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Ley – Seguridad jurídica (Estado de Derecho)

La democracia es la ley de todos y para todos, pues sin ella no existe el Estado de Derecho ni la seguridad jurídica.

Es fácil de decir lo anterior, lo difícil es que se cumpla, pues en España está ocurriendo algo incalificable y perverso, que consiste, en que a todos los niveles del poder público, incluido el poder judicial, se ha introducido un gusano peligroso, que  está consiguiendo, que cada vez más poderes públicos de los diferentes niveles local, provincial, autonómico y central solo aplican la ley cuando conviene a sus intereses ideológicos o a sus intereses partidistas.

Dicho de otra forma, se ha instalado la inseguridad jurídica.

En España es una realidad indiscutible, que reina la incertidumbre a todos los niveles (político, social, económico y sanitario), de manera, que se quiera admitir o no, aparece la inseguridad, la inquietud, la duda, la indecisión, el recelo y la sospecha entre todos los ciudadanos (con reflejo interior y exterior) con todas sus consecuencias nocivas.

A consecuencia de la no aplicación de la ley justa, los españoles perciben una “incertidumbre” y “una inseguridad” persistente, que se plasma en desconfianza interior y exterior paralizándose todo.

Si a todo lo expuesto, le añadimos la falta de información veraz a los españoles y la falta de participación social en las decisiones, con clara vulneración de nuestros derechos y libertades constitucionales, la situación solo es “incertidumbre, inseguridad jurídica y una desconfianza creciente, que lo paralizan todo, llevándonos a la ruina política, social, económica y sanitaria.

Eso es lo que hay y que cada uno vote lo que quiera, pero que luego no se queje lastimero por las esquinas, pues ya sabía lo que vendría de la mano de los que quieren que todo siga igual.

La Asociación Córdoba Abierta -ACOA- está para luchar por el valor justicia, la libertad y la igualdad de los cordobeses, y,  visto lo visto, si se seguimos votando para que todo siga igual, estamos perdidos, así que, todos en defensa de nuestros derechos y libertades, levantando un muro de autodefensa sostenido por la fuerza de todos lo que creemos, que otra política es posible y necesaria, sino para que se ganan unas elecciones.

En eso estamos en ACOA.

N.B. Ley y Seguridad jurídica con su Estado de Derecho, ya que, la democracia es la ley de todos y para todos, pues sin ella no existe el Estado de Derecho ni la seguridad jurídica.

Los ciudadanos no podemos ser rehenes cautivos de nuestros  propios poderes públicos a todos los niveles, máxime, si reina y se impone la impunidad política y legal, y, todo se agrava cuando los poderes públicos, tampoco, explican nada ni responden de verdad por tantos errores inexcusables, solo un silencio estruendoso y estremecedor. 

Córdoba, a 2 de enero de 2025

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Cosas importantes II – Imparcialidad judicial – Respeto a la Ley (Abstención y recusación)

En España está cayendo en el olvido la imparcialidad judicial, porque algunos – muchos, quizás demasiados, jueces y tribunales aplican la ley adobada con criterios ideológicos, lo que lleva a que el respeto a la ley haya pasado al mundo de la subjetividad, donde la ley se aplica sin reglas, solo en base a criterios personales del juzgador que la aplica en sus resoluciones.

El asunto se agrava, cuando la resolución de turno por aplicación de la ley, que ahora si se aplica con rigor espartano, da lugar a una resolución irrecurrible, lo que en la mayoría de los casos produce indefensión a la persona afectada y una falta de tutela judicial efectiva, violándose el art. 24 de la Constitución.

Se dice, entonces, que el Juez o Tribunal aplica la ley y que la persona, que defiende sus derechos, no está de acuerdo porque tiene un interés particular en el asunto, de manera, que asunto terminado y punto.

Puede ser, que algunos casos sea verdad, pero existen aplicaciones de la ley judiciales, que teóricamente puedan parecer justas y fundadas en la ley, aunque, también, pueden ser éticamente reprobables y muy discutibles, apurándose el bucle del “valor justicia”, cuando la resolución judicial es irrecurrible por ley.

Aquí, me gustaría poner en defensa de lo expuesto los PRINCIPIOS DE ÉTICA JUDICIAL (Texto final acordado en la sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2016), que en su CAPÍTULO II, sobre el Principio de Imparcialidad, dice:   [

10.    La imparcialidad judicial es la ajenidad del juez y de la jueza respecto de las partes, para con las que han de guardar una igual distancia, y respecto del objeto del proceso, con relación al cual han de carecer de interés alguno. 

