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Pensiones consensuadas al estilo Escrivá (rajonismo puro y duro)

Leo que el Sr. Rajoy – Expresidente del Gobierno ha sido “mediador” entre el Presidente del P.P. Sr. Feijóo y el Sr. Conde Pumpido Presidente del Tribunal Constitucional, y, que A. N. F. no ha aceptado dicha mediación, lo que sin duda es prueba de que el P. P. está ahora en manos prudentes.

Lo anterior viene a cuento, porque las acciones y omisiones del Presidente Rajoy son como para ponerse a rezar con llanto incluido, de modo, que sólo como ejemplo a título enunciativo abierto de lo que no puede ni debe ser:

*Cogió un Partido con mayoría absoluta y lo dejó donde estamos.

*Aprobó una amnistía fiscal de nefasto recuerdo y peores resultados, donde sigilosamente se acogieron todos los defraudadores habidos y por haber, de la que, además, no se ha vuelto a saber.

*Eligió y acogió con su demostrada inanidad al Sr. Escrivá, a la Sñrª. Calviño, al Sr. Simón de la epidemia del coronavirus, y, así un largo etc. de personas entregadas a la defensa de los valores y principios democráticos del centro y de la derecha. El resultado está a la vista.

*Lo expuesto exime de mayores comentarios.

Los Empresarios (CEOE, ATA, etc.) dicen, a la vista de la reforma consensuada al estilo Escrivá, que todo es un disparate contra las empresas y que no puede ser, olvidando el extraordinario pasteleo que han tenido y vienen teniendo con el Gobierno del Presidente Sánchez, cuando deberían recordar sus acuerdos varios con el Gobierno, tal como ocurrió, por ejemplo, con la Reforma Laboral,  que tan justos y perturbadores resultados está dando con el empleo y el paro.

Ha llegado el momento, no de quejarse, sino de hacer propuestas serias y sensatas sobre las pensiones y su reforma, teniendo en cuenta la realidad social y económica de España, de manera, que eso es lo que se espera del resto de Partidos Políticos que no son el Gobierno y sus afines, así como, de cualquier parte interesada como son los Empresarios.

N.B. La Reforma anunciada del Ministro Escrivá puede ser buena o mala, pero, lo que no se puede negar, es, que es una propuesta.

Los empresarios y el resto de partidos políticos deben poner sobre la mesa y a la vista informada de los españoles su propuesta sobre las pensiones, pues ha llegado el momento de ofrecer algo concreto y dejar de llorar.

Que la anunciada es una reforma de las pensiones de pan para hoy y hambre segura para mañana, la mayoría de los expertos en S. S. lo sabemos. Quejarse sólo no sirve ya.

No estaría mal, empezar a explicar a los españoles la realidad en la que estamos, y, frente la reforma del Ministro Sr. Escrivá, exponer una reforma concreta, que, además, de ser respetuosa y justa para los pensionistas ofrezca medidas y soluciones viables acordes con nuestra situación económica y social.

Con 3.500.000 parados oficiales, con un empleo en regresión en cantidad y en calidad, con una productividad en descenso por hora trabajada, con una deuda pública disparada, con un crecimiento económico en declive, con un gasto publico en ascenso continuado, etc. etc. es necesaria otra propuesta que no sea la del Gobierno-Escrivá, todo los demás son distracciones electorales dirigidas al Pueblo Español, al que muchos políticos y empresarios consideran incapaz de pensar y decidir en libertad. Inanidad rajonista.

Pronto habrá que escoger y votar, pero los ciudadanos, pensionistas o no, necesitan tener información veraz y seguridad en saber lo que hay y lo que no hay, lo que es posible y lo que es imposible, y, por lo tanto, una verdad o un engaño.

Córdoba, a 11 de marzo de 2023

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Presidente Andalucía (muy bien en economía pero mal en la explicación política)

La reforma fiscal anunciada por el Presidente Sr. Moreno Bonilla es de nota 10 sobre 10, pero le falta una motivación razonable y constitucional de principios políticos en los que se basa: Justicia, libertad, igualdad, división real de poderes, estado pleno de las autonomías, respeto a la Ley, etc.

