidad, suponiendo que esa medida coactiva disminuirá los contratos temporales, pero incurre en un error de bulto, ya que, olvida por completo que no aumentarán en la misma proporción los contratos fijos, lo que implica, sí o sí, que aumentará el desempleo y, exponencialmente, los contratos fijos a tiempo parcial.

Dicho de otra forma, limitar la temporalidad imponiéndola con sanciones y coercitivamente podrá reducir la misma, pero a costa de reducir también el empleo y su calidad, problema que se agravará, con las medidas encaminadas a subir los salarios más bajos para luchar contra la pobreza salarial, consiguiendo subir algunos salarios, a expensas de destruir más empleo y bajar la productividad.

5.- La reforma establece que las contratas y subcontratas deberán aplicar los mayores sueldos del convenio del sector de la actividad realizada o el de la empresa principal, por lo que parece, que los expertos legislativos olvidan, que muchos de trabajadores que podrían haber sido contratados  no lo serán,  precisamente, a causa de esa norma.

6.- La Reforma consolida el mercado productivo existente en España, que absorbe, sin duda, una amplia bolsa de trabajadores de baja productividad existente en nuestro País, ya que, ignora cualquier instrumento eficaz para combatir la baja productividad, así como, a compensar los bajos salarios dedicados a estos trabajadores, implicando, además, un gravamen para la competitividad de las empresas.  

Finalmente, es un hecho, que la Reforma Laboral dará lugar muchos contratos fijos a tiempo parcial, lo que, se quieradmitir o no, es un anticipo de pobreza laboral.

** Por otro lado, los datos oficiales de paro están trufados de trolería, de forma, que examinando unos números se puede ver, que la forma de contar por el Ministerio Reformista en este apartado es irreal, solo partiendo de cifras oficiales:

*. Paro registrado (cifra oficial): 3.105.905 de trabajadores.

*. Otros no ocupados: 215.000 personas.

*. Parados que están buscando trabajo en unas condiciones concretas, por ejemplo, que no están dispuestos a cambiar de residencia): 290.500.

*. Ertes: 103.800 trabajadores.

*. Autónomos en cese de actividad: 108.200 personas.

*. Inactivos 1.800.000 personas.

*. Trabajo por horas y a tiempo parcial 2.400.000 trabajadores.

*. Empleo Público creado desde 2020: 250.000 personas.  

*. Sector Privado: 20.000 empleos perdidos contando desde 2019.

Total: 6.385.205 parados reales a finales de 2021.

(Nota: Se pueden utilizar otros datos, pero al final la cifra real estará en seis millones de desempleados).

Fijando una conclusión, la Reforma Laboral garantiza menos contratos y más inestabilidad laboral.

N.B. La Reforma Laboral no aborda los problemas de nuestro modelo productivo: -productividad-, -empleo- y- paro-, ya que, persigue y coacciona a las empresas, contra los criterios modernos y competitivos en los mercados laborales que funcionan, incentiva la pobreza salarial y destruye empleo, especialmente, el estable y sólido, garantizando solo un crecimiento de los contratos fijos por horas o a tiempo parcial, a la vez, que paraliza la contratación de las empresas con sanciones y provocará un enrocamiento empresarial inevitable ante unas extinciones imposibles de contratos, de forma, que habrá menos contratos temporales, pero, también, menos contratos fijos.

En resumen, crecerá el desempleo en el sector privado, aunque aumente en el sector público, que nunca podrá compensar la falta de creación de empleo en la empresa y cuyo significado es muy diferente en términos de empleo real.

La Reforma Laboral incrementará la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo, lo que obligará al Gobierno a aumentar sin tregua el gasto público, haciendo más grande  la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que provocará rupturas de la igualdad en la sociedad civil española, creando tensiones  dentro y fuera de la empresa.

El desarrollo  de nuestro mercado laboral estará más dominado por la desconfianza y la incertidumbre, lo que conllevará menos empleo y aumentos del paro.

Córdoba, a 9 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Reforma Laboral III – Depredadores y Damnificados (consenso – empresarios con su pan y sus tortas)

Es una realidad, que la Reforma Laboral tiene menos depredadores, que perdedores, que son la gran mayoría de los componentes de la sociedad española.