11.    La imparcialidad opera también internamente respecto del mismo juzgador o juzgadora a quien exige que, antes de decidir un caso, identifique y trate de superar cualquier prejuicio o predisposición que pueda poner en peligro la rectitud de la decisión. 

12.    El juez y la jueza no pueden mantener vinculación alguna con las partes ni mostrar favoritismo o trato preferencial que ponga en cuestión su objetividad ni al dirigir el proceso ni en la toma de decisión. 

13.    En la toma de decisiones, el juez y la jueza han de evitar llegar a conclusiones antes del momento procesalmente adecuado a tal fin, que es el inmediatamente anterior a la resolución judicial. 

14.    La imparcialidad impone una especial vigilancia en el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las partes y demás intervinientes en el proceso. 

15.    El juez y la jueza, en su tarea de dirección de los actos orales, habrán de velar por que se cree un clima adecuado para que cada una de las partes y demás intervinientes puedan expresar con libertad y serenidad sus respectivas versiones sobre los hechos y sus posiciones sobre la aplicación del Derecho. Asimismo, ejercerán la escucha activa como garantía de un mayor acierto en la decisión. 

16.    La imparcialidad impone también el deber de evitar conductas que, dentro o fuera del proceso, puedan ponerla en entredicho y perjudicar la confianza pública en la justicia.  

17.    El juez y la jueza han de velar por el mantenimiento de la apariencia de imparcialidad en coherencia con el carácter esencial que la imparcialidad material tiene para el ejercicio de la jurisdicción.  

18.    Todo miembro de la Carrera Judicial ha de evitar situaciones de conflicto de intereses y, en el caso de que estas se produzcan, ha de ponerlas de manifiesto con la mayor transparencia y a la mayor brevedad, a través de cualquiera de los mecanismos legalmente previstos.  

19.    En su vida social y en su relación con los medios de comunicación el juez y la jueza pueden aportar sus reflexiones y opiniones, pero a la vez deben ser prudentes para que su apariencia de imparcialidad no quede afectada con sus declaraciones públicas, y deberán mostrar, en todo caso, reserva respecto de los datos que puedan perjudicar a las partes o al desarrollo del proceso.  

20.    En sus relaciones con los medios de comunicación el juez y la jueza pueden desempeñar una valiosa función pedagógica de explicación de la ley y del modo en que los derechos fundamentales operan en el seno del proceso. 

21.    Cuando la democracia, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales se encuentren en peligro, la obligación de reserva cede en favor del deber de denuncia.  ]

A destacar, que es algo manifiesto, que algunas-muchas veces los juzgadores no cumplen con el principio de imparcialidad descrito en los Principios de Ética Judicial precitados, ya que, aplican la ley desde presupuestos llenos de ideología que la desnaturalizan, además, en algunos casos lejos de abstenerse de conocer el asunto persisten en mantener su competencia, incluso en los casos en que son recusados.

Es esto casos señalados se ignora la denominada ‘teoría de la apariencia’, postulada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y recogida por nuestro Tribunal Constitucional (STC 512-2013-PHC/TC, f.j.3.3.7 y 3.3.8), que, en puridad, se concretiza en el aforismo que «no basta que el juez sea imparcial, sino que debe parecerlo». Por tanto, se afirma que el juez debe exteriorizar una postura de relación lo razonablemente equidistante de las partes, de manera que el proceso judicial cumpla mínimamente con las exigencias derivadas del derecho al juez imparcial. Así pues, el T. C. sostiene que, además del comportamiento personal de los jueces, cobran relevancia aquellos hechos que puedan suscitar dudas respecto de su imparcialidad; por ello, sostiene, que hasta las apariencias podrán tener cierta importancia.

Esta teoría ha sido desarrollada por el Tribunal Constitucional Español, en el sentido de que «el legislador opta por un modelo de Juez rodeado de la apariencia de imparcialidad, no sólo en la realidad de su desconexión con las partes y con el objeto del proceso, sino también en su imagen, eliminando cualquier sombra al respecto cuando existan elementos objetivos que puedan justificar una apariencia de parcialidad».

En esta línea de argumentos, diremos que la apariencia de imparcialidad, constituye un presupuesto de un juicio justo, toda vez, que el juez no será imparcial cuando sus actos no expliciten justamente esta posición dentro de un proceso, de manera que este no pueda ser considerado como justo y equitativo. 