{La Constitución Española de 1978 establece, entre otras muchas cosas:

**Artículo 1.

1.      España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2.      La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

3.      La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2.

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. }

Lo dicho sobre la Constitución, es lo que Ud. Sr. Presidente de Andalucía está garantizando a los andaluces, de forma, que el enorme acierto de su reforma fiscal no es que haya eliminado el regresivo Impuesto de Patrimonio y otras cosas, sino que lo ha hecho defendiendo las libertades y derechos constitucionales, y, sinceramente, esa apuesta suya es de incalculable valor, máxime, cuando en España y en nuestra querida Andalucía está en peligro el valor justicia, mientras por el Gobierno de la Nación se está demoliendo nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

Por todo ello, Presidente, Sr. Moreno Bonilla, enhorabuena, y, nunca los andaluces le podrán estar más agradecidos por su gestión en defensa de sus libertades fundamentales, entre ellos, el que esto suscribe y firma con admiración completa y sincera.

N.B. Presidente, Sr. Moreno Bonilla, enhorabuena y gracias casi infinitas.

Falta, sin duda, la explicación política

Córdoba, a 21 de septiembre de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Andalucía – Elecciones VI (Desequilibrios políticos II)

El super coordinador nacional de un Partido Político que quiere gobernar con moderación por bandera y haciendo todo lo que hay suyo, aunque aun no sabemos que es ni a donde va, ha dicho, que España es un País Plurinacional, razón por la que ahora sabemos algo del contenido moderado de su oferta política.

Se podrá estar o no de acuerdo, pero eso es lo que ha dicho el coordinador áulico de ese Partido, que presume de moderado y que es capaz de pactar cualquier cosa en aras de su buenismo moderado hasta el extremo.

Es cierto, que claridad no le ha faltado al Coordinador mencionado, aunque parece que todo ha sido un desequilibrio político territorial: No es lo mismo, lo que se declara públicamente en un territorio-nación según él y lo que se dice fuera de allí.

Los desequilibrios en las elecciones andaluzas aparecen, como se ha visto, según los territorios de España donde se realizan declaraciones buenistas y para contentar a todos, aunque, en casos como este, se echa de menos una declaración del mandamás moderado en Andalucía, más que nada para saber donde está y que piensa sobre un asunto tan prioritario para la CC. AA. andaluza.

El Presidente Nacional ha hechos sus declaraciones para terminar el asunto, pero la duda existe entre los andaluces que votamos, máxime, si el vocero descoordinado Coordinador Nacional sigue en su puesto impune e irresponsable, sabiendo como saben muchos andaluces, que está donde está porque el Presidente de la Junta en funciones así lo ha querido.

En resumen, que el moderado Presidente de ese Partido Político, que en la confección de sus listas cerradas dedo gráficas, ha pasado la guadaña de una venganza incalificable (si alguien lo duda que pregunte en Córdoba), al menos, debería decir algo en aras de una “información veraz a los andaluces” y obrando, en consecuencia, exigir a su comilitón vocinglero que asuma responsabilidades inmediatas.

Seguramente, no será sí, pero como estamos en elecciones los andaluces, ya sabemos lo que hay, de forma, que con absoluta libertad que cada uno vote lo que quiera, aunque si seguimos con las discriminaciones en razón del territorio, en base al hecho plurinacional privilegiado de algunas CC. AA., que Andalucía se coja los machos y sepan todos los andaluces que tenemos que pelear, no solo por la igualdad sino, también, contra algunos partidos políticos instalados en la moderación excluyente de los andaluces, en confluencia con la aceptación política callada de desigualdades en derechos y libertades con esas CC. AA. que solo aspiran a someternos, situándonos como ciudadanos de segunda en una España plurinacional.

Por lo que se está viendo, el respeto a la Ley constitucional no es precisamente el fuerte de los partidos políticos y sus dirigentes mandamases en la configuración de la Nación española, porque, algunos dirigentes, como el Coordinador Nacional de ese Partido Político, ya lo han dicho claro y alto, se acepta la plurinacionalidad excluyente según donde se esté.