Han participado en el festín oficial del consenso inducido grupos muy organizados (depredadores-consensuantes), que, sin duda, han conseguido sus beneficios particulares, haciéndolos prevalecer sobre los intereses generales; a la vez, que, por una parte, los empresarios de la CEOE  (auto consensuados a porrazos)se han quedado solo con sus tortas, y, por otra parte, lo cierto es, que el pan se lo han llevado dos sindicatos, unos grupúsculos empresariales dominantes y el Gobierno de la Ministra Díaz.

¿Quiénes pierden con la Reforma Laboral aprobada por el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre?

Los damnificados, -no partícipes del consenso atrabiliario- que salen escaldados, son muchos, que han sido consensuados a su pesar y sin que nadie les consulte, a señalar algunos, así:

* La sociedad civil en su conjunto. La inmensa mayoría de los españoles sufrirán sus efectos perversos y más pronto que tarde.

* Los parados y el resto de inactivosque seguirán siendo tan vergonzosamente numerosos como siempre y en aumento, pues los consensuantes (Gobierno, CEOE, Sindicatos) van a lo suyo: “a sus intereses específicos”.

* Las empresas pequeñas y medianas (con sus empresarios y trabajadores) confrontadas a la fuerza con las condiciones de trabajo impuestas por las empresas dominantes y los sindicatos, que acordarán a sus espaldas convenios colectivos sectoriales inasumibles para ellas.

* La Seguridad Social  y los pensionistas, que verán disminuir los recursos del sistema de cotizaciones, a pesar del aumento de las mismas previsto, de manera, que la economía financiera de la S. S. solo se mantendrá por aumentos de las aportaciones del Estado, aunque realmente es lo mismo, pues el dinero siempre es el mismo y procede de los ciudadanos.

Lo único cierto es, que a menos cotizantes (a menos empleo) y salarios más bajos los ingresos por cotizaciones decrecerán, a la vez, que se incrementan las pensiones indexadas al IPC, aunque la Reforma y el Ministro Escrivá parecen olvidar el principio de solidaridad intergeracional.

* El sector privado que se castiga frente al sector público, al salir este último claramente beneficiado con la Reforma frente al primero.  

* La recuperación y el crecimiento económico paralizados por el mismo modelo productivo y por un marco laboral empeorado, al impulso de una normativa más rígida y excluyente.

En resumen, el empleo de calidad y productivo decrecerá o no nacerá, aumentando la desigualdad social, de forma, que el problema de España es triple: Por una parte, el paro aumentará, por otra, el empleo se resistirá a nacer en estas condiciones laborales y, finalmente, la desigualdad crecerá entre los españoles.

N.B. La Reforma Laboral aprobada, por ahora, por R. D. L., que deberá ser convalidado, tiene depredadores y damnificados, aunque el consenso impuesto y aceptado -con indisimulada complacencia- por ciertos consensuantes pueda indicar lo contrario:

Primero, porque los intereses de los consensuantes (Gobierno, Sindicatos, CEOE) no son los de los consensuados a su pesar (sociedad civil, empresarios y trabajadores mayoritarios, parados e inactivos, jóvenes, mujeres, mayores de 50 años y sectores económicos tan fundamentales, como el agrícola, el automóvil, la construcción, etc. etc.).

Segundo, porque la Reforma Laboral aprobada, no es la que España estaba necesitando, pues, la inseguridad jurídica y la desconfianza en las relaciones de trabajo han ocupado una posición dominante en nuestro mercado de trabajo, siguiendo,  a pesar de todo, el mismo modelo productivo, que desde hace muchos años garantiza un paro estructural inamovible y unas condiciones de trabajo injustas.

Tercero, porque el gasto público sigue aumentando sin control, lo que, unido a la inflación creciente, harán que la Reforma entre en un bucle sin fin, que conllevará una implicación muy negativa para la creación de empleo, deteriorando la débil igualdad existente en España.

Cuarto, porque la Reforma aprobada por R.D.L., de aplicación inmediata, por ahora y lo que caiga, supone ahondar aún más en la brecha entre el sector público y el sector privado, lo que dará lugar a desequilibrios difíciles de aguantar por la sociedad española.