En conclusión, cuando la aplicación de la ley por los jueces y tribunales se ideologiza y se subjetiviza, la imparcialidad desaparece, se diga lo que se diga, porque entonces en realidad no se aplica la ley, sino que se “ejecuta” en perjuicio claro del -valor justicia- constitucional.

Un vez más, lo que hay es lo que hay, así que, tenemos otra vez la convicción de que en estos casos expuesto de aplicación injusta de la ley, no queda otra que la sublevación pacífica de los españoles ante la injusticia, porque creemos que hay que luchar por las “cosas importantes” como el valor justicia, la libertad y la igualdad, y,  ese camino de búsqueda de una aplicación justa de la ley asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” son unos de los instrumentos de autodefensa de la sociedad civil.

N.B.  Las cosas importantes como la imparcialidad judicial y el respeto a la Ley son algo irrenunciable por los ciudadanos de a pie, de manera, que ha llegado la hora de defender a ultranza las cosas importantes y de dejar a un lado  la palabrería innecesaria, porque el camino no puede ser aguantarse y someterse cautivo en aras de un consenso inexistente y vacío de contenido.

Es la hora de luchar por la justicia y por nuestros derechos y libertades.

Córdoba, a 11 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

Desigualdad como ley – Políticos y ciudadanos de a pie (Mundos paralelos)

La ley es igual para todos, eso es lo que dice nuestro Estado Social y Democrático de Derecho consagrado en la Constitución Española de 1978, aunque ahora en España se han creado mundos paralelos donde de la ley de aplica de forma diferente según en cual de esos mundos estés.

Por un lado está el “universo político” donde la ley se aplica de forma diferente, que en ese otro universo donde habita el ciudadano español de a pie.

*En el mundo político la ley se aplica siempre en favor de sus integrantes con aforamientos, privilegios y demás gabelas dirigidas a la protección del político de turno, de forma, que vale todo si favorece al provilegiado de turno.

No hay más que ver como se aplica la ley en muchas – demasiadas Administraciones Públicas de todos los niveles y el en trato que reciben esos políticos en la esfera judicial, de manera, que la conclusión es casi siempre la misma, desigualdad respecto a los españoles de a pie, empezando por los aforamientos y teminando por el trato de favor que reciben los políticos, que están a la vista de todos los españoles, que quieran mirarlo.

Exponer casos es una tonteria, ya que, los ejemplos se multiplican en toda la piel de toro, además, sin excusa ni explicación alguna, lo que dice muy poco del respeto a la ley, del valor justicia constitucional y del poder que la Constitución dice que procede del Pueblo.

*Por otro lado, en el mundo del español de a pie la ley se aplica siempre con rigor y sin excusas que valgan, siguiendo el aforismo de “primero a pagar y despues ya veremos” y así todo, es decir, el ciudadano va al mundo de la indefensión, en contrando, a mayor inri, un muro de guerra (ríense de las vallas de Ceuta y Melilla) que le impide defenderse con las mismas armas y en igualdad de condiciones, encontrándose, además, siempre en frente una legión de funcionarios o empleados públicos, que pagamos todos, que parece que solo tienen un objetivo, concretamente, hundir al ciudadano que disiente hasta someterlo con una aplicación y/o inaplicación de la ley siempre en favor del poder publico y/o político correspondiente.

Si alguien no cree lo que digo, que mire a su alrededor y, sin duda, no quedará desfraudado.

Visto lo visto y como la masa de los iceberg lo que no se ve, si el español de a pie no despierta de su somnolencia, la situación de injusticia pública instaurada acabará con nuestros derechos y libertades, de manera, que solo cabe ya una una sublevación pacífica de los españoles para restaurar el valor justicia y devolver al Pueblo su verdadero poder, y, en ese camino largo y doloroso, solo asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” pueden ser el instrumento de defensa de la libertad, de la igualdad  y de la justicia para todos.

N.B.  La desigualdad como ley entre políticos y ciudadanos de a pie es una relidad abrumadora, de forma, que existen mundos paralelos donde la ley es diferente y se aplica de forma desigual por los poderes públicos.

Citar casos o poner ejemplos es innecesario, pues está a la vista de todos los españoles.

Cambiar ya es una necesidad de supervivencia y de autodefensa.

Córdoba, a 2 de diciembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

La falta de respeto a la ley está ya en todos los niveles del poder público (Principio de legalidad – Inseguridad jurídica)

Lo que se está viendo publicamente a nivel nacional sobre saltarse la ley por políticos y sus partidos (incluidas las Instituciones del Estado), produce una sensación de desamparo a los españoles de a pie sobre la aplicación de la ley y una completa una falta completa del principio de legalidad en la igualdad de todos los españoles.