La moderación, al parecer vacía, de la que presumen algunos dirigentes, si no tiene eficacia real en la igualdad de derechos y libertades de los andaluces y de los ciudadanos de otras CC. AA., es un indicador de lo que en el futuro recaerá sobre los andaluces; es decir, “profundos desequilibrios excluyentes para los andaluces”, ya que, si no son capaces de elegir la igualdad y controlar los desmanes vocingleros de sus propios comilitones políticos, optando por el silencio y el apoyo ciego del mandamás a esas declaraciones escandalosas, -aviados vamos-.

Los andaluces somos conscientes de los desafueros, de las imposiciones y de las injusticias, de manera, que a la hora de votar todas esas cuestiones pesan en nuestro voto libre y responsable.

La defensa de la libertad, de la Ley, del Estado de Derecho y de la igualdad no se puede realizar en departamentos territoriales estancos, pues la democracia real debe cubrirlo todo, pues lo demás, son milongas y engaños para andaluces de segunda y, eso parece, que se vende mal en Andalucía, si no al tiempo.

El 19J hay elecciones en Andalucía y los andaluces votaremos en libertad y con responsabilidad, pero debe quedar claro, que tenemos memoria y criterio propio.

N.B.  En Andalucía hay elecciones y desequilibrios irresueltos, que, sin  duda, se agravan con declaraciones de plurinacionalidad públicas y sonoras, como las del Coordinador Nacional, que, curiosamente, aún lo es,

Sin igualdad real entre los andaluces con toda España, sin excepciones de cualquier tipo, en todos los aspectos de la política, no existe respeto a la Ley ni al Estado Social y Democrático de Derecho, de forma, que como hay elecciones a votar en libertad, pues todos sabemos lo que hay: Plurinacionalidad excluyente o completa igualdad en derechos y libertades.

Córdoba, a 18 de mayo de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Respeto a la ley – Poderes Públicos (Letrados de la Administración de Justicia – Principio de exclusividad jurisdiccional)

(1) La Constitución garantiza los principios de legalidad y de respeto a la Ley por los poderes públicos, así:

[*Artículo 9. Respeto a la ley. 

1.  Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

*Artículo 10. Respeto a la Ley.

1.  La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son persona      inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

*Artículo 103. Respeto y sometimiento a la Ley.

1. La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

*Artículo 117. Respeto a la Ley y principio de exclusividad jurisdiccional.

1.  La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del de la justicia     Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley.

3.      El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.]

***Así mismo, el T. C. ha dicho: “Que el «respeto a la ley» es el  fundamento del orden político y de la paz social”.

{Ver. T.C. Pleno. Sentencia 17/2013, de 31 de enero. Recurso de inconstitucionalidad 1024-2004: El Tribunal Constitucional (FJ 5) se apoya en el «respeto a la ley», como fundamento del orden político y de la paz social (art. 10.1 CE), para avalar la obligación de respetar el ordenamiento jurídico (en este caso, la legislación de extranjería). Así, conforme al art. 10.1 CE, «el respeto a la ley, esto es, el mantenimiento y preservación de una situación preexistente creada por las normas mediante las cuales se regula una determinada actividad o ámbito, es uno de los fundamentos del orden político y de la paz social» (STC 160/1999, de 18 de julio, FJ 11), aunque tan «sólo permite restricciones limitadas, controladas y ciertas sobre otro bien constitucional» (STC 292/2000, FJ 11) de manera proporcional al fin legítimo perseguido y siempre que sea respetuoso con el contenido esencial del derecho fundamental restringido (SSTC 57/1994, de 28 de febrero, FJ 6; 18/1999, de 22 de febrero, FJ 2)”.}

(2)  Ocurre, sin embargo, con demasiada frecuencia, que los Poderes Públicos se saltan el “respeto a la Ley constitucional” con variados pretextos y justificaciones, que en muchos casos son inaceptables, aunque el español de a pie se encuentra indefenso y cuando puede reclamar, encima en la mayoría de las ocasiones tiene que pagar por recurrir, lo que ya deviene en una injusticia manifiesta, siendo abuso sobre abuso, quedando, además, los responsables impunes, pues parece que gozan de inmunidad en sus irresponsables decisiones.