Por mucho que se quiera dulcificar la reforma de cara a los fondos europeos, lo cierto es, que se trata de un arreglo de mínimos, que nos llevará: *a un aumento del paro, *a un descenso de la productividad y competitividad de nuestras empresas, *a un empleo de baja calidad y bajo rendimiento, y, *a un mercado de trabajo ineficiente e injusto en todas sus condiciones laborales.

En este caso, la equivocación sería una bendición, pero visto lo que hay, quiénes son depredadores y quiénes son damnificados, una solución beneficiosa al interés general se antoja harto complicada, máxime, porque nadie está dispuesto a un consenso verdadero, donde todas las partes (consensuantes y consensuados) estén situadas al mismo nivel de equidad, de forma, que las cesiones necesarias de cada una de ellas para el acuerdo sean equivalentes al nacer de la igualdad y de los derechos y libertades de todos, que la Constitución garantiza y consagra.

Córdoba, a 3 de enero de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Semejanzas perversas – Polonia – la Comisión Europea – U. E. – España – P.P. (desigualdad – tiros en los pies – disenso)

Por un lado, la U. E., comandada por la Presidenta de la Comisión Europea, Úrsula von der Leyen, ha decido que Polonia y los polacos son fáciles de someter a sus dictados de desigualdad, tratando de imponer las normas de un estado de derecho donde sus leyes se imponen según quien, además, con una prepotencia insultante para Polonia. No existe la menor duda, que la C. E. de D.ª. Úrsula se ha metido un tiro en los dos pies, ya que, la U. E. es consenso e igualdad no desigualdad y disenso.

Por otro lado, en España el Presidente de un Partido, que quiere reinar, ha decidido para ello, pegarse dos tiros uno en cada pie, tratando de imponer por la fuerza (que, por cierto, no tiene) la desigualdad y la discrepancia entre las CC. AA. en las que gobierna, además, desde una postura misógina inaceptable; de forma, que todas las presidencias del partido en esas CC. AA. las ostentan sin discusión el Presidente del Gobierno de cada una de ellas, sin embargo, la única mujer que gobierna una Comunidad Autónoma, además, con gran acierto y apoyo unánime de sus votantes, se le impide con toda clase de tretas, zancadillas y maniobras obscenas de todo tipo y color ser la Presidenta del Partido en su C. C. A.A., que, a mayor inri, está, también, marcando el camino hacia la Presidencia del Gobierno de la Nación al Presidente del Partido, que quiere reinar.

Las semejanzas en los dos casos son evidentes por su ceguera, su maldad y su estulticia, ya que, en los dos supuestos descritos con holgura clarividente, los tiros en ambos pies de cada uno de ellos son idénticos y perversos para ellos mismos.

Seguramente, se puede ser más negado, pero, sin duda, es imposible ser más necio.

Desde una posición de poder inane y autodestructiva, se ha sustituido -la igualdad por la desigualdad-, -el acuerdo por el disenso- y -la unidad ganadora por la división y el desacuerdo inútiles y perversos-.

Finalmente, poner de manifiesto: “Que la responsabilidad siempre es de la persona que tiene el poder”; dicho de otra forma: Del que manda.

N.B. Las semejanzas, entre el caso de Polonia y la Comisión Europea – U. E., y, entre el caso de España -CC. AA. Madrid- y el Presidente del Partido, que quiere reinar, son perversas y dañinas, suponiendo desigualdad, disenso y un auto tiro en los dos pies por los propios mandamases del desaguisado.

La igualdad ante la ley y el respeto a la misma por todos son las bases del Estado de Derecho de la U. E. y de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho consagrado en la Constitución Española, de forma, que la desigualdad perversa puesta de relieve en ambos casos, supera cualquier comparación y comentario, que se quiera hacer, entrando en el disparate de la autodestrucción.

En los dos casos expuestos es posible, sin mucho esfuerzo, llegar a un acuerdo, aunque ello exige menos prepotencia del que cree que tiene el poder, concediendo un atisbo de confianza a la parte que se considera más débil, ya que, un acuerdo siempre supone rebajar un poco las posiciones, partiendo de la base, que destruir a la otra parte nunca es una solución beneficiosa para nadie y, además, nunca da resultado.