Aunque lo verdaderamente preocupante, que da mucho miedo, es que la falta de respeto a la ley alcanza ya todos los niveles del poder público, quedando los ciudadanos de a pie como unas personas abandonadas por la ley y por poderes públicos que la deben de aplicar, que curiosamente deben su poder al Pueblo que someten contra toda ley.

Cualquier ciudadano deja de presentar un modeo obligatorio en Hacienda y/o deja de pagar una multa de tráfico (solo a título de ejemplo) y en horas veinticuatro tiene la la aplicación rigurosa de la ley encima de él, de manera, que no hay excusa ni pretexto alguno, que le libre de la fueza corecitiva de la ley aplicable.

Por el contrario si se trata de un político, sea cual sea su nivel de poder público, si incumple la ley la “amnistía es total”, de forma, que el ciudadano-pueblo solo le queda ir de entrada a un proceso juicial contencioso administrativo, pues si el ciudadano acude a presentar una denuncia penal, porque el político de turno enchido de poder incumple la ley, que prospere su denuncia es algo  casi increible y, además, siempre obtiene la misma respuesta: “Lo que denuncia no es delito, pues solo es un posible ilícito administrativo”.

Queda claro, que NO es NO, así que a fastidiarse y a jorobarse toca. (Lo digo con delicadeza).

En España ahora la igualdad de todos los españoles ante la ley ha pasado a un deterioro irreversible del “valor justicia” y a un menosprecio de nuestro estado de Derecho, mientras la democracia real y el poder del pueblo soberano ha pasado a un universo paralelo dominado por un poder político irresponsable, ininimputable y que se cree con toda la razón de que está por encima de la ley (eso es lo que se ve y se siente a diario).

Frente a una situación de injusticia pública atrabiliaria e instaurada en el poder, ha llegado la hora de defender nuestros derechos y libertades con una rebelión pacífica de todos los ciudadanos, y, creo que asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” deben comenzar a moverse en defensa de la libertad, de la igualdad  y de la justicia.

N.B.  Es un hecho que la falta del respeto a la ley está ya istalada en todos los niveles de los poderes publicos, de manera, que si queremos justicia el principio de legalidad se debe imponer a la inseguridad jurídica de los españoles de a pie.

Si seguimos callados, silentes y cautivos unos pocos-muchos destruiran la democracia, haciendo papel mojado la Constitución Española de 1978.

Córdoba, a 25 de noviembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

El Pueblo solo el pueblo (Los poderes públicos políticos en stand by – en espera)

El movimiento ciudadano en la Dana ha demostrado en Valencia, una vez más, que los partidos políticos y sus poderes públicos que ocupan legítimamente, pero a contra palo, no cumplen con la ley, ni con su obligación legal, de forma, que los españoles de a pie se han puesto en movimiento para tratar de arreglar la catástrofe, no se sabe cuanto durará ese empujón de los ciudadanos, así, que muchos ya esperamos, que haya nacido un “movimiento permanente ciudadano” sublevado ante la adversidad.

Hablar de esas luchas políticas de todos contra todos, mientras el pueblo está sometido a los avatares de las desgracias de la naturaleza, es algo incalificable, pero servirá para que todos los españoles veamos con claridad lo que hay, es decir, “nada para los españoles que sufren en la adversidad” y, por otro lado, “fuegos fatuos políticos cargados de -fango y lodo político-“, que nos llenan de indignación a todos.  

Después cuando llegue el momento de las votaciones (esperemos que se pronto) todos los partidos a prometer que caminarán por el bien común, aunque tengo la impresión que el movimiento ciudadano nacido de la adversidad abandonada, va a continuar con su rebelión pacífica con absoluta libertad de criterio.

Ha llegado la hora de la libertad, aunque los políticos establecidos en el poder agradecido crean que nada va a cambiar, aunque creo que no, ya que, que asociaciones y colectivos como “Córdoba Abierta ACOA” tendrán mucho que decir y hacer en defensa de nuestros derechos y libertades.

La aplicación de la ley no solo es para el Pueblo Soberano”.

N.B.  El Pueblo solo el pueblo, pues los poderes públicos políticos están en stand by – en espera, razón que obliga a un movimiento ciudadano en defensa de la libertad y de la igualdad.

Córdoba, a 12 de noviembre de 2024.

Fdo. Enrique García Montoya.

Abogado. ICA – Córdoba. Cd. 1316.

Inspector de Trabajo y S. S.