Los casos son innumerables, tanto del Gobierno Central como de las CC. AA. y del resto de las Administraciones Públicas, incluido el Poder Judicial, de forma, que enumerarlas todas resulta imposible, aunque nadie puede olvidar hechos del Gobierno como la llamada “amnistía fiscal” del Presidente Rajoy o el confinamiento del Presidente Sánchez, razón por la que en -todos casos se cuecen habas-, de manera, que este pequeño comentario va dirigido a los Letrados de la Administración de Justicia (antiguos Secretarios) que excediéndose en sus competencias con sus resoluciones invaden la función jurisdiccional (vulneran el principio de exclusividad jurisdiccional), queda lo dicho. Sus Diligencias de Ordenación y Decretos es cierto, que pueden ser recurridas en reposición y/o en revisión, pero lo cierto es, se estime la reclamación o no, que el recurrente particular se ve obligado a realizar el inevitable depósito previo en la cuenta del Juzgado para recurrir.

Dos puntos se cuestionan en este pequeño artículo:

1.- Cuando la resolución del Letrado/a de la Administración de Justicia vulnera el principio de legalidad y se salta el respeto a ley sobrepasando sus competencias e invadiendo la función jurisdiccional, siempre hay que acudir al recurso legal, de forma, que aquí existe una norma claramente mejorable, pues debería bastar, con que la parte interesada presentara un simple escrito denunciando ante el Juzgador el hecho y la mera sospecha de la infracción cometida, posibilitando que el Órgano Judicial competente decidiera según la Ley.

La falta de respeto a Ley constitucional en el caso señalado adolece del imperativo de la falta de igualdad, ya que, cuando el particular recurre, sobre todo si se trata de la Administración Pública, está entablando y luchando a sus expensas contra múltiples resoluciones públicas contrarias a sus intereses, lo que, implica privilegios para las administraciones afectadas (poder ejecutivo y poder judicial), pues no solo hay que recurrir, sino que también hay que pagar previamente.

2.- El pagar previamente por recurrir una resolución del Letrado/a de la Administración de Justicia debería ser eliminado, salvo casos extremos, de temeridad o mala fe, y, siempre, a posteriori, de la decisión judicial.

El actual sistema de recursos contra las resoluciones de los Letrado/as de la Administración de Justicia está ideado contra los ciudadanos de los que emanan los poderes del Estado, por la simple razón, de que, si el poder procede y nace del Pueblo, romper la igualdad y el principio de legalidad, exigiendo condiciones máximas al particular de a pie, mientras los Poderes Públicos quedan eximidos previamente del respeto a la Ley, destruye los principios que fundamentan nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.

CONCLUSIÓN: En el respeto a la Ley no puede haber atajos, desigualdades ni privilegios, máxime, cuando se enfrenta el ciudadano de a pie por un poder público, sea el que sea, a la vez, que deben desaparecer las desigualdades y privilegios en favor de los poderes públicos.

N B. El respeto a la Ley por todos los Poderes Públicos es una de las bases de nuestra Democracia y de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, y, sin duda, los Letrado/as de la Administración de Justicia no pueden ser una excepción, de forma, que cuando sus resoluciones desconocen el principio de exclusividad jurisdiccional, aunque sea solo en mera apariencia, sus decisiones deben ser anuladas por un procedimiento judicial caracterizado por su simpleza y sin necesidad de coste previo para el ciudadano de a pie.

La resoluciones de lo/as Letrado/as de la Administración de Justicia que sobrepasen, aun en mera apariencia, sus atribuciones legales, fijadas en la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial (en adelante, Ley 13/2009), que distingue entre aquellas resoluciones procesales que deben dictarse necesariamente por Jueces o Magistrados, deben ser anuladas de raíz, ya que ello/as no forman parte del poder judicial.