Córdoba, a 31 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S. 

Plusvalía – buena noticia para los ciudadanos (reacción pública – nada de alegrías)

<< El TRIBUNAL CONSTITUCIONAL (Gabinete del Presidente. Oficina de Prensa) ha emitido -Madrid, 26 de octubre de 2021- la NOTA INFORMATIVA Nº 99/2021, ADELANTO DE PARTE DISPOSITIVA, EL PLENO DEL TC DECLARA LA INCONSTITUCIONALIDAD Y NULIDAD DE LOS ARTS. 107.1 PÁRRAFO SEGUNDO, 107.2 A) Y 107.4 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE LAS HACIENDAS LOCALES:

         El Pleno ha resuelto lo siguiente:

          PARTE DISPOSITIVA:

          “En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que

le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido: 

         Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4433-2020, promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6”.  

         La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, considera que son inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

         El fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia.

         La sentencia cuenta con el voto particular concurrente del Presidente Juan José González Rivas y los votos discrepantes del magistrado Cándido Conde-Pumpido y de la magistrada María Luisa Balaguer. 

         En los próximos días se notificará la sentencia y los votos particulares junto con una nota de prensa más amplia. >>

Esperaremos a leer la sentencia y sus votos particulares, que serán los que se aplicarán en una nueva Ley exprimidora, aunque ahora un poco de alegría para los ciudadanos de a pie, ya que, resulta perverso, que los poderes públicos hayan reaccionado todos a -la contra-, dejando claro, que tamaña injusticia debe ser reparada de inmediato, al quedar desamparados todos los Órganos Públicos, que han visto como el T. Constitucional  ha metido la mano en sus bolsillos, igual que ellos durante muchos años y, a veces, con crueldad han despojado a muchos ciudadanos de parte de sus bienes, siendo por su puesto las clases medias y bajas las más oprimidas por el ilegal impuesto de plusvalía, en cumplimiento exacto del art. 31 de la Constitución que dice: <<1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.

3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley. >>

Ahora a los ciudadanos beneficiados por la nulidad de una Ley inconstitucional solo les queda disfrutar mientras puedan, ya que, sin la menor duda, todos los salvadores públicos elegidos por ellos en listas cerradas, se podrán rápidamente de acuerdo para poner en vigor una nueva Ley, que con toda seguridad supondrá una nueva requisa de los patrimonios de los españoles, pues no se puede consentir, que la crueldad de unos Magistrados del T. C. (no todos, gracias a los dioses) haya esquilmado a unos organismos públicos destacados por realizar -siempre- un gasto público de forma equitativa con eficacia y economía.

N.B. El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo el Impuesto de Plusvalía, así que, ahora los ciudadanos a disfrutar de una buena noticia, mientras puedan, pues ya se ha visto la reacción pública de todos los poderes elegidos por el pueblo, de manera, que nada de alegrías.

Lo que vendrá pronto y más duro, será una Ley urgente, que equilibrará las fuerzas publicas y privadas en aras de la justicia social, de forma, que de inmediato quedará restablecida la equidad fiscal en beneficio del pueblo soberano, todo, además, adobado e incentivado por la propaganda engañosa del bien común, como fin indiscutible y absolutamente necesario para restablecer la justicia social dañada por unos jueces insensibles.

En resumen, los españoles seguiremos presos de la injusticia y de la inseguridad jurídica, derivadas del nulo respeto a la ley por los poderes públicos, porque la Constitución y todos nuestros derechos y libertades están al servicio de los poderes públicos, que, sin duda, son los que administran sin pudor ni decoro nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

Córdoba, a 27 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

La bula política y otros disparates (igualdad ante la Ley – respeto a la misma por los poderes públicos)

El viernes, 22 de octubre de 2021, la Comisión Permanente del CGPJ ha emitido un comunicado, en relación con la declaración publicada en redes sociales por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030 sobre los efectos de la sentencia condenatoria dictada contra el diputado del grupo parlamentario Unidas Podemos Alberto Rodríguez, que dice lo siguiente:

<< La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy el siguiente comunicado: 