Las resoluciones que deban dictarse por Letrado/as Judiciales, sin excepciones de tipo alguno, estarán en su esfera de competencia, de forma, que nunca sus decisiones procesales a adoptar, puedan afectar a la función estrictamente jurisdiccional (exclusivamente atribuida a los Jueces y Tribunales), invadiendo la función jurisdiccional que solo compete al Juzgador.

La realidad diaria en los Juzgados y Tribunales, en demasiados casos, es que, las resoluciones de los Letrado/as de la Administración de Justicia adolecen de falta de respeto a Ley, ya que, sobrepasan sus competencias, siendo el coste de los recursos contra ellas, además, una injusticia, que consagra una desigualdad contraria a la Constitución Española de 1978.   

Córdoba, a 15 de abril de 2022

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.

Semejanzas perversas – Polonia – la Comisión Europea – U. E. – España – P.P. (desigualdad – tiros en los pies – disenso)

Por un lado, la U. E., comandada por la Presidenta de la Comisión Europea, Úrsula von der Leyen, ha decido que Polonia y los polacos son fáciles de someter a sus dictados de desigualdad, tratando de imponer las normas de un estado de derecho donde sus leyes se imponen según quien, además, con una prepotencia insultante para Polonia. No existe la menor duda, que la C. E. de D.ª. Úrsula se ha metido un tiro en los dos pies, ya que, la U. E. es consenso e igualdad no desigualdad y disenso.

Por otro lado, en España el Presidente de un Partido, que quiere reinar, ha decidido para ello, pegarse dos tiros uno en cada pie, tratando de imponer por la fuerza (que, por cierto, no tiene) la desigualdad y la discrepancia entre las CC. AA. en las que gobierna, además, desde una postura misógina inaceptable; de forma, que todas las presidencias del partido en esas CC. AA. las ostentan sin discusión el Presidente del Gobierno de cada una de ellas, sin embargo, la única mujer que gobierna una Comunidad Autónoma, además, con gran acierto y apoyo unánime de sus votantes, se le impide con toda clase de tretas, zancadillas y maniobras obscenas de todo tipo y color ser la Presidenta del Partido en su C. C. A.A., que, a mayor inri, está, también, marcando el camino hacia la Presidencia del Gobierno de la Nación al Presidente del Partido, que quiere reinar.

Las semejanzas en los dos casos son evidentes por su ceguera, su maldad y su estulticia, ya que, en los dos supuestos descritos con holgura clarividente, los tiros en ambos pies de cada uno de ellos son idénticos y perversos para ellos mismos.

Seguramente, se puede ser más negado, pero, sin duda, es imposible ser más necio.

Desde una posición de poder inane y autodestructiva, se ha sustituido -la igualdad por la desigualdad-, -el acuerdo por el disenso- y -la unidad ganadora por la división y el desacuerdo inútiles y perversos-.

Finalmente, poner de manifiesto: “Que la responsabilidad siempre es de la persona que tiene el poder”; dicho de otra forma: Del que manda.

N.B. Las semejanzas, entre el caso de Polonia y la Comisión Europea – U. E., y, entre el caso de España -CC. AA. Madrid- y el Presidente del Partido, que quiere reinar, son perversas y dañinas, suponiendo desigualdad, disenso y un auto tiro en los dos pies por los propios mandamases del desaguisado.

La igualdad ante la ley y el respeto a la misma por todos son las bases del Estado de Derecho de la U. E. y de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho consagrado en la Constitución Española, de forma, que la desigualdad perversa puesta de relieve en ambos casos, supera cualquier comparación y comentario, que se quiera hacer, entrando en el disparate de la autodestrucción.

En los dos casos expuestos es posible, sin mucho esfuerzo, llegar a un acuerdo, aunque ello exige menos prepotencia del que cree que tiene el poder, concediendo un atisbo de confianza a la parte que se considera más débil, ya que, un acuerdo siempre supone rebajar un poco las posiciones, partiendo de la base, que destruir a la otra parte nunca es una solución beneficiosa para nadie y, además, nunca da resultado.

Córdoba, a 31 de octubre de 2021

Fdo. Enrique García Montoya

Abogado ICA-Córdoba. Inspector de Trabajo y S. S.