“La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, reunida hoy en sesión extraordinaria, ha tomado conocimiento de la declaración publicada por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, en su cuenta en la red social Twitter (@ionebelarra), que dice textualmente que (el diputado del grupo parlamentario Unidas Podemos) Alberto Rodríguez fue condenado a pesar de que las pruebas demuestran que él no estuvo allí. El objetivo era quitarle el escaño El Supremo presiona a la Presidencia del Congreso para retirárselo, aunque ambos saben que no es lo que dice la sentencia. Prevaricación

La Comisión Permanente considera que estas manifestaciones merecen un absoluto y rotundo rechazo, si cabe con mayor intensidad y rotundidad que en otras ocasiones, especialmente porque más allá de generar una sospecha inaceptable respecto del proceder del más alto tribunal de la Nación, llegan a atribuir la comisión de un delito a sus magistrados, afirmación que excede absolutamente los límites del derecho a la libertad de expresión, máxime cuando quien realiza esas manifestaciones es un miembro del Poder Ejecutivo, lo que sitúa las relaciones entre dos poderes del Estado en un plano completamente indeseable. 

El Consejo General del Poder Judicial, órgano de gobierno del mismo, en su condición de garante de la independencia judicial, no puede por menos que expresar su profundo malestar porque tales declaraciones hayan sido formuladas por un miembro del Gobierno de la Nación, a lo que se añade el hecho de que son ya varias las ocasiones a lo largo del presente mandato del CGPJ en las que ha tenido que pronunciarse en este sentido.

Es por tanto necesario recordar que, como es público, notorio y reconocido, el Tribunal Supremo y el resto de los Juzgados y Tribunales españoles, a lo largo del tiempo, han dado sobradas muestras de su independencia, imparcialidad y objetividad, cualquiera que sea la posición política o social de los enjuiciados, como no podía ser de otra manera por quienes han prometido o jurado cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes; y resulta imprescindible asimismo reafirmar una vez más que la actuación del Poder Judicial, institución esencial en toda sociedad democrática, persigue en todo momento el cumplimiento de la Ley y la defensa de los derechos reconocidos a todos los ciudadanos españoles, fundamento de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho. 

Por último, el Consejo General del Poder Judicial vuelve a hacer un llamamiento, especialmente a quienes ostentan cargos de responsabilidad del máximo nivel, a que no menoscaben la imagen de quienes día a día velan por los derechos y garantías de que gozan todos los españoles en su condición de ciudadanos de un Estado de Derecho, recordándoles que la primera obligación de un responsable público es no contribuir al desprestigio de las instituciones democráticas y, dentro de ellas, el Poder Judicial

El acuerdo ha sido aprobado con los votos del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes; y de los vocales José Antonio Ballestero, Nuria Díaz, Juan Manuel Fernández y Juan Martínez Moya. Los vocales Álvaro Cuesta, Rafael Mozo y Pilar Sepúlveda han votado en contra. >>

***Twitter

Alberto Rodríguez fue condenado a pesar de las pruebas que demuestran que él no estuvo allí. El objetivo era quitarle el escaño. El Supremo presiona a la Presidencia del Congreso para retirárselo, aunque ambos saben que no es lo que dice la sentencia. Prevaricación. 6:20 p. m. · 22 oct. 2021·Twitter for iPhone.

N.B.  Solo un pequeño comentario hoy, ya que, con leer el Comunicado del CGPJ se adivina la bula política y cualquier disparate:

La igualdad ante la ley y el respeto a la misma por todos, sin exclusión alguna, incluidos en primer lugar los poderes públicos,  que consagra e impone la Constitución Española (arts. 9, 10 y 14), han quedado reflejadas en el Comunicado de la Comisión Permanente del C. G. P. J., es decir, del Poder Judicial.

La desigualdad existente, puesta de manifiesto, entre políticos aforados-privilegiados y el resto de los españoles, supera cualquier comparación y comentario que se quiera hacer, entrando en la jungla profunda del disparate, así:

¿Si cualquier español de a pie acusa de prevaricación, con publicidad, a un Magistrado/os del Tribunal Supremo, le pasaría algo o no?

En esas estamos, de forma, que como diría un ilustre personaje:

Pues, -eso-.

Las querellas ahora van a contramano, es decir, en dirección contraria.

Córdoba, a 24 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.